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454A/LXVI-I
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Iniciativa formulada por diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de adicionar diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, en materia de menstruación digna.
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2026-06-22
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La Comisión para la Igualdad de Género de la Sexagésima Sexta Legislatura recibió para efectos de estudio y dictamen, las siguientes iniciativas: la primera suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de adicionar la fracción XXIV al artículo 16, recorriendo en su orden la subsecuente de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 21/LXVI-I); la segunda suscrita por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar las fracciones I y VI del artículo 15 y la denominación de la Sección Novena del Capítulo VII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 40/LXVI-I); la tercera suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por la que se reforman las fracciones XIV y XV del artículo 5 y se adiciona una fracción III, recorriéndose en su orden las subsecuentes al artículo 2 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 63/LXVI-I); la cuarta suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 111/LXVI-I); la quinta suscrita por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano por la que se adicionan la fracción XVIII al artículo 5 y las fracciones X y XI al artículo 21 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, recorriendo en su orden las subsecuentes; y por la que se adiciona la fracción VI y se reforma el penúltimo párrafo al artículo 143 del Código Penal del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 156A/LXVI-I); la sexta suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a fin de reformar el artículo 21, fracción V de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato; y el artículo 73, fracción II de la Ley de Salud del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 160A/LXVI-I); la séptima suscrita por diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de adicionar diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, a la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato y a la Ley para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género del Estado de Guanajuato y sus Municipios, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 454A/LXVI-I); y la octava suscrita por las personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar la fracción XIV, y adicionar la fracción XX.1 al artículo 2, así como la fracción IV, recorriendo la subsecuente al artículo 39 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 544/LXVI-I). |
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332/LXVI-PPA
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Proposición de punto de acuerdo formulada por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de exhortar a la Secretaría de las Mujeres del Gobierno Federal y a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones del Gobierno Federal, en su calidad de instancias suscriptoras del Primer acuerdo de colaboración voluntaria con plataformas digitales para combatir las violencias en el ámbito digital.
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2026-06-22
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La Comisión para la Igualdad de Género recibió para estudio y dictamen las siguientes proposiciones de Punto de Acuerdo: la primera, suscrita por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de exhortar a la Presidenta de la República para que, en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales de conducción de la política pública y de coordinación de la Administración Pública Federal, promueva la elaboración e implementación de protocolos de debida diligencia de carácter preventivo en materia de violencia digital contra las mujeres y niñas, orientados a establecer criterios comunes, claros, verificables y operativos de actuación, y promueva su adopción y observancia por parte de las plataformas y medios digitales que permitan fortalecer la detección temprana, la atención inmediata y la prevención de dichas conductas, garantizando así una protección efectiva de los derechos humanos de las mujeres y niñas en los entornos digitales (ELD 281/LXVI-PPA); y la segunda, signada por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de exhortar a la Secretaría de las Mujeres del Gobierno Federal y a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones del Gobierno Federal, en su calidad de instancias suscriptoras del Primer acuerdo de colaboración voluntaria con plataformas digitales para combatir las violencias en el ámbito digital (ELD 332/LXVI-PPA). |
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160A/LXVI-I
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Iniciativa suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a fin de reformar el artículo 21, fracción V de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, en materia de salud mental para las mujeres.
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2026-06-22
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La Comisión para la Igualdad de Género de la Sexagésima Sexta Legislatura recibió para efectos de estudio y dictamen, las siguientes iniciativas: la primera suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de adicionar la fracción XXIV al artículo 16, recorriendo en su orden la subsecuente de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 21/LXVI-I); la segunda suscrita por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar las fracciones I y VI del artículo 15 y la denominación de la Sección Novena del Capítulo VII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 40/LXVI-I); la tercera suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por la que se reforman las fracciones XIV y XV del artículo 5 y se adiciona una fracción III, recorriéndose en su orden las subsecuentes al artículo 2 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 63/LXVI-I); la cuarta suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 111/LXVI-I); la quinta suscrita por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano por la que se adicionan la fracción XVIII al artículo 5 y las fracciones X y XI al artículo 21 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, recorriendo en su orden las subsecuentes; y por la que se adiciona la fracción VI y se reforma el penúltimo párrafo al artículo 143 del Código Penal del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 156A/LXVI-I); la sexta suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a fin de reformar el artículo 21, fracción V de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato; y el artículo 73, fracción II de la Ley de Salud del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 160A/LXVI-I); la séptima suscrita por diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de adicionar diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, a la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato y a la Ley para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género del Estado de Guanajuato y sus Municipios, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 454A/LXVI-I); y la octava suscrita por las personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar la fracción XIV, y adicionar la fracción XX.1 al artículo 2, así como la fracción IV, recorriendo la subsecuente al artículo 39 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 544/LXVI-I). |
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40/LXVI-I
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Iniciativa signada por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar las fracciones I y VI del artículo 15 y la denominación de la Sección Novena del Capítulo VII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato. Con el objeto de ampliar la información que debe contener el Banco Estatal de Datos e Información sobre casos de violencia contra las mujeres. Se pretende que los datos que formen parte del Banco de Datos, sean reales, objetivos y útiles para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres
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2026-06-22
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La Comisión para la Igualdad de Género de la Sexagésima Sexta Legislatura recibió para efectos de estudio y dictamen, las siguientes iniciativas: la primera suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de adicionar la fracción XXIV al artículo 16, recorriendo en su orden la subsecuente de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 21/LXVI-I); la segunda suscrita por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar las fracciones I y VI del artículo 15 y la denominación de la Sección Novena del Capítulo VII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 40/LXVI-I); la tercera suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por la que se reforman las fracciones XIV y XV del artículo 5 y se adiciona una fracción III, recorriéndose en su orden las subsecuentes al artículo 2 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 63/LXVI-I); la cuarta suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 111/LXVI-I); la quinta suscrita por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano por la que se adicionan la fracción XVIII al artículo 5 y las fracciones X y XI al artículo 21 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, recorriendo en su orden las subsecuentes; y por la que se adiciona la fracción VI y se reforma el penúltimo párrafo al artículo 143 del Código Penal del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 156A/LXVI-I); la sexta suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a fin de reformar el artículo 21, fracción V de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato; y el artículo 73, fracción II de la Ley de Salud del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 160A/LXVI-I); la séptima suscrita por diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de adicionar diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, a la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato y a la Ley para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género del Estado de Guanajuato y sus Municipios, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 454A/LXVI-I); y la octava suscrita por las personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar la fracción XIV, y adicionar la fracción XX.1 al artículo 2, así como la fracción IV, recorriendo la subsecuente al artículo 39 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 544/LXVI-I). |
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21/LXVI-I
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Iniciativa formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de adicionar la fracción XXIV al artículo 16, recorriendo en su orden la subsecuente de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato. a efecto de contribuir a erradicar la violencia contra la mujer en espacios públicos
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2026-06-22
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La Comisión para la Igualdad de Género de la Sexagésima Sexta Legislatura recibió para efectos de estudio y dictamen, las siguientes iniciativas: la primera suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de adicionar la fracción XXIV al artículo 16, recorriendo en su orden la subsecuente de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 21/LXVI-I); la segunda suscrita por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar las fracciones I y VI del artículo 15 y la denominación de la Sección Novena del Capítulo VII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 40/LXVI-I); la tercera suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por la que se reforman las fracciones XIV y XV del artículo 5 y se adiciona una fracción III, recorriéndose en su orden las subsecuentes al artículo 2 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 63/LXVI-I); la cuarta suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 111/LXVI-I); la quinta suscrita por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano por la que se adicionan la fracción XVIII al artículo 5 y las fracciones X y XI al artículo 21 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, recorriendo en su orden las subsecuentes; y por la que se adiciona la fracción VI y se reforma el penúltimo párrafo al artículo 143 del Código Penal del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 156A/LXVI-I); la sexta suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a fin de reformar el artículo 21, fracción V de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato; y el artículo 73, fracción II de la Ley de Salud del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 160A/LXVI-I); la séptima suscrita por diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de adicionar diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, a la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato y a la Ley para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género del Estado de Guanajuato y sus Municipios, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 454A/LXVI-I); y la octava suscrita por las personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar la fracción XIV, y adicionar la fracción XX.1 al artículo 2, así como la fracción IV, recorriendo la subsecuente al artículo 39 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 544/LXVI-I). |
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63/LXVI-I
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Iniciativa formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por la que se reforman las fracciones XIV y XV del artículo 5 y se adiciona una fracción III, recorriéndose en su orden las subsecuentes al artículo 2 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato. busca combatir la cosificación para abatir la discriminación y desigualdad a las mujeres
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2026-06-22
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La Comisión para la Igualdad de Género de la Sexagésima Sexta Legislatura recibió para efectos de estudio y dictamen, las siguientes iniciativas: la primera suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de adicionar la fracción XXIV al artículo 16, recorriendo en su orden la subsecuente de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 21/LXVI-I); la segunda suscrita por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar las fracciones I y VI del artículo 15 y la denominación de la Sección Novena del Capítulo VII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 40/LXVI-I); la tercera suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por la que se reforman las fracciones XIV y XV del artículo 5 y se adiciona una fracción III, recorriéndose en su orden las subsecuentes al artículo 2 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 63/LXVI-I); la cuarta suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 111/LXVI-I); la quinta suscrita por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano por la que se adicionan la fracción XVIII al artículo 5 y las fracciones X y XI al artículo 21 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, recorriendo en su orden las subsecuentes; y por la que se adiciona la fracción VI y se reforma el penúltimo párrafo al artículo 143 del Código Penal del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 156A/LXVI-I); la sexta suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a fin de reformar el artículo 21, fracción V de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato; y el artículo 73, fracción II de la Ley de Salud del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 160A/LXVI-I); la séptima suscrita por diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de adicionar diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, a la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato y a la Ley para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género del Estado de Guanajuato y sus Municipios, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 454A/LXVI-I); y la octava suscrita por las personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar la fracción XIV, y adicionar la fracción XX.1 al artículo 2, así como la fracción IV, recorriendo la subsecuente al artículo 39 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 544/LXVI-I). |
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111/LXVI-I
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Iniciativa formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato. Tiene como propósito fortalecer la política pública de la prevención, atención y erradicación de la violencia de las mujeres
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2026-06-22
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La Comisión para la Igualdad de Género de la Sexagésima Sexta Legislatura recibió para efectos de estudio y dictamen, las siguientes iniciativas: la primera suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de adicionar la fracción XXIV al artículo 16, recorriendo en su orden la subsecuente de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 21/LXVI-I); la segunda suscrita por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar las fracciones I y VI del artículo 15 y la denominación de la Sección Novena del Capítulo VII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 40/LXVI-I); la tercera suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por la que se reforman las fracciones XIV y XV del artículo 5 y se adiciona una fracción III, recorriéndose en su orden las subsecuentes al artículo 2 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 63/LXVI-I); la cuarta suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 111/LXVI-I); la quinta suscrita por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano por la que se adicionan la fracción XVIII al artículo 5 y las fracciones X y XI al artículo 21 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, recorriendo en su orden las subsecuentes; y por la que se adiciona la fracción VI y se reforma el penúltimo párrafo al artículo 143 del Código Penal del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 156A/LXVI-I); la sexta suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a fin de reformar el artículo 21, fracción V de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato; y el artículo 73, fracción II de la Ley de Salud del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 160A/LXVI-I); la séptima suscrita por diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de adicionar diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, a la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato y a la Ley para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género del Estado de Guanajuato y sus Municipios, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 454A/LXVI-I); y la octava suscrita por las personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar la fracción XIV, y adicionar la fracción XX.1 al artículo 2, así como la fracción IV, recorriendo la subsecuente al artículo 39 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 544/LXVI-I). |
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156A/LXVI-I
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Iniciativa suscrita por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano por la que se adicionan la fracción XVIII al artículo 5 y las fracciones X y XI al artículo 21 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, a fin de reconocer y visibilizar las agresiones cometidas con sustancias químicas.
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2026-06-22
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La Comisión para la Igualdad de Género de la Sexagésima Sexta Legislatura recibió para efectos de estudio y dictamen, las siguientes iniciativas: la primera suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de adicionar la fracción XXIV al artículo 16, recorriendo en su orden la subsecuente de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 21/LXVI-I); la segunda suscrita por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar las fracciones I y VI del artículo 15 y la denominación de la Sección Novena del Capítulo VII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 40/LXVI-I); la tercera suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por la que se reforman las fracciones XIV y XV del artículo 5 y se adiciona una fracción III, recorriéndose en su orden las subsecuentes al artículo 2 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 63/LXVI-I); la cuarta suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 111/LXVI-I); la quinta suscrita por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano por la que se adicionan la fracción XVIII al artículo 5 y las fracciones X y XI al artículo 21 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, recorriendo en su orden las subsecuentes; y por la que se adiciona la fracción VI y se reforma el penúltimo párrafo al artículo 143 del Código Penal del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 156A/LXVI-I); la sexta suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a fin de reformar el artículo 21, fracción V de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato; y el artículo 73, fracción II de la Ley de Salud del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 160A/LXVI-I); la séptima suscrita por diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de adicionar diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, a la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato y a la Ley para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género del Estado de Guanajuato y sus Municipios, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 454A/LXVI-I); y la octava suscrita por las personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar la fracción XIV, y adicionar la fracción XX.1 al artículo 2, así como la fracción IV, recorriendo la subsecuente al artículo 39 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 544/LXVI-I). |
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544/LXVI-I
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Iniciativa formulada por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar la fracción XIV, y adicionar la fracción XX.1 al artículo 2, así como la fracción IV, recorriendo la subsecuente al artículo 39 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, con la finalidad de adecuar el concepto de igualdad sustantiva establecido por la ley general, así como plasmar como obligación de los operadores del sistema de justicia en el estado, a resolver en procedimientos o procesos con perspectiva de género y tutelar e impedir su doble victimización y la victimización secundaria.
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2026-06-22
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La Comisión para la Igualdad de Género de la Sexagésima Sexta Legislatura recibió para efectos de estudio y dictamen, las siguientes iniciativas: la primera suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de adicionar la fracción XXIV al artículo 16, recorriendo en su orden la subsecuente de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 21/LXVI-I); la segunda suscrita por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar las fracciones I y VI del artículo 15 y la denominación de la Sección Novena del Capítulo VII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 40/LXVI-I); la tercera suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por la que se reforman las fracciones XIV y XV del artículo 5 y se adiciona una fracción III, recorriéndose en su orden las subsecuentes al artículo 2 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 63/LXVI-I); la cuarta suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 111/LXVI-I); la quinta suscrita por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano por la que se adicionan la fracción XVIII al artículo 5 y las fracciones X y XI al artículo 21 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, recorriendo en su orden las subsecuentes; y por la que se adiciona la fracción VI y se reforma el penúltimo párrafo al artículo 143 del Código Penal del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 156A/LXVI-I); la sexta suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a fin de reformar el artículo 21, fracción V de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato; y el artículo 73, fracción II de la Ley de Salud del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 160A/LXVI-I); la séptima suscrita por diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de adicionar diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, a la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato y a la Ley para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género del Estado de Guanajuato y sus Municipios, en la parte correspondiente al primero de los ordenamientos (ELD 454A/LXVI-I); y la octava suscrita por las personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar la fracción XIV, y adicionar la fracción XX.1 al artículo 2, así como la fracción IV, recorriendo la subsecuente al artículo 39 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 544/LXVI-I). |
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148/LXVI-PPA
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Propuesta de punto de acuerdo suscrita por la diputada Martha Edith Moreno Valencia integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a los 46 ayuntamientos que conforman el estado de Guanajuato para que, de forma prioritaria, den cumplimiento a la Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato para que, cuenten en su estructura principal una dependencia o unidad administrativa municipal de atención a la mujer, que proponga políticas públicas con perspectiva de género; así como, coadyuvar en la prevención y atención de la violencia contra las mujeres por razones de género.
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2026-06-22
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La Comisión para la Igualdad de Género recibió para estudio y dictamen la proposición
de Punto de Acuerdo suscrito por la diputada Martha Edith Moreno Valencia integrante
del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a los 46
ayuntamientos que conforman el estado de Guanajuato para que, de forma prioritaria,
den cumplimiento a la Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado
de Guanajuato para que, cuenten en su estructura principal una dependencia o unidad
administrativa municipal de atención a la mujer, que proponga políticas públicas con
perspectiva de género; así como, coadyuvar en la prevención y atención de la violencia
contra las mujeres por razones de género (ELD 148/LXVI-PPA). |
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222/LXVI-PPA
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Presentación de la propuesta de punto de acuerdo formulada por la diputada Maribel Aguilar González integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a la Gobernadora del Estado de Guanajuato, maestra Libia Dennise García Muñoz Ledo, para que remita un informe anual sobre las medidas de atención a la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, abarcando el periodo septiembre 2024 a septiembre 2025 con metas de cumplimiento conforme a lo establecido en las 21 recomendaciones que se emiten y desagregado por municipio.
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2026-06-22
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La Comisión para la Igualdad de Género recibió para estudio y dictamen la proposición de Punto de Acuerdo signado por la diputada Maribel Aguilar González integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a la Gobernadora del Estado de Guanajuato, maestra Libia Dennise García Muñoz Ledo, para que remita un informe anual sobre las medidas de atención a la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, abarcando el periodo septiembre 2024 a septiembre 2025 con metas de cumplimiento conforme a lo establecido en las 21 recomendaciones que se emiten y desagregado por municipio (ELD 222/LXVI-PPA). |
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281/LXVI-PPA
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Presentación de la propuesta de punto de acuerdo formulada por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de exhortar a la Presidenta de la República para que, en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales de conducción de la política pública y de coordinación de la Administración Pública Federal, promueva la elaboración e implementación de protocolos de debida diligencia de carácter preventivo en materia de violencia digital contra las mujeres y niñas, orientados a establecer criterios comunes, claros, verificables y operativos de actuación, y promueva su adopción y observancia por parte de las plataformas y medios digitales que permitan fortalecer la detección temprana, la atención inmediata y la prevención de dichas conductas, garantizando así una protección efectiva de los derechos humanos de las mujeres y niñas en los entornos digitales.
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2026-06-22
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La Comisión para la Igualdad de Género recibió para estudio y dictamen las siguientes proposiciones de Punto de Acuerdo: la primera, suscrita por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de exhortar a la Presidenta de la República para que, en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales de conducción de la política pública y de coordinación de la Administración Pública Federal, promueva la elaboración e implementación de protocolos de debida diligencia de carácter preventivo en materia de violencia digital contra las mujeres y niñas, orientados a establecer criterios comunes, claros, verificables y operativos de actuación, y promueva su adopción y observancia por parte de las plataformas y medios digitales que permitan fortalecer la detección temprana, la atención inmediata y la prevención de dichas conductas, garantizando así una protección efectiva de los derechos humanos de las mujeres y niñas en los entornos digitales (ELD 281/LXVI-PPA); y la segunda, signada por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de exhortar a la Secretaría de las Mujeres del Gobierno Federal y a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones del Gobierno Federal, en su calidad de instancias suscriptoras del Primer acuerdo de colaboración voluntaria con plataformas digitales para combatir las violencias en el ámbito digital (ELD 332/LXVI-PPA). |
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307D/LXVI-I
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Iniciativa formulada por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, en materia de Interrupción Legal del Embarazo.
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2025-12-02
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Dictamen de la iniciativa presentada por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, del Código Penal del Estado de Guanajuato, de la Ley de Salud del Estado de Guanajuato, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato y de la Ley de Víctimas del Estado de Guanajuato. En la parte correspondiente a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 307D/LXVI-I). |
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17D/LXVI-I
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Iniciativa suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, del Código Penal del Estado de Guanajuato, de la Ley de Salud del Estado de Guanajuato, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, de la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato y de la Ley de Víctimas del Estado de Guanajuato. En materia de Interrupción Legal del Embarazo.
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2025-05-14
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DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO RELATIVO A LA INICIATIVA ELD 17D/LXVI-I.
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