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Pide que sean las comunidades indígenas mediante asamblea que expidan los permisos para venta de bebidas alcohólicas

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Pide que sean las comunidades indígenas mediante asamblea que expidan los permisos para venta de bebidas alcohólicas
23/10/2025| Boletín: 9697

Guanajuato, Gto. –  El grupo parlamentario del Partido MORENA presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Bebidas Alcohólicas para el Estado de Guanajuato y sus Municipios con el objeto de establecer que los ayuntamientos no tendrán competencia para expedir las constancias de factibilidad cuando se trate de comunidades indígenas, sino que serán éstas quienes extenderán tales documentales, ello previa aprobación que se hará mediante asamblea comunitaria. 

La diputada Plásida Calzada Velázquez presentó la propuesta y comentó que después de hacer una revisión de los reglamentos de alcoholes y de servicios de los municipios donde se tiene presencia de comunidades indígenas encontraron que, por ejemplo, en Apaseo el Alto, se señala que la expedición de licencias de funcionamiento es una facultad discrecional de la autoridad municipal, lo anterior previa solicitud por escrito a la secretaría de Ayuntamiento, siendo esa quien apruebe lo referente a la opinión de los vecinos; mientras que en Salvatierra se precisa que es competencia del Ayuntamiento la de expedir constancias de factibilidad y omite señalar las condiciones necesarias para otorgarlas.

“Existen municipios como Apaseo el Alto, Atarjea, Comonfort, San Miguel de Allende y Tierra Blanca que a través del Ayuntamiento otorgan constancias de factibilidad a discreción, por lo que probablemente el resultado de su decisión está afectado por controversia y suspicacias”, indicó.

La congresista manifestó, entre otras problemáticas, que no existe una homologación en cuanto a la distancia en que los locales de venta de bebidas alcohólicas deben estar respecto de parques, jardines, iglesias, dependencias públicas, escuelas, canchas, etc.; que suele ser el Ayuntamiento el que está facultado para expedir las constancias de factibilidad, y todo resulta en agravio y detrimento de las comunidades indígenas.

“Hoy por hoy, en muchas comunidades indígenas existen locales de venta de bebidas alcohólicas que se encuentran prácticamente frente a jardines, canchas deportivas, capillas, escuelas, iglesias, etcétera, y la razón de su existencia se debe a que precisamente han obtenido constancias de factibilidad de manera discrecional, de parte de la autoridad municipal en turno”, apuntó.

Calzada Velázquez remarcó que ante tales actos de la autoridad municipal, las comunidades indígenas se encuentran en un estado de indefensión jurídica, toda vez que carecen de interés jurídico para iniciar juicios de nulidad del acto de otorgamiento de constancias de factibilidad ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, por lo que los habitantes de las mismas se ven obligados a tolerar los efectos de los actos realizados por los integrantes del Ayuntamiento. 

Finalmente reiteró que la emisión de constancias de factibilidad en las formas y modos establecidos por la Ley y los reglamentos de los municipios que cuentan con comunidades indígenas es lesivo y violatorio de los derechos de estas, pues mientras esas buscan vivir en armonía y paz social, el municipio a discreción emite las multicitadas constancias en el interior de la comunidad, basándose en la discrecionalidad y en detrimento de los pueblos y comunidades indígenas.

La iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Hacienda y Fiscalización y de Gobernación y Puntos Constitucionales para su estudio y dictamen.

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