Datos Generales del expediente Legislativo

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DICTAMEN NEGATIVO QUE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES PRESENTA AL PLENO DEL CONGRESO, DE LA PROPUESTA DE PUNTO DE ACUERDO SUSCRITA POR LA DIPUTADA MA. GUADALUPE JOSEFINA SALAS BUSTAMANTE, ANTE LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA, POR LA CUAL SE EXHORTA AL TITULAR DE LA PROCURADURÍA DE DERECHOS HUMANOS EN EL ESTADO, A EFECTO DE QUE SE IMPLEMENTE UN MECANISMO DE IDENTIFICACIÓN DE EMPRESAS QUE DISCRIMINAN ASPIRANTES QUE HAN COLABORADO EN LAS FUERZAS DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO. A la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables le fue turnada para estudio y dictamen, la propuesta de punto de acuerdo suscrita por la diputada Ma. Guadalupe Josefina Salas Bustamante, ante la Sexagésima Cuarta Legislatura, por la cual se exhorta al titular de la Procuraduría de Derechos Humanos en el Estado, a efecto de que se implemente un mecanismo de identificación de empresas que discriminan aspirantes que han colaborado en las Fuerzas de Seguridad Pública del Estado. Analizada la propuesta de referencia, esta Comisión de conformidad con lo dispuesto en los artículos 89 -fracción V- y 171 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato rinde el dictamen, con base en las siguientes: C O N S I D E R A C I O N E S PROCESO LEGISLATIVO. En sesión ordinaria del 3 de junio de 2021 ingresó la propuesta; misma que, con fundamento en el artículo 106 -fracción XII- de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, se turnó por parte de la presidencia del Congreso a esta Comisión legislativa para su estudio y dictamen. La Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables, en reunión de fecha 6 de septiembre de 2021 radicó la propuesta. Propósito de la propuesta de punto de acuerdo. En las consideraciones de la propuesta se puede leer que: En junio 2016 se habló de una reforma a la Ley de Seguridad Pública del Estado, lo cual implicaba la implementación de evaluaciones de control y confianza a elementos integrantes de las corporaciones policiacas existentes en el Estado, así como también a los aspirantes a formar parte de ellas, dicha evaluación y aprobación era esencial tanto como para ingresar a las corporaciones, como para permanecer en ellas, fue así como en ese mismo año, pero en el mes de septiembre fue publicado el DECRETO LEGISLATIVO NÚMERO 170, MEDIANTE EL CUAL SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE EVALUACIONES DEL CENTRO DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE CONFIANZA DEL ESTADO DE GUANAJUATO. Desde entonces fueron realizados alrededor de 32 mil evaluaciones por año, con un porcentaje de reprobación del 15.99% lo que se traduce en 1117 elementos de policías despedidos, uno de los principales que presentó la aplicación de las mencionadas evaluaciones y sigue presentándose a la fecha, es que las personas encargadas de la aplicación de las mencionadas evaluaciones no en el cien por ciento de los casos resultan ser peritos especializados en "Psicología Clínica", diciplina adecuada para la aplicación de los mismos, lo que es factor determinante en muchos de los casos para que en el examen realizado el elemento obtenga resultados poco o nada favorables. Debido a que la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato en su artículo 43 marca cómo obligación de los elementos la aplicación de dicha evaluación y aprobación del mismo para poder continuar dentro de la Institución, alrededor de 1117 elementos anualmente se quedan en situación de desempleo, dicha situación además de preocupante resulta ser gravosa, pues están siendo vulnerados en sus más básicos Derechos Humanos, como lo son aquellos relacionados en el ámbito laboral. Una vez suscitada la situación mencionada, aquellos que resultan ser separados de sus cargos se ven en la urgente necesidad de adquirir un nuevo empleo y es justo en ese punto dónde la situación se complica aún más, ello en razón de que comienzan a postularse en las diversas vacantes disponibles en empresas o industrias, mismas que en su proceso de selección descartan a los postulantes que hayan formado parte de las filas de mandos policiacos o Instituciones dedicadas a la Seguridad Pública, siendo así discriminados en razón a su historial laboral y coartando el Derecho de ejercer su libertad laboral. De todo lo mencionado con anterioridad, lo aún más preocupante es saber que al encontrarse en situación de desempleo y con obligaciones de primera necesidad por solventar, muchos de esos elementos se unen a las filas del crimen organizado, justo ahí dónde son enlistados debido a las habilidades que han adquirido en el tiempo en que han servido a las Fuerzas de Seguridad del Estado. Por lo anterior, la de la voz hace un atento llamado al Titular de la Procuraduría de Derechos Humanos a fin de que identifique a aquellas empresas que realizan tales prácticas discriminatorias y violatorias de los más fundamentales Derechos Humanos y realice las observaciones y procedimientos que considere pertinentes, para así poder erradicar paulatinamente malas prácticas en procesos de selección que evitan un reingreso al ámbito laboral de aquellos elementos despedidos que quedan en situación de desempleo. ARGUMENTOS DE LA COMISIÓN. Esta comisión legislativa tiene competencia para el conocimiento y dictamen de los asuntos que se refieran a las iniciativas de ley o modificaciones, relacionadas con legislación en materia de derechos humanos y atención a grupos vulnerables (artículo 106 -fracción I- de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato). Asimismo, se le asigna competencia para el conocimiento y dictamen de los asuntos análogos que a juicio de la presidencia del Congreso sean materia de tratamiento por esta Comisión. Con este último fundamento se turnó la propuesta que nos ocupa. En reunión de la Comisión celebrada el 1 de junio de 2022 se acordó por unanimidad dictaminar en sentido negativo la propuesta de punto de acuerdo. La iniciante afirma que las empresas o industrias en el proceso de selección descartan a los postulantes que hayan formado parte de los mandos policiacos o instituciones dedicadas a la seguridad pública, lo que genera discriminación; y que, al estar desempleados, muchos de estos elementos se unen a las filas del crimen organizado. Sin embargo, no se aportan datos sobre la fuente a la que se recurrió para soportar tales aseveraciones. Por otro lado, se pretende que el titular de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato identifique a las empresas que realizan estas prácticas discriminatorias y violatorias de los más fundamentales Derechos Humanos y realice las observaciones y procedimientos que considere pertinentes. Sin embargo, no debemos perder de vista la competencia del organismo protector de los derechos humanos. En mérito de lo expuesto, sometemos a consideración de la Asamblea, la aprobación del siguiente: A C U E R D O Único. No resulta procedente la propuesta de punto de acuerdo suscrita por la diputada Ma. Guadalupe Josefina Salas Bustamante, ante la Sexagésima Cuarta Legislatura, por la cual se exhorta al titular de la Procuraduría de Derechos Humanos en el Estado, a efecto de que se implemente un mecanismo de identificación de empresas que discriminan aspirantes que han colaborado en las Fuerzas de Seguridad Pública del Estado. En consecuencia, se ordena el archivo definitivo de la iniciativa. Guanajuato, Gto., 29 de junio de 2022 La Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables Diputado David Martínez Mendizábal Diputada Janet Melanie Murillo Chávez Diputado Gustavo Adolfo Alfaro Reyes Diputada Briseida Anabel Magdaleno González Diputada Katya Cristina Soto Escamilla ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL DICTAMEN NEGATIVO QUE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES PRESENTA AL PLENO DEL CONGRESO, DE LA PROPUESTA DE PUNTO DE ACUERDO SUSCRITA POR LA DIPUTADA MA. GUADALUPE JOSEFINA SALAS BUSTAMANTE, ANTE LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA, POR LA CUAL SE EXHORTA AL TITULAR DE LA PROCURADURÍA DE DERECHOS HUMANOS EN EL ESTADO, A EFECTO DE QUE SE IMPLEMENTE UN MECANISMO DE IDENTIFICACIÓN DE EMPRESAS QUE DISCRIMINAN ASPIRANTES QUE HAN COLABORADO EN LAS FUERZAS DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO.
Dictamenes / Decretos
| Consecutivo | Parte | No. publicación | Dictamen firmado | Decreto / Acuerdo firmado | PO | Transitorios |
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| 510 | Dictamen firmado | Decreto / Acuerdo firmado | 0 |
| Fecha | Estatus |
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