Datos Generales del expediente Legislativo Camioncito2

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Expediente: 420/LXV-I

Iniciativa
LXV
Segundo Año de Ejercicio Legal Primer Periodo Ordinario

Suscripción

Punto de acuerdo solidez Consejo crecimiento sostenible Guanajuato
Iniciativa suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato. Lenguaje ciudadano.- Se busca la creación de "El Consejo del Agave para el Estado de Guanajuato" y su formalización dentro la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato, contribuirá a sentar las bases que le den solidez y viabilidad al crecimiento del sector, fortalecerá los esfuerzos y las acciones para un crecimiento sostenible y propondrá políticas públicas que mitiguen las diferentes problemáticas que hoy en día existen.

Presentación a Pleno Camioncito2

Presentación a Pleno
15/12/2022

- Diputado Jorge Ortiz Ortega - ¡Muy buenos días! con su permiso Señor Presidente, de mis compañeras y compañeros de Mesa Directiva diputadas, diputados medios de comunicación ciudadanía que hoy se encuentra aquí presente y los que nos están viendo a distancia también saludó con mucho agrado al ingeniero Francisco López Tostado, Presidente del Consejo Agroalimentario aquí en el Estado de Guanajuato, un gusto saludarlo ingenieros y a los integrantes del Consejo que hoy tienen a bien acompañarnos el agave es la materia prima para la elaboración de Tequila y Mezcal México, posee la denominación de origen de ambas bebidas que son altamente apreciadas en el mercado internacional. - La exportación de tequila en México, ha ido en constante aumento, son más de 120 países los que quieren el tequila tan sólo en Estados Unidos en 2021 compro 288 millones 362 mil litros Alemania siendo el segundo mayor comprador, con 6 millones 447 mil litros y seguido de España que adquirió 4 millones 708 mil litros de producto tequilero Mexicano. - De enero a junio de este año la producción, del tequila alcanzo los 315.1 millones de litros generando cerca de 70 mil empleos para la industria tequilera, creciendo un 31% comparado con el año pasado, Guanajuato, poco a poco se ha ido posicionando en el mapa mundial con marcas tequileras guanajuatenses, de alta calidad, compitiendo con otros estados como lo son Jalisco y Michoacán es importante señalar que los agaves, son especies endémicas de América Latina, plantas de ambientes semiáridos que se les puede observar en la sierra y llanuras del norte de nuestros a estado, donde su mayoría se cultiva el agave de Tequileana Weber Bar Azul, con creciente popularidad dentro y fuera del país, demandado más materia prima e industrialización de procesos incluyendo el monocultivo de especies nativas. - En Guanajuato, se cuenta con 7 municipios con denominación de origen para la producción del tequila, Abasolo, Cuerámaro, Huanímaro, Manuel Doblado, Pénjamo, Purísima del Rincón y Romita, el crecimiento en la demanda del sector tequilero para Guanajuato del 2014 a 2021, se incrementó un mil 900 % produciendo 100 produciendo el 13.62% del Agave a nivel nacional, ahora bien algunas de las problemáticas, reconocidas por el sector hoy en día, es la degradación del suelo, ya que la planta necesita cinco años o más para su maduración, la plantación avanza de forma exponencial incluso en zonas y municipios que no cuentan con la denominación de origen, creando una reforestación anual de 794 hectáreas por año. - Lo anterior muestra la importancia de sentar las bases que den solidez y vialidad para el sector con la creación el consejo del agave, para el estado de Guanajuato y su formalización dentro de la ley de fomento y desarrollo agrícola para el Estado de Guanajuato y fortalecera los esfuerzos, así como las acciones para un crecimiento, sostenible que puedan, mitigar las diversas problemáticas que ya existen o puedan seguir existiendo. Esa iniciativa comparte la visión que en días anteriores produjeron productores de tequila, y se comparte con certeza y determinación las necesidades del campo, guanajuatense, el consejo, brindara una comunicación asertiva entre las autoridades para mejorar la regulación, la creciente actividad de siembra y venta del agave en el Estado, en este sentido se reforman en la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato, las fracciones segunda del artículo 7 y se recorren las demás para la creación del consejo del agave del estado de Guanajuato así como la fracción tercera del artículo 9 recorriéndose las siguientes que describen el órgano de consulta, asesoría, opinión y colaboración, así mismo se reforma el título segundo para incluir al consejo del agave para el estado de Guanajuato y el capítulo único, ahora es capitulo primero que contiene el artículo 15 y se adicionan los artículos 15 Bis y 15 Ter como las bases para las funciones principales de dicho consejo, dicha iniciativa en lo que respecta a la agenda 2030 cumple con el objetivo 15.3 de los objetivos de desarrollo sostenible, que son la lucha contra la desertificación y procurar lograr un mundo con una degradación neutra del suelo. - Para finalizar sabemos que los mejores suelos están en Guanajuato para la siembra del Agave, por lo tanto debemos de cuidar, la riqueza orgánica, escuchar a la gente del campo potencializar a la producción del tequila que hoy en día es un orgullo nacional e internacional. - Legislar con un consejo donde sus miembros sean un mismo eslabón para la cadena productiva del agave, y que este siga siendo grandeza de guanajuato, para el resto del mundo ¡muchas gracias! es cuanto diputado Presidente, gracias a todos compañeras, compañeros por su atención.


Proponen la creación del Consejo del Agave para el Estado

Guanajuato, Gto. – Con el objetivo de contar con un marco legal que permita el control de la siembra del agave en la entidad y sus municipios con denominación, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato.

Recepción en Comisión Camioncito2

Recepción en Comisión
14/02/2023

Metodologías Camioncito2

Metodologías
26/07/2023

26 de julio de 2023

 

Metodología de trabajo para el estudio y análisis de la iniciativa suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato. ELD 420/LXV-I

 

Se propone la siguiente:

Metodología

  1. Se remitirá la iniciativa vía correo electrónico a:

 

  • Diputadas y diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura.
  • Secretaría de Desarrollo Agroalimentario y Rural.
  • Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial.
  • Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable.
  • Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial.
  • Ayuntamientos.
  • Coordinación General Jurídica del Poder Ejecutivo.
  • Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAP).
  • Comité Estatal de Sanidad Vegetal del Estado de Guanajuato.
  • Consejo Estatal Agroalimentario de Guanajuato.
  • Distrito de Riego 011 Río Lerma Gto.
  • Universidades que firmaron convenio con éste Congreso.

 

Quienes contarán con un plazo de 15 días hábiles a partir de su notificación para remitir comentarios y observaciones que estimen pertinentes.

 

  1. Se establecerá un link en la página web del Congreso del Estado, para que la iniciativa pueda ser consultada y se puedan emitir observaciones, por un término de 15 días hábiles.

 

  1. Realización de 3 foros regionales, en la ciudades de:

 

  • Purísima del Rincón, el 8 de Septiembre;
  • Huanímaro, el 29 de Septiembre; y
  • Romita, el 27 de Octubre.

 

  1. Instalación de mesa de trabajo permanente en la que participarán:
  1. Diputadas y Diputados integrantes de la Comisión; y
  2. Representantes del Poder Ejecutivo;

Podrán participar quienes hayan enviado comentarios sobre el proyecto de la iniciativa.

        

  1. Concluida la consulta y la reunión de trabajo, señaladas en los puntos anteriores, la secretaría técnica elaborará el proyecto de dictamen correspondiente, lo remitirá a los integrantes de la Comisión, para que formulen observaciones a la secretaría técnica.

 

  1. La Comisión se reunirá para discutir el proyecto de dictamen de la iniciativa y, en su caso, dejarlo a disposición de la presidencia a efecto de someterlo a la aprobación del Pleno del Congreso.

 

Estudios, análisis u opiniones Fecha límite de entrega Estatus Documento
Secretaría de Desarrollo Agroalimentario y Rural. 18/08/2023 No rendida
Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial. 18/08/2023 No rendida
Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable. 18/08/2023 No rendida
Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial. 18/08/2023 No rendida
Ayuntamientos. 18/08/2023 No rendida
Coordinación General Jurídica del Poder Ejecutivo. 18/08/2023 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAP). 18/08/2023 No rendida
Comité Estatal de Sanidad Vegetal del Estado de Guanajuato. 18/08/2023 No rendida
Consejo Estatal Agroalimentario de Guanajuato. 18/08/2023 No rendida
Distrito de Riego 011 Río Lerma Gto. 18/08/2023 No rendida
Universidades que firmaron convenio con éste Congreso. 18/08/2023 No rendida
Ayuntamiento de Coroneo 18/08/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
Ayuntamiento de San Diego de la Unión 18/08/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
Ayuntamiento de Victoria 18/08/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
Ayuntamiento de Yuriria 18/08/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
Universidad Quetzalcóatl en Irapuato 18/10/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
ayuntamiento de San Francisco del Rincón 18/10/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
Ayuntamiento de Romita 18/10/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
Ayuntamiento de Moroleón 18/10/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
Ayuntamiento de Santiago Maravatío 18/10/2023 No rendida
Ayuntamiento de Tarimoro 18/10/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
Apoyo a la Función Edilicia de León 18/10/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
Ayuntamiento de San Miguel de Allende 18/10/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
Ayuntamiento de Uriangato 18/10/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
Ayuntamiento de Cortazar 18/10/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
Ayuntamiento de Irapuato 18/10/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
Ayuntamiento de San Luis de la Paz 18/10/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
Ayuntamiento de Celaya 18/10/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
Ayuntamiento de Santa Catarina 18/10/2023 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
Ayuntamiento de Abasolo 18/10/2023 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
Ayuntamiento de Comonfort 18/10/2023 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
Actividades
Descripción Fecha y hora Lugar Sigue la transmisión
Solo se radicó, No se acordó metodología 14/02/2023 11:00 Congreso del Estado
Se acordó metodología y la realización de 3 foros de consulta previa anuencia de la Junta de Gobierno y Coordinación Política 26/07/2026 11:00 Biblioteca Constitucional del Congreso del Estado
Se aprobó dictamen en reunión de Comisión 06/06/2024 11:00 Biblioteca Constitucional del Congreso del Estado
Correspondencias, Minutas, Actas

Cuadro de texto: Minuta número 10
Sexagésima Quinta Legislatura del 
Congreso del Estado de Guanajuato
Comisión de Fomento Agropecuario
Segundo Año de Ejercicio Constitucional
Reunión celebrada el 20 de junio del 2023
Presidencia del Diputado Jorge Ortiz Ortega

 

En la ciudad de Guanajuato, capital del Estado del mismo nombre, en las instalaciones del Congreso del Estado, en los salón 3 de comisiones, se reunieron la diputada y los diputados que integran la Comisión de Fomento Agropecuario de la Sexagésima Quinta Legislatura, para llevar a cabo la reunión previamente convocada, misma que tuvo el siguiente desarrollo: - - - - - - - - - - - - -   

La secretaría por instrucciones de la presidencia pasó lista de asistencia, comprobándose el quórum legal con la presencia de la diputada Martha Lourdes Ortega Roque; y los diputados Cesar Larrondo Díaz, Jorge Ortiz Ortega y Armando Rangel Hernández; se registró la inasistencia del diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Comprobado el quórum legal, se consignó como hora de inicio de la reunión a las doce horas con treinta y ocho minutos del veinte de junio del dos mil veintitrés. - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Acto continuo se sometió a consideración el orden del día; mismo que fue aprobado por unanimidad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -  

Previa aprobación de dispensa de lectura fue aprobada por unanimidad sin discusión la minuta número nueve, levantada con motivo de la reunión de fecha seis de junio de dos mil veintitrés. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -     

La presidencia informó que previamente fueron circulados los proyectos de dictámenes de los asuntos enlistados en los puntos tercero y cuarto del orden del día, y propuso dispensar su lectura. No se registraron intervenciones y, resultó aprobada la propuesta por unanimidad. - - - - - -

La presidencia sometió a consideración en lo general el proyecto de dictamen de la iniciativa suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de adicionar diversas disposiciones a la Ley de Fomento a la Agricultura Familiar del Estado de Guanajuato. ELD 309/LXV-I. No se registraron participaciones y, resultó  aprobado por unanimidad. Se sometió a consideración en lo particular, sin registrarse intervenciones, la presidencia declaró tener por aprobados los artículos que contiene el dictamen.  

La presidencia sometió a consideración en lo general el proyecto de dictamen de la iniciativa suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato. ELD 337/LXV-I. No se registraron participaciones y, resultó aprobado por unanimidad. Se sometió a consideración en lo particular, sin registrarse intervenciones, la presidencia declaró tener por aprobados los artículos que contiene el dictamen. En virtud de la aprobación de los dictámenes referidos, propuso solicitar a la Junta de Gobierno y Coordinación Política, la dispensa de las cuarenta y ocho horas para su circulación y puedan ser agendados en el orden del día del veintidós de junio del año en curso; no se registraron intervenciones y, resultó aprobado por unanimidad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En el apartado de asuntos generales, no se registraron participaciones. - - - - - - - - - - - - - -    

Agotados los asuntos listados en el orden del día, la presidencia levantó la reunión a las doce horas con cuarenta y siete minutos de la fecha de su inicio y comunicó a la diputada y diputados que se les citaría para la siguiente, por conducto de la secretaría técnica. - - - - - - - - - - -

Doy fe. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

 

 

 

        Jorge Ortiz Ortega                                                      Martha Lourdes Ortega Roque

         Diputado presidente                                                              Diputada secretaria

 

Dictámenes en Comisión Camioncito2

Dictámenes en Comisión
06/06/2024
SE BUSCA LA CREACIóN DE "EL CONSEJO DEL AGAVE PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO" Y SU FORMALIZACIóN DENTRO LA LEY DE FOMENTO Y DESARROLLO AGRíCOLA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO, CONTRIBUIRá A SENTAR LAS BASES QUE LE DEN SOLIDEZ Y VIABILIDAD AL CRECIMIENTO DEL SECTOR, FORTALECERá LOS ESFUERZOS Y LAS ACCIONES PARA UN CRECIMIENTO SOSTENIBLE Y PROPONDRá POLíTICAS PúBLICAS QUE MITIGUEN LAS DIFERENTES PROBLEMáTICAS QUE HOY EN DíA EXISTEN.

Presidencia del Congreso del Estado P r e s e n t e. La Comisión de Fomento Agropecuario de la Sexagésima Quinta Legislatura recibió para efectos de estudio y dictamen, las iniciativas: a) Suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato. (ELD 420/LXV-I); y, b) Formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional por la que se adiciona un Capítulo III denominado Distintivos Comerciales que contiene los artículos 38 Bis, 38 Ter y 38 Quater, al Título Cuarto de la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato. (ELD 584/LXV-I) Por lo anterior, con fundamento en los artículos 89 fracción V, 110 fracciones I y III, y 171 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, sometemos a la consideración de la Asamblea el presente: D I C T A M E N I. Competencia De conformidad con lo dispuesto por las fracciones I y III del artículo 110, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, es competencia de la Comisión de Fomento Agropecuario, el estudio y conocimiento de los asuntos que se refieran a las iniciativas de ley o modificaciones, relacionadas con legislación en materia agropecuaria; los relacionados con el desarrollo y fomento agropecuario en el Estado; y, los relativos al desarrollo rural y mejoramiento de los ejidatarios, comuneros y pequeños propietarios agrícolas, forestales y ganaderos, que sean de competencia estatal de conformidad con las disposiciones de la Ley de la materia. Supuestos que son materia de estudio de las iniciativas señalada en el proemio, y objeto del presente dictamen. II. Proceso legislativo Las iniciativas buscan adicionar el Consejo del Agave y un capítulo denominado Distintivos Comerciales, en la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato; las cuales ingresaron en las sesiones ordinarias de fechas 15 de diciembre del año 2022 y, 19 de octubre del año 2023 respectivamente, turnándose a esta Comisión para su análisis y resolución mediante dictamen. En reuniones celebradas el 14 de mayo del 2022 y el 7 de febrero del 2023, se radicaron las propuestas materia del presente dictamen, y se acordaron las metodologías a seguir para estudio y dictamen, las cuales consistieron en lo siguiente: Respecto a la iniciativa en materia de la creación del Consejo del Agave. 1. Se remitió la iniciativa vía correo electrónico a: Diputadas y diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura. Secretaría de Desarrollo Agroalimentario y Rural. Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial. Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable. Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial. Ayuntamientos. Coordinación General Jurídica del Poder Ejecutivo. Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAP). Comité Estatal de Sanidad Vegetal del Estado de Guanajuato. Consejo Estatal Agroalimentario de Guanajuato. Distrito de Riego 011 Río Lerma Guanajuato. Universidades que firmaron convenio con éste Congreso. 2. Quienes contaron con un plazo de 15 días hábiles a partir de su notificación para remitir comentarios y observaciones que estimen pertinentes. 3. Se estableció un link en la página web del Congreso del Estado, para que la iniciativa pueda ser consultada y se puedan emitir observaciones, por un término de 15 días hábiles. 4. Se realizaron 3 foros regionales, en la ciudades de: Purísima del Rincón; Huanímaro; y Romita. La iniciativa en materia de la adición de un capítulo denominado Distintivos Comerciales, se acordó realizar las siguientes acciones: 1. Se remitió la iniciativa vía correo electrónico vía correo electrónico a: Diputadas y diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura. Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria. (SENASICA) Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAP). Secretaría de Desarrollo Agroalimentario y Rural. Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial. Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable. Coordinación General Jurídica del Poder Ejecutivo. Comité Estatal de Sanidad Vegetal del Estado de Guanajuato. Consejo Estatal Agroalimentario de Guanajuato. Distrito de Riego 011 Río Lerma Guanajuato. Universidades que firmaron convenio con éste Congreso. 2. Quienes contaron con un plazo de 15 días hábiles a partir de su notificación para remitir comentarios y observaciones que estimen pertinentes. 3. Se estableció un link en la página web del Congreso del Estado, para que la iniciativa pueda ser consultada y se puedan emitir observaciones, por un término de 15 días hábiles. Concluida la consulta y la reunión de trabajo señaladas en los puntos anteriores, para ambas iniciativas, la secretaría técnica elaboró el proyecto de dictamen correspondiente. II.1. En cuanto a la exposición de motivos de la iniciativa suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato, coincidimos en lo siguiente: «… El agave es la materia prima para la elaboración de tequila y mezcal; México posee la denominación de origen de ambas bebidas que son altamente apreciadas en el mercado internacional. En 2016 las exportaciones mexicanas de tequila representaron un valor de 1,203 millones de dólares. La demanda internacional de tequila se ha incrementado desde 2003 en 26 países, incluyendo integrantes del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) y el Tratado de Asociación Transpacífico (TPP), así América del Norte (TLCAN) y el Tratado de Asociación Transpacífico (TPP) 1, así como China, países miembros del bloque de la Unión Europea y otros, que en conjunto consumen anual-mente 184 millones de litros El documento de Planeación Agrícola Nacional 2017-2030, señala que el panorama de la competencia internacional en 2030 con base en el crecimiento de la demanda en los potenciales socios comerciales de México. El consumo como la producción se le estima un incremento exponencial de 1.67 a 2.12 Tonelada métrica (MMt3), se traduzca en un crecimiento de exportación como el tequila en 27.13%. Por otro lado, la producción del agave mezcalero tiene la capacidad de incrementarse de 208.12 a 224.75 Mt (Tonelada métrica), lo que se traduce en un crecimiento de las exportaciones del mezcal de 7.99 %. La estrategia sería el de mantener la calidad y originalidad de la bebida, evitando que haya adulteraciones, por ello proponen la planeación Agrícola Nacional los siguientes puntos: • Garantizar la proveeduría del agave de manera estable a través del tiempo. • Impulsar la obtención de más reconocimientos de la denominación de origen. • Fortalecer los consejos reguladores del tequila y mezcal para garantizar que las certificaciones que expidan no sean vulneradas por prácticas ilegales y fomenten el reconocimiento de las normas oficiales mexicanas y las certificaciones que expidan los organismos de evaluación de la conformidad en los sistemas de protección de propiedad intelectual mediante el apoyo de los consejos reguladores. En México, para el caso del tequila, son 181 municipios que se encuentran en cinco estados (Jalisco, Guanajuato, Michoacán de Ocampo, Nayarit y Tamaulipas) que tienen el sello de la Denominación de Origen del Tequila, según el Diario Oficial de la Federación. Los datos del INEGI señalan que la industria del Tequila y el Mezcal constituyen la segunda actividad económica más importante dentro del conjunto de las bebidas alcohólicas, ya que representan un 18.6% de la producción bruta total. Como referencia, cabe señalar que de toda la industria del tequila y el mezcal, representa alrededor del 87% de la producción y el mezcal el 13%. El personal ocupado en la Industria del Tequila y el Mezcal aumentó en 2016, 2017, y 2018 debido principalmente al incremento que registraron los obreros. En 2018 el número de trabajadores fue de 5 7285. La producción de tequila representa el 87% de la producción conjunta de la Industria del Tequila y el Mezcal, y registra un desempeño creciente a través de los años tanto en valor como en litros producidos. Las exportaciones de tequila tanto en litros como en millones de dólares muestran una tendencia ascendente. En años recientes, las exportaciones de tequila desde México han ido en constante aumento, pasando de 64,6 millones de litros en 1995 a un total de 339,4 millones de litros exportados en 2021. Este año, Estados Unidos fue el principal destino de exportación de tequila mexicano en el mundo, el país vecino recibió más de 288 millones de litros de esta bebida alcohólica, 45 veces más que Alemania, el segundo destino más importante de exportación del producto. Mientras que, en el año 2022 la exportación de tequila creció un 31% con relación a la mitad del año pasado. Estadísticas de la Cámara Nacional de la Industria Tequilera (CNIT) indican que la venta del destilado al extranjero fue por el orden de 162.3 millones de litros durante el primer semestre del año. Está industria genera a la fecha 70 mil empleos en 174 empresas autorizadas para producir el destilado en sus diferentes variantes, informó la CNIT. El agave va afectando al suelo y para que madure la planta necesita 5 años. En la actualidad, los mejores suelos están en Guanajuato, lo que, por otro lado, detona el crecimiento de la demanda y de la plantación de agave en el estado. De igual forma, el problema de deforestación anual es de 794 hectáreas por año. El promedio anual deforestación en los siete municipios con denominación de origen para agave es de 258 hectáreas. La plantación de agave avanza en el estado de forma exponencial, incluso en zonas y municipios fuera de la Denominación de Origen para la producción de tequila. Importancia de sentar las bases que le den solidez y viabilidad al crecimiento del sector: Mantener controlada la plantación del agave, respetando las leyes y el mapa de compatibilidad de cultivo de agave, para evitar generar un problema fitosanitario a corto y mediano plazo. Evitar el fenómeno donde se está deforestando para plantar el agave dentro y fuera de los municipios de denominación de origen. Hacer cumplir el convenio firmado entre los gobiernos de Guanajuato, Jalisco, el Consejo Regulador del Tequila y la Cámara de la Industria Tequilera para frenar la degradación de los suelos con el que las empresas productoras de tequila solo podrán comprar el agave a quienes cuenten con su certificado «Agave Responsable Ambiental, de tal manera que cuando un productor entregue sus insumos al consejo regulador del tequila, este sea el encargado de verificar que cuente con denominación de origen y con dicho certificado que acredite vienen de una parcela que no deforestó. La Delegación Estatal de la SAGARPA en Guanajuato informó que el 04 de noviembre de 2013, en las oficinas de la SAGARPA ubicadas en Celaya, Gto., se instaló el Comité Estatal del Sistema Producto Agave Tequila de Guanajuato, con la participación de los representantes de los Productores de agave, fabricantes de tequila, comercializadores de tequila, fabricantes de jarabes e inulinas, proveedores de maquinaria agrícola, proveedores de servicios técnicos: así como con las dependencias SAGARPA, SDAyR, FIRCO, FIRA, COFOCE y las Organizaciones de Productores CESA VEG y Fundación Guanajuato Produce. Según la SAGARPA, a partir de su instalación y hasta el 2018, este Comité Estatal había estado trabajando de manera permanente con el Comité Nacional del Sistema Producto Agave Tequila y con el Consejo Regulador del Tequila. Sin embargo, es evidente que en el estado se hace indispensable la participación formal de diferentes autoridades que tienen injerencia relevante en la producción de agave y en la comercialización de tequila, y de varios miembros de un mismo eslabón de la cadena productiva. Dicho lo anterior, la creación de "El Consejo del Agave para el Estado de Guanajuato" y su formalización dentro la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato, contribuirá a sentar las bases que le den solidez y viabilidad al crecimiento del sector, fortalecerá los esfuerzos y las acciones para un crecimiento sostenible y propondrá políticas públicas que mitiguen las diferentes problemáticas que hoy en día existen…» «…» II.2. Sobre la exposición de motivos de la iniciativa suscrita formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional por la que se adiciona un Capítulo III denominado Distintivos Comerciales que contiene los artículos 38 Bis, 38 Ter y 38 Quater, al Título Cuarto de la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato coincidimos en lo siguiente: «… Para lograr el Desarrollo Rural Sustentable, todo gobierno debe impulsar un proceso constante de innovación social y económica que conduzca al mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural a través de actividades económicas productivas, de desarrollo social y humano, conduciendo adecuadamente los esfuerzos de planeación y operación dirigidos principalmente a las personas que tienen una actividad agrícola. Procurando el uso óptimo, la conservación y el mejoramiento de los recursos naturales; así como elevar la productividad, rentabilidad e ingreso de la población rural. El Estado de Guanajuato, ha sido referente en el sector agroalimentario en México y es reconocido internacionalmente por su competitividad y por su innovación en los procesos. Nuestra entidad ha trazado desde su planeación integral a lo largo de los últimos 30 años, ha buscado establecer las condiciones para alcanzar el desarrollo, a partir de una economía diversificada, basada tanto en el aprovechamiento sostenible de la riqueza natural y del territorio como en la creciente incorporación de conocimiento mediante el desarrollo del capital humano y el uso de nuevas tecnologías Para lograr dicho propósito es de suma importancia consolidar diversos elementos clave, tales como impulsar los motores económicos actuales de acuerdo con la producción primaria, gestionar nuevos modelos económicos basados en la diversificación económica con un énfasis tecnológico-industrial y aprovechar los encadenamientos potenciales de valor agregado hacia el consumidor y las personas dedicadas a la producción agrícola. Los retos y desafíos, en el sector agroalimentario consisten en: • Incrementar la productividad del sector primario en su conjunto; • Gestionar una adecuada adaptación al cambio climático, administrando el manejo de los recursos hídricos y la sanidad física y biológica del sector agropecuario; • Consolidación de los mercados agroalimentarios, promoviendo la asociación y la formalización de organizaciones productivas en busca de mejorar la productividad y la competitividad del sector, implementando estrategias de control de siembras, demanda de productos agrícolas y adoptando nuevas tecnologías agrícolas. Para el desarrollo de las actividades del sector primario, una pieza fundamental son las unidades de producción, las cuales podemos definir como al conjunto de terrenos, infraestructura, maquinaria, equipo, animales, y otros bienes utilizados en las actividades agropecuarias. Los datos que hoy tenemos disponibles del censo agropecuario, que se publicará por el Instituto Nacional de Estadística Geografía e Información (INEGI), muestra que nuestra entidad presenta 2.9 millones de hectáreas en el área rural y con un uso o vocación agropecuaria 1.8 millones de hectáreas que representa el 62.8% y 1.1 millones de hectáreas que representa el 37.2%, en este último apartado es importante señalar que se incluyen áreas de usos común de ejidos y comunidades agrarias que no fueron destinadas al cultivo de especies vegetales y que puede haber sido o no utilizada para el pastoreo. Incluye además a las unidades de producción cuya actividad es el aprovechamiento forestal. El Censo, menciona que tenemos 204.910 Unidades de producción agropecuaria y actualmente y se tienen activas 147,760 con una composición de 980,010 hectáreas. Por otra parte la Unidades de Producción agropecuaria sin actividad son 57,150 y que representan 287 620 hectáreas de superficie agrícola El tamaño de las unidades de producción corresponde al 62.2% con una extensión de hasta 5 hectáreas y el 37.8% son mayores a 5 hectáreas. Lo que, resulta que en que el componente mayoritario tiende a ser pequeñas unidades que necesitan seguir fortaleciendo su encadenamiento en el sector primario, a fin de tener una mayor vigorización. Estas unidades de producción presentan necesidades de asesoría, capacitación, asistencia técnica, infraestructura o servicios para garantizar la producción de alimentos sanos, inocuos, libres de contaminantes físicos, químicos y microbiológicos a través de las implementaciones de “Buenas Prácticas Agrícolas y de Manejo”. Los instrumentos internacionales en materia comercial, que nuestro país a signado y que han sido debidamente ratificados con otros países, han implicado la necesidad de que seamos una entidad que sea promotora y custodia de la salud pública y por tanto, los alimentos y materias primas que concurran en la cadena alimenticia, cuenten con una norma en la que se establezcan, los requisitos, especificaciones y criterios para una certificación confiable y reconocida por los países con los que ya se tiene una relación comercial y además del consumidor nacional. Nuestro país, es miembro de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en donde se establece en el acuerdo sobre la aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias, el derecho de los países miembros de adoptar las medidas para proteger la salud y la vida de las personas a condición de no aplicarse de manera que constituya un medio de discriminación, arbitrario o injustificable, entre los miembros en que prevalezcan las mismas condiciones, o una restricción encubierta del comercio internacional, por lo que deben estar basadas en principios científicos. La Ley Federal de Sanidad Vegetal considera los principios establecidos por la legislación internacional al señalar la implementación de medidas sanitarias, fitosanitarias, de buenas prácticas de producción agroalimentarias, pecuarias, manufactura, acondicionamiento, transformación, transporte y trazabilidad, que éstas deben basarse y sustentarse en información científica, técnica, acorde a las normas internacionales y establecidas en los acuerdos internacionales sanitarios y comerciales de los que México es parte, así como de todas la disposiciones nacionales de inocuidad, buen uso y manejo de agroquímicos dictados por el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA). Todo con el propósito de que estén en posibilidades de brindar a la sociedad alimentos sanos, e impulsar con ello, el desarrollo del sector primario al facilitar el acceso de sus productos a mercados nacionales e internacionales y con ello iniciar el reconocimiento social de que el Estado de Guanajuato sea considerado o identificado como la “Zona Premium Agrícola de México”. Con lo anterior, se pretende garantizar que las unidades de producción lleven a cabo medidas que minimicen los riesgos físicos, químicos y microbiológicos en los alimentos a fin de contribuir a mejores condiciones de salud de todos los consumidores. La estandarización de las acciones o medidas integradas en un mecanismo de calidad facilitará el acceso a mercados nacionales e internacionales de productos originalmente hechos en Guanajuato, es así como, proponer que se incluya en la normatividad agrícola local, la promoción y creación de los distintivos comerciales que garanticen que todo producto cumple las exigencias de inocuidad, responsabilidad social y ambiental. Para que todo producto agrícola en nuestro estado porte con orgullo el distintivo que le permita a todo consumidor cumplir con todas las normas técnicas, científicas, de salud y sociales de calidad. Todo consumidor nacional o extranjero tendrá la confianza que el lugar en donde se realizó lo que consume ha sido elaborado con personal capacitado, certificado y su estándar y que puede ser comparado con otros productos de talla internacional. Guanajuato, en materia agrícola, antes era conocido como el “Granero de México” y con el reto de la apertura comercial, ahora somos el “Refrigerador de México” y nuestros productos tienen presencia en varios países. Esto representa un orgullo, porque aquí, si reconocemos a todos los pequeños y medianos productores que todos los días salen a cultivar la tierra que es grandeza y orgullo de nuestro Nación. En nuestro campo se dieron batallas y se formaron la identidad nacional, ayer y hoy somos reconocidos por las fresas, por los brócolis, por el sorgo, por el agave, por nuestros productos lácteos como los quesos, y la tradicional cajeta tan solo por mencionar algunos. Un distintivo, es un reconocimiento a todas las familias que se levantan cada mañana y con un objetivo, que su esfuerzo sea recompensado con el consumo que se sirven en la mesa del consumidor. En este Congreso hemos podido avanzar en la construcción de acuerdos para impulsar el Campo, primero desde la voz de las mujeres el reconocer el papel de la mujer en el campo, como factor preponderante en el sector y con mecanismos que otorgan certeza como el registro de maquinaria e implementos agrícolas. Además de estar en análisis el tener un Consejo para la producción y explotación del Agave. Dicho lo anterior, la creación de "El Consejo del Agave para el Estado de Guanajuato" y su formalización dentro la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato, contribuirá a sentar las bases que le den solidez y viabilidad al crecimiento del sector, fortalecerá los esfuerzos y las acciones para un crecimiento sostenible y propondrá políticas públicas que mitiguen las diferentes problemáticas que hoy en día existen…» «…» II.3. Como parte de la metodología de estudio y dictamen, bajo el principio de parlamento abierto, respecto a la iniciativa suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato. Se recibieron respuestas de los ayuntamientos de Coroneo, San Diego de la Unión, Victoria, Yuriria, San Francisco del Rincón, Romita, Moroleón, Tarimoro, San Miguel de Allende, Uriangato, San Luis de la Paz, Celaya, Santa Catarina y Abasolo; de los cuales tomamos en consideración los siguientes preceptos: LEÓN. «… Tratándose de un órgano de participación democrática, consulta, asesoría, opinión y colaboración entre ciudadanía y gobierno, resulta pertinente especificar disposiciones relativas a la integración y funcionamiento del Consejo del Agave, considerando, al igual que otros órganos colegiados estatales, la representación de los sectores empresariales, de agricultura, de investigación, así como la participación de instancias gubernamentales estatales y municipales. Disposiciones que, en lo que hace al funcionamiento pueden ser considerados en el marco legal materia de reforma o, preferentemente, deben ser materia de la reglamentación respectiva, incluyendo la normativa que determine las modalidades y periodicidad de sesiones del consejo, grupos de trabajo, etc.; para lo cual, debe valorarse la inclusión del artículo transitorio que así lo permita. En suma, si bien en el artículo tercero transitorio de la iniciativa se contempla un periodo de 180 días hábiles para constituir el Consejo del Agave, se estima que deberían contemplarse disposiciones sobre dicho proceso de selección, definiendo si éste se originaría mediante convocatoria pública o a través de un proceso que enuncie la participación específica de sectores empresariales, de agricultura, de centros de investigación o de instituciones educativas, brindando una seguridad normativa sobre las personas representantes que integrarían el órgano colegiado. Tomando como referencia el modelo del estado de Jalisco, se considera que este nuevo Consejo también debe impulsar el desarrollo sostenible de la industria del agave y sus derivados, fortaleciendo las oportunidades económicas y las posibles rutas turísticas en la región, incluyendo la generación de recorridos por plantaciones, destilerías o museos, además de promover prácticas agrícolas responsables que respeten el entorno natural. Asimismo, se estima que el Consejo del Agave debe facilitar la colaboración entre productores y especialistas en la materia, sin dejar de lado la investigación e innovación sobre técnicas de cultivo, procesamiento y diversificación de la industria del agave. CORTAZAR. Primera. Guanajuato es uno de los cinco estados de la República Mexicana que cuenta con la Denominación de Origen del Tequila (DOT) para el cultivo del Agave Tequila variedad azul, así como su procesamiento para producir y comercializar el tequila a nivel nacional e internacional. Son 7 municipios los que cuentan con esta acreditación, lo cuales son: Abasolo, Manuel Doblado, Cuerámaro, Huanímaro, Pénjamo, Purísima del Rincón y Romita. Por otra parte, nuestro estado cuenta con dos municipios, San Felipe y San Luis de Paz, que ostentan la Denominación de Origen Mezcal (DOM) para el cultivo y aprovechamiento de las especies de los agaves que se utilizan la fabricación de esta bebida. Segunda. Estas dos industrias han tenido un gran incremento en la demanda de sus productos, lo que ha repercutido favorablemente en los ingresos económicos del sector. Sin embargo, este auge ha propiciado que se busquen nuevas áreas para la plantación del agave, pero sin un control adecuado que evite la deforestación y desmonte de los territorios de los municipios productores, problemática que se ha extendido a otros municipios que no cuentan con las denominaciones de origen mencionadas, afectando el cultivo de otros productos agrícolas. Es por esto que los proponentes buscan evitar los problemas que se han presentado en Jalisco y Oaxaca, principales productores de tequila y mezcal respectivamente, y sentar las bases para que estas actividades se realicen dentro de un marco legal que permita el control de la siembra de agave en Guanajuato. Tercera. Con este fin, proponen la creación del Consejo del Agave del Estado de Guanajuato para que coadyuve con las demás autoridades y organismos privados para que exista una mejor regulación y control de todas las actividades que se realizan en esta importante fuente de ingresos para Guanajuato y el país en general. IRAPUATO. Primero. El artículo 7 vigente contiene únicamente 3 fracciones, sin embargo, en el desglose de su propuesta, en lugar de enumerarlas de la I a la III, las posiciona de la fracción V a la VIII, razón por la cual se sugiere ajustar la numeración correctamente. Segundo. Actualmente el Título Segundo de la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato se denomina "Comité Estatal Agrícola". Con el presente proyecto de Decreto propone reformar la denominación del citado Título Segundo para quedar como “consejo Estatal Agrícola y Consejo del Agave para el Estado de Guanajuato"; de lo anterior, se pudiera interpretar implícitamente que con su propuesta estaría sustituyendo al Comité vigente por el Consejo que propone. Ahora bien, al no referir expresamente esté supuesto, se sugiere revisar esta situación, ya que si fuera el caso de que el Consejo que propone va a sustituir al Comité vigente, es importante precisar que también se estarían viendo impactados los artículos 5, fracción VII, 7, fracción l. 9, fracción 11, 15, asi como el Reglamento de la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato. Tercero. En el Articulo Único del Proyecto de Decreto refiere, entre otras cosas que "se reforman la fracción II del artículo 7, y se recorren las demás de manera subsecuente"; sin embargo, se advierte que no sería una reforma propiamente, si no una adición, por lo que se sugiere la siguiente redacción: "Se adiciona la fracción II al artículo 7, recorriéndose en orden las fracciones subsecuentes. Misma situación se repite en su propuesta al artículo 9. Cuarto. El artículo 9 vigente contiene únicamente 3 fracciones, sin embargo, en el desglose de su propuesta, en lugar de enumerarlas de la I a la III, las posiciona de la fracción IX a la XII, razón por la cual se sugiere adecuar correctamente la numeración. Quinto. En su propuesta de adición del artículo 15 ter, se advierte que enlista su contenido utilizando las fracciones IV, V, VI, XIII, XIV, XV y XVI, cuando lo correcto sería emplear la numeración de la fracción I a la VII. Sexto. En su proyecto de Decreto contempla 2 artículos transitorios, sin embargo, se advierte que en lugar de señalarlos como Artículo Primero y Artículo Segundo, los enuncia como Artículo Primero y Artículo Tercero, razón por la cual se recomienda adecuar esta situación. …» II.4. Por parte de la iniciativa formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional por la que se adiciona un Capítulo III denominado Distintivos Comerciales que contiene los artículos 38 Bis, 38 Ter y 38 Quater, al Título Cuarto de la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato, se recibieron respuestas de la Secretaría de Desarrollo Agroalimentario y Rural del Estado de Guanajuato, Universidad de Guanajuato y Universidad Quetzalcóatl de Irapuato; de los cuales tomamos en consideración los siguientes preceptos: Secretaría de Desarrollo Agroalimentario y Rural. Respecto a la exposición de motivos en la página 5 párrafo, tercero y cuarto, se menciona que los distintivos comerciales garanticen que todo producto cumpla las exigencias de inocuidad, responsabilidad social y ambiental. Para que todo producto agrícola en nuestro estado porte con orgullo el distintivo que le permita a todo consumidor cumplir con todas las normas técnicas, científicas, de salud y sociales de calidad. Ante la gran diversidad de producción productos producidos en el Estado y los introducidos, es complicado que todo producto agrícola en nuestro estado porte el distintivo de inocuidad y mucho menos cumpla con la responsabilidad social y de salud, basta dar los ejemplos de los productos que en el estado de Guanajuato son expendidos a la población en los mercados de abastos de los diferentes municipios, donde hay producción local, regional e inclusive de procedencia de otros estados del país. Por ello, siendo realistas, la aseveración deberá ser que los productos agrícolas en nuestro estado puedan portar con orgullo el distintivo (Haciendo alusión a quien produzca bajo un esquema de certificación en inocuidad agrícola o agroalimentaria). Así mismo, aclarar que no es el consumidor el que debe cumplir con las normas técnicas, científicas, de salud y sociales de calidad, sino quien produce los alimentos como materia prima o transformada. Respecto a la propuesta de adhesión a la Ley, derivado a que se ubica al final del articulado ordinario de la Ley, se pueden generar varios artículos que especifiquen las implicaciones para la generación y obtención del distintivo. Sin embargo, puntualizamos que en el Artículo 38 Bis, se menciona como exigencias de inocuidad, responsabilidad social y ambiental atribuidas a la Secretaría y es necesario considerar que solamente la inocuidad es atribución de atención por esta, los otros dos aspectos se atenderán en coordinación y colaboración con otras dependencias del gobierno estatal como la Secretaría del Trabajo, Secretaría de Salud y Secretaría del Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial. Actualmente los mercados nacionales e internacionales de productos y subproductos del campo, contemplan cada vez con mayor fuerza, la adquisición de alimentos producidos bajo sistemas de inocuidad, responsabilidad social, ambiental y comercio justo. Seguramente en un futuro cercano, ante las inclemencias del cambio climático, estas exigencias contemplaran también el tema de huella de carbono. Esta tendencia comercial, hace necesario que un estado como Guanajuato, contemple dentro de sus políticas gubernamentales, la creación y operación de distintivos para poder ingresar con una preferencia diferenciada, a los mercados que las exigen, sin embargo, la propuesta de adición de los artículos 38 Bis. 30 Ter y 38 Quater a Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola, se considera insuficiente para la creación y operación de dichos distintivos, por las siguientes razones. 1.- Para la operación de estos distintivos, se requiere de regular algunos procesos como el uso de aguas negras, uso adecuado de plaguicidas y fomento a la sanidad vegetal, que actualmente, derivado de diversas lagunas normativas en las leyes federales, no se están llevando a cabo a como se requiere, dificultando establecer la garantía que un distintivo debe ofrecer. 2.- Diversas acciones de inocuidad, responsabilidad social y ambiental que son necesarias para la operatividad del distintivo, requieren de la coordinación interinstitucional con la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (MAOT) y Secretaría de Salud y Secretaria de Gobierno (Subsecretaría del Trabajo), lo cual tiene mayores probabilidades de ocurrir, si esta coordinación se establece bajo un mandato de ley ex profeso para el tema. 3.- Se requiere implementar mecanismos de inspección, verificación entre otros, para lo cual es necesario habilitar a personal, para que desempeñe dichas actividades, lo cual no se podría realizar únicamente con la adición de los artículos mencionados. Por lo anteriormente expuesto, se comenta que la intención de la iniciativa de adición de los artículos, se visualiza como correcta para el fomento al desarrollo y competitividad de la entidad, sin embargo, no se considera suficiente para garantizar la operatividad y funcionalidad de los distintivos comerciales. Por último mencionar que se tiene un proyecto de Ley Estatal de Sanidad Vegetal e Inocuidad Agrícola, que considera el distintivo “Zona Premium”, la cual se tiene elaborado en borrador por el experto en Sanidad Vegetal de la Secretaría, que ha sido revisado por especialistas y será presentada al titular para definir el visto bueno para su presentación ante el Congreso. Esta Ley Incluye un capítulo completo que trata ampliamente el tema de inocuidad para la producción agrícola. Universidad de Guanajuato. El Gobierno del Estado de Guanajuato cuenta con la marca denominada Marca GTO, cuya regulación se encuentra establecida en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial de manera particular en los artículos 175 al 189, relativos a las marcas colectivas y de certificación. En este marco regulatorio se prevén los requerimientos bajo las cuales deberán expedirse los signos distintivos de dichas marcas y que, la iniciativa en estudio refiere como distintivos comerciales. De igual forma, el artículo 250 de la referida ley federal señala la obligación del titular de la marca de informar al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) sobre las transferencias que realice de esta, para surtir efectos frente a terceros. En este contexto, al proponerse en la iniciativa que será la Secretaría de Desarrollo Agroalimentario y Rural la dependencia encargada de promocionar y capacitar a los agricultores y unidades de producción para el uso de signos distintivos; así como de gestionar las solicitudes de registro y obtención de dichos signos, ello resulta acorde a la normativa federal. Sin embargo, en este último punto, resulta confusa la redacción de los artículos 38 Ter y 38 Quater al no establecerse con claridad si la Secretaría de Desarrollo Agroalimentario y Rural a través de la Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable, dependencia encargada de operar la Marca GTO, será quien realizará las gestiones ante el IMPI o la Secretaría de Desarrollo Agroalimentario y Rural será quien operará otra marca diferente a Marca GTO, para crear los distintivos "Zona Premium", ya que la titularidad de este tipo de marcas es el Gobierno del Estado de Guanajuato. Universidad Quetzalcóatl de Irapuato La implementación de distintivo comercial podría acarrear en su implementación implicaciones complejas en relación a la Ley Federal de Competencia Económica, pues no obstante a que la marca puede ayudar a proteger la calidad y reputación de los productos agrícolas brindando garantía al consumidor, también es cierto que utilizarla puede convertirse para muchos productores en barreas para la competencia económica, lo cual impediría la entrada de nuevos productores al mercado, de igual forma, al favorecer a ciertos productores se causaría detrimento a otros, esto sería contrario a los principios rectores de la competencia económica. Por tal motivo, es fundamental que para la concesión y uso de la marca distintiva que se desee implementar se establezcan criterios trasparentes, claros y equitativos para otorgarla. Por lo anteriormente mencionado, es necesario que la autoridad encargada de la implementación del distintivo comercial, tome en consideración las implicaciones que podrían generarse en consecuencia de su incorporación en los productos agrícolas, ello para no contrariar las disposiciones de Ley Federal de Competencia Económica debiendo en todo momento establecer de forma clara y puntual los lineamientos a los que quedará sujeta su la concesión del distintivo mencionado, el cual permita a todos los productores acceder al distintivo comercial, sin que esto represente una práctica contraria a la competencia económica. Por tal motivo, será necesario en todo momento trasparentar el proceso de concesión de estos signos distintivos basados en criterios de objetividad, equidad y transparencia para evitar conflictos legales que se relación con el posible favoritismo o sesgo de elección de productores beneficiados. Por otra parte, será necesario tomar en consideración la posible alza de precios en consecuencia la implementación de estos distintivos comerciales y en todo momento deberá evitarse la inflación de precios debido a la exclusividad de estos productos. El Estado ante la implementación del Distintivo comercial deberá cumplir con los principios rectores de la competencia económica establecida en la Ley Federal de Competencia Económica generando acciones que No generen prácticas anticompetitivas. III. Consideraciones de la comisión dictaminadora. Quienes integramos esta Comisión resaltamos que ambas iniciativas, son coincidentes en pretender adicionar dos temas trascendentales en el sector agroalimentario; la creación del Consejo del Agave y los Distintivos Comerciales, fortaleciendo las finalidades de la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato, entre otras: Fomentar y establecer las bases para promover e impulsar las actividades agrícolas en la entidad y el impulso a un desarrollo sustentable de las mismas, con el fin de incrementar su eficiencia, productividad y competitividad, mediante un aprovechamiento ambientalmente racional y sustentable de los recursos naturales; Diseñar las condiciones para que las actividades productivas relacionadas con la agricultura se desarrollen con un margen de rentabilidad desde la etapa de producción, industrialización y comercialización, que permita acceder a los estándares mínimos de bienestar y desarrollo sustentable a las familias campesinas; y, Establecer las disposiciones legales para propiciar la participación entre los productores, comerciantes, instituciones públicas y privadas, educativas y de investigación en el proceso del desarrollo agrícola en el estado. III.1. Creación del Consejo del Agave. La iniciativa formulada para la creación del Consejo del Agave, de conformidad el artículo 209 de nuestra Ley Orgánica, relativo al análisis ex ante de la norma, consideramos que los impactos aludidos en la iniciativa -jurídico, administrativo, presupuestario y social- resaltan el fortalecimiento del marco legal, que permita el control de la siembra del agave en el Estado de Guanajuato y sus Municipios, de manera particular este consejo, será coadyuvante con las diversas autoridades y organismos privados para mitigar, innovar, emprender acciones de contingencia y control; además de fortalecer de manera participativa la situación agroalimentaria Guanajuatense que permita tener trabajo colaborativo, intercambio de opiniones para las mejoras en la siembra del agave, en un marco democrático, plural y participativo. Sobre lo anterior, se logro un consenso en la comisión sobre la viabilidad de la iniciativa a través del desarrollo de la metodología aprobada para su estudio y dictamen. Quienes integramos esta comisión, resaltamos la importancia de la presente iniciativa, la cual tiene 2 objetivos principales; la primera, contribuir y darle solidez al crecimiento exponencial que tenemos en nuestro estado con la siembra y producción del agave, al integrar esta materia prima que ayuda con la elaboración del tequila y el mezcal; y, la segunda, dar el primer paso en consolidar un Consejo para el sector del agave que permita escuchar las necesidades de los productores, acercar las herramientas necesarias en capacitación, sostenibilidad y políticas públicas, con la creación de este Consejo del Agave, pugnamos por tener el acercamiento y seguimiento oportuno sin limitar los consejos existentes en el ramo. Nuestra tarea como legisladores, debe reflejar el sentir de las personas involucradas mediante un ejercicio de parlamento abierto, a través de la recepción de opiniones a la consulta solicitada y los foros ciudadanos realizados en los municipios de Huanímaro, Purísima del Rincón y Romita, donde acudieron expertos en materia de sanidad vegetal, de nuevas tecnologías de siembra y cultivo. Parte importante de este ejercicio sobre la evaluación de la iniciativa, se realizó con el acompañamiento de las diferentes instancias del Poder Ejecutivo, como la Secretaría de Desarrollo Agroalimentario y Rural; Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial; Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable y, la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial, siendo portadora de las observaciones técnicas consolidadas, la Coordinación General Jurídica del Poder Ejecutivo. Manifestamos en este proceso de estudio y dictamen de las propuestas que, el resultado no puede recaer exclusivamente en las y los diputados, para nosotros, lo más importante es escuchar a los principales involucrados, la evaluación ex ante a decir de las y los proponentes, nació de las necesidades sociales de los productores del agave. Es evidente el potencial económico del tequila y mezcal, dicho potencial debe permear a los productores de la materia prima -agave- y que el aprovechamiento económico no sea solo para los transformadores del producto. De acuerdo a la Ley de la Propiedad Industrial, artículo 156: Se entiende por Denominación de Origen, el nombre de una región geográfica del país que sirva para designar un producto originario de la misma y cuya calidad o característica se deban exclusivamente al medio geográfico, comprendiendo en éste los factores naturales y humanos. La Denominación de Origen Tequila (DOT) comprende 181 municipios de cinco estados de la República Mexicana: Jalisco con sus 125 municipios, Nayarit con 8, Guanajuato con 7, Tamaulipas con 11 y Michoacán con 30 municipios. Solamente en esos municipios se puede cosechar y utilizar la materia prima: Agave Tequilana Weber variedad Azul para la producción de Tequila. El estado de Guanajuato dispone de 16 mil 281 hectáreas para la siembra de agave y tiene 7 municipios con la denominación de origen de tequila, entre los que se encuentran Abasolo, Huanímaro, Manuel Doblado, Cuerámaro, Pénjamo, Purísima del Rincón y Romita. Las empresas productoras de tequila en Guanajuato han registrado una tasa de crecimiento del 23% anual, por su parte el valor de las exportaciones ha sufrido un avance de más del 60%, cabe destacar que la entidad está considerada entre los 5 estados del país con más ciudades con la denominación de origen del tequila. Por su parte, la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial de Guanajuato participó en la mesa de trabajo considerando como un tema trascendental la deforestación, como resultante de la expansión de cultivos de agave, ante este problema, visualizan la obligatoriedad de la certificación Agave Responsable Ambiental (ARA). El distintivo ARA en una botella de tequila garantiza que la bebida se produce utilizando agaves cultivados en parcelas que no han contribuido a la deforestación. Este certificado, lanzado en mayo de 2021, ya lo ostentan cuatro empresas que han certificado más de 315 mil litros de tequila libre de deforestación. La certificación se basa en un mapa de compatibilidad elaborado por la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet) de Jalisco, identificando zonas aptas o no aptas para la siembra de agave tequilana weber variedad azul. La Ley de Desarrollo Sustentable Federal establece que los productos se deberán de organizar en Sistemas Producto donde deberán participar todos los eslabones de la cadena, desde el desarrollo, investigación, proveeduría, productores, transformadores y comercializadores; de esta manera se fortalecerá el eslabón más débil que son los productores. El sector rural dentro de sus actividades productivas, demandan un marco jurídico moderno e integral, lo anterior a fin de revalorar al campo frente a la sociedad para reconsiderar su papel de productor de alimentos, de materias primas e insumos para la industria; ante esto, el campo es vital para la conservación de los recursos naturales. El estado de Guanajuato cuenta con un gran potencial de desarrollo productivo y social en el sector agroindustrial y de bebidas, que destaca por su alta competitividad y productividad, la calidad se establece como un motor de políticas globales agroalimentarias, utilizando como una de las herramientas la denominación de origen, como fórmula especial de indicación geográfica que se aplica a productos que poseen una calidad específica derivada exclusiva o esencialmente del medio geográfico en el que se elaboran, en este sentido, la iniciativa busca adicionar diversas disposiciones a la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato, con la finalidad de crear el Consejo del Agave. En relación con la propuesta referimos que en el estado, se han realizado grandes esfuerzos para la regulación de la producción de agave, en específico en los 7 municipios con denominación de origen tequila, en los que se puede plantar agave que coincide con el mapa de compatibilidad de cultivo con un 64.66% del territorio en los municipios con denominación de origen es compatible para el cultivo de agave tequilana contra un 35.34% que no lo es. En este contexto, el 3 de Julio del año 2023, Guanajuato presentó el primer lote de tequila guanajuatense con el certificado de Agave Responsable Ambiental (ARA), lo que significó que el tequila producido se elaboró con agaves de parcelas que no han provocado la remoción de vegetación natural, es decir, libre de deforestación, la presentación de dicho lote se hizo en el marco del convenio firmado con el Gobierno del Estado de Jalisco y el Consejo Regulador del Tequila, suscrito en junio de 2021, en cuyos compromisos se señala consolidar la marca de certificación ARA como responsable ambiental; al respecto, es importante destacar que se está en presencia de un fenómeno que necesariamente debemos atender a través de directrices específicas para equilibrar los elementos que intervienen en el mismo, como lo son: El control de la siembra de agave en municipios que no tienen la denominación de origen; asegurar la rentabilidad de la materia prima en sus diferentes etapas; informar de los impactos negativos en el medio ambiente por el monocultivo de agave y, propiciar el fomento al desarrollo competitivo de la industria tequilera en el estado. En este sentido, estimamos que para la atención del tema que nos ocupa convergen los ámbitos económicos, sociales y de protección al medio ambiente, debiéndose cubrir las necesidades en estos ámbitos para lograr que la industria del tequila en nuestro estado garantice el cumplimiento de los objetivos de las disposiciones normativas en materia de producción agrícola, medio ambiente y desarrollo económico. Ahora bien, en relación con la propuesta, se estima de importancia el contemplar que actualmente la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato y, los reglamentos de dichas leyes en materia de evaluación de impacto ambiental que contienen diversas disposiciones en relación a aquellas obras o actividades que requieren autorización en materia de impacto ambiental. Por otra parte, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento, así como la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable para el Estado y los Municipios de Guanajuato, establecen diversos preceptos relativos a la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales y el Código Territorial para el Estado de Guanajuato para el Estado y los Municipios de Guanajuato, prevé diversos instrumentos de política pública, de planeación territorial y de ordenamiento ecológico, así como la regulación de las áreas naturales protegidas, la finalidad de estos instrumentos es regular el impacto al medio ambiente y conservar el patrimonio natural ante el desarrollo de actividades productivas. III.2. Distintivos Comerciales. Nuestro estado de Guanajuato siempre ha sido referente en el sector agroalimentario en México y es reconocido a nivel internacional por su competitividad y por su innovación en los procesos, los instrumentos internacionales en materia comercial que nuestro país ha signado y que ha sido debidamente ratificado con otros países, han implicado la necesidad de que seamos una entidad que sea promotora y custodia de la salud pública y, por lo tanto, los alimentos y materias primas que concurran en la cadena alimenticia cuenten con una Norma en la que se establezcan los requisitos, especificaciones y criterios para una certificación confiable y reconocida por los países con los que ya se tiene una relación comercial y además del consumidor nacional. La iniciativa materia del presente análisis, busca reforzar las bases que promuevan e impulsen las actividades agrícolas y el desarrollo sustentable para nuestro campo, que sean rentables en sus diversas etapas y que se establezcan disposiciones para la participación entre los productores, comerciantes, instituciones públicas, privadas, educativas y de investigación en este proceso agrícola, así como la estandarización de las acciones o medidas integradas en un mecanismo de calidad que facilitará el acceso a mercados nacionales e internacionales de productos originalmente hechos en Guanajuato; además de proponer que se incluye en la normatividad agrícola local la promoción y creación de los distintivos comerciales que garanticen que todo producto cumple con las exigencias de inocuidad, responsabilidad social y ambiental. Esta iniciativa propone con orgullo la creación de Distintivos Comerciales que permitan a las unidades de producción incrementen su productividad mediante el cumplimiento de las exigencias de inocuidad, responsabilidad social y ambiental de los mercados agroalimentarios y a su vez, se compruebe al consumidor que el producto elaborado en Guanajuato cumple con todas las normas técnicas científicas, de salud y sociales de calidad. Con ello, todo consumidor nacional o extranjero tendrá la confianza que lo comprado con distintivo ha sido elaborado con personal capacitado certificado, con los controles de sanidad, entre otros, para el consumo local y consumo estándar internacional. Resaltamos que, la incorporación de los artículos 38 Bis, 38 Ter y 38 Quarter al título Cuarto, denominado Mercados, Comercialización de Productos y Subproductos a la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato, busca que las personas que se dedican a esta actividad deben enfrentar desafíos tales como la degradación del suelo y aquellas que han traído consigo la contaminación ambiental y el cambio climático, resultando necesario el empleo de elementos tecnológicos que permitan incrementar la competitividad y eficiencia del campo, el sector rural y de manera particular, las actividades productivas que en la práctica son ampliamente demandas. Buscamos un marco jurídico moderno, integral, con la finalidad de revalorar el campo frente a la sociedad para reconsiderar su papel de productor de alimentos en materias primas e insumos para la industria. Por lo que hace al componente de sanidad e inocuidad agroalimentaria, la globalización expone el intercambio de plagas y enfermedades que afectan tanto a la salud humana como animal; además de la posible introducción de especies invasoras y genotipos que alteran los ecosistemas. Por otra parte, los retos que impone el comercio internacional ya no solo se relacionan con el precio de los productos, pues para muchos de los alimentos de alto valor, incluidas las frutas, vegetales, carnes y pescados, los retos de competitividad internacional han cambiado más allá del precio y parámetros básicos de calidad para incluir cada vez más a la sanidad y la inocuidad. Ley Federal de Sanidad Vegetal es el instrumento normativo que tiene por objeto regular y promover la sanidad vegetal, así como la aplicación, verificación y certificación de los sistemas de reducción de riesgos de contaminación física, química y microbiológica de la producción primaria de vegetales y es de observancia general en todo el territorio nacional, ésta Ley, establece que la sanidad vegetal tiene como finalidad promover y vigilar la observancia de las disposiciones legales aplicables, diagnosticar y prevenir la diseminación e introducción de plagas de los vegetales, sus productos o subproductos que representan un riesgo fitosanitario, así como establecer medidas fitosanitarias y regular la efectividad de los insumos fitosanitarios y de los métodos de control integrado. La aplicación de dicha Ley corresponde a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, en este sentido, la Ley señala que las medidas fitosanitarias que establezca dicha dependencia federal serán las necesarias para asegurar el nivel adecuado de protección y la condición fitosanitaria en todo o en parte del territorio nacional. En particular, en relación con los sistemas de reducción de riesgos de contaminación física, química y microbiológica durante la producción primaria de vegetales. Al respecto, en relación con los distintos comerciantes que se busca promueva la Secretaría de Desarrollo Agroalimentario y Rural cumplan al menos con las normas oficiales mexicanas o demás disposiciones legales aplicables en la materia; así como que la vigencia de dicho distintivo, lo cual se considera importante efecto de mantener o mejorar los estándares que en un primer momento le hicieron acreedoras. Finalmente, quienes integramos esta Comisión manifestamos que logramos un consenso sobre la viabilidad de las propuestas, seguiremos impulsando estas acciones legislativas, buscando dotar a los productores del campo guanajuatense de mejores herramientas jurídicas, esa es nuestra función y objetivo principal. Con base en lo antes citado, con fundamento en los artículos 116 fracción III, y 171 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se propone a la Asamblea el siguiente: DECRETO Artículo Único. Se reforma la denominación del Título Segundo; y se adicionan la fracción II al artículo 7, recorriéndose en su orden las subsecuentes; la fracción III al artículo 9, recorriéndose en su orden la subsecuente; los artículos 15 Bis y 15 Ter; y un Capítulo III al Título Cuarto, integrado con los artículos 38 Bis, 38 Ter y 38 Quater a la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato, para quedar en los siguientes términos: «Artículo 7. Son Organismos Auxiliares… I. El Comité Estatal… II. El Consejo Estatal del Agave; III. Las Asociaciones Agrícolas… IV. Los demás organismos… Artículo 9. Corresponderá al Ejecutivo… I. Suscribir con el … II. Crear el Comité… III. Crear el Consejo Estatal del Agave; y IV. Las demás que… Título Segundo Comité Estatal Agrícola y Consejo Estatal del Agave Capítulo Único Artículo 15 Bis. El Consejo Estatal del Agave será el órgano de consulta, asesoría, opinión y colaboración, con el objeto de promover y estimular el desarrollo en materia de agave de manera sustentable en la entidad. Artículo 15 Ter. El Consejo Estatal del Agave tendrá las siguientes funciones: I. Participar en el análisis del crecimiento del agave en territorio guanajuatense; II. Promover acciones relativas a la regulación, gestión, conservación y preservación de la tierra donde se siembre agave; III. Proponer estrategias y políticas públicas enfocadas a la participación agrícola y de medio ambiente para medir la calidad y rentabilidad del agave en Guanajuato; IV. Integrar grupos de trabajo de investigación con especialistas, empresarios, asociaciones, consultores entre otros, para la obtención de datos que puedan reforzar e innovar en la siembra del agave en territorio guanajuatense; V. Solicitar en su caso, a la Secretaría de Desarrollo Agroalimentario y Rural el aviso de siembra como instrumento preventivo; VI. Coadyuvar con las autoridades estatales y federales para el desarrollo de las medidas fitosanitarias y de inocuidad que se implementen en el Estado de Guanajuato para la siembra y cuidado del agave; y VII. El consejo sesionará por lo menos dos veces al año. Título Cuarto Capítulo III Distintivos Comerciales Artículo 38 Bis. La Secretaría promoverá la creación y vigencia de distintivos comerciales que contribuyan a que las unidades de producción del sector agroalimentario incrementen su productividad, mediante el cumplimiento de las exigencias de inocuidad, responsabilidad social y ambiental de los mercados agroalimentarios, de conformidad con las Normas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones legales aplicables en la materia. Artículo 38 Ter. Los distintivos comerciales gestionados por la Secretaría estarán a disposición de todos los agricultores y unidades de producción que se encuentren dentro del territorio del estado, que cumplan los requisitos para su obtención. Artículo 38 Quater. La Secretaría brindará la capacitación y el adiestramiento necesario a los agricultores, así como a las unidades de producción para la obtención de los distintivos comerciales.» TRANSITORIOS Artículo Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato. Artículo Segundo. El Consejo Estatal del Agave deberá quedar constituido en un término no mayor de ciento ochenta días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente decreto. Artículo Tercero. La Secretaría de Desarrollo Agroalimentario y Rural en un término de 90 días hábiles, emitirá las disposiciones para implementar los procesos para el otorgamiento de los distintivos comerciales. Guanajuato, Gto., 6 de junio de 2024 La Comisión de Fomento Agropecuario Jorge Ortiz Ortega Presidenta Dip. Armando Rangel Hernández Vocal Dip. Ernesto Alejandro Prieto Gallardo Vocal Dip. César Larrondo Díaz Vocal Dip. Secretaria La presente hoja de firmas corresponde al proyecto de dictamen de las iniciativas a) Suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato. (ELD 420/LXV-I); y, b) Formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional por la que se adiciona un Capítulo III denominado Distintivos Comerciales que contiene los artículos 38 Bis, 38 Ter y 38 Quater, al Título Cuarto de la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato. (ELD 584/LXV-I)

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Consecutivo Parte No. publicación Dictamen firmado Decreto / Acuerdo firmado PO Transitorios
1299 SEGUNDA PARTE 136 Dictamen firmado Decreto / Acuerdo firmado PO 3
Fecha Estatus
Artículo Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato.
Artículo Segundo. El Consejo Estatal del Agave deberá quedar constituido en un término no mayor de ciento ochenta días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.
Artículo Tercero. La Secretaría de Desarrollo Agroalimentario y Rural en un término de 90 días hábiles, emitirá las disposiciones para implementar los procesos para el otorgamiento de los distintivos comerciales.