Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 230/LXV-PPA
Persona Diputada
Suscripción
Presentación a Pleno

- Diptuada Janet Melanie Murrillo Chávez - - ¡Muchas gracias! presidenta y con su permiso de los integrantes de esta Mesa Directiva, hace unas semanas tomamos conocimiento de hechos, que motivan el pronunciamiento que hoy y compartimos que desde el Grupo Parlamentario de Acción Nacional, presentamos este exhorto a principios del mes de enero información difundida por personal adscrito a instituciones públicas ha señalado que el centro de control y atención animal del municipio de Silao de la Victoria maltratan animales e incurren en diversos actos de violencia refiero las palabras que documentan la barbarie de estos hechos a los cachorritos los matan a palazos para ahorrarse el medicamento y algunos todavía quedan vivos y así los meten en bolsas para llevarlos al tiradero municipal, mi voz y mis ojos, son testigos de la crueldad y de la matanza de estos animales, de qué estamos hablando, qué tipo de autoridad es capaz de incurrir en estos actos a qué nivel, se ha llegado, para que por razones de austeridad que proclaman por todos lados, un ser humano pueda ser capaz de permitir y permitirse estos casos de maltrato, qué clase de sociedad puede tolerar este nivel de violencia, esta crueldad, qué argumentos se pueden aducir para llevar a cabo estos actos que implicarían además de la comisión de un delito signos evidentes de excesos en el ejercicio de funciones como funcionario público. - Preguntemos entonces, hasta dónde se está dispuesto a llegar, para que en nombre de la austeridad se incurra en actos que podrían ser constitutivos de delitos, acaso bajo el amparo de la austeridad, se consiente la privación de alimento, a un ser vivo, aunque sea un perro, un gato, es un servivo, si se incurre en este tipo de actos de maltrato que se ha señalado podría existir como lo he mencionado en dos ocasiones la comisión de un delito en términos de las disposiciones del Código Penal de nuestro estado, además de poner en evidencia la falta de toda sensibilidad en las actuaciones del personal responsable, este congreso no puede ser omiso a este tipo de denuncias, yo pregunto desde aquí ¿cuántos son los casos en los que se ha incurrido? ¿qué tipo de protocolo se aplican por el personal responsable? ¿qué supervisión ha llevado a cabo la autoridad municipal? y desde cuándo se han venido presentando este tipo de actos, por supuesto cuando presentamos este exhorto y siguieron pasando los días durante el mes de enero, las autoridades municipales atendieron a algunos activistas, que buscan el respeto, el rescate, pero sobre todo la suplir la supervivencia animal, sin embargo muchas de estas respuestas no fueron respondidas, valga la redundancia se dijo, por ahí, que nada era cierto, que era mentira, que se estaba actuando, que se iba a dar más presupuesto, sin embargo, hoy por hoy, seguimos sin ver acciones claras, con respecto a este tema, y aunque pasen los días, y aunque se haya sostenido una reunión medianamente acordada medianamente en la cual se decía que se daba para adelante, qué pasa con lo que ya ocurrió, qué pasa con estas respuestas para las que hoy por hoy seguimos sin saber, y que sobre todo la ciudad mi ciudad Silao de la Victoria, tiene una gran población de animales en situación de calle que no son atendidos y vemos pocas campañas en el municipio que refieran la esterilización de animales, la muerte digna en caso de ser el último de los argumentos o de las posibilidades que el municipio tenga para poder atenderlos, - Debemos como Poder Legislativo activar entonces las alertas necesarias sobre todo urgentes sobre estos actos que se han venido señalando la violencia en todas sus formas, en todas sus expresiones, no debe solamente ser condenable, debe también exigir un llamado urgente a las autoridades para que tengan la intervención inmediata a fin de determinar la responsabilidad de quienes habrían llevado a cabo estos actos, de tener todo hecho de violencia, y no solamente que se da en cuanto a los animales, sino también dentro de las dependencias, revisar los protocolos de actuación de autoridades además de sensibilizar al personal adscrito y a las autoridades correspondiente, tenemos una Ley para la Protección Animal del Estado de Guanajuato y esta establece de manera expresa las atribuciones de los ayuntamientos para la protección de animales de cualquier acto de maltrato, que cause daño o sufrimiento, así como para la promoción del cuidado y respeto hacia los animales este instrumento jurídico señala en el artículo sexto fracción quinta que los ayuntamientos deben vigilar que el sacrificio de los animales se lleve a cabo en los términos de la ley referida y de las demás disposiciones jurídicas aplicables hoy quisiera que nos uniéramos al llamado de activistas rescatistas organismos civiles que han señalado y han denunciado estos eventos de violencia y maltrato animal es un llamado al cumplimiento de la ley a la aplicación de los protocolos y de los reglamentos aplicables y también es una convocatoria a revisar actuaciones y capacitaciones del personal que desempeña en las instituciones el resguardo control y cuidado de los animales. - Hoy pedimos a las autoridades del municipio su intervención inmediata en los casos señalados para que se detenga cualquier acto de violencia y en su caso para la interposición de las denuncias correspondientes que permitan deslindar las responsabilidades como Poder Legislativo, hoy levantamos la voz para exigir que se cumplan las disposiciones legales aplicables a fin de detener y evitar cualquier acto de maltrato que cause daño o sufrimiento a estos animales, es también una exigencia para concientizar, sobre el cuidado respeto y consideración de los animales y una demanda para impedir estos hechos de violencia, quiero permitirme hablar también a todos los ciudadanos y ciudadanas de Silao, juntos podemos trabajar porque nuestros animales, nuestras mascotas esos seres que nos acompañan en la vida tengan una vida más digna por favor cuidémoslos, por favor cuidemos que no se reproduzcan de manera irresponsable, evitemos echarlos a la calle donde van a sufrir no solamente hambre sino también maltrato y con una muy mala suerte, si nadie les apoya, si nadie los recoge, terminar en el área de control animal del municipio, donde presuntamente se han denunciado esta crueldad extrema hacia ellos preguntémonos cuando los tenemos en nuestra casa si queremos saber que ellos mueren así, cuidémoslos, por favor, que nuestras niñas y nuestros niños sean responsables no solamente de quererlos sino también de tenerlos en casa bien cuidados, por las anteriores consideraciones me permito someter a esta asamblea el presente acuerdo en los siguientes términos único la Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, efectúa un respetuoso exhorto al Presidente Municipal de Silao de la Victoria, para que presente un informe detallado a este Poder Legislativo sobre los casos de maltrato animal que se han señalado que ocurren en el Centro de Control y Atención Animal de nuestro municipio las acciones que se han llevado a cabo para su debida atención y en su caso también las denuncias que se han interpuesto por estos hechos. - Es cuanto ¡muchas gracias!
Piden indagar casos de maltrato en el Centro de Control y Atención Animal de Silao
Guanajuato, Gto. – El grupo parlamentario del Partido Acción Nacional presentó un punto de acuerdo para exhortar al presidente del municipio de Silao de Victoria para que presente al Poder Legislativo un informe detallado sobre los casos de maltrato animal que se han señalado ocurren en el Centro de Control y Atención Animal del municipio, las acciones que se han llevado a cabo para su debida atención y, en su caso, las denuncias que se han interpuesto.
Recepción en Comisión
Metodologías
- Solicitar al Ayuntamiento de Silao de la Victoria para que remita un informe detallado sobre los casos de maltrato animal que han ocurrido en su municipio; así mismo, sobre las acciones que se han llevado a cabo para su debida atención y, en su caso, las denuncias.
- Solicitar al Centro de Control y Atención Animal del municipio de Silao de la Victoria las acciones que han realizado para la atención al maltrato animal y, en su caso, las denuncias que se han interpuesto sobre los hechos.
- Circular las respuestas derivadas de la consulta de información a las personas integrantes de la Comisión de Medio Ambiente.
- Reunión de la Comisión de Medio Ambiente, en su caso, para acuerdos del proyecto de dictamen; y
- Reunión de la Comisión de Medio Ambiente para la discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen. 230/-I-
Dictámenes en Comisión

Diputada Laura Cristina Márquez Alcalá Presidenta del Congreso del Estado de Guanajuato P r e s e n t e. A la Comisión de Medio Ambiente de la Sexagésima Quinta Legislatura le fue turnada para su estudio y dictamen la propuesta de punto de acuerdo suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de exhortar al Presidente Municipal de Silao de la Victoria para que presente un informe detallado a este Poder Legislativo, sobre los casos de maltrato animal que han ocurrido en el Centro de Control y Atención Animal de dicho municipio; las acciones que se han llevado a cabo para su debida atención y, en su caso, las denuncias que se han interpuesto sobre esos hechos. Se registró con el expediente legislativo digital 230/LXV-PPA . Con fundamento en los artículos 89, fracción V; 115, fracción V y, 171 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, sometemos a la consideración de la Asamblea el presente dictamen, con base en las siguientes: CONSIDERACIONES 1. Antecedentes. 1.1 Presentación de la propuesta de punto de acuerdo: En sesión de fecha 30 de enero de 2023, con fundamento en el artículo 115, fracción V de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, la presidencia de la Mesa Directiva del Congreso del Estado turnó a la Comisión de Medio Ambiente, para su estudio y dictamen, la propuesta de punto de acuerdo referida en el proemio. El 15 de febrero de 2023 en reunión de la Comisión legislativa se radicó la propuesta de punto de acuerdo. 1.2 Acciones para el análisis de la propuesta de punto de acuerdo: En reunión del 2 de marzo de 2023 en Comisión de Medio Ambiente se presentó un proyecto de acciones para el análisis de la propuesta, mismo que resultó aprobado, en los términos siguientes: «a) solicitar al Ayuntamiento de Silao de la Victoria para que remita un informe detallado sobre los casos de maltrato animal que han ocurrido en su municipio; así mismo, sobre las acciones que se han llevado a cabo para su debida atención y, en su caso, las denuncias. b) solicitar al Centro de Control y Atención Animal del municipio de Silao de la Victoria las acciones que han realizado para la atención al maltrato animal y, en su caso, las denuncias que se han interpuesto sobre los hechos. c) circular las respuestas derivadas de la consulta de información a las personas integrantes de la Comisión de Medio Ambiente. d) Reunión de la Comisión de Medio Ambiente, en su caso, para acuerdos del proyecto de dictamen; y e) Reunión de la Comisión de Medio Ambiente para la discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen.» El 27 de abril de 2023 ingreso oficio PM/309/2023 suscrito por el ingeniero Carlos García Villaseñor, presidente municipal de Silao de la Victoria, mediante el cual da respuesta a la solicitud del informe. El Centro de Control y Atención Animal del municipio de Silao de la Victoria no dio respuesta a la solicitud de informe. En reunión de fecha 11 de mayo de 2023, analizamos la propuesta de punto de acuerdo y, en votación resultó aprobado por mayoría de votos el que se realizará el proyecto de dictamen en sentido positivo. En consecuencia, la presidencia instruyó a la secretaría técnica de la Comisión para que elaborara el proyecto en el sentido aprobado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 272, fracción VIII, inciso e) de nuestra Ley Orgánica. Finalmente, el presente dictamen fue materia de revisión por las diputadas y los diputados que integramos la Comisión. 2. Consideraciones de la propuesta de punto de acuerdo Los proponentes relataron las consideraciones siguientes: «El presente año tomamos conocimiento de hechos que motivan el pronunciamiento que compartimos en las siguientes líneas. Información difundida por personal adscrito a instituciones públicas ha señalado que, en el Centro de Control y Atención Animal del municipio de Silao de la Victoria, se maltratan animales y se incurre en diversos actos de violencia. Refiero las palabras que documentan la barbarie de los hechos: “A los cachorritos los matan a palazos, para ahorrarse el medicamento y algunos todavía quedan vivos y así los meten en bolsas para llevarlos a tiradero municipal…. mi voz y mis ojos son testigos de la crueldad y la matanza de los animales” ¿De qué estamos hablando? ¿Qué tipo de autoridad es capaz de incurrir en estos actos? ¿A qué nivel se ha llegado para que, por razones de austeridad, un ser humano sea capaz de permitir y permitirse estos casos de maltrato? ¿Qué sociedad puede tolerar este nivel de violencia, esta crueldad? ¿Qué argumentos se pueden aducir para llevar a cabo estos actos que implicarían, además de la comisión de un delito, signos evidentes de excesos en el ejercicio de funciones? Preguntamos: ¿hasta dónde se está dispuesto a llegar para que, en nombre de la austeridad, se incurra en actos que podrían ser constitutivos de delitos? Aunado a que dichos actos ponen en duda los conocimientos o capacitación con la que debe contar el personal adscrito a las áreas públicas para la implementación de los protocolos aplicables. ¿Bajo el amparo de la austeridad se consiente la privación de alimento a un ser vivo? Si se incurre en estos actos de maltrato que se han señalado, podría existir la comisión de un delito en términos de las disposiciones del Código Penal del Estado de Guanajuato, además de poner en evidencia la falta de toda sensibilidad en las actuaciones del personal responsable. Este Congreso no puede ser omiso en esta denuncia. Pregunto, ¿cuántos son esos casos en los que se han incurrido? ¿Qué tipo de protocolos se aplican por el personal responsable? ¿Qué supervisión lleva a cabo la autoridad municipal? ¿Desde cuándo se presentan esos actos? ¿Cuáles han sido las actuaciones debido a la información y hechos que se han difundido? ¿Quiénes son responsables de estos actos? Debemos como Poder Legislativo activar las alertas necesarias, urgentes, sobre esos actos que se han señalado ocurren en el municipio de Silao de la Victoria. La violencia, en todas sus formas, en todas sus expresiones, no sólo debe ser condenable; exige de todas y todos un llamado urgente a las autoridades para la intervención inmediata a fin de determinar la responsabilidad de quienes habrían llevado a cabo esos actos, detener hechos de violencia, revisar protocolos de actuación de autoridades, además de sensibilizar al personal adscrito a las instituciones públicas responsables. La Ley para la Protección Animal del Estado de Guanajuato establece expresamente las atribuciones de los ayuntamientos para la protección de los animales de cualquier acto de maltrato que cause daño o sufrimiento, así como para la promoción del cuidado y respeto hacia los animales. Este instrumento jurídico señala en el artículo 6, fracción V, que los ayuntamientos deben vigilar que el sacrificio de los animales se lleve a cabo en los términos de la Ley referida y de las demás disposiciones jurídicas aplicables. Hoy nos unimos al llamado de activistas, rescatistas, organismos civiles que han señalado y denunciado estos eventos de violencia y maltrato animal. Es un llamado al cumplimiento de la Ley, a la aplicación de los protocolos y reglamentos aplicables y también es una convocatoria a revisar actuaciones y capacitación del personal que se desempeña en las instituciones del resguardo, control y cuidado de animales. Hoy pedimos a las autoridades del municipio su intervención inmediata en los casos señalados para detener cualquier acto de violencia y, en su caso, para la interposición de las denuncias correspondientes que permitan deslindar las responsabilidades. Como Poder Legislativo hoy levantamos la voz para que exigir se cumplan las disposiciones legales aplicables a fin de detener y evitar cualquier acto de maltrato que cause daño o sufrimiento a los animales. Es también una exigencia para concientizar sobre el cuidado, respeto y consideración de los animales y una demanda para impedir hechos de violencia.» 3. El presidente municipal de Silao de la Victoria presentó su informe en los términos siguientes: «En atención a la circular número 219, relativa al Expediente Legislativo Digital, 230/LXV-PPA, mediante el cual se solicita rendir “un informe detallado sobre los casos de maltrato animal que han ocurrido en el Centro de Control y Atención Animal de este Municipio; las acciones que se han llevado a cabo para su debida atención y, en su caso, las denuncias que se han interpuesto sobre esos hechos”; de conformidad con el artículo 77, fracción I, XVII, de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, 11 y 12 fracciones I, VI y XIII del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Silao de la Victoria, Guanajuato, me permito rendir el informe solicitado por esa comisión, conforme a los siguientes términos: I. Preámbulo En nuestro país las legislaciones locales han dejado de considerar a los animales simplemente como objetos o cosas susceptibles de apropiación y se haya empezado a concebirlos como “seres sintientes” merecedores de un “trato digno” por parte de los humanos o "seres sintientes que experimentan distintas sensaciones físicas y emocionales", estatus que genera en las personas la obligación legal de "procurar su protección, respeto y bienestar, conforme a los principios éticos"; incluso la reforma relativamente reciente a la Ley Para la Protección Animal del Estado, publicada en el periódico oficial del gobierno del Estado, número 123, segunda parte del 22 de junio del 2021, adopta algunos conceptos en tal dirección. Conscientes de que los malos tratos no deben existir, compartimos el criterio del Amparo en Revisión 163/2018, que establece que aún existe el deber constitucional de establecer normas que trasciendan el estatus jurídico de los animales como "objetos" o "cosas" susceptibles de apropiación que avancen en el proceso de "descosificación" de los animales, entendiendo además que dictar normas con este contenido constituye sin lugar a dudas un objetivo legítimo para el legislador y, en consecuencia, también debe considerarse que ese tipo de normas persiguen un interés público, puesto que son aprobadas por asambleas democráticas que ostentan la representación popular. Preocupados por las situaciones referidas en la Circular de cuenta, y que con diversas manifestaciones en medios de comunicación electrónicos se recibieron, es que el municipio de Silao de la Victoria, a mi Cargo, ha realizado una serie de acciones encaminadas tanto a la detección y análisis de necesidades como implementación de mejoras respecto de las condiciones del Centro de Control y Asistencia Animal del Municipio de Silao de la Victoria. 11. Acciones de Investigación y Diagnóstico Reconociendo que los ciudadanos Silaoenses, preocupados por su concepción en cuanto a las prácticas en torno al sacrificio humanitario, son de interés social, se efectuaron diversas acciones al respecto: Informa la Contraloría Municipal mediante oficio CM-QD/362/2023, y sus anexos lo siguiente: 1.- Se abrieron dos expedientes de investigación con números QD/140/2022 y QDS/03/2023. 2.- Se realizó el 23 de diciembre una visita de verificación por parte de la Contraloría Municipal al Centro de Control y Asistencia Animal; destacando que la Contraloría Municipal no registró alguna irregularidad respecto al cuidado de los caninos, separados por sexo, así como estimarlos aptos para su adopción. 3.- El 09 de enero de 2023, se atendió a una ciudadana quejosa, y se ordenó la práctica de una auditoría del Centro de Control y Asistencia Animal. 4.- El 12 de enero se recibió queja ciudadana en contra de un servidor público encargado del Centro de Control y Atención Animal. 5.- El 20 de enero de 2023, se integró el litado(sic) del personal adscrito y/o comisionado al Centro de Control y Asistencia Animal. 6.- El día 20 de enero de 2023, la Contraloría Municipal acudió al Centro a auditar para verificar el procedimiento de sacrificio de animales, de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana (NOM-033-SAG/2OO-2014), la cual establece los métodos para dar muerte a los animales domésticos y silvestres. 6(sic).- El 24 de enero de 2023 la Contraloría Municipal requirió las bitácoras de sacrificios humanitarios así como los oficios de compra del medicamento utilizado para la eutanasia. 7.- El 23 de febrero de 2023, se recibió en la Contraloría Municipal, el Oficio No. 0039/CCAN2023, respecto de la información relativa a los miligramos y medicamentos utilizados en los sacrificios humanitarios durante el año 2022. 8.- El 24 de febrero se desahogaron 1O entrevistas a las personas citadas por parte de la Contraloría Municipal de Silao de la Victoria, Guanajuato. 9.- El 03 de marzo de 2023, mediante oficio CM/CA/292/2023, la Contraloría Municipal de Guanajuato, remite un informe de Observaciones y Recomendaciones de la Auditoría llevada al Centro de Control y Asistencia Animal, a la Coordinación de Quejas, Denuncias y Sugerencias, mediante informe antes mencionado hace de conocimiento que llevó a cabo la auditoría número CM/CA/01/2023, con el título de "Verificación de Protocolo de Sacrificio de Animales y Complimiento de disposiciones normativas". En donde se emitieron diversas recomendaciones al Centro de Control y Asistencia Animal. 10.- El 8 de marzo de 2023, se recabo la ampliación de entrevistas respecto de diverso personal del Centro de Control y Asistencia Animal. 111. Acciones de Mejora y Atención a las Recomendaciones de la Contraloría Municipal Por su parte, mediante el oficio número CAA/046/2023, se informa por parte del Centro de Control y Asistencia Animal, la aceptación de las recomendaciones emitidas por parte de la Contraloría Municipal, así como diversas acciones que permiten advertir los actos que permiten ofrecer unas mejoras en el servicio por parte de dicho Centro, y garantizar un trato humanitario a los animales que llegan al referido Centro. No omito comentar que la información proporcionada en el presente, constituye información clasificada como reservada en los términos del artículo 7, fracción IX, 25, fracción VI, 73, fracciones V, VIII, IX, y X de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato, quedando la misma a su resguardo respecto de los datos de las investigaciones que se encuentran en curso, ya que en caso de distribuirse sin las reservas de ley, podría alterar el curso de las investigaciones y su resultado, responsabilidad de los servidores públicos que lo realicen en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato, en incluso las responsabilidades que deriven del artículo 253, 253-a del Código Penal del Estado de Guanajuato.» 4. Consideraciones de la Comisión de Medio Ambiente. Los Ayuntamientos, en el ámbito de sus competencias, son autoridades responsables para la aplicación y vigilancia del cumplimiento de la Ley para la Protección Animal del Estado de Guanajuato, por lo que tienen como obligación, entre otras, el proteger a los animales domésticos de cualquier acto de maltrato que le cause daño, sufrimiento, dolor o enfermedad causada a un animal por cualquier motivo. Con relación a las diversas publicaciones en medios de comunicación electrónicos en las que se narran eventos de violencia y maltrato animal en el Centro de Control y Asistencia Animal del Municipio de Silao de la Victoria, subrayamos que en el artículo 6 fracciones VI y IX de la Ley para la Protección Animal del Estado de Guanajuato refieren que es atribución de los ayuntamientos vigilar que el sacrificio de los animales domésticos se lleve a cabo en los términos de la Ley y sus disposiciones reglamentarias, así como el recibir denuncias, entregar número de reporte y dar solución sobre el maltrato a los animales domésticos y demás infracciones de la Ley. Asimismo, la Ley referida y el reglamento municipal, regula el funcionamiento de los Centros de Control y Asistencia Animal que son establecimientos de servicio público, destinados para la captura, resguardo y puestos para adopción, en su caso, para el sacrificio humanitario de animales domésticos y ferales, en donde además se pueden ofrecer los servicios de esterilización, orientación, vacunación, desparasitación y clínica a los animales que así lo requieran; además, aquellas acciones encaminadas para la prevención de la rabia y acciones análogas. Es necesario precisar que se entiende por sacrificio humanitario como el acto que provoca la muerte sin sufrimiento a los animales domésticos de manera rápida, mediante métodos físicos o químicos y por personal capacitado. Lo anterior, nos permite concluir que los actos señalados y denunciados en estos eventos están lejos de considerarse como actos que provocan la muerte sin sufrimiento a los animales domésticos de manera rápida, mediante métodos físicos o químicos y por personal capacitado del Centro de Control y Asistencia Animal del Municipio de Silao de la Victoria y, acorde a los métodos contenidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-033-SAG/2OO-2014 para dar muerte a los animales garantizando buenos niveles de bienestar y con el propósito de disminuir al máximo el dolor, sufrimiento, ansiedad y estrés. Por lo que consideramos, que es oportuno el llamado al presidente municipal de Silao de la Victoria con la finalidad de que aplique y vigile el cumplimiento de la Ley para la Protección Animal del Estado de Guanajuato, así como los protocolos, reglamentos y normas. Asimismo, coincidimos en que es pertinente, invitar a que se revise las actuaciones y capacitación del personal que se desempeña en las instituciones del resguardo, control y cuidado de animales con fundamento en el artículo 17 de la Ley multicitada. En este orden de ideas, quienes integramos la Comisión de Medio Ambiente con fundamento en el artículo 89 fracción VIII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, acordamos solicitar al presidente municipal de Silao de la Victoria un informe detallado, sobre los casos de maltrato animal que han ocurrido en el Centro de Control y Atención Animal del municipio de Silao de la Victoria; las acciones que se han llevado a cabo para su debida atención y, en su caso, las denuncias que se han interpuesto sobre esos hechos. Lo anterior, con la intención de que las autoridades del municipio nos informen de manera general de todos los casos de maltrato animal en dicho Centro e intervengan inmediatamente en los casos señalados para contener cualquier acto de violencia y, en su caso, para la interposición de las denuncias correspondientes que permitan deslindar las responsabilidades. Se analizó el documento suscrito por el presidente municipal de Silao de la Victoria, mediante el cual atendió nuestra solicitud, en el que desarrolla diversas acciones efectuadas del mes de enero de 2023 a la fecha, en atención, específicamente, a diversas manifestaciones en medios de comunicación electrónicos con relación al procedimiento de sacrificio de animales. Asimismo, el presidente nos informó que se realizan acciones encaminadas tanto a la detección y análisis de necesidades como para implementación de mejoras respecto de las condiciones del Centro de Control y Asistencia Animal del Municipio de Silao de la Victoria y que se atendió a una ciudadana quejosa, así como la recepción de una queja ciudadana en contra de un servidor público encargado del Centro de Control y Atención Animal. Sin embargo, la propuesta de punto de acuerdo puntualmente es que se nos informe detalladamente, sobre los casos de maltrato animal que han ocurrido en el Centro de Control y Atención Animal del municipio de Silao de la Victoria; las acciones que se han llevado a cabo para su debida atención y, en su caso, las denuncias que se han interpuesto sobre esos hechos. Lo anterior, con la idea de conocer todos los casos de maltrato animal que han ocurrido en dicho Centro, incluyendo los relacionados con el posible procedimiento erróneo de sacrificio de animales que nos hicieron del conocimiento los medios de comunicación electrónicos; así como las acciones de atención a los casos de maltrato animal y, en su caso, las denuncias que se han interpuesto, no solo el informar que se realizan acciones de detección y análisis de necesidades a implementar el Centro de Control y Asistencia Animal del Municipio de Silao de la Victoria, acciones que no se precisan o desarrollan en el texto, así como la incertidumbre por la imprecisa y vaga información proporcionada al generarnos más dudas con relación a la atención de la «ciudadana quejosa» y respecto a la «queja ciudadana en contra de un servidor público encargado del Centro de Control y Atención Animal». En consecuencia, al no responder el informe los cuestionamientos: ¿Qué casos de maltrato animal han ocurrido en el Centro de Control y Atención Animal del municipio de Silao de la Victoria?, ¿Qué acciones se han llevado a cabo para su debida atención? y, en su caso, ¿Qué denuncias se han interpuesto sobre esos hechos?, es procedente aprobar el punto de acuerdo, debido a que su objetivo y naturaleza persiste. Derivado de lo anterior, consideramos necesario el exhorto. Por lo expuesto y fundado y con apoyo además en los artículos 89 fracción V y 171 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, nos permitimos proponer a la Asamblea la aprobación del siguiente: A C U E R D O Único. La Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato exhorta al presidente Municipal de Silao de la Victoria para que presente un informe detallado a este Poder Legislativo, sobre los casos de maltrato animal que se han señalado ocurren en el Centro de Control y Atención Animal del municipio; las acciones que se han llevado a cabo para su debida atención y, en su caso, las denuncias que se han interpuesto sobre esos hechos. Remítase el acuerdo con su dictamen al presidente Municipal de Silao de la Victoria, Gto., para los efectos conducentes. Guanajuato, Gto., a 25 de mayo de 2023 La Comisión de Medio Ambiente Diputada Martha Lourdes Ortega Roque Diputado César Larrondo Díaz Diputada Irma Leticia González Sánchez Diputado José Alfonso Borja Pimentel Diputado Javier Alfonso Torres Mereles
Dictamenes / Decretos
| Consecutivo | Parte | No. publicación | Dictamen firmado | Decreto / Acuerdo firmado | PO | Transitorios |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 844 | Dictamen firmado | Decreto / Acuerdo firmado | 0 |
| Fecha | Estatus |
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