Datos Generales del expediente Legislativo Camioncito2

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Expediente: 238/LXV-PPA

Proposiciones de Punto de Acuerdo

Persona Diputada

LXV
Segundo Año de Ejercicio Legal Segundo Periodo Ordinario

Suscripción

Punto de acuerdo movilidad personas con discapacidad diseño universal equidad inclusión e igualdad seguridad vehicular
Propuesta de punto de acuerdo de obvia resolución formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional por el que se exhorta a los ayuntamientos de los 46 municipios del estado de Guanajuato, para el efecto de que se cumpla con el derecho humano de movilidad en condiciones de igualdad, de manera específica el garantizar a las personas con discapacidad y movilidad limitada, la materialización de los principios de accesibilidad, diseño universal, equidad, inclusión e igualdad, seguridad vehicular, transversalidad y uso prioritario del servicio, en específico en el servicio de transporte público de pasajeros urbano y suburbano en ruta fija y, en su caso, aprobación de la misma.

Presentación a Pleno Camioncito2

Presentación a Pleno
23/02/2023

- Diputada Lilia Margarita Rionda Salas - ¡Muchas gracias Presidenta! ¡muy buenas tardes! a la Mesa Directiva y a todas mis compañeras y compañeros de esta Honorable Asamblea, hace poco visité el cerro del cuarto, aquí en la comunidad aquí en Guanajuato capital, durante mi visita entre otras cosas un chico en situación de discapacidad me comentó las enormes dificultades que enfrenta día, a día, pues es precisamente por su condición se le llega a negar el servicio de transporte público, el caso de este joven es uno de tantos que las personas me han compartido cuando visito sus comunidades o sus colonias, siempre el común denominador en las historias que me comparten, es que les llega y les niegan el servicio por una simple razón, tus sillas de ruedas no caben en mi vehículo, tus andaderas no es posible que entren a mi vehículo, o tus muletas no pueden accesar. -Seamos conscientes y empáticos, con la realidad que viven las personas en condición de discapacidad y también sus familias algunas de ellas viven en calles empinadas o en calles en malas condiciones en calles de Tierra o en calles empedradas, el cual les dificulta su traslado nos puede parecer una realidad lejana a quienes tenemos vehículo y contamos con la posibilidad de caminar, pero estas personas no pueden hacerlo en ocasiones no pueden pagar ni siquiera un taxi, menos contar con un vehículo adaptado para sus necesidades por lo que su única alternativa es el transporte público. - Hablar de inclusión para las personas en situación de discapacidad no debe de tomarse a la ligera el concepto de la inclusión vincula el desarrollo de las capacidades con el acceso a las oportunidades pero no debemos permitir que esto se quede solo en un concepto. - Nosotros como legisladores y repito nosotros como legisladores tenemos el deber y el compromiso de garantizar el acceso a los derechos para la ciudadanía y en cuanto al caso que hoy nos atañe el derecho a la movilidad debemos de dejar de poner el énfasis solamente en perspectiva técnica los municipios del estado de Guanajuato, deben favorecer a la persona en la planeación el diseño e implementación de políticas públicas planes y programas en materia de movilidad y en el caso específico a las personas con discapacidad y con movilidad limitada debemos de darle su derecho. - La importancia de visibilizar la problemática de este sector para acceder a los servicios de transporte público está relacionada con el compromiso que como sociedad debemos y estamos obligados no se trata de generar una sociedad tolerante si no hay que ser una sociedad que sea empática solidaria y sobre todo humana, no olvidemos que el derecho humano a la movilidad tiene entre sus finalidades la accesibilidad a las calles a los sistemas de transporte en igualdad de condiciones así como eliminar factores de exclusión o discriminación al usar los sistemas de movilidad el artículo 133 de la Ley de Movilidad para el Estado de Guanajuato y sus municipios dispone que las autoridades de movilidad en este caso las municipales propongan a las autoridades correspondientes las medidas necesarias de infraestructura y sobre todo condiciones vehiculares. - Estas propuestas deben de contar con perspectiva de acceso universal que facilitan a las personas con discapacidad o movilidad reducida el ascenso y descenso de los vehículos de los servicios públicos de transporte, por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, solicito a esta Honorable Asamblea aprobar el punto de acuerdo de obvia resolución por el que se exhorta a los ayuntamientos de los 46 municipios del Estado, para el efecto que dentro de su tránsito atribuciones garanticen que se cumpla el derecho humano de movilidad en condiciones de igualdad, de manera específica, el garantizar a las personas con discapacidad y movilidad limitada la materialización de los principios de accesibilidad y diseño, universalidad equidad inclusión e igualdad seguridad vehicular, transversalidad y uso prioritario del servicio en específico en el transporte público de pasajeros urbano y suburbano, en ruta fija, ninguna persona está expuesta de tener una discapacidad ya sea temporal o permanente por lo que hago énfasis en tener empatía con las problemáticas que vive nuestra comunidad, les hago la invitación a defender los principios de equidad y no discriminación. - Y en nuestro actuar trabajar por una sociedad que queremos y merecemos dignificando espacios para todas las personas sin distinción alguna. - Es cuanto ¡Muchas gracias!


Exhortan a los 46 Ayuntamientos para garantizar el derecho humano de movilidad a personas con discapacidad y movilidad limitada

Guanajuato, Gto. –  El Pleno del Congreso local exhortó a los 46 Ayuntamientos del Estado de Guanajuato para que se cumpla con el derecho humano de movilidad en condiciones de igualdad, de manera específica el garantizar a las personas con discapacidad y movilidad limitada la materialización de los principios de accesibilidad, diseño universal, equidad, inclusión e igualdad, seguridad vehicular, transversalidad y uso prioritario del servicio, en específico en el servicio de transporte público de pasajeros urbano y suburbano en ruta fija.

 

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