Datos Generales del expediente Legislativo Camioncito2

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Expediente: 457/LXV-I

Iniciativa
Adición

Persona Diputada

LXV
Segundo Año de Ejercicio Legal Segundo Periodo Ordinario

Suscripción

  • PRI Partido_version_front_pri_s
  • Gratuidad acceso justicia pueblos y comunidades indígenas
    Iniciativa suscrita por diputada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de adicionar un párrafo segundo y se hace el recorrido del segundo párrafo como tercero, del artículo 45 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato. La iniciaitiva propone favorecer el acceso a la justicia a los pueblos y comunidades indígenas mediante la gratuidad de la publicación de los edictos en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, y eximirlos de presentar las copias de traslado de la denuncia, demanda y recursos, así como gratuidad en la expedición de trámites registrales ante autoridades estatales o municipales y expedición de actas del estado civil.

    Presentación a Pleno Camioncito2

    Presentación a Pleno
    16/03/2023

    - Diputado Gustavo Adolfo Alfaro Reyes - ¡Gracias presidenta! con su permiso saludo con mucho gusto a mis compañeras y compañeros diputados a las personas que nos acompañan hoy aquí en este recinto y a todos los que nos ven a través de los medios digitales acudo a esta soberanía a presentar la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se propone la adición de un párrafo segundo y se hace el recorrido del segundo párrafo como tercero del artículo 45 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Guanajuato para hacer viable el beneficio de desventaja social de los pueblos o comunidades indígenas o cualquiera de sus integrantes en una aplicación de trámites administrativos y en la jurisdicción estatal o municipal, conforme a la siguiente exposición de motivos: - Pueblos indígenas comunidades y naciones indígenas son aquellos que teniendo una continuidad histórica con las sociedades pre invasivas y pre coloniales que se desarrollaron en sus territorios se consideran distintas de otros sectores de la sociedad actualmente dominantes en estos territorios o en parte de ellos los indígenas han sido tratados como incapaces en el mejor de los casos por ello los estados realizan políticas asistenciales e intentos de protección institucional por parte de sociedades de beneficencia, misiones religiosas, o alguna oficina secundaria del estado incluso en las repúblicas ilustradas los indígenas no tenían hasta hace poco los mínimos derechos civiles y políticos pues instancias nombradas desde el poder los representaban y velaban supuestamente por sus intereses en tal sentido el discurso de los derechos humanos que se ha construido en el mundo occidental ha prestado poca importancia a los pueblos indígenas a no ser para denunciar de vez en cuando los abusos y las atrocidades de los que son víctimas por eso que en la organización internacional del trabajo en 1957 creo el convenio 107 sobre poblaciones indígenas y tribales en países independientes modificado en 1989 y ahora conocido como el convenio 169 este es el único instrumento jurídico vinculante sobre los derechos de los pueblos indígenas. - Ahora bien en la actualidad el régimen internacional de los derechos humanos permite que los pueblos indígenas reclamen para sí, todos los derechos contemplados en la declaración universal y otros instrumentos jurídicos internacionales no obstante lo anterior la realidad es que estos pueblos siguen siendo discriminados y marginados porque su acceso a la justicia es generalmente difícil su participación política es limitada sus niveles socioeconómicos se encuentran por debajo del promedio nacional, su identidad cultural es negada, y sus características culturales son menospreciadas por la sociedad mayoritaria. - Por eso los iniciantes estamos convencidos que es urgente atender este problema de acceso a la justicia agravado por la falta de políticas públicas e interculturales en la materia así como por sus niveles de marginalidad por lo que se deben tomar medidas legislativas para coadyuvar a a garantizar su acceso para ello esta fracción parlamentaria del partido revolucionario institucional considera indispensable regular en la ley local el acceso a la justicia con visión de beneficio social a los pueblos y comunidades indígenas tal como lo hace la ley de amparo desde su reforma de 2013 que trajo entre otras novedades los beneficios por desventaja social a los grupos en condiciones especiales de ausencia de conocimiento tradicionales pobreza extrema o marginación que contempla que cuando acuden a la justicia del estado esta debe otorgarles ciertos beneficios. - Así los beneficios derivados de la desventaja social que proponemos para ser introducidos en la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas de nuestro Estado de Guanajuato deben comprender dos aspectos: - Primero en el ámbito administrativo ordinario, ante dependencias del estado municipios consistentes en la exención de pago en trámites administrativos de cuestiones registrales de cualquier naturaleza así como gratuidad en la expedición de documentos testimonios o copias del estado civil de las personas; y - Segundo en el ámbito jurisdiccional cuando actúen en acciones legales en procedimientos en forma de juicio o en procesos jurisdiccionales de cualquier materia en grupo o en forma individual en la jurisdicción estatal o municipal en los que se les debe eximir el pago de las publicaciones en el periódico oficial o bien, con el número de copias al presentar la denuncia o la demanda que estará a cargo de la autoridad y en las materias donde opere la suplencia de la deficiencia de la formulación de los agravios o conocido como suplencia de la queja las autoridades deberán resolver de acuerdo a lo que los instrumentos internacionales denominan cosmovisión indígena o dicho en palabras sencillas con visión diferenciadora de la cultura de los pueblos y comunidades indígenas. - La presente iniciativa cumple con los requisitos establecidos por el artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato por lo anteriormente expuesto someto a la consideración de este honorable congreso el siguiente: - Decreto único se adiciona un párrafo segundo y se hace el recorrido del segundo párrafo como tercero el artículo 45 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Guanajuato para quedar como sigue artículo 45 párrafo segundo para favorecer el acceso a la justicia a los pueblos y comunidades indígenas señalado en el párrafo anterior además las autoridades ordenarán en forma gratuita la publicación de los edictos en el periódico oficial del estado de Guanajuato deberán eximirlos de presentar las copias de estrados de la denuncia demanda y recursos así como gratuidad en la expedición de trámites registrales de cualquier naturaleza ante autoridades estatales o municipales expedición de actas del estado civil en las materias donde se deba aplicar la suplencia de la queja las autoridades deberán resolver con visión diferenciada sobre las características culturales propias de los pueblos o comunidades indígenas de que se trate los jueces procuradores y demás autoridades administrativas que reconozcan de la causa bajo su responsabilidad se asegurarán del cumplimiento de esta disposición transitorios artículo único el presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el periódico oficial del estado de Guanajuato. - Es cuanto presidenta


    Plantean reformas para favorecer el acceso a la justicia a los pueblos y comunidades indígenas

    Guanajuato, Gto. – Integrantes del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron una iniciativa de reforma a la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato, con la finalidad de hacer viable el beneficio de desventaja social de los pueblos o comunidades indígenas o cualquiera de sus integrantes, en la aplicación de trámites administrativos y en la jurisdicción estatal o municipal.

    Recepción en Comisión Camioncito2

    Recepción en Comisión
    29/03/2023
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    Metodologías Camioncito2

    Metodologías
    19/04/2023

    Iniciativa.

    Iniciativa suscrita por diputada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de adicionar un párrafo segundo y se hace el recorrido del segundo párrafo como tercero, del artículo 45 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato (ELD 457/LXV-I).


    Metodología.

    a) Consulta previa de la iniciativa a los pueblos y comunidades indígenas, mediante procedimientos culturalmente adecuados, informados y de buena fe.

    b) Remisión de la iniciativa, para solicitar opinión a:
    • Ayuntamientos.
    • Supremo Tribunal de Justicia del Estado.
    • Tribunal de Justicia Administrativa.
    • Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato.
    • Coordinación General Jurídica.

    Señalando como plazo para la remisión de la opinión, el 23 de mayo de 2023.

    c) Subir la iniciativa al portal del Congreso del Estado para consulta y participación ciudadana. La cual estará disponible hasta el 23 de mayo de 2023.

    d) Solicitar al Instituto de Investigaciones Legislativas su opinión de la iniciativa. Señalando como plazo para la remisión, el 23 de mayo de 2023.

    e) Elaboración de un documento que concentre las observaciones que se hayan formulado a la iniciativa. Tarea que estará a cargo de la secretaría técnica.

    f) Diálogo con organismos de la sociedad civil.

    g) En su caso, conformar un grupo de trabajo con:
    • Diputadas y diputados que deseen sumarse.
    • Integrantes de los pueblos y comunidades indígenas representados en el Consejo Estatal Indígena.
    • Un representante de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato.
    • Un representante de la Coordinación General Jurídica.
    • Un representante del Instituto de Investigaciones Legislativas.
    • Asesores y asesoras de la Comisión.
    • Secretaría técnica.

    h) En su caso, reunión o reuniones del grupo de trabajo que sean necesarias.

    i) Reunión de la Comisión para análisis y acuerdos para la elaboración del dictamen.

    j) Reunión de la Comisión para la discusión y, en su caso, aprobación del dictamen.

    Estudios, análisis u opiniones Fecha límite de entrega Estatus Documento
    Ayuntamiento de San Diego de la Unión 23/05/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Coroneo 23/05/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Doctor Mora 23/05/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Tarimoro 23/05/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Yuriria 23/05/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
    Apoyo a la Función Edilicia de León 23/05/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Uriangato 23/05/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Romita 23/05/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
    Instituto de Investigaciones Legislativas 23/05/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
    Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato 23/05/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
    Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato 24/05/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Victoria 24/05/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de San Luis de la Paz 24/05/2023 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de San Miguel de Allende 24/05/2023 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de San Francisco del Rincón 24/05/2023 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Apaseo el Grande 24/05/2023 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Abasolo 24/05/2023 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Jaral del Progreso 24/05/2023 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Cortazar 24/05/2023 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Santa Catarina 24/05/2023 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Informe de resultados de la consulta dirigida a personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas. Ver detalle
    Actividades
    Descripción Fecha y hora Lugar Sigue la transmisión
    Dar cuenta con la iniciativa 29/03/2023 09:30 Sala de la Constitución de la Biblioteca del Congreso del Estado
    Acuerdos sobre la metodología para el estudio y dictamen de la iniciativa 19/04/2023 09:00 Sala de la Constitución de la Biblioteca del Congreso del Estado
    Entrega y exposición por parte del Instituto de Investigaciones Legislativas, de los resultados de la consulta de la iniciativa 10/04/2024 09:00 Salas 1 y 2 del Salón de Usos Múltiples
    Correspondencias, Minutas, Actas

    En la ciudad de Guanajuato, capital del Estado del mismo nombre, en la Sala de la Constitución de la biblioteca del recinto oficial del Congreso del Estado se reunieron las personas diputadas que integran la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables de la Sexagésima Sexta Legislatura para llevar a cabo la reunión previamente convocada, misma que tuvo el siguiente desarrollo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    La secretaría pasó lista de asistencia. Se comprobó el quórum legal con la presencia de las personas diputadas Plásida Calzada Velázquez, Ana María Esquivel Arrona, Jesús Hernández Hernández, Miriam Reyes Carmona y José Salvador Tovar Vargas. - - - - - - - - - - - -
    Comprobado el quórum legal, se consignó la hora de inicio de la reunión a las 9:08 horas del 23 de julio de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    Se dio lectura al orden del día; mismo que resultó aprobado por unanimidad, sin discusión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    A efecto de desahogar los puntos II, IV y V del orden del día, y toda vez que se remitieron con anticipación la minuta número 25, el proyecto de metodología y el informe, se aprobó por unanimidad, sin discusión, su dispensa de lectura. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    En el desahogo del II punto del orden del día, se aprobó por unanimidad, sin discusión, la minuta número 25, levantada con motivo de las reuniones celebradas los días 18 de junio y 17 de julio de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    En el desahogo de la correspondencia, se dio cuenta con los escritos a través de los cuales: 1) El secretario General del Congreso comunica que la Junta de Gobierno y Coordinación Política autorizó la realización de la consulta de la iniciativa a efecto de reformar la denominación y diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato (ELD 218/LXVI-I). Se dictó el acuerdo de enterados; 2) El secretario General del Congreso remite, por acuerdo de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, el informe que rinde la Dirección de Asuntos Jurídicos sobre los juicios de amparo en trámite, correspondiente al mes de mayo de 2025. Se dictó el acuerdo de enterados; 3) La directora del Instituto de Investigaciones Legislativas de este Congreso remite opinión de la iniciativa por la que se adiciona una fracción al artículo 8 de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación en el Estado de Guanajuato (ELD 165/LXVI-I). Se dictó el acuerdo de enterados, la respuesta será materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa; 4) La procuradora de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato remite respuesta a la consulta de la iniciativa por la que se adiciona una fracción XXXV al artículo 8 y una fracción IV bis al artículo 16 de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación en el Estado de Guanajuato (ELD 182/LXVI-I). Se dictó el acuerdo de enterados, la respuesta será materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa; 5) La procuradora de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato; la secretaria ejecutiva del Sistema de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del estado de Guanajuato; y la directora del Instituto de Investigaciones Legislativas de este Congreso remiten respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de reformar el artículo 90 de la Ley para las Juventudes del Estado de Guanajuato, y adicionar una fracción VI al artículo 22 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, así como una fracción XII, recorriendo la subsecuente al artículo 106 y una fracción V, recorriendo la subsecuente al artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 183B/LXVI-I). Se dictó el acuerdo de enterados, las respuestas serán materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa; 6) La procuradora de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato; la secretaria ejecutiva del Sistema de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del estado de Guanajuato; y la directora del Instituto de Investigaciones Legislativas de este Congreso remiten respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de reformar y adicionar diversos artículos de la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato y de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 188B/LXVI-I). Se dictó el acuerdo de enterados, las respuestas serán materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa; 7) La procuradora de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato; la directora del Instituto de Investigaciones Legislativas de este Congreso; y el director de la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas de este Congreso remiten respuesta a la consulta de la iniciativa a fin de reformar los artículos 14, 16 y 20, fracción I; y adicionar las fracciones de la XVII a la XXXI al artículo 20, recorriendo en su orden la subsecuente y el artículo 20 bis a la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación en el Estado de Guanajuato (ELD 197/LXVI-I). Se dictó el acuerdo de enterados, las respuestas serán materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa; 8) Los ayuntamientos de Moroleón, San Diego de la Unión, Santa Cruz de Juventino Rosas y Tarimoro remiten respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de reformar la denominación y diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato (ELD 218/LXVI-I). Se dictó el acuerdo de enterados, las respuestas serán materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa; 9) El director general Jurídico de la Secretaría de Educación del Estado remite respuesta a la solicitud de información sobre las acciones de promoción, educación popular y difusión que contribuyan a la revitalización y protección del patrimonio lingüístico del Estado, tales como la visibilización de la lengua chichimeca jonaz en los diversos espacios públicos (ELD 86/LXVI-PPA). Se dictó el acuerdo de enterados, la respuesta será materia de análisis en el proceso de dictaminación de la propuesta; 10) El secretario del Agua y Medio Ambiente y el director general del Instituto de Innovación, Ciencia y Emprendimiento para la Competitividad remiten informe de avances de las acciones emprendidas para la atención del sector ladrillero (ELD 109/LXVI-PPA). Se dictó el acuerdo de enterados, las respuestas serán materia de análisis en el proceso de dictaminación de la propuesta; 11) El presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo del Poder Judicial del Estado de Guanajuato; la procuradora de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato; la abogada general de la Universidad de Guanajuato; la secretaria ejecutiva del Instituto Electoral de Estado de Guanajuato; el Fiscal General del Estado de Guanajuato; la comisionada presidenta del Instituto de Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato; y los ayuntamientos de Cortazar, Moroleón, San Diego de la Unión, Santa Cruz de Juventino Rosas, Silao de la Victoria, Uriangato, Villagrán y Yuriria remiten respuesta a la solicitud de información sobre el estado en que se encuentran para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 11 bis de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación en el Estado de Guanajuato (ELD 111/LXVI-PPA). Se dictó el acuerdo de enterados, las respuestas serán materia de análisis en el proceso de dictaminación de la propuesta; 12) El consejero jurídico del Ejecutivo remite información relacionada con la propuesta de punto de acuerdo a efecto de exhortar a la gobernadora del Estado, Libia Dennise García Muñoz Ledo y al Fiscal General del Estado, Gerardo Vázquez Alatriste, para que instruyan la elaboración de estudios sobre las causas de la victimización y la delincuencia en contra de niñas, niños y adolescentes en el Estado de Guanajuato; a la Comisión Interinstitucional para Prevenir, Atender y Erradicar la Trata de Personas en el Estado de Guanajuato, para que elabore el Programa Estatal para Prevenir, Atender y Erradicar la Trata de Personas; asimismo, a la gobernadora del Estado, a fin de que instruya las modificaciones necesarias a las reglas de operación del Programa Becas Nuevo Comienzo, con el objetivo de garantizar, al menos, la misma cantidad de estudiantes beneficiarios que fueron atendidos durante el ejercicio fiscal 2024 (ELD 124/LXVI-PPA) . Se dictó el acuerdo de enterados, las respuestas serán materia de análisis en el proceso de dictaminación de la propuesta. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    En el desahogo del IV punto del orden del día, se dio cuenta de la iniciativa suscrita por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de adicionar una fracción XI al artículo 3, recorriendo en su orden las subsecuentes, una fracción X al artículo 17, recorriendo la subsecuente, una fracción XII al artículo 19, recorriendo la subsecuente y una fracción IV al artículo 24, recorriendo la subsecuente de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Guanajuato (ELD 238/LXVI-I). Por unanimidad, sin discusión, se tomaron los siguientes acuerdos para el estudio y dictamen de la iniciativa: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    DETERMINACIÓN SOBRE LA SUFICIENCIA DE LAS PROYECCIONES DE IMPACTO CONTENIDAS EN LA INICIATIVA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    • Solicitar a la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas el estudio de impacto presupuestal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    METODOLOGÍA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    a) Solicitar opinión a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    • Consejo Estatal de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    • Periodistas, personas y organizaciones defensoras de derechos humanos, a través del vínculo que se habilite en la página del Congreso. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    • Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - -
    • Consejería Jurídica del Ejecutivo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    Señalando como fecha para la remisión de la opinión, el 25 de agosto de 2025. - - - - - -
    b) Subir la iniciativa al portal del Congreso del Estado para consulta y participación ciudadana. La cual estará disponible hasta el 25 de agosto de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - -
    c) Solicitar al Instituto de Investigaciones Legislativas su opinión de la iniciativa. Señalando como plazo para la remisión de la opinión, el 25 de agosto de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - -
    d) Elaboración de un documento que concentre las observaciones que se hayan formulado a la iniciativa. Tarea que estará a cargo de la secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    e) Reunión ―el 27 de agosto de 2025― con periodistas, personas y organizaciones defensoras de derechos humanos para escuchar sus comentarios. El registro se hará a través del formulario que se habilitará en la página del Congreso. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    f) Celebrar una mesa de trabajo ―para el análisis de la iniciativa y los comentarios u observaciones generados en el proceso de consulta― con: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    • Diputadas y diputados que deseen sumarse. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    • Un representante del Consejo Estatal de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    • Un representante de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    • Un representante de la Consejería Jurídica del Ejecutivo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    • Un representante del Instituto de Investigaciones Legislativas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    • Asesores y asesoras de la Comisión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    • Secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    g) Análisis, acuerdos, discusión y aprobación del dictamen. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    En el desahogo del V punto del orden del día, se aprobó por unanimidad, sin discusión, continuar con el estudio y dictamen de las siguientes iniciativas pendientes de la Sexagésima Quinta Legislatura: 1) A efecto de adicionar una fracción IV al artículo 8o. de la Ley para la Protección de los Derechos Humanos en el Estado de Guanajuato (ELD 39/LXV-I), suscrita por la diputada Hades Berenice Aguilar Castillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA; 2) A efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, de la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad en el Estado de Guanajuato y de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 278B/LXV-I), signada por la diputada Irma Leticia González Sánchez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA; 3) A efecto de reformar, adicionar y derogar diversos artículos de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato, del Código Civil para el Estado de Guanajuato y del Código Penal del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primer ordenamiento (ELD 334A/LXV-I), formulada por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA; 4) A efecto de adicionar un párrafo segundo y se hace el recorrido del segundo párrafo como tercero, del artículo 45 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato (ELD 457/LXV-I), suscrita por diputada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; 5) Para reformar el primer párrafo del artículo 46 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato (ELD 589/LXV-I), signada por diputada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; 6) A efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato y del Código Penal del Estado de Guanajuato (ELD 666A/LXV-I), en la parte correspondiente al primer ordenamiento, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; 7) A efecto de adicionar al artículo 3 las fracciones XIX y XXI y al artículo 4 las fracciones XVII y XVIII de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 722/LXV-I), formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; 8) A efecto de reformar los artículos 27-1, fracción X; 27-4 párrafo segundo; 98-1, párrafos segundo y tercero; y 98-2, fracciones IV y X; y adicionar el artículo 98-3 a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 731/LXV-I), signada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; y 9) A efecto de adicionar las fracciones VIII y IX al artículo 19, recorriendo en su orden la subsecuente, así como un artículo 55-1 a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 751/LXV-I), suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. Asimismo, respecto del artículo primero del decreto de la iniciativa por la que se reforman los artículos 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 22, y se adicionan los artículos 14 bis, 14 ter, 18 bis, 18 ter, 18 quáter, 18 quinquies, 19 bis, 19 ter, 19 quáter, 19 quinquies, 19 sexies y 19 septies de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación en el Estado de Guanajuato; y el artículo 4 fracción V de la Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato (ELD 180A/LXV-I), signada por la diputada Dessire Angel Rocha de la Representación Parlamentaria del Partido Movimiento Ciudadano; de la propuesta de punto de acuerdo a efecto de exhortar al Consejo Estatal de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de Guanajuato, a la presidenta municipal de Irapuato, a los 46 ayuntamientos del Estado de Guanajuato y al Gobernador del Estado de Guanajuato (EDL 306/LXV-PPA), presentada por la diputada Irma Leticia González Sánchez integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA; y de la propuesta de punto de acuerdo a fin de exhortar al titular del Poder Ejecutivo federal y a la Secretaría de Bienestar para restablecer la política pública en materia de estancias infantiles (ELD 341/LXV-PPA), signada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, se aprobó en los mismos términos no hacer pronunciamiento, a fin de que se actualice la disposición contenida en el artículo tercero transitorio del Decreto Legislativo número 72, mediante el cual se expidió la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, y se proceda a su archivo definitivo. - - - - - -
    En el punto del orden del día relativo a asuntos generales, no se registraron intervenciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    Agotados los asuntos listados en el orden del día la presidencia levantó la reunión a las 9:29 horas, e indicó que se citará para la siguiente por conducto de la secretaría técnica.


    PLÁSIDA CALZADA VELÁZQUEZ
    Diputada presidenta JESÚS HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ
    Diputado secretario

    Correspondencia


    04/04/2024
    El director del Instituto de Investigaciones Legislativas de este Congreso del Estado remite informe de resultados de la consulta dirigida a personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas, respecto de la iniciativa a efecto de adicionar un párrafo segundo y se hace el recorrido del segundo párrafo como tercero, del artículo 45 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato.

    Correspondencia


    10/08/2023
    El secretario del ayuntamiento de Santa Catarina, Gto., remite respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de adicionar un párrafo segundo y se hace el recorrido del segundo párrafo como tercero, del artículo 45 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato.

    Correspondencia


    29/06/2023
    El secretario del ayuntamiento de Jaral del Progreso, Gto., remite respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de adicionar un párrafo segundo y se hace el recorrido del segundo párrafo como tercero, del artículo 45 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato.

    Correspondencia


    29/06/2023
    El secretario del ayuntamiento de Cortazar, Gto., remite respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de adicionar un párrafo segundo y se hace el recorrido del segundo párrafo como tercero, del artículo 45 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato.

    Correspondencia


    22/06/2023
    El secretario del ayuntamiento de San Francisco del Rincón, Gto., remite respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de adicionar un párrafo segundo y se hace el recorrido del segundo párrafo como tercero, del artículo 45 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato.

    Correspondencia


    22/06/2023
    La secretaria del ayuntamiento de Apaseo el Grande, Gto., remite el acuerdo recaído a la consulta de la iniciativa a efecto de adicionar un párrafo segundo y se hace el recorrido del segundo párrafo como tercero, del artículo 45 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato.

    Correspondencia


    22/06/2023
    La secretaria del ayuntamiento de Abasolo, Gto., remite respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de adicionar un párrafo segundo y se hace el recorrido del segundo párrafo como tercero, del artículo 45 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato.

    Correspondencia


    25/05/2023
    El secretario del ayuntamiento de Romita, Gto., remite respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de adicionar un párrafo segundo y se hace el recorrido del segundo párrafo como tercero, del artículo 45 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato.

    Correspondencia


    18/05/2023
    El secretario del ayuntamiento de Doctor Mora, Gto., remite respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de adicionar un párrafo segundo y se hace el recorrido del segundo párrafo como tercero, del artículo 45 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato.

    Correspondencia


    18/05/2023
    El secretario del ayuntamiento de Tarimoro, Gto., remite respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de adicionar un párrafo segundo y se hace el recorrido del segundo párrafo como tercero, del artículo 45 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato.

    Correspondencia


    18/05/2023
    El secretario del ayuntamiento de Yuriria, Gto., remite respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de adicionar un párrafo segundo y se hace el recorrido del segundo párrafo como tercero, del artículo 45 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato.

    Correspondencia


    11/05/2023
    El secretario del ayuntamiento de Coroneo, Gto., remite respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de adicionar un párrafo segundo y se hace el recorrido del segundo párrafo como tercero, del artículo 45 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato.

    Correspondencia


    04/05/2023
    La secretaria del ayuntamiento de San Diego de la Unión, Gto., remite respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de adicionar un párrafo segundo y se hace el recorrido del segundo párrafo como tercero, del artículo 45 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato.

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