Datos Generales del expediente Legislativo Camioncito2

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Expediente: 266/LXV-PPA

Proposiciones de Punto de Acuerdo

Persona Diputada

LXV
Segundo Año de Ejercicio Legal Segundo Periodo Ordinario

Suscripción

Punto de acuerdo Ayuntamientos ! "Comités de Ética\r\nMunicipal" lineamientos
Propuesta de punto de acuerdo suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional por el que se exhorta a diversos ayuntamientos del Estado. Para que emitan los lineamientos para el debido cumplimiento de los Comités de Ética Municipal.

Informe de Turno Camioncito2

Informe de Turno
04/05/2023

Diputado Jorge Ortiz Ortega - Con su permiso compañera presidenta de la Mesa Directiva compañeras y compañeros de la Mesa Directiva diputadas diputados a las personas que nos acompañan hoy en el Congreso medios de comunicación ciudadanos que nos ven en transmisión remota y de manera especial agradezco la presencia y colaboración de la Maestra Juanita López Ayala y así como del Licenciado Alejandro Ramírez, quienes se encuentran hoy aquí con nosotros integrantes del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Guanajuato, muchas gracias por su presencia y por la colaboración en este punto. - El Código de Ética es objetos señala que deberán ser observado por las y los servidores públicos donde se establecen los valores principios y normas de ética para la práctica de todo servicio público el código de ética debe contener las directrices básicas para lograr garantizar una confianza con respecto al gobierno la ética no va excluyente de su ámbito ya que requiere de una autoridad con una moral con un criterio propio de su naturaleza bajo el cargo que se desempeña, las normas jurídicas se caracterizan de ser coercibles en cambio las normas éticas son acatadas y conscientes, es decir, una obligación interna que proviene del deber ser, el servidor público se debe a su comunidad su sueldo es pagado por la sociedad y por lo tanto se tiene una responsabilidad y un compromiso con ella con la ayuda de una implementación de un código de ética en cada municipio del estado de Guanajuato se logran procesos de mejora regulatoria, respecto a los servidores públicos identificando y analizando las acciones que se han implementado principalmente en tema anticorrupción, gracias a la colaboración de la maestra juanita se logró identificar bajo un estudio de análisis y un focus group a los 46 municipios del estado de Guanajuato, obteniendo como resultado un 7% de su cumplimiento en la emisión de los lineamientos para los códigos de ética los municipios que hasta el momento han cumplido con la emisión de su lineamientos refleja un 7% que son León, Tierra Blanca y Xichú, mientras que el 93% del resto de los municipios no lo han aprobado hago una pausa para reconocer el cumplimiento de esos 3 ayuntamientos recordemos que las y los servidores públicos estamos a la vista de la sociedad y nos debemos a ella por lo anteriormente expuesto las y los diputados que integramos el Grupo Parlamentario de Acción Nacional nos permitimos someter a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente punto de acuerdo. Único.- La Sexagésima Quinta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato efectúa un respetuoso exhorto a los siguientes municipios del Estado de Guanajuato Abasolo, Acámbaro, Apaseo el Alto, Apaseo el Grande, Atarjea, Celaya, Comonfort, Coroneo, Cortázar, Cuerámaro, Doctor Mora, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Guanajuato, capital Huanímaro, Irapuato, Jaral del Progreso, Jerécuaro, Manuel Doblado, Moroleón, Ocampo, Pénjamo, Pueblo Nuevo, Purísima del Rincón, Romita, Salamanca, Salvatierra, San Diego de la Unión, San Felipe, San Francisco del Rincón, San José Iturbide, San Luis de La Paz, San Miguel Allende, Santa Catarina, Santa Cruz de Juventino Rosas, Santiago Maravatío, Silao de la Victoria, Tarandacuao, Tarimoro, Uriangato, Valle de Santiago, Victoria, Villagrán y Yuriria, para que emita los lineamientos para el debido cumplimiento de los comités de ética municipal. - Es cuanto presidenta muchísimas, gracias a todos por su atención.


Piden a 43 ayuntamientos emitan sus lineamientos para los Códigos de Ética

Guanajuato, Gto. – Este día, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional formuló un punto de acuerdo para exhortar a 43 municipios para que emitan los lineamientos para el debido cumplimiento de los Comités de Ética Municipal.

Se trata de Abasolo, Acámbaro, Apaseo el Alto, Apaseo el Grande, Atarjea, Celaya, Comonfort, Coroneo, Cortázar, Cuerámaro, Doctor Mora, Dolores Hidalgo C.I.N., Guanajuato, Huanímaro, Irapuato, Jaral del Progreso, Jerécuaro, Manuel Doblado, Moroleón Ocampo, Pénjamo, Pueblo Nuevo, Purísima del Rincón, Romita, Salamanca, Salvatierra, San Diego de la Unión, San Felipe, San Francisco del Rincón, San José Iturbide, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Santa Catarina, Santa Cruz de Juventino Rosas, Santiago Maravatío, Silao de la Victoria, Tarandacuao, Tarimoro, Uriangato, Valle de Santiago, Victoria, Villagrán y Yuriria.

Recepción en Comisión Camioncito2

Recepción en Comisión

Metodologías Camioncito2

Metodologías
Correspondencias, Minutas, Actas

Dictámenes en Comisión Camioncito2

Dictámenes en Comisión
12/10/2023
punto de acuerdo suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional por el que se exhorta a diversos ayuntamientos del Estado. Objetivo: exhortar a 43 municipios para que emitan los lineamientos para el debido cumplimiento de los Comités de Ética Municipal. Se trata de Abasolo, Acámbaro, Apaseo el Alto, Apaseo el Grande, Atarjea, Celaya, Comonfort, Coroneo, Cortázar, Cuerámaro, Doctor Mora, Dolores Hidalgo C.I.N., Guanajuato, Huanímaro, Irapuato, Jaral del Progreso, Jerécuaro, Manuel Doblado, Moroleón Ocampo, Pénjamo, Pueblo Nuevo, Purísima del Rincón, Romita, Salamanca, Salvatierra, San Diego de la Unión, San Felipe, San Francisco del Rincón, San José Iturbide, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Santa Catarina, Santa Cruz de Juventino Rosas, Santiago Maravatío, Silao de la Victoria, Tarandacuao, Tarimoro, Uriangato, Valle de Santiago, Victoria, Villagrán y Yuriria.

Presidencia del Congreso del Estado P r e s e n t e. A la Comisión de Asuntos Municipales le fue turnada para estudio y dictamen la propuesta de punto de acuerdo formulado por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional por el que se efectúa un respetuoso exhorto a los ayuntamientos del Estado: Abasolo, Acámbaro, Apaseo el Alto, Apaseo el Grande, Atarjea, Celaya, Comonfort, Coroneo, Cortázar, Cuerámaro, Doctor Mora, Dolores Hidalgo C.I.N., Guanajuato, Huanímaro, Irapuato, Jaral del Progreso, Jerécuaro, Manuel Doblado, Moroleón Ocampo, Pénjamo, Pueblo Nuevo, Purísima del Rincón, Romita, Salamanca, Salvatierra, San Diego de la Unión, San Felipe, San Francisco del Rincón, San José Iturbide, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Santa Catarina, Santa Cruz de Juventino Rosas, Santiago Maravatío, Silao de la Victoria, Tarandacuao, Tarimoro, Uriangato, Valle de Santiago, Victoria, Villagrán y Yuriria, para que emitan los lineamientos para el debido cumplimiento de los Comités de Ética Municipal. (266/LXV-PPA) Analizada la propuesta de referencia, esta Comisión Dictaminadora de conformidad con lo dispuesto en los artículos 104 fracción II y 171 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, rinde el dictamen con base en las siguientes: D I C T A M E N Antecedentes. La presidencia de la Mesa Directiva en sesión de fecha 04 de mayo de 2023 turnó a la Comisión de Asuntos Municipales, con fundamento en el artículo 104 fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, para efectos de estudio y dictamen, propuesta de punto de acuerdo formulado por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional por el que se efectúa un respetuoso exhorto a los ayuntamientos del Estado: Abasolo, Acámbaro, Apaseo el Alto, Apaseo el Grande, Atarjea, Celaya, Comonfort, Coroneo, Cortázar, Cuerámaro, Doctor Mora, Dolores Hidalgo C.I.N., Guanajuato, Huanímaro, Irapuato, Jaral del Progreso, Jerécuaro, Manuel Doblado, Moroleón Ocampo, Pénjamo, Pueblo Nuevo, Purísima del Rincón, Romita, Salamanca, Salvatierra, San Diego de la Unión, San Felipe, San Francisco del Rincón, San José Iturbide, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Santa Catarina, Santa Cruz de Juventino Rosas, Santiago Maravatío, Silao de la Victoria, Tarandacuao, Tarimoro, Uriangato, Valle de Santiago, Victoria, Villagrán y Yuriria, para que emitan los lineamientos para el debido cumplimiento de los Comités de Ética Municipal. La propuesta fue radicada y analizada en reunión de esta Comisión de Asuntos Municipales en fecha 14 de junio de 2023. La presidencia de esta Comisión instruyó la elaboración del dictamen en sentido positivo. Propósito de la propuesta de exhorto La propuesta que se dictamina tiene por objeto exhortar a diversos ayuntamientos del estado, para que emitan los lineamientos para el debido cumplimiento de los comités de ética municipal. El contenido de la propuesta se transcribe a continuación: «CONSIDERACIONES El Código de Ética en su objeto, señala que deberá ser observado por las y los servidores públicos de su ayuntamiento. Donde se establecen los valores, principios y normas de ética para la práctica de todo servidor público. De manera que, la Ley General de Responsabilidades Administrativas en su artículo 16° señala, los servidores públicos deberán observar el código de ética que al efecto sea emitido por las Secretarías o los Órganos Internos de Control, conforme a los lineamientos que emita el Sistema Nacional Anticorrupción, para que en su actuación impere una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño. Ahora bien, para el debido cumplimiento de lo antes dicho, el artículo 15 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, párrafo segundo, “En la implementación de las acciones referidas. Los Órganos de Control de la Administración Pública de la Federación o de las entidades federativas deberán atender los lineamientos generales que emitan las Secretarías, en sus respectivos ámbitos de competencia. En los Órganos constitucionales autónomos, los Órganos Internos de Control respectivos, emitirán lineamientos señalados”. Asimismo, la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Guanajuato, establece en su artículo 2° Objetos de la Ley., Fracción VIII. Establecer las acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de los servidores públicos, así como crear las bases mínimas para que todo órgano del Estado establezca políticas eficaces de ética pública y responsabilidad en el servicio público. En este sentido, el Código de Ética para las y los servidores públicos, deberá contener las directrices básicas, para lograr garantizar una confianza con respecto al gobierno. La ética no va excluyente del ámbito, ya que se requiere de una autoridad con una moral y con un criterio propio de su naturaleza bajo el cargo que se desempeña. Debido a que cada municipio presenta características diferentes, como la población, la cultura, su economía, sus costumbres. Las normas jurídicas se caracterizan de ser coercibles, en cambio, las normas éticas son acatadas y conscientes, es decir con una obligación interna, que proviene del “deber ser”. Por ello, la necesidad de un marco jurídico normativo con bases éticas, que den soporte a la conducta del servidor público municipal. Además, los códigos de ética son un instrumento fundamental en el impulso de la conducta íntegra al ser parte del marco normativo, que regula la actuación de los miembros que operan las instituciones públicas. Podríamos decir entonces, que la ética pública es la que lleva a la práctica por el hombre que ejerce bajo una función pública cumpliendo debidamente con su deber, teniendo un factor importante de servicio. Las tareas y actitudes donde… “Todo individuo que participa de la función pública debe tener consciencia de que el servicio público, se define como la acción del gobierno para satisfacer las demandas y necesidades de la ciudadanía”. El servidor público, se debe a su comunidad, su sueldo es pagado por la sociedad y por lo tanto tiene una responsabilidad y un compromiso con ella. El funcionario deberá poseer ciertas características para cumplir con el fin de la política y conformarse de personas honradas, responsables, comprometidas, serviciales, humildes, y que reflejen un equilibrio. Con la ayuda de una implementación de un código de ética en cada municipio, se logran procesos de mejora regulatoria, respecto a los servidores públicos identificando y analizando las acciones que se han implementado principalmente en tema de anticorrupción. Finalmente, en la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en el artículo 140, tercer párrafo dice que la Contraloría tendrá responsabilidad de su actuar conforme a la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Público del Estado de Guanajuato. Donde la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato en su artículo 2° fracción XX, nos dice que, las Unidades Administrativas a cargo de promover, evaluar y ofrecer el buen funcionamiento de Control interno en los entes públicos, así como aquellas otras instancias de los órganos constitucionales autónomos que, conforme a sus respectivas leyes, sean competentes para aplicar las leyes en materia de responsabilidades de servidores públicos3., y donde el artículo 7° de la misma Ley establece que los servidores públicos observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público. Por lo anterior, se ha identificado bajo un estudio de análisis y consulta a los municipios en fecha de febrero 2023, un 7% de cumplimiento en la emisión de sus lineamientos para los Códigos de Ética que son: León, Tierra Blanca y Xichú en cumplimiento, mientras que el 93% del resto de municipios del Estado, no lo han aprobado. Recordemos que las y los servidores públicos estamos a la vista de la sociedad, y nos debemos ella. Por lo que me permito someter a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente punto de acuerdo: A C U E R D O ÚNICO. La Sexagésima Quinta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, efectúa un respetuoso exhorto los siguientes Municipios del Estado de Guanajuato: Abasolo, Acámbaro, Apaseo el Alto, Apaseo el Grande, Atarjea, Celaya, Comonfort, Coroneo, Cortázar, Cuerámaro, Doctor Mora, Dolores Hidalgo C.I.N., Guanajuato Capital, Huanímaro, Irapuato, Jaral del Progreso, Jerécuaro, Manuel Doblado, Moroleón Ocampo, Pénjamo. Pueblo Nuevo, Purísima del Rincón, Romita, Salamanca, Salvatierra, San Diego de la Unión, San Felipe, San Francisco del Rincón, San José Iturbide San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Santa Catarina, Santa Cruz de Juventino Rosas, Santiago Maravatío, Silao de la Victoria, Tarandacuao, Tarimoro, Uriangato, Valle de Santiago, Victoria, Villagrán y Yuriria, para que emitan los lineamientos para el debido cumplimiento de los Comités de Ética Municipal.» Luego entonces, la comisión dictaminadora acordó por unanimidad solicitar a la Dirección de Evaluación y Monitoreo legislativo del Congreso del Estado, un informe de los municipios que cuentan con lineamientos y creación de comités de ética, así como a la Secretaría Ejecutiva del Comité Ciudadano Anticorrupción de Guanajuato para que emitir opinión respecto a la propuesta de punto de acuerdo, recibiéndose ambas opiniones en el plazo acordado, mismas que a continuación se citan como parte de los antecedentes que forman parte del objeto de la propuesta de punto de acuerdo: Tablero de seguimiento a la implementación de los Comités de Ética https://tinyurl.com/CteEtica Con la entrada en vigor del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de combate a la corrupción, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2015, fue creado el Sistema Nacional Anticorrupción, como la instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos. En ese tenor, con fecha 18 de julio de 2016, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expide la Ley General de Responsabilidades Administrativas; la cual tiene como uno de sus objetivos, el establecer los principios y obligaciones que rigen la actuación de los servidores públicos, instituyendo como un mecanismo de prevención en su artículo 16 que los servidores públicos deberán observar el Código de Ética que al efecto sea emitido por las Secretarías o los Órganos Internos de Control de los entes públicos, conforme a los lineamientos que emita el Sistema Nacional Anticorrupción. En armonía a lo anterior, el 20 de junio de 2017, se publicó en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Guanajuato; el Decreto número 195, mediante el cual se expidió la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato; disposición normativa que en su artículo 16 estatuye que los Servidores Públicos deberán observar el Código de Ética que al efecto sea emitido por la Secretaría o los Órganos Internos de Control. Es así que, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción; el 12 de octubre de 2018, publicó en el Diario Oficial de la Federación, el <>, documento que establece los elementos que deben considerar los entes públicos para la emisión del Código de Ética. Por lo que corresponde al ámbito estatal tenemos que: El Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción de Guanajuato, en fecha 16 de julio de 2021 aprobó la Política Estatal Anticorrupción de Guanajuato (PEA), la cual es la guía para implementar acciones efectivas para prevenir, detectar, investigar y sancionar la corrupción de manera estratégica y coordinada, para fortalecer la confianza ciudadana en sus instituciones para hacer frente al fenómeno de la corrupción.2 Así, el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción de Guanajuato, en su Tercera Sesión Extraordinaria de fecha 22 de febrero de 2022, aprobó por unanimidad las Estrategias y Líneas de Acción del Programa de Implementación de la Política Estatal Anticorrupción de Guanajuato. Este Programa de Implementación contiene, de manera detallada, la relación que guardan: Eje Estratégico, Objetivo General de cada Eje, Objetivos Específicos, Prioridades, Líderes de Implementación, Plazo de Implementación, Principios Transversales e Indicadores para poner en marcha la Política Estatal Anticorrupción de Guanajuato. En este mismo sentido, el 12 de julio de 2022, el propio Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción, aprobó el Plan de Acción, el cual se construyó en un diálogo abierto entre instituciones del Sistema Estatal Anticorrupción de Guanajuato, dependencias estatales y organismos ciudadanos con experiencia y conocimiento en la prevención y el combate a la corrupción, en él se definieron las Actividades para materializar las Líneas de Acción, y por ende las Estrategias, Prioridades, Objetivos Específicos, Objetivos Generales y los Ejes Estratégicos. Que dentro de la Política Estatal Anticorrupción de Guanajuato y su implementación se atienden los temas del fenómeno de la corrupción, siendo uno de ellos: •Creación, fortalecimiento de los Comités de Ética en los municipios: Dicho tema se otorga la atención debida, ya que dentro de la PEA que contienen 4 ejes estratégicos, uno de ellos es el "Eje 2. Combatir la arbitrariedad y el abuso de poder", en el marco de este Eje 2, se encuentra la Prioridad 15 que refiere al tema señalado y que consiste en: Prioridad 15. Proponer metodologías para medir los resultados de la creación de los comités de ética e implementar mejoras con base en los resultados obtenidos. A efecto de poner en marcha la Prioridad 15 se establecieron los siguientes elementos, de los cuales se señalan los que tienen incidencia con el proyecto de Punto de Acuerdo sujeto de análisis. Dos Estrategias: • 15.1: Impulsar la creación y/o fortalecimiento de Comités de Integridad con la participación de la ciudadanía al interior de las instituciones gubernamentales de Guanajuato con enfoque de prevención y detección de riesgos. • 15.2 Promover la aplicación de diagnósticos para la medición de los resultados de la disminución de la corrupción, a partir de la intervención de los Comités de Ética, con el objetivo de detectar áreas de oportunidad y proponer mejoras Líneas de Acción: • 15.1.1 Realización de un diagnóstico de Comités de Integridad o Ética existentes al interior de instituciones gubernamentales de Guanajuato para conocer su conformación, reglamentación y operatividad. • 15.1.2 Creación de Comités de Integridad con enfoque de género y participación de la ciudadanía al interior de las instituciones gubernamentales de Guanajuato, para impulsar la creación de códigos de ética obligatorios en las instituciones tomando como base el modelo del IEEG. • 15.2.1 Revisión o en su caso creación de comités y códigos de ética con apartados específicos a las áreas de adquisiciones y obra pública. Actividades: 1. Realizar un censo de Comités de Ética o Integridad constituidos formalmente en las instituciones públicas de Guanajuato. 2. Verificar que los Comités de Ética cuenten con un marco normativo vigente y actualizado. 3. Generar la propuesta de Lineamientos tipo para la conformación, reglamentación y operación de los Comités de Integridad o Ética. 4. Generar la participación de la ciudadanía al interior de las instituciones públicas para la conformación de los Comités de Ética. Por lo anterior, se tienen las siguientes: Consideraciones de la Comisión de Asuntos Municipales Del análisis realizado por esta Comisión Dictaminadora, tomando en cuenta el estudio realizado por la Dirección de Evaluación y Monitoreo legislativo del Congreso del Estado, así como de la opinión de Secretaría Ejecutiva del Comité Ciudadano Anticorrupción de Guanajuato, se realiza ajuste al punto de acuerdo por las consideraciones que continuación se exponen: La Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción prevé como objetivos del Sistema, establecer las bases y políticas para la promoción, fomento y difusión de la cultura de integridad en el servicio público; establecer las acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de las personas servidoras públicas, y crear las bases mínimas para que el Estado mexicano establezca políticas eficaces de ética pública y responsabilidad en el servicio público. Que en términos del artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el personal que labore en el servicio público deberá observar el código de ética que emitan las Secretarías o los Órganos Internos de Control, conforme a los lineamientos que emita el Sistema Nacional Anticorrupción para que, en su actuación, impere una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño. Los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas refieren el objeto en su numeral, a saber: “PRIMERO. Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer los elementos a considerar para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; así como sentar las bases de principios rectores que regirán las políticas transversales, integrales, sistemáticas, continuas y evaluables que, en materia de integridad y ética pública, emitan los entes públicos.” Y en su numeral segundo los sujetos obligados y su campo de aplicación y señala: “SEGUNDO. El presente cuerpo normativo es de observancia obligatoria y aplicación general para los entes públicos de todos los órdenes de gobierno, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; a través de las Secretarías y los Órganos Internos de Control” En ese tenor, es obligación de los entes públicos crear y mantener condiciones que permitan la actuación ética y responsable de cada persona servidora pública; y que corresponde a los Órganos Internos de Control, en los términos de lineamiento “DÉCIMO SEGUNDO”, expedir los lineamientos para regular la integración, organización, atribuciones y funcionamiento de los Comités de Ética o figuras análogas que den seguimiento al debido cumplimiento de sus códigos de Ética. Es por lo anterior, en apoyo a la Política Estatal Anticorrupción de Guanajuato resulta necesario exhortar con absoluto respeto a los Ayuntamientos del Estado, para que revisen que sus órganos internos de control hayan expedido los lineamientos que permitan, el establecimiento de los respectivos Comités de Ética o instancias análogas, para el debido seguimiento de sus códigos de ética. Por último, es importante señalar que los alcances de esta propuesta de punto de acuerdo son acordes a los Objetivos del Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 contemplados en el dictamen puesto a su consideración, pues el mismo impacta e incide respecto al Objetivo 16. Paz, Justicia e Instituciones Sólidas. Promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas con sus metas 16.6. Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas, 16.7 Garantizar la adopción en todos los niveles de decisiones inclusivas, participativas y representativas que respondan a las necesidades, y 16.10. Garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales, de conformidad con las leyes nacionales y los acuerdos internacionales. Por lo antes expuesto y convencidos de que los gobiernos municipales cuenten con personas servidoras públicas comprometidas a enfrentar y superar cualquier conducta contraria a los principios constitucionales y legales que rigen al servicio público, por lo que se propone someter a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente punto de: A C U E R D O ÚNICO. La Sexagésima Quinta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, efectúa un respetuoso exhorto a los 46 Ayuntamientos del Estado de Guanajuato, para que promuevan y apoyen a sus órganos Internos de control (contralorías Municipales), para que en ejercicio de sus competencias, emitan los lineamientos para el debido cumplimiento de sus Códigos de Ética y la constitución, organización, atribuciones y funcionamiento de los respectivos Comités de Ética Municipal. Guanajuato, Gto., a 12 de octubre de 2023 La Comisión de Asuntos Municipales Bricio Balderas Álvarez Diputado presidente Armando Rangel Hernández Diputado vocal Jorge Ortiz Ortega Diputado vocal Ernesto Millán Soberanes Diputado vocal Ruth Noemí Tiscareño Agoitia Diputada secretaria

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