Datos Generales del expediente Legislativo Camioncito2

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Expediente: 298/LXV-PPA

Proposiciones de Punto de Acuerdo
LXV
Segundo Año de Ejercicio Legal Segundo Periodo Ordinario

Suscripción

  • Morena Partido_version_front_morena_s
  • Diputado_redondo_prieto_gallardo Ernesto Alejandro Prieto Gallardo
  • MORENA OBVIA RESOLUCIÓN ECONOMÍA CALZADO ADUANAS
    Propuesta de punto de acuerdo de obvia resolución suscrita por el diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a los titulares de la Secretaría de Economía y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y, en su caso, aprobación de la misma. Lenguaje ciudadano. El presente exhorto , gira atento exhorto a la titular de la Secretaría de Economía federal y al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que respectivamente en ejercicio de sus facultades, se atienda prioritariamente el tema de cuotas compensatorias que deban prevalecer a la importación de calzado, especialmente al que es importado desde la República Popular China; y a través de la Agencia Nacional de Aduanas de México se garantice que NO ingresen importaciones ilegales de calzado, en ninguno de los puntos de acceso de nuestro país, ya sean terrestres, marítimos o aéreos.

    Presentación a Pleno Camioncito2

    Presentación a Pleno
    15/06/2023

    Diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo - ¡Muy buenas tardes! tengan todos los aquí presentes y a los y a los amigos y amigas que nos están escuchando y viendo a través de las diferentes plataformas, eh, me permito someter a la consideración de esta Asamblea para su aprobación el siguiente punto de acuerdo de obvia resolución de conformidad con la siguiente exposición de motivos: - En días recientes en diversos medios de comunicación se ha conocido que productores de calzado de la zona de San Francisco del Rincón y Purísima del Rincón principalmente en ejercicio de su legítimo derecho a reunirse y protestar han alzado la voz para que se conozca la situación que atraviesa su sector económico, que está siendo mermado por la entrada masiva de calzado de origen chino que representa una competencia desleal porque su precio está subvaluado, este sin duda es un tema de ya varias décadas que ha sido contenido mediante los mecanismos legales que existen en materia de comercio exterior, las cuotas compensatorias, también conocidas como aranceles compensatorios o derechos antidumping son impuestos adicionales que se imponen a las importaciones de productos de un país cuando se determina que esos se están vendiendo en el mercado extranjero a un precio inferior a su valor justo o están causando un daño material a la industria nacional del país al que son importados las cuotas compensatorias son una medida de defensa comercial que tiene como objetivo proteger a la industria nacional de prácticas desleales de comercio conocidas como dumping, el dumping ocurre cuando un país exporta productos a otro país a un precio inferior a su costo de producción o al precio que se vende en el mercado interno del país exportador en este caso ocurre con el calzado proveniente de China, esto provoca una competencia desleal y perjudicial para los productores locales, en este caso los industriales del sector cuero y calzado de nuestro país que están asentados principalmente en nuestros, en nuestros municipios de León, San Francisco del Rincón y Purísima del Rincón, todos ellos del estado de Guanajuato obviamente. - Cuando se sospecha que se está llevando a cabo dumping, en un determinado producto importado el gobierno del país importador puede iniciar una investigación llamada antidumping para determinar si existe esa práctica y si con ésta se causa algún daño material a la industria nacional esta investigación implica recopilar datos sobre los precios de exportación, los costos de producción, y otros factores y aspectos relevantes, si se determina que existe la práctica desleal y que se está dañando a la industria nacional el gobierno del país al que son importados esos productos puede imponer cuotas compensatorias a este producto en particular, estas cuotas compensatorias se establecen para igualar el precio de los productos importados al valor justo, las cuotas compensatorias no son medidas permanentes ya que se encuentran reguladas por el acuerdo general sobre la aranceles aduaneros y comercio de 1994 conocido como (GATT) y son conocidas y son reconocidas ¡perdón¡ como una práctica válida por parte de la Organización Mundial del Comercio la (OMC) generalmente se establecen por un periodo de tiempo determinado que suele ser de 5 años y luego se revisan para evaluar si es necesario o mantenerlas o ajustarlas, además las cuotas compensatorias pueden variar según el producto y el país de origen. - En el caso específico de China, que es uno de los principales países exportadores del mundo se han impuesto cuotas compensatorias a varios productos manufacturados en dicho país esto se debe a que se ha encontrado evidencia de prácticas dumping en algunos casos y a que la competencia de los productos de origen en ese país asiático puede afectar negativamente a las industrias locales de los países a que son exportados, estas cuotas tienen como objetivo proteger, a los productores locales y equilibrar la competencia en el mercado, como en este momento están siendo demandado, como en este momento está siendo demandado, por los productores de calzado de nuestro estado que manifiestan estar siendo afectados por una entrada masiva de calzado chino que consideran entra tanto en forma legal, como ilegal, a través de las aduanas de nuestro país, considerando que este es un sector económico de gran importancia en varios municipios de Guanajuato, es necesario acompañar, al legítimo reclamo de los productores de calzado por lo anterior me permito someter a consideración de este pleno para su aprobación el siguiente punto de acuerdo: - Único esta Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso del Estado de Guanajuato, gira atento exhorto a la titular de la Secretaría de Economía Federal y el Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que respectivamente en ejercicio de sus funciones se atienda prioritariamente el tema de cuotas compensatorias que deban prevalecer a la importación de calzado especialmente al que es importado desde la república popular de China y a través de la Agencia Nacional de Aduanas de México, se garantice que no ingresen importaciones ilegales de calzado en ninguno de los puntos de acceso de nuestro país, ya sean terrestres, marítimos, o aéreos. - Es cuanto muchas gracias.

    Recepción en Comisión Camioncito2

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    Consecutivo Parte No. publicación Dictamen firmado Decreto / Acuerdo firmado PO Transitorios
    Decreto / Acuerdo firmado 0
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