Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 317/LXV-PPA
Persona Diputada
Suscripción
Presentación a Pleno
Diputada Irma Leticia Sánchez - Muchas gracias presidenta, nuevamente con el permiso de todas y todos ustedes este y ahora este tema que vamos a abordar pues es un tema que no únicamente debió quedarse en los medios mediáticamente si no que tiene que llegar fondo, porque estamos viviendo una crisis en nuestra alma máter no, no, no es mi alma máter, pero es una universidad muy querida y tenemos que protegerla y proteger a todos la comunidad estudiantil. - Y por eso es que hago nuevamente el uso de la voz a nombre del Grupo Parlamentario de Morena poniendo a su consideración de la Asamblea la siguiente propuesta de punto de acuerdo según las siguientes consideraciones: - En los últimos 3 años, la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato ha emitido recomendaciones a la Universidad de Guanajuato; en al menos 5 casos por violaciones a derechos humanos por parte de las autoridades, de estos casos, en tres las recomendaciones se formularon al Rector General, en uno al Consejo General Universitario y en uno más, al Rector del campus León; en estos hechos se dieron violaciones al derecho de la seguridad jurídica, al derecho de petición, a los derechos de igualdad y no discriminación, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia; así como la presunción de inocencia, derecho de petición y derecho al trabajo y algo muy importante, al trato digno. - Adicionalmente, el pasado 7 de Julio se expidió una nueva resolución de recomendación por el caso contenido en el expediente 1107/2023 mediante el cual se acreditó que altos funcionarios de la Universidad de Guanajuato, violaron el artículo 16 constitucional referido a la inviolabilidad del domicilio; este caso como es de público conocimiento refiere al sucedido en las instalaciones del periódico correo, según se desprende de la versión pública de resolución de recomendación de la PRODHEG, las personas titulares de la Rectoría General, de la Secretaría General, de la Secretaría de Gestión y Desarrollo, de la Dirección de Comunicación y Enlace, de la Dirección de Infraestructura y Servicios Universitarios, de la Dirección de Extensión Cultural e incluso la persona Gerenta de la Orquesta Sinfónica, entraron sin autorización y pese a la negativa expresa del guardia de seguridad responsable del acceso a las instalaciones de la persona moral quejosa, en la propia versión pública de resolución de recomendación se señala que el Rector General señaló que en ningún momento se les negó el acceso al domicilio, sin embargo la PRODHEG señala que los videos revisados se constató que personas servidoras públicas adscritas a la Universidad de Guanajuato y demás personas que las acompañaban, ingresaron al domicilio sin autorización del guardia de seguridad responsable del acceso, pues de manera expresa y clara les dijo que no había paso a este interior del inmueble; sin embargo, aprovechando el momento en el que se abrió la reja de acceso que era una salida vehicular al domicilio para permitir la salida de un vehículo de personal que ahí, que ahí se encontraba de la Universidad de Guanajuato y acompañantes, ingresaron bajo el argumento de querer entregar un documento para ejercer su derecho de réplica; - Así mismo, la propia PRODHEG señala que de la revisión de los videos de la cámara de acceso a las instalaciones se acreditó que después del ingreso de un primer grupo de personas adscritas a la UG, el guardia de seguridad responsable del acceso cerró la reja para que ya no entrara a nadie sin embargo una de las personas servidoras públicas adscritas a la UG que ya había entrado impidió que cerrara completamente la reja y otra persona del mismo grupo la abrió sin autorización para que ingresarán las demás personas adscritas a la UG que estaban afuera. - Lo anterior, sin duda, comprueba que se violó el derecho humano a la inviolabilidad del domicilio de la persona moral, en total según se narra en la resolución de recomendación ingresaron aproximadamente 90 personas servidoras públicas adscritas a la UG y acompañadas quienes videograbaron con teléfonos celulares al personal del medio de comunicación, sin autorización alguna al mismo tiempo que lanzaban gritos intimidatorios lo cual en las circunstancias dadas constituyó una violación al derecho humano a la libertad de expresión del personal del periódico correo. - Todo esto ocurre todo esto ocurrió según se señala en la recomendación porque las personas adscritas a la UG señaladas como autoridades responsables crearon condiciones de riesgo y vulnerabilidad para las personas trabajadoras del medio de comunicación; esto porque incluso según se documentó por una parte de la PRODHEG en un vídeo puede verse a la persona titular de la Dirección de Comunicación y Enlace de la UG, diciendo, quisiera hacerles una propuesta para presionar, ¡por favor! suban todos a sus redes sociales las fotos de que estamos aquí y etiqueten a tal persona exigiendo que nos reciban, estos hechos ameritaron la emisión de cinco recomendaciones concretas al Rector General; - Una, que se emita una disculpa pública. - Dos, que se instruya el inicio de una investigación para deslindar responsabilidades administrativas a las personas servidoras públicas adscritas a la UG que participaron en los hechos. - Tres, que se entregue la resolución a las personas servidoras públicas adscritas a la UG que participaron en los hechos y se integre una copia de sus expedientes personales. - Cuatro, que se integre a las personas servidoras públicas adscritas a la UG que participaron en los hechos para que adopten todas las medidas legales y administrativas que garanticen la no repetición de hechos violatorios de derechos humanos como los de este caso; y - Quinta, que se instruya a quien corresponda para que se realicen las sesiones necesarias ante la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas para que otorguen atención psicosocial al personal del medio afectado. - Esta situación, no sólo es un problema de la Universidad de Guanajuato, sino, que se trata de un problema que escaló a niveles de publicidad que atañen a la sociedad guanajuatense en su conjunto, no solo que evidenciada la necesidad de democratizar la Universidad de Guanajuato, como muchas veces hemos propuesto pero cuando el poder no está atado a su comunidad la institución corre el riesgo de subordinarse hacia los fines de quien ejerza, -que fue el caso- tampoco es un tema que se limite al hecho de que las personas directivas de la Universidad de Guanajuato mintieron ante la Procuraduría de los Derechos Humanos diciendo que nadie les negó el acceso ignorando el propio escudo de la institución en el que puede leerse “La verdad os hará libres”. - Lamentablemente, tampoco es un tema que se limite a que el Rector General y las otras personas directivas de la Universidad de Guanajuato, involucradas tergiversaron el derecho de réplica consagrado constitucionalmente y reglamentado en una ley específica para callar la crítica, lo que tenemos en este caso es que está acreditado que el rector general y las demás personas directivas involucradas en los hechos violaron derechos humanos y transgredieron la libertad de expresión de un medio; más allá de investigación y recomendaciones de la PRODHEG, consideramos que los mandatos generales explícitos que tenemos todas las autoridades en materia de derechos humanos obligan a que desde este congreso nos pronunciemos sobre este tema, todas las autoridades estamos obligadas entre otras cosas a que en el ámbito de nuestras atribuciones protejamos y garanticemos los derechos humanos para todas las personas la protección supone que las autoridades actuemos para evitar violaciones a los derechos mediante la investigación y sanción, mientras que la garantía supone que afrontemos las violaciones a derechos humanos con reparación y evitando la repetición. - En este sentido, desde el Grupo Parlamentario de Morena, consideramos necesario no solo que este caso no quede sin sanción, sino, que se garanticen tanto la reparación como la no repetición no puede tolerarse que se utilice a la máxima casa de estudios del estado para violar derechos humanos; así más allá de que solo hagamos un llamado para que el Rector General haga lo que debería de ser obvio acepte y de cumplimiento a la recomendación derivada de este caso; proponemos que en el deslinde de responsabilidades administrativas de las autoridades que participaron en los hechos se lleve a cabo de forma eficaz; en este caso está involucrada directa y arbitrariamente el Rector General, quien preside el Consejo General Universitario, así como la Secretaria General quien también forma parte del mismo consejo, órgano de gobierno de mayor jerarquía de la Universidad de Guanajuato, entre las funciones de este consejo se encuentra designar y remover al titular del Órgano Interno de Control, así de dar seguimiento a las recomendaciones o dictámenes que emite el propio órgano interno de control, esta última, se lleva a cabo mediante la Comisión de Vigilancia, presidida también por el Rector General, e integrada también por la Secretaría General, por la Secretaría General, esto podría comprometer la eficacia que pueda tener el proceso de investigación y deslinde de responsabilidades administrativas en el caso aquí expuesto; por lo cual consideramos necesario que tanto el Rector General como la Secretaría General de la Universidad de Guanajuato, omitan de cualquier forma en este proceso ¡perdón¡ omitan incidir de cualquier forma en este proceso. - Por todo lo anterior, ponemos a consideración de la Asamblea el presente acuerdo: - Acuerdo único esta LXV legislatura acuerda girar un atento exhorto al Rector General de la Universidad de Guanajuato Luis Felipe Guerrero Agripino así como la Secretaria General de la Universidad de Guanajuato, Cecilia Ramos Estrada, para que además, de aceptar las recomendaciones en el cumplimiento de la misma se abstengan de intervenir en toda decisión del Consejo General respecto al órgano interno de control hasta en tanto se deslindan responsabilidades administrativas por el caso contenido en el expediente 1107/2023 de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - Es cuanto muchas gracias.
Piden que titulares de la UG acepten recomendaciones de la PRODHEG
La diputada Irma Leticia González Sánchez, del grupo parlamentario de MORENA, presentó un punto de acuerdo para exhortar al Rector General de la Universidad de Guanajuato, Luis Felipe Guerrero Agripino, así como a la Secretaría General de la Universidad de Guanajuato, Cecilia Ramos Estrada, para que además de aceptar la recomendación, en el cumplimiento de la misma se abstengan de intervenir en toda decisión del Consejo General respecto al Órgano Interno de Control hasta en tanto se deslinden responsabilidades administrativas por el caso contenido en el expediente 1107/2023 de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato.
Recepción en Comisión
Metodologías
Se acordó girar atento oficio al Rector General y Secretaría General de la UG, para que informen a la Comisión, el estatus del cumplimiento a la recomendación emitida por la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato en el expediente 1107/2023.
Estudios, análisis u opiniones | Fecha límite de entrega | Estatus | Documento | |
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Rector General y Secretaría General de la Universidad de Guanajuato | 28/08/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle |
Dictámenes en Comisión
Presidencia del Congreso del Estado P r e s e n t e. Las diputadas y el diputado que integramos la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología y Cultura de la Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso del Estado de Guanajuato, recibimos para efecto de estudio y dictamen la propuesta de punto de acuerdo formulada por la diputada Irma Leticia González Sánchez integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar al Rector General y a la Secretaría General de la Universidad de Guanajuato, para que además de aceptar la recomendación, en el cumplimiento de la misma se abstengan de intervenir en toda decisión del Consejo General respecto al Órgano Interno de Control hasta en tanto se deslinden responsabilidades administrativas por el caso contenido en el expediente 1107/2023 de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. Por lo anterior, con fundamento en los artículos 89, fracción V; 109 fracción VI y 171 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, sometemos a la consideración de la Asamblea el presente dictamen, con base en las siguientes: Consideraciones Antecedentes En sesión ordinaria de fecha 13 de julio del año 2023, la presidencia de la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología, para efectos de su estudio y dictamen, la propuesta de punto de acuerdo referido en el proemio del presente dictamen con ELD 317/LXV-PPA. Lo anterior con fundamento en el artículo 109 fracción VI de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato. En fecha 22 de agosto del año 2023, la comisión dictaminadora radicó la propuesta de punto de acuerdo en la se acordó realizar solicitud de información al Rector General y Secretaria General de la Universidad de Guanajuato, para que informen a la Comisión, el estatus del cumplimiento a la recomendación emitida por la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato en el expediente 1107/2023. Una vez recibida la información, en fecha 04 de septiembre del año en curso, se reunieron las diputadas y el diputado integrantes de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología y Cultura, con la finalidad de analizar el contenido y objetivo de la propuesta de punto de acuerdo. Posteriormente la presidencia de esta Comisión Educación, Ciencia y Tecnología y Cultura con fundamento en los artículos 94 fracción VII y 272 fracción VIII inciso e) de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato instruyó a la Secretaría Técnica para que elaborara el proyecto de dictamen, mismo que fue materia de revisión por quienes integran esta comisión. Análisis de la propuesta Las y los proponentes manifestaron en la parte expositiva del acuerdo lo siguiente: “En los últimos 3 años, la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato (PRODHEG) ha emitido recomendaciones a la Universidad de Guanajuato en al menos 5 casos por violaciones a derechos humanos por parte de sus autoridades. De estos casos, en 3 las recomendaciones se formularon al Rector General, en 1 al Consejo General Universitario y en 1 más al Rector del Campus León. En estos hechos, se dieron violaciones al derecho a la seguridad jurídica, al derecho de petición, a los derechos de igualdad y no discriminación, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, así como la presunción de inocencia, derecho de petición, derecho al trabajo y trato digno. Adicionalmente, el pasado 7 de julio se expidió una nueva resolución de recomendación por el caso contenido en el expediente 1107/2023, mediante el cual se acreditó que altos funcionarios de la Universidad de Guanajuato violaron el artículo 16 constitucional referido a la inviolabilidad del domicilio. Este caso, como es de público conocimiento, refiere al sucedido en las instalaciones del Periódico Correo. Según se desprende de la versión pública de resolución de recomendación de la PRODHEG, las personas titulares de la Rectoría General, de la Secretaría General, de la Secretaría de Gestión y Desarrollo, de la Dirección de Comunicación y Enlace, de la Dirección de Infraestructura y Servicios Universitarios, de la Dirección de Extensión Cultural e incluso la persona Gerenta de la Orquesta Sinfónica, entraron sin autorización y pese a la negativa expresa del guardia de seguridad responsable del acceso a las instalaciones de la persona moral quejosa. En la propia versión pública de resolución de recomendación, se señala que el Rector General señaló que en ningún momento se les negó el acceso al domicilio; sin embargo, la PRODHEG señala que en los videos revisados se constató que personas servidoras públicas adscritas a la UG y demás personas que las acompañaban, ingresaron al domicilio […] sin autorización del guardia de seguridad responsable del acceso, pues de manera expresa y clara les dijo que no había paso (al interior del inmueble); sin embargo, aprovechando el momento en el que se abrió la reja de acceso/salida vehicular al domicilio para permitir la salida de un vehículo, personal de la UG y acompañantes ingresaron bajo el argumento de querer entregar un documento para ejercer su derecho de réplica. Asimismo, la propia PRODHEG señala que, de la revisión de los videos de la cámara de acceso a las instalaciones, se acreditó que: Después del ingreso de un primer grupo de personas adscritas a la UG, el guardia de seguridad responsable del acceso […] cerró la reja para que ya no entrara nadie; sin embargo, una de las personas servidoras públicas adscrita a la UG que ya había entrado, impidió que cerrara completamente la reja y otra persona del mismo grupo la abrió sin autorización, para que ingresaran las demás personas adscritas a la UG que estaban afuera. Lo anterior, sin duda, comprueba que se violó el derecho humano a la inviolabilidad del domicilio de la persona moral. En total, según se narra en la resolución de recomendación, ingresaron aproximadamente 90 personas servidoras públicas adscritas a la UG y acompañantes quienes videograbaron con teléfonos celulares al personal del medio de comunicación sin autorización alguna al mismo tiempo que lanzaban gritos intimidatorios, lo cual, en las circunstancias dadas “constituyó una violación al derecho humano a la libertad de expresión” del personal del Periódico Correo. Todo esto ocurrió, según se señala en la recomendación, porque “las personas adscritas a la UG señaladas […] como autoridades responsables crearon condiciones de riesgo y vulnerabilidad para las personas trabajadoras” del medio de comunicación. Esto porque incluso, según se documentó por parte de la PRODHEG, en un vídeo puede verse a la persona titular de la Dirección de Comunicación y Enlace de la UG diciendo “quisiera hacerles una propuesta para presionar, por favor suban todos a sus redes sociales las fotos de que estamos aquí y etiqueten a XXXXX exigiendo que nos reciban”. Estos hechos ameritaron la emisión de cinco recomendaciones concretas al Rector General: 1. Que se emita una disculpa pública; 2. Que se instruya el inicio de una investigación para deslindar responsabilidades administrativas a las personas servidoras públicas adscritas a la UG que participaron en los hechos; 3. Que se entregue la resolución a las personas servidoras públicas adscritas a la UG que participaron en los hechos y se integre una copia a sus expedientes personales; 4. Que se instruya a las personas servidoras públicas adscritas a la UG que participaron en los hechos para que adopten todas las medidas legales y administrativas que garanticen la no repetición de hechos violatorios de derechos humanos como los de este caso; y 5. Que se instruya a quien corresponda para que se realicen las gestiones necesarias ante la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas para que otorgue atención psicosocial al personal del medio afectado7. Esta situación no sólo es un problema de la Universidad de Guanajuato, sino que se trata de un problema que escaló a niveles de publicidad que atañen a la sociedad guanajuatense en su conjunto. No sólo quedó evidenciada la necesidad de democratizar la Universidad de Guanajuato, como muchas veces hemos propuesto, pues cuando el poder no está atado a su comunidad, la institución corre el riesgo de subordinarse hacia los fines de quien ejerza. Tampoco es un tema que se limite al hecho de que las personas directivas de la Universidad de Guanajuato mintieron ante la Procuraduría de los Derechos Humanos diciendo que nadie les negó el acceso, ignorando el propio escudo de la institución en el que puede leerse “la verdad os hará libres”. Lamentablemente, tampoco es un tema que se limite a que el Rector General y las otras personas directivas de la UG involucradas tergiversaron el derecho de réplica, consagrado constitucionalmente y reglamentado en una ley específica, para acallar la crítica. Lo que tenemos en este caso es que está acreditado que el Rector General y las demás personas directivas involucradas en los hechos violaron derechos humanos y transgredieron la libertad de expresión de un medio. Más allá de la investigación y recomendaciones de la PRODHEG, consideramos que los mandatos generales explícitos que tenemos todas las autoridades en materia de derechos humanos obligan a que desde este Congreso nos pronunciemos sobre el tema. Todas las autoridades estamos obligadas, entre otras cosas, a que en el ámbito de nuestras atribuciones protejamos y garanticemos los derechos humanos para todas las personas. La protección supone que las autoridades actuemos para evitar violaciones a los derechos mediante la investigación y sanción; mientras que la garantía supone que afrontemos las violaciones a derechos humanos con reparación y evitando la repetición. En este sentido, desde MORENA consideramos necesario no sólo que este caso no quede sin sanción, sino que se garanticen tanto la reparación como la no repetición. No puede tolerarse que se utilice a la máxima casa de estudios del estado para violar derechos humanos. Así, más allá de que sólo hagamos un llamado para que el Rector General haga lo que debería ser obvio: acepte y dé cumplimiento a la recomendación derivada de este caso, proponemos que en el deslinde de responsabilidades administrativas de las autoridades que participaron en los hechos se lleve a cabo de forma eficaz. En este caso está involucrado directa y abiertamente el Rector General, quien preside el Consejo General Universitario, así como la Secretaria General, quien también forma parte del mismo Consejo, órgano de gobierno de mayor jerarquía de la UG. Entre las funciones de este Consejo se encuentran designar y remover al titular del Órgano Interno de Control, así dar seguimiento a las recomendaciones o dictámenes que emita el propio Órgano Interno de Control. Ésta última, se lleva a cabo mediante la Comisión de Vigilancia, presidida también por el Rector General e integrada también por la Secretaria General. Esto podría comprometer la eficacia que pueda tener el proceso de investigación y deslinde de responsabilidades administrativas en el caso aquí expuesto, por lo cual consideramos necesario que tanto el Rector General como la Secretaria General de la Universidad de Guanajuato omitan incidir de cualquier forma en este proceso. …” Al respecto el Rector General de la Universidad de Guanajuato, manifestó lo siguiente: “… … me permito informarles que dicha recomendación fue aceptada en fecha 14 de julio del año en curso mediante el escrito número RG/R/0760/2023. Por otra parte, a través del escrito RG/R/0771/23, de fecha 28 de julio del presente año, se puntualizaron los términos, delimitación y marco de referencia de la aceptación referida. El propio 28 de julio de este año, por medio del oficio RG/R/0785/23, se acreditaron a la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato las acciones emprendidas para el cumplimiento de los resolutivos segundo, tercero, cuarto y quinto de la recomendación. En lo que atañe al primer resolutivo, relativo a la emisión de una disculpa pública dirigida al Periódico Correo y a su personal, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 de la Ley de Protección de los Derechos Humanos para el Estado de Guanajuato se solicitó una prórroga para su cumplimiento. Mediante el oficio 1948/2023, recibido el 10 de agosto del año en curso, se concedió una prórroga por 45 días hábiles. No obstante, en escrito de fecha 25 de agosto del año en curso, dicho organismo emitió un nuevo acuerdo en el cual determinó reducir el plazo anterior. Ante tal situación, hemos formulado una respetuosa solicitud para que prevalezca la seguridad jurídica, en virtud de que no existe fundamento alguno que justifique la modificación referida. ...” Quienes integramos la Comisión de Educación identificamos en las consideraciones del documento el interés de la proponente para que se de cumplimiento a la resolución de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato número 1107/2023. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos por la misma, en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley. El estado entonces tiene, además de la obligación de respetarlos, la obligación de protegerlos exigiendo a todas las autoridades que se impidan los abusos contra individuos y grupos. En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se encuentra armonizada la protección de los Derechos Humanos, de la cual se crea la Procuraduría de Derechos Humanos del Estado de Guanajuato, la cual tiene por objeto la protección, defensa, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos. Dicha Procuraduría conoce de quejas o denuncias en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa provenientes de cualquier autoridad o servidor público de carácter estatal o municipal que violen los derechos humanos . Dentro del procedimiento establecido en la Ley de Protección de los Derechos Humanos para el Estado de Guanajuato se establece que concluida la investigación, el Procurador formulará la resolución de recomendación exponiendo los razonamientos que haya tenido en cuenta para valorar las pruebas, a fin de determinar si las autoridades o servidores públicos han violado o no los derechos humanos de las personas quejosas o agraviadas al haber incurrido en actos u omisiones en contra de la Ley, debiendo señalar las medidas que procedan para la efectiva restitución de las personas quejosas o agraviadas en sus derechos fundamentales y si procede, para la reparación de los daños y perjuicios que se hubieren ocasionado, tal y como lo fue con el expediente 1107/2023. Una vez recibida la recomendación, la autoridad o servidor público de que se trate, deberá informar dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación, si acepta dicha recomendación. Ahora bien, de la información remitida por el Rector General de la Universidad de Guanajuato, se desprende que ha sido aceptada la recomendación emitida por el órgano protector de los Derechos Humanos del Estado con número de expediente 1107/2023, ejerciendo el derecho que le otorga la Ley en la materia para solicitar ampliación de plazo siguiendo el trámite ante el órgano protector de los Derechos Humanos en el Estado. En tales condiciones y con fundamento en el artículo 171 la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, quienes integramos la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología y Cultura, agradecemos la respuesta que en colaboración remitió el Rector General de la Universidad de Guanajuato, por lo que consideramos que el objetivo principal del exhorto que se pretende ha quedado sin materia, por lo que nos permitimos proponer a la Asamblea la aprobación del siguiente: ACUERDO Único. Se ordena el archivo definitivo de la propuesta de punto de acuerdo formulada por la diputada Irma Leticia González Sánchez integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar al Rector General y a la Secretaría General de la Universidad de Guanajuato, para que además de aceptar la recomendación, en el cumplimiento de la misma se abstengan de intervenir en toda decisión del Consejo General respecto al Órgano Interno de Control hasta en tanto se deslinden responsabilidades administrativas por el caso contenido en el expediente 1107/2023 de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. Guanajuato, Gto., 11 de septiembre de 2023 La Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología y Cultura Firma Electrónica Dip. María de la Luz Hernández Martínez Presidenta Firma Electrónica Dip. Armando Rangel Hernández Secretario Firma Electrónica Dip. Yulma Rocha Aguilar Vocal Firma Electrónica Dip. Lilia Margarita Rionda Salas Vocal Firma Electrónica VOTO EN CONTRA Irma Leticia González Sánchez Vocal
Dictamenes / Decretos
Consecutivo | Parte | No. publicación | Dictamen firmado | Decreto / Acuerdo firmado | PO | Transitorios |
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945 | Dictamen firmado | Decreto / Acuerdo firmado | 0 |
Fecha | Estatus |
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