Datos Generales del expediente Legislativo Camioncito2

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Expediente: 755/LXV-I

Iniciativa
Reforma Adición

Persona Diputada

LXV
Tercer Año de Ejercicio Legal Segundo Periodo de Receso

Suscripción

  • PVEM Partido_version_front_pvem_s
  • Iniciativa organismos deportivos acoso hostigamiento sexual
    Iniciativa suscrita por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Guanajuato. Con el objeto de que los organismos deportivos del Estado y los municipios, tomen acciones para prevenir el acoso y el hostigamiento sexual en el entorno de las actividades deportivas.

    Presentación a Pleno Camioncito2

    Presentación a Pleno
    13/06/2024

    Diputada Martha Lourdes Ortega Roque - Muy buenos días, con el permiso del Presidente y de su Mesa Directiva, saludo con mucho afecto a mis compañeras y compañeros diputados, a los asesores, a los medios de comunicación que se encuentran en este recinto y también a quien nos siguen por diferentes plataformas, Adrián también te envío un afectuoso saludo, que me acompañas hoy desde Uriangato y también les mando un abrazo fuerte a la gente que nos ve desde el bello municipio de Uriangato, de la zona sur de nuestro Estado, quienes suscribimos esta iniciativa somos el diputado y la diputada, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde, en la Sexagésima Quinta Legislatura, nos permitimos a someter a la consideración de esta Asamblea la presente iniciativa que reforma la ley de Cultura física y Deporte del Estado de Guanajuato, con el objeto de que la Comisión del Deporte, los municipios y los organismos deportivos privados garanticen acciones para prevenir el acoso y el hostigamiento sexual en los entornos deportivos, en atención a las consideraciones que les expongo a continuación, el deporte es una actividad que permite el enriquecimiento de las personas en el seno de la sociedad y potencializa los lazos entre los pueblos, el intercambio entre las naciones y el conocimiento y la relación entre las personas, el deporte es fuente de crecimiento y superación personal y ayuda a mejorar la salud y el bienestar y crear valores que permiten la integración de la sociedad desde pautas distintas a las que a menudo constituyen las actitudes sociales más convencionales, en nuestro país, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo cuarto establece el derecho de todas las personas a la cultura física y a la práctica del deporte, y menciona que corresponde al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en materia, en este tenor de ideas, la Ley de la Cultura Física y Deporte del Estado de Guanajuato define cultura física como el conjunto de conocimientos, hábitos y habilidades sobre la forma de cuidar, desarrollar y conservar la salud a través de la de la recreación y la actividad física. - La práctica del deporte y la cultura física, no puede sino entenderse como un derecho humano y por tanto, debe garantizarse el acceso a la cultura física y a la práctica del deporte, siendo dicha garantía una obligación del Estado mexicano para con toda su ciudadanía a la vez, el artículo Cuarto constitucional en mención confirma que el Estado mexicano en sus 3 órdenes de gobierno a través de la concurrencia constitucional, tiene la obligación de promocionar, fomentar y estimular la cultura física y deporte conforme a las leyes. - Compañeras y compañeros, la cultura física y el deporte tiene múltiples beneficios individuales y colectivos, lamentablemente, la realidad mexicana respecto a la práctica institucional del deporte y la cultura física es que se es envuelta en escándalos de corrupción, dopaje, violencia de género. Y hostigamiento y acoso sexual. - No es desconocido que a lo largo de nuestra historia se han dado casos en que las y los deportistas han sido agredidos de manera física y psicológicamente en espacios públicos y privados o también llegan a ser excluidos de varias facetas de su actividad deportiva, competencias, entrenamientos y campeonatos, por decisiones arbitrarias o por no ceder a intereses y presiones de directivos, entrenadores o personajes de poder dentro del deporte, y si bien en Guanajuato el acoso y el hostigamiento sexual son considerados delitos, esto no ha cambiado en nada la realidad de nuestros atletas, pues aunque dichas conductas están tipificadas a nivel federal y estatal, se presentan con frecuencia en las actividades deportivas en nuestro Estado, ello en parte, cuanto a la inexistencia de políticas públicas, programas y protocolos para prevención y atención de víctimas en el ámbito deportivo. El año pasado se hizo público el caso de 5 atletas de la disciplina de Karate que denunciaron a su entrenador por diversos delitos sexuales que se llevaron a cabo en la unidad deportiva Enrique Fernández Martínez de la ciudad de León, Guanajuato y eventos deportivos en el Estado de Morelos, cuando representaban a nuestro Estado, siendo el caso en el que el agresor sigue libre a pesar de haber sido denunciado, cabe destacar que el agresor y el Secretario de la Asociación Estatal de Kárate son hermanos, caso que sigue impune. Esto, evidentemente, deja de manifiesto la urgencia de legislar para generar acciones en contra del acoso y el hostigamiento sexual en el deporte, es un tema vigente y se debe de generar medidas para proteger a nuestros niños, niñas y adolescentes que son atletas, ellos y ellas son los menos culpables para que tengan que truncar su carrera deportiva, cuando lo único que hacen es representar orgullosamente a nuestro Estado. - Por ello, proponemos que el Ejecutivo del Estado, la Comisión del Deporte de Guanajuato, los municipios y los organismos deportivos privados tengan la obligación de generar mecanismos necesarios para un deporte libre de acoso y hostigamiento sexual. La inobservancia a esta iniciativa es sinónimo de abandono y traición a nuestros atletas que día a día se esfuerzan preparándose y lo mínimo que debe hacer esta soberanía es buscar que los organismos deportivos trabajen en garantizar un deporte libre de acoso y hostigamiento sexual. - En el marco normativo actual, existe dentro de la Ley de Cultura Física y Deporte de nuestro Estado, dispositivos encaminados a la prevención y sanción de la violencia en las justas deportivas, no obstante, no existen previsiones encaminadas a prevenir la violencia de género, el acoso sexual y el hostigamiento hacia las y los deportistas. - Es preciso señalar también, que existe el término de violencia en la cultura en violencia en la ley actual, pero esta se refiere a la violencia en los eventos deportivos y no a la violencia de género, mucho menos abarca el acoso y hostigamiento sexual, son términos legalmente distintos. Rafael de Pina y Rafael de Pina Vara, definen la violencia como acción física o moral lo suficientemente eficaz para anular la capacidad de reacción a la persona sobre quien se ejerce un concepto con elementos muy distintos a los establecidos en el acoso y hostigamiento sexual. - La violencia en la legislación deportiva apareció en la Sexagésima Segunda Legislatura, del Congreso de la Unión en una iniciativa de reforma a la Ley General de Cultura Física y Deporte, donde derivado de diversos actos de violencia en el fútbol mexicano, se encontró la necesidad urgente de generar medidas de prevención, así como sanciones penales a aquellas personas que cometan delito de violencia en el deporte. - No obstante, los mecanismos legales para prevenir la violencia en el deporte, repito, no están encaminados a prevenir, distinguir y sancionar a la violencia de género, acoso, hostigamiento sexual. Por lo tanto, resulta de vital subsanar estas lagunas que tenemos en la Ley del Deporte de nuestro Estado de Guanajuato, tomando en consideración las grandes glorias que nos han dado el deporte guanajuatense y la deuda que tenemos con las y los atletas víctimas de delitos sexuales, desde esta legislatura es menester garantizar su práctica y los eventos deportivos inter, municipales, estatales, nacionales e internacionales donde llevan una representación, estén libres de todo tipo de delitos sexuales hacia las y los deportistas, incluso aquellas que pueden ser ejercidas por parte de sus entrenadores y entrenadoras, por lo tanto es necesario realizar estas reformas a la ley en comento para atender de manera efectiva el acoso y hostigamiento sexual en el deporte en nuestro Estado. Estos suelen ser temas de los que poco se habla, solemos hacer grandes eventos para premiar y felicitar los logros, pero olvidamos de protegerlos desde la norma, es nuestra labor y nuestra obligación, no permitamos que más atletas sean víctimas de entrenadores, directivos, servidores públicos y empresarios, hagamos el cambio, estamos aún a tiempo compañeras y compañeros. - Es cuanto presidente, muchas gracias por su atención.


    Buscan prevenir y atender el acoso y el hostigamiento sexual en el ámbito deportivo

    Guanajuato, Gto. –  El grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México formuló una iniciativa de reforma a la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Guanajuato, con el objeto de que los organismos deportivos del Estado y los municipios tomen acciones para prevenir el acoso y el hostigamiento sexual en el entorno de las actividades deportivas.

    Recepción en Comisión Camioncito2

    Recepción en Comisión
    28/08/2024
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    Metodologías Camioncito2

    Metodologías
    25/02/2025

    Metodología de trabajo para el estudio y análisis de la Iniciativa suscrita por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Guanajuato. (ELD 755/LXV-I )

     

    Se propone la siguiente:

     

    Metodología

     

    1. Remisión de la iniciativa para solicitar opinión, por medio de correo electrónico, a:    

    • Consejería Jurídica del Ejecutivo;
    • Comisión del Deporte del Estado de Guanajuato;
    • 46 ayuntamientos del Estado de Guanajuato;
    • Instituto para las Mujeres Guanajuatenses;
    • Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato;
    • Secretaría de Derechos Humanos;
    • Instituto de Investigaciones Legislativas del Congreso; y
    • Diputadas y diputados integrantes de esta LXVI Legislatura.

     

    Señalando como plazo para la remisión de las opiniones, 25 días hábiles contados a partir del siguiente al de la recepción de la solicitud.

     

    2. Subir la iniciativa al portal del Congreso para consulta y participación ciudadana, por el término de 25 días hábiles.

     

    3. Elaboración, por parte de la secretaría técnica, de un comparativo y concentrado de observaciones que se formulen a la iniciativa.

     

    4. Se celebrarán las mesas de trabajo que se requieran para analizar las observaciones remitidas, a través del documento comparativo, con las autoridades competentes previa anuencia de la Junta de Gobierno y Coordinación Política y posterior con asesores de los grupos parlamentarios.

     

    5. Análisis y acuerdos para dictaminar.

     

    6. Discusión y aprobación del dictamen.

    Estudios, análisis u opiniones Fecha límite de entrega Estatus Documento
    Consejería Jurídica del Ejecutivo 01/04/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Comisión del Deporte del Estado de Guanajuato 01/04/2025 No rendida
    Instituto para las Mujeres Guanajuatenses 01/04/2025 No rendida
    Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato 01/04/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Secretaría de Derechos Humanos 01/04/2025 No rendida
    Instituto de Investigaciones Legislativas del Congreso 01/04/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Santa Cruz de Juventino Rosas 01/04/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Moroleón 01/04/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de León 01/04/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Salamanca 01/04/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Doctor Mora 01/04/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Uriangato 01/04/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de San Diego de la Unión 01/04/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Guanajuato 01/04/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
    La secretaria de Gobierno y Ayuntamiento de San Miguel de Allende 01/04/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Yuriria 01/04/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Santiago Maravatío 01/04/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de San Francisco del Rincón 01/04/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Cortazar 01/04/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Coroneo 01/04/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Irapuato 01/04/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Abasolo 01/04/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Tarimoro 01/04/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Actividades
    Descripción Fecha y hora Lugar Sigue la transmisión
    Reunión de comisión (Radicación de la iniciativa) 28/08/2024 10:00 Salón 5 de comisiones del recinto oficial del Congreso del Estado
    Correspondencias, Minutas, Actas

    Dictámenes en Comisión Camioncito2

    Dictámenes en Comisión

    Dictamenes / Decretos Camioncito2

    Dictamenes / Decretos