Datos Generales del expediente Legislativo Camioncito2

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Expediente: 38B/LXVI-I

Iniciativa
Adición

Persona Diputada

LXVI
Primer Año de Ejercicio Legal Primer Periodo Ordinario

Suscripción

reforma animales seres sintientes
Iniciativa formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por la que se adicionan un decimocuarto y un decimoquinto párrafos recorriéndose en su orden los subsecuentes al artículo 1 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y se reforma el artículo 103 de la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento. Sobre la reforma a la Constitución, se propone se reconozca a los animales como seres sintientes y recibir un trato digno. Sobre la reforma a la Ley de Educación, se busca promover la protección de los animales

Presentación a Pleno Camioncito2

Presentación a Pleno
07/11/2024

- Diputada Miriam Reyes Carmona - - Muchas gracias, señor Presidente con su permiso. Saludo con mucho gusto a mis compañeras, diputadas y diputados que integramos esta sexagésima sexta legislatura, es para mí un honor estar en esta tribuna y saludar a los medios de comunicación que el día de hoy nos acompañan. Muchas gracias por su presencia, y también a las y los guanajuatenses que el día de hoy ven esta transmisión por las diferentes plataformas digitales. - Antes de iniciar la lectura de la presente iniciativa me gustaría señalar que la protección y el bienestar de los animales nos compete y es responsabilidad de todos los guanajuatenses que la debemos de asumir como individuos, como servidores públicos, como autoridades y como parte de la sociedad en general, los animales son seres que sienten dolor, son seres que sienten alegría, son seres que sienten amor y es nuestro compromiso velar por su bienestar, por su nutrición, por su entorno, por su salud mental y por su comportamiento, evitando todo tipo de maltrato físico y crueldad hacia ellos. - En este sentido, me permito poner a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa por el cual se adiciona un décimo cuarto y un décimo quinto párrafo, recorriéndose en su orden los subsecuentes al artículo primero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guanajuato. Se modifica el artículo 103 de la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato, con fundamento en el siguiente exposición de motivos. - El individualismo llega a producir una desvinculación emocional del resto de los seres que nos rodean, así una de las formas de violencia que deriva de los procesos es la crueldad o el maltrato animal. La violencia contra los animales se manifiesta en nuestra sociedad a través de diversas formas de maltrato o crueldad, en este sentido, el reconocimiento de los animales como seres sintientes ha sido uno de los pasos más importantes para cultivar una sociedad de respeto por la vida y la naturaleza, así como de la empatía y el humanismo. - La legislación que existe actualmente en México relacionada con el bienestar de los animales, así como con la prohibición del maltrato y la crueldad animal, data de los años 80, cuando se publicó la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente, años más tarde dicha ley se modificó para incluir elementos que abarcaban la protección de animales de carácter doméstico y otras especies con las que compartimos territorio. Por ello, el día de hoy, en el artículo 87 bis 2 de la Ley general del Equilibrio Ecológico y la Protección del Medio Ambiente, se establecen algunos principios básicos sobre el trato digno. Por otro lado, existe también la Ley Federal de Sanidad Animal, que se publicó en el 2007 donde, por ejemplo, en su artículo 4, párrafo doceavo. Establece que el bienestar animal se refiere al conjunto de actividades encaminadas a proporcionar comodidad, tranquilidad y protección. Por su parte, la Ley General de Vida Silvestre, creada en el año 2000, recupera conceptos importantes relacionados con el combate a la violencia contra los animales, en su artículo tercero se define la crueldad como acto de brutalidad, sádico o zoofílico contra cualquier animal ya sea por acción directa, omisión o negligencia, asimismo, se considera el maltrato como todo hecho, acto u omisión del ser humano que puede ocasionar dolor, deterioro físico o sufrimiento que afecte el bienestar, ponga en peligro la vida del animal. - En el caso particular del Estado de Guanajuato, contamos con la Ley para la Protección Animal del Estado de Guanajuato desde marzo del 2015. Esta ley tiene por objeto regular la protección de los animales domésticos de cualquier acto de maltrato que cause daño o sufrimiento, así como garantizar el bienestar animal, promover la educación y la concientización de la sociedad. En nuestro Estado se han identificado eventos de maltrato y crueldad animal, ejercidos no solo por la población, sino por las mismas autoridades, principalmente las municipales, uno de los casos más recientes fue el que se manifestó en el municipio de San Miguel de Allende, donde algunos empleados del control animal del municipio mataron con crueldad a perros sin hogar, lo que quedó evidenciado en un vídeo que hace poco se viralizó. - De acuerdo con información otorgada por la Fiscalía General del Estado de Guanajuato, entre el 2020 y lo que va del 2024 se abrieron 462 carpetas de investigación por delitos contra la vida y la integridad de los animales, lo que permite en parte dar cuenta del problema por ello, la presente iniciativa con propuesta de reforma a la Constitución del Estado de Guanajuato, así como a la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato, con la finalidad de colaborar en la resolución de este problema que significa tanto para la población mexicana y para los guanajuatenses, en un primer momento se propone la adición de 2 párrafos al artículo primero de la Constitución Local, con la finalidad de reconocer a los animales como seres sintientes y establecer el deber de toda persona en el Estado de Guanajuato de respetar la vida y la integridad de los animales, asimismo, se busca establecer la prohibición del maltrato y la crueldad animal, así como incorporar responsabilidades para el estado de garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales, de forma que por mandato constitucional, todas las autoridades tengan la obligación, de acuerdo con sus atribuciones, de procurar en todo momento promover y abonar a la reducción de la violencia que existe contra los animales. Dando paso a la formación de una cultura de paz, de respeto por todos los seres vivo. - Asimismo, proponemos la modificación del artículo 103 de la Ley de Educación para el Estado, para que se incorporen los programas complementarios que se elaboren, la promoción de la protección de los animales con la finalidad de ir sembrando las bases desde la educación básica sobre el trato digno hacia los seres vivos que convivimos en este planeta, de otorgar las herramientas a las nuevas generaciones sobre lo que implica el bienestar y el cuidado de los animales y la relevancia de su existencia para la propia. - Finalmente, la presente iniciativa en atención a lo establecido en el artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo para el Estado de Guanajuato y para dar cumplimiento, se establecen los impactos jurídicos, administrativos, presupuestarios y sociales, por lo anterior, me permito someter a consideración del Pleno de esta Asamblea el siguiente proyecto de decreto, muchas gracias por su atención, compañeros. - Y bueno, hoy por ser el día, hoy por ser 7 de noviembre el “Día del Ferrocarrilero”, no quiero pues desaprovechar esta oportunidad y quiero mandar un gran saludo a mi padre Juan Manuel Reyes Ávalos, el cual ha entregado 38 años de vida al servicio del ferrocarril, ¡muchas felicidades, papá” que ¡Dios te bendiga! ¡te amo mucho! y gracias por lo que has hecho por mí. - Muchas gracias, compañeros, es cuanto señor Presidente.

Recepción en Comisión Camioncito2

Recepción en Comisión
27/11/2024
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Metodologías Camioncito2

Metodologías
27/11/2024

                                                                                                                                                                                   27 de noviembre de 2024

a) Remitir vía oficio la iniciativa y solicitar se tenga a bien enviar opinión respecto de dicha propuesta legislativa en un plazo que no exceda del 17 de enero de 2025, a:
 
- La Secretaría de Educación; 
- La Secretaría del Agua y Medio Ambiente; 
- La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial del Estado de Guanajuato;
- La Consejería Jurídica del Ejecutivo; 
- La Sociedad Estatal Animal del Estado de Guanajuato;
- La Unión de Rescatistas Independientes en Guanajuato; 
- La Agrupación de Rescatistas Independientes; y
- Las organizaciones de la sociedad civil cuyo objeto esté relacionado con el propósito de la iniciativa;
 
 b) Crear un enlace en la página web del Congreso del Estado, en donde se accederá a la iniciativa para efecto de consulta y recepción de aportaciones ciudadanas, por un plazo que no exceda del 17 de enero de 2025; 
 
c) Solicitar al Instituto de Investigaciones Legislativas del Congreso del Estado un estudio de derecho comparado con otras entidades federativas, y lo haga llegar en un plazo que no exceda del 17 de enero de 2025;
 
d) Elaborar la secretaría técnica un documento en el que se concentren las opiniones recibidas y contengan comparativo, el que circulará a quienes integran la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología y Cultura;
 
e) Llevar a cabo mesa de trabajo para el análisis de la iniciativa y de las opiniones formuladas respecto de esto, conformada por quienes integran la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología y Cultura, las diputadas y los diputados de la Legislatura que deseen asistir, así como asesores; e invitar a la Secretaría de Educación, a la Secretaría del Agua y Medio Ambiente, a la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial del Estado de Guanajuato ya la Consejería Jurídica del Ejecutivo; así como a la Sociedad Estatal Animal del Estado de Guanajuato, a la Unión de Rescatistas Independientes en Guanajuato, a la Agrupación de Rescatistas Independientes y, a las organizaciones de la sociedad civil consultadas, cuyo objeto esté relacionado con el propósito de la iniciativa;
 
f) En su caso, celebrar reunión de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología y Cultura para acuerdos del proyecto de dictamen; y 
 
 
g) Celebrar reunión de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología y Cultura para la discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen.
 

Estudios, análisis u opiniones Fecha límite de entrega Estatus Documento
Secretaría de Educación, Secretaría del Agua y Medio Ambiente, Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial del Estado de Guanajuato y Consejería Jurídica del Ejecutivo. 17/01/2025 No rendida
Instituto de Investigaciones Legislativas del Congreso del Estado. 17/01/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
Sociedad Estatal Animal del Estado de Guanajuato. 17/01/2025 No rendida
Unión de Rescatistas Independientes en Guanajuato, 17/01/2025 No rendida
La representante de Colectivo Guindis 17/01/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
La ciudadana Zaira Hernández 17/01/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
La representante de la Agrupación de Rescatistas Independientes (ARI) y Colectivo Guindis 17/01/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
Actividades
Descripción Fecha y hora Lugar Sigue la transmisión
Reunión de comisión (Radicar la iniciativa y aprobar la metodología para su estudio y dictamen) 27/11/2024 09:30 Salón 5 de comisiones del recinto oficial del Congreso del Estado.
Correspondencias, Minutas, Actas

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