Datos Generales del expediente Legislativo Camioncito2

Iniciativa-back

Expediente: 77/LXVI-I

Iniciativa
Nueva Ley

Ayuntamiento

LXVI
Primer Año de Ejercicio Legal Primer Periodo Ordinario

Suscripción

Ayuntamiento del Mpio. de Irapuato
Ley Ingresos Irapuato 2025
Iniciativa de ley de ingresos del municipio de Irapuato para el ejercicio fiscal del año 2025. Tiene por objeto establecer los ingresos que percibirá el Municipio durante el ejercicio 2025.

Presentación a Pleno Camioncito2

Recepción en Comisión Camioncito2

Recepción en Comisión
22/11/2024
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Metodologías Camioncito2

Metodologías
22/11/2024

Comisiones unidas de hacienda y fiscalización y de gobernación y puntos constitucionales
 
Cronograma y Metodología para el análisis del paquete fiscal municipal para el ejercicio fiscal 2025
 
 
Dirección General de Servicios y Apoyo Técnico Parlamentario
JUEVES 21 DE NOVIEMBRE
   
1. Sesión del Pleno del Congreso para turnar las restantes iniciativas de leyes de ingresos municipales para el ejercicio fiscal del año 2025 a las Comisiones Unidas de Hacienda y Fiscalización y de Gobernación y Puntos Constitucionales.
 
VIERNES 22 DE NOVIEMBRE
 
1. Reunión de las Comisiones Unidas de Hacienda y Fiscalización y de Gobernación y Puntos Constitucionales, a efecto de:
 
A) RADICAR Las 46 iniciativas de leyes de ingresos municipales turnadas por la presidencia;
 
B) Establecer la metodología para el análisis del Paquete Fiscal Municipal 2025:
 
1) Se acuerda que el análisis y discusión de las iniciativas se haga por las diputadas y los diputados integrantes de las Comisiones Unidas, mediante la revisión de los proyectos de dictamen que presentará la Dirección General de Servicios y Apoyo Técnico Parlamentario.
 
2) Se dará a conocer a quienes integran las comisiones dictaminadoras en términos generales cuál será el contenido de las tarjetas informativas y numéricas para el análisis y discusión de los proyectos de dictamen de las iniciativas de leyes de ingresos municipales, que se elaborarán por la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas; así como las tarjetas numéricas que se elaborarán por la Auditoría Superior del Estado y el análisis que realizará la Secretaría del Agua y Medio Ambiente respecto del capítulo de Servicios de Agua Potable, Alcantarillado, Drenaje, Tratamiento y Disposición Final de Aguas Residuales, en las iniciativas de leyes de ingresos de los municipios.
 
3) La división de los 46 municipios será en tres bloques para el efecto de su análisis en reuniones de las Comisiones Unidas. 
 
PRIMER BLOQUE:
 
1. Atarjea
2. Jerécuaro
3. Ocampo
4. Romita
5. Uriangato
6. Moroleón
7. Pueblo Nuevo
8. Santiago Maravatío
9. Purísima del Rincón
10. Santa Catarina
11. Coroneo
12. Jaral del Progreso
13. Villagrán
14. Xichú
15. Victoria
16. Tarimoro
17. San Diego de la Unión
 
SEGUNDO BLOQUE:
 
1. Salvatierra
2. Pénjamo
3. Cortazar
4. Apaseo el Grande
5. Abasolo
6. San Luis de la Paz
7. Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional
8. Huanímaro
9. Santa Cruz de Juventino Rosas
10. Comonfort
11. Cuerámaro
12. Apaseo el Alto
13. Tierra Blanca
14. San José de Iturbide
15. Valle de Santiago
16. Yuriria
17. Tarandacuao
 
TERCER BLOQUE:
 
1. Acámbaro
2. Irapuato
3. Celaya
4. Doctor Mora
5. Guanajuato
6. León
7. San Miguel de Allende
8. Silao de la Victoria
9. San Francisco del Rincón
10. San Felipe
11. Manuel Doblado
12. Salamanca
 
VIERNES 22 DE NOVIEMBRE
 
La Dirección General de Servicios y Apoyo Técnico Parlamentario subirá los archivos de los proyectos de dictamen que correspondan al PRIMER BLOQUE, al Sistema de Integración y Análisis de las Iniciativas de Leyes de Ingresos Municipales al que tendrán acceso los diputados y sus asesores, para su consulta.
 
De igual manera, se subirán a dicho Sistema, las tarjetas elaboradas por la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas, la Auditoría Superior del Estado y la Secretaría del Agua y Medio Ambiente. 
 
MARTES 26 DE NOVIEMBRE
 
Reunión de las Comisiones Unidas para analizar, discutir y en su caso, aprobar los proyectos de dictamen correspondientes al PRIMER BLOQUE de municipios.
 
JUEVES 28 DE NOVIEMBRE
 
Reunión de las Comisiones Unidas para radicar las iniciativas que integran el paquete fiscal del Estado y acordar metodología para su análisis y dictaminación.
 
VIERNES 29 NOVIEMBRE
 
La Dirección General de Servicios y Apoyo Técnico Parlamentario subirá los archivos de los proyectos de dictamen que correspondan al SEGUNDO BLOQUE al Sistema de Integración y Análisis de las Iniciativas de Leyes de Ingresos Municipales al que tendrán acceso los diputados y sus asesores, para su consulta.
 
De igual manera, se subirán a dicho Sistema, las tarjetas elaboradas por la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas, la Auditoría Superior del Estado y la Secretaría del Agua y Medio Ambiente. 
 
MARTES 3 DE DICIEMBRE
 
Reunión de las Comisiones Unidas para el análisis, discusión y en su caso, aprobación de los proyectos de dictamen correspondientes al SEGUNDO BLOQUE de municipios. 
 
VIERNES 6 DE DICIEMBRE:
 
La Dirección General de Servicios y Apoyo Técnico Parlamentario subirá los archivos de los proyectos de dictamen que correspondan al TERCER BLOQUE al Sistema de Integración y Análisis de las Iniciativas de Leyes de Ingresos Municipales al que tendrán acceso los diputados y sus asesores, para su consulta.
 
 
 
 
De igual manera, se subirán a dicho Sistema, las tarjetas elaboradas por la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas, la Auditoría Superior del Estado y la Secretaría del Agua y Medio Ambiente.
 
MARTES 10 DE DICIEMBRE
 
Reunión de las Comisiones Unidas para el análisis, discusión y en su caso, aprobación de los proyectos de dictamen correspondientes al TERCER BLOQUE de municipios.
 
VIERNES 13 DE DICIEMBRE
 
Sesión ordinaria en el que se someterán a discusión los dictámenes correspondientes A LOS TRES BLOQUES de municipios aprobados por las Comisiones Unidas.

Actividades
Descripción Fecha y hora Lugar Sigue la transmisión
Reunión de las Comisiones Unidas para radicar la iniciativa y acordar el cronograma y la metodología de trabajo 22/11/2024 09:00 sala 4 de usos múltiples
Reunión de las Comisiones Unidas para aprobar el dictamen 10/12/2024 11:00 Salas 1 y 2 del Salón de usos Múltiples del Congreso del Estado
Correspondencias, Minutas, Actas

Dictámenes en Comisión Camioncito2

Dictámenes en Comisión
10/12/2024
Dictamen de Iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de Irapuato para el Ejercicio Fiscal 2025

DIPUTADO ROLANDO ALCÁNTAR ROJAS PRESIDENTE DEL CONGRESO DEL ESTADO P R E S E N T E. Las Comisiones Unidas de Hacienda y Fiscalización, y de Gobernación y Puntos Constitucionales, recibimos para efectos de su estudio y dictamen, la Iniciativa de Ley de Ingresos para el Municipio de Irapuato, Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal del año 2025, presentada por el Ayuntamiento de Irapuato, Guanajuato. (ELD 77/LXVI-I) Con fundamento en los artículos 81, 89 fracción V 91, 111 fracción XVI y último párrafo, 112 fracción II y último párrafo, y 171 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, analizamos la iniciativa referida, presentando a la consideración de la Asamblea, el siguiente: Dictamen Las diputadas y diputados integrantes de estas comisiones dictaminadoras analizamos la iniciativa descrita al tenor de los siguientes antecedentes y consideraciones: I. Antecedentes. El Ayuntamiento de Irapuato, Guanajuato, en la tercera sesión ordinaria celebrada el día 07 de noviembre de 2024 aprobó por mayoría de votos la iniciativa de Ley de Ingresos para el Municipio de Irapuato, Guanajuato para el ejercicio fiscal del año 2025, misma que ingresó por la Unidad de Correspondencia del Congreso del Estado de Guanajuato mediante firma electrónica certificada el 14 de noviembre del año en curso. Con lo anterior, se dio cumplimiento al artículo 20 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato. El ayuntamiento acompañó como anexos a la iniciativa: 1. Copia certificada del acta de la tercera sesión ordinaria del ayuntamiento de Irapuato, Guanajuato, celebrada el 07 de noviembre de 2024, en la que consta la aprobación por mayoría de la iniciativa de Ley de Ingresos para el Municipio de Irapuato, Guanajuato para el ejercicio fiscal del año 2025. 2. Anexos técnicos de agua conformados por el proyecto tarifario 2025; Factor de Recuperación Tarifario para proyecto 2025; formato 3a de programas proyectos de inversión del 01 de enero al 31 de diciembre de 2025; formato 3b de programas proyectos de inversión del ejercicio fiscal 2024; anexo 5 formato de costos para ajuste a la tasa o tarifa de tratamiento de aguas residuales; Fracción VII, factura medidor chorro único media pulgada; Fracción VII, factura medidor ultrasónico 1 y 2 pulgadas; Fracción VI, factura medidor ultrasónico media pulgada; y Anexo 3 Proyecto Tarifario aprobado JAPAMI;. 3. Anexo 1, del artículo 5, fracción I, incisos b) y c) valores; y estudio artículo 5 fracción I, inciso b). 4. Anexo 2, del flujograma del proceso ISABI; análisis técnico 2025; y anexo 2 técnico jurídico artículo 7 ISABI. 5. Anexo 4, artículo 20, por estudio de factibilidad de vialidad. 6. Anexo 5, artículo 21, permiso para la obstrucción de la vialidad. 7. Anexo 6, artículo 23, curso de verano y cursos especialización artística. 8. Anexo 7, artículo 24, a)-1 servicio psicológico; I b)-1 servicio de terapia física; I b)-2 servicio de hidroterapia; I b)-3 terapia de lenguaje; y I c)-2 cuota mensual guardería. 9. Anexo 7a de las proyecciones de ingresos; el Anexo 7c de resultados de ingresos de los años 2021, 2022, 2023 y 2024 y del formato 8 de valuación actuarial, de los formatos de la Ley de Disciplina Financiera. 10. Anexo 8, artículo 26, III números oficiales en conjunto; VI permiso de fusión; y VIII permiso de uso de suelo. 11. Anexo 9, artículo 26, II a) aprobación-modificación de traza desarrollos verticales; II c) modificación de permisos de venta; y II d) aprobación de traza en fase de dictaminación. 12. Oficio suscrito por la Encargada del Despacho de la Dirección de Catastro, del padrón inmobiliario total de cuentas de predios rústicos y urbanos del municipio. 13. Anexo técnico del Derecho de Alumbrado Público del municipio de Irapuato 2025. 14. Evaluación legislativa, que incluye el apartado correspondiente a evaluación de impacto en los ingresos, en el que se realiza un análisis general de los efectos que tendrá la aplicación de lo estipulado en la iniciativa de Ley de Ingresos para el Municipio de Irapuato, Gto., para el ejercicio fiscal del año 2025, en los aspectos jurídico, administrativo, presupuestario y social. 15. La iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de Irapuato, Gto., para el ejercicio fiscal del año 2025 firmada por las y los integrantes del ayuntamiento. 16. La iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de Irapuato, Gto., para el ejercicio fiscal del año 2025, en formato editable. Como información complementaria remitida el 05 de diciembre del año en curso, los siguientes cuatro anexos: 17. Anexo 1, complemento artículo 5, I, b) Valores (factores). 18. Anexo 2, complemento de estudio técnico y ampliado propuesta de modificación de tabla progresiva para la determinación del impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles. 19. Anexo 3, complemento JAPAMI correspondiente a la tasa de tratamiento. 20. Anexo 6, propuesta de modificar la reforma realizada en la iniciativa respecto de la ley vigente en el artículo 26, fracción VI. En la Sesión Ordinaria del 21 de noviembre del presente año, la presidencia del Congreso dio cuenta a la Asamblea con la iniciativa de mérito, turnándola a estas Comisiones Unidas de Hacienda y Fiscalización, y de Gobernación y Puntos Constitucionales, para su estudio y dictamen. Radicada la iniciativa el 22 de noviembre de 2024, procedimos a su estudio, a fin de rendir el dictamen correspondiente. II. Consideraciones. La fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece a favor de los ayuntamientos del país, la facultad para proponer a las legislaturas de los estados, las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirven de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria. Al respecto, en materia impositiva municipal, se prevé una potestad tributaria compartida entre los ayuntamientos de la entidad y el Congreso del Estado. Por eso, la potestad tributaria del Congreso del Estado, reservada a este, de acuerdo con el principio de legalidad en materia de las contribuciones, contenido en el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política Federal, se complementa con los principios de fortalecimiento municipal y de reserva de fuentes y con la facultad expresa de iniciativa de los ayuntamientos. De ahí que, aun cuando este Poder Legislativo sigue conservando la facultad de decisión final sobre las propuestas contenidas en las iniciativas de leyes de ingresos de los municipios, nuestra Carta Magna nos obliga a dar el peso suficiente a la facultad del Municipio, lo que se concreta con la motivación que se exponga al examinar cada una de las propuestas tributarias del Ayuntamiento iniciante. Por lo tanto, la fundamentación del Congreso del Estado para aprobar la Ley de Ingresos para el Municipio de Irapuato, Gto., se surte cuando se actúa dentro de los límites de las atribuciones que la Constitución Federal y la particular del Estado confiere a este Poder Legislativo, por lo que se desprende que el Congreso del Estado es competente para conocer y analizar la iniciativa objeto del presente dictamen, conforme lo establecido en los artículos 31, fracción IV y 115, fracción IV penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 19, fracción II, 63, fracciones II y XV y 121 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 1 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato; y 15 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato. En cuanto a la motivación del Congreso del Estado para dictar esta Ley, debe afirmarse que, respecto de actos legislativos, el requisito de su debida motivación se cumple en la medida en que las leyes que emita el Congreso se refieran a relaciones sociales que reclaman ser jurídicamente reguladas. En el caso que nos ocupa, las relaciones sociales a regular jurídicamente se derivan del mandato previsto en el artículo 115, fracción IV, cuarto párrafo de la Constitución Política Federal, que dispone: «Las Legislaturas de los Estados aprobarán las leyes de ingresos de los municipios, revisarán y fiscalizarán sus cuentas públicas.» Las anteriores consideraciones sustentan desde luego, la fundamentación y motivación de la Ley de Ingresos para el Municipio de Irapuato, Gto., para el Ejercicio Fiscal del año 2025. Para ello, además, nos remitimos a lo dispuesto en las siguientes tesis de jurisprudencia, las cuales son aplicables al presente caso: «No. Registro: 820,139 Jurisprudencia Materia(s): Séptima Época Instancia: Pleno Fuente: Apéndice de 1988 Parte I Tesis: 68 Página: 131 FUNDAMENTACION Y MOTIVACION DE LOS ACTOS DE AUTORIDAD LEGISLATIVA. Por fundamentación y motivación de un acto legislativo, se debe entender la circunstancia de que el Congreso que expide la ley, constitucionalmente esté facultado para ello, ya que estos requisitos, en tratándose de actos legislativos, se satisfacen cuando aquél actúa dentro de los límites de las atribuciones que la constitución correspondiente le confiere (fundamentación), y cuando las leyes que emite se refieren a relaciones sociales que reclaman ser jurídicamente reguladas (motivación); sin que esto implique que todas y cada una de las disposiciones que integran estos ordenamientos deben ser necesariamente materia de una motivación específica. Séptima Época, Primera Parte: Vol. 77, Pág. 19. A. R. 6731/68. Lechera Guadalajara, S. A. Unanimidad de 19 votos. Vol. 78, Pág. 69. A. R. 3812/70. Inmobiliaria Cali, S. A. y Coags. (Acums). Unanimidad de 16 votos. Vols. 139-144, Pág. 133. A. R. 5983/79. Francisco Breña Garduño y Coags. Unanimidad de 17 votos. Vols. 157-162, Pág. 150. A. R. 5220/80. Teatro Peón Contreras, S. A. Unanimidad de 15 votos. Vols. 181-186. A. R. 8993/82. Lucrecia Banda Luna. Unanimidad de 20 votos. Esta tesis apareció publicada, con el número 36, en el Apéndice 1917-1985, Primera Parte, Pág. 73. No. Registro: 192,076 Jurisprudencia Materia(s): Constitucional Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XI, Abril de 2000 Tesis: P./J. 50/2000 Página: 813 FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN. SU CUMPLIMIENTO CUANDO SE TRATE DE ACTOS QUE NO TRASCIENDAN, DE MANERA INMEDIATA, LA ESFERA JURÍDICA DE LOS PARTICULARES. Tratándose de actos que no trascienden de manera inmediata la esfera jurídica de los particulares, sino que se verifican sólo en los ámbitos internos del gobierno, es decir, entre autoridades, el cumplimiento de la garantía de legalidad tiene por objeto que se respete el orden jurídico y que no se afecte la esfera de competencia que corresponda a una autoridad, por parte de otra u otras. En este supuesto, la garantía de legalidad y, concretamente, la parte relativa a la debida fundamentación y motivación, se cumple: a) Con la existencia de una norma legal que atribuya a favor de la autoridad, de manera nítida, la facultad para actuar en determinado sentido y, asimismo, mediante el despliegue de la actuación de esa misma autoridad en la forma precisa y exacta en que lo disponga la ley, es decir, ajustándose escrupulosa y cuidadosamente a la norma legal en la cual encuentra su fundamento la conducta desarrollada; y b) Con la existencia constatada de los antecedentes fácticos o circunstancias de hecho que permitan colegir con claridad que sí procedía aplicar la norma correspondiente y, consecuentemente, que justifique con plenitud el que la autoridad haya actuado en determinado sentido y no en otro. A través de la primera premisa, se dará cumplimiento a la garantía de debida fundamentación y, mediante la observancia de la segunda, a la de debida motivación. Controversia constitucional 34/97. Poder Judicial del Estado de Guanajuato. 11 de enero de 2000. Unanimidad de diez votos. Impedimento legal: Mariano Azuela Güitrón. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretarios: Eduardo Ferrer Mac Gregor Poisot y Mara Gómez Pérez. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy veintisiete de marzo en curso, aprobó, con el número 50/2000, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veintisiete de marzo de dos mil.» Por otra parte, el artículo 18 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios establece que las iniciativas de las leyes de ingresos y los proyectos de presupuestos de egresos de los municipios se deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del desempeño; deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e incluirán cuando menos objetivos anuales, estrategias y metas. Es así como las leyes de ingresos y los presupuestos de egresos de los municipios deberán ser congruentes con los Criterios Generales de Política Económica y las estimaciones de las participaciones y transferencias federales etiquetadas que se incluyan no deberán exceder a las previstas en la iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación y en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, así como aquellas transferencias de la Entidad Federativa. Dicho dispositivo también señala que los municipios deberán incluir en sus iniciativas de leyes de ingresos, lo siguiente: «I. Proyecciones de finanzas públicas, considerando las premisas empleadas en los Criterios Generales de Política Económica. Las proyecciones se realizarán con base en los formatos que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable y abarcarán un periodo de tres años en adición al ejercicio fiscal en cuestión, las que se revisarán y, en su caso, se adecuarán anualmente en los ejercicios subsecuentes; II. Descripción de los riesgos relevantes para las finanzas públicas, incluyendo los montos de Deuda Contingente, acompañados de propuestas de acción para enfrentarlos; III. Los resultados de las finanzas públicas que abarquen un periodo de los tres últimos años y el ejercicio fiscal en cuestión, de acuerdo con los formatos que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable para este fin, y IV. Un estudio actuarial de las pensiones de sus trabajadores, el cual como mínimo deberá actualizarse cada cuatro años. El estudio deberá incluir la población afiliada, la edad promedio, las características de las prestaciones otorgadas por la ley aplicable, el monto de reservas de pensiones, así como el periodo de suficiencia y el balance actuarial en valor presente. Las proyecciones y resultados a que se refieren las fracciones I y III, respectivamente, comprenderán sólo un año para el caso de los Municipios con una población menor a 200,000 habitantes, de acuerdo con el último censo o conteo de población que publique el Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Dichos Municipios contarán con el apoyo técnico de la secretaría de finanzas o su equivalente del Estado para cumplir lo previsto en este artículo.» De igual forma, el artículo 5º de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato también señala que las iniciativas de leyes de ingresos, se elaborarán conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y en las normas que para tal efecto emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos y parámetros cuantificables de la política económica, acompañados de sus correspondientes indicadores, mismos que deben ser congruentes con los planes de desarrollo y programas correspondientes y deberán incluir además de lo previsto en dicha Ley, por lo menos la demás información que se establece por la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios. Al respecto, el artículo 61 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental establece: «Artículo 61.- Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera, fiscal y presupuestaria y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios, y en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos u ordenamientos equivalentes, apartados específicos con la información siguiente: I. Leyes de Ingresos: a) Las fuentes de sus ingresos sean ordinarios o extraordinarios, desagregando el monto de cada una y, en el caso de las entidades federativas y municipios, incluyendo los recursos federales que se estime serán transferidos por la Federación a través de los fondos de participaciones y aportaciones federales, subsidios y convenios de reasignación; así como los ingresos recaudados con base en las disposiciones locales, y b) Las obligaciones de garantía o pago causante de deuda pública u otros pasivos de cualquier naturaleza con contrapartes, proveedores, contratistas y acreedores, incluyendo la disposición de bienes o expectativa de derechos sobre éstos, contraídos directamente o a través de cualquier instrumento jurídico considerado o no dentro de la estructura orgánica de la administración pública correspondiente, y la celebración de actos jurídicos análogos a los anteriores y sin perjuicio de que dichas obligaciones tengan como propósito el canje o refinanciamiento de otras o de que sea considerado o no como deuda pública en los ordenamientos aplicables. Asimismo, la composición de dichas obligaciones y el destino de los recursos obtenidos…» La visión de la Agenda 2030 fue considerada en el presente dictamen, pues incide directa o indirectamente en los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible que la integran, al ser el mecanismo por el cual los municipios se allegan de recursos para al cumplimiento de sus planes y programas, que son los instrumentos de planeación en los que se coordinan las acciones del gobierno municipal y que contribuyen al desarrollo sostenible e incluyente en beneficio de la población, con un enfoque económico, social, medioambiental y de sustentabilidad. II.1. Metodología para el análisis de la iniciativa. Las comisiones dictaminadoras acordamos como metodología de trabajo para la discusión de la totalidad de las iniciativas de leyes de ingresos municipales, la siguiente: a) Se calendarizaron las reuniones de trabajo de estas comisiones dictaminadoras, con la finalidad de atender con toda oportunidad, pero con la diligencia debida cada expediente, para lo cual integramos tres bloques para el análisis de las iniciativas. b) Para el análisis de la iniciativa se partió de los criterios técnicos de elaboración y presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2025 que se dieron a conocer a los ayuntamientos del Estado en la Junta de Enlace en Materia Financiera celebrada el 10 de septiembre del año en curso, los que se enriquecieron durante el trabajo de estas Comisiones. Dichos criterios generales deben observarse en acatamiento estricto a los principios constitucionales y legales vigentes. Dentro de dichos criterios generales y atendiendo a la potestad tributaria de este Poder Legislativo acordamos establecer como política fiscal considerar el 4% como referente de crecimiento para las finanzas públicas, para la actualización de las cuotas y tarifas propuestas en las iniciativas de leyes de ingresos para los municipios, para el ejercicio fiscal de 2025, estableciendo dicho porcentaje como parámetro para autorizar incrementos en las cuotas y tarifas en las leyes de ingresos para el próximo ejercicio fiscal. Con base en lo anterior, analizamos la justificación técnica en todas aquellas propuestas cuyos incrementos superaran el porcentaje referido, en el entendido de que de no existir esta, se ajustarían al mismo. c) Estas Comisiones Unidas nos ajustamos para la discusión y votación del proyecto de dictamen a lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato. II.2. Elaboración y valoración de los estudios técnicos de las contribuciones. Como parte de la metodología, se solicitó a la secretaría técnica de estas Comisiones Unidas y a la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas del Congreso del Estado, con el apoyo de la Auditoría Superior del Estado y de la Secretaría del Agua y Medio Ambiente, la presentación de cinco estudios por cada iniciativa de ley, en los siguientes aspectos: a) Socioeconómico: Se analizaron las finanzas públicas y los indicadores económicos de cada Municipio, considerando los ingresos propios y los provenientes de la Federación en el año 2024, contrastados contra los pronosticados para 2025 y su variación. Asimismo, se establece la evolución de los ingresos en las iniciativas de leyes de ingresos para el Municipio por el periodo comprendido de 2020 a 2025; y el estado que guarda la deuda pública al 30 de septiembre de 2024. Finalmente, se informa, que el ayuntamiento de Irapuato, Gto., en el artículo 1 que contiene el pronóstico de ingresos, en la fracción II, referente a las entidades paramunicipales incluyó los ingresos del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del municipio, Instituto municipal de cultura arte y recreación, Comisión del deporte y atención a la juventud, Junta de agua potable, drenaje, alcantarillado y saneamiento, Parque Irekua la casa de las familias del municipio y del Instituto municipal de vivienda. b) Cuantitativo: Se realizó un estudio cuantitativo de las tasas, tarifas y cuotas del presente año y la propuesta 2025, identificándose con precisión las variaciones porcentuales. c) Impuesto predial: Se realizó un estudio comparado de tasas, valores de suelo, construcción, rústicos y menores a una hectárea, con el fin de dar un trato pormenorizado a esta fuente principal de financiamiento fiscal del Municipio, amén de la revisión escrupulosa de los estudios técnicos presentados como soporte a las modificaciones cuantitativas y estructurales de esta importante contribución. En el caso de los ayuntamientos que propusieron tasas progresivas en este impuesto, se realizó un análisis de las mismas para determinar el impacto de los incrementos y si las mismas cumplían con los principios de proporcionalidad y equidad. En este apartado, de acuerdo a los criterios generales para la formulación de las iniciativas de leyes de ingresos municipales para el ejercicio fiscal del año 2025, en el caso de proponer tasas progresivas se determinó que se integrase el procedimiento para el cálculo del impuesto y precisar que, si como resultado de la aplicación de dichas tasas progresivas, se obtuviese una cantidad inferior a la cuota mínima anual que establece la Ley, el impuesto a pagar será dicha cuota mínima. d) Impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles: En el caso de los ayuntamientos que propusieron tasas progresivas en este impuesto, se analizaron las mismas para determinar el impacto de los incrementos y si las mismas cumplían con los principios de proporcionalidad y equidad. e) Agua potable: Se realizó un estudio técnico integral sobre el particular, los aspectos jurídicos, hacendarios, administrativos, entre otros, los que se detallaron con precisión bajo dos vertientes: La importancia de la sustentabilidad del servicio en la sociedad sin impacto considerable, y la solidez gradual de la hacienda pública. De igual forma, en este apartado se analizó la información remitida por el iniciante a fin de calcular el Factor de Recuperación Tarifario, que se implementa para el siguiente ejercicio fiscal como un elemento técnico para la determinación de las cuotas aplicables al servicio de agua potable, que será de gran utilidad a fin de que los organismos operadores puedan compensar los recursos destinados a las inversiones para la dotación del servicio de agua potable. f) Alumbrado público: Se realizó un estudio técnico integral que analiza el procedimiento para determinar la tarifa del derecho de alumbrado público en la Ley de Ingresos para el Municipio de Irapuato, Gto., para el Ejercicio Fiscal del año 2025, considerando el porcentaje promedio entre la recaudación y la facturación y el déficit durante el periodo comprendido de octubre de 2023 a septiembre de 2024; así como el número de usuarios del servicio en el año 2024 y los previstos para el año 2025 y el porcentaje de crecimiento. También se analizaron las facilidades administrativas correspondientes a este derecho. Quienes integramos estas Comisiones Unidas estimamos que, con la finalidad de cumplir cabalmente con nuestra responsabilidad legislativa, el iniciante debe conocer los razonamientos que nos motivaron para apoyar o no sus pretensiones tributarias, razón por la cual, cuando el dictamen no se refiera específicamente a las propuestas que fueron acogidas íntegramente por las Comisiones Unidas, debe entenderse que los planteamientos del iniciante que las motivaron fueron suficientes para aprobarlas, eximiéndose así la necesidad de fundamentar explícitamente tal aprobación. En cambio, este dictamen se ocupará de argumentar las razones que sirvieron de base para no aprobar aquellos conceptos propuestos por el iniciante o bien para la modificación o ajuste de aquellos que no fueron aprobados en su integridad. Para ello, partimos de un primer criterio general consistente en no aprobar incrementos o variaciones en los esquemas tributarios que no estuviesen soportados en los estudios o elementos técnicos necesarios y exigibles a los ayuntamientos, que fundamentaran tales aumentos o modificaciones, ya que, ante la ausencia de argumentos técnicos, estas Comisiones Unidas debimos desestimarlas. Asimismo, cabe señalar que en las decisiones que se tomaron, las Comisiones Unidas valoramos los estudios técnicos y criterios mencionados. Para reforzar los argumentos antes mencionados se transcribe la siguiente tesis jurisprudencial: «Registro Núm. 174089. Novena Época. Instancia: Pleno. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXIV, Octubre de 2006. Página: 1131. Tesis: P./J. 112/2006. Jurisprudencia. Materia (s): Constitucional. HACIENDA MUNICIPAL. LAS LEGISLATURAS ESTATALES PUEDEN SEPARARSE DE LAS PROPUESTAS DE LOS AYUNTAMIENTOS EN RELACIÓN CON LOS TRIBUTOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 115, FRACCIÓN IV, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, SIEMPRE QUE LO HAGAN SOBRE UNA BASE OBJETIVA Y RAZONABLE. El precepto constitucional citado divide las atribuciones entre los Municipios y los Estados en cuanto al proceso de fijación de los impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, pues mientras aquéllos tienen la competencia constitucional para proponerlos, las Legislaturas Estatales la tienen para tomar la decisión final sobre estos aspectos cuando aprueban las leyes de ingresos de los Municipios. Ahora bien, conforme a la tesis P./J. 124/2004, del Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XX, diciembre de 2004, página 1123, con el rubro: "HACIENDA MUNICIPAL. LA CONSTITUCIÓN FEDERAL PERMITE A LAS LEGISLATURAS ESTATALES ESTABLECER TASAS DISTINTAS PARA EL CÁLCULO DE IMPUESTOS RESERVADOS A AQUÉLLA EN LOS MUNICIPIOS DE UNA MISMA ENTIDAD FEDERATIVA, PERO EN ESE CASO DEBERÁN JUSTIFICARLO EN UNA BASE OBJETIVA Y RAZONABLE.", las Legislaturas Estatales sólo podrán apartarse de las propuestas municipales si proveen para ello argumentos de los que derive una justificación objetiva y razonable. En ese sentido, se concluye que al igual que en el supuesto de los impuestos abordado en el precedente referido, la propuesta del Municipio respecto de las cuotas y tarifas aplicables a derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, sólo puede modificarse por la Legislatura Estatal con base en un proceso de reflexión apoyado en argumentos sustentados de manera objetiva y razonable. Controversia constitucional 15/2006. Municipio de Morelia, Estado de Michoacán de Ocampo. 26 de junio de 2006. Unanimidad de diez votos. Ausente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretarios: Makawi Staines Díaz y Marat Paredes Montiel. El Tribunal Pleno, el diez de octubre en curso, aprobó, con el número 112/2006, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a diez de octubre de dos mil seis.» II.3. Consideraciones generales. El trabajo de análisis se guio buscando respetar los principios de las contribuciones contenidos en la fracción IV del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que consagra los principios constitucionales tributarios de: reserva de ley, destino al gasto público, y de proporcionalidad y equidad; los cuales además de ser derechos fundamentales, enuncian las características que pueden llevarnos a construir un concepto jurídico de tributo o contribución con base en la Norma Fundamental. II.4. Consideraciones particulares. Del análisis de la iniciativa, determinamos que el Ayuntamiento iniciante en términos generales propone una actualización del 3.3% en el impuesto predial y un incremento general del 4% a las tarifas y cuotas, con relación a las aplicables para el ejercicio fiscal 2024. Al respecto, cabe mencionar que nuestro máximo Tribunal constitucional ha establecido en varias jurisprudencias, que las contribuciones pueden ser susceptibles de actualización en razón de la depreciación que sufren los insumos que se requieren para operarlas, pero única y exclusivamente son receptoras de tal actualización las tarifas y cuotas, no así las tasas, ya que estas últimas operan sobre una base gravable que sí resiente la depreciación. En este sentido, este Poder Legislativo en ejercicio de su potestad tributaria establecida en el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con el artículo 121 de la Ley Orgánica del Poder legislativo del Estado de Guanajuato celebró en el mes de septiembre del año en curso, la Junta de Enlace en Materia Financiera en la que como criterio de política fiscal estableció considerar para la formulación de las iniciativas de leyes de ingresos del ejercicio fiscal 2025 el 4% de incremento para la actualización de las cuotas y tarifas, atendiendo a los siguientes elementos: - A nivel mundial continuará persistiendo un proceso desinflacionario que se ralentizara en 2024 y 2025 bajo un entorno de crecimiento económico estable, lo que contribuirá a que la economía mexicana continúe creciendo, pero a un ritmo menor a lo observado en los años anteriores. - Con datos del INEGI, en julio de 2024 la inflación general anual continuó repuntando por quinto mes consecutivo al registrar un nivel de 5.57%, sin embargo, la inflación subyacente continúa desacelerándose y se ubicó en un nivel de 4.05% anual. En el periodo de enero a julio de 2024, se observa una inflación general acumulada de 2.74% lo que representa una tasa promedio mensual de 0.39%. - La previsión para la inflación contemplada por el Banco de México en su informe trimestral enero – marzo 2024, para el cuarto trimestre de 2024 es de 4.0 % y de 3.0% para el cuarto trimestre de 2025. - En el marco macroeconómico 2025 de los Pre-CGPE 2024, emitidos por la SHCP, la previsión de inflación anual medida con el INPC para 2024 es de 3.8% y de 3.3% para 2025. - La perspectiva de crecimiento económico real anual señalada en los Pre-CGPE 2025 prevé un rango de 2.5 a 3.5% para 2024 y de 2.0 a 3.0% para 2025, lo que representa un factor para que las finanzas públicas municipales converjan hacia una sostenibilidad que permita incrementar el espacio fiscal y fortalecer la hacienda pública municipal evitando los desequilibrios presupuestales. - El porcentaje de ajuste de cuotas y tarifas establecido para este año del 4% compensa en mayor medida el efecto inflacionario registrado en el primer semestre del 2024, por lo que se espera que, para el cierre del año, el ajuste se ubique por debajo de la inflación anual esperada hacia el cierre del año. - El deflactor del PIB mide los precios de todos los bienes producidos en una economía en comparación del INPC que mide solamente los precios de una canasta determinada de bienes. La SHCP en los Pre-CGPE 2025, estima para el próximo año un deflactor del 3.9%. - De acuerdo con las proyecciones sobre la inflación de los diversos organismos nacionales e internacionales, se prevé que la mediana de la inflación para el cierre del año 2024 sea de 4.5%. De esta manera, con el propósito de prever choques temporales sobre la curva de la oferta que incidan en la formación de precios y a la vez contribuyan a un escenario de ralentización del proceso desinflacionario sobre la trayectoria de la inflación para el cierre del 2024 y la previsión hacia la meta de 3.0% de Banxico en 2025, se propone bajo un criterio objetivo que el porcentaje de incremento de las tarifas y cuotas para 2025 sea de 4%, lo que permitirá administrar de manera eficiente los servicios públicos municipales y a la vez cuidar la economía del contribuyente en la que continúa prevaleciendo factores de riesgo que pueden afectar el crecimiento económico nacional y el deterioro del poder adquisitivo de las personas. El porcentaje señalado no aplicará para la determinación de las tarifas de derecho de alumbrado público, así como para las tasas impositivas que se señalen en la iniciativa de ley de ingresos. Bajo estos argumentos resultan procedentes en lo general las propuestas contenidas en la iniciativa. IMPUESTOS. Las propuestas y ajustes realizados en este capítulo se enumeran de acuerdo con el orden en que está contemplado cada uno de los conceptos en la iniciativa, bajo el criterio de que aquellos impuestos en los que no se hace referencia específica en este apartado, no sufren modificaciones o, en su caso, que sólo se autorizó el índice inflacionario como tope de los aumentos, en concordancia a la solicitud del iniciante. Impuesto predial. En el artículo 4 que establece las tasas aplicables al impuesto predial, advirtiendo la existencia de una tasa diferenciada respecto de los inmuebles urbanos y suburbanos con edificaciones, de aquellos sin edificaciones. En este sentido realizamos las siguientes consideraciones: Tasa diferenciada para inmuebles sin construcción. Se precisa que la existencia de una tasa diferenciada respecto de los inmuebles urbanos y suburbanos con edificaciones, de aquellos sin edificaciones, tiene un fin extrafiscal, consistente en desalentar la especulación inmobiliaria y con ello coadyuvar a la preservación del ambiente, la protección de la salud pública y al establecimiento de condiciones que ayuden a disminuir los índices de inseguridad en el municipio, pues la proliferación de inmuebles baldíos genera en algunos casos condiciones propicias para el refugio de delincuentes, aunado a que en muchas ocasiones los propietarios de inmuebles sin construcción únicamente se benefician con la actividad que desarrolla la administración pública al acercar los servicios públicos a sus predios, aumentando con ello su plusvalía, sin que los propietarios inviertan cantidad alguna. De modo que, al existir un fin extrafiscal, atentos a lo dispuesto en las tesis 1a. VI/2001 y 1a. V/2001, ambas de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomos XIII, de marzo de 2001, páginas 103 y 102, respectivamente, bajo los rubros: CONTRIBUCIONES, FINES EXTRAFISCALES. CORRESPONDE AL PODER LEGISLATIVO ESTABLECERLOS EXPRESAMENTE EN EL PROCESO DE CREACIÓN DE LAS MISMAS, y CONTRIBUCIONES, FINES EXTRAFISCALES. CORRESPONDE AL LEGISLADOR ESTABLECER LOS MEDIOS DE DEFENSA PARA DESVIRTUARLOS, es válido que se establezca una diferenciación en tratándose de las tasas para inmuebles urbanos y suburbanos sin edificación, pues si bien el propósito fundamental de las contribuciones es el recaudatorio para sufragar el gasto público, se le puede agregar otro de similar naturaleza, como lo es el fin extrafiscal argumentado y justificado, además que se contempla el medio de defensa que permite al causante desvirtuar la hipótesis impositiva, en caso de considerar que no se ajusta a los extremos del dispositivo normativo. DERECHOS. Las propuestas y ajustes realizados en este Capítulo se enumeran de acuerdo al orden en que es expuesto cada uno de los conceptos en la iniciativa, bajo el criterio de que aquellos derechos a los que no se hace referencia específica en este apartado, no sufren modificaciones o en su caso, estas consistieron en aplicarles como límite de actualización el 4% recomendado en los criterios técnicos de elaboración y presentación de las iniciativas de leyes de ingresos para el ejercicio fiscal 2025, en aquellos conceptos que no fueron justificados o que arguyendo las razones para dichos incrementos, los argumentos expuestos por los iniciantes no se consideraron procedentes. En este apartado se proponen incrementos en el orden del 4% a las tarifas y cuotas, considerando procedente la pretensión del Ayuntamiento iniciante. Servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales. De acuerdo a la información analizada por la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas y la Secretaría del Agua y Medio Ambiente, la iniciativa presenta en el artículo 14 incrementos en general del 4%, con un Factor de Recuperación Tarifaria del 2.37% en los usos doméstico, mixto y público con actualización del 0.50% y los usos comercial e industrial del 0.80%, así como las cuotas base se mantienen sin aplicación del Factor de Recuperación Tarifaria, excepto en el uso público que presenta una actualización del 0.5%. Asimismo, refiere en la fracción III, por servicio de drenaje, inciso b), y en la fracción IV, por tratamiento de aguas residuales, inciso a), el iniciante propone la inclusión de redacciones relacionada servicios suspendidos, mismas que podrían dar lugar a diversas interpretaciones, lo que genera incertidumbre en su aplicación, además de que dicha adición carece de una fundamentación clara que respalde su integración, lo que podría comprometer la coherencia y el entendimiento de la fracción, por lo que la redacción de las fracciones se mantiene conforme a la Ley vigente. En los costos de la fracción VIII de suministro e instalación de medidores de agua potable se realiza el ajuste de incrementos al 4% ya que el iniciante no presentó los elementos necesarios para justificar un incremento mayor. Respecto de la fracción XVI de venta de agua residual, refiere que se reincorpora el inciso f), que fuera anteriormente vigente, sin presentar justificación para la determinación del importe propuesto, por lo que se realiza un ajuste al mismo tomando en consideración el importe que presentaba el concepto en la Ley de Ingresos del municipio para el ejercicio fiscal del año 2023 con un incremento al 4%. Por lo que hace a la fracción XVII de descarga de contaminantes en aguas residuales de usuarios no domésticos, donde el iniciativa propone, en el inciso o) modificar el numeral 21, adicionar un numeral 27A, así como cambiar la NMX en el numeral 44 y propone la adición de los numerales 46 y 47, señala que en la exposición de motivos no se realiza ningún señalamiento respecto a la integración de nuevos conceptos de cobro, por lo que no se tienen los elementos administrativos necesarios, aunado a que no se anexan tarjetas de precios unitarios que soporten la integración de los conceptos de cobro y por lo que respecta a los cambios de referencia de la Norma, no son procedentes puesto que no presentan justificación. Asimismo se reincorpora el importe en el inciso i) que fue omitido en la iniciativa. Servicios de alumbrado público El iniciante presenta en la iniciativa una propuesta de incremento superior al 4% respecto de la ley vigente, no obstante, derivado del análisis que la Unidad de Estudios de la Finanzas Públicas realiza a la determinación de las tarifas de este derecho y toda vez que se allegó de información actualizada por parte de la Comisión Federal de Electricidad y en conjunto con la información aportada por el municipio, obtuvo elementos suficientes para determinar las tarifas aplicables al municipio de Irapuato, Guanajuato para el ejercicio Fiscal del año 2025 que se ajustan en el decreto, para quedar como sigue: TARIFA I. $1,848.66 Mensual II. $3,697.33 Bimestral Servicios de transporte público urbano y suburbano en ruta fija. En el artículo 20 se propone en la iniciativa adicionar una fracción XII; acompaña argumentos y presenta costeos del servicio, no obstante del análisis documental de los mismos, se advierte que no explica o detalla de forma clara los criterios que usa o en qué proporción desagrega los elemento base para poder prestar el servicio; por lo que no atiende lo previsto en el apartado "C. Tercera Parte, C.4 Derechos" de los Criterios técnicos de elaboración y presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2025, de la proporcionalidad y equidad de derechos. Servicios de tránsito. El iniciante propone en el artículo 21 adicionar una fracción V y un último párrafo; acompaña argumentos y presenta costeos del servicio para este supuesto, no obstante del análisis documental se advierte que no explica o detalla de forma clara los criterios que usa o en qué proporción desagrega los elemento base para poder prestar el servicio; en este sentido, desatiende lo previsto en el apartado "C. Tercera Parte, C.4 Derechos" de los Criterios técnicos de elaboración y presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2025, de la proporcionalidad y equidad de derechos. Servicios del Instituto municipal de cultura, arte y recreación. La iniciativa presenta la adición de la fracción IV del artículo 23, remitió argumentos y presenta costeos del servicio; no obstante del análisis documental, se advierte un comparativo pero no presenta los criterios que usa o en qué proporción es parte del costo como elemento base para poder prestar el servicio; por lo que no atiende lo previsto en el apartado "C. Tercera Parte, C.4 Derechos" de los Criterios técnicos de elaboración y presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2025, de la proporcionalidad y equidad de derechos. Servicios de obra pública y desarrollo urbano Del análisis del contenido del Artículo 26 se identifica en la fracción IV que se trata del mismo concepto contenido en la fracción I para trámites individuales; establece un cobro en conjunto, no obstante, la forma en que se plantea es improcedente, puesto que establece un cobro de forma exponencial dado que debe atenderse por igual a cada solicitud por cada lote y/o unidad privativa; de otra manera estaríamos fijando una progresividad de cuota por un mismo servicio y debe tenerse en cuenta sólo el costo que para el Municipio tiene la ejecución de este y que causa el respectivo derecho, por lo que la cuota de referencia debe ser fija e igual para todas aquellas personas que reciben servicios análogos; por lo que se elimina de la propuesta al incumplir con lo establecido en el apartado "C. Tercera Parte, C.4 Derechos" de los Criterios técnicos de elaboración y presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2025, de la proporcionalidad y equidad de derechos. Derivado de este ajuste, se ajusta la numeración de las fracciones subsecuentes y por lo mismo se impacta en lo establecido en el artículo 55, de las facilidades administrativas. De igual manera el iniciante propone una nueva fracción VI, respecto de la cual acompaña argumentos y costeo con los que determina esta nueva cuota, sin embargo no justifica porque es más costoso que el ya existente permiso en la fracción anterior, que es un trámite igual; por lo que en atención a que el pago de derechos debe apegarse a que por servicios análogos el cobro debe ser el mismo y fijo, así como en atención a que en la información complementaria remitida por el iniciante solicita homologar el costo al permiso vigente, se determina ajustar la cuota propuesta originalmente. A la propuesta de adición de la fracción IX y a la cual acompaña argumentos y costeo en el que determina esta propuesta sin embargo, la forma en que se plantea es improcedente al establecer un cobro de forma exponencial dado que debe atenderse por igual a cada solicitud por cada lote y/o unidad privativa; de otra manera estaríamos fijando una progresividad de cuota por un mismo servicio y debe tenerse en cuenta sólo el costo que para el Municipio tiene la ejecución de este y que causa el respectivo derecho, por lo que la cuota de referencia debe ser fija e igual para todos los que reciben servicios análogos, incumpliendo con ello lo establecido en el apartado "C. Tercera Parte, C.4 Derechos" de los Criterios técnicos de elaboración y presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2025, de la proporcionalidad y equidad de derechos. En el mismo sentido, a consecuencia de este ajuste, se modifica la numeración de las fracciones subsecuentes y por lo mismo se impacta la referencia en el artículo 55, de las facilidades administrativas. Así como también se realizan los ajustes de referencias a las fracciones XI y XII de la iniciativa, al renumerarse como fracciones IX y X que se contienen en el artículo 26. Servicios en materia de fraccionamientos y desarrollos en condominio La iniciativa propone adicionar una subdivisión de la fracción II, inciso a), con los numerales1.1, 2.1, 3.1, 4.1, 5.1, 6.1, 7.1 y 8.1; así como en el inciso c) la adición de los numerales 5, 6, 7 y 8; y la adición de un inciso d) con numerales 1, 1.1, 1.2, 1.3, 2, 2.1, 2.2, 2.3, 3, 3.1, 3.2, 3.3, 4, 4.1, 4.2 y 4.3 del Artículo 28, respecto de lo cual esgrime argumentos y presenta costeos del servicio; sin embargo, del análisis documental de los mismos, se advierte que no logra exponer de manera clara los criterios que usa o en qué proporción desagrega los elemento base para poder prestar el servicio de la forma que distingue por cada caso; por lo que, desatiende lo previsto en el apartado "C. Tercera Parte, C.4 Derechos" de los Criterios técnicos de elaboración y presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2025, de la proporcionalidad y equidad de derechos. FACILIDADES ADMINISTRATIVAS Y ESTÍMULOS FISCALES. En este apartado se realizan adecuaciones de lenguaje incluyente, no sexista y no discriminatorio. Servicios de agua potable Quienes integramos estas Comisiones Unidas, atendiendo las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, estimamos conveniente establecer en las leyes de ingresos municipales para el ejercicio fiscal del año 2025, en el apartado correspondiente a las facilidades administrativas en materia de derechos por servicios de agua potable disposiciones para que los ayuntamientos puedan prever reglas respecto del contenido y alcance del derecho humano al agua, que se regula a través de los artículos 4o, 27 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Lo anterior tiene un propósito: Primero: En apego estricto a resoluciones que han señalado que, de conformidad con lo dispuesto en el precepto 115 constitucional, los municipios administrarán libremente su hacienda, y corresponde al Ayuntamiento proponer cualquier forma liberatoria de pago de los servicios que presta, la previsión para que ese órgano establezca, en su caso, los tratamientos preferenciales que correspondan. Segundo: A fin de garantizar que toda persona, sin discriminación alguna, tenga derecho al acceso al agua, se establece la previsión para que, en el marco de la autonomía hacendaria referida se dé cumplimiento a este mandato constitucional se acordó la inclusión de un párrafo a fin de que el Ayuntamiento establezca los alcances y medios que hagan posible dar cumplimiento al precitado derecho. En tal sentido, en estricto apego al principio de legalidad que rige las contribuciones, se respeta que cualquier figura sustractiva de la obligación fiscal es competencia exclusiva municipal y al tiempo que se atiende el mandato constitucional del derecho humano al agua, lo cual se inserta en el artículo 44. MEDIOS DE DEFENSA APLICABLES AL IMPUESTO PREDIAL. Como se argumentó ya en el apartado relativo al impuesto predial, se mantiene este Capítulo que encuentra sustento en la interpretación jurisprudencial de nuestro Máximo Tribunal, que considera respecto a los medios de defensa, que se deben establecer para que el causante pueda desvirtuar la hipótesis impositiva, que en contribuciones tales como el impuesto predial, tienen como finalidad el dar oportunidad para que el sujeto pasivo del tributo, exponga las razones del por qué su predio se encuentra en determinadas circunstancias en relación con la construcción. Por lo anteriormente expuesto, quienes integramos las Comisiones Unidas de Hacienda y Fiscalización y de Gobernación y Puntos Constitucionales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 111, fracción XVI y último párrafo, 112, fracción II y último párrafo, 171 y 204 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, nos permitimos someter a la aprobación de la Asamblea, el siguiente: DECRETO LEY DE INGRESOS PARA EL MUNICIPIO DE IRAPUATO, GUANAJUATO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2025 CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y OBJETO DE LA LEY Artículo 1. La presente Ley es de orden público y tiene por objeto establecer los ingresos que percibirá la Hacienda Pública del Municipio de Irapuato, Guanajuato, durante el ejercicio fiscal del año 2025, de conformidad al Clasificador por Rubro de Ingreso, por los conceptos y en las cantidades estimadas que a continuación se enumeran: I. Ingresos Administración Centralizada CRI Municipio de Irapuato Ingreso Estimado Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2025 Total $2,515,550,311.37 1 Impuestos $442,991,871.39 1100 Impuestos sobre los ingresos $3,509,032.42 1101 Impuesto sobre juegos y apuestas permitidas $334,976.92 1102 Impuesto sobre diversiones y espectáculos públicos $0.00 1103 Impuesto sobre rifas, sorteos, loterías y concursos $3,174,055.50 1200 Impuestos sobre el patrimonio $426,006,783.00 1201 Impuesto predial $351,220,000.00 1202 Impuesto sobre división y lotificación de inmuebles $4,581,171.00 1203 Impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles $70,205,612.00 1300 Impuestos sobre la producción, el consumo y las transacciones $3,035,883.50 1301 Explotación de mármoles, canteras, pizarras, basaltos, cal, entre otras $49,945.00 1302 Impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles $0.00 1303 Impuesto de fraccionamientos $485,938.50 1304 Impuesto sobre diversiones y espectáculos públicos $2,500,000.00 1400 Impuestos al comercio exterior $0.00 1500 Impuestos sobre nóminas y asimilables $0.00 1600 Impuestos ecológicos $0.00 1700 Accesorios de impuestos $10,440,172.47 1701 Recargos $8,932,431.00 1702 Multas $1,469,972.52 1703 Gastos de ejecución $37,768.95 1800 Otros impuestos $0.00 1900 Impuestos no comprendidos en la ley de ingresos vigente, causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago $0.00 2 Cuotas y aportaciones de seguridad social $0.00 3 Contribuciones de mejoras $965,985.17 3100 Contribuciones de mejoras por obras públicas $965,985.17 3101 Por ejecución de obras públicas urbanas $907,908.13 3102 Por ejecución de obras públicas rurales $58,077.04 3103 Por aportación de obra de alumbrado público $0.00 3900 Contribuciones de mejoras no comprendidas en la ley de ingresos vigente, causadas en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago $0.00 3901 Contribuciones de mejoras no comprendidas en la ley de ingresos vigente, causadas en ejercicios fiscales anteriores $0.00 4 Derechos $172,028,425.77 4100 Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público $14,075,225.86 4101 Ocupación, uso y aprovechamiento de los bienes de dominio público del municipio $10,394,591.22 4102 Explotación, uso de bienes muebles o inmuebles propiedad del municipio $3,680,634.64 4103 Comercio ambulante $0.00 4300 Derechos por prestación de servicios $157,575,479.12 4301 Por servicios de limpia $8,254,607.93 4302 Por servicios de panteones $11,024,251.20 4303 Por servicios de rastro $17,006,586.80 4304 Por servicios de seguridad pública $932,343.27 4305 Por servicios de transporte público $861,785.00 4306 Por servicios de tránsito y vialidad $2,356,352.94 4307 Por servicios de estacionamiento $279,829.75 4308 Por servicios de salud $35,765.13 4309 Por servicios de protección civil $2,044,702.00 4310 Por servicios de obra pública y desarrollo urbano $18,681,655.00 4311 Por servicios catastrales y prácticas de avalúos $4,508,323.74 4312 Por servicios en materia de fraccionamientos y condominios $5,199,618.00 4313 Por la expedición de licencias o permisos para el establecimiento de anuncios $1,426,700.00 4314 Constancias de factibilidad para el funcionamiento de establecimientos $0.00 4315 Por servicios en materia ambiental $255,916.00 4316 Por la expedición de documentos, tales como: constancias, certificados, certificaciones, cartas, entre otros $1,530,185.79 4317 Por pago de concesión, traspaso, cambios de giros en los mercados públicos municipales $176,856.57 4318 Por servicios de alumbrado público $83,000,000.00 4319 Por servicio de agua potable (servicio centralizado) $0.00 4320 Por servicios de cultura (casas de cultura) $0.00 4321 Por servicios de asistencia social $0.00 4322 Por servicios de juventud y deporte $0.00 4323 Por Servicios que presta departamento/patronato de la Feria $0.00 4400 Otros Derechos $0.00 4401 Permisos por Eventos Públicos Locales $0.00 4500 Accesorios de Derechos $377,720.79 4501 Recargos $347,534.29 4502 Multas $30,186.50 4503 Gasto de ejecución $0.00 4900 Derechos no comprendidos en la ley de ingresos vigente, causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago $0.00 4901 Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público $0.00 4902 Derechos por la prestación de servicios $0.00 5 Productos $74,395,427.89 5100 Productos $74,395,427.89 5101 Capitales y valores $64,871,278.57 5102 Uso y arrendamiento de bienes muebles e inmuebles propiedad del municipio con particulares $0.00 5103 Formas valoradas $4,254,689.55 5104 Por servicios de trámite con Dependencias Federales $5,269,459.77 5105 Por servicios en materia de acceso a la información pública $0.00 5106 Enajenación de bienes muebles $0.00 5107 Enajenación de bienes inmuebles $0.00 5109 Otros productos $0.00 5900 Productos no comprendidos en la ley de ingresos vigente, causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago $0.00 6 Aprovechamientos $49,028,876.87 6100 Aprovechamientos $46,385,085.51 6101 Bases para licitación y movimientos padrones municipales $933,846.41 6102 Por arrastre y pensión de vehículos infraccionados $717,921.35 6103 Donativos $0.00 6104 Indemnizaciones no fiscales $0.00 6105 Sanciones no fiscales $0.00 6106 Multas no fiscales $43,264,000.00 6107 Otros aprovechamientos $1,469,317.75 6108 Reintegros $0.00 6109 Refrendo en materia de bebidas alcohólicas $0.00 6110 Fiscalización en materia de bebidas alcohólicas $0.00 6111 Derechos en materia de placas $0.00 6112 Impuesto por Servicios de Hospedaje $0.00 6113 Multas administrativas estatales no fiscales $0.00 6200 Aprovechamientos patrimoniales $0.00 6300 Accesorios de aprovechamientos $2,643,791.36 6301 Recargos $2,624,475.81 6302 Gastos de ejecución $19,315.55 6900 Aprovechamientos no comprendidos en la ley de ingresos vigente, causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago $0.00 7 Ingresos por venta de bienes, prestación de servicios y otros ingresos $0.00 8 Participaciones, aportaciones, convenios, incentivos derivados de la colaboración fiscal y fondos distintos de aportaciones $1,771,053,507.35 8100 Participaciones $996,325,836.87 8101 Fondo general de participaciones $699,159,550.57 8102 Fondo de fomento municipal $97,610,921.92 8103 Fondo de fiscalización y recaudación $87,528,973.06 8104 Impuesto especial sobre producción y servicios $9,727,277.05 8105 IEPS a la venta final de gasolina y diésel $23,963,492.73 8106 Fondo ISR participable (artículo 3-B LCF) $78,335,621.54 8107 FEIEF $0.00 8200 Aportaciones $758,293,668.08 8201 Fondo para la infraestructura social municipal (FAISM) $196,173,911.44 8202 Fondo de aportaciones para el fortalecimiento de los municipios (FORTAMUN) $562,119,756.64 8300 Convenios $0.00 8301 Convenios con la federación $0.00 8302 Intereses de convenios con la federación $0.00 8303 Convenios con gobierno del Estado $0.00 8304 Intereses de convenios con gobierno del estado $0.00 8305 Convenios con municipios $0.00 8306 Intereses de convenios con municipios $0.00 8307 Convenios con paramunicipales $0.00 8308 Intereses de convenios con paramunicipales $0.00 8309 Convenios con beneficiarios $0.00 8310 Intereses de convenios con beneficiarios $0.00 8400 Incentivos derivados de la colaboración fiscal $16,434,002.40 8401 Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos $0.00 8402 Fondo de compensación ISAN $1,786,914.36 8403 Impuesto sobre automóviles nuevos $10,689,223.87 8404 ISR por la enajenación de bienes inmuebles (Art. 126 LISR) $3,957,864.17 8405 Alcoholes $0.00 8406 Impuesto a la Venta Final de Bebidas Alcohólicas $0.00 8407 Régimen de Incorporación Fiscal $0.00 8408 Multas administrativas federales $0.00 8409 IEPS Gasolinas y diésel $0.00 8410 Impuesto por Servicio de Hospedaje $0.00 8500 Fondos distintos de aportaciones $0.00 8501 Fondo para entidades federativas y municipios productores de hidrocarburos $0.00 8502 Fondo para el desarrollo regional sustentable de estados y municipios mineros $0.00 9 Transferencias, asignaciones, subsidios y subvenciones, y pensiones y jubilaciones $5,086,216.93 9100 Transferencias y asignaciones $5,086,216.93 9101 Transferencias y asignaciones federales $0.00 9102 Transferencias y asignaciones estatales $5,086,216.93 9103 Transferencias y asignaciones municipales $0.00 9104 Transferencias y asignaciones paramunicipales $0.00 9105 Transferencias y asignaciones sector privado $0.00 9300 Subsidios y subvenciones $0.00 9301 Subsidios y subvenciones $0.00 9500 Pensiones y jubilaciones $0.00 9501 Pensiones y jubilaciones $0.00 9700 Transferencias del fondo mexicano del petróleo para la estabilización y el desarrollo $0.00 0 Ingresos Derivados de Financiamientos $0.00 II. Ingresos Entidades Paramunicipales CRI Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Irapuato Ingreso Estimado Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2025 Total $69,553,350.82 1 Impuestos $0.00 2 Cuotas y aportaciones de seguridad social $0.00 3 Contribuciones de mejoras $0.00 4 Derechos $0.00 5 Productos $0.00 6 Aprovechamientos $0.00 7 Ingresos por venta de bienes, prestación de servicios y otros ingresos $8,702,256.00 7100 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Instituciones Públicas de Seguridad Social $0.00 7200 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Empresas Productivas del Estado $0.00 7300 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No Financieros $5,781,707.00 7301 Por la venta de inmuebles $0.00 7302 Por la venta de mercancías, accesorios diversos $0.00 7303 Servicios Asistencia médica $1,251,800.00 7304 Servicios de Asistencia Social $4,433,039.00 7305 Servicios de bibliotecas y casas de cultura $0.00 7306 Servicios de promoción del deporte $0.00 7307 Servicios relacionados con el agua potable $0.00 7308 Por uso o goce de bienes patrimoniales $96,868.00 7309 Servicios por Infraestructura $0.00 7320 Ingresos de los organismos operadores de agua por servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento, disposición de sus aguas residuales y otros servicios relacionados $0.00 7321 Por servicio de suministro de agua potable $0.00 7322 Por servicio de alcantarillado $0.00 7323 Por servicio de drenaje pluvial $0.00 7324 Servicio de tratamiento y disposiciones de sus aguas residuales $0.00 7325 Servicios ambientales hidrológicos $0.00 7326 Por servicios de reúso de aguas tratadas $0.00 7327 Incorporación habitacional $0.00 7328 Incorporación no habitacional $0.00 7329 Incorporación individual $0.00 7330 Conexiones para el suministro de agua potable, red de alcantarillado, red de drenaje pluvial y red de reúso de agua tratada $0.00 7331 Servicios administrativos $0.00 7332 Servicios operativos $0.00 7333 Servicios operativos y administrativos para desarrollos inmobiliarios de todos los giros $0.00 7334 Por descargas de contaminantes de usuarios no domésticos en aguas residuales que excedan los límites establecidos en la NOM-002-SEMARNAT 1996 $0.00 7335 Otros ingresos por servicios de agua $0.00 7400 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales No Financieras con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7500 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales Financieras Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7600 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales Financieras No Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7700 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Fideicomisos Financieros Públicos con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7800 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de los Poderes Legislativo y Judicial, y de los Órganos Autónomos $0.00 7900 Otros ingresos $2,920,549.00 7901 Otros ingresos $2,920,549.00 7983 Convenios $0.00 7999 Diferencias por redondeo $0.00 8 Participaciones, aportaciones, convenios, incentivos derivados de la colaboración fiscal y fondos distintos de aportaciones $0.00 9 Transferencias, asignaciones, subsidios y subvenciones, y pensiones y jubilaciones $60,851,094.82 9100 Transferencias y asignaciones $60,851,094.82 9101 Transferencias y asignaciones federales $0.00 9102 Transferencias y asignaciones estatales $360,000.00 9103 Transferencias y asignaciones municipales $60,491,094.82 9104 Transferencias y asignaciones paramunicipales $0.00 9105 Transferencias y asignaciones sector privado $0.00 9300 Subsidios y subvenciones $0.00 9301 Subsidios y subvenciones $0.00 9500 Pensiones y jubilaciones $0.00 9501 Pensiones y jubilaciones $0.00 9700 Transferencias del fondo mexicano del petróleo para la estabilización y el desarrollo $0.00 0 Ingresos Derivados de Financiamientos $0.00 CRI Instituto Municipal de Cultura Arte y Recreación de Irapuato Ingreso Estimado Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2025 Total $27,627,842.12 1 Impuestos $0.00 2 Cuotas y aportaciones de seguridad social $0.00 3 Contribuciones de mejoras $0.00 4 Derechos $0.00 5 Productos $0.00 6 Aprovechamientos $0.00 7 Ingresos por venta de bienes, prestación de servicios y otros ingresos $2,996,473.00 7100 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Instituciones Públicas de Seguridad Social $0.00 7200 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Empresas Productivas del Estado $0.00 7300 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No Financieros $2,996,473.00 7301 Por la venta de inmuebles $0.00 7302 Por la venta de mercancías, accesorios diversos $0.00 7303 Servicios Asistencia médica $0.00 7304 Servicios de Asistencia Social $0.00 7305 Servicios de bibliotecas y casas de cultura $1,537,710.00 7306 Servicios de promoción del deporte $0.00 7307 Servicios relacionados con el agua potable $0.00 7308 Por uso o goce de bienes patrimoniales $1,458,763.00 7309 Servicios por Infraestructura $0.00 7320 Ingresos de los organismos operadores de agua por servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento, disposición de sus aguas residuales y otros servicios relacionados $0.00 7321 Por servicio de suministro de agua potable $0.00 7322 Por servicio de alcantarillado $0.00 7323 Por servicio de drenaje pluvial $0.00 7324 Servicio de tratamiento y disposiciones de sus aguas residuales $0.00 7325 Servicios ambientales hidrológicos $0.00 7326 Por servicios de reúso de aguas tratadas $0.00 7327 Incorporación habitacional $0.00 7328 Incorporación no habitacional $0.00 7329 Incorporación individual $0.00 7330 Conexiones para el suministro de agua potable, red de alcantarillado, red de drenaje pluvial y red de reúso de agua tratada $0.00 7331 Servicios administrativos $0.00 7332 Servicios operativos $0.00 7333 Servicios operativos y administrativos para desarrollos inmobiliarios de todos los giros $0.00 7334 Por descargas de contaminantes de usuarios no domésticos en aguas residuales que excedan los límites establecidos en la NOM-002-SEMARNAT 1996 $0.00 7335 Otros ingresos por servicios de agua $0.00 7400 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales No Financieras con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7500 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales Financieras Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7600 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales Financieras No Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7700 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Fideicomisos Financieros Públicos con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7800 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de los Poderes Legislativo y Judicial, y de los Órganos Autónomos $0.00 7900 Otros ingresos $0.00 7901 Otros ingresos $0.00 7983 Convenios $0.00 7999 Diferencias por redondeo $0.00 8 Participaciones, aportaciones, convenios, incentivos derivados de la colaboración fiscal y fondos distintos de aportaciones $0.00 9 Transferencias, asignaciones, subsidios y subvenciones, y pensiones y jubilaciones $24,631,369.12 9100 Transferencias y asignaciones $24,631,369.12 9101 Transferencias y asignaciones federales $5,010,050.00 9102 Transferencias y asignaciones estatales $380,000.00 9103 Transferencias y asignaciones municipales $19,241,319.12 9104 Transferencias y asignaciones paramunicipales $0.00 9105 Transferencias y asignaciones sector privado $0.00 9300 Subsidios y subvenciones $0.00 9301 Subsidios y subvenciones $0.00 9500 Pensiones y jubilaciones $0.00 9501 Pensiones y jubilaciones $0.00 9700 Transferencias del fondo mexicano del petróleo para la estabilización y el desarrollo $0.00 0 Ingresos Derivados de Financiamientos $0.00 CRI Comisión del Deporte y Atención a la Juventud del Municipio de Irapuato Ingreso Estimado Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2025 Total $29,456,122.26 1 Impuestos $0.00 2 Cuotas y aportaciones de seguridad social $0.00 3 Contribuciones de mejoras $0.00 4 Derechos $0.00 5 Productos $0.00 6 Aprovechamientos $0.00 7 Ingresos por venta de bienes, prestación de servicios y otros ingresos $12,200,747.00 7100 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Instituciones Públicas de Seguridad Social $0.00 7200 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Empresas Productivas del Estado $0.00 7300 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No Financieros $12,175,747.00 7301 Por la venta de inmuebles $0.00 7302 Por la venta de mercancías, accesorios diversos $150,000.00 7303 Servicios Asistencia médica $86,000.00 7304 Servicios de Asistencia Social $0.00 7305 Servicios de bibliotecas y casas de cultura $0.00 7306 Servicios de promoción del deporte $4,714,000.00 7307 Servicios relacionados con el agua potable $0.00 7308 Por uso o goce de bienes patrimoniales $7,225,747.00 7309 Servicios por Infraestructura $0.00 7320 Ingresos de los organismos operadores de agua por servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento, disposición de sus aguas residuales y otros servicios relacionados $0.00 7321 Por servicio de suministro de agua potable $0.00 7322 Por servicio de alcantarillado $0.00 7323 Por servicio de drenaje pluvial $0.00 7324 Servicio de tratamiento y disposiciones de sus aguas residuales $0.00 7325 Servicios ambientales hidrológicos $0.00 7326 Por servicios de reúso de aguas tratadas $0.00 7327 Incorporación habitacional $0.00 7328 Incorporación no habitacional $0.00 7329 Incorporación individual $0.00 7330 Conexiones para el suministro de agua potable, red de alcantarillado, red de drenaje pluvial y red de reúso de agua tratada $0.00 7331 Servicios administrativos $0.00 7332 Servicios operativos $0.00 7333 Servicios operativos y administrativos para desarrollos inmobiliarios de todos los giros $0.00 7334 Por descargas de contaminantes de usuarios no domésticos en aguas residuales que excedan los límites establecidos en la NOM-002-SEMARNAT 1996 $0.00 7335 Otros ingresos por servicios de agua $0.00 7400 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales No Financieras con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7500 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales Financieras Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7600 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales Financieras No Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7700 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Fideicomisos Financieros Públicos con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7800 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de los Poderes Legislativo y Judicial, y de los Órganos Autónomos $0.00 7900 Otros ingresos $25,000.00 7901 Otros ingresos $25,000.00 7983 Convenios $0.00 7999 Diferencias por redondeo $0.00 8 Participaciones, aportaciones, convenios, incentivos derivados de la colaboración fiscal y fondos distintos de aportaciones $0.00 9 Transferencias, asignaciones, subsidios y subvenciones, y pensiones y jubilaciones $17,255,375.26 9100 Transferencias y asignaciones $17,255,375.26 9101 Transferencias y asignaciones federales $0.00 9102 Transferencias y asignaciones estatales $0.00 9103 Transferencias y asignaciones municipales $17,255,375.26 9104 Transferencias y asignaciones paramunicipales $0.00 9105 Transferencias y asignaciones sector privado $0.00 9300 Subsidios y subvenciones $0.00 9301 Subsidios y subvenciones $0.00 9500 Pensiones y jubilaciones $0.00 9501 Pensiones y jubilaciones $0.00 9700 Transferencias del fondo mexicano del petróleo para la estabilización y el desarrollo $0.00 0 Ingresos Derivados de Financiamientos $0.00 CRI Junta de Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Irapuato Ingreso Estimado Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2025 Total $698,006,593.62 1 Impuestos $0.00 2 Cuotas y aportaciones de seguridad social $0.00 3 Contribuciones de mejoras $0.00 4 Derechos $0.00 5 Productos $0.00 6 Aprovechamientos $0.00 7 Ingresos por venta de bienes, prestación de servicios y otros ingresos $698,006,593.62 7100 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Instituciones Públicas de Seguridad Social $0.00 7200 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Empresas Productivas del Estado $0.00 7300 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No Financieros $656,734,990.24 7301 Por la venta de inmuebles $0.00 7302 Por la venta de mercancías, accesorios diversos $0.00 7303 Servicios Asistencia médica $0.00 7304 Servicios de Asistencia Social $0.00 7305 Servicios de bibliotecas y casas de cultura $0.00 7306 Servicios de promoción del deporte $0.00 7307 Servicios relacionados con el agua potable $0.00 7308 Por uso o goce de bienes patrimoniales $0.00 7309 Servicios por Infraestructura $0.00 7320 Ingresos de los organismos operadores de agua por servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento, disposición de sus aguas residuales y otros servicios relacionados $549,841,611.36 7321 Por servicio de suministro de agua potable $390,554,981.16 7322 Por servicio de alcantarillado $74,653,446.77 7323 Por servicio de drenaje pluvial $0.00 7324 Servicio de tratamiento y disposiciones de sus aguas residuales $61,167,219.73 7325 Servicios ambientales hidrológicos $0.00 7326 Por servicios de reúso de aguas tratadas $196,792.76 7327 Incorporación habitacional $21,362,812.54 7328 Incorporación no habitacional $363,504.48 7329 Incorporación individual $1,542,853.92 7330 Conexiones para el suministro de agua potable, red de alcantarillado, red de drenaje pluvial y red de reúso de agua tratada $4,829,688.41 7331 Servicios administrativos $3,387,050.69 7332 Servicios operativos $5,251,061.41 7333 Servicios operativos y administrativos para desarrollos inmobiliarios de todos los giros $974,562.89 7334 Por descargas de contaminantes de usuarios no domésticos en aguas residuales que excedan los límites establecidos en la NOM-002-SEMARNAT 1996 $280,919.08 7335 Otros ingresos por servicios de agua $92,170,096.40 7400 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales No Financieras con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7500 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales Financieras Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7600 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales Financieras No Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7700 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Fideicomisos Financieros Públicos con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7800 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de los Poderes Legislativo y Judicial, y de los Órganos Autónomos $0.00 7900 Otros ingresos $41,271,603.38 7901 Otros ingresos $41,271,603.38 7983 Convenios $0.00 7999 Diferencias por redondeo $0.00 8 Participaciones, aportaciones, convenios, incentivos derivados de la colaboración fiscal y fondos distintos de aportaciones $0.00 9 Transferencias, asignaciones, subsidios y subvenciones, y pensiones y jubilaciones $0.00 0 Ingresos Derivados de Financiamientos $0.00 CRI Parque Irekua la Casa de las Familias del Municipio de Irapuato Ingreso Estimado Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2025 Total $19,948,089.02 1 Impuestos $0.00 2 Cuotas y aportaciones de seguridad social $0.00 3 Contribuciones de mejoras $0.00 4 Derechos $0.00 5 Productos $0.00 6 Aprovechamientos $0.00 7 Ingresos por venta de bienes, prestación de servicios y otros ingresos $9,620,531.00 7100 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Instituciones Públicas de Seguridad Social $0.00 7200 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Empresas Productivas del Estado $0.00 7300 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No Financieros $9,620,531.00 7301 Por la venta de inmuebles $0.00 7302 Por la venta de mercancías, accesorios diversos $0.00 7303 Servicios Asistencia médica $0.00 7304 Servicios de Asistencia Social $0.00 7305 Servicios de bibliotecas y casas de cultura $0.00 7306 Servicios de promoción del deporte $0.00 7307 Servicios relacionados con el agua potable $0.00 7308 Por uso o goce de bienes patrimoniales $9,620,531.00 7309 Servicios por Infraestructura $0.00 7320 Ingresos de los organismos operadores de agua por servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento, disposición de sus aguas residuales y otros servicios relacionados $0.00 7321 Por servicio de suministro de agua potable $0.00 7322 Por servicio de alcantarillado $0.00 7323 Por servicio de drenaje pluvial $0.00 7324 Servicio de tratamiento y disposiciones de sus aguas residuales $0.00 7325 Servicios ambientales hidrológicos $0.00 7326 Por servicios de reúso de aguas tratadas $0.00 7327 Incorporación habitacional $0.00 7328 Incorporación no habitacional $0.00 7329 Incorporación individual $0.00 7330 Conexiones para el suministro de agua potable, red de alcantarillado, red de drenaje pluvial y red de reúso de agua tratada $0.00 7331 Servicios administrativos $0.00 7332 Servicios operativos $0.00 7333 Servicios operativos y administrativos para desarrollos inmobiliarios de todos los giros $0.00 7334 Por descargas de contaminantes de usuarios no domésticos en aguas residuales que excedan los límites establecidos en la NOM-002-SEMARNAT 1996 $0.00 7335 Otros ingresos por servicios de agua $0.00 7400 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales No Financieras con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7500 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales Financieras Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7600 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales Financieras No Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7700 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Fideicomisos Financieros Públicos con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7800 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de los Poderes Legislativo y Judicial, y de los Órganos Autónomos $0.00 7900 Otros ingresos $0.00 7901 Otros ingresos $0.00 7983 Convenios $0.00 7999 Diferencias por redondeo $0.00 8 Participaciones, aportaciones, convenios, incentivos derivados de la colaboración fiscal y fondos distintos de aportaciones $0.00 9 Transferencias, asignaciones, subsidios y subvenciones, y pensiones y jubilaciones $10,327,558.02 9100 Transferencias y asignaciones $10,327,558.02 9101 Transferencias y asignaciones federales $0.00 9102 Transferencias y asignaciones estatales $0.00 9103 Transferencias y asignaciones municipales $10,327,558.02 9104 Transferencias y asignaciones paramunicipales $0.00 9105 Transferencias y asignaciones sector privado $0.00 9300 Subsidios y subvenciones $0.00 9301 Subsidios y subvenciones $0.00 9500 Pensiones y jubilaciones $0.00 9501 Pensiones y jubilaciones $0.00 9700 Transferencias del fondo mexicano del petróleo para la estabilización y el desarrollo $0.00 0 Ingresos Derivados de Financiamientos $0.00 CRI Instituto Municipal de Vivienda de Irapuato Ingreso Estimado Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2025 Total $22,932,885.34 1 Impuestos $0.00 2 Cuotas y aportaciones de seguridad social $0.00 3 Contribuciones de mejoras $0.00 4 Derechos $0.00 5 Productos $0.00 6 Aprovechamientos $0.00 7 Ingresos por venta de bienes, prestación de servicios y otros ingresos $22,932,885.34 7100 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Instituciones Públicas de Seguridad Social $0.00 7200 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Empresas Productivas del Estado $0.00 7300 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No Financieros $22,812,785.34 7301 Por la venta de inmuebles $22,812,785.34 7302 Por la venta de mercancías, accesorios diversos $0.00 7303 Servicios Asistencia médica $0.00 7304 Servicios de Asistencia Social $0.00 7305 Servicios de bibliotecas y casas de cultura $0.00 7306 Servicios de promoción del deporte $0.00 7307 Servicios relacionados con el agua potable $0.00 7308 Por uso o goce de bienes patrimoniales $0.00 7309 Servicios por Infraestructura $0.00 7320 Ingresos de los organismos operadores de agua por servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento, disposición de sus aguas residuales y otros servicios relacionados $0.00 7321 Por servicio de suministro de agua potable $0.00 7322 Por servicio de alcantarillado $0.00 7323 Por servicio de drenaje pluvial $0.00 7324 Servicio de tratamiento y disposiciones de sus aguas residuales $0.00 7325 Servicios ambientales hidrológicos $0.00 7326 Por servicios de reúso de aguas tratadas $0.00 7327 Incorporación habitacional $0.00 7328 Incorporación no habitacional $0.00 7329 Incorporación individual $0.00 7330 Conexiones para el suministro de agua potable, red de alcantarillado, red de drenaje pluvial y red de reúso de agua tratada $0.00 7331 Servicios administrativos $0.00 7332 Servicios operativos $0.00 7333 Servicios operativos y administrativos para desarrollos inmobiliarios de todos los giros $0.00 7334 Por descargas de contaminantes de usuarios no domésticos en aguas residuales que excedan los límites establecidos en la NOM-002-SEMARNAT 1996 $0.00 7335 Otros ingresos por servicios de agua $0.00 7400 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales No Financieras con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7500 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales Financieras Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7600 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales Financieras No Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7700 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Fideicomisos Financieros Públicos con Participación Estatal Mayoritaria $0.00 7800 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de los Poderes Legislativo y Judicial, y de los Órganos Autónomos $0.00 7900 Otros ingresos $120,100.00 7901 Otros ingresos $120,000.00 7983 Convenios $0.00 7999 Diferencias por redondeo $100.00 8 Participaciones, aportaciones, convenios, incentivos derivados de la colaboración fiscal y fondos distintos de aportaciones $0.00 9 Transferencias, asignaciones, subsidios y subvenciones, y pensiones y jubilaciones $0.00 0 Ingresos Derivados de Financiamientos $0.00 Los ingresos dependiendo de su naturaleza, se regirán por lo dispuesto en esta Ley, en la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, por las Disposiciones Administrativas de observancia general que emita el Ayuntamiento y las normas de derecho común. Artículo 2. Los ingresos que se recauden por concepto de contribuciones, así como los provenientes de otros conceptos, se destinarán a sufragar los gastos públicos establecidos y autorizados en el Presupuesto de Egresos Municipal correspondiente, así como en lo dispuesto en los convenios de coordinación y en las leyes en que se fundamenten. Las cuotas establecidas en esta Ley por concepto de derechos, deberán corresponder a la prestación efectiva de un servicio público en cumplimiento de una función pública concedida por alguna norma jurídica previa; debiendo guardar relación con el costo, para que el Ayuntamiento tenga la ejecución del mismo, y serán fijas e iguales para todos los contribuyentes que reciban servicios análogos. CAPÍTULO SEGUNDO CONCEPTOS DE INGRESOS Artículo 3. La Hacienda Pública del Municipio de Irapuato, Guanajuato, percibirá los ingresos ordinarios y extraordinarios de conformidad con lo dispuesto por esta Ley y la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato. CAPÍTULO TERCERO IMPUESTOS SECCIÓN PRIMERA IMPUESTO PREDIAL Artículo 4. El impuesto predial se causará y liquidará anualmente, conforme a las siguientes: T A S A S I. Los inmuebles cuyo valor se determine o modifique a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, hasta los ejercicios 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024: a) Urbanos y suburbanos con edificaciones: TASA DE 2 AL MILLAR Valor fiscal del Inmueble Tasa Marginal Cuota Fija en Pesos Límite Inferior Límite Superior $0.01 $350,000.00 0.00200000 $0.00 $350,000.01 $750,000.00 0.00210000 $735.00 $750,000.01 $1,150,000.00 0.00220000 $1,615.00 $1,150,000.01 $1,550,000.00 0.00230000 $2,535.00 $1,550,000.01 $1,950,000.00 0.00240000 $3,495.00 $1,950,000.01 $2,350,000.00 0.00250000 $4,495.00 $2,350,000.01 $2,750,000.00 0.00251000 $5,499.00 $2,750,000.01 $3,150,000.00 0.00251100 $6,503.40 $3,150,000.01 $3,550,000.00 0.00251200 $7,508.20 $3,550,000.01 $4,050,000.00 0.00251300 $8,513.40 $4,050,000.01 $4,700,000.00 0.00251400 $9,770.40 $4,700,000.01 $5,400,000.00 0.00251500 $11,405.15 $5,400,000.01 $6,100,000.00 0.00251600 $13,166.35 $6,100,000.01 $6,800,000.00 0.00251700 $14,928.25 $6,800,000.01 $7,500,000.00 0.00251800 $16,690.85 $7,500,000.01 $8,200,000.00 0.00251900 $18,454.15 $8,200,000.01 $8,900,000.00 0.00252000 $20,218.15 $8,900,000.01 $9,600,000.00 0.00252100 $21,982.85 $9,600,000.01 $10,300,000.00 0.00252200 $23,748.25 $10,300,000.01 $12,000,000.00 0.00252210 $25,513.72 $12,000,000.01 $14,000,000.00 0.00252211 $29,801.31 $14,000,000.01 $18,000,000.00 0.00252212 $34,845.55 $18,000,000.01 $22,000,000.00 0.00252213 $44,934.07 $22,000,000.01 En Adelante 0.00252214 $55,022.63 Al valor fiscal se le disminuirá el límite inferior que corresponda y a la diferencia de excedente del límite inferior, se le aplicará la tasa marginal, al resultado se le sumará la cuota fija que corresponda, y el importe de dicha operación será el impuesto predial determinado. Si como resultado de la aplicación de las tasas que señala la tabla anterior, se obtiene una cantidad inferior a la cuota mínima anual que se establece en la presente Ley, el impuesto a pagar será la cuota mencionada. b) Urbanos y suburbanos sin edificaciones: Superficie de terrenos en metros cuadrados Tasas al millar Límite Inferior Límite Superior 0.01 105.00 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________3.500 105.01 225.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________3.500 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________4.025 225.01 900.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________3.500 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________4.025 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________4.628 900.01 2025.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________3.500 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________4.025 DE 225.01 HASTA 900.00 ________________________________________4.628 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________5.322 2025.01 3600.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________3.500 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________4.025 DE 225.01 HASTA 900.00 ________________________________________4.628 DE 900.01 HASTA 2025.00 ________________________________________5.322 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________6.120 3600.01 5625.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________3.500 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________4.025 DE 225.01 HASTA 900.00 ________________________________________4.628 DE 900.01 HASTA 2025.00 ________________________________________5.322 DE 2025.01 HASTA 3600.00 ________________________________________6.120 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________7.038 5625.01 8100.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________3.500 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________4.025 DE 225.01 HASTA 900.00 ________________________________________4.628 DE 900.01 HASTA 2025.00 ________________________________________5.322 DE 2025.01 HASTA 3600.00 ________________________________________6.120 DE 3600.01 HASTA 5625.00 ________________________________________7.038 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________8.093 8100.01 11025.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________3.500 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________4.025 DE 225.01 HASTA 900.00 ________________________________________4.628 DE 900.01 HASTA 2025.00 ________________________________________5.322 DE 2025.01 HASTA 3600.00 ________________________________________6.120 DE 3600.01 HASTA 5625.00 ________________________________________7.038 DE 5625.01 HASTA 8100.00 ________________________________________8.093 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________9.306 11025.01 En Adelante DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________3.500 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________4.025 DE 225.01 HASTA 900.00 ________________________________________4.628 DE 900.01 HASTA 2025.00 ________________________________________5.322 DE 2025.01 HASTA 3600.00 ________________________________________6.120 DE 3600.01 HASTA 5625.00 ________________________________________7.038 DE 5625.01 HASTA 8100.00 ________________________________________8.093 DE 8100.01 HASTA 11025.00 ________________________________________9.306 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________10.701 Se dividirá la superficie total en fracciones acorde al límite inferior y límite superior de cada decil de la tabla, aplicando sobre cada fracción la tasa que corresponde de manera diferenciada hasta abarcar la superficie total del inmueble, el importe de la suma de dichas operaciones será el impuesto predial determinado. Si como resultado de la aplicación de las tasas que señala la tabla anterior, se obtiene una cantidad inferior a la cuota mínima anual que se establece en la presente Ley, el impuesto a pagar será la cuota mencionada c) Rústicos 2 al millar. II. Los inmuebles cuyo valor se determinó o modificó a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2019: a) Urbanos y suburbanos con edificaciones: TASA DE 2 AL MILLAR Valor fiscal del Inmueble Tasa Marginal Cuota Fija en Pesos Límite Inferior Límite Superior $0.01 $350,000.00 0.00200000 $0.00 $350,000.01 $750,000.00 0.00210000 $735.00 $750,000.01 $1,150,000.00 0.00220000 $1,615.00 $1,150,000.01 $1,550,000.00 0.00230000 $2,535.00 $1,550,000.01 $1,950,000.00 0.00240000 $3,495.00 $1,950,000.01 $2,350,000.00 0.00250000 $4,495.00 $2,350,000.01 $2,750,000.00 0.00251000 $5,499.00 $2,750,000.01 $3,150,000.00 0.00251100 $6,503.40 $3,150,000.01 $3,550,000.00 0.00251200 $7,508.20 $3,550,000.01 $4,050,000.00 0.00251300 $8,513.40 $4,050,000.01 $4,700,000.00 0.00251400 $9,770.40 $4,700,000.01 $5,400,000.00 0.00251500 $11,405.15 $5,400,000.01 $6,100,000.00 0.00251600 $13,166.35 $6,100,000.01 $6,800,000.00 0.00251700 $14,928.25 $6,800,000.01 $7,500,000.00 0.00251800 $16,690.85 $7,500,000.01 $8,200,000.00 0.00251900 $18,454.15 $8,200,000.01 $8,900,000.00 0.00252000 $20,218.15 $8,900,000.01 $9,600,000.00 0.00252100 $21,982.85 $9,600,000.01 $10,300,000.00 0.00252200 $23,748.25 $10,300,000.01 $12,000,000.00 0.00252210 $25,513.72 $12,000,000.01 $14,000,000.00 0.00252211 $29,801.31 $14,000,000.01 $18,000,000.00 0.00252212 $34,845.55 $18,000,000.01 $22,000,000.00 0.00252213 $44,934.07 $22,000,000.01 En Adelante 0.00252214 $55,022.63 Al valor fiscal se le disminuirá el límite inferior que corresponda y a la diferencia de excedente del límite inferior, se le aplicará la tasa marginal, al resultado se le sumará la cuota fija que corresponda, y el importe de dicha operación será el impuesto predial determinado. Si como resultado de la aplicación de las tasas que señala la tabla anterior, se obtiene una cantidad inferior a la cuota mínima anual que se establece en la presente Ley, el impuesto a pagar será la cuota mencionada. b) Urbanos y suburbanos sin edificaciones: Superficie de terrenos en metros cuadrados Tasas al millar Límite Inferior Límite Superior 0.01 105.00 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________3.000 105.01 225.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________3.000 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________3.450 225.01 900.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________3.000 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________3.450 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________3.967 900.01 2025.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________3.000 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________3.450 DE 225.01 HASTA 900.00 ________________________________________3.967 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________4.562 2025.01 3600.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________3.000 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________3.450 DE 225.01 HASTA 900.00 ________________________________________3.967 DE 900.01 HASTA 2025.00 ________________________________________4.562 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________5.246 3600.01 5625.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________3.000 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________3.450 DE 225.01 HASTA 900.00 ________________________________________3.967 DE 900.01 HASTA 2025.00 ________________________________________4.562 DE 2025.01 HASTA 3600.00 ________________________________________5.246 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________6.032 5625.01 8100.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________3.000 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________3.450 DE 225.01 HASTA 900.00 ________________________________________3.967 DE 900.01 HASTA 2025.00 ________________________________________4.562 DE 2025.01 HASTA 3600.00 ________________________________________5.246 DE 3600.01 HASTA 5625.00 ________________________________________6.032 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________6.936 8100.01 11025.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________3.000 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________3.450 DE 225.01 HASTA 900.00 ________________________________________3.967 DE 900.01 HASTA 2025.00 ________________________________________4.562 DE 2025.01 HASTA 3600.00 ________________________________________5.246 DE 3600.01 HASTA 5625.00 ________________________________________6.032 DE 5625.01 HASTA 8100.00 ________________________________________6.936 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________7.976 11025.01 En Adelante DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________3.000 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________3.450 DE 225.01 HASTA 900.00 ________________________________________3.967 DE 900.01 HASTA 2025.00 ________________________________________4.562 DE 2025.01 HASTA 3600.00 ________________________________________5.246 DE 3600.01 HASTA 5625.00 ________________________________________6.032 DE 5625.01 HASTA 8100.00 ________________________________________6.936 DE 8100.01 HASTA 11025.00 ________________________________________7.976 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________9.172 Se dividirá la superficie total en fracciones acorde al límite inferior y límite superior de cada decil de la tabla, aplicando sobre cada fracción la tasa que corresponde de manera diferenciada hasta abarcar la superficie total del inmueble, el importe de la suma de dichas operaciones será el impuesto predial determinado. Si como resultado de la aplicación de las tasas que señala la tabla anterior, se obtiene una cantidad inferior a la cuota mínima anual que se establece en la presente Ley, el impuesto a pagar será la cuota mencionada. c) Rústicos 2 al millar. III. Los inmuebles a los cuales se les determinó o modificó el valor a partir de 1 de enero del 2003 y hasta el 31 de diciembre del 2018: a) Urbanos y suburbanos con edificaciones: TASA DE 3.39 AL MILLAR Valor fiscal del Inmueble Tasa Marginal Cuota Fija en Pesos Límite Inferior Límite Superior $0.01 $350,000.00 0.00339000 $0.00 $350,000.01 $750,000.00 0.00375000 $1,312.50 $750,000.01 $1,150,000.00 0.00380000 $2,832.50 $1,150,000.01 $1,550,000.00 0.00390000 $4,392.50 $1,550,000.01 $1,950,000.00 0.00400000 $5,992.50 $1,950,000.01 $2,350,000.00 0.00410000 $7,632.50 $2,350,000.01 $2,750,000.00 0.00415000 $9,292.50 $2,750,000.01 $3,150,000.00 0.00420000 $10,972.50 $3,150,000.01 $3,550,000.00 0.00425000 $12,672.50 $3,550,000.01 $4,050,000.00 0.00425100 $14,372.90 $4,050,000.01 $4,700,000.00 0.00425200 $16,498.90 $4,700,000.01 $5,400,000.00 0.00425300 $19,263.35 $5,400,000.01 $6,100,000.00 0.00430000 $22,273.35 $6,100,000.01 $6,800,000.00 0.00440000 $25,353.35 $6,800,000.01 $7,500,000.00 0.00450000 $28,503.35 $7,500,000.01 $8,200,000.00 0.00460000 $31,723.35 $8,200,000.01 $8,900,000.00 0.00470000 $35,013.35 $8,900,000.01 $9,600,000.00 0.00480000 $38,373.35 $9,600,000.01 $10,300,000.00 0.00490000 $41,803.35 $10,300,000.01 $12,000,000.00 0.00500000 $45,303.35 $12,000,000.01 $14,000,000.00 0.00505000 $53,888.35 $14,000,000.01 $18,000,000.00 0.00505100 $63,990.35 $18,000,000.01 $22,000,000.00 0.00505200 $84,198.35 $22,000,000.01 En Adelante 0.00505300 $104,410.35 Al valor fiscal se le disminuirá el límite inferior que corresponda y a la diferencia de excedente del límite inferior, se le aplicará la tasa marginal, al resultado se le sumará la cuota fija que corresponda, y el importe de dicha operación será el impuesto predial determinado. Si como resultado de la aplicación de las tasas que señala la tabla anterior, se obtiene una cantidad inferior a la cuota mínima anual que se establece en la presente Ley, el impuesto a pagar será la cuota mencionada: b) Urbanos y suburbanos sin edificaciones: Superficie de terrenos en metros cuadrados Tasas al millar Límite Inferior Límite Superior 0.01 105.00 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________5.650 105.01 225.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________5.650 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________6.497 225.01 900.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________5.650 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________6.497 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________7.471 900.01 2025.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________5.650 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________6.497 DE 225.01 HASTA 900.00 ________________________________________7.471 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________8.591 2025.01 3600.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________5.650 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________6.497 DE 225.01 HASTA 900.00 ________________________________________7.471 DE 900.01 HASTA 2025.00 ________________________________________8.591 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________9.879 3600.01 5625.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________5.650 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________6.497 DE 225.01 HASTA 900.00 ________________________________________7.471 DE 900.01 HASTA 2025.00 ________________________________________8.591 DE 2025.01 HASTA 3600.00 ________________________________________9.879 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________11.360 5625.01 8100.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________5.650 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________6.497 DE 225.01 HASTA 900.00 ________________________________________7.471 DE 900.01 HASTA 2025.00 ________________________________________8.591 DE 2025.01 HASTA 3600.00 ________________________________________9.879 DE 3600.01 HASTA 5625.00 ________________________________________11.360 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________13.064 8100.01 11025.00 DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________5.650 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________6.497 DE 225.01 HASTA 900.00 ________________________________________7.471 DE 900.01 HASTA 2025.00 ________________________________________8.591 DE 2025.01 HASTA 3600.00 ________________________________________9.879 DE 3600.01 HASTA 5625.00 ________________________________________11.360 DE 5625.01 HASTA 8100.00 ________________________________________13.064 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________15.023 11025.01 En Adelante DE 0.01 HASTA 105.00 ________________________________________5.650 DE 105.01 HASTA 225.00 ________________________________________6.497 DE 225.01 HASTA 900.00 ________________________________________7.471 DE 900.01 HASTA 2025.00 ________________________________________8.591 DE 2025.01 HASTA 3600.00 ________________________________________9.879 DE 3600.01 HASTA 5625.00 ________________________________________11.360 DE 5625.01 HASTA 8100.00 ________________________________________13.064 DE 8100.01 HASTA 11025.00 ________________________________________15.023 EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR ________________________________________17.276 Se dividirá la superficie total en fracciones acorde al límite inferior y límite superior de cada decil de la tabla, aplicando sobre cada fracción la tasa que corresponde de manera diferenciada hasta abarcar la superficie total del inmueble, el importe de la suma de dichas operaciones será el impuesto predial determinado. Si como resultado de la aplicación de las tasas que señala la tabla anterior, se obtiene una cantidad inferior a la cuota mínima anual que se establece en la presente Ley, el impuesto a pagar será la cuota mencionada. c) Rústicos 0.40 al millar. A los inmuebles que tengan menos del 5% en metros cuadrados de construcción respecto de la superficie total del terreno, se les aplicará las tablas de las tasas progresivas contenidas en el inciso b) de la fracción I, inciso b) de la fracción II, inciso b) de la fracción III del presente artículo. Artículo 5. Los valores que se aplicarán a los inmuebles ubicados en la jurisdicción territorial del Municipio de Irapuato, Guanajuato para el año 2025, serán los siguientes: I. Valores unitarios del terreno en pesos por metro cuadrado: a) Tratándose de Inmuebles urbanos y suburbanos: Sector Colonia Calle Inicio de tramo Fin de tramo Valor Fiscal 2025 Sector 1 Barrio de San Miguel 5 de Mayo Av. Revolución Ocampo $5,628.90 Sector 1 Barrio de San Miguel Colón Av. Revolución Ocampo $4,260.59 Sector 1 Barrio de San Miguel Manuel Doblado Av. Revolución Ocampo $10,652.05 Sector 1 Barrio de San Miguel Ocampo Av. Guerrero Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $2,755.80 Sector 1 Barrio de San Miguel Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Ocampo Av. Revolución $10,652.05 Sector 1 Barrio de San Miguel Av. Guerrero Ocampo Av. Revolución $8,779.51 Sector 1 Barrio de San Miguel Av. Revolución Av. Guerrero Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $10,652.05 Sector 1 Barrio de San Miguel 20 de Noviembre Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. Revolución $7,102.11 Sector 1 Zona Centro Manuel Doblado Leandro Valle Santos Degollado $10,652.05 Sector 1 Zona Centro Av. Revolución Av. Guerrero No Reelección $10,652.05 Sector 1 Zona Centro Justo Sierra Av. Guerrero 5 de mayo $4,260.59 Sector 1 Zona Centro Portal Carrillo Puerto Av. Guerrero 5 de Mayo $10,652.05 Sector 1 Zona Centro Leandro Valle No Reelección Manuel Doblado $8,779.51 Sector 1 Zona Centro Portal Carranza Av. Guerrero Portal Libertad $10,652.05 Sector 1 Zona Centro 5 de Mayo Av. Revolución Plazuela Mariano Abasolo $8,779.51 Sector 1 Zona Centro Portal Libertad Portal Carranza Santos Degollado $10,652.05 Sector 1 Zona Centro No Reelección Av. Revolución Leandro Valle $5,978.59 Sector 1 Zona Centro Av. Guerrero Av. Revolución Santos Degollado $10,652.05 Sector 1 Zona Centro Santos Degollado Av. Guerrero Manuel Doblado $10,652.05 Sector 1 Zona Centro Portal Juárez Santos Degollado Portal Carranza $10,652.05 Sector 1 Zona Centro Portal Miguel Hidalgo Leandro Valle Santos Degollado $8,779.51 Sector 1 Col. Independencia Av. 1 de Mayo Juan José Torres Landa Blvd. Díaz Ordaz $4,962.23 Sector 1 Col. Independencia Juan José Torres Landa Blvd. Díaz Ordaz Av. 1 de Mayo $4,260.59 Sector 1 Col. Independencia Ixtoc Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. 1 de Mayo $3,551.06 Sector 1 Col. Independencia Martiniano Arredondo Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. 1 de Mayo $3,551.06 Sector 1 Col. Independencia Lerdo de Tejada Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Vías FF. CC. $2,918.23 Sector 1 Col. Independencia Av. Revolución Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. 1 de Mayo $10,652.05 Sector 1 Col. Independencia Andador 1° de Mayo Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. 1 de Mayo $4,260.59 Sector 1 Col. Independencia Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Leandro Valle Lerdo de Tejada $6,420.78 Sector 1 Col. Independencia Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. Juan José Torres Landa Leandro Valle $10,652.05 Sector 1 Barrio de San José Reforma Colon Manuel Doblado $5,628.90 Sector 1 Barrio de San José Carmen Serdán Manuel Doblado 20 de Noviembre $3,551.06 Sector 1 Barrio de San José Priv. 20 de Noviembre Priv. 20 de Noviembre 20 de Noviembre $1,279.19 Sector 1 Barrio de San José Lerdo de Tejada Manuel Doblado 20 de Noviembre $8,779.51 Sector 1 Barrio de San José Lerdo de Tejada 20 de Noviembre Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $5,628.90 Sector 1 Barrio de San José Colón Av. Revolución Leandro Valle $7,102.11 Sector 1 Barrio de San José Mariano Escobedo Av. Revolución Carmen Serdán $3,551.06 Sector 1 Barrio de San José Priv. Leandro Valle Leandro Valle Priv. Leandro Valle $3,551.06 Sector 1 Barrio de San José 20 de Noviembre Av. Revolución Santos Degollado $7,102.11 Sector 1 Barrio de San José La Fragua Blvd. Díaz Ordaz Leandro Valle $3,551.06 Sector 1 Barrio de San José Priv. Matamoros Priv. Matamoros Lerdo de Tejada $5,019.76 Sector 1 Barrio de San José Matamoros Lerdo de Tejada Santos Degollado $5,019.76 Sector 1 Barrio de San José Pedro Moreno Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Santos Degollado $4,260.59 Sector 1 Barrio de San José Av. Revolución No Reelección Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $10,652.05 Sector 1 Barrio de San José Leandro Valle Manuel Doblado Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $8,779.51 Sector 1 Barrio de San José Leandro Valle 20 de Noviembre Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $7,102.11 Sector 1 Barrio de San José No Reelección Av. Revolución Leandro Valle $5,978.59 Sector 1 Barrio de San José Manuel Doblado Av. Revolución Santos Degollado $10,652.05 Sector 1 Barrio de San José Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. Revolución Santos Degollado $10,652.05 Sector 1 Barrio de San José Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Leandro Valle Santos Degollado $6,420.78 Sector 1 Barrio de San José Santos Degollado Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Pedro Moreno $4,260.59 Sector 1 Barrio de San José Santos Degollado Pedro Moreno 20 de Noviembre $5,628.90 Sector 1 Barrio de San José Santos Degollado 20 de Noviembre Manuel Doblado $6,391.45 Sector 2 Zona Centro Juárez Santos Degollado Álvaro Obregón $3,835.32 Sector 2 Zona Centro Rinconada Castañeda León Santos Degollado Plaza del Convento $5,628.90 Sector 2 Zona Centro Manuel Doblado Santos Degollado Álvaro Obregón $10,652.05 Sector 2 Zona Centro Santos Degollado Juárez Manuel Doblado $10,652.05 Sector 2 Zona Centro Álvaro Obregón Juárez Manuel Doblado $10,652.05 Sector 2 Barrio de San José Santos Degollado Manuel Doblado 20 de Noviembre $6,391.45 Sector 2 Barrio de San José Santos Degollado 20 de Noviembre Pedro Moreno $5,628.90 Sector 2 Barrio de San José Santos Degollado Pedro Moreno Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $4,260.59 Sector 2 Barrio de San José Lerdo de Tejada Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Vías F.F.C.C. $2,918.23 Sector 2 Barrio de San José Quintana Roo Manuel Doblado 20 de Noviembre $5,628.90 Sector 2 Barrio de San José Quintana Roo 20 de Noviembre Matamoros $4,260.59 Sector 2 Barrio de San José Quintana Roo Matamoros Pedro Moreno $3,835.32 Sector 2 Barrio de San José Quintana Roo Pedro Moreno Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $3,385.23 Sector 2 Barrio de San José Quintana Roo Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Vía F.F.C.C. $2,918.23 Sector 2 Barrio de San José Av. ÁlvaroObregón Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Vía F.F.C.C. $1,765.38 Sector 2 Barrio de San José Av. ÁlvaroObregón Blvd. Gustavo Díaz Ordaz 20 de Noviembre $8,779.51 Sector 2 Barrio de San José Av. ÁlvaroObregón 20 de Noviembre Manuel Doblado $10,652.05 Sector 2 Barrio de San José Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Santos Degollado Álvaro Obregón $6,420.78 Sector 2 Barrio de San José Ajusco Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Álvaro Obregón $3,385.23 Sector 2 Barrio de San José Pedro Moreno Santos Degollado Álvaro Obregón $3,551.06 Sector 2 Barrio de San José Matamoros Santos Degollado Álvaro Obregón $4,260.59 Sector 2 Barrio de San José 20 de Noviembre Santos Degollado Álvaro Obregón $4,260.59 Sector 2 Barrio de San José Primavera Ajusco Pedro Moreno $3,385.23 Sector 2 Barrio de San José Manuel Doblado Santos Degollado Álvaro Obregón $10,652.05 Sector 2 Barrio de San Vicente Hidalgo Álvaro Obregón 16 de Septiembre $3,835.32 Sector 2 Barrio de San Vicente Manuel Doblado Álvaro Obregón 16 de Septiembre $5,837.59 Sector 2 Barrio de San Vicente 20 de Noviembre Álvaro Obregón 16 de Septiembre $3,551.06 Sector 2 Barrio de San Vicente Matamoros Álvaro Obregón 16 de Septiembre $3,551.06 Sector 2 Barrio de San Vicente Pedro Moreno Álvaro Obregón 16 de Septiembre $3,551.06 Sector 2 Barrio de San Vicente Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Álvaro Obregón 16 de Septiembre $7,005.10 Sector 2 Barrio de San Vicente Álvaro Obregón Juárez 20 de Noviembre $10,652.05 Sector 2 Barrio de San Vicente Álvaro Obregón 20 de Noviembre Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $8,779.51 Sector 2 Barrio de San Vicente Álvaro Obregón Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Vía F.F.C.C. $1,765.38 Sector 2 Barrio de San Vicente Guadalupe Pedro Moreno Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $2,130.86 Sector 2 Barrio de San Vicente 16 de Septiembre Hidalgo Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $3,835.32 Sector 2 Barrio de San Vicente Prol.16 de Septiembre Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Vía F.F.C.C $1,765.38 Sector 2 Manzanas Catastrales 21 y 22 Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Lerdo de Tejada Av. Álvaro Obregón $6,420.78 Sector 2 Manzana Catastral 23 Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. Álvaro Obregón Prol. 16 de Septiembre $7,005.10 Sector 3 Barrio de San Vicente Hidalgo 16 deSeptiembre Calz. Insurgentes $3,835.32 Sector 3 Barrio de San Vicente Narciso Mendoza 16 deSeptiembre Calz. Insurgentes $2,754.66 Sector 3 Barrio de San Vicente Gómez Farías 16 deSeptiembre Calz. Insurgentes $2,754.66 Sector 3 Barrio de San Vicente Manuel Doblado 16 deSeptiembre Calz. Insurgentes $4,260.59 Sector 3 Barrio de San Vicente 20 de Noviembre 16 deSeptiembre Calz. Insurgentes $3,551.06 Sector 3 Barrio de San Vicente Matamoros 16 deSeptiembre Calzada Insurgentes $3,385.23 Sector 3 Barrio de San Vicente Priv. Zaragoza Priv. Zaragoza Zaragoza $2,129.74 Sector 3 Barrio de San Vicente Pedro Moreno 16 deSeptiembre Blvd. Díaz Ordaz $3,385.23 Sector 3 Barrio de San Vicente Blvd. Díaz Ordaz 16 deSeptiembre Calz. Insurgentes $7,005.10 Sector 3 Barrio de San Vicente 16 de Septiembre Hidalgo Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $3,835.32 Sector 3 Barrio de San Vicente Prol. 16 de Septiembre Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Vía F.F.C.C. $1,765.38 Sector 3 Barrio de San Vicente Priv. Pedro Moreno Pedro Moreno Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $2,129.74 Sector 3 Barrio de San Vicente Callejón del Río Límite decallejón Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $1,988.73 Sector 3 Barrio de San Vicente Zaragoza Hidalgo Blvd. Díaz Ordaz $3,551.06 Sector 3 Barrio de San Vicente Priv. Matamoros Priv. Matamoros Matamoros $1,537.52 Sector 3 Barrio de San Vicente Priv. 20 de Noviembre 20 de Noviembre Priv. 20 de Noviembre $2,918.23 Sector 3 Barrio de San Vicente Calz. Insurgentes Hidalgo Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $7,100.99 Sector 3 Barrio de San Vicente Priv. Díaz Ordaz Límite de Priv. Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $1,537.52 Sector 3 Los Cipreses Monte Albán Límite de Priv. Teotihuacán $2,918.23 Sector 3 Los Cipreses Teotihuacán Manuel Doblado 20 de Noviembre $2,918.23 Sector 3 Cuarto Día Blvd. Díaz Ordaz 16 deSeptiembre Calz. Insurgentes $7,005.10 Sector 3 Cuarto Día Río Jordán 16 deSeptiembre Calz. deGuadalupe $1,988.73 Sector 3 Cuarto Día Río Nilo 16 deSeptiembre Calz. deGuadalupe $1,988.73 Sector 3 Cuarto Día Mar Rojo Río Jordán Río Jordán $1,988.73 Sector 3 Cuarto Día Priv. Río Jordán Priv. Río Jordán Río Jordán $1,988.73 Sector 3 Cuarto Día Andador Río Tíbet Río Jordán Río Nilo $1,988.73 Sector 3 Cuarto Día El Puente El Puente Río Jordán $1,988.73 Sector 3 Cuarto Día Prol. 16 de septiembre Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Río Nilo $1,765.38 Sector 3 Cuarto Día Calz. deGuadalupe Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Río Nilo $4,260.59 Sector 3 Emiliano Zapata I Calz. deGuadalupe Río Nilo Vía F.F.C.C. $4,260.59 Sector 3 Emiliano Zapata I Río Nilo Prol. 16 de Septiembre Calz. deGuadalupe $1,988.73 Sector 3 CAPI Calle 1 Límite poniente Límite oriente $1,137.06 Sector 3 CAPI Calle 2 Calle 1 Límite norte $1,137.06 Sector 3 CAPI Calle 3 Calle 2 Calle 1 $1,137.06 Sector 3 Los Girasoles Azucenas Violetas Imperiales Rosas Esmeraldas $1,137.06 Sector 3 Los Girasoles Amapola Violetas Imperiales Rosas Esmeraldas $1,137.06 Sector 3 Los Girasoles Rosas Esmeraldas Límite Norte Calz.. deGuadalupe $1,137.06 Sector 3 Los Girasoles Calz. deGuadalupe Violetas Imperiales Rosas Esmeraldas $2,918.23 Sector 3 Los Girasoles Violetas Imperiales Límite Norte Calz. deGuadalupe $1,137.06 Sector 3 Las Animas Av. ÁlvaroObregón Vía F.F.C.C. Cambio de dirección $1,765.38 Sector 3 Las Animas Av. ÁlvaroObregón Cambio de dirección Blvd. Solidaridad $4,670.07 Sector 3 Las Animas Calz. deGuadalupe Rosas Esmeraldas Límite Oriente $2,918.23 Sector 3 Las Animas Cerrada de las Ánimas Límite deCerrada Calz. deGuadalupe $1,417.94 Sector 3 Guadalupe Calz. deGuadalupe John F. Kennedy Violetas Imperiales $4,260.59 Sector 3 Guadalupe Calz. deGuadalupe Violetas Imperiales Límite Oriente $2,918.23 Sector 3 Guadalupe Tepeyac Calz. deGuadalupe Límite Sur $1,988.73 Sector 3 Guadalupe John F. Kennedy Calz. deGuadalupe Límite Sur $1,988.73 Sector 3 Guadalupe Onasis Tepeyac John F. Kennedy $1,988.73 Sector 3 Guadalupe Soldado Desconocido Tepeyac Límite Poniente $1,988.73 Sector 3 Guadalupe Proyecto Tepeyac John F. Kennedy $1,988.73 Sector 3 Insurgentes Teresa Vara Camino a la Virgen Límite Sur $2,451.23 Sector 3 Insurgentes Andrés Delgado Francisco Arce Rafael Dávalos $1,988.73 Sector 3 Insurgentes María Luisa Gamba Francisco Arce Rafael Dávalos $1,988.73 Sector 3 Insurgentes Matías Enríquez Camino a la Virgen Rafael Dávalos $1,988.73 Sector 3 Insurgentes María Ricarda González Camino a la Virgen Francisco Arce $1,988.73 Sector 3 Insurgentes José María Olvera Teresa Vara Rafael Dávalos $1,988.73 Sector 3 Insurgentes Francisco Arce Teresa Vara Rafael Dávalos $1,988.73 Sector 3 Insurgentes José M. Carmona Matías Enríquez Rafael Dávalos $1,988.73 Sector 3 Insurgentes Rafael Dávalos Teresa Vara Camino a la Virgen $1,988.73 Sector 3 Las Ladrilleras Priv. Camino a la virgen Camino a la Virgen Límite de Priv. $1,988.73 Sector 3 Las Ladrilleras Priv. Matías Enríquez Límite de Priv. Norte Límite de Priv. Sur $1,988.73 Sector 3 Las Ladrilleras Priv. San Juan María Ricarda González Límite de Priv. $1,988.73 Sector 3 Las Ladrilleras Camino a la virgen Teresa Vara San Lucas $1,988.73 Sector 3 Las Ladrilleras Matías Enríquez Camino a la Virgen José María Olvera $1,988.73 Sector 3 Las Ladrilleras María Ricarda González José María Olvera San Juan $1,988.73 Sector 3 Las Ladrilleras Rafael Dávalos San Isidro José María Olvera $1,988.73 Sector 3 Manzana Catastral 97 y 98 Blvd. Solidaridad Av. Álvaro Obregón Río Guanajuato $4,670.07 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Av. Guanajuato Calz. Insurgentes Cantador $4,903.57 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Priv. Sabino Priv. Sabino Ciruelo $1,988.73 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Higuera Calz. Insurgentes Límite Sur $1,988.73 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Naranjo Calz. Insurgentes Durazno $1,988.73 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Naranjo La Parra Durazno $1,535.25 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Paraíso Calz. Insurgentes Casuarina $1,988.73 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Paraíso Durazno La Parra $1,535.25 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe La Parra Av. Guanajuato Higuera $1,988.73 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe La Parra Higuera Av. Enrique Colunga $2,130.86 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Magnolia Calz. Insurgentes Casuarina $1,988.73 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Ébano Calz. Insurgentes Casuarina $1,988.73 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Laurel Calz. Insurgentes Casuarina $1,988.73 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Aranda Calz. Insurgentes Av. Enrique Colunga $1,988.73 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Av. Enrique Colunga Calz. Insurgentes Durazno $4,260.59 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Calz. Insurgentes Av. Guanajuato Av. Enrique Colunga $7,100.99 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Casuarina Av. Guanajuato Av. Enrique Colunga $1,988.73 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Priv. Higuera Límite de Priv. Higuera $1,988.73 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Durazno Higuera Av. Enrique Colunga $1,535.25 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Ciruelo Av. Guanajuato Higuera $1,988.73 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Limón Durazno La Parra $1,535.25 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Pirul Durazno La Parra $1,535.25 Sector 3 Barrio de la Calzada de Guadalupe Almendro Durazno La Parra $1,535.25 Sector 3 El Pino Naranjo Casuarina Durazno $1,988.73 Sector 3 El Pino Paraíso Casuarina Durazno $1,988.73 Sector 3 El Pino Priv. Durazno Límite de Priv. Durazno $1,535.25 Sector 3 El Pino Casuarina Naranjo Magnolia $1,988.73 Sector 3 El Pino Durazno Naranjo Priv. Durazno $1,535.25 Sector 3 El Durazno Durazno Almendro Av. Enrique Colunga $1,535.25 Sector 3 El Durazno Priv. Guayabo Granado Guayabo $1,535.25 Sector 3 El Durazno La Parra Almendro Av. Enrique Colunga $2,130.86 Sector 3 El Durazno Almendro Durazno La Parra $1,535.25 Sector 3 El Durazno Granado Durazno La Parra $1,535.25 Sector 3 El Durazno Guayabo Durazno La Parra $1,535.25 Sector 3 El Durazno Av. Enrique Colunga Durazno La Parra $4,260.59 Sector 3 Guanajuato Av. Guanajuato Límite Norte Blvd. Esperanza $4,903.57 Sector 3 Guanajuato Cubilete Pastita Blvd. Esperanza $1,988.73 Sector 3 Guanajuato Higuera Límite Norte Blvd. Esperanza $1,988.73 Sector 3 Guanajuato Pastita Límite Poniente Higuera $1,988.73 Sector 3 Guanajuato Cantador Av. Guanajuato Higuera $1,988.73 Sector 3 Guanajuato Baratillo Av. Guanajuato Higuera $1,988.73 Sector 3 Guanajuato Marfil Av. Guanajuato Higuera $1,988.73 Sector 3 Guanajuato Valenciana Av. Guanajuato Cubilete $1,988.73 Sector 3 Guanajuato Blvd. La Esperanza Av. Guanajuato Higuera $5,311.92 Sector 3 Col. El Refugio Av. Guanajuato Blvd. LaEsperanza Villa Rosita $5,628.90 Sector 3 Col. El Refugio Higuera Blvd. LaEsperanza Villa Rosita $2,130.86 Sector 3 Col. El Refugio Blvd. La Esperanza Av. Guanajuato Higuera $5,311.92 Sector 3 Col. El Refugio López Mateos Av. Guanajuato Higuera $1,988.73 Sector 3 Col. El Refugio Camelia Av. Guanajuato Higuera $1,988.73 Sector 3 Col. El Refugio Cartero Av. Guanajuato Higuera $1,988.73 Sector 3 Col. El Refugio Villa Rosita Av. Guanajuato Higuera $1,988.73 Sector 3 Col. Los Ángeles Villa Rosita Av. Guanajuato Higuera $1,988.73 Sector 3 Col. Los Ángeles San Francisco Av. Guanajuato Higuera $1,988.73 Sector 3 Col. Los Ángeles San Diego Av. Guanajuato Higuera $1,988.73 Sector 3 Col. Los Ángeles Av. Dos Av. Guanajuato Higuera $1,988.73 Sector 3 Col. Los Ángeles Av. Guanajuato Villa Rosita Av. Dos $5,628.90 Sector 3 Col. Los Ángeles Av. Tres Villa Rosita Av. Dos $1,988.73 Sector 3 Col. Los Ángeles Higuera Villa Rosita Av. Dos $2,130.86 Sector 3 San Marcos Av. Dos Av. Guanajuato Av. Tres $1,988.73 Sector 3 San Marcos Av. Cuatro Av. Guanajuato Av. Tres $1,988.73 Sector 3 San Marcos Av. Seis Av. Guanajuato Av. Tres $1,988.73 Sector 3 San Marcos Av. Ocho Av. Guanajuato Av. Tres $1,988.73 Sector 3 San Marcos Trinidad y Tobago Av. Guanajuato Av. Tres $1,988.73 Sector 3 San Marcos Av. del Refugio Av. Guanajuato Av. Tres $2,335.03 Sector 3 San Marcos Av. Guanajuato Av. Dos Av. Seis $5,628.90 Sector 3 San Marcos Av. Guanajuato Av. Seis Av. del Refugio $2,755.80 Sector 3 San Marcos Av. Tres Av. Dos Av. del Refugio $1,988.73 Sector 4 La Paz Av. Insurgentes Calz. Insurgentes Poniente Monte Parnaso $7,100.99 Sector 4 La Paz Pedro Rodríguez Monte Ararat Monte Parnaso $1,988.73 Sector 4 La Paz Monte Ararat Av. Insurgentes Monte Parnaso $1,988.73 Sector 4 La Paz Guty Cárdenas Av. Insurgentes Monte Ararat $1,988.73 Sector 4 La Paz Ricardo Palmerin Av. Insurgentes Monte Ararat $1,988.73 Sector 4 La Paz Esteban Almanza Av. Insurgentes Monte Ararat $1,988.73 Sector 4 La Paz Francisca Delgado Av. Insurgentes Monte Ararat $1,988.73 Sector 4 La Paz Vicente Rodríguez Av. Insurgentes Monte Ararat $1,988.73 Sector 4 La Paz Monte Parnaso Av. Insurgentes Monte Ararat $2,335.03 Sector 4 Los Arcos Manuel Vega Galeana Emiliano Zapata $1,988.73 Sector 4 Los Arcos 1ra Priv. Manuel Vega 1ra Priv. $1,988.73 Sector 4 Los Arcos 2da Priv. Manuel Vega 2da Priv. $1,988.73 Sector 4 Los Arcos 3ra Priv. Manuel Vega 3ra Priv. $1,988.73 Sector 4 Los Arcos 4ta Priv. Manuel Vega 4ta Priv. $1,988.73 Sector 4 Distrito Federal Manuel M. Ponce Calz. Insurgentes Poniente Monte Parnaso $1,988.73 Sector 4 Distrito Federal Calz. Insurgentes Poniente Av. Juan José Torres Landa Manuel M. Ponce $6,390.32 Sector 4 Distrito Federal Av. Insurgentes Monte Ararat Av. Juan José Torres Landa $7,100.99 Sector 4 Distrito Federal Guty Cárdenas Monte Ararat Manuel M. Ponce $1,988.73 Sector 4 Distrito Federal Ricardo Palmerin Monte Ararat Manuel M. Ponce $1,988.73 Sector 4 Distrito Federal Gonzalo Curiel Monte Ararat Manuel M. Ponce $1,988.73 Sector 4 Distrito Federal Priv. Manuel M. Ponce Manuel M. Ponce Priv. Manuel M. Ponce $1,765.38 Sector 4 Distrito Federal Monte Ararat Calz. Insurgentes Monte Parnaso $1,988.73 Sector 4 Distrito Federal Priv. Jorge Negrete Manuel M. Ponce Priv. Jorge Negrete $1,765.38 Sector 4 Distrito Federal Monte Parnaso Monte Ararat Manuel M. Ponce $2,335.03 Sector 4 El Cantador Manuel M. Ponce Calz. Insurgentes Poniente Rey Alfonso XIII $1,988.73 Sector 4 El Cantador Insurgentes Sur Calz. Insurgentes Poniente Monte Parnaso $2,755.80 Sector 4 El Cantador Insurgentes Sur Monte Parnaso Límite sur $1,988.73 Sector 4 El Cantador Lucha Reyes María Greever Ángela Peralta $1,988.73 Sector 4 El Cantador Ortíz Tirado Monte Parnaso Ángela Peralta $1,988.73 Sector 4 El Cantador Agustín Lara Monte Parnaso Ángela Peralta $1,988.73 Sector 4 El Cantador José Mujica Monte Parnaso Límite Sur $1,988.73 Sector 4 El Cantador José Mujica Monte Parnaso Pedro Infante $1,750.71 Sector 4 El Cantador Pedro Vargas Manuel M. Ponce Límite Oriente $1,988.73 Sector 4 El Cantador Javier Solís Manuel M. Ponce Insurgentes Sur $1,988.73 Sector 4 El Cantador Pedro Infante Manuel M. Ponce Límite Oriente $1,988.73 Sector 4 El Cantador Jorge Negrete Manuel M. Ponce Límite Oriente $1,988.73 Sector 4 El Cantador Monte Parnaso Manuel M. Ponce Límite Oriente $2,335.03 Sector 4 El Cantador María Greever Límite Poniente Límite Oriente $1,988.73 Sector 4 El Cantador Ángela Peralta Manuel M. Ponce José Mujica $1,988.73 Sector 4 El Cantador Calz. Insurgentes Manuel M. Ponce Límite Oriente $6,390.32 Sector 4 Barrio de Santa Anita López Cotilla Galeana Calz. Insurgentes Poniente $1,988.73 Sector 4 Barrio de Santa Anita Ojinaga Galeana Calz. Insurgentes Poniente $1,988.73 Sector 4 Barrio de Santa Anita Ramos Arizpe Galeana Pípila $2,129.74 Sector 4 Barrio de Santa Anita Pípila Ramos Arizpe Calz. Insurgentes Poniente $4,260.59 Sector 4 Barrio de Santa Anita Galeana Calz. Insurgentes Poniente Ramos Arizpe $3,551.06 Sector 4 Barrio de Santa Anita Zarco Ojinaga Ramos Arizpe $1,988.73 Sector 4 Barrio de Santa Anita Emiliano Zapata Calz. Insurgentes Poniente Ojinaga $1,988.73 Sector 4 Barrio de Santa Anita M. Herrera Ojinaga Límite de calle $1,988.73 Sector 4 Barrio de Santa Anita Calz. Insurgentes Poniente Galeana Pípila $6,390.32 Sector 4 Pípila J. Alfredo Jiménez Calz. Insurgentes Poniente Monte Parnaso $1,988.73 Sector 4 Pípila Lola Beltrán J. Alfredo Jiménez Jorge Negrete $1,988.73 Sector 4 Pípila Pípila Calz. Insurgentes Poniente Monte Parnaso $3,835.32 Sector 4 Pípila Calz. Insurgentes- Poniente Alfredo Jiménez Pípila $6,390.32 Sector 4 Pípila Jorge Negrete Límite dePoniente Pípila $1,988.73 Sector 4 Pípila Monte Parnaso Límite de Fracc. Pípila $2,335.03 Sector 4 Las Misiones Av. Insurgentes Monte Parnaso Landa $7,100.99 Sector 4 Las Misiones Landa Av. Insurgentes Niño Artillero $2,042.87 Sector 4 Las Misiones Jalpa San Fernando Av. San Juan de Retana $1,988.73 Sector 4 Las Misiones Prol. Av. Casimiro Liceaga Av. Insurgentes Av. San Juan de Retana $5,370.58 Sector 4 Las Misiones Cerrada Rincón de las Misiones Prol. Av.Casimiro Liceaga Límite de cerrada $1,765.38 Sector 4 Las Misiones San Carlos Santa Clara San Fernando $1,988.73 Sector 4 Las Misiones Cerrada Santa Clara Santa Clara Límite de Cerrada $1,765.38 Sector 4 Las Misiones Av. San Juan Monte Parnaso Niño Artillero $2,335.03 Sector 4 Las Misiones Santa Clara Prol. Av.Casimiro Liceaga Av. San Juan de Retana $1,988.73 Sector 4 Las Misiones San Fernando Landa Av. San Juan de Retana $1,988.73 Sector 4 Las Misiones Tilaco Landa Jalpa $1,988.73 Sector 4 Las Misiones Junípero Serra Landa Prol. Av. Casimiro Liceaga $1,988.73 Sector 4 Las Misiones Tancoyol Landa Jalpa $1,988.73 Sector 4 Las Misiones Conca Landa Jalpa $1,988.73 Sector 4 Las Misiones Niño Artillero Landa Av. San Juan de Retana $2,042.87 Sector 4 Las Misiones Monte Parnaso Av. Insurgentes Av. San Juan de Retana $2,335.03 Sector 4 Las Palmas Nueva Esparta Antillas Molucas $1,988.73 Sector 4 Las Palmas Antillas Av. San Juan Nueva Esparta $1,988.73 Sector 4 Las Palmas Marquesas Av. San Juan Nueva Esparta $1,988.73 Sector 4 Las Palmas Baleares Av. San Juan Nueva Esparta $1,988.73 Sector 4 Las Palmas Av. Las Palmas Av. San Juan Nueva Esparta $1,988.73 Sector 4 Las Palmas San Fernando Av. San Juan Nueva Esparta $1,988.73 Sector 4 Las Palmas Galápagos Av. San Juan Nueva Esparta $1,988.73 Sector 4 Las Palmas Molucas Av. San Juan Monte Olimpo $1,988.73 Sector 4 Las Palmas Monte Parnaso Av. San Juan Manuel M. Ponce $2,335.03 Sector 4 Las Palmas Av. San Juan Monte Parnaso Molucas $2,335.03 Sector 4 Las Palmas Monte Olimpo Monte Parnaso Molucas $1,988.73 Sector 4 Obrero Rey David Límite de calle Límite Sur $1,988.73 Sector 4 Obrero Rey Jorge VI Límite Norte Límite Sur $1,988.73 Sector 4 Obrero CTM Límite Norte Olivo $1,988.73 Sector 4 Obrero FROC Encino Álamo $1,988.73 Sector 4 Obrero Encino Rey David FROC $1,988.73 Sector 4 Obrero Álamo Límite Oriente FROC $1,988.73 Sector 4 Obrero Olivo Rey David Límite Poniente $1,988.73 Sector 4 Obrero Toronja Rey Jorge VI Límite Oriente $1,988.73 Sector 4 Obrero Capulín FROC Límite Oriente $1,988.73 Sector 4 Del Bosque Rey Jorge VI Monte Parnaso Límite Sur $1,988.73 Sector 4 Del Bosque CTM Monte Parnaso Límite Sur $1,988.73 Sector 4 Del Bosque FROC Monte Parnaso Encino $1,988.73 Sector 4 Del Bosque Pípila Monte Parnaso Olivo $3,835.32 Sector 4 Del Bosque Priv. Manzano Priv. Manzano Unión $1,988.73 Sector 4 Del Bosque Unión Casuarina Olivo $1,988.73 Sector 4 Del Bosque Av. Guanajuato Casuarina Olivo $4,903.57 Sector 4 Del Bosque Priv. Encino FROC Límite de Priv. $1,988.73 Sector 4 Del Bosque Encino FROC Av. Guanajuato $1,988.73 Sector 4 Del Bosque Manzano Unión Av. Guanajuato $1,988.73 Sector 4 Del Bosque Capulín FROC Capulín $1,988.73 Sector 4 Del Bosque Álamo FROC Unión $1,988.73 Sector 4 Del Bosque Olivo CTM Av. Guanajuato $1,988.73 Sector 4 Del Bosque Casuarina Encino Av. Guanajuato $1,988.73 Sector 4 Del Bosque Monte Parnaso Límite Poniente Pípila $2,335.03 Sector 4 Del Bosque Calz. Insurgentes - Poniente Límite Poniente Límite Oriente $6,390.32 Sector 4 Ibarra Pípila Olivo Límite de Fracc. $3,835.32 Sector 4 Ibarra Unión Olivo Toronja $1,988.73 Sector 4 Ibarra Av. Guanajuato. Olivo Toronja $4,903.57 Sector 4 Ibarra Priv. Piracanto Límite de Fracc. Pípila $1,988.73 Sector 4 Ibarra Piracanto Pípila Unión $1,988.73 Sector 4 Ibarra Toronja Límite de Fracc. Av. Guanajuato $1,988.73 Sector 4 Ibarra Olivo CTM Av. Guanajuato $1,988.73 Sector 4 Los Reyes Rey Arturo Molucas Rey Alfonso XIII $2,335.03 Sector 4 Los Reyes Manuel M. Ponce Límite Norte Rey Alfonso XIII $1,988.73 Sector 4 Los Reyes Insurgentes Sur Ángela Peralta Rey Alfonso XIII $1,988.73 Sector 4 Los Reyes José Mujica Ángela Peralta Rey Alfonso XIII $1,988.73 Sector 4 Los Reyes Rey David Límite Norte Rey Alfonso XIII $1,988.73 Sector 4 Los Reyes Rey Jorge VI Límite Norte Rey Alfonso XIII $1,988.73 Sector 4 Los Reyes Pípila Límite Norte Blvd. Los Reyes $3,835.32 Sector 4 Los Reyes Rey Baltazar Límite de calle Blvd. Los Reyes $1,988.73 Sector 4 Los Reyes Av. Guanajuato. Toronja Blvd. Los Reyes $4,903.57 Sector 4 Los Reyes Rey Alfonso XIII Rey Arturo Pípila $2,335.03 Sector 4 Los Reyes Blvd. Los Reyes Pípila Av. Guanajuato $5,370.58 Sector 4 Barrio de la Calzada de Guadalupe Priv. Insurgentes Calz. Insurgentes Poniente Priv. Insurgentes $1,765.38 Sector 4 Barrio de la Calzada de Guadalupe Priv. Lorenzana Calz. Insurgentes Poniente Priv. Lorenzana $1,765.38 Sector 4 Barrio de la Calzada de Guadalupe Av. Guanajuato Calz. Insurgentes Poniente Casuarina $4,903.57 Sector 4 Barrio de la Calzada de Guadalupe Casuarina Encino Av. Guanajuato $1,988.73 Sector 4 Barrio de la Calzada de Guadalupe Calz. Insurgentes Poniente Pípila Av. Guanajuato $6,390.32 Sector 4 Barrio de la Calzada de Guadalupe Encino Pípila Unión $1,988.73 Sector 4 Barrio de Santiaguito Ponciano Arriaga Galeana Pípila $3,835.32 Sector 4 Barrio de Santiaguito Pípila Galeana Ramos Arizpe $4,260.59 Sector 4 Barrio de Santiaguito Hidalgo Galeana Calz. Insurgentes Poniente $3,835.32 Sector 4 Barrio de Santiaguito Galeana Ramos Arizpe Hidalgo $3,551.06 Sector 4 Barrio de Santiaguito Ramos Arizpe Galeana Pípila $2,129.74 Sector 4 Barrio de Santiaguito Rayón Pípila Manuel M. Flores $1,988.73 Sector 4 Barrio de Santiaguito Priv. Nicolás Bravo Priv. Nicolás Bravo Rayón $1,417.94 Sector 4 Barrio de Santiaguito Manuel M. Flores Galeana Calz. Insurgentes $1,988.73 Sector 4 Barrio de Santiaguito González Ortega Galeana Calz. Insurgentes Poniente $1,988.73 Sector 4 Barrio de Santiaguito Amado Nervo Hidalgo Manuel M. Flores $2,755.80 Sector 4 Barrio de Santiaguito Calz. Insurgentes - Poniente Pípila Hidalgo $6,390.32 Sector 4 Barrio de Santiaguito Ramón Corona Av. Revolución Juárez $10,652.05 Sector 5 Barrio de San Cayetano Av. Juan José Torres Landa Calz. Insurgentes Guillermo Prieto $5,628.90 Sector 5 Barrio de San Cayetano Priv. Guillermo Prieto Guillermo Prieto Priv. Guillermo Prieto $2,130.86 Sector 5 Barrio de San Cayetano Manuel Acuña Guillermo Prieto Sostenes Rocha $2,755.80 Sector 5 Barrio de San Cayetano Corregidora Guillermo Prieto Sostenes Rocha $2,755.80 Sector 5 Barrio de San Cayetano Dr. Olvera Pacheco Sostenes Rocha $1,988.73 Sector 5 Barrio de San Cayetano Terán Guillermo Prieto Sostenes Rocha $5,253.26 Sector 5 Barrio de San Cayetano Guillermo Prieto Av. Juan José Torres Landa Terán $3,551.06 Sector 5 Barrio de San Cayetano Priv. General Anaya Av. Juan José Torres Landa Priv. General Anaya $2,130.86 Sector 5 Barrio de San Cayetano Pacheco Corregidora Terán $2,755.80 Sector 5 Barrio de San Cayetano Cuauhtémoc Corregidora Terán $2,755.80 Sector 5 Barrio de San Cayetano Sostenes Rocha Av. Juan José Torres Landa Terán $4,260.59 Sector 5 Barrio de la Piedra Lisa Terán Guillermo Prieto Sostenes Rocha $5,253.26 Sector 5 Barrio de la Piedra Lisa Av. Revolución Guillermo Prieto Ramón Corona $10,652.05 Sector 5 Barrio de la Piedra Lisa Guillermo Prieto Terán Av. Revolución $5,628.90 Sector 5 Barrio de la Piedra Lisa Jesús García Terán Av. Revolución $2,918.23 Sector 5 Barrio de la Piedra Lisa Donato Guerra Ramón Corona Av. Revolución $2,755.80 Sector 5 Barrio de la Piedra Lisa Ramón Corona Terán Av. Revolución $5,628.90 Sector 5 Barrio de Santa Anita Sostenes Rocha Av. Juan José Torres Landa Terán $4,260.59 Sector 5 Barrio de Santa Anita Gutiérrez Nájera Sostenes Rocha Galeana $2,272.99 Sector 5 Barrio de Santa Anita Ojinaga Sostenes Rocha Galeana $2,130.86 Sector 5 Barrio de Santa Anita Ramos Arizpe Ramón Corona Galeana $2,130.86 Sector 5 Barrio de Santa Anita Galeana Insurgentes Ramos Arizpe $3,551.06 Sector 5 Barrio de Santa Anita Calz. Insurgentes Av. Juan José Torres Landa Galeana $6,390.32 Sector 5 Barrio de Santa Anita Av. Juan José Torres Landa Sostenes Rocha Calz. Insurgentes $5,628.90 Sector 5 Barrio de Santiaguito Ponciano Arriaga Ramón Corona Galeana $3,835.32 Sector 5 Barrio de Santiaguito Pípila Ramón Corona Galeana $4,260.59 Sector 5 Barrio de Santiaguito José María Iglesias Hidalgo Galeana $3,835.32 Sector 5 Barrio de Santiaguito Hidalgo Ramón Corona Galeana $3,835.32 Sector 5 Barrio de Santiaguito Filomeno Mata Ponciano Arriaga Pípila $2,755.80 Sector 5 Barrio de Santiaguito Ramón Corona Terán Av. Revolución $5,628.90 Sector 5 Barrio de Santiaguito Galeana Ramos Arizpe Hidalgo $3,551.06 Sector 5 Barrio de Santiaguito Ramos Arizpe Ramón Corona Galeana $2,130.86 Sector 5 Zona Centro Av. Revolución Sor Juana Inés de la Cruz Ramón Corona $10,652.05 Sector 5 Zona Centro Juárez Sor Juana Inés de la Cruz Ramón Corona $3,835.32 Sector 5 Zona Centro Sor Juana Inés de la Cruz Av. Revolución Juárez $8,779.51 Sector 5 Zona Centro Ramón Corona Av. Revolución Juárez $10,652.05 Sector 6 Barrio de la Salud Av. Juan José Torres Landa Xicoténcatl Primo Verdad $5,628.90 Sector 6 Barrio de la Salud Manuel Acuña Xicoténcatl Primo Verdad $2,755.80 Sector 6 Barrio de la Salud Xicoténcatl Av. Juan José Torres Landa Granaditas $2,755.80 Sector 6 Barrio de la Salud Juan Escutia Granaditas Primo Verdad $2,755.80 Sector 6 Barrio de la Salud Terán Granaditas Primo Verdad $5,253.26 Sector 6 Barrio de la Salud Granaditas Xicoténcatl Terán $2,755.80 Sector 6 Barrio de la Salud Primo Verdad Av. Juan José Torres Landa Terán $3,306.27 Sector 6 Barrio de San Cayetano Av. Juan José Torres Landa Primo Verdad Guillermo Prieto $5,628.90 Sector 6 Barrio de San Cayetano Manuel Acuña Primo Verdad Guillermo Prieto $2,755.80 Sector 6 Barrio de San Cayetano Corregidora Mariano Arista Guillermo Prieto $2,755.80 Sector 6 Barrio de San Cayetano Priv. Mariano Arista Priv. Mariano Arista Mariano Arista $1,988.73 Sector 6 Barrio de San Cayetano Priv. San Agustín Primo Verdad Priv. San Agustín $2,755.80 Sector 6 Barrio de San Cayetano Juan Escutia Primo Verdad 5 de Febrero $3,306.27 Sector 6 Barrio de San Cayetano Terán Primo Verdad Guillermo Prieto $5,253.26 Sector 6 Barrio de San Cayetano 5 de Febrero Av. Juan José Torres Landa Terán $5,253.26 Sector 6 Barrio de San Cayetano Prol. Mariano Arista Prol. Mariano Arista Manuel Acuña $2,296.68 Sector 6 Barrio de San Cayetano Mariano Arista Manuel Acuña Terán $2,755.80 Sector 6 Barrio de San Cayetano Guillermo Prieto Av. Juan José Torres Landa Terán $3,551.06 Sector 6 Barrio de San Cayetano Primo Verdad Av. Juan José Torres Landa Terán $3,306.27 Sector 6 Barrio de la Piedra Lisa Terán Altamirano Guillermo Prieto $5,253.26 Sector 6 Barrio de la Piedra Lisa Allende Av. Guerrero 5 de Febrero $5,253.26 Sector 6 Barrio de la Piedra Lisa Av. Revolución Av. Guerrero Guillermo Prieto $10,652.05 Sector 6 Barrio de la Piedra Lisa Av. Guerrero Allende Revolución $8,779.51 Sector 6 Barrio de la Piedra Lisa Altamirano Terán Revolución $5,253.26 Sector 6 Barrio de la Piedra Lisa 5 de Febrero Terán Revolución $5,253.26 Sector 6 Barrio de la Piedra Lisa Guillermo Prieto Terán Revolución $5,628.90 Sector 6 Zona Centro Berriozábal Av. Revolución Sor Juana Inés de la Cruz $5,253.26 Sector 6 Zona Centro Juan Álvarez Av. Revolución Cortázar $5,253.26 Sector 6 Zona Centro Av. Guerrero Av. Revolución Sor Juana Inés de la Cruz $10,652.05 Sector 6 Zona Centro Juan Álvarez Juan Álvarez Av. Guerrero $5,253.26 Sector 6 Zona Centro Av. Revolución Guillermo Prieto Av. Guerrero $10,652.05 Sector 6 Zona Centro Cortázar Berriozábal Av. Guerrero $5,253.26 Sector 6 Zona Centro Sor Juana Inés de la Cruz Av. Revolución Av. Guerrero $8,779.51 Sector 7 Barrio de La Salud Av. Juan José Torres Landa Xicoténcatl Vallarta $5,628.90 Sector 7 Barrio de La Salud Churubusco Dr. Liceaga 4 Vientos $2,744.52 Sector 7 Barrio de La Salud Emilio Carranza Av. Juan José Torres Landa Dr. Liceaga $2,744.52 Sector 7 Barrio de La Salud Priv. Dr. Liceaga Priv. Dr. Liceaga Dr. Liceaga $2,744.52 Sector 7 Barrio de La Salud Calle 1910 Av. Juan José Torres Landa Dr. Liceaga $2,744.52 Sector 7 Barrio de La Salud Nigromante Av. Juan José Torres Landa Xicoténcatl $2,744.52 Sector 7 Barrio de La Salud Cuitláhuac Dr. Liceaga Granaditas $2,744.52 Sector 7 Barrio de La Salud Vallarta Av. Juan José Torres Landa Terán $3,502.55 Sector 7 Barrio de La Salud Av. Guerrero Av. Juan José Torres Landa Terán $8,779.51 Sector 7 Barrio de La Salud Terán Av. Guerrero Vallarta $5,253.26 Sector 7 Barrio de La Salud Puebla Av. Juan José Torres Landa Emilio Carranza $2,744.52 Sector 7 Barrio de La Salud Dr. Liceaga Av. Juan José Torres Landa Vallarta $2,744.52 Sector 7 Barrio de La Salud Moctezuma Vallarta Terán $2,744.52 Sector 7 Barrio de La Salud 4 Vientos Av. Juan José Torres Landa Nigromante $2,744.52 Sector 7 Barrio de La Salud Xicoténcatl Av. Juan José Torres Landa Granaditas $2,744.52 Sector 7 Barrio de La Salud Granaditas Xicoténcatl Terán $2,744.52 Sector 7 Barrio de la piedra Lisa Av. Guerrero Terán Allende $8,779.51 Sector 7 Barrio de la piedra Lisa Altamirano Terán Allende $5,253.26 Sector 7 Barrio de la piedra Lisa Terán Av. Guerrero Altamirano $5,253.26 Sector 7 Barrio de la piedra Lisa Allende Av. Guerrero Altamirano $5,253.26 Sector 8 Barrio de Santa Julia Av. Guerrero Bolívar Av. Juan José Torres Landa $7,939.12 Sector 8 Barrio de Santa Julia Niños Héroes Bolívar Av. Guerrero $2,755.80 Sector 8 Barrio de Santa Julia Campo Águila Chapultepec Av. Juan José Torres Landa $2,755.80 Sector 8 Barrio de Santa Julia Rhin Bolívar Av. Juan José Torres Landa $2,755.80 Sector 8 Barrio de Santa Julia Río Nazas Bolívar Av. Juan José Torres Landa $2,755.80 Sector 8 Barrio de Santa Julia Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Bolívar Av. Juan José Torres Landa $6,420.78 Sector 8 Barrio de Santa Julia Bolívar Av. Guerrero Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $4,085.74 Sector 8 Barrio de Santa Julia Lerma Niños Héroes Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $2,755.80 Sector 8 Barrio de Santa Julia Chapultepec Niños Héroes Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $2,755.80 Sector 8 Barrio de Santa Julia Priv. Campo Águila Priv. Campo Águila Campo Águila $2,755.80 Sector 8 Barrio de Santa Julia Av. Juan José Torres Landa Av. Guerrero Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $5,628.90 Sector 8 Barrio de San Miguel Av. Juan José Torres Landa Av. Guerrero Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $5,628.90 Sector 8 Barrio de San Miguel Av. Guerrero Av. Juan José Torres Landa Ocampo $8,779.51 Sector 8 Barrio de San Miguel Tres Guerras Av. Juan José Torres Landa Ocampo $3,852.24 Sector 8 Barrio de San Miguel 5 de Mayo Av. Juan José Torres Landa Ocampo $3,852.24 Sector 8 Barrio de San Miguel Pino Suárez Morelos 5 de Mayo $3,852.24 Sector 8 Barrio de San Miguel Colon Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Ocampo $3,852.24 Sector 8 Barrio de San Miguel Juventino Rosas Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Ocampo $8,779.51 Sector 8 Barrio de San Miguel Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. Juan José Torres Landa Ocampo $10,652.05 Sector 8 Barrio de San Miguel Priv. Tres Guerras Priv. Tres Guerras Tres Guerras $1,765.38 Sector 8 Barrio de San Miguel Morelos Av. Guerrero Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $4,260.59 Sector 8 Barrio de San Miguel Priv. 5 de Mayo 5 de Mayo Priv. 5 de Mayo $1,765.38 Sector 8 Barrio de San Miguel Priv. Ocampo Priv. Ocampo Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $1,765.38 Sector 8 Barrio de San Miguel Ocampo Av. Guerrero Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $2,755.80 Sector 9 1° de Mayo Manzana Catastral 95 y 96 Blvd. Villas de Irapuato Héroe deNacozari Av. General Lázaro Cárdenas $6,391.45 Sector 9 Manzana Catastral 95 y 96 Héroe de Nacozari Blvd. Villas de Irapuato Av. Santo Domingo $6,420.78 Sector 9 Manzana Catastral 95 y 96 Héroe de Nacozari Av. Santo Domingo Av. Florencia $5,253.26 Sector 9 Manzana Catastral 95 y 96 Av. Paseo Irapuato Blvd. Villas de Irapuato Dr. JavierCastellanos Coutiño $3,551.06 Sector 9 Conjunto Europa Atenas Héroe deNacozari Av. Florencia $4,085.74 Sector 9 Conjunto Europa Bruselas Héroe deNacozari Av. Florencia $4,085.74 Sector 9 Conjunto Europa Barcelona Héroe deNacozari Av. Florencia $4,085.74 Sector 9 Conjunto Europa Marsella Héroe deNacozari Av. Florencia $4,085.74 Sector 9 Conjunto Europa Héroe de Nacozari Av. Florencia Av. Paseo Irapuato $5,253.26 Sector 9 Conjunto Europa Av. Paseo Irapuato Héroe deNacozari Dr. JavierCastellanos Coutiño $3,551.06 Sector 9 Conjunto Europa Av. Florencia Héroe deNacozari Av. Paseo Irapuato $4,670.07 Sector 9 Residencial Campestre Av. Paseo Irapuato Av. General Lázaro Cárdenas Héroe de Nacozari $3,551.06 Sector 9 Residencial Campestre Av. Génova Héroe deNacozari Av. General Lázaro Cárdenas $4,670.07 Sector 9 Residencial Campestre Liverpool Londres Av. Florencia $4,670.07 Sector 9 Residencial Campestre Hamburgo Héroe deNacozari Av. Florencia $4,670.07 Sector 9 Residencial Campestre Héroe de Nacozari Hamburgo Av. Paseo Irapuato $5,019.76 Sector 9 Residencial Campestre Estocolmo Av. Génova Hamburgo $4,670.07 Sector 9 Residencial Campestre Copenhague Av. Génova Hamburgo $4,670.07 Sector 9 Residencial Campestre Niza Av. Génova Hamburgo $4,670.07 Sector 9 Residencial Campestre Londres Av. Génova Hamburgo $4,670.07 Sector 9 Residencial Campestre Nápoles Av. Génova Hamburgo $4,670.07 Sector 9 Residencial Campestre Av. Florencia Av. Paseo Irapuato Av. General Lázaro Cárdenas $4,670.07 Sector 9 Residencial Campestre Av. General Lázaro Cárdenas Av. Paseo Irapuato Av. Florencia $8,779.51 Sector 9 Jardines del Country Circuito del Country Interiores Interiores $5,137.08 Sector 9 Jardines del Country Héroe de Nacozari Límite Poniente Alfonso Reyes $5,019.76 Sector 9 Jardines del Country Av. General Lázaro Cárdenas Límite Poniente Límite Oriente $8,779.51 Sector 9 Fracc. Las Palomas Alfonso Reyes Héroe deNacozari Av. General Lázaro Cárdenas $3,551.06 Sector 9 Fracc. Las Palomas Alfonso Caso Héroe deNacozari Priv. Alfonso Caso $3,551.06 Sector 9 Fracc. Las Palomas Calzada de los Chinacos Héroe deNacozari Av. General Lázaro Cárdenas $3,551.06 Sector 9 Fracc. Las Palomas Héroe de Nacozari Alfonso Reyes Calzada de Los Chinacos $5,019.76 Sector 9 Fracc. Las Palomas Av. General Lázaro Cárdenas Alfonso Reyes Calzada de Los Chinacos $8,779.51 Sector 9 Fracc. Las Palomas Priv. Alfonso Caso Límite Poniente Alfonso Reyes $3,551.06 Sector 9 Col. Las Palomas Calz. de los Chinacos Héroe deNacozari Av. General Lázaro Cárdenas $3,551.06 Sector 9 Col. Las Palomas Casimiro Liceaga Héroe deNacozari Av. General Lázaro Cárdenas $2,755.80 Sector 9 Col. Las Palomas Héroe de Nacozari Calzada de los Chinacos Av. Casimiro Liceaga $2,755.80 Sector 9 Col. Las Palomas Av. General Lázaro Cárdenas Calzada de los Chinacos Av. Casimiro Liceaga $8,779.51 Sector 9 Ferrocarrilera Calzada de los Chinacos Límite Norte Héroe de Nacozari $3,551.06 Sector 9 Ferrocarrilera 23 de abril Luis Chávez Orozco Héroe de Nacozari $2,755.80 Sector 9 Ferrocarrilera Felipe Pescador Luis Chávez Orozco Héroe de Nacozari $2,755.80 Sector 9 Ferrocarrilera Av. Casimiro Liceaga Parque Irekua Av. General Lázaro Cárdenas $2,755.80 Sector 9 Ferrocarrilera Luis Chávez Orozco Calz. de Los Chinacos Casimiro Liceaga $2,755.80 Sector 9 Ferrocarrilera Héroe de Nacozari Calz. de Los Chinacos Casimiro Liceaga $2,755.80 Sector 9 Prol. La Moderna Benito González Av. General Lázaro Cárdenas Francisco Sarabia $4,670.07 Sector 9 Prol. La Moderna Lucio Marmolejo Av. General Lázaro Cárdenas Francisco Sarabia $4,670.07 Sector 9 Prol. La Moderna Francisco de la Concha Av. General Lázaro Cárdenas Guadalupe Victoria $4,670.07 Sector 9 Prol. La Moderna José María Chico Av. General Lázaro Cárdenas Guadalupe Victoria $4,670.07 Sector 9 Prol. La Moderna Juan de Urbina Av. General Lázaro Cárdenas Guadalupe Victoria $4,670.07 Sector 9 Prol. La Moderna Florencio Antillón Av. General Lázaro Cárdenas Guadalupe Victoria $4,670.07 Sector 9 Prol. La Moderna José Ignacio Bartolache Francisco Sarabia Guadalupe Victoria $4,670.07 Sector 9 Prol. La Moderna Juan de Arreola Francisco Sarabia Guadalupe Victoria $4,670.07 Sector 9 Prol. La Moderna Ponciano Aguilar Francisco Sarabia Guadalupe Victoria $4,670.07 Sector 9 Prol. La Moderna Casimiro Liceaga Av. General Lázaro Cárdenas Guadalupe Victoria $5,370.58 Sector 9 Prol. La Moderna Av. General Lázaro Cárdenas Guadalupe Victoria Casimiro Liceaga $8,779.51 Sector 9 Prol. La Moderna Vasco de Quiroga Guadalupe Victoria Benito González $4,670.07 Sector 9 Prol. La Moderna Francisco Sarabia Guadalupe Victoria Casimiro Liceaga $5,837.59 Sector 9 Prol. La Moderna Albino García Ponciano Aguilar Casimiro Liceaga $4,670.07 Sector 9 Prol. La Moderna Juan Baranda José Ignacio Bartolache Juan de Arreola $4,670.07 Sector 9 Prol. La Moderna José M. Yáñez Ponciano Aguilar Casimiro Liceaga $4,670.07 Sector 9 Prol. La Moderna Victorino de Las Fuentes Florencio Antillón Casimiro Liceaga $4,670.07 Sector 9 Prol. La Moderna Guadalupe Victoria Av. General Lázaro Cárdenas Casimiro Liceaga $5,628.90 Sector 9 Prol. La Moderna Av. San Pedro Av. General Lázaro Cárdenas Guadalupe Victoria $4,260.59 Sector 9 La Moderna Casimiro Liceaga Av. General Lázaro Cárdenas Victorino de las Fuentes $5,370.58 Sector 9 La Moderna Esteban Gamiño Av. Casimiro Liceaga Victorino de las Fuentes $4,085.74 Sector 9 La Moderna Dr. Francisco Hernández Av. General Lázaro Cárdenas Victorino de las Fuentes $4,085.74 Sector 9 La Moderna Andrés López Av. General Lázaro Cárdenas Victorino de las Fuentes $4,085.74 Sector 9 La Moderna Francisco de Sixtos Av. General Lázaro Cárdenas Victorino de las Fuentes $4,085.74 Sector 9 La Moderna Eduardo M. Vargas Av. General Lázaro Cárdenas Victorino de las Fuentes $4,085.74 Sector 9 La Moderna Castillo Bretón Av. General Lázaro Cárdenas Victorino de las Fuentes $4,085.74 Sector 9 La Moderna La Paz Av. General Lázaro Cárdenas Límite de colonia $4,085.74 Sector 9 La Moderna Emilio Carranza Av. General Lázaro Cárdenas Francisco Sarabia $4,085.74 Sector 9 La Moderna Pablo Sidar Av. General Lázaro Cárdenas Francisco Sarabia $4,085.74 Sector 9 La Moderna Carlos Rovirosa Av. General Lázaro Cárdenas Francisco Sarabia $4,085.74 Sector 9 La Moderna Av. Guerrero Av. General Lázaro Cárdenas Francisco Sarabia $8,779.51 Sector 9 La Moderna Av. General Lázaro Cárdenas Casimiro Liceaga Av. Guerrero $9,086.33 Sector 9 La Moderna Escuadrón 201 Av. Guerrero Pablo Sidar $4,085.74 Sector 9 La Moderna Francisco Sarabia Casimiro Liceaga Av. Guerrero $5,628.90 Sector 9 La Moderna Concordia Francisco Hernández Andrés López $4,085.74 Sector 9 La Moderna Ramón Barreto de Tábora Casimiro Liceaga Límite de Colonia $4,085.74 Sector 9 La Moderna Gabino Chávez Casimiro Liceaga Límite de Colonia $4,085.74 Sector 9 La Moderna Victorino de Las Fuentes Casimiro Liceaga Av. Juan José Torres Landa $4,670.07 Sector 9 La Moderna Priv. Andrés López Andrés López Límite de Priv. $4,085.74 Sector 9 La Moderna Progreso Castillo Bretón Límite de Colonia $4,085.74 Sector 9 La Moderna Libertad Castillo Bretón Límite de Colonia $4,085.74 Sector 9 Barrio Nuevo Casimiro Liceaga Victorino de Las Fuentes Guadalupe Victoria $5,370.58 Sector 9 Barrio Nuevo Juan Cano Agustín Melgar Guadalupe Victoria $2,755.80 Sector 9 Barrio Nuevo Carlos Bustamante Agustín Melgar Guadalupe Victoria $2,755.80 Sector 9 Barrio Nuevo Av. Juan José Torres Landa Victorino de Las Fuentes Guadalupe Victoria $5,628.90 Sector 9 Barrio Nuevo Victorino de Las Fuentes Casimiro Liceaga Av. Juan José Torres Landa $4,670.07 Sector 9 Barrio Nuevo Agustín Melgar Casimiro Liceaga Av. Juan José Torres Landa $2,755.80 Sector 9 Barrio Nuevo Comonfort Casimiro Liceaga Av. Juan José Torres Landa $2,755.80 Sector 9 Barrio Nuevo Guadalupe Victoria Casimiro Liceaga Av. Juan José Torres Landa $5,253.26 Sector 9 Los Rodríguez La Paz Límite deColonia Av. Juan José Torres Landa $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez Emilio Carranza Francisco Sarabia Av. Juan José Torres Landa $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez Otumba Libertad Av. Juan José Torres Landa $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez General Quevedo Gabino Chávez Libertad $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez Priv. Progreso Priv. Progreso Progreso $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez Pablo Sidar Francisco Sarabia Progreso $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez Carlos Rovirosa Francisco Sarabia Progreso $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez San Luis Libertad San Luis $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez Roberto Fierro Progreso Av. Juan José Torres Landa $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez Av. Guerrero Francisco Sarabia Av. Juan José Torres Landa $7,939.12 Sector 9 Los Rodríguez Francisco Sarabia Límite deColonia Av. Guerrero $5,628.90 Sector 9 Los Rodríguez Priv. Emilio Carranza Emilio Carranza Priv. Emilio Carranza $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez Fuerza Aérea Mexicana Carlos Rovirosa Av. Guerrero $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez Priv. Sin nombre (Carlos Rovirosa) Carlos Rovirosa Priv. Sin Nombre $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez Priv. sin nombre (Av. Guerrero) Priv. Sin Nombre Av. Guerrero $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez Ramón Barreto de Tábora Límite deColonia Carlos Rovirosa $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez Progreso Límite deColonia Av. Guerrero $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez Constitución Roberto Fierro Av. Guerrero $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez Priv. Roberto Fierro Priv. Roberto Fierro Libertad $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez Libertad Límite deColonia Roberto Fierro $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez Santa Martha San Luis Roberto Fierro $2,335.03 Sector 9 Los Rodríguez Av. Juan José Torres Landa La Paz Av. Guerrero $5,628.90 Sector 9 Los Rodríguez Gabino Chávez Límite deColonia Progreso $2,335.03 Sector 9 Viveros Revolución Av. de la Reforma Calzada de los Chinacos Av. Guerrero $6,391.45 Sector 9 Víveros Revolución Av. Guerrero Av. de la Reforma Av. General Lázaro Cárdenas $8,779.51 Sector 9 Víveros Revolución Av. General Lázaro Cárdenas Av. Guerrero Av. Casimiro Liceaga $9,086.33 Sector 9 Viveros Revolución Calzada de los Chinacos Luis Chavez Orozco Av. de La Reforma $3,551.06 Sector 9 Víveros Revolución Grillito Cantor Av. General Lázaro Cárdenas Reverte Mexicano $2,840.40 Sector 9 Víveros Revolución Reverte Mexicano Av. Guerrero Reverte Mexicano $2,840.40 Sector 9 Viveros Revolución Rodolfo Gaona Reverte Mexicano Av. de La Reforma $2,840.40 Sector 10 Álvaro Obregón Guadalupe Victoria Monte de las Cruces Av. Casimiro Liceaga $5,628.90 Sector 10 Álvaro Obregón Av. Casimiro Liceaga Guadalupe Victoria Av. Independencia $5,370.58 Sector 10 Álvaro Obregón Monte de las Cruces Guadalupe Victoria Av. Independencia $2,918.23 Sector 10 Álvaro Obregón 4ta. Priv. José Hurtado Prol. Guillermo Prieto José Hurtado $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón 3ra. Priv. José Hurtado Prol. Guillermo Prieto José Hurtado $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón Jaime Carrillo Límite de col. Av. Independencia $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón 2da Priv. Andrés Figueroa Andrés Figueroa Guillermo Prieto $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón 1ra Priv. Andrés Figueroa Andrés Figueroa Guillermo Prieto $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón 2da. Priv. José Hurtado Guillermo Prieto Av. Independencia $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón 1ra. Priv. José Hurtado Guillermo Prieto Av. Independencia $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón 1ra. Priv. 5 de Febrero Abundio Gómez Andrés Figueroa $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón 2da. Priv. 5 de Febrero Abundio Gómez Andrés Figueroa $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón Juan Cano Guadalupe Victoria Av. Independencia $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón Carlos Bustamante Guadalupe Victoria Guillermo Prieto $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón Av. Juan José Torres Landa Guadalupe Victoria Av. Independencia $5,628.90 Sector 10 Álvaro Obregón Guadalupe Victoria Av. Casimiro Liceaga Av. Juan José Torres Landa $5,253.26 Sector 10 Álvaro Obregón Bolívar Sierra Av. Casimiro Liceaga Juan Cano $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón Primo Verdad Av. Casimiro Liceaga Av. Juan José Torres Landa $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón Abundio Gómez Av. Casimiro Liceaga Av. Juan José Torres Landa $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón 5 de Febrero Av. Casimiro Liceaga Av. Juan José Torres Landa $3,430.36 Sector 10 Álvaro Obregón Priv. 5 de Febrero Límite de Priv. 5 de Febrero $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón Andrés Figueroa Av. Casimiro Liceaga Av. Juan José Torres Landa $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón Guillermo Prieto Monte de las Cruces Av. Juan José Torres Landa $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón José Hurtado Monte de las Cruces Juan Cano $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón Pedro Hinojosa Monte de las Cruces Jaime Carrillo $2,101.54 Sector 10 Álvaro Obregón Av. Independencia Monte de las Cruces Av. Juan José Torres Landa $4,260.59 Sector 10 Col. Playa Azul Gustavo Díaz Ordaz Pascual Ortíz Rubio Av. de los Pinos $2,101.54 Sector 10 Col. Playa Azul Luis Echeverría Pascual Ortíz Rubio Av. de los Pinos $2,101.54 Sector 10 Col. Playa Azul Adolfo López Mateos Pascual Ortíz Rubio Av. de los Pinos $2,101.54 Sector 10 Col. Playa Azul Adolfo Ruíz Cortines Pascual Ortíz Rubio Av. de los Pinos $2,101.54 Sector 10 Col. Playa Azul Miguel Alemán Pascual Ortíz Rubio Av. de los Pinos $2,101.54 Sector 10 Col. Playa Azul Emilio Portes Gil Pascual Ortíz Rubio Av. de los Pinos $2,101.54 Sector 10 Col. Playa Azul Av. Insurgentes Pascual Ortíz Rubio Av. de los Pinos $7,100.99 Sector 10 Col. Playa Azul Av. de los Pinos Av. Mariano Abasolo Av. Insurgentes $2,130.86 Sector 10 Col. Playa Azul Pascual Ortíz Rubio Av. Mariano Abasolo Av. Insurgentes $2,101.54 Sector 10 Col. Playa Azul Av. Mariano Abasolo Pascual Ortíz Rubio Av. de los Pinos $3,835.32 Sector 10 Los Presidentes Gustavo Díaz Ordaz Av. Independencia Pascual Ortíz Rubio $2,101.54 Sector 10 Los Presidentes Luis Echeverría Av. Casimiro Liceaga Abelardo Rodríguez $2,101.54 Sector 10 Los Presidentes Adolfo López Mateos Av. Casimiro Liceaga Abelardo Rodríguez $2,101.54 Sector 10 Los Presidentes Adolfo Ruíz Cortinez Av. Casimiro Liceaga Pascual Ortíz Rubio $2,101.54 Sector 10 Los Presidentes Miguel Alemán Límite de Calle Pascual Ortíz Rubio $2,101.54 Sector 10 Los Presidentes Emilio Portes Gil Manuel Ávila Camacho Pascual Ortíz Rubio $2,101.54 Sector 10 Los Presidentes Av. Insurgentes Av. Casimiro Liceaga Pascual Ortíz Rubio $7,100.99 Sector 10 Los Presidentes Av. Casimiro Liceaga Ave. independencia Ave. insurgentes $5,370.58 Sector 10 Los Presidentes Manuel Ávila Camacho Av. Mariano Abasolo Av. Insurgentes $2,101.54 Sector 10 Los Presidentes Lázaro Cárdenas Av. Mariano Abasolo Av. Insurgentes $2,101.54 Sector 10 Los Presidentes Av. Independencia Av. Mariano Abasolo Av. Casimiro Liceaga $4,260.59 Sector 10 Los Presidentes Abelardo Rodríguez Av. Mariano Abasolo Pascual Ortiz Rubio $2,101.54 Sector 10 Los Presidentes Pascual Ortiz Rubio Av. Mariano Abasolo Av. Insurgentes $2,101.54 Sector 10 Los Presidentes Av. Mariano Abasolo Pascual Ortiz Rubio Av. Independencia $3,835.32 Sector 10 Renovación Monte de las Cruces Límite Norte Límite Sur $2,918.23 Sector 10 Renovación Juan de Arreola Límite Norte Cerrada Jaime Carrillo $2,918.23 Sector 10 Renovación Ponciano Aguilar Límite de Norte Prol. 5 de Febrero $2,918.23 Sector 10 Renovación Jaime Carrillo Prol. 5 de Febrero Andrés Figueroa $2,918.23 Sector 10 Renovación Everardo Hernández Límite de Norte Andrés Figueroa $2,918.23 Sector 10 Renovación Renovación Límite de Norte Andrés Figueroa $2,918.23 Sector 10 Renovación Av. Casimiro Liceaga Límite Norte Andrés Figueroa $5,370.58 Sector 10 Renovación Nicolás Tejada Ponciano Aguilar Everardo Hernández $2,918.23 Sector 10 Renovación Prol. 5 de Febrero Monte de las Cruces Av. Casimiro Liceaga $3,430.36 Sector 10 Renovación Cerrada Jaime Carrillo Cerrada Jaime Carrillo Jaime Carrillo $2,918.23 Sector 10 Renovación Andrés Figueroa Jaime Carrillo Av. Casimiro Liceaga $2,101.54 Sector 10 La Paz Av. Independencia Av. Casimiro Liceaga Av. Juan José Torres Landa $4,260.59 Sector 10 La Paz Av. Casimiro Liceaga Av. Independencia Av. Insurgentes $5,370.58 Sector 10 La Paz Av. Insurgentes Av. Casimiro Liceaga Av. Independencia $7,100.99 Sector 10 La Paz Francisca Delgado Av. Casimiro Liceaga Av. Insurgentes $2,130.86 Sector 10 La Paz José Amor Rodríguez Av. Casimiro Liceaga Límite de calle $2,130.86 Sector 10 c. Hab. La Noria Primo verdad Límite Poniente Límite Oriente $2,101.54 Sector 10 c. Hab. La Noria Abundio Gómez Límite Poniente Límite Oriente $2,101.54 Sector 10 D.C. Hacienda Bugambilia Priv. Hacienda Bugambilia Av. Independencia Límite de calle $3,551.06 Sector 11 Residencial Jacarandas Chiapas Av. Jacarandas Antes Av. Arboledas Campeche $2,335.03 Sector 11 Residencial Jacarandas Av. JacarandasAntes Lázaro Cárdenas Límite Norte Chiapas $7,102.11 Sector 11 Residencial Jacarandas Campeche Sonora Chiapas $2,335.03 Sector 11 Residencial Jacarandas Priv. Jacarandas Av. Jacarandas Antes Av. Arboledas Campeche $4,260.59 Sector 11 San Pedro Av. General Lázaro Cárdenas Av. Jacarandas Antes Av. Arboledas Guadalupe Victoria $8,779.51 Sector 11 San Pedro Guadalupe Victoria Av. General Lázaro Cárdenas Av. San Pedro $5,628.90 Sector 11 San Pedro Sonora Campeche Av. San Pedro $2,335.03 Sector 11 San Pedro Chiapas Av. Jacarandas Antes Av. Arboledas Av. San Pedro $2,335.03 Sector 11 San Pedro Veracruz Av. Jacarandas Antes Av. Arboledas Av. San Pedro $2,335.03 Sector 11 San Pedro Nuevo León Av. Jacarandas Antes Av. Arboledas Av. San Pedro $2,130.86 Sector 11 San Pedro Colima Campeche Av. San Pedro $2,130.86 Sector 11 San Pedro Campeche Av. General Lázaro Cárdenas Nuevo León $2,335.03 Sector 11 San Pedro Av. San Pedro Guadalupe Victoria Colima $4,260.59 Sector 11 San Pedro Av. JacarandasAntes Av.Arboledas Av. General Lázaro Cárdenas Nuevo León $7,102.11 Sector 11 Col. San Pedro Zacatecas Av. Jacarandas Antes Av. Arboledas Sinaloa $2,130.86 Sector 11 Col. San Pedro Av. Independencia Av. Jacarandas Antes Av. Arboledas Antonio Torres $4,260.59 Sector 11 Col. San Pedro Cerrada del Bosque Av. Jacarandas Antes Av. Arboledas Límite de cerrada $4,260.59 Sector 11 Col. San Pedro Antonio Torres Av. Oaxaca Av. Independencia $2,918.23 Sector 11 Col. San Pedro Aguascalientes Av. Oaxaca Av. Independencia $2,130.86 Sector 11 Col. San Pedro Sinaloa Av. Oaxaca Av. Independencia $2,130.86 Sector 11 Col. San Pedro Av. San Pedro Guadalupe Victoria Colima $4,260.59 Sector 11 Col. San Pedro Av. San Pedro Av. Oaxaca Av. Independencia $4,260.59 Sector 11 Col. San Pedro Av. Jacarandas antes Av. Las Arboledas Zacatecas Av. Independencia $7,102.11 Sector 11 Col. San Pedro Priv. LasMargaritas Av. Independencia Límite de Priv. $4,260.59 Sector 11 Col. San Pedro Priv. Alfaro Av. Independencia Límite de Priv. $4,260.59 Sector 11 Col. San Pedro Av. Oaxaca Av. San Pedro Antonio Torres $4,260.59 Sector 11 San Pedro 2da. Sección Nuevo León Arboledas Campeche $2,130.86 Sector 11 San Pedro 2da. Sección Nayarit Nuevo León Campeche $2,130.86 Sector 11 San Pedro 2da. Sección Colima Av. Jacarandas Antes Av. Arboledas Av. San Pedro $2,130.86 Sector 11 San Pedro 2da. Sección Tabasco Av. Jacarandas Antes Av. Arboledas Av. San Pedro $2,130.86 Sector 11 San Pedro 2da. Sección Tamaulipas Av. Jacarandas Antes Av. Arboledas Av. San Pedro $2,130.86 Sector 11 San Pedro 2da. Sección Zacatecas Av. Jacarandas Antes Av. Arboledas Av. San Pedro $2,130.86 Sector 11 San Pedro 2da. Sección Av. JacarandasAntes Av.Arboledas Nuevo León Zacatecas $7,102.11 Sector 11 San Pedro 2da. Sección Campeche Nuevo León Tamaulipas $2,130.86 Sector 11 San Pedro 2da. Sección Av. San Pedro Colima Zacatecas $4,260.59 Sector 11 Fracc. Guerrero Zafiro Av. San Pedro Topacio $2,918.23 Sector 11 Fracc. Guerrero Acapulco Av. San Pedro Topacio $2,918.23 Sector 11 Fracc. Guerrero Iturrigaray Av. San Pedro Topacio $2,918.23 Sector 11 Fracc. Guerrero Tehuacán Av. San Pedro Topacio $2,918.23 Sector 11 Fracc. Guerrero Plan de Iguala Av. San Pedro Antonio Torres $2,918.23 Sector 11 Fracc. Guerrero Av. Oaxaca Av. San Pedro Topacio $4,260.59 Sector 11 Fracc. Guerrero Av. San Pedro Guadalupe Victoria Av. Oaxaca $4,260.59 Sector 11 Fracc. Guerrero Teznalaca Guadalupe Victoria Zafiro $2,918.23 Sector 11 Fracc. Guerrero Av. 1782 Guadalupe Victoria Av. Oaxaca $2,918.23 Sector 11 Fracc. Guerrero Tixtla Guadalupe Victoria Zafiro $2,918.23 Sector 11 Fracc. Guerrero Antonio Torres Guadalupe Victoria Av. Oaxaca $2,918.23 Sector 11 Fracc. Guerrero Córdoba Guadalupe Victoria Zafiro $2,918.23 Sector 11 Fracc. Guerrero Topacio Guadalupe Victoria Av. Oaxaca $2,918.23 Sector 11 Fracc. Guerrero Guadalupe Victoria Av. San Pedro Topacio $5,628.90 Sector 11 Fracc. Guerrero Turquesa Antonio Torres Límite de calle $2,918.23 Sector 11 Las Arboledas Guadalupe Victoria Topacio Monte de Las Cruces $5,628.90 Sector 11 Las Arboledas Turquesa Topacio Monte de LasCruces $2,918.23 Sector 11 Las Arboledas Zafiro Topacio Diamante $2,918.23 Sector 11 Las Arboledas Topacio Guadalupe Victoria Límite de Fracc. $2,918.23 Sector 11 Las Arboledas Rubí Guadalupe Victoria Zafiro $2,918.23 Sector 11 Las Arboledas Ópalo Guadalupe Victoria Zafiro $2,918.23 Sector 11 Las Arboledas Granate Guadalupe Victoria Zafiro $2,918.23 Sector 11 Las Arboledas Esmeralda Guadalupe Victoria Zafiro $2,918.23 Sector 11 Las Arboledas Diamante Guadalupe Victoria Zafiro $2,918.23 Sector 11 Las Arboledas Amatista Guadalupe Victoria Límite de Fracc. $2,918.23 Sector 11 Las Arboledas Alejandrina Guadalupe Victoria Límite de Fracc. $2,918.23 Sector 11 Las Arboledas Monte de Las Cruces Guadalupe Victoria Acapulco $2,918.23 Sector 11 Fracc. Morelos Acapulco Topacio Monte de Las Cruces $2,918.23 Sector 11 Fracc. Morelos Av. Oaxaca Topacio Monte de Las Cruces $4,260.59 Sector 11 Fracc. Morelos Topacio Límite de Fracc. Av. Oaxaca $2,918.23 Sector 11 Fracc. Morelos Morelia Acapulco Av. Oaxaca $2,918.23 Sector 11 Fracc. Morelos Apatzingán Acapulco Av. Oaxaca $2,918.23 Sector 11 Fracc. Morelos Michoacán Acapulco Av. Oaxaca $2,918.23 Sector 11 Fracc. Morelos Tuxpan Acapulco Av. Oaxaca $2,918.23 Sector 11 Fracc. Morelos Tampico Acapulco Av. Oaxaca $2,918.23 Sector 11 Fracc. Morelos Mazatlán Acapulco Av. Oaxaca $2,918.23 Sector 11 Fracc. Morelos Monte de las Cruces Límite de Fracc. Av. Oaxaca $2,918.23 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Leonardo Bravo Av. Oaxaca Av. Independencia $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Antonio Bravo - - $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Monte de Las Cruces Av. Oaxaca Av. Independencia $2,918.23 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo San Pedro Av. Independencia Irapuato $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Bucareli Saltillo Av. Mariano Abasolo $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Sinaloa Av. Independencia Irapuato $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Antonio Alfaro Av. Independencia Irapuato $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Hermanos Flores Magón Av. Independencia Av. Mariano Abasolo $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Manuel M. Moreno Av. Independencia Av. Mariano Abasolo $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Chilpancingo Av. Independencia Av. Mariano Abasolo $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Jalapa Av. Independencia Av. Mariano Abasolo $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Av. Oaxaca Antonio Torres Monte de Las Cruces $4,260.59 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Tepic Valerio Trujano Leonardo Bravo $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Iturbide Leonardo Bravo Antonio Bravo $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Cuautla Antonio Torres Monte de las Cruces $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Av. Independencia San Antonio Monte de las Cruces $4,260.59 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Guadalajara Chilpancingo Av. Mariano Abasolo $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Priv. Saltillo - - $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Saltillo San Antonio Hermanos Flores Magón $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Irapuato San Antonio Hermanos Flores Magón $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo 6 de Noviembre San Antonio Av. Mariano Abasolo $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Av. Mariano Abasolo Laguna de Cuitzeo Av. Independencia $3,835.32 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Antonio Torres Av. Oaxaca Av. Independencia $2,918.23 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo José María Mercado Av. Oaxaca Av. Independencia $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Valerio Trujano Av. Oaxaca Av. Independencia $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo Priv. Manuel M. Moreno Manuel M. Moreno Límite de Priv. $2,101.54 Sector 11 Col. Miguel Hidalgo San Antonio Av. Independencia 6 de noviembre $2,451.23 Sector 11 Conjunto Hab. Las Dalias Priv. Las Dalias Antonio Torres José María Mercado $2,101.54 Sector 11 San Antonio 6 de Noviembre Límite de Fracc. San Antonio $2,101.54 Sector 11 San Antonio Av. Mariano Abasolo Límite de Fracc. Límite de Fracc. $3,835.32 Sector 11 San Antonio Laguna de Chapala 6 de Noviembre Av. Mariano Abasolo $1,765.38 Sector 11 San Antonio Laguna de Cuitzeo 6 de Noviembre Av. Mariano Abasolo $1,765.38 Sector 12 Col. Independencia 30 de Julio Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. Del Trabajo $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia Río Balsas Blvd. Gustavo Díaz Ordaz 15 de Septiembre $1,987.60 Sector 12 Col. Independencia Victoria Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. 1ro de Mayo $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia Alhóndiga de Granaditas Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. 1ro de Mayo $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia 10 de Mayo Av. Del Trabajo Límite de Calle $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia 15 de Febrero Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. Del Trabajo $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia Bolívar Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. 1ro de Mayo $3,835.32 Sector 12 Col. Independencia Calle 1821 Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. Del Trabajo $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia Calle 1810 Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. Del Trabajo $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia Priv. 12 de Diciembre Av. Del Trabajo 18 de Marzo $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia 18 de Marzo Priv. 12 de Diciembre 28 de Septiembre $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia Isabel la Católica Av. Juan José Torres Landa Av. 1ro de Mayo $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia Del Moral 30 de Setiembre 28 de Septiembre $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia Av. Juan José Torres Landa Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. 1ro de Mayo $4,260.59 Sector 12 Col. Independencia Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Blvd. Luis Donaldo Colosio Obrero Mundial $8,172.62 Sector 12 Col. Independencia Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Obrero Mundial Av. Juan José Torres Landa $6,420.78 Sector 12 Col. Independencia 8 de Mayo Victoria Av. Juan José Torres Landa $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia 30 de Julio Av. del Trabajo Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia 27 de Septiembre Victoria 15 de Febrero $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia Blvd. Luis Donaldo Colosio Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Obrero Mundial $3,551.06 Sector 12 Col. Independencia Prol. Av. del Trabajo Vía F.F.C.C Obrero Mundial $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia Priv. Linda Vista Prol. Av. Del Trabajo Priv. Linda Vista $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia Priv. 13 de Septiembre 10 de Mayo Priv. 13 de Septiembre $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia 28 de Septiembre 18 de Marzo Del Moral $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia 30 de Septiembre Isabel la Católica Av. Juan José Torres Landa $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia Av. 1ro de Mayo Av. del Trabajo Av. Juan José Torres Landa $3,835.32 Sector 12 Col. Independencia Obrero Mundial Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. Del Trabajo $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia 6 de diciembre 15 de febrero Bolívar $2,755.80 Sector 12 Col. Independencia Av. del trabajo Obrero mundial Av. Juan José Torres Landa $3,835.32 Sector 12 Col. Independencia Lindavista Prol. Av. del trabajo Límite Sur $1,137.06 Sector 12 Col. Lindavista Priv. Eucalipto Victoria Límite de Priv. $1,137.06 Sector 12 Col. Lindavista Lindavista Prol. Del Trabajo Priv. Eucalipto $1,137.06 Sector 12 Col. Lindavista Victoria Av. Del Trabajo Vía F.F.C.C $1,137.06 Sector 12 Col. Lindavista Priv. 1ro de Mayo Av. 1ro de Mayo Vía F.F.C.C $1,137.06 Sector 12 Col. Lindavista Av. Juan José Torres Landa Av. 1ro de Mayo Vía F.F.C.C $4,260.59 Sector 12 Col. Lindavista Prol. Av. del Trabajo Obrero Mundial Límite Norte $2,755.80 Sector 12 Col. Lindavista Av. 1ro de Mayo Victoria Av. Juan José Torres Landa $3,835.32 Sector 13 Niños Héroes Niños Héroes Av. General Lázaro Cárdenas Jalisco $2,451.23 Sector 13 Niños Héroes Rhin Niños Héroes Jalisco $2,451.23 Sector 13 Niños Héroes Río Nazas Av. General Lázaro Cárdenas Jalisco $2,451.23 Sector 13 Niños Héroes Río Amacuzac Francisco Sarabia Límite de calle $2,451.23 Sector 13 Niños Héroes Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. General Lázaro Cárdenas Francisco Sarabia $8,172.62 Sector 13 Niños Héroes Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Francisco Sarabia Jalisco $6,420.78 Sector 13 Niños Héroes Av. General Lázaro Cárdenas Límite Poniente Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $7,102.11 Sector 13 Niños Héroes Priv. Río Pánuco Priv. Río Pánuco Niños Héroes $2,451.23 Sector 13 Niños Héroes Río Usumacinta Río Nazas Río Grijalva $2,451.23 Sector 13 Niños Héroes Francisco Sarabia Niños Héroes Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $4,260.59 Sector 13 Niños Héroes Río Balsas Rhin Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $2,451.23 Sector 13 Niños Héroes Jalisco Niños Héroes Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $2,451.23 Sector 13 Niños Héroes Río Grijalva Av. General Lázaro Cárdenas Francisco Sarabia $2,451.23 Sector 13 Barrio de Santa Julia Av. General Lázaro Cárdenas Av. Guerrero Límite Oriente $7,102.11 Sector 13 Barrio de Santa Julia Samuel W. Jones Francisco Sarabia Límite de Calle $2,755.80 Sector 13 Barrio de Santa Julia Hernández Álvarez Av. General Lázaro Cárdenas Francisco Sarabia $2,755.80 Sector 13 Barrio de Santa Julia Fernández Martínez Av. General Lázaro Cárdenas Francisco Sarabia $2,755.80 Sector 13 Barrio de Santa Julia Vicente Suárez Av. General Lázaro Cárdenas Francisco Márquez $2,755.80 Sector 13 Barrio de Santa Julia Francisco Sarabia Av. Guerrero Límite de Colonia $4,260.59 Sector 13 Barrio de Santa Julia Juan de la Barrera Francisco Sarabia Priv. Cedro de El Líbano $2,755.80 Sector 13 Barrio de Santa Julia Priv. Cedro de Líbano Av. Guerrero Límite de Priv. $2,755.80 Sector 13 Barrio de Santa Julia Francisco Márquez Av. Guerrero Niños Héroes $2,755.80 Sector 13 Barrio de Santa Julia Niños Héroes Jalisco Bolívar $2,755.80 Sector 13 Barrio de Santa Julia San Martín Francisco Sarabia San Martín $2,755.80 Sector 13 Barrio de Santa Julia Rhin Jalisco Bolívar $2,755.80 Sector 13 Barrio de Santa Julia Río Nazas Jalisco Bolívar $2,755.80 Sector 13 Barrio de Santa Julia Río Bravo Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Límite de calle $2,755.80 Sector 13 Barrio de Santa Julia Río Laja Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Límite de Calle $2,755.80 Sector 13 Barrio de Santa Julia Bolívar Av. Guerrero Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $4,085.74 Sector 13 Barrio de Santa Julia Av. Guerrero Av. General Lázaro Cárdenas Francisco Sarabia $8,779.51 Sector 13 Barrio de Santa Julia Av. Guerrero Francisco Sarabia Bolivar $7,989.88 Sector 13 Barrio de Santa Julia Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Jalisco Bolívar $6,420.78 Sector 13 Barrio de Santa Julia Priv. Río Laja Rhin Límite de Priv. $2,755.80 Sector 14 Jardines de Irapuato Av. Guerrero Av. Escuela Médico Militar Av. General Lázaro Cárdenas $8,779.51 Sector 14 Jardines de Irapuato Sauce Av. Escuela Médico Militar Cedro $5,837.59 Sector 14 Jardines de Irapuato Nogal Av. Escuela Médico Militar Av. General Lázaro Cárdenas $5,837.59 Sector 14 Jardines de Irapuato Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. Escuela Médico Militar Niños Héroes $8,172.62 Sector 14 Jardines de Irapuato Roble Sauce Niños Héroes $5,837.59 Sector 14 Jardines de Irapuato Fresno Nogal Roble $5,837.59 Sector 14 Jardines de Irapuato Cedro Av. Guerrero Roble $5,837.59 Sector 14 Jardines de Irapuato Paseo de las Fresas Av. Guerrero Niños Héroes $6,390.32 Sector 14 Jardines de Irapuato Pino Av. Guerrero Niños Héroes $5,837.59 Sector 14 Jardines de Irapuato Av. General Lázaro Cárdenas Av. Guerrero Niños Héroes $7,102.11 Sector 14 Jardines de Irapuato Av. Escuela Médico Militar Av. Guerrero Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $7,102.11 Sector 14 Quinta de Márquez Av. General Lázaro Cárdenas Niños Héroes Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $7,102.11 Sector 14 Quinta de Márquez Caoba Paseo de las Fresas Pino $5,837.59 Sector 14 Quinta de Márquez Niños Héroes Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. General Lázaro Cárdenas $5,837.59 Sector 14 Quinta de Márquez Paseo Las Fresas Niños Héroes Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $6,390.32 Sector 14 Quinta de Márquez Pino Niños Héroes Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $5,837.59 Sector 14 Quinta de Márquez Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Niños Héroes Av. General Lázaro Cárdenas $8,172.62 Sector 14 Los Eucaliptos Isaac Izquierdo Playa Eduardo Farfán $3,677.40 Sector 14 Los Eucaliptos Juana Hidalgo Límite de Calle Eduardo Farfán $3,677.40 Sector 14 Los Eucaliptos Ramón Barreto Genaro Acosta Eduardo Farfán $3,677.40 Sector 14 Los Eucaliptos Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Genaro Acosta Blvd. Lázaro Cárdenas $8,172.62 Sector 14 Los Eucaliptos Genaro Acosta Isaac Izquierdo Ramón Barreto $3,677.40 Sector 14 Los Eucaliptos Pedro Martínez Vázquez Isaac Izquierdo Ramón Barreto $3,677.40 Sector 14 Los Eucaliptos Luis Alcántara Isaac Izquierdo Ramón Barreto $3,677.40 Sector 14 Los Eucaliptos Jesús María Covarrubias Isaac Izquierdo Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $3,677.40 Sector 14 Los Eucaliptos Alberto Albarrán Isaac Izquierdo Ramón Barreto $3,677.40 Sector 14 Los Eucaliptos Eduardo Farfán Isaac Izquierdo Ramón Barreto $3,677.40 Sector 15 Bernardo Cobos Tulipanes Cd. Real Av. Madrid $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Ávila Cd. Real Castellón $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Cáceres Logroño Castellón $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Badajoz Logroño Av. España $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Barcelona Cd. Real Av. Madrid $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Alicante Lérida Av. España $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Toledo Cd. Real Av. España $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Cuenca Cd. Real Málaga $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Huesca Huelva Málaga $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Guipúzcoa Huelva Av. España $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Sevilla Cd. Real Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Navarra Jaén Tarragona $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Murcia Av. España Burgos $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Almería Albacete Av. Madrid $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Cádiz Av. España Zamora $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Soria Segovia Av. Madrid $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Valladolid Av. España Zamora $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Vizcaya Segovia Av. Madrid $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Coruña Av. Madrid Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Gerona Av. Madrid Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Lugo Av. Madrid Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Orense Av. Madrid Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Oviedo Av. Madrid Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Cd Real Tulipanes Límite de Fracc. $2,918.23 Sector 15 Bernardo Cobos Logroño Tulipanes Barcelona $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Lérida Barcelona Alicante $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Huelva Cuenca Sevilla $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Granada Coruña Gerona $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Málaga Toledo Guipuzcoa $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Jaen Sevilla Navarra $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Baleares Barcelona Alicante $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Castellón Tulipanes Badajoz $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Albacete Murcia Barcelona $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Segovia Valladolid Navarra $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Burgos Tulipanes Almeria $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Zamora Barcelona Vizcaya $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Teruel Lugo Orense $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Santander Oviedo Sevilla $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Terragona Sevilla Navarra $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Av. Madrid Tulipanes Sevilla $2,101.54 Sector 15 Bernardo Cobos Av. España Tulipanes Navarra $2,918.23 Sector 15 Españita Tulipanes Av. Madrid Límite de Fracc. $3,852.24 Sector 15 Españita Cerezos Av. Las Rosas Av. Bugambilia $3,852.24 Sector 15 Españita Tabachines Av. Las Rosas Av. Bugambilia $3,852.24 Sector 15 Españita Av. Las Rosas Tulipanes Límite de Fracc. $3,852.24 Sector 15 Españita Av. Jacarandas Límite de Fracc. York $4,085.74 Sector 15 Españita Av. Bugambilia Priv. Bugambilia poniente Priv. Bugambilia oriente $3,852.24 Sector 15 Españita Priv. Bugambilia Av. Bugambilia Límite Del Fracc. $3,852.24 Sector 15 Casa Blanca Agustín Zaragoza Alfonso Rincón Gallardo Límite de Fracc. $3,551.06 Sector 15 Casa Blanca Alfonso Rincón Gallardo Alfonso Zamora Límite de Fracc. $3,551.06 Sector 15 Casa Blanca Joaquín Capilla Límite de Fracc. Límite de Fracc. $3,551.06 Sector 15 Casa Blanca Ricardo Delgado Límite de Fracc. Límite de Fracc. $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Tulipanes Límite de Fracc. Carlos Girón $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Alfonso Zamora Alfonso Rincón Gallardo Daniel Bautista $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Joaquín Capilla Daniel Bautista Límite de Fracc. $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Joaquín Capilla Límite de Fracc. Álvaro Gaxiola $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Ricardo Delgado Av. de La Reforma Límite de Fracc. $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Ricardo Delgado Límite de Fracc. Álvaro Gaxiola $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Antonio Roldan Alfonso Rincón Gallardo Martín Díaz $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva José Pedraza Alfonso Rincón Gallardo Av. de La Reforma $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Pilar Roldan Martín Díaz Av. de La Reforma $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Agustín Zaragoza Límite Del Fracc. Manuel Mendívil $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Manuel Mendívil Carlos Girón Carlos Girón $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Mary Tere Ramírez Manuel Mendívil Carlos Girón $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Humberto Mariales Av. de la Reforma Carlos Girón $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva División del Norte Límite Norte Límite Sur $2,755.80 Sector 15 Ciudad Deportiva Felipe Muñoz Manuel Mendívil Carlos Girón $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Alberto Valdez Manuel Mendívil Carlos Girón $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Jesús Gómez Av. de la Reforma Carlos Girón $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Álvaro Gaxiola Alfonso Rincón Gallardo División del Norte $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Alfonso Rincón Gallardo Límite de Fracc. Álvaro Gaxiola $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Joaquín Capilla Límite de Fracc. Álvaro Gaxiola $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Ricardo Delgado Límite de Fracc. Álvaro Gaxiola $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Martín Díaz Ricardo Delgado Álvaro Gaxiola $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Daniel Bautista Tulipanes José Pedraza $3,551.06 Sector 15 Ciudad Deportiva Av. de la Reforma Tulipanes Álvaro Gaxiola $5,253.26 Sector 15 Ciudad Deportiva Carlos Girón Tulipanes Álvaro Gaxiola $3,551.06 Sector 15 Jardines del Valle José Vázquez York Av. Reforma $3,835.32 Sector 15 Jardines del Valle Alfonso Rincón Gallardo José Vázquez Av. Atilano Nieto Castañeda $3,835.32 Sector 15 Jardines del Valle Paseo Jardines del Valle José Vázquez Límite de Fracc. $3,835.32 Sector 15 Jardines del Valle Martín Díaz Álvaro Gaxiola Campestre Del Valle $3,835.32 Sector 15 Jardines del Valle Av. Reforma José Vázquez Av. Atilano Nieto Castañeda $5,253.26 Sector 15 Jardines del Valle Armando Becerril Campestre Del Valle Av. Atilano Nieto Castañeda $3,835.32 Sector 15 Jardines del Valle Antonio Galíndez Martín Díaz Límite Del Fracc. $3,835.32 Sector 15 Jardines del Valle José Becerril Av. Reforma Alfonso Rincón Gallardo $3,835.32 Sector 15 Jardines del Valle Rafael Ramos Martín Díaz Alfonso Rincón Gallardo $3,835.32 Sector 15 Jardines del Valle Campestre del Valle Av. de la Reforma Límite del Fracc. $3,835.32 Sector 15 Jardines del Valle Luis Ortega Av. de La Reforma Armando Becerril $3,835.32 Sector 15 Jardines del Valle Carlos Sánchez Av. de La Reforma Armando Becerril $3,835.32 Sector 15 Jardines del Valle Av. Atilano Nieto Castañeda Av. de La Reforma Límite de Fracc. $3,835.32 Sector 15 Novaterra Calle Principal San Antonio de Ayala Límite de Cerrada $5,432.62 Sector 15 Toscana D.C. Calle Principal San Antonio de Ayala Límite de Cerrada $5,432.62 Sector 15 Bugambilia C.H. Crisantemo San Antonio de Ayala Ave Del Paraíso $2,755.80 Sector 15 Bugambilia C.H. Margaritas Ave Del Paraíso Límite Del Fracc. $2,755.80 Sector 15 Bugambilia C.H. Ave del Paraíso Camino San Antonio de Ayala Límite Del Fracc. $2,755.80 Sector 15 Bugambilia C.H. Lila Margaritas Ave Del Paraíso $2,755.80 Sector 15 Bugambilia C.H. San Antonio de Ayala Camino San Antonio de Ayala Crisantemo $3,835.32 Sector 15 Bugambilia C.H. Violeta Crisantemo Camino San Antonio de Ayala $2,755.80 Sector 15 San Antonio C. H. Priv. San Antonio San Antonio de Ayala Límite Sur $4,260.59 Sector 15 San Antonio C. H. San Antonio de Ayala Crisantemo Límite Oriente $3,835.32 Sector 15 El Cortijo Prolongación Av. España Límite de Fracc. Av. Arandas $3,502.55 Sector 15 El Cortijo Circuito Abrevadero Límite de Fracc. Norte Prol. Av. España $3,835.32 Sector 15 El Cortijo Circuito Las Trojes Límite de Fracc. Norte Prol. Av. España $3,835.32 Sector 15 El Cortijo Circuito Potrero Prol. Av. España Poniente Prol. Av. España Oriente $3,835.32 Sector 15 El Cortijo Cerrada Espuela Cerrada Espuela Circuito Potrero $3,835.32 Sector 15 El Cortijo Cerrada Herradura Cerrada Herradura Circuito Potrero $3,835.32 Sector 15 El Cortijo Cerrada Establo Cerrada Establo Circuito Potrero $3,835.32 Sector 15 El Cortijo Cerrada Montura Cerrada Montura Circuito Potrero $3,835.32 Sector 15 El Cortijo Av. Arandas San Antonio de Ayala Límite Del Fracc. $6,420.78 Sector 15 Vasco de Quiroga (Fovisste U. H.) Francisco Flores Ornelas Límite Del Fracc. Fray Sebastián de Aparicio $1,988.73 Sector 15 Vasco de Quiroga (Fovisste U. H.) Andador Vicente Cervantes Límite Del Fracc. Fray Sebastián de Aparicio $1,988.73 Sector 15 Vasco de Quiroga (Fovisste U. H.) 3er. Batallón de San Patricio Límite Del Fracc. Fray Sebastián de Aparicio $1,988.73 Sector 15 Vasco de Quiroga (Fovisste U. H.) Av. Jacarandas Límite Del Fracc. Límite Del Fracc. $3,502.55 Sector 15 Vasco de Quiroga (Fovisste U. H.) Martin Lawers Límite Del Fracc. Av. Jacarandas $1,988.73 Sector 15 Vasco de Quiroga (Fovisste U. H.) Fray Sebastián de Aparicio Francisco Flores Ornelas Av. Jacarandas $1,988.73 Sector 15 Vasco de Quiroga (Fovisste U. H.) Manzana Catastral 92 y 43 Andador Vicente Cervantes 3er. Batallón de San Patricio $1,988.73 Sector 15 Vasco de Quiroga (Fovisste U. H.) Manzana Catastral 245, 246, 249, 255Y 256 Fray Sebastián de Aparicio 3er. Batallón de San Patricio $1,988.73 Sector 15 La Estancia A Av. Jacarandas York Límite de Fracc. $3,502.55 Sector 15 La Estancia A Manchester York Liverpool $3,835.32 Sector 15 La Estancia A Britol York Manchester $3,835.32 Sector 15 La Estancia A Cambridge York Manchester $3,835.32 Sector 15 La Estancia A Liverpool Oxford Manchester $3,835.32 Sector 15 La Estancia A York Av. Jacarandas Límite Del Fracc. $3,835.32 Sector 15 La Estancia A Oxford Cambridge Liverpool $3,835.32 Sector 15 La Estancia A Caledonia Cambridge Liverpool $3,835.32 Sector 15 Estancia Villa bonita Estancia Villa Bonita Av. Jacarandas Límite de Cerrada $3,835.32 Sector 15 Estancia las Palmas Estancia Las Palmas Av. Jacarandas Límite de Cerrada $3,835.32 Sector 15 Villa bonita Villa Bonita Av. Jacarandas Límite de Cerrada $3,835.32 Sector 15 Birmingham Birmingham Av. Jacarandas Límite de Cerrada $3,835.32 Sector 15 La Estancia B Av. Jacarandas Dublín Av. Arandas $3,502.55 Sector 15 La Estancia B Cárdigan Dublín Límite del Fracc. $3,835.32 Sector 15 La Estancia B Greenwich Dublín Límite del Fracc. $3,835.32 Sector 15 La Estancia B Derry Dublín Límite Del Fracc. $3,835.32 Sector 15 La Estancia B Portsmouth Dublín Greenwich $3,835.32 Sector 15 La Estancia B Dublín Av. Jacarandas Límite del Fracc. $3,835.32 Sector 15 La Estancia B Av. Arandas Av. Jacarandas Límite del Fracc. $6,420.78 Sector 15 La Estancia B Riding Cárdigan Límite de Calle $3,835.32 Sector 15 La Estancia B Coventry Av. Jacarandas Cárdigan $3,835.32 Sector 15 San José Martha Isabel Av. Paseo Irapuato $2,755.80 Sector 15 San José 5ta. Av. Límite de Fracc. Av. Paseo Irapuato $2,755.80 Sector 15 San José Av. Paseo Irapuato Límite de Fracc. Límite de Fracc. $3,551.06 Sector 15 San José Isabel Límite de Fracc. Av. Paseo Irapuato $2,755.80 Sector 15 San José Priv. Av. Central Límite de Fracc. Av. Paseo Irapuato $2,755.80 Sector 15 San José Argentina Límite Norte Martha $2,755.80 Sector 15 San José Calle sin nombre Av. Paseo Irapuato Límite de calle $2,755.80 Sector 15 El Laurel Cerrada de Los Laureles Cerrada de Los Laureles Priv. Argentina $3,835.32 Sector 15 El Laurel Cerrada de Las Hojas Cerrada de Las Hojas Priv. Argentina $3,835.32 Sector 15 El Laurel Cerrada de Las Ramas Cerrada de Las Ramas Priv. Argentina $3,835.32 Sector 15 El Laurel Cerrada de Los Capullos Cerrada de Los Capullos Priv. Argentina $3,835.32 Sector 15 El Laurel Cerrada de Los Manzanos Cerrada de Los Manzanos Priv. Argentina $3,835.32 Sector 15 El Laurel Priv. Argentina Cerrada de Los Laureles Cerrada de Los Manzanos $3,835.32 Sector 15 Tabachines Guatemala Ecuador Av. Arandas $3,835.32 Sector 15 Tabachines Av. Lic. Euquerio Guerrero López Ecuador Av. Arandas $3,835.32 Sector 15 Tabachines República Dominicana Ecuador Av. Arandas $3,835.32 Sector 15 Tabachines El Salvador Ecuador Argentina $3,835.32 Sector 15 Tabachines Av. Atilano Nieto Castañeda Ecuador Av. Arandas $3,835.32 Sector 15 Tabachines Bolivia Panamá Av. Arandas $3,835.32 Sector 15 Tabachines Ecuador Límite Norte Av. Atilano Nieto Castañeda $3,835.32 Sector 15 Tabachines Argentina Límite Norte Límite Sur $3,835.32 Sector 15 Tabachines Panamá Límite Norte Límite Sur $3,835.32 Sector 15 Tabachines Av. Arandas Límite Norte Límite Sur $5,628.90 Sector 15 La Hacienda Colombia Brasil Av. de La Reforma $2,130.86 Sector 15 La Hacienda Av. Colombia Av. de La Reforma Av. Arandas $2,755.80 Sector 15 La Hacienda Brasil Colombia Av. de La Reforma $2,130.86 Sector 15 La Hacienda Paseo de Las Américas Av. de La Reforma Av. Arandas $2,755.80 Sector 15 La Hacienda Norte América Av. de La Reforma Panamá $2,755.80 Sector 15 La Hacienda 5ta. Av. Av. de La Reforma Límite del Fracc. $2,755.80 Sector 15 La Hacienda Av. de la Reforma Av. Colombia Av. Paseo Irapuato $5,253.26 Sector 15 La Hacienda Centro América Norte América 5ta. Av. $2,755.80 Sector 15 La Hacienda Sudamérica Av. Colombia Av. de La Reforma $2,755.80 Sector 15 La Hacienda Argentina Av. Colombia Norte América $2,755.80 Sector 15 La Hacienda Panamá Av. Colombia Norte América $2,755.80 Sector 15 La Hacienda Av. Arandas Av. Colombia Av. Paseo Irapuato $5,628.90 Sector 15 La Hacienda Nicaragua Colombia Brasil $2,130.86 Sector 15 La Hacienda Venezuela Colombia Brasil $2,130.86 Sector 15 La Hacienda Perú Colombia Brasil $2,130.86 Sector 15 La Hacienda Norte América Brasil Av. de La Reforma $2,130.86 Sector 15 Fracc. Gámez Av. Central Av. Paseo Irapuato Av. de La Reforma $2,755.80 Sector 15 Fracc. Gámez Isabel Francisco Villa Av. de La Reforma $2,755.80 Sector 15 Fracc. Gámez Isabel Av. Paseo Irapuato Av. de La Reforma $2,755.80 Sector 15 Fracc. Gámez Gardenia Francisco Villa Av. de La Reforma $2,755.80 Sector 15 Fracc. Gámez Acacias Francisco Villa Av. de La Reforma $2,755.80 Sector 15 Fracc. Gámez Álamo Orquídea Jazmín $2,451.23 Sector 15 Fracc. Gámez Av. Guerrero Av. Paseo Irapuato Francisco Villa $6,420.78 Sector 15 Fracc. Gámez Av. Guerrero Francisco Villa Av. de La Reforma $8,779.51 Sector 15 Fracc. Gámez Av. Paseo Irapuato Av. de La Reforma Av. Guerrero $3,551.06 Sector 15 Fracc. Gámez 5ta. Av. Av. Paseo Irapuato Av. Guerrero $2,755.80 Sector 15 Fracc. Gámez Francisco Villa Av. Central Av. Guerrero $2,755.80 Sector 15 Fracc. Gámez Priv. Gardenia Gardenia Priv Gardenia $2,451.23 Sector 15 Fracc. Gámez Priv. Isabel Isabel Priv. Isabel $2,451.23 Sector 15 Fracc. Gámez Av. Reforma Av. Paseo Irapuato Av. Guerrero $6,391.45 Sector 15 Col. San Gabriel 1ra Abraham González División Del Norte Constituyentes $1,988.73 Sector 15 Col. San Gabriel 1ra Francisco I. Madero División Del Norte Constituyentes $1,988.73 Sector 15 Col. San Gabriel 1ra Francisco Villa División Del Norte Constituyentes $1,988.73 Sector 15 Col. San Gabriel 1ra Felipe Ángeles Av. de La Reforma Av. Paseo Irapuato $1,988.73 Sector 15 Col. San Gabriel 1ra Av. Paseo Irapuato Av. de La Reforma Constituyentes $3,551.06 Sector 15 Col. San Gabriel 1ra División del Norte Abraham González Av. de La Reforma $2,755.80 Sector 15 Col. San Gabriel 1ra Av. de La Reforma División Del Norte Av. Paseo Irapuato $5,253.26 Sector 15 Col. San Gabriel 1ra Canutillo Abraham González Francisco Villa $1,988.73 Sector 15 Col. San Gabriel 1ra Constituyentes Abraham González Av. Paseo Irapuato $2,130.86 Sector 15 Col. San Gabriel 1ra Priv. Felipe Ángeles Felipe Ángeles Límite de Priv. $1,988.73 Sector 15 Las Trojes Juan Sarabia Carlo Magno Paseo de La Rivera $2,101.54 Sector 15 Las Trojes Paseo de La Espiga Carlo Magno Paseo de La Rivera $2,755.80 Sector 15 Las Trojes Paseo del Potrero Carlo Magno Paseo de La Cañada $2,755.80 Sector 15 Las Trojes Paseo de La Ladera Carlo Magno Paseo de La Cañada $2,755.80 Sector 15 Las Trojes Paseo de La Cosecha División del Norte Límite del Fracc. $2,755.80 Sector 15 Las Trojes Paseo del Lindero División del Norte Límite del Fracc. $2,755.80 Sector 15 Las Trojes Carlo Magno Juan Sarabia División del Norte $1,283.71 Sector 15 Las Trojes División del Norte Carlo Magno Paseo del Lindero $2,755.80 Sector 15 Las Trojes Paseo del Portón Av. de La Cosecha División del Norte $2,755.80 Sector 15 Las Trojes Paseo de La Barranca Av. de La Cosecha Paseo del Lindero $2,755.80 Sector 15 Las Trojes Paseo de La Cañada Juan Sarabia Paseo del Lindero $2,755.80 Sector 15 Las Trojes Paseo de La Jornada Paseo de La Espiga Paseo del Lindero $2,755.80 Sector 15 Las Trojes Paseo del Maizal Paseo de La Espiga Paseo del Lindero $2,755.80 Sector 15 Las Trojes Paseo de La Rivera Juan Sarabia Paseo del Lindero $2,755.80 Sector 15 Las Trojes Paseo de La Sierra Av. de La Cosecha Paseo del Lindero $2,755.80 Sector 15 Las Trojes Paseo del Arroyo Av. de La Cosecha Paseo del Lindero $2,755.80 Sector 15 Las Trojes Av. de la Cosecha División del Norte Límite Sur $2,755.80 Sector 15 Hacienda San Miguel Camino Real (circuito) - - $3,502.55 Sector 15 Hacienda San Miguel Camino de la Alborada Camino Real (Poniente) Camino Real (Oriente) $3,502.55 Sector 15 Hacienda San Miguel Camino de la Luz Camino Real (Poniente) Camino Real (Oriente) $3,502.55 Sector 15 Hacienda San Miguel Av. España Límite de Fracc. Prol. Av. España $2,918.23 Sector 16 La Huerta Cerro de Culiacán Uva Ciudad del Carmen $1,459.68 Sector 16 La Huerta Dátil Manzano Ciudad del Carmen $1,459.68 Sector 16 La Huerta Uva Límite Norte Mandarina $1,459.68 Sector 16 La Huerta Zarzamora Mandarina Ciudad del Carmen $1,459.68 Sector 16 La Huerta Manzano Uva Cerro de Culiacán $1,459.68 Sector 16 La Huerta Uva Uva Manzano $1,459.68 Sector 16 La Huerta Ciudad del Carmen Límite Norte Cerro de Culiacán $1,459.68 Sector 16 La Huerta Lima Uva Uva $1,459.68 Sector 16 La Huerta Mandarina Uva Uva $1,459.68 Sector 16 La Huerta Melón Manzano Cerro de Culiacán $1,459.68 Sector 16 La Huerta Granado Manzano Cerro de Culiacán $1,459.68 Sector 16 Josefa Ortiz de Dominguez Agustín Melgar Cerro de la Silla Arroyo Santa Rita $1,137.06 Sector 16 Josefa Ortiz de Dominguez Cerro del Tepeyac Felipe Carrillo Puerto Arroyo Santa Rita $1,459.68 Sector 16 Josefa Ortiz de Dominguez Cerro del Piloncillo Cerro delCubilete Cerro de las Campanas $1,459.68 Sector 16 Josefa Ortiz de Dominguez Cerro de Culiacán Felipe Carrillo Puerto Arroyo Santa Rita $1,459.68 Sector 16 Josefa Ortiz de Dominguez Felipe Carrillo Puerto Río Guanajuato Cerro de Culiacán $1,459.68 Sector 16 Josefa Ortiz de Dominguez Cerro de la Bufa Río Guanajuato Cerro de Culiacán $1,459.68 Sector 16 Josefa Ortiz de Dominguez Cerro del Zamorano Río Guanajuato Cerro de Culiacán $1,459.68 Sector 16 Josefa Ortiz de Dominguez Cerro del Cubilete Río Guanajuato Cerro de Culiacán $1,459.68 Sector 16 Josefa Ortiz de Domínguez Cerro Blanco Río Guanajuato Cerro del Tepeyac $1,459.68 Sector 16 Josefa Ortiz de Domínguez Nevado de Toluca Cerro delPiloncillo Cerro de Culiacán $1,459.68 Sector 16 Josefa Ortiz de Domínguez Cerro de las Campanas Río Guanajuato Cerro de Culiacán $1,459.68 Sector 16 Josefa Ortiz de Domínguez Cerro de la Silla Agustín Melgar Cerro de Culiacán $1,459.68 Sector 16 Josefa Ortiz de Domínguez Cerro de la Cruz Agustín Melgar Cerro del Tepeyac $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Priv. Vallarta Vallarta Margarita Maza $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Adolfo López Mateos Playa Azul Margarita Maza $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Benito Juárez Puerto Márquez Margarita Maza $2,130.86 Sector 16 Col. San Isidro Puerto Márquez Ciudad del Carmen Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Puerto de Chetumal Ciudad del Carmen Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Puerto Cd. Del Carmen Ciudad del Carmen Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Puerto de Coatzacoalcos Ciudad del Carmen Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Puerto de Alvarado Ciudad del Carmen Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Puerto Boca del Río Ciudad del Carmen Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Puerto Escondido Ciudad del Carmen Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Zihuatanejo Ciudad del Carmen Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Playa Azul Arroyo Santa Rita Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Tuxpan Arroyo Santa Rita Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Tampico Arroyo Santa Rita Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro La Paz Arroyo Santa Rita Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Topolobampo Arroyo Santa Rita Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Mazatlán Arroyo Santa Rita Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Manzanillo Arroyo Santa Rita Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Veracruz Arroyo Santa Rita Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Acapulco Arroyo Santa Rita Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Vallarta Arroyo Santa Rita Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. San Isidro Cancún Adolfo López Mateos Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Ciudad de los Olivos Sección A Madrileña Av. Del Molino Enrique Molina $2,256.07 Sector 16 Ciudad de los Olivos Sección A Av. del Molino Madrileña Quevedo $552.74 Sector 16 Ciudad de los Olivos Sección A Quevedo Fray Martín de Valencia Av. Del Molino $552.74 Sector 16 Ciudad de los Olivos Sección A Calles sin nombre - - $851.67 Sector 16 Ciudad de los Olivos Sección A Enrique Molina Madrileña Límite Sur $851.67 Sector 16 Ciudad de los Olivos Sección A Kurt Lent Misión Límite Oriente $851.67 Sector 16 Ciudad de los Olivos Sección A Misión Enrique Molina Galeana $851.67 Sector 16 Ciudad de los Olivos Sección B Madrileña Límite de Fracc. Av. del Molino $2,256.07 Sector 16 Ciudad de los Olivos Sección B Av. del Molino Madrileña Quevedo $552.74 Sector 16 Ciudad de los Olivos Sección B Quevedo Av. Del Molino Límite Norte $552.74 Sector 16 Ciudad de los Olivos Sección C Av. Del Molino Quevedo Límite Oriente $552.74 Sector 16 Ciudad de los Olivos Sección C Quevedo Fray Martín de Valencia Límite Norte $552.74 Sector 16 Ciudad de los Olivos Sección D Blvd. Solidaridad Límite Poniente Límite Oriente $5,019.76 Sector 16 Ciudad de los Olivos Sección D Isidro Barajas Límite Poniente Límite Oriente $552.74 Sector 16 Ciudad de los Olivos Sección D Calle sin nombre Blvd. Solidaridad Límite Sur $552.74 Sector 16 Ciudad de los Olivos Sección E Blvd. Solidaridad Madrileña Límite Oriente $5,019.76 Sector 16 Ciudad de los Olivos Sección E Prol. Sevillana Blvd. Solidaridad Límite Sur $1,167.52 Sector 16 Ciudad de los Olivos Sección E Resto de calles - - $639.59 Sector 16 Col. Los Olivos Madrileña Galeana Blvd. Solidaridad $2,256.07 Sector 16 Col. Los Olivos Sevillana Galeana Blvd. Solidaridad $1,988.73 Sector 16 Col. Los Olivos Misión Galeana Blvd. Solidaridad $1,988.73 Sector 16 Col. Los Olivos Misión Galeana Enrique Molina $851.67 Sector 16 Col. Los Olivos Galeana Madrileña Misión $851.67 Sector 16 Col. Los Olivos Bical Madrileña Límite de la Colonia $1,988.73 Sector 16 Col. Los Olivos Andalucía Sevillana Misión $1,417.94 Sector 16 Col. Los Olivos Arroyo Sevillana Misión $1,417.94 Sector 16 Col. Los Olivos A. Manrique Sevillana Misión $1,417.94 Sector 16 Col. Los Olivos Cordobesa Madrileña Límite de la colonia $1,988.73 Sector 16 Col. Los Olivos Blvd. Solidaridad Madrileña Priv. Excélsior $5,019.76 Sector 16 Malvas Revolución Madrileña Límite de Fracc. Sin Nombre $2,256.07 Sector 16 Malvas Revolución Mariano Abasolo Díaz Ordaz López Mateos $1,135.93 Sector 16 Malvas Revolución Javier Mina Límite de la Colonia Díaz Ordaz $1,135.93 Sector 16 Malvas Revolución José Ma. Morelos Límite de la Colonia Díaz Ordaz $1,135.93 Sector 16 Malvas Revolución Miguel Hidalgo Díaz Ordaz Límite de la colonia $1,135.93 Sector 16 Malvas Revolución Vicente Guerrero Madrileña Límite de la colonia $1,135.93 Sector 16 Malvas Revolución Ignacio Allende Javier Mina Límite de la colonia $1,135.93 Sector 16 Malvas Revolución Díaz Ordaz Madrileña Josefa Ortiz de Domínguez $1,750.71 Sector 16 Malvas Revolución Benito Juárez Límite de calle Josefa Ortiz de Domínguez $1,135.93 Sector 16 Malvas Revolución López Mateos Límite de calle Josefa Ortiz de Domínguez $1,135.93 Sector 16 Malvas Revolución Josefa Ortiz de Domínguez Límite Norte Límite Sur $1,135.93 Sector 16 Priv. Excelsior Priv. Excélsior Blvd. Solidaridad Límite Norte $1,765.38 Sector 16 Priv. Excelsior Blvd. Solidaridad Límite Poniente Parque del Jilguero $5,019.76 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Parque del Jilguero Parque de la Paloma Parque del Colibrí $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Parque del Jilguero Parque del Colibrí Blvd. Solidaridad $552.74 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Parque de la Alondra Parque de la Paloma Parque del Colibrí $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Alameda de los Sueños Alameda de la Virtud Alameda de la Generosidad $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Alameda de la Imaginación Alameda de la Virtud Alameda de la Generosidad $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Alameda de la Alegría Alameda del Pensamiento Alameda del Encuentro $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Alameda de la Esperanza Límite Norte Alameda de la Conciliación $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Alameda de la Esperanza Alameda de la Conciliación Blvd. Solidaridad $552.74 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Alameda del Encanto Alameda del Pensamiento Alameda del Encuentro $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Alameda de la Aurora Alameda del Sentimiento Alameda de la Conciliación $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Alameda de la Ilusión Alameda del Pensamiento Alameda de la Conciliación $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Parque de la Paloma Parque del Jilguero Parque de la Alondra $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Parque del Tucán Parque del Jilguero Parque de la Alondra $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Parque del Mirlo Parque del Jilguero Parque de la Alondra $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Parque del Petirrojo Parque del Jilguero Parque de la Alondra $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Parque del Canario Parque del Jilguero Parque de la Alondra $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Parque de la Golondrina Parque del Jilguero Parque de la Alondra $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Parque de la Calandria Parque del Jilguero Parque de la Alondra $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Parque del Gorrión Parque del Jilguero Parque de la Alondra $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Parque del Colibrí Parque del Jilguero Parque de la Alondra $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Alameda de la Virtud Alameda de los Sueños Alameda de la Imaginación $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Alameda de la Inquietud Alameda de los Sueños Alameda de la Imaginación $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Alameda del Privilegio Alameda de los Sueños Alameda de la Imaginación $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Alameda del pensamiento Alameda de la Imaginación Alameda de la Ilusión $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Alameda del Encuentro Alameda de los Sueños Alameda de la Ilusión $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Alameda de la Creatividad Alameda de los Sueños Alameda de la Ilusión $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Alameda de la Generosidad Alameda de los Sueños Alameda de la Esperanza $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Alameda del Sentimiento Alameda de la Esperanza Alameda de la Ilusión $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Alameda de la Conciliación Alameda de la Esperanza Alameda de la Ilusión $2,755.80 Sector 16 Las Alamedas Jardín Residencial Blvd. Solidaridad Parque del Jilguero Límite de Fracc. $5,019.76 Sector 16 Rafael Galván Maldonado Blvd. Solidaridad Límite Poniente Límite Oriente $5,019.76 Sector 16 Rafael Galván Maldonado Champaña Blvd. Solidaridad Normanda $1,988.73 Sector 16 Rafael Galván Maldonado Flandes Blvd. Solidaridad Límite Sur $1,988.73 Sector 16 Rafael Galván Maldonado Calles pavimentadas - - $1,750.71 Sector 16 Rafael Galván Maldonado Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $1,137.06 Sector 16 Fracc. Villa San Angel Lezael Harael Límite del Fracc. $1,988.73 Sector 16 Fracc. Villa San Angel Sitael Mitzrael Umabel $1,988.73 Sector 16 Fracc. Villa San Angel Mebael Mitzrael Umabel $1,988.73 Sector 16 Fracc. Villa San Angel Melahel Mitzrael Umabel $1,988.73 Sector 16 Fracc. Villa San Angel Nelkael Mitzrael Umabel $1,988.73 Sector 16 Fracc. Villa San Angel Jeliel Harael Límite del Fracc. $1,988.73 Sector 16 Fracc. Villa San Angel Harael Lezael Jeliel $1,988.73 Sector 16 Fracc. Villa San Angel Mitzrael Lezael Jeliel $1,988.73 Sector 16 Fracc. Villa San Angel Umabel Límite Poniente Límite Oriente $1,988.73 Sector 16 Fracc. Villa San Angel Anavel Lezael Límite Oriente $1,988.73 Sector 16 Fracc. Villa San Angel Manakel Lezael Límite Oriente $1,988.73 Sector 16 Fracc. Villa San Angel Ayael Lezael Límite Oriente $1,988.73 Sector 16 Fracc. Villa San Angel Rochel Límite Poniente Jeliel $1,988.73 Sector 16 Manzana Catastral 29,55,165 y 168 Blvd. Solidaridad Río Guanajuato Calzada de Guadalupe $4,670.07 Sector 16 Manzana Catastral 29,55,165 y 169 Blvd. Solidaridad Benito Juárez Madrileña $5,019.76 Sector 16 Manzana Catastral 29,55,165 y 170 Benito Juárez Fuente Catalanas Blvd. Solidaridad $2,130.86 Sector 16 Manzana Catastral 29,55,165 y 171 Calz. deGuadalupe Río Guanajuato Blvd. Solidaridad $2,918.23 Sector 16 Emiliano Zapata II Agustín Melgar Río Guanajuato Juan de la Barrera $1,137.06 Sector 16 Emiliano Zapata II Francisco Márquez Río Guanajuato Guadalupe Victoria $552.74 Sector 16 Emiliano Zapata II Vicente Suárez Guadalupe Victoria Juan de la Barrera $552.74 Sector 16 Emiliano Zapata II Ignacio Zaragoza Josefa Ortiz de Domínguez Vicente Guerrero $1,459.68 Sector 16 Emiliano Zapata II Juan Escutia Arroyo Santa Rita Vicente Guerrero $1,459.68 Sector 16 Emiliano Zapata II Manuel Ávila Camacho Margarita Maza Vicente Guerrero $1,459.68 Sector 16 Emiliano Zapata II Adolfo López Mateos Margarita Maza Vicente Guerrero $1,459.68 Sector 16 Emiliano Zapata II Benito Juárez Margarita Maza Vicente Guerrero $2,130.86 Sector 16 Emiliano Zapata II Guadalupe Victoria Río Guanajuato Agustín Melgar $552.74 Sector 16 Emiliano Zapata II Juan de la Barrera Río Guanajuato Agustín Melgar $552.74 Sector 16 Emiliano Zapata II Josefa Ortiz de Domínguez Arroyo Santa Rita Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Emiliano Zapata II José Ma. Morelos Ignacio Zaragoza Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Emiliano Zapata II Vicente Guerrero Río Guanajuato Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Lázaro Cárdenas Priv. Ignacio Zaragoza Vicente Guerrero Priv. Ignacio Zaragoza $1,459.68 Sector 16 Lázaro Cárdenas Mariano Patlán Simón Bolívar Felipe Ángeles $1,459.68 Sector 16 Lázaro Cárdenas Francisco J. Mujica Vicente Guerrero Límite delFraccionamiento $1,459.68 Sector 16 Lázaro Cárdenas Francisco Villa Vicente Guerrero Francisco Javier Mina $1,459.68 Sector 16 Lázaro Cárdenas Manuel Ávila Camacho Vicente Guerrero Francisco Javier Mina $1,459.68 Sector 16 Lázaro Cárdenas Adolfo López Mateos Vicente Guerrero Francisco Javier Mina $1,459.68 Sector 16 Lázaro Cárdenas Benito Juárez Vicente Guerrero Francisco Javier Mina $2,130.86 Sector 16 Lázaro Cárdenas Simón Bolívar Río Guanajuato Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Lázaro Cárdenas Felipe Ángeles Río Guanajuato Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Lázaro Cárdenas Constitución Río Guanajuato Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Lázaro Cárdenas Jiquilpan Río Guanajuato Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Lázaro Cárdenas 18 de Marzo Francisco Villa Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Lázaro Cárdenas Francisco Javier Mina Río Guanajuato Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Lázaro Cárdenas Vicente Guerrero Río Guanajuato Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. Las Fuentes Francisco Javier Mina Río Guanajuato Benito Juárez $1,459.68 Sector 16 Col. Las Fuentes Fuente Arabesca Río Guanajuato Manuel Ávila Camacho $1,283.71 Sector 16 Col. Las Fuentes Fuente Egipcia Manuel Ávila Camacho Benito Juárez $1,283.71 Sector 16 Col. Las Fuentes Fuente Bizantina Río Guanajuato Manuel Ávila Camacho $1,283.71 Sector 16 Col. Las Fuentes Fuente Odalisca Manuel Ávila Camacho Benito Juárez $1,283.71 Sector 16 Col. Las Fuentes Fuente Barroca Río Guanajuato Manuel Ávila Camacho $1,283.71 Sector 16 Col. Las Fuentes Fuente Veneciana Vicente Guerrero Benito Juárez $1,283.71 Sector 16 Col. Las Fuentes Fuente Babilonia Manuel Ávila Camacho Benito Juárez $1,283.71 Sector 16 Col. Las Fuentes Fuente Florentina Río Guanajuato Benito Juárez $1,283.71 Sector 16 Col. Las Fuentes Benito Juárez Francisco Javier Mina Fuente Florentina $2,130.86 Sector 16 Col. Las Fuentes Manuel Ávila Camacho Francisco Javier Mina Fuente Florentina $1,283.71 Sector 16 Col. Las Fuentes II Manuel Ávila Camacho Fuente Florentina Límite de la Colonia $1,283.71 Sector 16 Col. Las Fuentes II Benito Juárez Fuente Florentina Fuente Catalanas $2,130.86 Sector 16 Col. Las Fuentes II Fuente Plateresca Río Guanajuato Benito Juárez $1,283.71 Sector 16 Col. Las Fuentes II Fuente Gótica Río Guanajuato Benito Juárez $1,283.71 Sector 16 Col. Las Fuentes II Fuente Catalanas Río Guanajuato Benito Juárez $1,283.71 Sector 16 Col. Las Fuentes II Fuente Churrigueresca Río Guanajuato Manuel Ávila Camacho $1,283.71 Sector 16 Col. Las Fuentes II Fuente Florentina Río Guanajuato Benito Juárez $1,283.71 Sector 16 Manzanas Catastrales 29 y 55 Blvd. Solidaridad Benito Juárez Río Guanajuato $4,670.07 Sector 16 Manzana Catastral 241, 273 y 280 Blvd. Solidaridad Alameda de la Esperanza 15 de Septiembre $5,019.76 Sector 17 Santa Fé Av. Santa Fe Prol. Guerrero Vía F.F.C.C. $3,551.06 Sector 17 Santa Fé Av. San Francisco Av. San Lorenzo Av. San Ignacio $3,551.06 Sector 17 Santa Fé Av. San Lorenzo Av. Santa Fe Límite Sur $3,551.06 Sector 17 Santa Fé Av. San José Av. Santa Fe Límite Sur $3,551.06 Sector 17 Santa Fé Prol. Guerrero Av. Santa Fe Límite Sur $9,340.14 Sector 17 Santa Fé Av. San Ignacio Av. Santa Fe Límite Sur $3,551.06 Sector 17 Santa Fé Priv. Santa Fe Av. Santa Fe Límite de Priv. $2,130.86 Sector 17 Santa Fé Santa Fe Segunda Priv. Av. Santa Fe Límite de Priv. $2,130.86 Sector 17 Fracc. Misión 4to. Cinturón Vial Límite del Fracc. Límite del Fracc. $4,203.06 Sector 17 Fracc. Misión Av. Del convento San Carlos San Jerónimo $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión Av. Catedral Límite del Fracc. Límite del Fracc. $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión Eje Poniente Tres Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,130.86 Sector 17 Fracc. Misión San Carlos Av. DelConvento Área Jardinada $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión Santa Mónica Área Jardinada Av. Catedral $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión San Esteban Av. Catedral Eje Poniente Tres $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión Santa Ana 4to. Cinturón Vial Av. Del Convento $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión Santo Domingo Av. DelConvento Área Jardinada $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión Santa Elena Área Jardinada Av. Del Convento $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión San Bartolomé Av. Catedral Eje Poniente Tres $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión Santa Inés 4to. Cinturón Vial Av. Del Convento $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión San Telmo Av. DelConvento Área Jardinada $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión Santa Catalina Área Jardinada Av. Catedral $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión San Andrés Av. Catedral Eje Poniente Tres $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión Santa Isabel 4to. Cinturón Vial Av. Del Convento $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión San Damasco Av. DelConvento Área Jardinada $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión Santa Bárbara Área Jardinada Av. Catedral $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión Santo Tomás Av. Catedral Eje Poniente Tres $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión Santa Bernardette 4to. Cinturón Vial Av. Del Convento $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión San Cosme Av. DelConvento Área Jardinada $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión Santa Rita Área Jardinada Av. Catedral $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión San Agustín Av. Catedral Eje Poniente Tres $4,670.07 Sector 17 Fracc. Misión Santa Clara 4to. Cinturón Vial Av. Del Convento $4,670.07 Sector 17 Quinta Libertad I Quinta Hidalgo Quinta Allende Paseo de la Conspiración $3,269.05 Sector 17 Quinta Libertad I Paseo de la Conspiración Límite Poniente Límite Oriente $3,269.05 Sector 17 Quinta Libertad I Quinta Josefa Ortiz de Domínguez Quinta Allende Quinta Morelos $3,269.05 Sector 17 Quinta Libertad I Quinta Aldama Quinta Allende Quinta Morelos $3,269.05 Sector 17 Quinta Libertad I Quinta Allende 4to. Cinturón Vial Límite del Fracc. $3,269.05 Sector 17 Quinta Libertad I Quinta Morelos 4to. Cinturón Vial Límite de Calle $3,269.05 Sector 17 Quinta Libertad I Paseo de los Libertadores Quinta Aldama Eje Poniente Tres $3,269.05 Sector 17 Quinta Libertad I 4to. Cinturón vial Límite Poniente Límite Oriente $4,203.06 Sector 17 Quinta Libertad I Eje Poniente Tres Límite Poniente Límite Oriente $2,130.86 Sector 17 Quinta Libertad II 4to. Cinturón vial Límite Poniente Límite Oriente $4,203.06 Sector 17 Quinta Libertad II Eje Poniente Tres Límite Poniente Límite Oriente $2,130.86 Sector 17 Quinta Libertad II Quinta Leona Vicario Quinta Corregidora Límite del Fracc. $3,269.05 Sector 17 Quinta Libertad II Quinta Francisco Javier Mina Quinta Corregidora Límite del Fracc. $3,269.05 Sector 17 Quinta Libertad II Paseo de la Conspiración Límite del Fracc. Límite del Fracc. $3,269.05 Sector 17 Quinta Libertad II Quinta Nicolás Bravo Límite del Fracc. Quinta Corregidora $3,269.05 Sector 17 Quinta Libertad II Quinta Corregidora Límite de Calle Eje Poniente Tres $3,269.05 Sector 17 Quinta Libertad II Quinta de la Campana 4to. Cinturón Vial Quinta Leona Vicario $3,269.05 Sector 17 Los Encinos Eje Poniente Tres Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,130.86 Sector 17 Los Encinos Cerrada Álamos Calle de los Cedros Límite del Fracc. $2,918.23 Sector 17 Los Encinos Cerrada Abetos Calle de los Cedros Límite del Fracc. $2,918.23 Sector 17 Los Encinos Cerrada Sauces Calle de los Cedros Límite del Fracc. $2,918.23 Sector 17 Los Encinos Calle del Vergel Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,918.23 Sector 17 Los Encinos Cerrada Bugambilia Calle de los Cedros Límite del Fracc. $2,918.23 Sector 17 Los Encinos Cerrada Las Camelinas Calle de los Cedros Límite del Fracc. $2,918.23 Sector 17 Los Encinos Eje Poniente Dos Límite del Fracc. Límite del Fracc. $851.67 Sector 17 Los Encinos Cerrada Fresnos Límite del Fracc. Los Laureles $2,918.23 Sector 17 Los Encinos Cerrada Eucaliptos Límite del Fracc. Los Laureles $2,918.23 Sector 17 Los Encinos Cerrada Tabachín Límite del Fracc. Los Laureles $2,918.23 Sector 17 Los Encinos Cerrada Jacarandas Límite del Fracc. Los Laureles $2,918.23 Sector 17 Los Encinos Eje Poniente Uno Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,130.86 Sector 17 Los Encinos Calle los Cedros Norte Eje Poniente Dos $2,918.23 Sector 17 Los Encinos Calle los Pinos Calle Vergel Calle Cedros $2,918.23 Sector 17 Los Encinos Las Ceibas Los Laureles Los Laureles $2,918.23 Sector 17 Los Encinos Los Laureles Eje Poniente Dos Eje Poniente Uno $2,918.23 Sector 17 Los Encinos 3ra Sección Eje Poniente Tres Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,130.86 Sector 17 Los Encinos 3ra Sección Cerrada Olivos Límite deCerrada Calle los Abedules $2,918.23 Sector 17 Los Encinos 3ra Sección Cerrada Madroños Límite deCerrada Calle los Abedules $2,918.23 Sector 17 Los Encinos 3ra Sección Cerrada Ébanos Límite deCerrada Calle los Abedules $2,918.23 Sector 17 Los Encinos 3ra Sección Calle el Vergel Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,918.23 Sector 17 Los Encinos 3ra Sección Cerrada Cipreses Límite deCerrada Calle los Abedules $2,918.23 Sector 17 Los Encinos 3ra Sección Cerrada Ahuehuetes Límite deCerrada Calle los Abedules $2,918.23 Sector 17 Los Encinos 3ra Sección Eje Poniente Dos Límite Poniente Límite Oriente $851.67 Sector 17 Los Encinos 3ra Sección Calle Los Abedules Cerrada Los Olivos Eje Poniente dos $2,918.23 Sector 17 La Gavia Eje Poniente Tres Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,130.86 Sector 17 La Gavia Cerrada del Agave Límite Poniente Palma Real $2,918.23 Sector 17 La Gavia Cerrada Encina Límite Poniente Palma Real $2,918.23 Sector 17 La Gavia Cerrada Brezo Límite Poniente Palma Real $2,918.23 Sector 17 La Gavia Cerrada del Vergel Límite Poniente Límite del Fracc. $2,918.23 Sector 17 La Gavia Cerrada del Rusco Límite Poniente Palma Real $2,918.23 Sector 17 La Gavia Cerrada del Lantana Límite Poniente Palma Real $2,918.23 Sector 17 La Gavia Tepozán Límite del Fracc. Jacarasúchil $2,918.23 Sector 17 La Gavia Palo de Rosa Límite del Fracc. Jacarasúchil $2,918.23 Sector 17 La Gavia Eje Poniente Dos Límite del Fracc. Límite del Fracc. $851.67 Sector 17 La Gavia Palma Real Eje Poniente Tres Palo de Rosa $2,918.23 Sector 17 La Gavia Jacarasúchil Límite del Fracc. Eje Poniente Dos $2,918.23 Sector 17 La Gavia Cerrada Enebro Palma Real Límite Oriente $2,918.23 Sector 17 La Gavia Cerrada Huizache Palma Real Límite Oriente $2,918.23 Sector 17 La Gavia Cerrada de la Palma Palma Real Límite Oriente $2,918.23 Sector 17 Bosques de la Pradera Eje Poniente Tres Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,130.86 Sector 17 Bosques de la Pradera Xoconostle Mezquital Jacarasúchil $2,918.23 Sector 17 Bosques de la Pradera Flor de Calabaza Mezquital Jacarasúchil $2,918.23 Sector 17 Bosques de la Pradera Flor de Tuna Mezquital Jacarasúchil $2,918.23 Sector 17 Bosques de la Pradera Flor de Yuca Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,918.23 Sector 17 Bosques de la Pradera Flor de Maguey de Poniente Jacarasúchil $2,918.23 Sector 17 Bosques de la Pradera Del Garambullo de Poniente Jacarasúchil $2,918.23 Sector 17 Bosques de la Pradera Mezquital Eje Poniente Tres Límite del Fracc. $2,918.23 Sector 17 Bosques de la Pradera Jacarasúchil Eje Poniente Tres Límite del Fracc. $2,918.23 Sector 17 Militares Eje Poniente Tres Límite Poniente Límite Oriente $2,130.86 Sector 17 Militares Eje Poniente Dos Límite Poniente Límite Oriente $851.67 Sector 17 Fracc. Ankara Eje Poniente Tres Límite Poniente Límite Oriente $2,130.86 Sector 17 Fracc. Ankara Calle Pavimentada Eje Poniente Dos Límite de calle $3,502.55 Sector 17 Fracc. Ankara Eje Poniente Dos Límite Poniente Límite Oriente $851.67 Sector 17 Diamante Residencial Calle Azul Límite Norte Eje Poniente Dos $3,502.55 Sector 17 Col. San Juan Bosco Av. San Martín de Porres Límite Poniente Límite Oriente $552.74 Sector 17 Col. San Juan Bosco Puerto Rico Límite Poniente Límite Oriente $1,459.68 Sector 17 Col. San Juan Bosco San Juan Bosco Sagrado Corazón de Jesús Puerto Rico $552.74 Sector 17 Col. San Juan Bosco Villa de Guadalupe Sagrado Corazón de Jesús Puerto Rico $552.74 Sector 17 Col. San Juan Bosco San Francisco de Asís Sagrado Corazón de Jesús Puerto Rico $552.74 Sector 17 Hacienda de las Flores Eje Poniente Dos Los Laureles Límite Oriente $851.67 Sector 17 Hacienda de las Flores Azucena Límite del Fracc. Hacienda Las Flores $3,269.05 Sector 17 Hacienda de las Flores Orquídea Límite del Fracc. Hacienda Las Flores $3,269.05 Sector 17 Hacienda de las Flores Gladiola Límite del Fracc. Hacienda Las Flores $3,269.05 Sector 17 Hacienda de las Flores Florencia Límite del Fracc. Hacienda Las Flores $3,269.05 Sector 17 Hacienda de las Flores Margarita Límite del Fracc. Hacienda Las Flores $3,269.05 Sector 17 Hacienda de las Flores Clavel Límite del Fracc. Hacienda Las Flores $3,269.05 Sector 17 Hacienda de las Flores Hortencia Límite del Fracc. Hacienda Las Flores $3,269.05 Sector 17 Hacienda de las Flores Alcatraz Hacienda Las Flores Eje Poniente Dos $3,269.05 Sector 17 Hacienda de las Flores Amapola Hacienda Las Flores Límite del Fracc. $3,269.05 Sector 17 Hacienda de las Flores Rosa Hacienda Las Flores Límite del Fracc. $3,269.05 Sector 17 Hacienda de las Flores Tulipán Hacienda Las Flores Límite del Fracc. $3,269.05 Sector 17 Hacienda de las Flores Girasol Hacienda Las Flores Límite del Fracc. $3,269.05 Sector 17 Hacienda de las Flores Violeta Hacienda Las Flores Límite del Fracc. $3,269.05 Sector 17 Hacienda de las Flores Jazmín Hacienda Las Flores Límite del Fracc. $3,269.05 Sector 17 Hacienda de las Flores Eje Poniente Uno Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,130.86 Sector 17 Hacienda de las Flores Hacienda Las Flores Eje Poniente Dos Eje Poniente Uno $3,269.05 Sector 17 Col. Las Américas Puerto Rico Límite Poniente Norteamérica $1,459.68 Sector 17 Col. Las Américas Nicaragua Límite Poniente Surinam $1,278.07 Sector 17 Col. Las Américas Paraguay Managua Ampliación Las Américas $1,278.07 Sector 17 Col. Las Américas Bolivia Pte. Límite del Fracc. Surinam $1,278.07 Sector 17 Col. Las Américas Matogroso Límite del Fracc. Norteamérica $1,459.68 Sector 17 Col. Las Américas Cristóbal Colón (Antes Caribe) Límite del Fracc. Norteamérica $1,459.68 Sector 17 Col. Las Américas Darién (Antes Carlos Darién) Límite del Fracc. Norteamérica $2,101.54 Sector 17 Col. Las Américas Uruguay Ampliación Las Américas Norteamérica $1,278.07 Sector 17 Col. Las Américas Paraguay Ampliación Las Américas Norteamérica $1,278.07 Sector 17 Col. Las Américas Nicaragua Ampliación Las Américas Norteamérica $1,278.07 Sector 17 Col. Las Américas Panamá Ampliación Las Américas Norteamérica $1,278.07 Sector 17 Col. Las Américas Belice Ampliación Las Américas Norteamérica $1,278.07 Sector 17 Col. Las Américas Bolivia Ote. Ampliación Las Américas Norteamérica $1,278.07 Sector 17 Col. Las Américas Guyana Puerto Rico Límite del Fracc. $1,278.07 Sector 17 Col. Las Américas Perú Puerto Rico Matogroso $1,278.07 Sector 17 Col. Las Américas Managua Puerto Rico Bolivia Pte. $1,278.07 Sector 17 Col. Las Américas Surinam Nicaragua Matogroso $1,278.07 Sector 17 Col. Las Américas Belmopán Matogroso Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Col. Las Américas Sucre Matogroso Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Col. Las Américas Santander Matogroso Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Col. Las Américas Antillas Matogroso Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Col. Las Américas Chaco Matogroso Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Col. Las Américas Yucón Matogroso Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Col. Las Américas Andes Matogroso Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Col. Las Américas Pampas Matogroso Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Col. Las Américas Tierra de Fuego Puerto Rico Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Col. Las Américas Centroamérica Matogroso Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Col. Las Américas Labrador Matogroso Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Col. Las Américas Sudamérica Norteamérica Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Col. Las Américas Norteamérica Puerto Rico Límite del Fracc. $1,459.68 Sector 17 Col. Américas - Maranhao Darién (Antes Carlos Darién) Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,101.54 Sector 17 Col. Américas - Maranhao Maranhao Darién (Antes Carlos Darién) Límite del Fracc. $1,459.68 Sector 17 Col. Américas - Maranhao Av. Arandas Darién (Antes Carlos Darién) Benito Juárez $3,852.24 Sector 17 Ampliación Las Américas Matogroso Av. Arandas Bahamas $1,135.93 Sector 17 Ampliación Las Américas Caracas Puerto Rico Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Ampliación Las Américas Maracaibo Matogroso Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Ampliación Las Américas Venezuela Matogroso Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Ampliación Las Américas Groenlandia Matogroso Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Ampliación Las Américas Latinoamérica Matogroso Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Ampliación Las Américas Darién (Antes Carlos Darién) Av. Arandas Bahamas $2,101.54 Sector 17 Ampliación Las Américas Av. Arandas Matogroso Darién (Antes Carlos Darién) $3,852.24 Sector 17 Col. Quinta Magisterial María Isabel Límite de calle Norteamérica $2,130.86 Sector 17 Lo de Juárez Benito Juárez Av. Arandas Límite de calle $1,988.73 Sector 17 Lo de Juárez Av. López Mateos 12 de Diciembre Prol. Guerrero $1,988.73 Sector 17 Lo de Juárez 16 de Diciembre Av. Arandas Prol. Guerrero $2,130.86 Sector 17 Lo de Juárez Priv. 15 de Septiembre Límite Poniente Prol. Guerrero $1,988.73 Sector 17 Lo de Juárez Av. Arandas Benito Juárez 16 de Diciembre $3,852.24 Sector 17 Lo de Juárez Prol. Guerrero Prol. Guerrero Prol. Guerrero $2,130.86 Sector 17 Lo de Juárez Manzana Catastral 278 - - $1,988.73 Sector 17 Lo de Juárez Priv. 16 de Diciembre Av. López Mateos 16 de Diciembre $1,988.73 Sector 17 Lo de Juárez Calles sin nombre Av. López Mateos 16 de Diciembre $1,988.73 Sector 17 Lo de Juárez Priv. López Mateos Av. López Mateos 16 de Diciembre $1,988.73 Sector 17 Lo de Juárez 12 de Diciembre Benito Juárez 16 de Diciembre $1,988.73 Sector 17 Lo de Juárez Priv. Olivo Av. Arandas Límite de Calle $1,988.73 Sector 17 Las Plazas Priv. Rincón del Amanecer Cda. de los Rincones Cda. de los Rincones $4,085.74 Sector 17 Las Plazas Rincón del Romance Cda. de los Rincones Cda. de los Rincones $4,085.74 Sector 17 Las Plazas Priv. Rincón de Crepúsculo Cda. de los Rincones Cda. de los Rincones $4,085.74 Sector 17 Las Plazas Plaza del Convento Plaza delClaustro Paseo de las Plazas $4,085.74 Sector 17 Las Plazas Plaza del Atrio Plaza de la Campana Plaza del Convento $4,085.74 Sector 17 Las Plazas Plaza de la Campana Paseo de las Plazas Plaza del Convento $4,085.74 Sector 17 Las Plazas Plaza del Claustro Paseo de las Plazas Plaza del Convento $4,085.74 Sector 17 Las Plazas Plaza de la Cruz Plaza delConvento Plaza del Convento $4,085.74 Sector 17 Las Plazas Camino de las Calandrias Camino de las Diligencias Camino de las Diligencias $4,085.74 Sector 17 Las Plazas Camino de las Diligencias Paseo de las Plazas Patio del Portal $4,085.74 Sector 17 Las Plazas Camino de las Carretas Camino de las Diligencias Paseo de las Plazas $4,085.74 Sector 17 Las Plazas Patio del Portal Camino de las Diligencias Patio de los Faroles $4,085.74 Sector 17 Las Plazas Patio de los Balcones Patio de los Faroles Patio de la Pérgola $4,085.74 Sector 17 Las Plazas Patio de los Macetones Patio del Portal Patio de los Faroles $4,085.74 Sector 17 Las Plazas Patio de la Pérgola Patio de los Faroles Patio de los Balcones $4,085.74 Sector 17 Las Plazas Patio de los Faroles Patio de los balcones Paseo de las Plazas $4,085.74 Sector 17 Las Plazas Paseo de las Plazas Av. Arandas Prol. Guerrero $5,837.59 Sector 17 Las Plazas Calz. de los Rincones Paseo de las Plazas Paseo de las Plazas $4,085.74 Sector 17 Las Plazas Prol. Guerrero Límite Norte Av. Estrella $9,340.14 Sector 17 Las Plazas Av. Arandas San Antonio de Ayala Av. Estrella $6,420.78 Sector 17 Las Américas - Bahamas Matogroso Latinoamérica Límite Oriente $1,135.93 Sector 17 Las Américas - Bahamas Bahamas Matogroso Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Las Américas - Bahamas México Matogroso Darién (Antes Carlos Darién) $1,459.68 Sector 17 Las Américas - Bahamas Darién (Antes Carlos Darién) Bahamas Belmopán $2,101.54 Sector 17 Camino Real Camino Real de Dolores Prol. Guerrero Vía F.F.C.C. $3,551.06 Sector 17 Camino Real Prol. Guerrero Camino Real de Dolores Vía F.F.C.C. $6,420.78 Sector 17 Camino Real Camino Real de Guadalupe Camino Real de Dolores Camino Real de Dolores $3,551.06 Sector 17 Unidad Modelo IMSS Popocatépetl Prol. Guerrero Límite del Fracc. $3,835.32 Sector 17 Unidad Modelo IMSS Vesubio Prol. Guerrero Monte Blanco $3,835.32 Sector 17 Unidad Modelo IMSS Aconcagua Poniente Monte Blanco $3,835.32 Sector 17 Unidad Modelo IMSS Tláloc Prol. Guerrero Límite de calle $2,755.80 Sector 17 Unidad Modelo IMSS Prol. Guerrero Límite de Fracc. Tlaloc $6,420.78 Sector 17 Unidad Modelo IMSS Monte Blanco Popocatépetl Límite Sur $3,835.32 Sector 17 Unidad Modelo IMSS Everest Vesubio Aconcagua $3,835.32 Sector 17 Unidad Modelo IMSS Fujiyama Vesubio Aconcagua $3,835.32 Sector 17 Manzana Catastral 10, 74 y 236 Av. Estrella Av. Arandas Prol. Guerrero $8,779.51 Sector 17 Manzana Catastral 10, 74 y 236 Prol. Euquerio Guerrero Av. Arandas Prol. Guerrero $5,628.90 Sector 17 Manzana Catastral 10, 74 y 236 Av. Arandas Av. Estrella Vía F.F.C.C. $5,628.90 Sector 17 Manzana Catastral 10, 74 y 236 Prol. Guerrero Av. Estrella Prol. Euquerio Guerrero $9,340.14 Sector 17 Manzana Catastral 10, 74 y 236 Prol. Guerrero Prol. Euquerio Guerrero Vía F.F.C.C. $6,420.78 Sector 18 Fracc. Las Brisas Brisas de la Pradera Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,101.54 Sector 18 Fracc. Las Brisas Brisas del Desierto Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,101.54 Sector 18 Fracc. Las Brisas Brisas del Bosque Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,101.54 Sector 18 Fracc. Las Brisas Brisas del Lago Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,101.54 Sector 18 Fracc. Las Brisas Brisas del Mar Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,101.54 Sector 18 Fracc. Las Brisas Brisas de la Tundra Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,101.54 Sector 18 Fracc. Las Brisas Brisas de la Montaña Límite del Fracc. Brisa de la Sierra $2,101.54 Sector 18 Fracc. Las Brisas Brisas del Valle Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,101.54 Sector 18 Fracc. Las Brisas Hacienda San Antonio Límite del Fracc. Límite del Fracc. $2,101.54 Sector 18 Fracc. Las Brisas Brisa de la Sierra Brisas de la Tundra Brisas del Valle $2,101.54 Sector 18 Fracc. Las Brisas Av. Nogalia Límite del Fracc. Brisas de la Pradera $2,101.54 Sector 18 Fracc. Las Brisas Brisa de la Cañada Brisas de la Tundra Brisas del Valle $2,101.54 Sector 18 Fracc. Las Brisas Brisa de la Colina Brisas de la Tundra Brisas del Valle $2,101.54 Sector 18 Fracc. Las Brisas Nuez de Gola Límite del Fracc. Brisas de la Pradera $2,101.54 Sector 18 Col. Populares Calle Principal Límite de la Colonia Blvd. Solidaridad $1,278.07 Sector 18 Col. Populares Vialidades Interiores Vialidades Interiores Vialidades Interiores $1,278.07 Sector 18 Nogalia Nuez de Castilla Av. Nogalia Límite del Fracc. $2,684.73 Sector 18 Nogalia Av. Nogalia Av. Del Carrizal Límite del Fracc. $2,684.73 Sector 18 Nogalia Nuez de la India Nuez de la India Nuez de la India $2,684.73 Sector 18 Nogalia Nuez Moscada Nuez Moscada Nuez Moscada $2,684.73 Sector 18 Nogalia Nuez de Areca Nuez de Areca Nuez de Areca $2,684.73 Sector 18 Nogalia Nuez de Gola Nuez de Gola Límite del Fracc. $2,684.73 Sector 18 Nogalia Nuez de Palma Nuez de Palma Nuez de Castilla $2,684.73 Sector 18 Nogalia Nuez de Molucas Nuez de Palma Nuez de Castilla $2,684.73 Sector 18 Nogalia Nuez de Meca Nuez de Palma Nuez de Castilla $2,684.73 Sector 18 Nogalia Cerrada Nuez de Castilla Límite deCerrada Nuez de Castilla $2,684.73 Sector 18 Esfuerzo Obrero Mártires de Chicago Batallón Rojo Aquiles Serdán $1,167.52 Sector 18 Esfuerzo Obrero Mártires de Tacubaya Av. delFerrocarril Aquiles Serdán $1,167.52 Sector 18 Esfuerzo Obrero Mártires de Río Blanco Av. delFerrocarril Blvd. Solidaridad $1,167.52 Sector 18 Esfuerzo Obrero Justicia Social Av. delFerrocarril Aquiles Serdán $1,167.52 Sector 18 Esfuerzo Obrero Mártires de Cananea Art. 123 Derechos y Deberes $1,167.52 Sector 18 Esfuerzo Obrero Batallón Rojo Límite Norte Mártires de Tacubaya $1,167.52 Sector 18 Esfuerzo Obrero Art. 123 Mártires de Tacubaya Mártires de Cananea $1,167.52 Sector 18 Esfuerzo Obrero Derechos y Deberes Mártires de Chicago Mártires de Cananea $1,167.52 Sector 18 Esfuerzo Obrero Aquiles Serdán Mártires de Chicago Justicia Social $1,167.52 Sector 18 Esfuerzo Obrero Blvd. Solidaridad Límite Norte Límite Sur $5,837.59 Sector 18 El Encanto Circuito del Ocotillo Acceso Salida $1,868.03 Sector 18 El Encanto Circuito de la Magnolia Paseo del Tabachín Paseo del Pirul $1,868.03 Sector 18 El Encanto Paseo del Tabachín Circuito del Ocotillo Paseo del Ocotillo $1,868.03 Sector 18 El Encanto Paseo de la Acacia Circuito del Ocotillo Av. San Cayetano de Luna $1,868.03 Sector 18 El Encanto Paseo del Pirul Circuito del Ocotillo Circuito del Ocotillo $1,868.03 Sector 18 El Encanto Palo Dulce Circuito del Ocotillo Circuito de la Magnolia $1,868.03 Sector 18 El Encanto Paseo del Mezquite Paseo del Trueno Paseo del Pirul $1,868.03 Sector 18 El Encanto Paseo del Trueno Circuito del Ocotillo Circuito del Ocotillo $1,868.03 Sector 18 El Encanto Paseo del Zapote Circuito del Ocotillo Circuito del Ocotillo $1,868.03 Sector 18 El Encanto Paseo del Casahuate Circuito del Ocotillo Paseo delHuizache $1,868.03 Sector 18 El Encanto Paseo del Tule Paseo del Mezquite Circuito del Ocotillo $1,868.03 Sector 18 El Encanto Paseo del Arrayán Paseo del Mezquite Circuito del Ocotillo $1,868.03 Sector 18 El Encanto Paseo del Huizache Circuito del Ocotillo Circuito del Ocotillo $1,868.03 Sector 18 Progresiva del Jaral Calles en terracería sin servicio - - $534.69 Sector 18 Progresiva del Jaral Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 18 San Cayetano de Luna II Calles pavimentadas - - $1,579.25 Sector 18 San Cayetano de Luna San Cayetano Límite Poniente Av. San Cayetano $1,634.53 Sector 18 San Cayetano de Luna Ganaderos y Comerciantes Monte de Piedad Del Oratorio $1,634.53 Sector 18 San Cayetano de Luna Empresarios Monte de Piedad Del Oratorio $1,634.53 Sector 18 San Cayetano de Luna Monte de Piedad Límite Norte San Cayetano $1,634.53 Sector 18 San Cayetano de Luna Del Oratorio San Cayetano Límite Norte $1,634.53 Sector 18 San Cayetano de Luna Calle sin nombre Ganaderos y comerciantes San Cayetano $1,634.53 Sector 18 Las Delicias Calle Adolfo López Mateos Límite Oriente Blvd. Solidaridad $1,278.07 Sector 18 Las Delicias Calle Benito Juárez Límite Oriente Blvd. Solidaridad $1,278.07 Sector 18 Las Delicias Calle Díaz Ordaz Límite Oriente Blvd. Solidaridad $1,278.07 Sector 18 Las Delicias Blvd. Solidaridad Límite de Fracc. Límite de Fracc. $5,837.59 Sector 18 Plan Guanajuato Blvd. Solidaridad Priv. 10301 San José de Iturbide $5,253.26 Sector 18 Plan Guanajuato Priv. 10301 Calle Celaya Blvd. Solidaridad $1,313.04 Sector 18 Plan Guanajuato Priv. Cuerámaro Límite de Calle Calle Cuerámaro $1,313.04 Sector 18 Plan Guanajuato Calle Acámbaro Blvd. Solidaridad Calle Cuerámaro $1,313.04 Sector 18 Plan Guanajuato Prol. Revolución Blvd. Solidaridad Calle Cuerámaro $1,313.04 Sector 18 Plan Guanajuato Calle Yuriria Blvd. Solidaridad Calle Cuerámaro $1,313.04 Sector 18 Plan Guanajuato Calle Salamanca Calle Celaya Calle Cuerámaro $1,313.04 Sector 18 Plan Guanajuato Calle Salvatierra Blvd. Solidaridad Calle Cuerámaro $1,313.04 Sector 18 Plan Guanajuato Priv. Moroleón Calle Moroleón Blvd. Solidaridad $1,313.04 Sector 18 Plan Guanajuato Calle Pénjamo Calle Celaya Calle Cuerámaro $1,313.04 Sector 18 Plan Guanajuato San José de Iturbide Blvd. Solidaridad Calle Cuerámaro $1,313.04 Sector 18 Plan Guanajuato Calle Celaya Priv. 10301 Calle San José de Iturbide $1,313.04 Sector 18 Plan Guanajuato Calle León Calle Yuriria Límite Norte $1,313.04 Sector 18 Plan Guanajuato Calle Cuerámaro Priv. Cuerámaro Calle San José de Iturbide $1,313.04 Sector 18 Plan Guanajuato Calle Moroleón Calle Acámbaro Calle San José de Iturbide $1,313.04 Sector 18 Plan Guanajuato Priv. sin nombre Prol. Revolución Límite de Priv. $1,313.04 Sector 18 24 de Abril Av. San Cayetano de Luna Blvd. Solidaridad 12 de Octubre $2,840.40 Sector 18 24 de Abril Porche Dodge 12 de Octubre $1,283.71 Sector 18 24 de Abril Buick Dodge Ford $1,283.71 Sector 18 24 de Abril Cadillac Límite Poniente Ford $1,283.71 Sector 18 24 de Abril Ford Av. SanCayetano de Luna Límite Sur $1,459.68 Sector 18 24 de Abril 12 de Octubre Av. SanCayetano de Luna Límite Sur $1,283.71 Sector 18 Eratzicuitzio Calle Eratzicuitzio Av. SanCayetano de Luna Límite Sur $1,459.68 Sector 18 Eratzicuitzio Av. San Cayetano de Luna 12 de octubre Límite Oriente $2,840.40 Sector 18 Ampliación 24 de Diciembre Calles sinpavimentar - - $1,097.58 Sector 18 Ampliación 24 de Diciembre Calles pavimentadas - - $1,240.84 Sector 18 24 de Diciembre Calles sinpavimentar - - $1,097.58 Sector 18 24 de Diciembre Calles pavimentadas - - $1,240.84 Sector 18 Brisas del Río Calles sinpavimentar - - $1,097.58 Sector 18 Brisas del Río Calles pavimentadas - - $1,240.84 Sector 18 Luis Alonso González Mir Niños Héroes Límite Poniente Genaro Vázquez $1,283.71 Sector 18 Luis Alonso González Mir Gumaro Amaro Lucio Cabañas Genaro Vázquez $1,283.71 Sector 18 Luis Alonso González Mir Javier Mina Lucio Cabañas Genaro Vázquez $1,283.71 Sector 18 Luis Alonso González Mir 14 de Febrero Lucio Cabañas Genaro Vázquez $1,283.71 Sector 18 Luis Alonso González Mir 29 de Octubre Lucio Cabañas Genaro Vázquez $1,283.71 Sector 18 Luis Alonso González Mir 30 de Abril Lucio Cabañas Genaro Vázquez $1,283.71 Sector 18 Luis Alonso González Mir Lucio Cabañas Niños Héroes 21 de Marzo $1,283.71 Sector 18 Luis Alonso González Mir Genaro Vázquez Ford Límite Sur $1,459.68 Sector 18 El Ángel Calles sin pavimentar - - $1,097.58 Sector 18 El Ángel Calles pavimentadas - - $1,240.84 Sector 18 Trébol Calles sin pavimentar - - $1,097.58 Sector 18 Trébol Calles pavimentadas - - $1,240.84 Sector 18 Ernesto Che Guevara Calles sin pavimentar - - $1,097.58 Sector 18 Ernesto Che Guevara Calles pavimentadas - - $1,240.84 Sector 18 Lucio Cabañas Calles sin pavimentar - - $1,097.58 Sector 18 Lucio Cabañas Calles pavimentadas - - $1,240.84 Sector 18 Las Ánimas Salinas de Gortari 12 de octubre Límite Oriente $1,135.93 Sector 18 Las Ánimas Calle de la Presa 12 de octubre Paseo del Río $552.74 Sector 18 Los Paraísos Circuito del Edén B Límite Poniente Circuito del Edén A $1,459.68 Sector 18 Los Paraísos Circuito Los Paraísos C Circuito los Paraísos D Circuito los Paraísos B $1,459.68 Sector 18 Los Paraísos Circuito del Edén D Límite Poniente 21 de Marzo $1,459.68 Sector 18 Los Paraísos Circuito Los Paraísos A 21 de Marzo Circuito Los Paraísos B $1,459.68 Sector 18 Los Paraísos Av. Las Ánimas Límite Poniente 12 de Octubre $1,634.53 Sector 18 Los Paraísos 12 de octubre Límite Norte Av. Las Ánimas $1,459.68 Sector 18 Los Paraísos Circuito Los Paraísos B Circuito Los Paraísos C Circuito Los Paraísos A $1,459.68 Sector 18 Los Paraísos Jardín del Paraíso Circuito Los Paraísos C Circuito Los Paraísos A $1,459.68 Sector 18 Los Paraísos Huerto del Paraíso Circuito Los Paraísos C Circuito Los Paraísos A $1,459.68 Sector 18 Los Paraísos Circuito Los Paraísos D Circuito Los Paraísos C Circuito Los Paraísos A $1,459.68 Sector 18 Los Paraísos 21 de Marzo Límite Norte Av. Las Ánimas $1,459.68 Sector 18 Los Paraísos Priv. Jardín del Edén Circuito del Edén D Circuito Los Paraísos A $1,459.68 Sector 18 Los Paraísos Circuito del Edén A Circuito del Edén B Circuito del Edén D $1,459.68 Sector 18 Los Paraísos Circuito del Edén C Circuito del Edén B Circuito del Edén D $1,459.68 Sector 18 Col. San José San Gabriel Av. Las Ánimas San Alfredo $1,401.02 Sector 18 Col. San José San Carlos Av. Las Ánimas San Daniel $1,401.02 Sector 18 Col. San José San Fernando San Enrique Límite Poniente $1,401.02 Sector 18 Col. San José San Enrique Av. Las Ánimas San Fernando $1,401.02 Sector 18 Col. San José San Daniel San Gabriel San Fernando $1,401.02 Sector 18 Col. San José San Antonio San Gabriel San Fernando $1,401.02 Sector 18 Col. San José San Alfredo San Gabriel San Fernando $1,401.02 Sector 18 Punto Verde Calle del Bosque Límite de Calle Av. Las Ánimas $1,634.53 Sector 18 Punto Verde Calle del Árbol Límite Norte Av. Las Ánimas $1,634.53 Sector 18 Punto Verde Calle de La Flor Límite de Calle Calle del Árbol $1,634.53 Sector 18 Punto Verde Av. Las Ánimas Límite Poniente Límite Oriente $1,634.53 Sector 18 El Centenario Cerrada Centenario Límite Norte Av. Las Ánimas $1,634.53 Sector 18 El Centenario Av. Las Ánimas Límite Poniente Límite Oriente $1,634.53 Sector 18 Los Hoyos San José de Iturbide Cuerámaro Blvd. Solidaridad $1,313.04 Sector 18 Los Hoyos Saucillo San Miguel de Allende Celaya $1,278.07 Sector 18 Los Hoyos Quintana Roo Límite Oriente Cuerámaro $1,278.07 Sector 18 Los Hoyos Celaya San José de Iturbide Av. ÁlvaroObregón $1,278.07 Sector 18 Los Hoyos Ladrilleras Saucillo San Miguel de Allende $1,278.07 Sector 18 Los Hoyos San Miguel de Allende San José de Iturbide Quintana Roo $1,278.07 Sector 18 Los Hoyos Av. Álvaro Obregón Cuerámaro Blvd. Solidaridad $1,765.38 Sector 18 Fracc. San Carlos José Revueltas Límite Poniente Juan García Ponce $1,401.02 Sector 18 Fracc. San Carlos Juan Rulfo Carlos Fuentes Juan García Ponce $1,401.02 Sector 18 Fracc. San Carlos Octavio Paz Carlos Fuentes Juan García Ponce $1,401.02 Sector 18 Fracc. San Carlos Gabriela Mistral Carlos Fuentes Juan García Ponce $1,401.02 Sector 18 Fracc. San Carlos Carlos Fuentes José Revueltas Límite Sur $1,401.02 Sector 18 Fracc. San Carlos Juan García Ponce José Revueltas Límite Sur $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Mérida Calle Cd. Victoria Calle Hermosillo $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Manzanillo Calle Cd. Victoria Calle Hermosillo $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Pachuca Calle Cd. Victoria Calle Hermosillo $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Guaymas Calle Cd. Victoria Calle Hermosillo $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Mexicali Calle Juan García Ponce Av. Ciudad Juárez $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Chetumal Calle Cd. Victoria Av. Jardines de La Hacienda $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Cozumel Calle Cd. Victoria Av. Jardines de La Hacienda $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Catemaco Calle Cd. Victoria Calle Hermosillo $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Nogales Calle Cd. Victoria Calle Hermosillo $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Villahermosa Límite de Calle Av. Ciudad Juárez $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Taxco Av. Jardines de La Hacienda Calle Hermosillo $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Tonalá Calle Villahermosa Av. Ciudad Juárez $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Huamantla Límite de Calle Calle Monclova $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Monclova Límite de Calle Calle Villahermosa $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Tulancingo Calle Huamantla Calle Villahermosa $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Jojutla Calle Tonalá Calle Villahermosa $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Nochitlán Calle Tonalá Calle Villahermosa $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Av. Jardines de la Hacienda Límite de Calle Blvd. Solidaridad $1,517.21 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Hermosillo Calle Tonalá Límite de Calle $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Cd. Victoria Calle Villahermosa Límite de Calle $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Av. Ciudad Juárez Blvd. Solidaridad Límite de Calle $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Calle Juan García Ponce Límite de Calle Límite de Fracc. $1,401.02 Sector 18 Jardines de la Hacienda Blvd. Solidaridad Av. Álvaro Obregón Av. Ciudad Juárez $4,670.07 Sector 18 Manzanas Catastrales 22, 25, 39, 56, 149, 150, 151, 152 y 376 Blvd. Solidaridad Cupatitzio Av. San Cayetano de Luna $5,837.59 Sector 18 Manzanas Catastrales 19, 61 y 66 Blvd. Solidaridad Av. San Cayetano de Luna Av. ÁlvaroObregón $5,253.26 Sector 18 Manzanas Catastrales 68, 97, 98, 105, 159, 168, 188, 194 y 378 Blvd. Solidaridad Av. Álvaro Obregón Río Guanajuato $4,670.07 Sector 18 Manzanas Catastrales 152 y 222 Av. del Carrizal Blvd. Solidaridad Límites de Hacienda del Carrizal $2,130.86 Sector 19 Col. Santa Maria 3ra Sección Av. Manuel Gómez Morín División del Norte Azucena $6,391.45 Sector 19 Col. Santa Maria 3ra Sección Av. Santo Domingo División del Norte Azucena $2,755.80 Sector 19 Col. Santa Maria 3ra Sección Santa Bárbara División Del Norte Azucena $1,283.71 Sector 19 Col. Santa Maria 3ra Sección Priv. Sin Nombre Santa Bárbara Santa Cecilia $1,283.71 Sector 19 Col. Santa Maria 3ra Sección Santa Marta (Pedro Sierra) División Del Norte Azucena $1,283.71 Sector 19 Col. Santa Maria 3ra Sección Santa Carolina Santa Catalina Santa Genoveva $1,283.71 Sector 19 Col. Santa Maria 3ra Sección Santa Mónica Santa Elena Azucena $1,283.71 Sector 19 Col. Santa Maria 3ra Sección Santa Rosa de Lima Santa Marta (Pedro Sierra) Límite Oriente $1,283.71 Sector 19 Col. Santa Maria 3ra Sección Santa Catalina Santa Bárbara Límite Oriente $1,283.71 Sector 19 Col. Santa Maria 3ra Sección Santa Cecilia Santa Bárbara Santa Mónica $1,283.71 Sector 19 Col. Santa Maria 3ra Sección Santa Genoveva Santa Marta (Pedro Sierra) Santa Mónica $1,283.71 Sector 19 Col. Santa Maria 3ra Sección Azucena Av. Manuel Gómez Morín Límite Oriente $1,750.71 Sector 19 Col. Santa Maria 3ra Sección División del Norte Av. Manuel Gómez Morín Límite Oriente $2,755.80 Sector 19 Col. Santa Maria División del Norte Límite Poniente Límite Oriente $2,755.80 Sector 19 Col. Santa Maria Santa Rosa de Lima Límite Poniente Santa Margarita $1,283.71 Sector 19 Col. Santa Maria Santa Catalina Límite Poniente Santa Ana $1,283.71 Sector 19 Col. Santa Maria Carlo Magno Roberto Sánchez Límite Oriente $1,283.71 Sector 19 Col. Santa Maria Refugio Dr. Roberto Rodríguez Límite Oriente $2,101.54 Sector 19 Col. Santa Maria Azucena Límite Poniente Dr. Roberto Rodríguez $1,750.71 Sector 19 Col. Santa Maria Santa Elena Santa Mónica Roberto Sánchez $1,283.71 Sector 19 Col. Santa Maria Roberto Sánchez Santa Elena Azucena $1,283.71 Sector 19 Col. Santa María Dr. Roberto Rodríguez Carlo Magno Azucena $1,283.71 Sector 19 Col. Santa María Santa Ana Santa Rosa de lima Carlo Magno $1,283.71 Sector 19 Col. Santa María Santa Margarita División del Norte Refugio $1,283.71 Sector 19 Los Príncipes Príncipe Aníbal Príncipe Gerardo Príncipe Jorge $1,750.71 Sector 19 Los Príncipes Príncipe Guillermo Príncipe Alejandro Príncipe Nicolás $1,750.71 Sector 19 Los Príncipes Príncipe Carlos Príncipe Gerardo Límite Oriente $1,750.71 Sector 19 Los Príncipes Príncipe Felipe Príncipe Jorge Príncipe Pedro $1,750.71 Sector 19 Los Príncipes Príncipe Valiente Príncipe Eduardo Príncipe Alejandro $1,750.71 Sector 19 Los Príncipes Príncipe Alfonso Príncipe Eduardo Príncipe Pedro $1,750.71 Sector 19 Los Príncipes Príncipe Alberto Príncipe Eduardo Príncipe Pedro $1,750.71 Sector 19 Los Príncipes Carlo Magno Límite Oriente Límite Poniente $1,283.71 Sector 19 Los Príncipes Príncipe Gerardo Príncipe Aníbal Príncipe Carlos $1,750.71 Sector 19 Los Príncipes Príncipe Eduardo Príncipe Valiente Príncipe Alberto $1,750.71 Sector 19 Los Príncipes Príncipe Alejandro Príncipe Aníbal Príncipe Alfonso $1,750.71 Sector 19 Los Príncipes Príncipe Jorge Límite Norte Carlo Magno $1,750.71 Sector 19 Los Príncipes Príncipe Nicolás Príncipe Jorge Príncipe Carlos $1,750.71 Sector 19 Los Príncipes Príncipe Pedro Príncipe Felipe Príncipe Alberto $1,750.71 Sector 19 Andador Los Príncipes Andador Jardín de los Príncipes División del Norte Carlo Magno $1,537.52 Sector 19 Andador Los Príncipes Príncipe Carlos Límite Oriente Límite Poniente $1,537.52 Sector 19 Andador Los Príncipes Carlo Magno Límite Oriente Límite Poniente $1,283.71 Sector 19 Flores Magón Norte División del Norte Límite Poniente Carlo Magno $2,755.80 Sector 19 Flores Magón Norte Príncipe Carlos Límite Poniente División del Norte $1,537.52 Sector 19 Flores Magón Norte Constitución Mexicana Límite Poniente División del Norte $1,283.71 Sector 19 Flores Magón Norte Carlo Magno División del Norte José Lopez Lira $1,283.71 Sector 19 Flores Magón Norte Gilberto Práxedis José López Lira Juan Sarabia $2,101.54 Sector 19 Flores Magón Norte Revolución Mexicana José López Lira Juan Sarabia $2,101.54 Sector 19 Flores Magón Norte Librado Rivera Refugio Juan Sarabia $2,101.54 Sector 19 Flores Magón Norte Refugio Santa Margarita Juan Sarabia $2,101.54 Sector 19 Flores Magón Norte José López Lira Carlo Magno Refugio $2,101.54 Sector 19 Flores Magón Norte Heriberto Jara Carlo Magno Refugio $2,101.54 Sector 19 Flores Magón Norte Francisco J. Mujica Carlo Magno Refugio $2,101.54 Sector 19 Flores Magón Norte Juan Sarabia Carlo Magno Refugio $2,101.54 Sector 19 Col. San Gabriel 2da Refugio Santa Margarita Límite Oriente $2,101.54 Sector 19 Col. San Gabriel 2da Constituyentes José López Lira Límite Oriente $2,130.86 Sector 19 Col. San Gabriel 2da José Luis Rojas José López Lira Enrique Colunga $1,750.71 Sector 19 Col. San Gabriel 2da Del Rosal Priv. Santa Margarita Cayetano Andrade $1,283.71 Sector 19 Col. San Gabriel 2da Del Rosal Cayetano Andrade Límite Oriente $1,137.06 Sector 19 Col. San Gabriel 2da José López Lira Refugio Del Rosal $1,750.71 Sector 19 Col. San Gabriel 2da Cayetano Andrade Refugio Del Rosal $1,750.71 Sector 19 Col. San Gabriel 2da Heriberto Jara Refugio Del Rosal $1,750.71 Sector 19 Col. San Gabriel 2da Francisco J. Mujica Refugio Del Rosal $1,750.71 Sector 19 Col. San Gabriel 2da Enrique Colunga Refugio Del Rosal $1,750.71 Sector 19 Condominio Miraflores Calle Interior Caudillo del Sur Límite de calle $1,283.71 Sector 19 Condominio Miraflores Caudillo del Sur Límite Oriente Límite Poniente $1,750.71 Sector 19 Condominio Miraflores Cuarto Cinturón Vial Límite Poniente Av. Villas de Irapuato $4,260.59 Sector 19 Condominio Miraflores Av. Villas de Irapuato Límite Poniente Límite Oriente $9,340.14 Sector 19 Los Prados Caudillo del Sur Límite Oriente Límite Poniente $1,750.71 Sector 19 Los Prados Vialidad Interior Caudillo del Sur Límite de Calle $3,551.06 Sector 19 Las Eras 18 de Marzo Gral. Felipe Ángeles Dr. Roberto Rodríguez $1,283.71 Sector 19 Las Eras Del Rosal Dr. Roberto Rodríguez Priv. Santa Margarita $1,283.71 Sector 19 Las Eras Dr. Roberto Rodríguez Refugio Héroe de Nacozari $1,283.71 Sector 19 Las Eras Nardo Héroe deNacozari Del Rosal $1,283.71 Sector 19 Las Eras Priv. Emiliano Zapata Emiliano Zapata Límite de Priv. $1,283.71 Sector 19 Las Eras Priv. Santa Margarita Priv. Roberto Rodríguez (calle) Del Rosal $1,283.71 Sector 19 Las Eras Priv. Roberto Rodríguez (calle) Dr. Roberto Rodríguez Santa. Margarita $1,283.71 Sector 19 Las Eras Refugio Roberto Rodríguez José López Lira $2,101.54 Sector 19 Las Eras San Bernardino Dr. Roberto Rodríguez Nardo $1,283.71 Sector 19 Las Eras Santa Margarita Priv. Roberto Rodríguez (calle) Refugio $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección 18 de Marzo de los Magueyes Dr. Roberto Rodríguez $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Álvaro Obregón Caudillo del Sur 18 de Marzo $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Andador 18 de Marzo Av. Santo Domingo Álvaro Obregón $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Andador Álvaro Obregón Av. Santo Domingo Álvaro Obregón $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Andador Caudillo del Sur Av. Santo Domingo Álvaro Obregón $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Andador Gardenia Av. Santo Domingo Álvaro Obregón $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Av. Santo Domingo Caudillo del Sur Héroe de Nacozari $2,755.80 Sector 19 Las Eras 2da Sección Benito Juárez 18 de Marzo Héroe de Nacozari $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Bugambilia 18 de Marzo Héroe de Nacozari $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Caudillo del Sur Av. Santo Domingo Dr. Roberto Rodríguez $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Centauro del Norte Caudillo del Sur 18 de Marzo $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Cuauhtémoc Benito Juárez Priv. Héroe de Nacozari $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección de los Magueyes 18 de Marzo Héroe de Nacozari $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Emiliano Zapata Caudillo del Sur 18 de Marzo $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Gral. Felipe Ángeles Emiliano Zapata 18 de Marzo $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Héroe de Nacozari de los Magueyes Dr. Roberto Rodríguez $5,253.26 Sector 19 Las Eras 2da Sección Priv. Caudillo del Sur Límite Sur Caudillo del Sur $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Priv. Centauro Norte Límite Norte Caudillo del Sur $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Priv. Héroe de Nacozari Vicente Guerrero Héroe de Nacozari $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Priv. Margaritas Límite Norte Caudillo del Sur $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Priv. Sin Nombre (manzana catastral 179) Límite Norte Caudillo del Sur $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección San Ramón Caudillo del Sur 18 de Marzo $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Vicente Guerrero Benito Juárez Priv. Héroe de Nacozari $1,283.71 Sector 19 Las Eras 2da Sección Francisco I. Madero Centauro del Norte Gral. Felipe Ángeles $1,283.71 Sector 19 Las Eras 3ra Sección Violetas Av. Gómez Morín Cuarto Cinturón Vial $2,335.03 Sector 19 Las Eras 3ra Sección Av. Manuel Gómez Morín Caudillo del Sur Violeta $6,391.45 Sector 19 Las Eras 3ra Sección Tulipán San Juan Violetas $1,283.71 Sector 19 Las Eras 3ra Sección Girasol San Juan Violetas $1,283.71 Sector 19 Las Eras 3ra Sección San Juan Tulipán Manuel Goméz Morín $1,283.71 Sector 19 Las Eras 3ra Sección Calle sin nombre Av. Manuel Goméz Morín Violetas $1,283.71 Sector 19 Quinta Jacarandas Azahares Circuito Jacarandas Poniente Héroe de Nacozari $3,835.32 Sector 19 Quinta Jacarandas Circuito Jacarandas Norte Circuito Jacarandas Poniente Límite de Fracc. Oriente $3,835.32 Sector 19 Quinta Jacarandas Circuito Jacarandas Oriente Circuito Jacarandas Norte Azahares $3,835.32 Sector 19 Quinta Jacarandas Circuito Jacarandas Poniente Circuito Jacarandas Norte Azahares $3,835.32 Sector 19 Quinta Jacarandas Eucalipto Circuito Jacarandas Poniente Circuito Jacarandas Oriente $3,835.32 Sector 19 Quinta Jacarandas Héroe de Nacozari Nardo Límite de Fracc. Oriente $5,253.26 Sector 19 Quinta Jacarandas Malvas Circuito Jacarandas Poniente Circuito Jacarandas Oriente $3,835.32 Sector 19 Puerta de Hierro Circuito Herradura Norte Circuito Herradura Poniente Circuito Herradura Oriente $6,391.45 Sector 19 Puerta de Hierro Circuito Herradura Poniente Circuito Herradura Norte Circuito Herradura Sur $6,391.45 Sector 19 Puerta de Hierro Circuito Herradura Oriente Circuito Herradura Norte Circuito Herradura Sur $6,391.45 Sector 19 Puerta de Hierro Circuito Herradura Sur Circuito Herradura Poniente Circuito Herradura Oriente $6,391.45 Sector 19 Puerta de Hierro 18 de Marzo Av. Manuel Gómez Morín San Ramón $8,779.51 Sector 19 Puerta de Hierro Av. Manuel Gómez Morín 18 de Marzo Caudillo del Sur $8,779.51 Sector 19 Puerta de Hierro Caudillo del Sur Av. Manuel Gómez Morín San Ramón $1,283.71 Sector 19 Puerta de Hierro San Ramón 18 de Marzo Caudillo del Sur $1,283.71 Sector 19 Plaza Murano Av. Manuel Gómez Morín 18 de Marzo Av. Villas de Irapuato $8,779.51 Sector 19 Plaza Murano Héroe de Nacozari Av. Villas de Irapuato Av. Murano $6,420.78 Sector 19 Plaza Murano 18 de Marzo Av. Manuel Gómez Morín Av. Murano $8,779.51 Sector 19 Provincia Cibeles Av. Villas de Irapuato Límite Oriente Límite Poniente $9,340.14 Sector 19 Provincia Cibeles Cuarto Cinturón Vial Vialidad en Proyecto Av. Villas de Irapuato $4,260.59 Sector 19 Provincia Cibeles Vialidades Interiores Av. Villas de Irapuato Límite Norte $6,391.45 Sector 19 Real del Lago Calles pavimentadas - - $1,278.07 Sector 19 Real del Lago Calles sin pavimentar - - $851.67 Sector 19 Ampliación Las Eras Azucena Av. Manuel Gómez Morín Dr. Roberto Rodríguez $1,750.71 Sector 19 Ampliación Las Eras Priv. Clavel Av. Manuel Gómez Morín Límite de Priv. Oriente $1,283.71 Sector 19 Ampliación Las Eras Priv. Gardenia Gardenia Límite Priv. Sur $1,283.71 Sector 19 Ampliación Las Eras Gardenia Av. Manuel Gómez Morín Límite de Calle Oriente $1,283.71 Sector 19 Ampliación Las Eras Violetas Av. Manuel Gómez Morín Jazmín $1,283.71 Sector 19 Ampliación Las Eras Julián López Av. Manuel Gómez Morín Dr. Roberto Rodríguez $1,750.71 Sector 19 Ampliación Las Eras San Juan Av. Manuel Gómez Morín Límite de Calle Oriente $1,283.71 Sector 19 Ampliación Las Eras Caudillo del Sur Av. Manuel Gómez Morín Dr. Roberto Rodríguez $1,283.71 Sector 19 Ampliación Las Eras Concepción López Julián López San Juan $1,283.71 Sector 19 Ampliación Las Eras Av. Santo Domingo Azucena Caudillo del Sur $2,755.80 Sector 19 Ampliación Las Eras Las Rosas Azucena Julián López $1,283.71 Sector 19 Ampliación Las Eras Jazmín Azucena Julián López $1,283.71 Sector 19 Ampliación Las Eras Priv. Dr. Liceaga Límite Priv. Norte Julián López $1,283.71 Sector 19 Ampliación Las Eras Dr. Vertíz Priv. Dr. Liceaga Dr. Roberto Rodríguez $1,283.71 Sector 19 Ampliación Las Eras Priv. San Juan Límite Priv. Norte San Juan $1,283.71 Sector 19 Ampliación Las Eras Priv. Sin nombre (manzana catastral 78) Azucena Dr. Roberto Rodríguez $1,283.71 Sector 19 Ampliación Las Eras Dr. Vertíz Priv. Dr. Liceaga Dr. Roberto Rodríguez $1,283.71 Sector 19 Ampliación Las Eras San José Julián López Caudillo del Sur $1,283.71 Sector 19 Ampliación Las Eras Priv. San Isidro Julián López Límite Priv. Sur $1,283.71 Sector 19 Ampliación Las Eras Dr. Roberto Rodríguez Azucena Del Rosal $1,750.71 Sector 19 Manzana Catastral 92 Viveros Av. Paseo Irapuato Límite de calle $1,988.73 Sector 20 Las Fuentes Invierno Lago Pedro Martínez Vázquez $3,677.40 Sector 20 Las Fuentes Rocío Lago Pedro Martínez Vázquez $3,677.40 Sector 20 Las Fuentes Playa Lago Pedro Martínez Vázquez $3,677.40 Sector 20 Las Fuentes Lago Playa Invierno $3,677.40 Sector 20 Las Fuentes Pedro Martínez Vázquez Isaac Izquierdo Invierno $3,677.40 Sector 20 Las Fuentes Isaac Izquierdo Playa Pedro Martínez Vázquez $3,677.40 Sector 20 Las Rosas Brisas F.F.C.C. Estrella $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Mercurio Laguna Estrella $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Venus Laguna Estrella $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Luna Laguna Estrella $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Marte Laguna Estrella $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Sol Laguna Estrella $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Júpiter Laguna Estrella $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Saturno Laguna Estrella $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Sagitario Laguna Estrella $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Neptuno Laguna Estrella $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Géminis Laguna Estrella $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Laguna Brisas Otoño $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Eclipse Estrella Av. Ejército Nacional $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Aurora Av. Ejército Nacional Laguna $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Primavera Av. Ejército Nacional Laguna $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Verano Av. Ejército Nacional Laguna $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Apolo Sagitario Neptuno $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Polaris Géminis Laguna $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Satélite Géminis Laguna $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Estrella Brisas Laguna $3,385.23 Sector 20 Las Rosas Av. Ejército Nacional Sol F.F.C.C $6,187.28 Sector 20 Las Reynas Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Genaro Acosta Av. Guerrero $8,172.62 Sector 20 Las Reynas Niebla Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. Escuela Médico Militar $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Av. Escuela Médico Militar Av. Guerrero Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $7,102.11 Sector 20 Las Reynas Av. Guerrero Av. Escuela Médico Militar Blvd. Gustavo Díaz Ordaz $8,779.51 Sector 20 Las Reynas Av. Guerrero Blvd. Gustavo Díaz Ordaz F.F.C.C. $6,420.78 Sector 20 Las Reynas Cumbres Cráter Brisas $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Blvd. del Bosque Av. Guerrero Brisas $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Av. Ejército Nacional Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Otoño $6,187.28 Sector 20 Las Reynas Lago Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Av. Ejército Nacional $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Olas Blvd. Gustavo Díaz Ordaz Playa $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Cráter Cumbres Blvd. del Bosque $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Volcán Cráter Blvd. del Bosque $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Risco Cumbres Blvd. del Bosque $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Lava Cumbres Blvd. del Bosque $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Cerro Cumbres Brisas $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Brisas Cerro Olas $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Brisas F.F.C.C. Cerro $3,385.23 Sector 20 Las Reynas Venus Estrella Av. Ejército Nacional $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Sol Estrella Av. Ejército Nacional $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Viento Blvd. del Bosque Olas $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Lluvia Blvd. del Bosque Olas $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Cascada Nube Olas $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Playa Av. Ejército Nacional Isaac Izquierdo $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Mar Av. Ejército Nacional Lago $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Otoño Av. Ejército Nacional Laguna $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Invierno Lago Laguna $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Rocío Pedro Martínez Vázquez Laguna $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Isaac Izquierdo Pedro Martínez Vázquez Eduardo Farfán $3,677.40 Sector 20 Las Reynas Estrella Brisas Sagitario $3,385.23 Sector 20 Las Reynas Laguna Límite de Fracc. Isaac Izquierdo $3,677.40 Sector 21 Laboratorio C.F.E. Oviachic Blvd. Solidaridad Río Soto La Marina $3,551.06 Sector 21 Laboratorio C.F.E. Av. C.F.E Blvd. Solidaridad Río Soto La Marina $6,187.28 Sector 21 Laboratorio C.F.E. Cupatitzio Donald G. Norris Tula $3,551.06 Sector 21 Laboratorio C.F.E. Infiernillo Oviachic Infiernillo $3,551.06 Sector 21 Laboratorio C.F.E. Valle de México Oviachic Infiernillo $3,551.06 Sector 21 Laboratorio C.F.E. Tula Oviachic Limite de la Colonia $3,551.06 Sector 21 Laboratorio C.F.E. Chicoasén Av. C.F.E Cupatitzio $3,551.06 Sector 21 Laboratorio C.F.E. Caracol Av. C.F.E Infiernillo $3,551.06 Sector 21 Laboratorio C.F.E. Laguna Verde Oviachic Cupatitzio $3,551.06 Sector 21 Laboratorio C.F.E. Presa de La Angostura Oviachic Cupatitzio $3,551.06 Sector 21 Laboratorio C.F.E. Donald G. Norris Blvd. Solidaridad Cupatitzio $3,551.06 Sector 21 Laboratorio C.F.E. Blvd. Solidaridad Av. C.F.E. Av. del Carrizal $5,837.59 Sector 21 Laboratorio C.F.E. Blvd. Solidaridad Límite de Fracc. Av. C.F.E $7,005.10 Sector 21 La Pradera Av. Ejército Nacional Blvd. Solidaridad Vía Férrea $6,187.28 Sector 21 La Pradera Río Guanajuato Vía Férrea Río Arandas $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río San Francisco Río Silao Río Guanajuato $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Grande Río Silao Río Guanajuato $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Arandas Blvd. Solidaridad Vía Férrea $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Acaponeta Río Silao Río Grijalva $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Bravo Río Silao Río Grijalva $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Balsas Av. Ejército Nacional Río Grijalva $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Coatzacoalcos Paseo Futurama Río Grijalva $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Cazones Av. Ejército Nacional Río Grijalva $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Colorado Av. Ejército Nacional Río Grijalva $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Grijalva Av. Ejército Nacional Río Grande $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Lerma Av. Ejército Nacional (Norte) Av. Ejército Nacional (Sur) $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Mezcalapa Av. Ejército Nacional Río Lerma $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Mezquital Av. Ejército Nacional Río Lerma $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Mayo Av. Ejército Nacional Río Lerma $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Nazas Av. Ejército Nacional Río Lerma $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Ometepec Av. Ejército Nacional Río Lerma $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Papagayo Av. Ejército Nacional Río Lerma $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Missouri Río Guanajuato Río Orinoco $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Conchos Río Guanajuato Río Orinoco $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Acaponeta Av. Ejército Nacional Paseo Futurama $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Ameca Av. Ejército Nacional Paseo Futurama $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Bravo Av. Ejército Nacional Paseo Futurama $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Usumacinta Av. Ejército Nacional (Norte) Av. Ejército Nacional (Sur) $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Yaqui Av. Ejército Nacional Río Usumacinta $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Tonalá Río Usumacinta Río Támesis $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Támesis Río Usumacinta Río Tuxpan $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Tehuantepec Río Usumacinta Río Tuxpan $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Tecolutla Río Usumacinta Río Tuxpan $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Suchiate Río Usumacinta Río Tepalcatepec $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Tepalcatepec Río Tecolutla Río Usumacinta $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Tantuán Av. Ejército Nacional Río Támesis $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Soto La Marina Av. Ejército Nacional Av. C.F.E $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Pánuco Río Soto La Marina Av. Ejército Nacional $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río San Fernando Río Soto La Marina Av. Ejército Nacional $3,551.06 Sector 21 La Pradera Av. C.F.E Av. C.F.E Av. Ejército Nacional $6,187.28 Sector 21 La Pradera Río Silao Río Guanajuato Río Balsas $3,551.06 Sector 21 La Pradera Paseo Futurama Río Guanajuato Av. Ejército Nacional $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Orinoco Río Guanajuato Río Arandas $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Tuxpan Río Támesis Río Tecolutla $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Soto La Marina Av. Ejército Nacional Av. C.F.E $3,551.06 Sector 21 La Pradera Río Sonora Río Usumacinta Río Soto La Marina $3,551.06 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de los Vientos Paseo de la Cima Paseo de la Sierra $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Calle sin nombre Paseo de los Vientos Paseo de los Volcanes $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de los Volcanes Paseo Villa Comercial Paseo de la Cañada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de la Sierra Paseo de la Cañada Paseo del Amanecer $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de la Barranca Paseo de la Loma Paseo del Amanecer $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo del Arroyo Paseo de la Loma Paseo del Amanecer $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de la Lluvia Paseo de la Loma Paseo del Amanecer $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de la Ribera Paseo de la Loma Paseo del Amanecer $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de la Loma Paseo del Amanecer Paseo de la Sierra $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo del Amanecer Paseo de la Altiplanicie Fray Sebastián de Aparicio $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de la Cañada Paseo de la Sierra Mirador del Valle $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de las Estrellas Paseo de la Contemplación Paseo de la Cima $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo del Cenit Paseo de las Estrellas Paseo de la Cúspide $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de la Cúspide Paseo del Cenit Paseo delHorizonte $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo del Horizonte Paseo de las Estrellas Paseo Vista Hermosa $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo del Arcoíris Paseo de la Luna Paseo de las Estrellas $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo Bella Vista Paseo de la Fe Paseo de la Cima $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de la Meditación (Circuito) Paseo de la Contemplación (Norte) Paseo de la Tranquilidad $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de la Contemplación Paseo de la Meditación (Sur) Paseo de la Fé $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de la Tranquilidad Paseo Mirador del Valle Paseo de la Contemplación $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de la Fe Paseo de la Contemplación Paseo de la Tranquilidad $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de la Paz Paseo del Panorama Paseo Bella Vista $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de la Ilusión Paseo Bella Vista Paseo de las Estrellas $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo del Amor Paseo del Panorama Paseo Bella Vista $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de la Esperanza Paseo del Panorama Paseo Bella Vista $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo del Paraíso Paseo Bella Vista Paseo de las Estrellas $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de la Constelación Paseo BellaVista Paseo de las Estrellas $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Rinconada del Palomar Paseo Bella Vista Paseo del Panorama $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de la Luna Paseo Bella Vista Paseo de las Estrellas $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo Vista Hermosa Paseo Bella Vista Paseo de las Estrellas $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de la Montaña Paseo Miradordel Valle Paseo de las Estrellas $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de la Cima Paseo de los Balcones Paseo de las Estrellas $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo del Panorama Paseo de la Tranquilidad Paseo Villa Comercial $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Priv. de los Balcones Paseo de los Balcones Límite de Clúster $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Ampliación Paseo de los Balcones Paseo VillaComercial Paseo de la Montaña $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo Mirador del Valle Paseo de lasFuentes Av. Paseo de la Fundición $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Mirador del Valle Paseo de la Altiplanicie C.IX $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato C.XIX Paseo Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato C.XVIII Paseo Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato C.XVII Paseo Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato C.XVI Paseo Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato C.XV Paseo Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato C.XIV Paseo Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato C.XIII Paseo Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato C.XII Paseo Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato C.XI Paseo Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato C.X Paseo Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato C.IX Paseo Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato C.VIII Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato C.VII Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato C.VI Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato C.V Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato C.IV Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato C.III Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato C.II Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato C.I Mirador del Valle Límite de Cerrada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Sol Paseo del Ocaso Paseo del Atardecer $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Ocaso Paseo del Atardecer Paseo del Sol $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Ocaso (Clúster Nororiente) Paseo del Atardecer Paseo del Sol $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Ocaso (Clúster Norponiente) Paseo del Atardecer Paseo del Sol $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Ocaso (Clúster Suroriente) Paseo del Atardecer Paseo del Sol $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Ocaso (Clúster Surponiente) Paseo del Atardecer Paseo del Sol $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Atardecer (Norte) Paseo de las Fuentes Paseo del Sol $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Atardecer (Sur) Paseo de las Fuentes Paseo del Sol $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Atardecer (Oriente) Paseo del Sol Paseo de la Plenitud $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Atardecer (Poniente) Paseo del Sol Paseo de la Plenitud $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo delAtardecer (Norte) Paseo de la Plenitud Paseo de las Flores $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo delAtardecer (Sur) Paseo de la Plenitud Paseo de las Flores $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo delAtardecer (Oriente) Paseo de las Flores Paseo del Bosque $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo delAtardecer (Poniente) Paseo de las Flores Paseo del Bosque $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo delAtardecer (Clúster) Paseo del Atardecer Límite de Clúster $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Peñón Paseo del Atardecer (Norte) Paseo delAtardecer (Sur) $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Peñón (Clúster Norponiente) Paseo del Peñón Límite de Clúster $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Peñón (Clúster Surponiente) Paseo del Peñón Límite de Clúster $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Peñón (Clúster Nororiente) Paseo del Peñón Límite de Clúster $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Peñón (Clúster Suroriente) Paseo del Peñón Límite de Clúster $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Aurora Paseo del Atardecer (Norte) Paseo delAtardecer (Sur) $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Aurora (Clúster Norte) Paseo de la Aurora Límite de Clúster $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Aurora (Clúster Sur) Paseo de la Aurora Límite de Clúster $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Plenitud Límite Sur poniente Paseo delAtardecer $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Llano Paseo de la Altiplanicie Paseo delAtardecer $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de las Flores Paseo del Llano Paseo delAtardecer $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Altiplanicie (Norte) Paseo del Bosque Av. Paseo de la Fundación $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Altiplanicie (Sur) Paseo del Bosque Av. Paseo de la Fundación $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Altiplanicie Paseo de la Fundación Carretera Estatal Irapuato- Cuerámaro $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Altiplanicie Carretera Estatal Irapuato- Cuerámaro Av. Villas de Irapuato $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Verano Paseo de la Altiplanicie Paseo delCampestre $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Av. Paseo de la Fundación (Norte) Paseo de la Altiplanicie Paseo Primavera $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Av. Paseo de la Fundación (Sur) Paseo de la Altiplanicie Paseo Primavera $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Av. Paseo de la Fundación (Poniente) Paseo Primavera Paseo Mirador del Valle $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Av. Paseo de la Fundación (Oriente) Paseo Primavera Paseo Mirador del Valle $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Primavera Av. Paseo de la Fundación Paseo delCampestre $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo delCampestre Mirador del Valle Paseo de la Altiplanicie $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Cumbre Paseo del Bosque Paseo de los Tulipanes $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Cumbre (Poniente) Paseo de los Tulipanes Paseo de los Álamos $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Cumbre (Oriente) Paseo de los Tulipanes Paseo de los Álamos $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Cumbre Paseo de los Álamos Paseo de la Cumbre (Límite Norte) $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de los Tulipanes Paseo de los Álamos Paseo de la Cumbre $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de los Álamos (Poniente) Paseo de la Cumbre Paseo del Bosque $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de los Álamos (Oriente) Paseo de la Cumbre Paseo del Bosque $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de los Pinos (Cerrada) Paseo de los Pinos Paseo de los Pinos $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de los Pinos Circuitos (Interior) Cerrada Paseo del Bosque $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de los Pinos Circuitos (Exterior) Cerrada Paseo del Bosque $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Bosque (Oriente) Paseo del Atardecer Paseo del Llano $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Bosque (Poniente) Paseo del Atardecer Paseo del Llano $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Cuesta (Circuito Interior) Inicio de Circuito Fin de Circuito $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Cuesta (Circuito Exterior) Inicio de Circuito Fin de Circuito $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Alborada (Circuito Interior) Paseo de la Alborada Paseo de la Alborada $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Alborada (Circuito Exterior) Paseo de la Alborada Paseo de la Alborada $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de las Juntas Paseo de la Alborada (Norte) Paseo de la Alborada (Sur) $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de las Juntas Paseo del Pedregal Paseo de la Alborada (Norte) $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Colina (Poniente) Paseo del Pedregal Paseo Mirador del Valle $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Colina (Oriente) Paseo del Pedregal Paseo Mirador del Valle $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo delPedregal (Poniente) Paseo de las Juntas Paseo Mirador del Valle $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo del Pedregal (Oriente) Paseo de las Juntas Paseo Mirador del Valle $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de la Tranquilidad Paseo Mirador del Valle Paseo Meditación $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de las Fuentes (Oriente) Paseo del Atardecer Campo de Golf $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de las Fuentes (Poniente) Paseo del Atardecer Campo de Golf $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de las Fuentes (Oriente) Paseo Mirador del Valle Campo de Golf $4,203.06 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de las Fuentes (Poniente) Paseo Mirador del Valle Campo de Golf $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo de las Fuentes (Interior) Paseo de la Tranquilidad Paseo de las Fuentes $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Paseo Villa Comercial Paseo Mirador del Valle Paseo de los Volcanes $3,852.24 Sector 22 Villas de Irapuato Priv. del Sol Paseo del Amanecer Límite Oriente $3,852.24 Sector 22 Cond. San José de Jorge López Paseo de la Cañada Paseo de la Cima Paseo del Lago $6,391.45 Sector 22 Cond. San José de Jorge López Paseo del lago Paseo de la Cima Paseo de la Cima $6,391.45 Sector 22 Lomas del Pedregal Monte Blanco Límite Oriente Fray Sebastián de Aparicio $2,451.23 Sector 22 Lomas del Pedregal Roma Límite deCerrada Sur Monte Blanco $2,451.23 Sector 22 Lomas del Pedregal Florencia Límite deCerrada Sur Monte Blanco $2,451.23 Sector 22 Lomas del Pedregal Venecia Fray Sebastián de Aparicio Monte Blanco $2,451.23 Sector 22 Lomas del Pedregal Niza Límite oriente Viena $2,451.23 Sector 22 Lomas del Pedregal Lucernia Niza Monte Blanco $2,451.23 Sector 22 Lomas del Pedregal Viena Niza Monte Blanco $2,451.23 Sector 22 Lomas del Pedregal Fray Sebastián de Aparicio Paseo del Amanecer Límite de Fracc. $2,918.23 Sector 22 Lomas del Pedregal Fray Pedro de Gante Fray Sebastián de Aparicio Límite Norte $2,918.23 Sector 22 Cumbres de Irapuato Calles urbanizadas - - $3,502.55 Sector 22 Desarrollo Camberra Cerrada Camberra Límite deCerrada Sur Fray Sebastián de Aparicio $2,451.23 Sector 23 Flores Magón Sur Pastita Pirul Higuera $2,130.86 Sector 23 Flores Magón Sur Cantador Pirul Higuera $2,130.86 Sector 23 Flores Magón Sur Baratillo Pirul Higuera $2,130.86 Sector 23 Flores Magón Sur Blvd. Esperanza Av. Enrique Colunga Higuera $5,311.92 Sector 23 Flores Magón Sur San Juan Av. Enrique Colunga Almendro $2,130.86 Sector 23 Flores Magón Sur Viñedo Guayabo Almendro $2,130.86 Sector 23 Flores Magón Sur Santo Tomás Av. Enrique Colunga Guayabo $2,130.86 Sector 23 Flores Magón Sur Higuera La Parra Blvd. Esperanza $1,988.73 Sector 23 Flores Magón Sur Higuera Blvd. Esperanza Mora $2,130.86 Sector 23 Flores Magón Sur Aguacate Baratillo Blvd. Esperanza $2,130.86 Sector 23 Flores Magón Sur Priv. Aguacate Blvd. Esperanza Límite de Priv. $1,988.73 Sector 23 Flores Magón Sur Limón La Parra 2 de Abril $2,130.86 Sector 23 Flores Magón Sur Peral Baratillo Blvd. Esperanza $2,130.86 Sector 23 Flores Magón Sur Naranjo La Parra 2 de Abril $2,130.86 Sector 23 Flores Magón Sur Pirul La Parra Blvd. Esperanza $2,130.86 Sector 23 Flores Magón Sur Almendro La Parra Límite de Fracc. $2,130.86 Sector 23 Flores Magón Sur Guayabo La Parra Límite de Fracc. $2,130.86 Sector 23 Flores Magón Sur 2 de Abril Limón Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 23 Flores Magón Sur La Parra Av. Enrique Colunga Higuera $2,130.86 Sector 23 Flores Magón Sur Av. Enrique Colunga La Parra San Juan $4,260.59 Sector 23 Flores Magón Sur Av. Enrique Colunga San Juan Límite de Fracc. $5,628.90 Sector 23 Granja Saldaña Blvd. Esperanza Límite de Fracc. Almendro $5,311.92 Sector 23 Granja Saldaña 2 de Abril Av. Enrique Colunga Limón $1,988.73 Sector 23 Granja Saldaña Av. Enrique Colunga Límite de Fracc. Límite de Fracc. $5,628.90 Sector 23 Granja Saldaña Guayabo Límite de Fracc. 2 de Abril $2,130.86 Sector 23 Granja Saldaña Almendro Límite de Fracc. 2 de Abril $2,130.86 Sector 23 Granja Saldaña Pirul Blvd. Esperanza 2 de Abril $2,130.86 Sector 23 Granja Saldaña Pirul 2 de Abril Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 23 Granja Saldaña Límón 2 de Abril Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 23 Granja Saldaña Poder Judicial 2 de Abril Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 23 Granja Saldaña Priv. 2 de Abril 2 de Abril Límite de Priv. $1,988.73 Sector 23 Granja Saldaña Poder Legislativo Poder Ejecutivo Límite de calle $1,988.73 Sector 23 C.H. Los Arcos II Los Arcos II 2 de Abril Límite de Priv. $1,988.73 Sector 23 Municipio Libre Poder Judicial Límite de Fracc. Poder Ejecutivo $1,988.73 Sector 23 Municipio Libre Poder Ejecutivo Av. Enrique Colunga Pirul $1,988.73 Sector 23 Municipio Libre Pirul Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 23 18 de Agosto D.D.F Av. Enrique Colunga Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 23 18 de Agosto Presidencia de la República Av. Enrique Colunga Pirul $2,130.86 Sector 23 18 de Agosto SEDENA INDECO S.O.P $1,988.73 Sector 23 18 de Agosto CONASUPO INDECO S.O.P $1,988.73 Sector 23 18 de Agosto Gobierno delEstado deGuanajuato Av. Enrique Colunga Pirul $2,130.86 Sector 23 18 de Agosto S.S.A Av. Enrique Colunga Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 23 18 de Agosto S.I.C D.D.F S.S.A $1,988.73 Sector 23 18 de Agosto S.R.H Presidencia de la República Gobierno delEstado deGuanajuato $1,988.73 Sector 23 18 de Agosto ISSSTE D.D.F S.S.A $1,988.73 Sector 23 18 de Agosto S.O.P Presidencia de la República Gobierno delEstado deGuanajuato $1,988.73 Sector 23 18 de Agosto INDECO D.D.F S.S.A $1,988.73 Sector 23 18 de Agosto SEP Presidencia de la República Gobierno delEstado deGuanajuato $1,988.73 Sector 23 18 de Agosto IMSS Presidencia de la República Gobierno delEstado deGuanajuato $1,988.73 Sector 23 18 de Agosto Secretaría de Gobernación Presidencia de la República Gobierno delEstado deGuanajuato $1,988.73 Sector 23 18 de Agosto Enrique Colunga Límite de Fracc. Norte Límite de Fracc. Sur $5,628.90 Sector 23 Fracc. El Refugio Martinica Java Nueva Guinea $1,988.73 Sector 23 Fracc. El Refugio Malvinas Límite deFraccionamiento Ceylan $1,988.73 Sector 23 Fracc. El Refugio Barbados Java Nueva Guinea $1,988.73 Sector 23 Fracc. El Refugio Trinidad y Tobago Límite deFraccionamiento Av, Tres $1,988.73 Sector 23 Fracc. El Refugio Islandia Filipinas Cerdeña $1,988.73 Sector 23 Fracc. El Refugio Av. El Refugio Límite deFraccionamiento Av. Tres $2,335.03 Sector 23 Fracc. El Refugio Andador Manuel Almanza Límite deAndador Trinidad y Tobago $1,988.73 Sector 23 Fracc. El Refugio Azores Trinidad y Tobago Av. del Refugio $1,988.73 Sector 23 Fracc. El Refugio Córcega Av. Dos Trinidad y Tobago $1,988.73 Sector 23 Fracc. El Refugio Cerdeña Trinidad y Tobago Av. del Refugio $1,988.73 Sector 23 Fracc. El Refugio Sicilia Av. Dos Trinidad y Tobago $1,988.73 Sector 23 Fracc. El Refugio Creta Av. Dos Trinidad y Tobago $1,988.73 Sector 23 Fracc. El Refugio Nueva Guinea Higuera Groelandia $1,988.73 Sector 23 Fracc. El Refugio Java Gobierno delEstado de Guanajuato Trinidad y Tobago $1,988.73 Sector 23 Fracc. El Refugio Formosa Gobierno delEstado de Guanajuato Av. del Refugio $1,988.73 Sector 23 Fracc. El Refugio Hawái Gobierno delEstado de Guanajuato Trinidad y Tobago $1,988.73 Sector 23 Fracc. El Refugio Madagascar Gobierno delEstado de Guanajuato Trinidad y Tobago $1,988.73 Sector 23 Fracc. El Refugio Ceylan Gobierno delEstado de Guanajuato Trinidad y Tobago $1,988.73 Sector 23 Fracc. El Refugio Filipinas Malvinas Av. del Refugio $1,988.73 Sector 23 Colonia Irapuato Mora Naranjo Higuera $1,988.73 Sector 23 Colonia Irapuato Presidencia de la República Naranjo Higuera $2,130.86 Sector 23 Colonia Irapuato Gobierno delEstado deGuanajuato Naranjo Higuera $2,130.86 Sector 23 Colonia Irapuato Higuera Mora Gobierno delEstado deGuanajuato $2,130.86 Sector 23 Colonia Irapuato Chabacano Mora Martinica $1,988.73 Sector 23 Colonia Irapuato Aguacate Mora Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 23 Colonia Irapuato Limón Mora Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 23 Colonia Irapuato Lima Mora Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 23 Colonia Irapuato Naranjo Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 24 San Miguelito Av. Independencia Pedro González Av. Mariano J. García $3,835.32 Sector 24 San Miguelito Av. Independencia Av. Mariano J. García Rafael Abascal $3,151.73 Sector 24 San Miguelito José Ma. Esquivel José Ma. Maciel Lic. Justo Mendoza $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Jerónimo Giralde Av. Mariano J. García Pedro González $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Rodrigo Orejón Rafael Abascal Pedro González $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Gaytán de León Av. Mariano J. García Pedro González $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Priv. Rafael Abascal Rafael Abascal Límite de la Priv. $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Saltillo Pedro González Rafael Abascal $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Priv. Rafael Reyes Pedro González Límite de la Priv. $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Inés de Oropeza Pedro González Av. Mariano J. García $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Irapuato Pedro González Av. Mariano J. García $2,451.23 Sector 24 San Miguelito 6 de Noviembre Pedro González Rafael Abascal $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Silvestre Aguilar Av. Mariano J García Manuel Guerrero $2,451.23 Sector 24 San Miguelito David Peña Vicente Vargas Manuel Guerrero $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Esteban Almanza Vicente Vargas Rafael Abascal $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Arcadio Ramírez Av. Mariano J García Rafael Abascal $2,451.23 Sector 24 San Miguelito And. José Ortiz Rico Av. Mariano J García José Ortiz Rico $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Gertrudis Gil de León Apolonio Sanabria José Ortiz Rico $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Esteban González Apolonio Sanabria Rafael Abascal $2,451.23 Sector 24 San Miguelito José Ma. Maciel Av. Mariano J García Rafael Abascal $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Nicolás Tejada José Ma. Maciel Nicolás Tejada $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Nicolás Tejada Epitacio Sánchez José Ma. Esquivel $2,451.23 Sector 24 San Miguelito V. Ponce Rafael Abascal Vicente Cervantes $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Lic. Justo Mendoza V. Ponce Lic. Justo Mendoza $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Lic. Justo Mendoza Av. Mariano Abasolo Rafael Abascal $2,684.73 Sector 24 San Miguelito Pedro González Av. Independencia 6 de Noviembre $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Priv. Gaytan de León Gaytán de León Límite de la Priv. $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Rafael Abascal Av. Independencia Lic. Justo Mendoza $2,684.73 Sector 24 San Miguelito Av. Mariano J. García Av. Independencia Av. Mariano Abasolo $5,628.90 Sector 24 San Miguelito Vicente Vargas Silvestre Aguilar Arcadio Ramírez $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Manuel Guerrero 6 de Noviembre Esteban Almanza $2,451.23 Sector 24 San Miguelito José Ortiz Rico Arcadio Ramírez Esteban González $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Apolonio Sanabria And. José Ortíz Rico Esteban González $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Priv. Esteban González Esteban González José Ma. Maciel $2,451.23 Sector 24 San Miguelito José Ma. Esquivel José Ma. Maciel Lic. Justo Mendoza $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Vicente Cervantes Nicolás Tejada Lic. Justo Mendoza $2,451.23 Sector 24 San Miguelito Epitacio Sanchez José Ma. Maciel V. Ponce $2,451.23 Sector 24 San Miguelito III Prol. Av.Independencia Rafael Abascal And. Santa Alejandra $3,151.73 Sector 24 San Miguelito III And. Santa Alejandra Prol. Av.Independencia Límite de Andador $2,451.23 Sector 24 San Miguelito III And. Santa Alejandra Saltillo Límite de Andador $2,451.23 Sector 24 San Miguelito III Saltillo Rafael Abascal Límite de Saltillo $2,451.23 Sector 24 San Miguelito III And. Santa Irene And. SanBuenaventura Av. Las Águilas $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. San Justo And. SanConstantino Nuestra Señora de Guadalupe $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III 6 de Noviembre Rafael Abascal Nuestra Señora de Guadalupe $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. Santa Rosa Av. Las Águilas Nuestra Señora de Guadalupe $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. San Amado And. SanConstantino Nuestra Señora de Guadalupe $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. San Moisés And. SanConstantino Nuestra Señora de Guadalupe $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. Santa Luisa And. SanBuenaventura Av. Las Águilas $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. Cristo Rey Nuestra Señora de Guadalupe Av. Las Águilas $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. Los Ángeles Nuestra Señora de Guadalupe Av. Las Águilas $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III Arcadio Ramírez Rafael Abascal Nuestra Señora de Guadalupe $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. Santa Inés And. SanConstantino Nuestra Señora de Guadalupe $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. San Nicolás And. SanConstantino Nuestra Señora de Guadalupe $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. San Augusto And. SanConstantino Nuestra Señora de Guadalupe $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. San Prospero And. San Juan Bautista Av. Las Águilas $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. San Cayetano And. San Juan Bautista Av. Las Águilas $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III Av. Las Águilas Prol. Av.Independencia And. San Flavio $3,151.73 Sector 24 San Miguelito III And. SanBuenaventura And. Santa Irene And. Santa Luisa $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. de la Ascención And. Santa Irene And. Santa Luisa $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. San Juán de Dios And. Santa Irene And. Santa Luisa $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. SanConstantino And. San Justo And. San Augusto $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III Nuestra Señora de Guadalupe And. Santa Rosa And. San Augusto $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. San Juan Bautista And. Sanpróspero Límite de Andador $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. La Luz And. Sanpróspero Límite de Andador $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. San Teodoro And. SanPróspero Límite de Andador $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. San Andrés José Ma. Maciel Límite de Andador $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III And. San Juan Bosco José Ma. Maciel Lic. Justo Mendoza $1,988.73 Sector 24 San Miguelito III Condominio San Miguelito Prol. Av.Independencia Límite deCondominio $3,151.73 Sector 24 Las Diligencias Priv. Baúl Lic. Justo Mendoza Límite de la Priv. $2,451.23 Sector 24 Las Diligencias Priv. Bolanda Lic. Justo Mendoza Límite de la Priv. $2,451.23 Sector 24 Las Diligencias Lic. Justo Mendoza Priv. Baúl Priv. Bolanda $2,684.73 Sector 24 Fracc. San Miguel Lic. Justo Mendoza Rafael Abascal Av. Las Águilas $2,684.73 Sector 24 Fracc. San Miguel And. San Pastor Lic. Justo Mendoza Andador San Sebastián $2,451.23 Sector 24 Fracc. San Miguel And. San Román Lic. Justo Mendoza Andador San Sebastián $2,451.23 Sector 24 Fracc. San Miguel And. San Miguel Lic. Justo Mendoza Andador San Sebastián $2,451.23 Sector 24 Fracc. San Miguel San Miguel Abad Andador Justo Mendoza Rafael Abascal $2,451.23 Sector 24 Fracc. San Miguel San Miguel Arcángel Andador Justo Mendoza Rafael Abascal $2,451.23 Sector 24 Fracc. San Miguel And. Justo Mendoza Lic. Justo Mendoza Av. Mariano Abasolo $2,451.23 Sector 24 Fracc. San Miguel And. SanSebastián Av. Las Águilas Andador Justo Mendoza $2,451.23 Sector 24 Fracc. San Miguel Rafael Abascal Lic. Justo Mendoza Av. Mariano Abasolo $2,684.73 Sector 24 Fracc. San Miguel Av. Las Águilas Lic. Justo Mendoza And. SanSebastián $3,151.73 Sector 24 Las Águilas And. San Flavio Av. Las Águilas Límite del Andador $2,451.23 Sector 24 Las Águilas Av. Las Águilas And. San Flavio Lic. Justo Mendoza $3,151.73 Sector 24 Priv. Las Águilas Calle Sin Nombre Av. Las Águilas Límite de Calle $2,918.23 Sector 24 Rinconada de la Hacienda Circuito San Miguelito Acceso/Salida Entrada/Salida $2,451.23 Sector 24 Rinconada de la Hacienda de la Rinconada Circuito San Miguelito Circuito San Miguelito $2,451.23 Sector 24 Condominio El Encino Priv. Justo Mendoza Lic. Justo Mendoza Av. Mariano Abasolo $2,451.23 Sector 24 La Valenciana Del Oro Av. Independencia Límite de Calle $2,451.23 Sector 24 La Valenciana Embotelladores Av. Independencia Límite de Fracc. $2,451.23 Sector 24 La Valenciana de La Plata San Carlos Embotelladores $2,451.23 Sector 24 La Valenciana Del Estaño Embotelladores San Carlos $2,451.23 Sector 24 La Valenciana Saltillo Del Oro San Carlos $2,451.23 Sector 24 La Valenciana de Platino Embotelladores Límite de Calle $2,451.23 Sector 24 La Valenciana Del Acero Embotelladores Límite de Calle $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez Embotelladores Priv. Carteros Av. Mariano Abasolo $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez Priv. Carteros Límite de Calle Embotelladores $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez Circuito Gaseros Límite de Calle Irapuato $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez Priv. Tabacaleros Límite de Calle Irapuato $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez Priv. Telegrafistas Límite de Calle Embotelladores $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez Circuito Balconeros 6 de Noviembre 6 de Noviembre $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez Tabacaleros Irapuato Av. Mariano Abasolo $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez 6 de Noviembre Pedro González Tabacaleros $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez Pintores Plomeros Tabacaleros $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez Albañiles Plomeros Electricistas $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez Carpinteros Embotelladores Electricistas $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez Plomeros 6 de Noviembre Carpinteros $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez Arcadio Ramírez Av. Mariano J García Tabacaleros $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez Tahoneros Arcadio Ramírez Av. Mariano Abasolo $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez Costureras Tahoneros Maquiladores $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez Plazuela Ferrocarrileros Costureras Maquiladores $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez Maquiladores Arcadio Ramírez Av. Mariano Abasolo $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez Maquiladores Tahoneros Maquiladores $2,451.23 Sector 24 Benito Juárez Av. Mariano Abasolo Av. Mariano J García Laguna de Chapala $3,835.32 Sector 24 Independencia San Idelfonso San Antonio San Carlos $2,101.54 Sector 24 Independencia Saltillo San Carlos San Antonio $2,101.54 Sector 24 Independencia San Carlos Irapuato Av. Independencia $2,101.54 Sector 24 Independencia San Antonio Av. Independencia 6 de Noviembre $2,451.23 Sector 24 Independencia Av. Independencia San Carlos San Antonio $4,260.59 Sector 24 Independencia Irapuato San Antonio Límite deFraccionamiento $2,101.54 Sector 24 - Mariano Abasolo Av. Mariano J. García Av. Las Águilas $3,551.06 Sector 25 La Ladrillera Av. Enrique Colunga Glorieta Puente de Guadalupe San Juan $4,260.59 Sector 25 La Ladrillera Camino a la Virgen Glorieta Puente de Guadalupe San Juan $1,988.73 Sector 25 La Ladrillera Casuarina Av. Enrique Colunga Camino a la Virgen $1,537.52 Sector 25 La Ladrillera San Juan Av. Enrique Colunga Camino a la Virgen $2,130.86 Sector 25 Fracc. San Roque Av. Enrique Colunga San Juan Límite de Fracc. $5,628.90 Sector 25 Fracc. San Roque Camino a la Virgen San Juan San Lucas $1,988.73 Sector 25 Fracc. San Roque San Isidro San Lucas Límite de Fracc. $2,130.86 Sector 25 Fracc. San Roque San Juan Av. Enrique Colunga Camino a la Virgen $2,130.86 Sector 25 Fracc. San Roque San Lucas Av. Enrique Colunga Camino a la Virgen $2,130.86 Sector 25 Fracc. San Roque Santo Tomás Av. Enrique Colunga San Isidro $2,130.86 Sector 25 Fracc. San Roque San Ignacio Av. Enrique Colunga San Isidro $2,130.86 Sector 25 Fracc. San Roque San Gerardo Av. Enrique Colunga San Isidro $2,130.86 Sector 25 Fracc. San Roque Priv. San Roque Av. Enrique Colunga San Isidro $2,130.86 Sector 25 Valle de las Flores Tallo La Corola Pétalo $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores La Corola La Flor Pétalo $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores La Flor Av. Vasco de Quiroga La Hoja $2,130.86 Sector 25 Valle de las Flores Av. Vasco de Quiroga Rio La Flor $1,167.52 Sector 25 Valle de las Flores Pétalo Límite deFraccionamiento La Flor $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores La Hoja Límite deFraccionamiento La Flor $1,988.73 Sector 25 Agaves La Flor La Hoja Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 25 Agaves Agave Mezcalero La Flor Agave Mezcalero $1,988.73 Sector 25 Agaves Agave Tequilero Agave Tequilero La Flor $1,988.73 Sector 25 Agaves Penca La Flor Penca $1,988.73 Sector 25 Agaves Agave Pulquero Agave Pulquero La Flor $1,988.73 Sector 25 Agaves II Pita Maguey Pita $1,988.73 Sector 25 Agaves II Henequén Maguey Henequén $1,988.73 Sector 25 Agaves II Priv. Vasco de Quiroga Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 25 Agaves II Maguey Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 25 Cereso Priv. Vasco de Quiroga Av. Vasco de Quiroga Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 25 Cereso Av. Vasco de Quiroga Priv. Vasco de Quiroga Conquistadores $1,167.52 Sector 25 Hacienda Colón 1492 Cristóbal Colón La Niña $1,988.73 Sector 25 Hacienda Colón El Almirante Cristóbal Colón La Santa María $1,988.73 Sector 25 Hacienda Colón Cristóbal Colón Conquistadores La Niña $1,988.73 Sector 25 Hacienda Colón La Santa María 1492 Cristóbal Colón $1,988.73 Sector 25 Hacienda Colón Felipe Hernández 1492 Cristóbal Colón $1,988.73 Sector 25 Hacienda Colón La Pinta Cristobal Colón Conquistadores $1,988.73 Sector 25 Hacienda Colón La Niña Cristobal Colón Conquistadores $1,988.73 Sector 25 Col. Morelos Av. Morelos Conquistadores Morelos $1,167.52 Sector 25 Col. Morelos Lázaro Cárdenas Vías FFCC Morelos $1,135.93 Sector 25 Col. Morelos Alfredo V. Bonfil Emiliano Zapata Morelos $1,135.93 Sector 25 Col. Morelos Vicente Guerrero Emiliano Zapata Benito Juárez $1,135.93 Sector 25 Col. Morelos Emiliano Zapata Lázaro Cárdenas Vías FFCC $1,135.93 Sector 25 Col. Morelos Benito Juárez Lázaro Cárdenas Vías FFCC $1,135.93 Sector 25 Col. Morelos Morelos Canal Ing. Antonio Coria Benito Juárez $1,167.52 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Bugambilias Valle de los Jazmines Valle de las Malvas $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de las Margaritas Valle de los Jazmines Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de las Azucenas Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de las Nochebuenas Límite de Fracc. Valle de las Azucenas $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de las Guirnaldas Valle de las Violetas Valle de las Gardenias $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de las Dalias Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de las Magnolias Valle de los Claveles Av. Ignacio García Téllez $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de las Violetas Valle de las Nochebuenas Valle de las Dalias $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de las Rosas Límite de Fracc. Valle de las Azucenas $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de las Gardenias Límite de Fracc. Valle de las Azucenas $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de las Gardenias Valle de las Dalias Valle de las Nochebuenas $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de las Lilas Valle de las Nochebuenas Valle de las Dalias $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de las Lilas Límite de Fracc. Valle de las Dalias $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de los Jazmines Límite de Fracc. Valle de las Dalias $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de las Malvas Límite de Fracc. Valle de las Margaritas $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de las Malvas Valle de las Azucenas Valle de las Magnolias $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de los Girasoles Límite de Fracc. Valle de las Margaritas $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de los Girasoles Valle de las Azucenas Valle de las Magnolias $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de los Pensamientos Valle de las Azucenas Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de los Claveles Valle de las Azucenas Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 25 Valle de las Flores 2da Sección Valle de los Geranios Valle de las Azucenas Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 25 Villas del Sur Villa del Poniente Villa Norte Villa del Sur $2,335.03 Sector 25 Villas del Sur Villa Central Villa Norte Villa del Sur $2,335.03 Sector 25 Villas del Sur Villa del Oriente Villa Norte Villa del Sur $2,335.03 Sector 25 Villas del Sur Villa Norte Límite de Fracc. Límite de Fracc. $2,335.03 Sector 25 Villas del Sur Priv. del Norte Priv. del Norte Villa del Poniente $2,335.03 Sector 25 Villas del Sur Priv. Central Priv. Central Villa del Poniente $2,335.03 Sector 25 Villas del Sur Priv. del Sur Priv. del Sur Villa del Poniente $2,335.03 Sector 25 Villas del Sur Andador Poniente Villa del Poniente Villa Central $2,335.03 Sector 25 Villas del Sur Andador Oriente Villa Central Villa del Oriente $2,335.03 Sector 25 Villas del Sur Villa del Sur Límite deFraccionamiento Villa del Oriente $2,335.03 Sector 25 Villas del Sur Calle Sin Nombre Villa del Sur Av. Ignacio García Téllez $2,335.03 Sector 25 Rancho Colón Guillermo Albo Vivanco Límite deFraccionamiento Ignacio García Téllez $1,765.38 Sector 25 Rancho Colón Vialidades Interiores Guillermo Albo Vivanco Límite Vialidad $1,765.38 Sector 25 Fracc. Residencial Irapuato 1492 La Fundación La Villa $1,988.73 Sector 25 Fracc. Residencial Irapuato Cristóbal Colón La Fundación La Villa $1,988.73 Sector 25 Fracc. Residencial Irapuato La Fundación Conquistadores Cristóbal Colon $1,988.73 Sector 25 Fracc. Residencial Irapuato La Villa Conquistadores Cristóbal Colon $1,988.73 Sector 25 Seguridad 2000 - - - $639.59 Sector 25 Las Luminarias Paricutín Pinacates Av. Ignacio García Téllez $639.59 Sector 25 Las Luminarias Volcanes Pinacates Xitle $639.59 Sector 25 Las Luminarias Pinacates Paricutín Límite de Fracc. $639.59 Sector 25 Las Luminarias Xitle Paricutín Límite de Fracc. $639.59 Sector 25 Fracc. Tierra Nueva Calles en breña - - $552.74 Sector 25 Fracc. Tierra Nueva Calles pavimentada - - $1,988.73 Sector 25 Santa Amalia Tepetate Carriles Pomacita $639.59 Sector 25 Santa Amalia Carriles Límite de Fracc Límite de Fracc. $639.59 Sector 25 Santa Amalia Caliza Tepetate Límite de Fracc. $639.59 Sector 25 Santa Amalia Arenisca Tepetate Límite de Fracc. $639.59 Sector 25 Santa Amalia Tezontle Tepetate Límite de Fracc. $639.59 Sector 25 Santa Amalia Pomacita Tepetate Límite de Fracc. $639.59 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Av. Enrique Colunga Límite deFraccionamiento Puente Las Carmelitas $5,628.90 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Américo Vespucio Francisco de Almeida Rodrigo de Bastida $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Jacobo Cartier Bernal Díaz Juan Cabot $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Sebastián de Belalcazar Bernal Díaz Juan Cabot $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Gengis Khan Erick el Rojo Bartolomé Hurtado $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Rio Poniente Francisco de Almeida Fernando de Magallanes $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Priv. Diego de Almagro N/A N/A $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Francisco de Almeida Américo Vespucio Rio Poniente $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Pedro Álvarez Cabral Av. Enrique Colunga Rio Poniente $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Vicente Yáñez Américo Vespucio Rio Poniente $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Pedro de Alvarado Américo Vespucio Rio Poniente $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Av. Ignacio García Téllez Av. Enrique Colunga Rio Poniente $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Bernal Díaz Américo Vespucio Rio Poniente $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Juan Cabot Américo Vespucio Rio Poniente $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Francisco César Américo Vespucio Rio Poniente $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Hernán Cortés Av. Enrique Colunga Rio Poniente $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Juan Díaz de Solís Américo Vespucio Rio Poniente $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Erick el Rojo Américo Vespucio Rio Poniente $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Alfonso de Ojeda Av. Enrique Colunga Americo Vespucio $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Hernando Grijalva Gengis Khan Rio Poniente $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Pedro Heredia Gengis Khan Rio Poniente $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Bartolomé Hurtado Américo Vespucio Rio Poniente $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección David Livengston Av. Enrique Colunga Rio Poniente $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Fernando de Magallanes Américo Vespucio Rio Poniente $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 1ra Sección Rodrigo de Bastida Límite de Fracc. Fernando de Magallanes $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 2da Sección Rio Oriente Límite deFraccionamiento Diego Velázquez $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 2da Sección Pedro de Mendoza Av. Ignacio García Téllez Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 2da Sección Marco Polo Av. Ignacio García Téllez Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 2da Sección Alejandro Magno Límite de Fracc. Río Oriente $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 2da Sección Francisco Pizarro Av. Ignacio García Téllez Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 2da Sección Juan Ponce de León Av. Ignacio García Téllez Valle de las Margaritas $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 2da Sección Av. Ignacio García Téllez Rio Oriente Valle de las Magnolias $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 2da Sección Vasco Núñez de Balboa Rio Oriente Alejandro Magno $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 2da Sección Francisco Kino Rio Oriente Alejandro Magno $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 2da Sección Francisco Pinzón Rio Oriente Alejandro Magno $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 2da Sección Martin Alfonso de Sousa Rio Oriente Alejandro Magno $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 2da Sección Pedro de Valdivia Rio Oriente Alejandro Magno $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 2da Sección Antonio de Ulloa Rio Oriente Alejandro Magno $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 2da Sección Diego Velazquez Rio Oriente Alejandro Magno $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 2da Sección D.I.F. Diego Velázquez Río Guanajuato $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 3ra Sección Villa del Rosal Av. Ignacio García Téllez Límite de Fracc. $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 3ra Sección Av. Ignacio García Téllez Límite de Fracc. Villa del Rosal $2,130.86 Sector 25 Fracc. Colón 3ra Sección Cerro del Cubilete Cerro delCubilete Villa del Rosal $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 3ra Sección Cerro de Culiacán Cerro deCuliacán Villa del Rosal $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 3ra Sección Cerro de la Bufa Cerro de la Bufa Villa del Rosal $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 3ra Sección Cerro de la Sirena Cerro de la Sirena Villa del Rosal $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 3ra Sección Cerro de Rayas Cerro de Rayas Villa del Rosal $1,988.73 Sector 25 Fracc. Colón 3ra Sección Sin Nombre Sin Nombre Villa del Rosal $1,988.73 Sector 25 Villareal Villa de Guadalupe Villa del Rosal Villa de Márquez $1,417.94 Sector 25 Villareal Villa Dorada Av. Ignacio García Téllez Villa del Recuerdo $1,417.94 Sector 25 Villareal Villa Plateada Av. Ignacio García Téllez Villa de Guadalupe $1,417.94 Sector 25 Villareal Villa del Márquez Av. Ignacio García Téllez Villa del Recuerdo $1,417.94 Sector 25 Villareal Villa del Márquez Villa delRecuerdo Francisco J Mujica $1,417.94 Sector 25 Villareal Villa del Palmar Av. Ignacio García Téllez Canal Ing. Antonio Coria $1,417.94 Sector 25 Villareal Villa de Las estrellas Av. Ignacio García Téllez Canal Ing. Antonio Coria $1,417.94 Sector 25 Villareal Villa Real Av. Ignacio García Téllez Canal Ing. Antonio Coria $1,417.94 Sector 25 Villareal Priv. Villa Real Villa real Límite Priv. Villa Real $1,417.94 Sector 25 Villareal Villa del Recuerdo Villa del Rosal Villa del Márquez $1,417.94 Sector 25 Villareal Villa de la Rosa Villa del Rosal Villa del Márquez $1,417.94 Sector 25 Villareal Francisco J Mujica Villa del Rosal Villa del Márquez $1,417.94 Sector 25 Villareal Emiliano Zapata Villa del Rosal Límite de Fracc. $1,417.94 Sector 25 Ampliación Morelos Av. Del Parque Canal Ing. Antonio Coria Allende $1,135.93 Sector 25 Ampliación Morelos Del Bosque Av. Del Parque Canal Ing. Antonio Coria $1,135.93 Sector 25 Ampliación Morelos Hidalgo Av. Del Parque Canal Ing. Antonio Coria $1,135.93 Sector 25 Ampliación Morelos Allende Av. Del Parque Canal Ing. Antonio Coria $1,135.93 Sector 25 Col. del Parque Vialidad con algún tipo de servicio - - $1,135.93 Sector 25 Col. del Parque Vialidad sin servicio - - $552.74 Sector 25 La Loma Calle La Loma La Loma Hacienda de la Teja $1,873.67 Sector 25 El Lago Calle El Lago El Lago Hacienda de la Teja $1,873.67 Sector 25 Hacienda de la Virgen 1ra Sección Hacienda Temascatío Hacienda del Copal Límite de calle $1,873.67 Sector 25 Hacienda de la Virgen 1ra Sección Andador Límite de calle Hacienda del Copal $1,873.67 Sector 25 Hacienda de la Virgen 1ra Sección Andador La Troje Límite de calle Hacienda del Copal $1,873.67 Sector 25 Hacienda de la Virgen 1ra Sección Andador El Potrero Límite de calle Hacienda del Copal $1,873.67 Sector 25 Hacienda de la Virgen 1ra Sección Av. Hacienda La Virgen Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,873.67 Sector 25 Hacienda de la Virgen 1ra Sección Hacienda del Copal Hacienda Temascatío Av. Hacienda La Virgen $1,873.67 Sector 25 Hacienda de la Virgen 1ra Sección Hacienda de Ancón Hacienda Temascatío Av. Hacienda La Virgen $1,873.67 Sector 25 Hacienda de la Virgen 1ra Sección Hacienda de La Joya Hacienda Temascatío Av. Hacienda La Virgen $1,873.67 Sector 25 Hacienda de la Virgen 1ra Sección Hacienda La Sonaja Hacienda Temascatío Av. Hacienda La Virgen $1,873.67 Sector 25 Hacienda de la Virgen 1ra Sección Hacienda Uruétaro Hacienda Temascatío Av. Hacienda La Virgen $1,873.67 Sector 25 Hacienda de la Virgen 1ra Sección Hacienda Tupátaro Hacienda Temascatío Av. Hacienda La Virgen $1,873.67 Sector 25 Hacienda La Virgen 2da Sección Av. Hacienda La Virgen Hacienda de la Teja Límite de Fracc. $1,873.67 Sector 25 Hacienda La Virgen 2da Sección Circuito Hacienda el Palmar Hacienda de Xaltipa Hacienda de Xaltipa $1,873.67 Sector 25 Hacienda La Virgen 2da Sección Hacienda de la Jarilla Circuito Hacienda el Palmar Hacienda de Xaltipa $1,873.67 Sector 25 Hacienda La Virgen 2da Sección Hacienda de la Soledad Circuito Hacienda el Palmar Circuito Hacienda el Palma $1,873.67 Sector 25 Hacienda La Virgen 2da Sección Hacienda del Jaral Hacienda de las Ánimas Circuito Hacienda el Palma $1,873.67 Sector 25 Hacienda La Virgen 2da Sección Hacienda de la Teja Av. Hacienda La Virgen Circuito Hacienda el Palma $1,873.67 Sector 25 Hacienda La Virgen 2da Sección Hacienda de Xaltipa Av. Hacienda La Virgen Circuito Hacienda el Palma $1,873.67 Sector 25 Hacienda La Virgen 2da Sección Hacienda del Rincón Circuito Hacienda el Palmar Circuito Hacienda el Palma $1,873.67 Sector 25 Hacienda La Virgen 2da Sección Hacienda de las Ánimas Circuito Hacienda el Palmar Circuito Hacienda el Palma $1,873.67 Sector 25 La Virgen Av. Hacienda La Virgen Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,873.67 Sector 25 La Virgen Virgen de Lourdes Virgen de Guadalupe Virgen deGuadalupe $1,873.67 Sector 25 La Virgen Virgen de Guadalupe Av. Hacienda La Virgen Av. Hacienda La Virgen $1,873.67 Sector 25 La Virgen Virgen de Fátima Av. Hacienda La Virgen Virgen deGuadalupe $1,873.67 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Calles en breña - - $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Calles pavimentadas - - $1,988.73 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Av. Vasco de Quiroga Camino a la Virgen Lic. Juan Antonio Martínez $1,278.07 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Camino a la Virgen Av. Vasco de Quiroga Límite de Fracc. $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Almagro Camino a la virgen Cto. Vaciamadrid $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Cto. Vaciamadrid Almagro Cto. Vaciamadrid $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Infantas Cto. Vaciamadrid Cto. Vaciamadrid $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Prol. Santa Catarina de Siena Camino a la Virgen Lic. Juan Antonio Martínez $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Portazgo Camino a la Virgen Cto. Valdemoro $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Cto. Valdemoro Portazgo Cto. Valdemoro $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Móstoles Cto. Valdemoro Cto. Valdemoro $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Prol. 5 de diciembre Camino a la Virgen Lic. Juan Antonio Martínez $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Ambroz Camino a la Virgen Cto. Navacerrada $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Cto. Navacerrada Ambroz Cto. Navacerrada $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Griñón Cto. Navacerrada Cto. Navacerrada $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Prol. Oscar Arnulfo Romero Camino a la Virgen Lic. Juan Antonio Martínez $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Av. Villamadrid Camino a la Virgen Límite de Fracc. $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Embajadores Av. Villamadrid Cto. Torrelaguna $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Cto. Torrelaguna Embajadores Cto. Torrelaguna $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Fuenlabrada Cto. Torrelaguna Navalafuente $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Cercada Fuenlabrada Cto. Torrelaguna $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Navalafuente Fuenlabrada Cto. Torrelaguna $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Av. Vasco de Quiroga Oscar Arnulfo Romero Av. Villamadrid $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Algete Av. Villamadrid Cto. Leganes $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Cto. Leganés Algete Cto. Leganes $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Columela Trescantos Cto. Leganes $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Trescantos Cto. Leganes Columela $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Cercedilla Cto. Leganes Columela $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Pinto Av. Villamadrid Cto. Arroyomolinos $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Cto. Arroyomolinos Pinto Cto. Arroyomolinos $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Cobeña Cto. Arroyomolinos Cto. Parla $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Cto. Parla Cobeña Cto. Parla $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Loeches Cto. Parla Cto. Parla $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Pelayo Cto. Parla Cto. Arroyomolinos $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Arapiles Av. Villamadrid Cto. Ciempozuelos $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Cto. Ciempozuelos Arapiles Cto. Ciempozuelos $552.74 Sector 25 Fracc. Villa Madrid Arganda del Rey Cto. Ciempozuelos Cto. Ciempozuelos $552.74 Sector 25 Emiliano Zapata III Lic. Juan Antonio Martínez Ramírez Av. Vasco de Quiroga Oscar Arnulfo Romero $1,135.93 Sector 25 Emiliano Zapata III San Andrés Kim Av. Vasco de Quiroga San Vicente Ferrer $1,135.93 Sector 25 Emiliano Zapata III Av. Vasco de Quiroga Av. Vasco de Quiroga Oscar Arnulfo Romero $1,278.07 Sector 25 Emiliano Zapata III Ejército Liberador del sur 5 de Diciembre Oscar Arnulfo Romero $1,135.93 Sector 25 Emiliano Zapata III 10 de Abril 5 de Diciembre Oscar Arnulfo Romero $1,135.93 Sector 25 Emiliano Zapata III Benedicto XVI 5 de Diciembre Oscar Arnulfo Romero $1,135.93 Sector 25 Emiliano Zapata III San Vicente Ferrer Lic. Juan Antonio Martínez Ramírez Av. Vasco de Quiroga $1,135.93 Sector 25 Emiliano Zapata III San Álvaro de Córdoba Lic. Juan Antonio Martínez Ramírez Av. Vasco de Quiroga $1,135.93 Sector 25 Emiliano Zapata III San Álvaro de la Dolorosa Lic. Juan Antonio Martínez Ramírez Av. Vasco de Quiroga $1,135.93 Sector 25 Emiliano Zapata III Santa Catarina de Siena Lic. Juan Antonio Martínez Ramírez Av. Vasco de Quiroga $1,135.93 Sector 25 Emiliano Zapata III San Francisco de Sales Lic. Juan Antonio Martínez Ramírez Av. Vasco de Quiroga $1,135.93 Sector 25 Emiliano Zapata III Francisco Becerra Gómez Lic. Juan Antonio Martínez Ramírez Av. Vasco de Quiroga $1,135.93 Sector 25 Emiliano Zapata III Plan de Ayala Lic. Juan Antonio Martínez Ramírez Av. Vasco de Quiroga $1,135.93 Sector 25 Emiliano Zapata III 5 de Diciembre Lic. Juan Antonio Martínez Ramírez Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 25 Emiliano Zapata III Eufemio Zapata Lic. Juan Antonio Martínez Ramírez Ejército Liberador del Sur $1,135.93 Sector 25 Emiliano Zapata III Tierra y Libertad Lic. Juan Antonio Martínez Ramírez Ejército Liberador del Sur $1,135.93 Sector 25 Emiliano Zapata III Genovevo de la O Av. Vasco de Quiroga Ejército Liberador del Sur $1,135.93 Sector 25 Emiliano Zapata III Oscar Arnulfo Romero Lic. Juan Antonio Martínez Ramírez Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 25 UCOPI Libertad Unidad Popular 11 de Marzo $1,135.93 Sector 25 UCOPI Rubén Jaramillo Democracia Independencia $1,135.93 Sector 25 UCOPI Genaro Vázquez Rojas Democracia Independencia $1,135.93 Sector 25 UCOPI Francisco Villa Unidad Popular José María Morelos $1,135.93 Sector 25 UCOPI Emiliano Zapata Unidad Popular José María Morelos $1,135.93 Sector 25 UCOPI Revolución Unidad Popular 11 de Marzo $1,135.93 Sector 25 UCOPI Unidad Popular Libertad Revolución $1,135.93 Sector 25 UCOPI Lucha Social Libertad Francisco Villa $1,135.93 Sector 25 UCOPI Democracia Libertad Francisco Villa $1,135.93 Sector 25 UCOPI José María Morelos Genaro Vázquez Rojas Revolución $1,135.93 Sector 25 UCOPI Lucio Cabañas Genaro Vázquez Rojas Revolución $1,135.93 Sector 25 UCOPI Independencia Libertad Revolución $1,135.93 Sector 25 UCOPI Guadalupe Sandoval Libertad Revolución $1,135.93 Sector 25 UCOPI 11 de Marzo Libertad Revolución $1,135.93 Sector 25 Caudillo del Sur Revolución 1910 Límite de Fracc. Antonio Vázquez Loza $552.74 Sector 25 Caudillo del Sur Otilio Montaño Límite de Fracc. Antonio Vázquez Loza $552.74 Sector 25 Caudillo del Sur Ejercito Zapatista Revolución 1910 Otilio Montaño $552.74 Sector 25 Caudillo del Sur Villa Ayala Revolución 1910 Otilio Montaño $552.74 Sector 25 Caudillo del Sur Cleofas Salazar Revolución 1910 Otilio Montaño $552.74 Sector 25 Caudillo del Sur 9 de Agosto Revolución 1910 Otilio Montaño $552.74 Sector 25 Caudillo del Sur Victoriano Huerta Revolución 1910 Otilio Montaño $552.74 Sector 25 Caudillo del Sur Felipe Nari Revolución 1910 Otilio Montaño $552.74 Sector 25 Caudillo del Sur Chinameca de Juárez Revolución 1910 Otilio Montaño $552.74 Sector 25 Caudillo del Sur Anenecuilco Morelos Revolución 1910 Otilio Montaño $552.74 Sector 25 Caudillo del Sur Antonio Vázquez Loza Revolución 1910 Otilio Montaño $552.74 Sector 25 Fracc. Expofresas Eduardo Salazar Hernández Sebastián Martínez Castro Ma. Luisa Fajardo García $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas María Zamora Gallardo Sebastián Martínez Castro Carmen Lucia Álvarez Alejandré $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Martiniano Arredondo Farfán Sebastián Martínez Castro Carmen Lucia Álvarez Alejandré $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Juanita Hidalgo Gómez Sebastián Martínez Castro Carmen Lucia Álvarez Alejandré $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Agustín Gutiérrez Macías Sebastián Martínez Castro Carmen Lucia Álvarez Alejandre $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Expofresas Sebastián Martínez Castro Límite de Fracc. $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Francisco Parra Hidalgo Sebastián Martínez Castro Límite de Fracc. $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Av. Octavio Paredes López Sebastián Martínez Castro Límite de Fracc. $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas María Hernández de Arrache Expofresas Francisco Parra Hidalgo $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas María de Lourdes Zapien deMontibeller Expofresas Francisco Parra Hidalgo $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Ma. Luisa Fajardo García Eduardo Salazar Hernández Expofresas $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Héctor Uribe Vaca Expofresas Francisco Parra Hidalgo $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Alberto María Llamas Eduardo Salazar Hernández Expofresas $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Guillermo Talancón Ortiz Expofresas Francisco Parra Hidalgo $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Adriana Cortés Jiménez Eduardo Salazar Hernández Expofresas $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Margarita Valdez de Limas Expofresas Av. Octavio Paredes López $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Oscar Bonffiglio Martínez Eduardo Salazar Hernández Expofresas $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Ma. Trinidad Arenas Pérez Expofresas Francisco Parra Hidalgo $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Carmen Lucía Álvarez Alejandre Eduardo Salazar Hernández Francisco Parra Hidalgo $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Agustín Gasca Chávez Expofresas Francisco Parra Hidalgo $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Luis H. Ducoing Gamba Expofresas Francisco Parra Hidalgo $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Francisco Flores Ornelas Expofresas Sebastián Martínez Castro $639.59 Sector 25 Fracc. Expofresas Sebastián Martínez Castro Eduardo Salazar Hernández Av. Octavio Paredes López $639.59 Sector 26 Margen del Río San Antonio de Ayala Av. Arandas San Antonio de Ayala Puerto Rico $3,852.24 Sector 26 El Cóbano Durango Límite de Calle Límite de Calle $1,988.73 Sector 26 El Cóbano San Luis Límite de Calle Límite de Calle $1,988.73 Sector 26 El Cóbano Calle Tlaxcala Límite de Calle Límite de Calle $1,988.73 Sector 26 El Cóbano Michoacán Límite de Calle Límite de Calle $1,988.73 Sector 26 El Cóbano Guerrero Límite de Calle Límite de Calle $1,988.73 Sector 26 El Cóbano Zacatecas Límite de Calle Av. Arandas $1,988.73 Sector 26 El Cóbano Aguascalientes Límite de Calle Av. Arandas $1,988.73 Sector 26 El Cóbano Av. Arandas Límite de Fracc. Zacatecas $3,852.24 Sector 26 El Cóbano Av. México Límite de Calle Av. Arandas $1,988.73 Sector 26 Jardines de San Antonio Av. Arandas 4to. Cinturón Vial Puerto Rico $3,618.74 Sector 26 Jardines de San Antonio Estanque Alameda Av. Arandas $3,551.06 Sector 26 Jardines de San Antonio Rocallas Alameda Av. Arandas $3,551.06 Sector 26 Jardines de San Antonio Grutas Alameda Av. Arandas $3,551.06 Sector 26 Jardines de San Antonio Prado Límite de calle Av. Arandas $3,551.06 Sector 26 Jardines de San Antonio Fuente Alameda Av. Arandas $3,551.06 Sector 26 Jardines de San Antonio Paisaje Alameda Av. Arandas $3,551.06 Sector 26 Jardines de San Antonio Ladera Alameda Av. Arandas $3,551.06 Sector 26 Jardines de San Antonio Alameda Prol. Tulipanes Av. Arandas $3,551.06 Sector 26 Jardines de San Antonio Laberinto Paisaje Estanque $3,551.06 Sector 26 San Antonio de Ayala Calle Jardín de los Tulipanes Calleja de la Gárgola Calleja del Aldabón $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Cerrada del Sillar Calleja de la Naranja de Agua Calleja del Calicanto $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Calleja del Dintel Calleja de la Naranja de Agua Cerrada del Manto $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Cerrada del Caliche Límite de calle Calleja del Dintel $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Cerrada del Barro Límite de calle Calleja del Dintel $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Cerrada de la Arcilla Límite de calle Calleja del Dintel $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Calleja de la Naranja de Agua Cerrada del Sillar Jardín de las Bugambilias $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Calleja del Calicanto Cerrada del Sillar Jardín de las Bugambilias $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Calleja del Aldabón Jardín de los Tulipanes Cerrada del Aldabón $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Calleja de La Gárgola Jardín de los Tulipanes Jardín de las Aves de Paraiso $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Calleja del Artesonado Jardín de las Nochebuenas Jardín de las Aves de Paraiso $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Calleja del Alfeizar Jardín de las Nochebuenas Jardín de las Llamaradas $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Jardín de las Aves de Paraíso Calleja del Artesonado Calleja de la Gárgola $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Calleja de la Vara Calleja del Parteluz Límite de Calle $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Paseo de los Olivos Calleja de la Vara Calleja del Calicanto $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Camino del Baluarte Calleja del Parteluz Camino de la Ronda $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Calleja del Parteluz Calleja de la Vara Jardín de la Llamarada $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Calleja de la Hornasina Calleja de la Vara Jardín de la Llamarada $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Camino de la Ronda Calleja del Dintel Camino del Basalto $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Jardín de las Llamaradas Calleja del Alfeizar Límite de Calle $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Cerrada del Alabastro Calleja de La Gualdra Calleja del Contrafuerte $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Calleja de la Gualdra Cerrada del Alabastro Cerrada del Tecali $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Calleja del Contrafuerte Cerrada del Tecali Cerrada del Alabastro $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Cerrada del Tecali Calleja de la Gualdra Calleja de la Contrafuerte $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Paseo de los Fresnos Jardín de las Aves de Paraíso Paseo de los Eucaliptos $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Cerrada del Aldabón Límite de Calle Calleja del Aldabón $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Jardín de las Bugambilias Límite de calle Cerrada del Manto $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Cerrada del Manto Calle Jardín de las Bugambilias Calleja del Dintel $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Cerrada de la Talavera Límite de Calle Calleja del Dintel $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Cerrada del Adobe Límite de Calle Calleja del Dintel $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Cerrada de La Laja Límite de Calle Calleja del Dintel $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Cerrada de la Cantera Límite de Calle Calleja del Dintel $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Calleja de la Pilastra Paseo de los Fresnos Límite de Calle $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Camino de la Garita Calleja de la Pilastra Jardín del Álamos $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Paseo de los Eucaliptos Paseo de los Fresnos Camino del Recinto $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Calleja del Paramento Cerrada del Tejamanil Cerrada del Tezontle $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Cerrada del Tezontle Calleja del Paramento Jardín Álamos $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Paseo de las Casuarinas Cerrada de Tejamanil Límite de Calle $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Cerrada del Tejamanil Calleja del Paramento Jardín de los Álamos $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Calleja del Rodapié Cerrada del Tezontle Cerrada del Tejamanil $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Jardín de los Álamos Cerrada del Tezontle Cerrada del Tejamanil $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala San Antonio de Ayala Av. Arandas Ciudad Real $3,835.32 Sector 26 San Antonio de Ayala Av. Arandas Estanque Puerto Rico $3,618.74 Sector 26 San Antonio de Ayala Av. Arandas San Antonio de Ayala Puerto Rico $3,852.24 Sector 26 San Antonio de Ayala Prol. Tulipanes Calle Estanque Límite de Calle $851.67 Sector 26 San Antonio de Ayala Camino del Basalto Camino de la Ronda Límite de Calle $6,391.45 Sector 26 San Antonio de Ayala Camino del Recinto Camino de la Ronda Paseo de los Eucaliptos $6,391.45 Sector 27 Colonia Ignacio Allende Priv. Leona Vicario Av. Insurgentes Límite de la Priv. $2,042.87 Sector 27 Colonia Ignacio Allende José Ma.Michelena Juan Aldama Av. Insurgentes $2,042.87 Sector 27 Colonia Ignacio Allende Gral. A. Miramón Av. San Juan de Retana Av. Insurgentes $2,042.87 Sector 27 Colonia Ignacio Allende Josefa Ortiz de Domínguez Av. San Juan de Retana Av. Insurgentes $2,042.87 Sector 27 Colonia Ignacio Allende Hermanos Licea Av. San Juan de Retana Av. Insurgentes $2,042.87 Sector 27 Colonia Ignacio Allende Francisco I Madero Villacoapa Av. Insurgentes $2,042.87 Sector 27 Colonia Ignacio Allende Av. Insurgentes Hermanos Licea Landa $7,100.99 Sector 27 Colonia Ignacio Allende Villacoapa Josefa Ortiz de Domínguez Hermanos Licea $2,042.87 Sector 27 Colonia Ignacio Allende Juan Aldama Niño Artillero Hermanos Licea $2,042.87 Sector 27 Colonia Ignacio Allende Mariano Jiménez Niño Artillero Josefa Ortiz de Domínguez $2,042.87 Sector 27 Colonia Ignacio Allende Agustín de Iturbide Josefa Ortiz de Domínguez Hermanos Licea $2,042.87 Sector 27 Colonia Ignacio Allende Av. San Juan de Retana Niño Artillero Hermanos Licea $2,130.86 Sector 27 Colonia Ignacio Allende Manuel Mier Niño Artillero Gral. A. Miramón $2,042.87 Sector 27 Colonia Ignacio Allende Niño Artillero Av. San Juan de Retana Landa $2,042.87 Sector 27 Colonia Ignacio Allende Landa Av. Insurgentes Niño Artillero $2,042.87 Sector 27 San Juan de Retana Av. Insurgentes Hermanos Licea Fco. I. Madero $7,100.99 Sector 27 San Juan de Retana Manuel Gómez Pedraza Av. Insurgentes Fco. I. Madero $2,042.87 Sector 27 San Juan de Retana Villacoapa Hermanos Licea Siembra $2,042.87 Sector 27 San Juan de Retana Juan Aldama Hermanos Licea Siembra $2,042.87 Sector 27 San Juan de Retana Agustín de Iturbide Hermanos Licea Siembra $2,042.87 Sector 27 San Juan de Retana Av. San Juan de Retana Hermanos Licea Siembra $2,130.86 Sector 27 San Juan de Retana Hermanos Licea Av. Insurgentes Av. San Juan de Retana $2,042.87 Sector 27 San Juan de Retana Fco. I Madero Av. Insurgentes Villacoapa $2,042.87 Sector 27 San Juan de Retana Siembra Villacoapa Av. San Juan deRetana $2,042.87 Sector 27 Los Reyes Rey Alfonso XIII Pípila Blvd. Los Reyes $2,335.03 Sector 27 Los Reyes Rey Felipe II Pípila Rey Alfonso XIII $2,335.03 Sector 27 Los Reyes Blvd. Los Reyes Av. Guanajuato Av. San Juan de Retana $5,370.58 Sector 27 Los Reyes Rey Luis XV Insurgentes Sur Av. San Juan de Retana $2,335.03 Sector 27 Los Reyes Carlos V Insurgentes Sur Rey Ahuizótl $2,335.03 Sector 27 Los Reyes Rey Sol Rey Gustavo Adolfo Av. San Juan de Retana $2,335.03 Sector 27 Los Reyes Rey Salomón Rey Luis XV Rey Sol $2,335.03 Sector 27 Los Reyes Enrique VIII Blvd. Los Reyes Av. Vallejo $2,335.03 Sector 27 Los Reyes Rey Ahuizótl Rey Luis XV Av. Vallejo $2,335.03 Sector 27 Los Reyes Rey Arturo Rey Alfonso XIII Av. Vallejo $2,335.03 Sector 27 Los Reyes Manuel M. Ponce Rey Alfonso XIII Av. Vallejo $2,335.03 Sector 27 Los Reyes Insurgentes Sur Rey Alfonso XIII Av. Vallejo $2,335.03 Sector 27 Los Reyes Rey Gustavo Adolfo Blvd. Los Reyes Rey Sol $2,335.03 Sector 27 Los Reyes Rey Jorge VI Rey Alfonso XIII Blvd. Los Reyes $2,335.03 Sector 27 Los Reyes Solidaridad Blvd. Los Reyes Villahermosa $2,130.86 Sector 27 Los Reyes Rey Gaspar Blvd. Los Reyes Límite de calle $1,988.73 Sector 27 Los Reyes Rey Melchor Blvd. Los Reyes Límite de calle $1,988.73 Sector 27 Los Reyes Rey Baltazar Blvd. Los Reyes Límite de calle $1,988.73 Sector 27 Los Reyes Av. Vallejo Luis Lumiere Insurgentes Sur $1,417.94 Sector 27 Los Reyes Av. Vallejo Insurgentes Sur Av. San Juan de Retana $2,042.87 Sector 27 Los Reyes Av. Guanajuato Blvd. Los Reyes Villahermosa $5,628.90 Sector 27 Los Reyes Av. San Juan de Retana Molucas Av. Vallejo $2,130.86 Sector 27 Solidaridad Villahermosa Av. Guanajuato Culiacán $1,988.73 Sector 27 Solidaridad San Luis Potosí Av. Guanajuato Culiacán $1,988.73 Sector 27 Solidaridad Baja California Av. Guanajuato Culiacán $1,988.73 Sector 27 Solidaridad Estado de México Av. Guanajuato Culiacán $1,988.73 Sector 27 Solidaridad Coahuila Av. Guanajuato Culiacán $1,988.73 Sector 27 Solidaridad Puebla Solidaridad Av. Guanajuato $1,988.73 Sector 27 Solidaridad Querétaro Av. Guanajuato Luis Lumier $1,988.73 Sector 27 Solidaridad Chihuahua Av. Guanajuato Monterrey $1,988.73 Sector 27 Solidaridad Durango Av. Guanajuato Monterrey $1,988.73 Sector 27 Solidaridad Nayarit Andador Jalisco Luis Lumier $1,988.73 Sector 27 Solidaridad Cuernavaca Solidaridad Monterrey $1,988.73 Sector 27 Solidaridad Veracruz Andador Jalisco Solidaridad $1,988.73 Sector 27 Solidaridad Luis Lumier Av. Vallejo Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 27 Solidaridad Monterrey Querétaro Límite de Calle $1,988.73 Sector 27 Solidaridad Constitución Cuernavaca Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 27 Solidaridad Solidaridad Límite de Fracc. Blvd. Los Reyes $2,130.86 Sector 27 Solidaridad Andador Jalisco San Luis Potosí Veracruz $1,988.73 Sector 27 Solidaridad Andador Tlaxcala Villahermosa Límite de Andador $1,988.73 Sector 27 Solidaridad Plaza Educación Coahuila Querétaro $1,988.73 Sector 27 Solidaridad Culiacán Límite de Fracc. Coahuila $1,988.73 Sector 27 Solidaridad Av. Guanajuato Villahermosa Veracruz $5,628.90 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quintas de los Eucaliptos San Martín de Porres Camino a la Virgen $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quintas de los Fresnos Límite de Fracc. Poniente Camino a la Virgen $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quintas de los Perules Límite de Fracc. Poniente Camino a la Virgen $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quinta de los Cedros Límite de Fracc. Poniente Camino a la Virgen $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quintas de los Laureles Límite de Fracc. Poniente Camino a la Virgen $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quintas de los Palmeras Límite de Fracc. Poniente Av. de San Joaquín $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quintas de los Mezquites Límite de Fracc. Poniente Av. de San Joaquín $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quinta de los Ficus Quintas de los Olivos Quintas de los Perones $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Av. de San Joaquín Quintas de los Olivos Quintas de los Eucaliptos $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quintas de los Pastizales Quintas de los Olivos Quintas de los Perones $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quintas de los Huizaches Quintas de los Olivos Quintas de los Perones $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Calzada de las Arboledas Quintas de los Olivos Límite de Fracc. Oriente $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quintas de los Olivos Sto. Tomás de Aquino (Sec.E) Calzada de las Arboledas $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quintas de los Capulines Sto. Tomás de Aquino (Sec.E) Calzada de las Arboledas $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quintas de los Manzanos Sto. Tomás de Aquino (Sec.E) Calzada de las Arboledas $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quintas de los Limones Sto. Tomás de Aquino (Sec.E) Calzada de las Arboledas $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quintas de los Perones Sto. Tomás de Aquino (Sec.E) Calzada de las Arboledas $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quintas de los Álamos Av. de San Joaquín Calzada de las Arboledas $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quintas de los Abedules Av. de San Joaquín Quintas de los Álamos $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quintas de los Sabinos Av. de San Joaquín Quintas de los Álamos $1,988.73 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Av. Quintas de los Pinos Camino a la Virgen Paseo San Joaquín $2,101.54 Sector 28 Fracc. Quinta San Joaquín Quintas de los Santos Quintas de los Eucaliptos Quintas de los Mezquites $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Av. Guanajuato Hidra Av. Del Refugio $2,755.80 Sector 28 Valle del Sol Acuario Andrómeda Hidra $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Andrómeda Av. Guanajuato Aries $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Antares Av. Guanajuato Filipinas $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Aries Libra Jamaica $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Atenea Av. Guanajuato Filipinas $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Austral Av. Guanajuato Filipinas $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Camaleón Libra Hidra $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Cáncer Andrómeda Jamaica $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Capricornio Av. Guanajuato Aries $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Carina Vela Groenlandia $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Cauda Antares Hidra $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Centauro Andrómeda Jamaica $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Centurión Av. Guanajuato Sagitario $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Columba Vela Groenlandia $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Dragón Vela Groenlandia $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Fénix Av. Guanajuato Filipinas $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Filipinas Groenlandia Hidra $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Groenlandia Júpiter Filipinas $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Hidra Av. Guanajuato Filipinas $2,558.39 Sector 28 Valle del Sol Jamaica Av. Guanajuato Av. Tres $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Júpiter Groenlandia Hidra $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Leo Vela Groenlandia $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Libra Av. Guanajuato Camaleón $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Nova Vela Groenlandia $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Orión Av. Guanajuato Sagitario $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Pegaso Andrómeda Jamaica $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Piscis Vela Hidra $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Sagitario Andrómeda Jamaica $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Tauro Vela Groenlandia $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Tucán Júpiter Filipinas $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Vela Júpiter Filipinas $1,988.73 Sector 28 Valle del Sol Virgo Vela Groenlandia $1,988.73 Sector 28 Central de Abastos Av. Central Av. Mariano J. García Límite de Calle $3,835.32 Sector 28 Central de Abastos Av. Mariano J. García Av. Poniente Av. Oriente $4,085.74 Sector 28 Central de Abastos Av. Oriente Av. Mariano J. García Calle Cuarta $3,835.32 Sector 28 Central de Abastos Av. Poniente Av. Mariano J. García Calle Cuarta $3,835.32 Sector 28 Central de Abastos Calle Cuarta Av. Oriente Av. Poniente $3,835.32 Sector 28 Central de Abastos Calle Primera Av. Oriente Av. Poniente $3,835.32 Sector 28 Central de Abastos Calle Segunda Av. Oriente Av. Poniente $3,835.32 Sector 28 Central de Abastos Calle Tercera Av. Oriente Av. Poniente $3,835.32 Sector 28 Central de Abastos La Venta Av. Mariano J. García Calle Distribuidores Calle San Cosme $5,253.26 Sector 28 Central de Abastos La Venta Calle Abastos Calle Distribuidores Calle la Venta $3,835.32 Sector 28 Central de Abastos La Venta Calle Distribuidores Calle Abastos Av. Mariano J. García $3,835.32 Sector 28 Central de Abastos La Venta Calle la Venta Calle Abastos Av. Mariano J. García $3,835.32 Sector 28 Central de Abastos La Venta Comercio 1A. Sección Comercio 2A Sección Calle la Venta $3,835.32 Sector 28 Central de Abastos La Venta Comercio 2A. Sección Comercio 2A Sección Calle Distribuidores $3,835.32 Sector 28 Central de Abastos La Venta Descargue 1A Sección Descargue 2A. Sección Calle la Venta $3,835.32 Sector 28 Central de Abastos La Venta Descargue 2A. Sección Descargue 1A. Sección Calle Distribuidores $3,835.32 Sector 28 Central de Abastos La Venta Mayoristas 1A, Sección Mayoristas 2A. Sección Calle la Venta $3,835.32 Sector 28 Central de Abastos La Venta Av. Mariano J. García Calle Distribuidores Calle san Cosme $3,835.32 Sector 28 Central de Abastos La Venta Calle Abastos Calle Distribuidores Calle la Venta $3,835.32 Sector 28 Las Carmelitas Av. Ignacio León Ornelas Av. Enrique Colunga Límite de Fracc. $2,451.23 Sector 28 Las Carmelitas Escaramuza Paseo de La Muerte El Jaripeo $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas El Coleadero Paseo de la Muerte Leovigildo Islas $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas El Barbiquejo Av. Ignacio León Ornelas La Adelita $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas El Floreo El Coleadero Escaramuza $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas El Herradero Las Manganas Límite de Calle $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas El Jaripeo Las Manganas Límite de Calle $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas El Tlalcualejo La Herradura La Adelita $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas El Zarape Los Piales Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas Fiesta Charra Las Manganas Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas La Adelita Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas La Cuarta La Herradura La Adelita $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas La Herradura El Herradero El Jaripeo $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas La Montura Av. Ignacio León Ornelas La Adelita $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas Las Chaparreras Los Piales La Adelita $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas Las Espuelas Los Piales La Adelita $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas Las Manganas Paseo de La Muerte Leovigildo Islas $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas Leovigildo Islas Autopista de Cuota Irapuato- Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas Los Piales Av. Enrique Colunga El Jaripeo $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas Marqués de Guadalupe El Herradero Fiesta Charra $1,988.73 Sector 28 Las Carmelitas Paseo de La Muerte Las Manganas Av. Enrique Colunga $1,988.73 Sector 28 Jardines de Jerez Calle Limbo Camino A La Virgen Límite de Calle $1,135.93 Sector 28 Jardines de Jerez Priv. Borja Camino A La Virgen Límite de Calle $1,135.93 Sector 28 Jardines de Jerez Camino a La Virgen Calle Limbo Priv. Borja $1,135.93 Sector 28 Balcones de Floresta Roble Tabachín Álamo $1,988.73 Sector 28 Balcones de Floresta Pino Tabachín Álamo $1,988.73 Sector 28 Balcones de Floresta Nogal Tabachín Álamo $1,988.73 Sector 28 Balcones de Floresta Eucalipto Ficus Álamo $1,988.73 Sector 28 Balcones de Floresta Sauce Tabachín Álamo $1,988.73 Sector 28 Balcones de Floresta Fresno Tabachín Álamo $1,988.73 Sector 28 Balcones de Floresta Ébano Tabachín Álamo $1,988.73 Sector 28 Balcones de Floresta Ciprés Tabachín Álamo $1,988.73 Sector 28 Balcones de Floresta Ficus Álamo Límite de Calle $1,988.73 Sector 28 Balcones de Floresta Almendro Eucalipto Ficus $1,988.73 Sector 28 Balcones de Floresta Tabachin Roble Ficus $1,988.73 Sector 28 Balcones de Floresta Álamo Roble Ficus $1,988.73 Sector 28 Balcones de Floresta Andador Manzano Andador Ciruelo Andador Cerezo $1,988.73 Sector 28 Balcones de Floresta Andador Naranjo Andador Ciruelo Andador Cerezo $1,988.73 Sector 28 Balcones de Floresta Andador Ciruelo Andador Manzano Andador Naranjo $1,988.73 Sector 28 Balcones de Floresta Andador Cerezo Andador Naranjo Andador Manzano $1,988.73 Sector 28 Residecial Floresta Amapola Circuito Laurel Circuito Laurel $2,130.86 Sector 28 Residecial Floresta Azahar Circuito Cempasúchil Circuito Cempasúchil $2,130.86 Sector 28 Residecial Floresta Azalea Circuito Cempasúchil Circuito Cempasúchil $2,130.86 Sector 28 Residecial Floresta Azucena Bugambilia Circuito Laurel $2,130.86 Sector 28 Residecial Floresta Bellota Lirio Circuito Laurel $2,130.86 Sector 28 Residecial Floresta Bugambilia Paseo Del Vergel Circuito Laurel $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Circuito Orquídea Bugambilia Bugambilia $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Circuito Alcatraz Paseo Del Vergel Paseo Floresta $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Circuito Cempasúchil Pétalo Pétalo $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Circuito Laurel Circuito Orquídea Lirio $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Circuito Nardo Circuito Rosa Liz $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Circuito Rosa Narciso Circuito Rosa $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Circuito Tila Circuito Rosa Circuito Rosa $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Claveles Paseo Floresta Ficus $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Crisantemo Circuito Cempasúchil Circuito Cempasúchil $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Gladiola Circuito Laurel Circuito Laurel $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Heliotropo Lirio Iris $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Iris Bugambilia Lirio $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Jazmín Paseo Floresta Circuito Nardo $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Lirio Límite de Calle Loto $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Liz Quinta Los Eucaliptos Paseo Floresta $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Loto Quinta Los Eucaliptos Paseo Floresta $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Malva Jazmín Liz $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Margarita Bugambilia Iris $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Narciso Paseo Del Vergel Jazmín $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Zarzaparrilla Paseo Floresta Paseo Del Vergel $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Paseo de Las Camelias Paseo Floresta Paseo Del Vergel $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Nube Circuito Rosa Circuito Nardo $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Paseo del Vergel Circuito Alcatraz Paseo Floresta $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Paseo Floresta Camino A San Roque Lirio $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Pétalo Circuito Cempasúchil Paseo Del Vergel $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Petunia Loto Paseo Floresta $2,130.86 Sector 28 Residencial Floresta Violeta Pétalo Circuito Laurel $2,130.86 Sector 28 Rinconada de los Fresnos Circuito Dominicos (Sec.B) San Francisco de Asís (Sección F) San Francisco de Asís (Sección F) $1,988.73 Sector 28 Rinconada de los Fresnos Circuito Franciscanos (Sec.B) San Ignacio de Loyola (Sec. E) San Ignacio de Loyola (Sec. E) $1,988.73 Sector 28 Rinconada de los Fresnos Circuito Jesuitas (Sec.B) San Francisco de Asís (Sección F) San Francisco de Asís (Sección F) $1,988.73 Sector 28 Rinconada de los Fresnos Paseo San Joaquín (Sec.H) San Francisco de Asís (Sección F) Av. Quintas de Los Pinos $2,101.54 Sector 28 Rinconada de los Fresnos San Martín de Porres (Sec. G) Santo Domingo de Guzmán Sto. Tomás de Aquino(Sec.E) $1,988.73 Sector 28 Rinconada de los Fresnos San Antonio de Padua (Sec.B) San Juan Bosco (Sec. E) San Martín de Porres (Sec. G) $1,988.73 Sector 28 Rinconada de los Fresnos San Carlos Gorromeo (Sec.B) San Francisco de Asís (Sección F) San Martín de Porres (Sec. G) $1,988.73 Sector 28 Rinconada de los Fresnos San Francisco de Asís (Sección F) Santo Domingo de Guzmán Sto. Tomás de Aquino(Sec.E) $1,988.73 Sector 28 Rinconada de los Fresnos San Ignacio de Loyola (Sec. E) Santo Domingo de Guzmán Paseo San Joaquín (Sec.H) $1,988.73 Sector 28 Rinconada de los Fresnos San Juan Bosco (Sec. E) Santo Domingo de Guzmán Paseo San Joaquín (Sec.H) $1,988.73 Sector 28 Rinconada de los Fresnos San Judas Tadeo (Sec.B) San Francisco de Asís (Sección F) Sto. Tomás de Aquino(Sec.E) $1,988.73 Sector 28 Rinconada de los Fresnos San Luis Rey (Sec. E) Paseo San Joaquín (Sec.H) Sto. Tomás de Aquino(Sec.E) $1,988.73 Sector 28 Rinconada de los Fresnos San Maximiliano Colbe (Sec. E) Paseo San Joaquín (Sec.H) Sto. Tomás de Aquino(Sec.E) $1,988.73 Sector 28 Rinconada de los Fresnos San Miguel Arcángel (Sec.B) San Maximiliano Colbe (Sec. E) San Martín de Porres (Sec. G) $1,988.73 Sector 28 Rinconada de los Fresnos Santa Elena de La Cruz (Sec.B) San Juan Bosco (Sec. E) San Martín de Porres (Sec. G) $1,988.73 Sector 28 Rinconada de los Fresnos Santo Domingo de Guzmán San Francisco de Asís (Sección F) Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 28 Rinconada de los Fresnos Sta. Teresita de Jesús (Sec.B) San Maximiliano Colbe (Sec. E) San Martín de Porres (Sec. G) $1,988.73 Sector 28 Rinconada de los Fresnos Sta. Leticia (Sec.B) San Francisco de Asís (Sección F) San Luis Rey (Sec. E) $1,988.73 Sector 28 Rinconada de los Fresnos Sta. Margarita (Sec.B) San Francisco de Asís (Sección F) San Martín de Porres (Sec. G) $1,988.73 Sector 28 Rinconada de los Fresnos Sto. Tomás de Aquino(Sec.E) San Francisco de Asís (Sección F) Quintas de Los Mezquites $1,988.73 Sector 29 Quinta las Villas Calzada de las Villas Av. Villas de Irapuato Villa de la Luz $5,631.15 Sector 29 Quinta las Villas Villa Jardín Calzada de las Villas Circuito $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa del Portal Villa Jardín Villa Jardín $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Servidumbre Villa Jardín Villa Real $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa Florida Calzada de las Villas Circuito $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa Imperial Calzada de las Villas Circuito $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa San Pablo Villa Imperial Villa San Jerónimo $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa San Pedro Villa Imperial Villa San Jerónimo $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa San Andrés Villa San Martín Villa Imperial $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa Santa Mónica Villa San Martín Villa Imperial $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa San Jerónimo Villa Imperial Villa Imperial $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa San Martín Villa Imperial Villa Imperial $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa Real Calzada de las Villas Circuito $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa de la Hacienda Villa Real Villa Real $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa del Parque Villa Real Villa Real $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa Alta Calzada de las Villas Circuito $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa Arboleda Calzada de las Villas Circuito $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa del Roble Villa Arboleda Villa Arboleda $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa los Arrayanes Calzada de las Villas Circuito $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa de la Luz Calzada de las Villas Límite Oriente de Fracc. $5,631.15 Sector 29 Quinta las Villas Villa de la Luz Circuito Circuito $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa del Sol Villa de la Luz Villa de la Luz $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa de la Luna Villa de la Luz Villa de la Luz $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Villa del Amanecer Villa de la Luz Villa de la Luz $4,260.59 Sector 29 Quinta las Villas Av. Gabriel García Márquez Octubre Límite Norte del Fracc. $1,417.94 Sector 29 Residencial Cibeles Residencial Cibeles Av. Mariano J. García Límite de Fracc. $6,390.32 Sector 29 Quinta Real Acceso Quinta Real Blvd. a Villas de Irapuato Límite de Calle $4,260.59 Sector 29 Quinta Real Circuito Real (1) Circuito Real (2) Circuito Real (4) $4,260.59 Sector 29 Quinta Real Circuito Real (2) Circuito Real (3) Circuito Real (1) $4,260.59 Sector 29 Quinta Real Circuito Real (3) Circuito Real (2) Circuito Real (4) $4,260.59 Sector 29 Quinta Real Circuito Real (4) Circuito Real (3) Circuito Real (1) $4,260.59 Sector 29 Quinta Real Paseo de las Palmas Circuito Real (2) Circuito Real (4) $4,260.59 Sector 29 Ampliación 1ro de Mayo Pedro Vargas Covarrubias Fidel Velázquez Seguridad Social $1,988.73 Sector 29 Ampliación 1ro de Mayo Fidel Velázquez Av. San Miguel Ley Federal del Trabajo $1,988.73 Sector 29 Ampliación 1ro de Mayo Jesús Yurén Av. San Miguel Ley Federal del Trabajo $1,988.73 Sector 29 Ampliación 1ro de Mayo Vivienda Obrera Av. San Miguel Ley Federal del Trabajo $1,988.73 Sector 29 Ampliación 1ro de Mayo Ley Federal del Trabajo Fidel Velázquez Seguridad Social $2,335.03 Sector 29 Ampliación 1ro de Mayo Av. San Miguel Fidel Velázquez Seguridad Social $1,988.73 Sector 29 1ro de Mayo Ley Federal del Trabajo Fracc. Quinta las Villas Seguridad Social $2,335.03 Sector 29 1ro de Mayo Ley del Seguro Social Fracc. Residencial Cibeles Seguridad Social $2,335.03 Sector 29 1ro de Mayo Orientación Jesús Yurén Seguridad Social $2,335.03 Sector 29 1ro de Mayo Av. Mariano J. García Fidel Velázquez Seguridad Social $5,627.77 Sector 29 1ro de Mayo Art. 136 Fidel Velázquez Rosendo Salazar $2,335.03 Sector 29 1ro de Mayo Belisario Rodríguez Fracc. Quinta Real Jesús Yurén $2,335.03 Sector 29 1ro de Mayo Fidel Velázquez Ley Federal del Trabajo Blvd. Villas de Irapuato $2,335.03 Sector 29 1ro de Mayo Rosendo Salazar Ley Federal del Trabajo Jesús Yurén $2,335.03 Sector 29 1ro de Mayo Fernando Amilpa Ley Federal del Trabajo Belisario Rodríguez $2,335.03 Sector 29 1ro de Mayo Jesús Yurén Ley Federal del Trabajo Blvd. Villas de Irapuato $2,335.03 Sector 29 1ro de Mayo Esteban Vaca Ley Federal del Trabajo Orientación $2,335.03 Sector 29 1ro de Mayo Serapio Rincón Gallardo Ley Federal del Trabajo Orientación $2,335.03 Sector 29 1ro de Mayo Vivienda Obrera Ley Federal del Trabajo Orientación $2,335.03 Sector 29 1ro de Mayo Capacitación Ley del Seguro Social Orientación $2,335.03 Sector 29 1ro de Mayo Plaza del Comercio Av. Mariano J. García Belisario Rodríguez $2,335.03 Sector 29 Vasco de Quiroga Fray Fernando de Molina Fray Bernardino de Álvarez Fray Jerónimo de Mendieta $1,137.06 Sector 29 Vasco de Quiroga Fray Bernardino de Álvarez Fray Juan de Zumárraga Fray Bartolomé de las Casas $1,137.06 Sector 29 Los Misioneros Fray Bernardino de Sahagún Fray Francisco Javier Clavijero Fray Alonso de la Veracruz $1,137.06 Sector 29 Los Misioneros Fray Toribio de Benavente Fray Francisco Javier Clavijero Fray Alonso de la Veracruz $1,137.06 Sector 29 Los Misioneros Fray Carlos de Sigüenza y Góngora Fray Gerónimo de Mendieta Fray Francisco Javier Clavijero $1,137.06 Sector 29 Los Misioneros Fray Diego de Landa Fray Gerónimo de Mendieta Fray Alonso de la Veracruz $1,137.06 Sector 29 Los Misioneros Fray Junípero de Sierra Fray Gerónimo de Mendieta Fray Alonso de la Veracruz $1,137.06 Sector 29 Los Misioneros Fray Francisco Javier Clavijero Fray Juan de Zumárraga Fray Carlos de Sigüenza y Góngora $1,137.06 Sector 29 Los Misioneros Fray Luis de Zambrano Fray Juan de Zumárraga Fray Carlos de Sigüenza y Góngora $1,137.06 Sector 29 Los Misioneros Fray Juan de Zumárraga Fray Jerónimo de Mendieta Fray Alonso de la Veracruz $1,417.94 Sector 29 Los Misioneros Fray Alonso de la Veracruz Fray Juan de Zumárraga Fray Bartolomé de las Casas $1,137.06 Sector 29 Villa las Huertas Villa Las Huertas Villa Las Huertas Villa Las Huertas $552.74 Sector 29 El Campirano Calle Huerta Servidumbre de paso Límite de Fracc. $2,130.86 Sector 29 El Campirano Paso deServidumbre Servidumbre de paso Límite de Fracc. $2,130.86 Sector 29 El Campirano Calle Pradera Servidumbre de paso Límite de Fracc. $2,130.86 Sector 29 El Campirano Calle Arboleda Servidumbre de paso Límite de Fracc. $2,130.86 Sector 29 El Campirano Calle Granja Servidumbre de paso Límite de Fracc. $2,130.86 Sector 29 El Campirano Servidumbre de Paso Octubre Fray Juan de Zumárraga $2,130.86 Sector 29 8 de Junio Septiembre Octubre Av. Gabriel García Márquez $1,137.06 Sector 29 8 de Junio Julio Junio Av. Juárez $1,137.06 Sector 29 8 de Junio Abril Av. Juárez Av. Gabriel García Márquez $1,137.06 Sector 29 8 de Junio Marzo Av. Juárez Av. Gabriel García Márquez $1,137.06 Sector 29 8 de Junio Febrero Av. Juárez Av. Gabriel García Márquez $1,137.06 Sector 29 8 de Junio Enero Av. Juárez Av. Gabriel García Márquez $1,137.06 Sector 29 8 de Junio Fray Juan de Zumárraga Junio Av. Gabriel García Márquez $1,137.06 Sector 29 8 de Junio Noviembre Av. Juárez Otoño $1,137.06 Sector 29 8 de Junio Diciembre Fray Alonso de la Veracruz Av. Gabriel García Márquez $1,137.06 Sector 29 8 de Junio Av. Juárez Av. Gabriel García Márquez Diciembre $1,417.94 Sector 29 8 de Junio Agosto Av. Gabriel García Márquez Septiembre $1,137.06 Sector 29 8 de Junio Octubre Av. Gabriel García Márquez Septiembre $1,137.06 Sector 29 8 de Junio Junio Septiembre Fray Juan de Zumárraga $1,417.94 Sector 29 8 de Junio Mayo Febrero Fray Juan de Zumárraga $1,137.06 Sector 29 8 de Junio Otoño Fray Juan de Zumárraga Diciembre $1,137.06 Sector 29 8 de Junio Primavera Fray Juan de Zumárraga Diciembre $1,137.06 Sector 29 8 de Junio Av. Gabriel García Márquez Diciembre Octubre $1,417.94 Sector 29 8 de junio Noviembre Av. Juárez Fray Alonso de la Veracruz $1,417.94 Sector 29 8 de junio Fray Alonso de la Veracruz Fray Juan de Zumárraga Diciembre $1,137.06 Sector 29 Los Alfalfares - - - $1,137.06 Sector 29 Los Alfalfares Av. Gabriel García Márquez Diciembre Los Alfalfares $1,417.94 Sector 29 San Isidro Labrador Calles pavimentadas - - $2,684.73 Sector 29 Villa de San Clemente Santa Genoveva Av. Gabriel García Márquez Av. Paseo Irapuato $2,918.23 Sector 29 Villa de San Clemente San Nicolás Tolentino Av. Gabriel García Márquez Santa Genoveva $2,918.23 Sector 29 Villa de San Clemente Santa Sofía Av. Gabriel García Márquez Santa Genoveva $2,918.23 Sector 29 Villa de San Clemente San Mateo Av. Gabriel García Márquez Santa Genoveva $2,918.23 Sector 29 Villa de San Clemente San Luis Gonzaga Av. Gabriel García Márquez Santa Genoveva $2,918.23 Sector 29 Villa de San Clemente Santa Clara de Asís Av. Gabriel García Márquez Av. Paseo Irapuato $2,918.23 Sector 29 Villa de San Clemente Santa Rita Av. Gabriel García Márquez Av. Paseo Irapuato $2,918.23 Sector 29 Villa de San Clemente Av. Gabriel García Márquez Fracc. Los Alfalfares Av. Paseo Irapuato $1,417.94 Sector 29 Quinta San Sebastián Calles urbanizadas - - $3,502.55 Sector 29 Col. Plan Vivirá Ayuntamiento 3 de Abril Prol. Av.Independencia $851.67 Sector 29 Col. Plan Vivirá Prol. Av.Independencia Av. Gabriel García Márquez Av. Paseo Irapuato $1,988.73 Sector 29 Col. Plan Vivirá Issseg Av. Paseo Irapuato Prol. Av.Independencia $851.67 Sector 29 Col. Plan Vivirá 3 de Abril Av. Paseo Irapuato Prol. Av.Independencia $851.67 Sector 29 Col. Plan Vivirá Agustín Téllez Cruces Av. Paseo Irapuato Prol. Av.Independencia $851.67 Sector 29 Col. Plan Vivirá Antonio del Río Av. Paseo Irapuato Prol. Av.Independencia $851.67 Sector 29 Col. Plan Vivirá José Mújica Av. Paseo Irapuato Prol. Av.Independencia $851.67 Sector 29 Col. Plan Vivirá Av. Gabriel García Márquez Prol. Av.Independencia Av. Paseo Irapuato $1,417.94 Sector 29 San Francisco de la Charca (El Nido) Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 29 San Francisco de la Charca (El Nido) Calles pavimentadas - - $1,278.07 Sector 29 Ejido San José de JorgeLópez Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 29 Ejido San José de JorgeLópez Calles pavimentadas - - $1,278.07 Sector 29 Masada Residencial Calles urbanizadas - - $6,391.45 Sector 29 Col. San José Calles en terracería sin servicio - - $552.74 Sector 29 Col. San José Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 29 O. Lindo Residencial Circuito Vuelo del Colibrí Circuito Vuelo del Colibrí Av. Canto del Cenzontle $5,370.58 Sector 29 O. Lindo Residencial Calle Colores del Tucán Circuito Vuelo del Colibrí Circuito Plumaje Quetzal $5,370.58 Sector 29 O. Lindo Residencial Av. Canto del Cenzontle Carretera Estatal Irapuato Cuerámaro Circuito Canto del Ruiseñor $5,370.58 Sector 29 O. Lindo Residencial Circuito Canto del Ruiseñor Circuito Plumaje Quetzal Circuito Plumaje Quetzal $5,370.58 Sector 29 O. Lindo Residencial Circuito Plumaje Quetzal Calle Luz Circuito Plumaje Quetzal $5,370.58 Sector 29 O. Lindo Residencial Calle Luz Carretera Estatal Irapuato Cuerámaro Límite de Fracc. $5,370.58 Sector 29 O. Lindo Residencial Canto del Jilguero Av. Canto del Cenzontle Circuito Plumaje Quetzal $5,370.58 Sector 29 Residencial del Bosque Bosques de los Almendros - - $6,390.32 Sector 29 Godai Living Calles urbanizadas - - $4,260.59 Sector 29 Capilla de Mendoza Dávalos Mathe de la Luna Álvaro de la Luna $3,551.06 Sector 29 Capilla de Mendoza Mathe de la Luna Dávalos Calzada Mayor de Mendoza $3,551.06 Sector 29 Capilla de Mendoza Álvaro de la Luna Límite de Calle Calzada Mayor de Mendoza $3,551.06 Sector 29 Capilla de Mendoza Alonso deSaavedra Aragón Galicia $3,551.06 Sector 29 Capilla de Mendoza Aragón Límite de Calle Santa María de la Coruña $3,551.06 Sector 29 Capilla de Mendoza Galicia Límite de Calle Santa María de la Coruña $3,551.06 Sector 29 Capilla de Mendoza Santa María de la Coruña Límite de Calle Calzada Mayor de Mendoza $3,551.06 Sector 29 Capilla de Mendoza Calzada Mayor de Mendoza Límite de Calle Santa María de la Coruña $3,551.06 Sector 29 Capilla de Mendoza Circuito Infantes de Aragón Calzada Mayor de Mendoza Santa María de la Coruña $3,551.06 Sector 29 Capilla de Mendoza Santiago de Compostela Infantes de Aragón Toledo $3,551.06 Sector 29 Capilla de Mendoza Toledo Santiago de Compostela Conde deTrastamara $3,551.06 Sector 29 Capilla de Mendoza Conde deTrastamara Circuito Infantes de Aragón Límite de Calle $3,551.06 Sector 29 Capilla de Mendoza Menéndez Circuito Infantes de Aragón Límite de Calle $3,551.06 Sector 29 Capilla de Mendoza Navascues Menéndez Duque de Arjona $3,551.06 Sector 29 Capilla de Mendoza Duque de Arjona Circuito Infantes de Aragón Límite de Calle $3,551.06 Sector 29 Capilla de Mendoza Castilla Circuito Infantes de Aragón Límite de Calle $3,551.06 Sector 29 Capilla de Mendoza Antequera Circuito Infantes de Aragón Sevillano $3,551.06 Sector 29 Capilla de Mendoza Navarra Circuito Infantes de Aragón Sevillano $3,551.06 Sector 29 Capilla de Mendoza Sevillano Castilla Límite de Calle $3,551.06 Sector 29 Pontevedra Sendero Pontevedra Sur Acceso Salida $6,391.45 Sector 29 Pontevedra Sendero Encantado Límite Sendero Sendero Pontevedra (Sur) $6,391.45 Sector 29 Pontevedra Sendero Secreto Límite Sendero Sendero Pontevedra (Sur) $6,391.45 Sector 29 Pontevedra Sendero del Bosque Límite Sendero Sendero Pontevedra (Sur) $6,391.45 Sector 29 Pontevedra Sendero Pontevedra Sendero Pontevedra (Suroeste Sendero Pontevedra (Noroeste $6,391.45 Sector 29 Pontevedra Circuito Norte Sendero Pontevedra Acceso Salida $6,391.45 Sector 29 Pontevedra Sendero Pontevedra (Este) Sendero Pontevedra (Sur) Sendero Pontevedra (Norte) $6,391.45 Sector 29 Pontevedra Sendero del Puente Sendero Pontevedra (Este) Límite Fracc. $6,391.45 Sector 29 Pontevedra Sendero del Lago Sendero Pontevedra (Este) Límite Fracc. $6,391.45 Sector 29 Pontevedra Sendero del Sol Sendero Pontevedra (Este) Límite Fracc. $6,391.45 Sector 29 Pontevedra Sendero del Sol Sendero del Sol (Sur) Límite Fracc. $6,391.45 Sector 29 Pontevedra Sendero de la Lluvia Sendero Pontevedra (Oeste) Límite Fracc. $6,391.45 Sector 29 Pontevedra Circuito Sendero del Atardecer Acceso Salida $6,391.45 Sector 29 Piamonte Ancona Av. Piamonte (4) Límite de Priv. $5,370.58 Sector 29 Piamonte Av. Piamonte (1) Carretera Estatal Irapuato Av. Piamonte (2) $5,370.58 Sector 29 Piamonte Av. Piamonte (2) Av. Piamonte (1) Av. Piamonte (4) $5,370.58 Sector 29 Piamonte Av. Piamonte (3) Av. Piamonte (1) Av. Piamonte (2) $5,370.58 Sector 29 Piamonte Av. Piamonte (4) Av. Piamonte (2) Perugia $5,370.58 Sector 29 Piamonte Cagliari Av. Piamonte (1) Límite de Priv. $5,370.58 Sector 29 Piamonte Catania Av. Piamonte (1) Límite de Priv. $5,370.58 Sector 29 Piamonte Ferrara Av. Piamonte (4) Límite de Priv. $5,370.58 Sector 29 Piamonte Lazio Av. Piamonte (2) Límite de Priv. $5,370.58 Sector 29 Piamonte Lombardía Av. Piamonte (1) Límite de Priv. $5,370.58 Sector 29 Piamonte Perugia Av. Piamonte (4) Límite de Priv. $5,370.58 Sector 29 Piamonte Trieste Av. Piamonte (2) Límite de Priv. $5,370.58 Sector 29 Piamonte Veneto Av. Piamonte (2) Límite de Priv. $5,370.58 Sector 29 Trento Residencial Calle Conero Monte Cavo Monte Vettore $5,370.58 Sector 29 Trento Residencial Calle Pellier Monte Pellier (Norte) Monte Pellier (Sur) $5,370.58 Sector 29 Trento Residencial Calle Trento Carretera Estatal Irapuato - Cuerámaro Monte Peralba $5,370.58 Sector 29 Trento Residencial Monte Cavo Calle Trento Calle Pellier $5,370.58 Sector 29 Trento Residencial Monte Cervati Calle Trento Calle Pellier $5,370.58 Sector 29 Trento Residencial Monte Epómeo Calle Trento Calle Pellier $5,370.58 Sector 29 Trento Residencial Monte Galio Calle Trento Límite de Priv. $5,370.58 Sector 29 Trento Residencial Monte Pellier (Norte) Calle Trento Calle Pellier $5,370.58 Sector 29 Trento Residencial Monte Pellier (Sur) Calle Pellier Calle Trento $5,370.58 Sector 29 Trento Residencial Monte Peralba Calle Trento Límite de Priv. $5,370.58 Sector 29 Trento Residencial Monte Rosa Calle Trento Límite de Priv. $5,370.58 Sector 29 Trento Residencial Monte Subasio Calle Trento Límite de Priv. $5,370.58 Sector 29 Trento Residencial Monte Velino Calle Trento Monte Pellier $5,370.58 Sector 29 Trento Residencial Monte Vettore Calle Trento Calle Pellier $5,370.58 Sector 29 Fracc. Santa Bárbara Calle A Límite Poniente Calle E $1,137.06 Sector 29 Fracc. Santa Bárbara Calle B Calle E Límite Oriente $1,137.06 Sector 29 Fracc. Santa Bárbara Calle C Calle E Límite Oriente $1,137.06 Sector 29 Fracc. Santa Bárbara Calle D Calle E Límite Oriente $1,137.06 Sector 29 Fracc. Santa Bárbara Calle E Calle A Límite Sur $1,137.06 Sector 29 Fracc. Santa Bárbara Calle F Calle A Límite Sur $1,137.06 Sector 29 Fracc. Santa Bárbara Calle G Calle A Límite Sur $1,137.06 Sector 29 Fracc. Santa Bárbara Calle H Calle A Límite Sur $1,137.06 Sector 29 Fracc. Santa Bárbara Calle I Calle A Límite Sur $1,137.06 Sector 29 Fracc. Santa Bárbara Calle J Calle E Límite Poniente $1,137.06 Sector 29 Fracc. Santa Bárbara Calle K Calle J Límite Sur $1,137.06 Sector 29 Fracc. Santa Bárbara Calle L Calle J Límite Sur $1,137.06 Sector 29 Fracc. Santa Bárbara Calle M Calle J Límite Sur $1,137.06 Sector 29 Fracc. Santa Bárbara Calle N Calle J Límite Sur $1,137.06 Sector 29 Residencial Horizontes Acceso Principal Acceso Principal Acceso Principal $2,684.73 Sector 29 Residencial Horizontes Circuito Estrecho Bering Circuito Estrecho Bering Circuito Estrecho Bering $2,684.73 Sector 29 Residencial Horizontes Islas Fox Circuito Estrecho de Bering Circuito Estrecho de Bering $2,684.73 Sector 29 Residencial Horizontes Islas Aleutianas Circuito Estrecho de Bering Circuito Estrecho de Bering $2,684.73 Sector 29 Residencial Horizontes Circuito Isla de los Pilares Circuito Isla de los Pilares Circuito Isla de los Pilares $2,684.73 Sector 29 Residencial Horizontes Islas Canarias Circuito Isla de los Pilares Circuito Isla de los Pilares $2,684.73 Sector 29 Residencial Horizontes Islas Griegas Circuito Isla de los Pilares Circuito Isla de los Pilares $2,684.73 Sector 29 Residencial Horizontes Islas Madeiras Circuito Isla de los Pilares Circuito Isla de los Pilares $2,684.73 Sector 29 Residencial Horizontes Isla Maddalena Circuito Isla de los Pilares Circuito Isla de los Pilares $2,684.73 Sector 29 Residencial Horizontes Circuito Estrecho de Gibraltar Circuito Estrecho de Gibraltar Circuito Estrecho de Gibraltar $2,684.73 Sector 29 Residencial Horizontes Estrechos de San Carlos Circuito Estrecho de Gibraltar Circuito Estrecho de Gibraltar $2,684.73 Sector 29 Residencial Horizontes Cabo de Hornos Circuito Estrecho de Gibraltar Circuito Estrecho de Gibraltar $2,368.88 Sector 29 Residencial Horizontes Circuito Polar Antártico Circuito Polar Antártico Circuito Polar Antártico $2,684.73 Sector 29 Residencial Horizontes Circuito Antártida Acceso Principal Circuito Círculo Polar Antártico $2,684.73 Sector 29 Residencial Horizontes Calles pavimentadas - - $2,684.73 Sector 29 La Nueva Fe 2000 Calles interiores - - $852.79 Sector 29 Residencial San Francisco Valle de Napa Sonoma Límite de Calle $3,502.55 Sector 29 Residencial San Francisco Calle Sonoma Av. Gabriel García Márquez Límite de Calle $3,502.55 Sector 30 Rincón de los Arcos 2da Sección Arcos LosRodríguez Arcos deGuanajuato Av. Los Rodríguez $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos 2da Sección Arcos deGuanajuato (Circuito) Acceso Salida $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos 2da Sección Arcos de Dolores Hidalgo Arcos deGuanajuato (Poniente) Arcos deGuanajuato (Oriente) $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos 2da Sección Arcos de Celaya Arcos deGuanajuato (Poniente) Arcos deGuanajuato (Oriente) $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos 2da Sección Arcos de Irapuato (Circuito) Acceso Salida $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos 2da Sección Arcos deSalamanca Arcos deIrapuato (poniente) Arcos de Irapuato (Oriente) $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos 2da Sección Arcos de Moroleón Arcos deIrapuato (Poniente) Arcos de Irapuato (Oriente) $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos 2da Sección Av. Los Rodríguez Real de Minas San Juan de Letrán $3,385.23 Sector 30 Haciendas del Carrizal Hacienda de la Gavia Hacienda de las Haciendas Hacienda de Guadalupe $1,988.73 Sector 30 Haciendas del Carrizal Hacienda de San Miguel Hacienda de Márquez Hacienda de Guadalupe $1,988.73 Sector 30 Haciendas del Carrizal Hacienda de La Calera Hacienda de Márquez Hacienda de Guadalupe $1,988.73 Sector 30 Haciendas del Carrizal Hacienda de La Garrida Hacienda de las Haciendas Límite Oriente $1,988.73 Sector 30 Haciendas del Carrizal Priv. Hacienda del Carrizal Av. del Carrizal Límite de Priv. $1,988.73 Sector 30 Haciendas del Carrizal Hacienda de Márquez Hacienda de la Gavia Av. Nogalia $1,988.73 Sector 30 Haciendas del Carrizal Hacienda de las Haciendas Límite Norte Límite Sur $1,988.73 Sector 30 Haciendas del Carrizal Hacienda de Joaquín Hacienda de Márquez Hacienda de Mendoza $1,988.73 Sector 30 Haciendas del Carrizal Hacienda de la Caja Hacienda de Márquez Hacienda de Mendoza $1,988.73 Sector 30 Haciendas del Carrizal Hacienda de San Fermín Hacienda de Márquez Hacienda de Mendoza $1,988.73 Sector 30 Haciendas del Carrizal Hacienda San Antonio Av. del Carrizal Límite oriente $1,988.73 Sector 30 Haciendas del Carrizal Hacienda de los Arandas Hacienda de Guadalupe Hacienda de Mendoza $1,988.73 Sector 30 Haciendas del Carrizal Hacienda de los Munguia Hacienda de Guadalupe Hacienda de Mendoza $1,988.73 Sector 30 Haciendas del Carrizal Hacienda de Mendoza Límite Norte Av. Nogalia $1,988.73 Sector 30 Haciendas del Carrizal Av. del Carrizal Hacienda de las Haciendas Límite oriente $2,130.86 Sector 30 Haciendas del Carrizal Hacienda de Guadalupe Límite Norte Hacienda San Antonio $1,988.73 Sector 30 Laboratorio C.F.E. Malpaso Mocuzari (norte) Mocuzari (sur) $4,260.59 Sector 30 Laboratorio C.F.E. Mocuzari Blvd. Solidaridad Límite oriente $4,260.59 Sector 30 Laboratorio C.F.E. Mocuzari Mocuzari (norte) Blvd. Solidaridad $4,260.59 Sector 30 Laboratorio C.F.E. Priv. 2 Mocuzari Mocuzari Límite oriente $4,260.59 Sector 30 Laboratorio C.F.E. Blvd. Solidaridad Límite Norte Av. C.F.E. $7,005.10 Sector 30 Terracota Cerámica Límite Norte Terracota $3,551.06 Sector 30 Terracota Terracota Cerámica Av. Camino Real de Guanajuato $3,551.06 Sector 30 Terracota Barro Límite Norte Terracota $3,551.06 Sector 30 Terracota Arena Límite Norte Terracota $3,551.06 Sector 30 Terracota Arcilla Límite Norte Terracota $3,551.06 Sector 30 Terracota Av. Camino Real de Guanajuato Acceso a Villas las Torres Prol. Av. Los Arcos $4,085.74 Sector 30 Villas las Torres Torre Eiffel Límite poniente Av. Camino Real de Guanajuato $552.74 Sector 30 Villas las Torres Torre Latinoamericana Límite poniente Av. Camino Real de Guanajuato $552.74 Sector 30 Villas las Torres Torre de Pizza Acceso a Villas Las Torres Av. Camino Real de Guanajuato $552.74 Sector 30 Villas las Torres Torre de Londres Límite Poniente Acceso a Villas Las Torres $552.74 Sector 30 Villas las Torres Acceso a Villas Las Torres Límite Poniente Av. Camino Real de Guanajuato $552.74 Sector 30 Villas las Torres Calle sin nombre Límite Poniente Acceso a Villas Las Torres $552.74 Sector 30 Rincón de los Arcos Circuito Misión de San Francisco Av. Calz. de Los Arcos Av. Calz. de Los Arcos $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos Av. Calz. de Los Arcos Av. Camino Real de Guanajuato Av. Los Rodríguez $4,786.26 Sector 30 Rincón de los Arcos Circuito Jardín de Los Laureles Av. Calz. de Los Arcos Av. Calz. de Los Arcos $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos Av. Aránzazu Calle Real de Minas Límite de Calle $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos Circuito Hacienda de Cortéz Av. Calz. de Los Arcos Av. Calz. de Los Arcos $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos Circuito Posada Santa Fe Av. Aránzazu Av. Aránzazu $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos Circuito Provincia San José Av. Calz. de Los Arcos Av. Calz. de Los Arcos $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos Calle Provincia de Cádiz Circuito Provincia San José Circuito Provincia San José $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos Calle Real de Minas Av. LosRodríguez Av. Aránzazu $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos Av. Los Rodríguez Calle Real de Minas Límite de Calle $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos Circuito Molino Las Flores Av. LosRodríguez Av. Los Rodríguez $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos Molino de La Mancha Circuito Molino Las Flores Circuito Molino Las Flores $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos Molino de Mallorca Circuito Molino Las Flores Circuito Molino Las Flores $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos Av. Camino Real de Guanajuato Calle Real de Minas Límite de Fracc. $4,085.74 Sector 30 Rincón de los Arcos 3ra sección San Juan de Letrán Av. LosRodríguez Límite de Calle $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos 3ra sección Av. Los Rodríguez San Juan de Letrán Límite de Fracc. $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos 3ra sección Arcos de Villagrán San Juan de Letrán San Juan de Letrán $3,385.23 Sector 30 Rincón de los Arcos 3ra sección Sin Nombre San Juan de Letrán San Juan de Letrán $3,385.23 Sector 30 Villas El Dorado Blvd. Solidaridad Prol. Av. Los Arcos Límite de Fracc. $7,005.10 Sector 30 Villas El Dorado Newton Edison Límite de Calle $2,918.23 Sector 30 Villas El Dorado Pasteur Newton Fleming $2,918.23 Sector 30 Villas El Dorado Franklin Newton Galileo $2,918.23 Sector 30 Villas El Dorado Galileo Límite de Calle Límite de Calle $2,918.23 Sector 30 Villas El Dorado Edison Newton Av. Camino Real de Guanajuato $2,918.23 Sector 30 Villas El Dorado Fleming Marconi Edison $2,918.23 Sector 30 Villas El Dorado Einstein Límite de Calle Pasteur $2,918.23 Sector 30 Villas El Dorado Marconi Einstein Mocuzari $2,918.23 Sector 30 Los Duraznos I Flor de Durazno Av. Del Carrizal Límite de Calle $2,058.67 Sector 30 Los Duraznos II Durazno Diamante Calle San Juan de Letrán Límite de Calle $2,058.67 Sector 30 Los Duraznos III Melocotón Av. Del Carrizal Límite de Calle $2,130.86 Sector 30 Los Portones Portón del Valle Circuito Circuito $4,260.59 Sector 30 Los Portones Paseo de Los Portones Límite de Fracc. Límite de Fracc. $4,260.59 Sector 30 Los Portones Portón de La Cañada Circuito Límite de Fracc. $4,260.59 Sector 30 Los Portones Portón de La Montaña Circuito Circuito $4,260.59 Sector 30 Fracc. San Juanito San Juan Bosco Límite de Fracc. Av. Real San Juan $552.74 Sector 30 Fracc. San Juanito San Juan Bautista Límite de Fracc. San Juan de la Cruz $552.74 Sector 30 Fracc. San Juanito San Juan de los Lagos Límite de Fracc. San Juan de la Cruz $552.74 Sector 30 Fracc. San Juanito San Juan de Dios Límite de Fracc. Límite de Fracc. $552.74 Sector 30 Fracc. San Juanito San Juan Diego Límite de Fracc. Límite de Fracc. $552.74 Sector 30 Fracc. San Juanito San Juan de la Cruz San Juan de Letrán San Juan de Dios $552.74 Sector 30 Fracc. San Juanito Av. Real San Juan San Juan de Dios Límite de Fracc. $552.74 Sector 30 Fracc. San Juanito San Judas Tadeo Límite de Fracc. Límite de Fracc. $552.74 Sector 30 Fracc. San Juanito San Martin Caballero Límite de Fracc. Límite de Fracc. $552.74 Sector 30 Fracc. San Juanito Santiago Apóstol Límite de Fracc. Límite de Fracc. $552.74 Sector 30 Fracc. San Juanito Calle San Antonio San Judas Tadeo Límite de Fracc. $552.74 Sector 30 Fracc. San Juanito San Pedro Apóstol San Martín Caballero Límite de Fracc. $552.74 Sector 30 Fracc. San Juanito San Francisco de Asís Calle San Antonio San Pedro Apóstol $552.74 Sector 30 Fracc. San Juanito San Felipe de Jesús Calle San Antonio Límite de Fracc. $552.74 Sector 30 Fracc. San Juanito San Miguel Arcángel Calle San Antonio San Pedro Apóstol $552.74 Sector 30 Fracc. San Juanito Calle San Rafael San Judas Tadeo Límite de Fracc. $552.74 Sector 30 Bellas Artes Poetas Límite de Fracc. Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 30 Bellas Artes Músicos Límite de Fracc. Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 30 Bellas Artes Dramaturgos Límite de Fracc. Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 30 Bellas Artes Escultores Límite de Fracc. Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 30 Bellas Artes Actores Límite de Fracc. Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 30 Bellas Artes Pintores Blvd. Solidaridad Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 30 Bellas Artes Av. Bellas Artes Pintores Límite de Fracc. $2,481.68 Sector 30 Fracc. Aranzazú Villa de Orio Límite de Fracc. Av. Villa de la Alegría $2,101.54 Sector 30 Fracc. Aranzazú Villa de Zumaya Límite de Fracc. Av. Villa de la Alegría $2,101.54 Sector 30 Fracc. Aranzazú Villa de Motrico Límite de Fracc. Av. Villa de la Alegría $2,101.54 Sector 30 Fracc. Aranzazú Villa de Tolsa Límite de Fracc. Av. Villa de la Alegría $2,101.54 Sector 30 Fracc. Aranzazú Villa de Alzagar Límite de Fracc. Av. Villa de la Alegría $2,101.54 Sector 30 Fracc. Aranzazú Villa de Amezquita Límite de Fracc. Av. Villa de la Alegría $2,101.54 Sector 30 Fracc. Aranzazú Av. Villa Lazcano Límite de Fracc. Av. Villa de la Alegría $2,101.54 Sector 30 Fracc. Aranzazú Villa de Vidania Villa de Gaztelu Av. Villa de la Alegría $2,101.54 Sector 30 Fracc. Aranzazú Villa de Arama Villa de Oñate Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 30 Fracc. Aranzazú Villa de Arriarán Villa de Oñate Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 30 Fracc. Aranzazú Villa de Azpeyita Villa de Oñate Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 30 Fracc. Aranzazú Villa de Zumárraga Villa de Oñate Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 30 Fracc. Aranzazú Villa de Alzo Villa de Oñate Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 30 Fracc. Aranzazú Av. Villa de la Alegría Límite de Fracc. Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 30 Fracc. Aranzazú Villa de Gaztelu Av. Villa Lazcano Villa de Vidania $2,101.54 Sector 30 Fracc. Aranzazú Villa de Oñate Villa de Vidania Límite de Fracc. $2,101.54 Sector 30 Villas del Carrizal Manglar Límite Norte Vaina $276.37 Sector 30 Villas del Carrizal Vaina Límite Poniente Límite Oriente $276.37 Sector 30 Villas del Carrizal Nenufar Límite Norte Límite Sur $276.37 Sector 30 Villas del Carrizal Bejuco Nenufar Límite Poniente $276.37 Sector 30 Villas del Carrizal Junco Límite Norte Límite Sur $276.37 Sector 30 Villas del Carrizal Carrizo Límite Poniente Manglar $276.37 Sector 30 Villas del Carrizal Caña Límite Poniente Manglar $276.37 Sector 30 Villas del Carrizal Alga Límite Poniente Junco $276.37 Sector 30 Los Arenales Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 30 Los Arenales Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 30 Los Monjes Calles pavimentadas - - $2,058.67 Sector 30 El Carrizalito Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 30 El Carrizalito Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 30 El Carrizalito Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 30 Villas de la Aurora Calles pavimentadas - - $2,684.73 Sector 30 Hacienda Real Calles en breña - - $552.74 Sector 30 Rincón de los Arcos Circuito Plaza San Marcos Av. Camino Real de Guanajuato Límite de Fracc. $3,385.23 Sector 30 Los Cántaros Vialidades - - $851.67 Sector 30 Jardines de San Fermín Calles en breña - - $552.74 Sector 30 Jardines de San Fermín Calles pavimentadas - - $3,551.06 Sector 30 Los Comunicadores Av. Camino Real de Guanajuato - - $4,085.74 Sector 30 Villa Esmeralda Aguamarina Límite poniente Diamante $1,988.73 Sector 30 Villa Esmeralda Marfil Aguamarina Topacio $1,988.73 Sector 30 Villa Esmeralda Topacio Límite poniente Límite oriente $1,988.73 Sector 30 Villa Esmeralda Jade Marfil Ópalo $1,988.73 Sector 30 Villa Esmeralda Lapislázuli Marfil Ópalo $1,988.73 Sector 30 Villa Esmeralda Ópalo Aguamarina Topacio $1,988.73 Sector 30 Villa Esmeralda Sircón Aguamarina Topacio $1,988.73 Sector 30 Villa Esmeralda Diamante Aguamarina Límite Sur $1,988.73 Sector 30 Villa Esmeralda Granate Diamante Límite oriente $1,988.73 Sector 30 Av. Siglo XXI Av. Siglo XXI Solidaridad Libramiento Irapuato- Salamanca $4,085.74 Sector 30 Av. Camino Real Guanajuato Av. Camino Real Guanajuato Río Guanajuato Av. Siglo XXI $4,085.74 Sector 30 Puerta Real Av. Gales Blvd. Solidaridad Límite de Fracc. $851.67 Sector 30 - Blvd. Solidaridad 4to. Cinturón vial Av. C.F.E. $7,005.10 Sector 30 Manzana Catastral 213 y 251 Av. del Carrizal Límite de Haciendas del Carrizal Fracc. Los Duraznos $847.64 Sector 31 Purísima del Jardin Fracc. Diego Rivera Dr. Manuel del Moral Gerardo Murillo $1,988.73 Sector 31 Purísima del Jardin Fracc. Pbro. Pablo Chávez Dr. Manuel del Moral Gerardo Murillo $1,988.73 Sector 31 Purísima del Jardin Fracc. Dr. Manuel del Moral Límite de Calle Manuel Acuña $1,988.73 Sector 31 Purísima del Jardin Fracc. Dr. RafaelMarañón Límite de Calle Manuel Acuña $1,988.73 Sector 31 Purísima del Jardin Fracc. Dr. Francisco. de Paula Alcántara Límite de Calle Manuel Acuña $1,988.73 Sector 31 Purísima del Jardin Fracc. Catarino Aranda Límite de Calle Manuel Acuña $1,988.73 Sector 31 Purísima del Jardin Fracc. Dr. Francisco. Trujillo Sánchez Límite de Calle Manuel Acuña $1,988.73 Sector 31 Purísima del Jardin Fracc. Ma. DelCarmen Alcocery Godoy Límite de Calle Manuel Acuña $1,988.73 Sector 31 Purísima del Jardin Fracc. Pedro Vargas Covarrubias Límite de Calle Pbro. Pablo Chávez $1,988.73 Sector 31 Purísima del Jardin Fracc. Gerardo Murillo Límite Poniente Manuel Acuña $2,130.86 Sector 31 FONHAPO Fracc. Diego Rivera Gerardo Murillo Rufino Tamayo $1,987.60 Sector 31 FONHAPO Fracc. Carlos Mérida Martha Chapa Rufino Tamayo $1,987.60 Sector 31 FONHAPO Fracc. Sofía Bass Martha Chapa Rufino Tamayo $1,987.60 Sector 31 FONHAPO Fracc. José Clemente Orozco Gerardo Murillo Martha Chapa $1,987.60 Sector 31 FONHAPO Fracc. Gerardo Murillo Diego Rivera José Clemente Orozco $2,130.86 Sector 31 FONHAPO Fracc. Rafael Ponce de León Diego Rivera José Clemente Orozco $1,987.60 Sector 31 FONHAPO Fracc. María Izquierdo Diego Rivera José Clemente Orozco $1,987.60 Sector 31 FONHAPO Fracc. Frida Kahlo Diego Rivera Tulipán $1,987.60 Sector 31 FONHAPO Fracc. Pedro Coronel Diego Rivera José Clemente Orozco $1,987.60 Sector 31 FONHAPO Fracc. Salvador Almaraz Diego Rivera José Clemente Orozco $1,987.60 Sector 31 FONHAPO Fracc. Antonio González Diego Rivera José Clemente Orozco $1,987.60 Sector 31 FONHAPO Fracc. Martha Chapa Diego Rivera Clavel $1,987.60 Sector 31 FONHAPO Fracc. Olga Acosta Límite de Calle Diego Rivera $1,987.60 Sector 31 FONHAPO Fracc. Rufino Tamayo Límite de Calle Clavel $2,130.86 Sector 31 5 de Septiembre Manuel Acuña Miguel Hidalgo Gerardo Murillo $1,988.73 Sector 31 5 de Septiembre Av. 5 de Septiembre Miguel Hidalgo Gerardo Murillo $1,988.73 Sector 31 5 de Septiembre Fernando Montes de Oca Juan Escutia Agustín Melgar $1,988.73 Sector 31 5 de Septiembre Josefa Ortíz de Domínguez Manuel Acuña Av. 5 de Septiembre $1,988.73 Sector 31 5 de Septiembre Juan Escutia Manuel Acuña Fernando Montes de Oca $1,988.73 Sector 31 5 de Septiembre Juan de la Barrera Manuel Acuña Fernando Montes de Oca $1,988.73 Sector 31 5 de Septiembre Agustín Melgar Manuel Acuña Fernando Montes de Oca $1,988.73 Sector 31 5 de Septiembre Francisco Márquez Manuel Acuña Av. 5 de Septiembre $1,988.73 Sector 31 5 de Septiembre Gerardo Murillo Manuel Acuña Clavel $2,130.86 Sector 31 Purísima del Jardín (Purísima de las Flores) Tulipán Gerardo Murillo Gladiola $1,988.73 Sector 31 Purísima del Jardín (Purísima de las Flores) Nochebuena Margarita Gladiola $1,988.73 Sector 31 Purísima del Jardín (Purísima de las Flores) Clavel Agaves Rufino Tamayo $2,130.86 Sector 31 Purísima del Jardín (Purísima de las Flores) Gerardo Murillo Tulipán Clavel $2,130.86 Sector 31 Purísima del Jardín (Purísima de las Flores) Margarita Tulipán Nochebuena $1,988.73 Sector 31 Purísima del Jardín (Purísima de las Flores) Rosa Tulipán Nochebuena $1,988.73 Sector 31 Purísima del Jardín (Purísima de las Flores) Gladiola Tulipán Nochebuena $1,988.73 Sector 31 Purísima del Jardín (Purísima de las Flores) Violeta Nochebuena Clavel $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Helechos Manantiales Pastizales $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Badianas Maizales Zarzales $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Cedrones Maizales Zarzales $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Azafranes Maizales Zarzales $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Trigales Av. Mariano Abasolo Pastizales $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Pasionarias Trigales Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Agaves Trigales Fernando Montes de Oca $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Viñedos Trigales Agaves $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Clavel Av. Mariano Abasolo Agaves $2,130.86 Sector 31 Valle Verde Manantiales Helechos Trigales $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Arroyos Helechos Trigales $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Maizales Helechos Clavel $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Pimpinelas Azafranes Trigales $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Astrágalos Azafranes Trigales $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Zarzales Helechos Clavel $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Angélicas Helechos Trigales $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Crisantemos Helechos Trigales $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Petunias Helechos Trigales $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Maravillas Helechos Trigales $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Pastizales Límite de Fracc. Clavel $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Casahuates Casahuates Pasionarias $1,988.73 Sector 31 Valle Verde Pinabetes Pasionarias Clavel $1,988.73 Sector 31 Col. Purísima del Jardín Gardenia Clavel Av. Jardín $1,988.73 Sector 31 Col. Purísima del Jardín Laurel Rosal Av. Jardín $1,988.73 Sector 31 Col. Purísima del Jardín Azucena Clavel Av. Jardín $1,988.73 Sector 31 Col. Purísima del Jardín Camelina Alhelí Amapola $1,988.73 Sector 31 Col. Purísima del Jardín Geranio Gladiola Av. Insurgentes $1,988.73 Sector 31 Col. Purísima del Jardín Orquídea Clavel Orquídea $1,988.73 Sector 31 Col. Purísima del Jardín Jacaranda Clavel Geranio $1,988.73 Sector 31 Col. Purísima del Jardín Priv. Siempre en Domingo Clavel Priv. Siempre en Domingo $1,988.73 Sector 31 Col. Purísima del Jardín Dalia Clavel Geranio $1,988.73 Sector 31 Col. Purísima del Jardín Alhelí Poniente Oriente $1,988.73 Sector 31 Col. Purísima del Jardín Rosal Clavel Geranio $1,988.73 Sector 31 Col. Purísima del Jardín Nardo Azucena Camelina $1,988.73 Sector 31 Col. Purísima del Jardín Amapola Azucena Geranio $1,988.73 Sector 31 Col. Purísima del Jardín Av. Jardín Clavel Geranio $2,130.86 Sector 31 Col. Purísima del Jardín Jazmín Clavel Geranio $1,988.73 Sector 31 Col. Purísima del Jardín Girasol Clavel Av. Insurgentes $1,988.73 Sector 31 Magisterial Ignacio Manuel Altamirano Clavel Sección XIII $1,988.73 Sector 31 Magisterial Ignacio Ramírez Límite Fracc. Sección XIII $1,988.73 Sector 31 Magisterial Leopoldo Méndez Límite Fracc. Sección XIII $1,988.73 Sector 31 Magisterial Rafael Ramírez Límite Fracc. Sección XIII $1,988.73 Sector 31 Magisterial Jaime Torres Límite Fracc. Sección XIII $1,988.73 Sector 31 Magisterial Gabino Barrera Límite Fracc. Sección XIII $1,988.73 Sector 31 Magisterial José Vasconcelos Límite Fracc. Sección XIII $1,988.73 Sector 31 Magisterial Justo Sierra Límite Fracc. Sección XIII $1,988.73 Sector 31 Magisterial Alfonso Sierra Partida Sección XIII Límite Fracc. $1,988.73 Sector 31 Magisterial Gregorio Torres Quintero Sección XIII Límite Fracc. $1,988.73 Sector 31 Magisterial José Santos Valdez Sección XIII Límite Fracc. $1,988.73 Sector 31 Magisterial Enrique Ruelas Sección XIII Límite Fracc. $1,988.73 Sector 31 Magisterial Rosario Castellanos Sección XIII Límite Fracc. $1,988.73 Sector 31 Magisterial Moisés Sáenz Sección XIII Límite Fracc. $1,988.73 Sector 31 Magisterial Enrique Rebsamen Sección XIII Límite Fracc. $1,988.73 Sector 31 Magisterial Ramón G. Bonfil Sección XIII Límite Fracc. $1,988.73 Sector 31 Magisterial Idolina Moquer Sección XIII Límite Fracc. $1,988.73 Sector 31 Magisterial Eva Sámano Sección XIII Límite Fracc. $1,988.73 Sector 31 Magisterial Sección XIII Clavel Justo Sierra $1,988.73 Sector 31 Purísima de las Flores Geranio Gladiola Alcatraz $1,988.73 Sector 31 Purísima de las Flores Sin Nombre Gladiola Alcatraz $851.67 Sector 31 Purísima de las Flores Gladiola Geranio Calle sin Nombre $851.67 Sector 31 Purísima de las Flores Girasol Geranio Calle sin Nombre $851.67 Sector 31 Purísima de las Flores Margarita Geranio Calle sin Nombre $851.67 Sector 31 Purísima de las Flores Alcatraz Geranio Calle sin Nombre $851.67 Sector 31 Juan Pablo II Catedral Límite de Fracc. Calle Sin Nombre $639.15 Sector 31 Juan Pablo II Vaticano Límite de Fracc. Calle Sin Nombre $639.15 Sector 31 Juan Pablo II Roma Límite de Fracc. Calle Sin Nombre $639.15 Sector 31 Juan Pablo II Cardenal Límite de Fracc. Calle Sin Nombre $639.15 Sector 31 Juan Pablo II Plaza San Pedro Límite de Fracc. Calle Sin Nombre $639.15 Sector 32 San Francisco de la Cruz Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 32 San Francisco de la Cruz Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 32 San Francisco de la Cruz Calle en terracería sin servicio - - $552.74 Sector 33 Rancho Grande 20 de Noviembre Francisco Villa Blvd. Solidaridad $1,987.60 Sector 33 Rancho Grande Benito Juárez Emiliano Zapata Blvd. Solidaridad $1,987.60 Sector 33 Rancho Grande Francisco I Madero Emiliano Zapata Blvd. Solidaridad $1,987.60 Sector 33 Rancho Grande José Ma. Morelos y Pavón Emiliano Zapata Blvd. Solidaridad $1,987.60 Sector 33 Rancho Grande 15 de Septiembre Emiliano Zapata Blvd. Solidaridad $1,987.60 Sector 33 Rancho Grande Emiliano Zapata Límite de Fracc. 15 de Septiembre $1,987.60 Sector 33 Rancho Grande Ing. Arroyo Límite de Fracc. 15 de Septiembre $1,987.60 Sector 33 Rancho Grande Felipe Ángeles Límite de Fracc. 15 de Septiembre $1,987.60 Sector 33 Rancho Grande Francisco Sarabia Límite de Fracc. Francisco I Madero $1,987.60 Sector 33 Rancho Grande Francisco Villa Límite de Fracc. 15 de Septiembre $1,987.60 Sector 33 Rancho Grande Lázaro Cárdenas Límite de Fracc. 15 de Septiembre $1,987.60 Sector 33 Rancho Grande Miguel Hidalgo Límite de Fracc. 15 de Septiembre $1,987.60 Sector 33 Rancho Grande Niños Héroes 20 de Noviembre 15 de Septiembre $1,987.60 Sector 33 Rancho Grande Vicente Guerrero Benito Juárez 15 de Septiembre $1,987.60 Sector 33 Rancho Grande Ing. Manuel Priego Francisco I Madero José Ma. Morelos y Pavón $1,987.60 Sector 33 Ex Hcda. Buena Vista Ex Hacienda Buenavista Carr. Irapuato - Salamanca Calle Sin Nombre $1,137.06 Sector 33 Independencia Unidad Militar Sin Nombre Carr. Irapuato - Salamanca Calle Sin Nombre $1,987.60 Sector 33 Independencia Unidad Militar Morelos Carr. Irapuato - Salamanca Límite de Fracc. $1,987.60 Sector 33 Independencia Unidad Militar Ignacio Allende Carr. Irapuato - Salamanca Límite de Fracc. $1,987.60 Sector 33 Independencia Unidad Militar Guadalupe Victoria Carr. Irapuato - Salamanca Límite de Fracc. $1,987.60 Sector 33 Independencia Unidad Militar V. Guerrero Carr. Irapuato - Salamanca Límite de Fracc. $1,987.60 Sector 33 Independencia Unidad Militar Sin Nombre Carr. Irapuato - Salamanca Límite de Fracc. $1,987.60 Sector 34 Ciudad Industrial San Miguel de Allende Carr. Irapuato- Salamanca Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 34 Ciudad Industrial Sin Nombre F.F.C.C. Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 34 Ciudad Industrial Av. Irapuato Carr. Irapuato- Salamanca Límite de Fracc. $1,401.02 Sector 34 Ciudad Industrial Acámbaro Carr. Irapuato- Salamanca Apaseo el Grande Oriente $1,135.93 Sector 34 Ciudad Industrial Dolores Hidalgo Carr. Irapuato- Salamanca Apaseo el Grande Oriente $1,135.93 Sector 34 Ciudad Industrial Celaya Carr. Irapuato- Salamanca Apaseo el Grande Oriente $1,135.93 Sector 34 Ciudad Industrial Salamanca Poniente Canal Celaya $1,135.93 Sector 34 Ciudad Industrial Apaseo el Grande Poniente Canal Celaya $1,135.93 Sector 34 San Antonio el Chico Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 34 San Antonio el Chico Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 34 San Antonio el Chico Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 34 Cuarta Brigada Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 34 Cuarta Brigada Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 34 Cuarta Brigada Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 34 Cuarta Brigada Emiliano Zapata J. Carmen Hernandez González Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 35 Los Fresnos Av. Mariano Abasolo Avellano Agricultores $2,755.80 Sector 35 Los Fresnos Leñadores Avellano Tilo $1,417.94 Sector 35 Los Fresnos Del Parque Avellano Agricultores $1,417.94 Sector 35 Los Fresnos Sauce Avellano Agricultores $1,417.94 Sector 35 Los Fresnos Bambú Avellano Agricultores $1,417.94 Sector 35 Los Fresnos Peral Avellano Agricultores $1,417.94 Sector 35 Los Fresnos Rosal Avellano Agricultores $1,417.94 Sector 35 Los Fresnos 24 de Abril Avellano Agricultores $1,417.94 Sector 35 Los Fresnos Caoba Avellano 24 de Abril $1,417.94 Sector 35 Los Fresnos Trueno Avellano Agricultores $1,417.94 Sector 35 Los Fresnos Av. Insurgentes Avellano Agricultores $7,100.99 Sector 35 Los Fresnos Avellano Av. Mariano Abasolo Av. Insurgentes $1,535.25 Sector 35 Los Fresnos Plátano Av. Mariano Abasolo Leñadores $1,417.94 Sector 35 Los Fresnos Tilo Av. Mariano Abasolo Límite de Calle Tilo $1,417.94 Sector 35 Los Fresnos Granjeros Av. Mariano Abasolo Peral $1,417.94 Sector 35 Los Fresnos Cosechadores Av. Mariano Abasolo Peral $1,417.94 Sector 35 Los Fresnos Agricultores Av. Mariano Abasolo Av. Insurgentes $1,137.06 Sector 35 Los Fresnos 2a Priv. Solidaridad Límite de 2a Priv. Solidaridad Peral $1,417.94 Sector 35 Los Fresnos 1a Priv. Solidaridad Límite de 2a Priv. Solidaridad Peral $1,417.94 Sector 35 Los Fresnos 15 de Sep. 24 de Abril Caoba $1,417.94 Sector 35 El Trébol Violeta Las Rosas Av. el Trébol $851.67 Sector 35 El Trébol Priv. el Trébol Límite de Fracc. Av. el Trébol $851.67 Sector 35 El Trébol Las rosas Límite de Calle Poniente Límite de Calle Oriente $851.67 Sector 35 El Trébol Av. El Trébol Límite Oriente Límite Poniente $851.67 Sector 35 Col. Playa Azul Av. Mariano Abasolo Av. de Los Pinos Hermanos Licea $3,835.32 Sector 35 Col. Playa Azul Félix Zuloaga José Justo Corro Hermanos Licea $1,765.38 Sector 35 Col. Playa Azul David A. Siqueiros Límite de Calle David A.Siqueiros Hermanos Licea $1,765.38 Sector 35 Col. Playa Azul Lombardo Tolentino E. Molina José Justo Corro $1,765.38 Sector 35 Col. Playa Azul Manuel Robles E. Molina Hermanos Licea $1,765.38 Sector 35 Col. Playa Azul Gustavo Díaz Ordaz Av. de Los Pinos Hermanos Licea $1,765.38 Sector 35 Col. Playa Azul Rómulo Díaz Av. de Los Pinos Hermanos Licea $1,765.38 Sector 35 Col. Playa Azul Casimiro Chowell I. Av. de Los Pinos Hermanos Licea $1,765.38 Sector 35 Col. Playa Azul Pedro Vélez E. Molina José Justo Corro $1,765.38 Sector 35 Col. Playa Azul Pedro Lascurain Av. de Los Pinos E. Molina $1,765.38 Sector 35 Col. Playa Azul Priv. Los Pinos Av. de Los Pinos Límite de Calle Priv. Los Pinos $1,765.38 Sector 35 Col. Playa Azul Av. Insurgentes Av. de Los Pinos Hermanos Licea $7,100.99 Sector 35 Col. Playa Azul Av. de Los Pinos Av. Mariano Abasolo Av. Insurgentes $2,130.86 Sector 35 Col. Playa Azul J. Joaquín Herrera Av. Mariano Abasolo Av. Insurgentes $1,765.38 Sector 35 Col. Playa Azul Martín Carrera Av. Mariano Abasolo David A. Siqueiros $1,765.38 Sector 35 Col. Playa Azul E. Molina Av. Mariano Abasolo Av. Insurgentes $1,765.38 Sector 35 Col. Playa Azul Mariano Paredes Av. Mariano Abasolo David A. Siqueiros $1,765.38 Sector 35 Col. Playa Azul José Justo Corro Av. Mariano Abasolo Av. Insurgentes $1,765.38 Sector 35 Col. Playa Azul Hermanos Licea Av. Mariano Abasolo Av. Insurgentes $1,988.73 Sector 35 Col. Ganadera Av. Mariano Abasolo Hermanos Licea Av. Mariano J. García $3,835.32 Sector 35 Col. Ganadera Av. Mariano Abasolo Av. Mariano J. García Jabalí $3,551.06 Sector 35 Col. Ganadera Bovino Hermanos Licea Caprino $1,988.73 Sector 35 Col. Ganadera Becerril Hermanos Licea Jabalí $1,988.73 Sector 35 Col. Ganadera Toril Hermanos Licea Jabalí $1,988.73 Sector 35 Col. Ganadera Cebú Cebra Jabalí $1,988.73 Sector 35 Col. Ganadera Hermanos Licea Av. Mariano Abasolo Av. Insurgentes $1,988.73 Sector 35 Col. Ganadera Jaguar Becerril Toril $1,988.73 Sector 35 Col. Ganadera Cebra Caprino Av. Insurgentes $1,988.73 Sector 35 Col. Ganadera Caprino Av. Mariano Abasolo Toril $1,988.73 Sector 35 Col. Ganadera Búfalo Av. Mariano Abasolo Av. Insurgentes $1,988.73 Sector 35 Col. Ganadera Venado Av. Mariano J. García Toril $1,988.73 Sector 35 Col. Ganadera Priv. Cebú Límite de Calle Priv. Cebú Cebú $1,988.73 Sector 35 Col. Ganadera Ovino Av. Mariano Abasolo Toril $1,988.73 Sector 35 Col. Ganadera Av. Mariano J. García Av. Mariano Abasolo Av. Insurgentes $5,837.59 Sector 35 Col. Ganadera Rinoceronte Toril Cebú $1,988.73 Sector 35 Col. Ganadera Llama Av. Mariano Abasolo Av. Mariano J. García $1,988.73 Sector 35 Col. Ganadera Ternera Av. Mariano Abasolo Becerril $1,988.73 Sector 35 Col. Ganadera Jabalí Av. Mariano Abasolo Av. Mariano J. García $1,988.73 Sector 35 Bajada de San Martín Av. Mariano Abasolo Jabalí Vergel $3,551.06 Sector 35 Bajada de San Martín Av. Mariano Abasolo Vergel Avellano $2,755.80 Sector 35 Bajada de San Martín Del Parque Jacarandas Avellano $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Ahuehuete Vergel Jacarandas $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Sauce Jacarandas Avellano $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Sidrero Chirimoyo Vergel $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Margarita Jabalí Chirimoyo $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Bambú Jacarandas Avellano $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Palmera Vergel Jacarandas $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Dalia Jabalí Chirimoyo $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Mirto Chirimoyo Vergel $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Bugambilia Jabalí Chirimoyo $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Peral Vergel Avellano $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Sicomoro Jabalí Chirimoyo $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Eucaliptos Vergel Jacarandas $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Camelina Chirimoyo Vergel $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Abedul Jabalí Chirimoyo $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Arce Vergel Jacarandas $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Callejón Avellano Límite de Callejón $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Datilero Avellano Límite de Calle Datilero $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Priv. Lila Vergel Límite de Calle Priv. Lila $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Tulipanero Jabalí Vergel $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Fresnos Vergel Avellano $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Tabachin Vergel Jacarandas $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Av. Mariano J. García Jabalí Av. Insurgentes $5,837.59 Sector 35 Bajada de San Martín Jabalí Av. Mariano Abasolo Av. Mariano J. García $1,988.73 Sector 35 Bajada de San Martín Chirimoyo Av. Mariano Abasolo Tulipanero $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Priv. Chirimoyo Tulipanero Límite de Calle Priv. Chirimoyo $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Vergel Av. Mariano Abasolo Av. Insurgentes $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Melocotón Av. Mariano Abasolo Ahuehuete $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Cornejo Palmera Peral $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Mimosa Ahuehuete Palmera $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Abeto Palmera Peral $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Jacarandas Av. Mariano Abasolo Av. Insurgentes $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Priv. Chopo Límite de Calle Priv. Chopo Peral $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Priv. Níspero Límite de Calle Priv. Níspero Peral $1,535.25 Sector 35 Bajada de San Martín Avellano Av. Mariano Abasolo Av. Insurgentes $1,535.25 Sector 35 - Av. Mariano Abasolo Agricultores Gladiola $2,755.80 Sector 36 Milagro Zapote 3ra Secc Av. Gabriel García Márquez Santa Mónica Prol. Av.Independencia $1,417.94 Sector 36 Milagro Zapote 3ra Secc Prol. Av.Independencia Av. Gabriel García Márquez Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Milagro Zapote 3ra Secc Santa Mónica Av. Gabriel García Márquez Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Milagro Zapote 3ra Secc Vialidades Interiores - - $1,135.93 Sector 36 Nueva Reforma Agraria Priv. Santa Mónica Santa Mónica Priv. Santa Mónica $1,765.38 Sector 36 Nueva Reforma Agraria Lázaro Cárdenas Prol. Av.Independencia Santa Mónica $1,988.73 Sector 36 Nueva Reforma Agraria Francisco Villa Prol. Av.Independencia Santa Mónica $1,988.73 Sector 36 Nueva Reforma Agraria Emiliano Zapata Prol. Av.Independencia Santa Mónica $1,988.73 Sector 36 Nueva Reforma Agraria Priv. Emiliano Zapata Santa Mónica Priv. Emiliano Zapata $1,988.73 Sector 36 Nueva Reforma Agraria Priv. San Valentín Santa Mónica Priv. San Valentín $1,988.73 Sector 36 Nueva Reforma Agraria Prol. Av.Independencia Límite de Fracc. Emiliano Zapata $1,988.73 Sector 36 Nueva Reforma Agraria Santa Mónica Límite de Fracc. Priv. San Valentín $1,988.73 Sector 36 Haciendas de Santiago Hacienda Santa Irene Hacienda Santa Martha Hacienda Santa Sofía $3,852.24 Sector 36 Haciendas de Santiago Prol. Av.Independencia Emiliano Zapata Límite de Fracc. $3,151.73 Sector 36 Haciendas de Santiago Hacienda Santa Martha Límite de Fracc. Límite de Fracc. $3,852.24 Sector 36 Haciendas de Santiago Hacienda Santa Cecilia Hacienda Santa Martha Hacienda Santa Irene $3,852.24 Sector 36 Haciendas de Santiago Hacienda Santa Sofía Límite de Fracc. Límite de Fracc. $3,852.24 Sector 36 Cerrada Altamira Cerrada de Camargo Límite de Fracc. Límite de Fracc. $3,969.56 Sector 36 Cerrada Altamira Cerrada de Toranzo Calzada de Altamira Límite de Fracc. $3,969.56 Sector 36 Cerrada Altamira Cerrada Laredo Calzada de Altamira Límite de Fracc. $3,969.56 Sector 36 Cerrada Altamira Cerrada San Vicente Calzada de Altamira Límite de Fracc. $3,969.56 Sector 36 Cerrada Altamira Cerrada Suances Calzada de Altamira Límite de Fracc. $3,969.56 Sector 36 Cerrada Altamira Cerrada Reynosa Calzada de Altamira Límite de Fracc. $3,969.56 Sector 36 Cerrada Altamira Cerrada Reocin Calzada de Altamira Límite de Fracc. $3,969.56 Sector 36 Cerrada Altamira Prol. Av.Independencia Límite de Fracc. Límite de Fracc. $3,151.73 Sector 36 Cerrada Altamira Calzada de Altamira Límite de Fracc. Límite de Fracc. $3,969.56 Sector 36 Fracc. Reforma Av. Gabriel García Márquez Santa Mónica Límite de Fracc. $1,417.94 Sector 36 Fracc. Reforma Ley Juárez Leyes deReforma Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Fracc. Reforma Ley Lerdo Leyes deReforma Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Fracc. Reforma Ley Iglesias Leyes deReforma Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Fracc. Reforma Siete Leyes Leyes deReforma Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Fracc. Reforma Constitución Leyes deReforma Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Fracc. Reforma Félix María Zuloaga Leyes deReforma San Francisco $1,988.73 Sector 36 Fracc. Reforma Leyes de Reforma Leyes deReforma San Francisco $1,988.73 Sector 36 Fracc. Reforma Santa Mónica Av. Gabriel García Márquez Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Fracc. Reforma Francisco Villa Santa Mónica Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Fracc. Reforma Santa Inés Francisco Villa Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Fracc. Reforma San Francisco Francisco Villa Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 El Milagro San Valentín Santa Mónica Av. Santo Tomás $1,988.73 Sector 36 El Milagro San Policarpio Santa Mónica Av. Santo Tomás $1,988.73 Sector 36 El Milagro Santa Clara San Mateo San Luis Rey $1,988.73 Sector 36 El Milagro Santa Faustina Santa Mónica San José $1,988.73 Sector 36 El Milagro San Isidro San Luis Rey Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 El Milagro Santa Mónica Límite de Fracc. San Andrés $1,988.73 Sector 36 El Milagro San Mateo San Policarpio Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 El Milagro San José Santa Faustina Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 El Milagro Santa Inés Límite de Fracc. Santa Clara $1,988.73 Sector 36 El Milagro San Francisco Límite de Fracc. Santa Clara $1,988.73 Sector 36 El Milagro San Luis Rey Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 El Milagro San Antonio Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 El Milagro San Pablo Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 El Milagro Av. Santo Tomás Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres Priv. San Valentín Santa Mónica Priv. San Valentín $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres Priv. SanGerónimo Santa Mónica Priv. SanGerónimo $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres San Policarpio Límite de Fracc. Santa Mónica $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres San JuanEvangelista Límite de Fracc. Santa Mónica $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres San Andrés Límite de Fracc. Santa Mónica $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres Santa Inés San Sixto San Martín de Porres $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres San Sebastián San Sixto Límite de Calle $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres San Irineo San Sixto San Martín de Porres $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres Cisne San Sixto San Martín de Porres $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres Gavilán Límite de Fracc. San Martín de Porres $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres Cóndor Límite de Fracc. San Martín de Porres $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres Priv. San Vicente San Vicente Límite de Priv. $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres San Clemente Límite de Fracc. Santa Cecilia $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres San Justino San Clemente Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres Priv. Santo Tomás Santa Mónica Límite de Priv. $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres San Antonio San Nicolás Santa Mónica $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres San José Santa Mónica Santa Cecilia $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres Santa Cecilia San Martín de Porres Santa Mónica $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres San Sixto San Andrés Cisne $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres San Pablo Cisne San Lorenzo $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres San Esteban Cisne San Lorenzo $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres San Martín de Porres San Andrés Av. Las Águilas $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres Priv. San Martín Límite de Priv. San Andrés $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres San Vicente San Juan Evangelista San Andrés $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres Priv. SanPolicarpio San Policarpio Límite de Priv. $1,765.38 Sector 36 Col. San Martín de Porres San Vicente Santa Cecilia Límite de Calle $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres Priv. San Fabián Límite de Priv. Santa Cecilia $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres Priv. San Marcelino Límite de Priv. Santa Cecilia $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres San Felipe de Jesús San Justino Santa Cecilia $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres San Nicolás Santa Mónica Santa Cecilia $1,988.73 Sector 36 Col. San Martín de Porres Santa Mónica Priv. SanValentín Santa Cecilia $1,988.73 Sector 36 D. C. Esmeralda Santa Cecilia Límite de Fracc. San Martín de Porres $1,988.73 Sector 36 D. C. Esmeralda Vialidad Interior San Martín de Porres Límite de Fracc. $2,130.86 Sector 36 Zapote D 2da Secc. Av. Gabriel García Márquez Límite de Fracc. Av. Santo Tomás $1,417.94 Sector 36 Zapote D 2da Secc. San Luis Rey Francisco Villa Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Zapote D 2da Secc. San Antonio - Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Zapote D 2da Secc. San Pablo - Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Zapote D 2da Secc. Av. Santo Tomás Av. Gabriel García Márquez Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Zapote D 3ra Secc. Av. Gabriel García Márquez Límite de Fracc. Av. Santo Tomás $1,417.94 Sector 36 Zapote D 3ra Secc. San Ramón Av. Santo Tomás Villa Rosita $1,135.93 Sector 36 Zapote D 3ra Secc. San Judas Tadeo Av. Santo Tomás Villa Rosita $1,135.93 Sector 36 El Zapote La Florida Av. Santo Tomás Villa Rosita $1,135.93 Sector 36 El Zapote San Valentín Av. Santo Tomás Villa Rosita $1,135.93 Sector 36 El Zapote San Policarpio Av. Santo Tomás Villa Rosita $1,988.73 Sector 36 El Zapote Av. Santo Tomás Av. Gabriel García Márquez San Policarpio $1,988.73 Sector 36 El Zapote Santa Cecilia San Judas Tadeo San Policarpio $1,135.93 Sector 36 El Zapote Villa de Guadalupe San Judas Tadeo San Policarpio $1,135.93 Sector 36 El Zapote Villa Rosita Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Col. Milagro Santo Domingo San Fernando Av. Santo Tomás Villa Rosita $1,988.73 Sector 36 Col. Milagro Santo Domingo San Agustín Límite de Fracc. Villa Rosita $1,988.73 Sector 36 Col. Milagro Santo Domingo San Crispín Límite de Fracc. Villa Rosita $1,988.73 Sector 36 Col. Milagro Santo Domingo Av. Santo Tomás Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Col. Milagro Santo Domingo Villa Rosita Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Col. Santo Domingo San Agustín Av. Santo Tomás Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Col. Santo Domingo San Crispín Av. Santo Tomás Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Col. Santo Domingo Av. Santo Tomás Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Col. Santo Domingo Villa Rosita Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Fracc. Las Águilas Santa Cecilia Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Fracc. Las Águilas San Martín de Porres Santa Cecilia Av. Las Águilas $1,988.73 Sector 36 Fracc. Las Águilas Av. Las Águilas San Martín de Porres Límite de Fracc. $3,151.73 Sector 36 C. H. Quinta Verde Av. Las Águilas Límite de Fracc. Límite de Fracc. $3,151.73 Sector 36 C. H. Quinta Verde Vialidad Interior - - $2,755.80 Sector 36 Las Aves Av. Las Águilas Límite de Fracc. Límite de Fracc. $3,151.73 Sector 36 Las Aves Vialidad Límite de Fracc. Límite de Fracc. $2,755.80 Sector 36 Primaveral Ocaso Solsticio Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 36 Primaveral Nadir Solsticio Trópicos de Capricornio $1,750.71 Sector 36 Primaveral Zenit Solsticio Trópicos de Capricornio $1,750.71 Sector 36 Primaveral Equinoccio Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 36 Primaveral Solsticio Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 36 Primaveral Trópicos de Capricornio Ocaso Equinoccio $1,750.71 Sector 36 Primaveral Trópicos de Cáncer Ocaso Equinoccio $1,750.71 Sector 36 Candelaria La Noria Límite de Fracc. Límite de Fracc. $552.74 Sector 36 Candelaria Av. Gabriel García Márquez Calle Pípila Límite de Fracc. $1,417.94 Sector 36 Candelaria Calle Pípila Límite de Fracc. Av. Gabriel García Márquez $552.74 Sector 36 Candelaria Solidaridad Límite de Fracc. Límite de Fracc. $552.74 Sector 36 Candelaria Los Patos Av. Gabriel García Márquez Límite de Fracc. $552.74 Sector 36 Fracc. Las Pérgolas Dr. Abelardo Leal Rodríguez Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 36 Fracc. Las Pérgolas Dr. Manuel Araiza Noyola Dr. Francisco Carrillo Límite de Fracc. $1,535.25 Sector 36 Fracc. Las Pérgolas Dr. J.Jesús Zarate Y Sánchez Dr. Francisco Carrillo Límite de Fracc. $1,535.25 Sector 36 Fracc. Las Pérgolas Dr. J.Jesús Zarate Y Sánchez Dr. Francisco Carrillo Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 36 Fracc. Las Pérgolas Dr. Juan de Ulloa Dr. Francisco Carrillo Límite de Fracc. $1,535.25 Sector 36 Fracc. Las Pérgolas Dr. José Reyes Mendoza Dr. Francisco Carrillo Límite de Fracc. $1,535.25 Sector 36 Fracc. Las Pérgolas Unión Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Fracc. Las Pérgolas Dr. José Briones Rivera Dr.Abelardo LealRodríguez Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 36 Fracc. Las Pérgolas Dr. Francisco Carrillo Dr.Abelardo LealRodríguez Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 36 Fracc. La Florida Alabama Cabo Cañaveral Alaska $1,137.06 Sector 36 Fracc. La Florida Florida Límite de Fracc. Villa Rosita $1,137.06 Sector 36 Fracc. La Florida Cabo Cañaveral Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,137.06 Sector 36 Fracc. La Florida Nevada Villa Rosita Límite de Fracc. $1,137.06 Sector 36 Fracc. La Florida Villa Rosita Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Fracc. La Florida Arizona Límite de Fracc. Nevada $1,137.06 Sector 36 Fracc. La Florida Indiana Florida Nevada $1,137.06 Sector 36 Fracc. La Florida Unión Massachusetts Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Fracc. La Florida Alaska Límite de Fracc. Florida $1,137.06 Sector 36 Fracc. El Rosario Gardenia Unión Villa Rosita $1,988.73 Sector 36 Fracc. El Rosario San Valentín Villa Rosita Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Fracc. El Rosario Villa Rosita Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Fracc. El Rosario Unión Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Fracc. Los Huertos Prol. Av. Policarpio Villa Rosita Unión $1,988.73 Sector 36 Fracc. Los Huertos Villa Rosita Límite de Fracc. Prol. Av. Policarpio $1,988.73 Sector 36 Fracc. Los Huertos Ciruelos Límite de Fracc. Prol. Av. Policarpio $1,988.73 Sector 36 Fracc. Los Huertos Perales Límite de Fracc. Prol. Av. Policarpio $1,988.73 Sector 36 Fracc. Los Huertos Manzanos Límite de Fracc. Prol. Av. Policarpio $1,988.73 Sector 36 Fracc. Los Huertos Duraznos Límite de Fracc. Prol. Av. Policarpio $1,988.73 Sector 36 Fracc. Los Huertos Fresas Límite de Fracc. Prol. Av. Policarpio $1,988.73 Sector 36 Fracc. Los Huertos Unión Límite de Fracc. Prol. Av. Policarpio $1,988.73 Sector 36 Fracc. El Colonial Prol. Av. Policarpio Villa Rosita Unión $1,988.73 Sector 36 Fracc. El Colonial Rincón Gaucho Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Fracc. El Colonial Villa Rosita Prol. Av.Policarpio Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Fracc. El Colonial Real de La Esperanza Límite de Fracc. Rincón Gaucho $1,988.73 Sector 36 Fracc. El Colonial Sangre de Cristo Límite de Fracc. Rincón Gaucho $1,988.73 Sector 36 Fracc. El Colonial Unión Prol. Av.Policarpio Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Col. Santo Domingo Villa de Guadalupe Villa Rosita Unión $1,988.73 Sector 36 Col. Santo Domingo San Crispín Villa Rosita Unión $1,988.73 Sector 36 Col. Santo Domingo Villa Rosita Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Col. Santo Domingo Unión Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Col. San Miguelito el Zapote Teotihuacán Mitla Límite de Fracc. $1,417.94 Sector 36 Col. San Miguelito el Zapote Chichen Itzá Mitla Límite de Fracc. $1,417.94 Sector 36 Col. San Miguelito el Zapote Uxmal Mitla Límite de Fracc. $1,417.94 Sector 36 Col. San Miguelito el Zapote Bonampak Unión Límite de Fracc. $1,417.94 Sector 36 Col. San Miguelito el Zapote Tajín Unión Límite de Fracc. $1,417.94 Sector 36 Col. San Miguelito el Zapote Unión Límite de Fracc. Tajín $1,988.73 Sector 36 Col. San Miguelito el Zapote Mitla Teotihuacan Bonampak $1,417.94 Sector 36 Priv. San Diego Policarpio Límite de Fracc. Límite de Fracc. $851.67 Sector 36 Priv. San Diego Unión Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,988.73 Sector 36 Priv. San Diego Cerrada San Bernardino Límite de Fracc. Límite de Fracc. $851.67 Sector 36 Priv. San Diego Cerrada Santa Catalina Límite de Fracc. Límite de Fracc. $851.67 Sector 36 Priv. San Diego Cerrada San Clemente Límite de Fracc. Límite de Fracc. $851.67 Sector 36 Col. La Alameda Fresno Límite de Fracc. Cedro $1,537.52 Sector 36 Col. La Alameda Jacarandas Límite de Fracc. Cedro $1,537.52 Sector 36 Col. La Alameda Margarita Límite de Fracc. Cedro $1,537.52 Sector 36 Col. La Alameda Pino Límite de Fracc. Cedro $1,537.52 Sector 36 Col. La Alameda Tabachin Cedro Acacia $1,537.52 Sector 36 Col. La Alameda Callejón de Pozo Cedro Acacia $1,537.52 Sector 36 Col. La Alameda Cedro Límite de Fracc. Av. Mariano Abasolo $1,537.52 Sector 36 Col. La Alameda Acacia Cedro Av. Mariano Abasolo $1,537.52 Sector 36 Col. La Alameda Av. Mariano Abasolo Límite de Fracc. Límite de Fracc. $2,755.80 Sector 36 Fracc. Vergel Vialidad con algún tipo de servicio - - $1,537.52 Sector 36 Fracc. Vergel Av. Mariano Abasolo Límite de Fracc. Límite de Fracc. $2,755.80 Sector 36 Fracc. Santa Sofía Calles urbanizadas - - $2,335.03 Sector 36 Palma de Mallorca Ibiza Límite de Fracc. Pastizales $2,335.03 Sector 36 Palma de Mallorca Ocaña Santander Ibiza $2,335.03 Sector 36 Palma de Mallorca Pamplona Viana Pastizales $2,335.03 Sector 36 Palma de Mallorca Pbro. Pablo Chávez Límite de Fracc. Límite de Fracc. $2,335.03 Sector 36 Palma de Mallorca Palencia Santander Pastizales $2,335.03 Sector 36 Palma de Mallorca Cantabria Palencia Pastizales $2,335.03 Sector 36 Palma de Mallorca Bilbao Santander Asturias $2,335.03 Sector 36 Palma de Mallorca Asturias Santander Pastizales $2,335.03 Sector 36 Palma de Mallorca Santander Ibiza Límite de Fracc. $2,335.03 Sector 36 Palma de Mallorca Pastizales Límite de Fracc. Límite de Fracc. $2,335.03 Sector 36 Fracc. Los Castillos Calle Peñafiel Límite de Fracc. Calle Douglas $2,335.03 Sector 36 Fracc. Los Castillos Calle Douglas Calle Peñafiel Av. Castillo $2,335.03 Sector 36 Fracc. Los Castillos Calle Oliveira Calle Peñafiel Av. Castillo $2,335.03 Sector 36 Fracc. Los Castillos Calle Butrón Calle Peñafiel Av. Castillo $2,335.03 Sector 36 Fracc. Los Castillos Pbro. Pablo Chávez Límite de Fracc. Límite de Fracc. $2,335.03 Sector 36 Fracc. Los Castillos Calle Praga Límite de Fracc. Límite de Fracc. $2,335.03 Sector 36 Fracc. Los Castillos Calle Blair Calle Praga Calle Praga $2,335.03 Sector 36 Fracc. Los Castillos Calle Josselin Av. Malbork Límite de Fracc. $2,335.03 Sector 36 Fracc. Los Castillos Calle Gaillard Av. Malbork Límite de Fracc. $2,335.03 Sector 36 Fracc. Los Castillos Av. Malbork Límite de Fracc. Av. Castillo $2,335.03 Sector 36 Fracc. Los Castillos Av. Castillo Límite de Fracc. Pbro. Pablo Chávez $2,335.03 Sector 36 Fracc. Los Castillos Calle Dover Av. Malbork Límite de Fracc. $2,335.03 Sector 36 Fracc. Los Castillos Calle Gondar Av. Malbork Límite de Fracc. $2,335.03 Sector 36 La Castellana Calles urbanizadas - - $3,502.55 Sector 36 La Castellana Av. Paseo Irapuato Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,417.94 Sector 36 Desarrollo Campo Real Camino Héroes Nacionales - - $3,269.05 Sector 36 Desarrollo Campo Real Av. Paseo Irapuato Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,417.94 Sector 36 Col. Roma Turín Av. Paseo Irapuato Prol. Av.Independencia $1,278.07 Sector 36 Col. Roma Juventus Becchi Palermo $1,278.07 Sector 36 Col. Roma Milán Italia Palermo $1,278.07 Sector 36 Col. Roma Udinese Italia Palermo $1,278.07 Sector 36 Col. Roma Gavilán Av. Paseo Irapuato Prol. Av. Independencia $1,988.73 Sector 36 Col. Roma Av. Paseo Irapuato Turín Gavilán $1,417.94 Sector 36 Col. Roma Becchi Turín Gavilán $1,278.07 Sector 36 Col. Roma Italia Juventus Gavilán $1,278.07 Sector 36 Col. Roma Palermo Turín Venecia $1,278.07 Sector 36 Col. Roma Sandoria Turín Venecia $1,278.07 Sector 36 Col. Roma Venecia Turín Gavilán $1,278.07 Sector 37 Nuevo México Av. San Juan de Retana Av. Vallejo Tacuba $2,130.86 Sector 37 Nuevo México Ixtapalapa Av. Vallejo Tacuba $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Ixtacalco Av. Vallejo Tacuba $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Atzacoalco Av. Vallejo Tacuba $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Jamaica Av. Vallejo Tacuba $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Jamaica Tacuba Lagunilla $1,537.52 Sector 37 Nuevo México Sta. María Av. Vallejo Lagunilla $1,370.56 Sector 37 Nuevo México Naucalpan Av. Vallejo Lagunilla $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Tlalpan Av. Vallejo Lagunilla $1,417.94 Sector 37 Nuevo México San Ángel Av. Vallejo Lagunilla $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Coyoacán Av. Vallejo Lagunilla $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Polanco Av. Vallejo Lagunilla $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Ermita Av. Vallejo Lagunilla $1,417.94 Sector 37 Nuevo México San Cosme Av. Vallejo Lagunilla $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Portales Av. Vallejo Lagunilla $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Taxqueña Av. Vallejo Lagunilla $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Luis Lumiere Av. Vallejo Lagunilla $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Av. Vallejo Av. San Juan de Retana Portales $2,042.87 Sector 37 Nuevo México Av. Vallejo Portales Luis Lumiere $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Ninalco Portales Taxqueña $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Tacubaya Portales Taxqueña $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Xochimilco Tlalpan Portales $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Priv. San Ignacio Av. San Juan de Retana Límite de Calle $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Tenoch Av. San Juan de Retana Ixtacalco $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Anáhuac Portales Taxqueña $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Aragón Portales Taxqueña $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Tacuba Av. San Juan de Retana Jamaica $1,537.52 Sector 37 Nuevo México Tacuba Jamaica Sta. María $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Tacuba Tlalpan Polanco $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Peñón Portales Lagunilla $1,417.94 Sector 37 Nuevo México Lagunilla Jamaica Luis Lumiere $2,130.86 Sector 37 12 de Diciembre Malinalco Narvarte Av. Mariano J. García $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Nonoalco Cafetales Narvarte $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Tomatlán Narvarte Av. Mariano J. García $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Loreto Narvarte Av. Mariano J. García $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Indios Verdes Legaría Narvarte $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Observatorio Legaría Narvarte $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Jamaica Cafetales Av. Mariano J. García $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Coltongo Narvarte Límite de Calle $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Popotla Narvarte Av. Mariano J. García $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Providencia Narvarte Av. Mariano J. García $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre San Ángel Lagunilla Av. Mariano J. García $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Xicaltongo Av. Mariano J. García Solidaridad $1,137.06 Sector 37 12 de Diciembre Coyoacán Lagunilla Cafetales $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Polanco Lagunilla Cafetales $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Clavería Lagunilla Cafetales $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Garibaldi Lagunilla Balbuena $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Priv. Balbuena Balbuena Límite de Calle $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Nezahualcóyotl Lagunilla Balbuena $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Taxqueña Lagunilla Xicaltongo $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Luis Lumiere Lagunilla Xicaltongo $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Lagunilla Jamaica Luis Lumiere $2,130.86 Sector 37 12 de Diciembre Balbuena Lagunilla Xicaltongo $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Cafetales Nonoalco Jamaica $1,537.52 Sector 37 12 de Diciembre Cafetales Jamaica Xicaltongo $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Cosmopolita Jamaica Xicaltongo $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Legaría Nonoalco Xicaltongo $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Narvarte Malinalco Xicaltongo $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Toreo Loreto Jamaica $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Satélite Loreto Jamaica $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Pedregal de San Ángel Loreto Jamaica $1,417.94 Sector 37 12 de Diciembre Av. Mariano J. García Malinalco Xicaltongo $5,837.59 Sector 37 Los Álamos Framboyán Avellano Granadillo $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Palmeras Gardenia Picea $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Calandria Picea Granadillo $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Malinalco Av. Mariano J. García Tizapán $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Av. Mariano J. García Av. Insurgentes Malinalco $5,837.59 Sector 37 Los Álamos Tulipán Av. San Juan de Retana Límite de Calle $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Huizache Av. Insurgentes Bejuco $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Granjeno Aladierno Av. San Juan de Retana $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Granaditas Av. San Juan de Retana Malinalco $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Garambullo Aladierno Av. San Juan de Retana $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Orquídea Av. San Juan de Retana Malinalco $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Jabalí Av. Insurgentes Bejuco $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Higo Av. Insurgentes Bejuco $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Priv. Cerezo Av. San Juan de Retana Límite de Calle $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Gardenia Av. San Juan de Retana Culhuacán $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Tizapán Culhuacán Malinalco $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Priv. Eucalipto Av. San Juan de Retana Límite de Calle $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Priv. Álamo Álamo Límite de Calle $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Mezquite Av. Insurgentes Bejuco $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Priv. Mezquite Aladierno Límite de Calle $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Avellano Av. Insurgentes Palmeras $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Oyamel Av. Insurgentes Bejuco $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Ocote Otate Bejuco $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Picea Bejuco Palmeras $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Sándalo Otate Límite de Calle $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Azucena Otate Límite de Calle $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Granadillo Av. Insurgentes Calandria $1,137.06 Sector 37 Los Álamos Priv. Bejuco Higo Límite de Priv. $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Bejuco Av. Mariano J. García Granadillo $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Otate Oyamel Granadillo $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Fresa Ocote Granadillo $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Sauz Picea Granadillo $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Sabino Picea Granadillo $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Olmo Avellano Granadillo $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Jabillo Picea Granadillo $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Tabachin Avellano Granadillo $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Álamo Gardenia Avellano $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Av. San Juan de Retana Av. Mariano J. García Avellano $1,535.25 Sector 37 Los Álamos Aladierno Av. Mariano J. García Avellano $1,535.25 Sector 37 La Lupita Malinalco Av. Mariano J. García Jilguero $1,535.25 Sector 37 La Lupita Tomatlán Av. Mariano J. García Faisán $1,535.25 Sector 37 La Lupita Loreto Av. Mariano J. García Faisán $1,535.25 Sector 37 La Lupita Jamaica Av. Mariano J. García Faisán $1,535.25 Sector 37 La Lupita Xicaltongo Av. Mariano J. García Faisán $1,137.06 Sector 37 La Lupita Palmeras Gardenia Jilguero $1,535.25 Sector 37 La Lupita Culhuacán Tizapán Tlatelolco $1,535.25 Sector 37 La Lupita Av. Mariano J. García Malinalco Xicaltongo $5,837.59 Sector 37 La Lupita La Viga Jamaica Xicaltongo $1,535.25 Sector 37 La Lupita Copilco Loreto Jamaica $1,535.25 Sector 37 La Lupita Zapotla Loreto Xicaltongo $1,535.25 Sector 37 La Lupita Gardenia Palmeras Culhuacán $1,535.25 Sector 37 La Lupita Tizapán Culhuacán Loreto $1,535.25 Sector 37 La Lupita Tlazintla Loreto Xicaltongo $1,535.25 Sector 37 La Lupita Texcoco Tomatlán Loreto $1,535.25 Sector 37 La Lupita Avellano Palmeras Malinalco $1,535.25 Sector 37 La Lupita Axotla Loreto Xicaltongo $1,535.25 Sector 37 La Lupita Priv. Tenayuca Malinalco Límite de Calle $1,535.25 Sector 37 La Lupita Azcatitlán Tomatlán Loreto $1,535.25 Sector 37 La Lupita Xochicalco Xicaltongo Límite de Calle $1,535.25 Sector 37 La Lupita Tlatelolco Palmeras Malinalco $1,535.25 Sector 37 La Lupita Ixtlán Tomatlán Xicaltongo $1,535.25 Sector 37 La Lupita Cuitláhuac Loreto Xicaltongo $1,535.25 Sector 37 La Lupita Faisán Límite de Fracc. Xicaltongo $1,137.06 Sector 37 Col. Los Pinos Xicaltongo San Cosme Estanzuela $1,137.06 Sector 37 Col. Los Pinos Priv. Narvarte Xicaltongo Límite de Calle $1,417.94 Sector 37 Col. Los Pinos San Cosme Xicaltongo Estanzuela $1,137.06 Sector 37 Col. Los Pinos Ixcali Xicaltongo San Cosme $1,417.94 Sector 37 Col. Los Pinos Zacatenco Xicaltongo San Cosme $1,417.94 Sector 37 Col. Los Pinos Av. Mariano J. García Xicaltongo San Cosme $5,837.59 Sector 37 Col. Los Pinos Zapotla Xicaltongo San Cosme $1,417.94 Sector 37 Col. Los Pinos Tlacintla Xicaltongo San Cosme $1,417.94 Sector 37 Col. Los Pinos Citlali Xicaltongo San Cosme $1,417.94 Sector 37 Col. Los Pinos Roble Xicaltongo San Cosme $1,417.94 Sector 37 Col. Los Pinos Estanzuela Xicaltongo San Cosme $1,137.06 Sector 37 Col. Primavera Calandria Jilguero Faisán $1,535.25 Sector 37 Col. Primavera Canario Jilguero Ruiseñor $1,417.94 Sector 37 Col. Primavera Colibrí Jilguero Ruiseñor $1,417.94 Sector 37 Col. Primavera Golondrina Jilguero Faisán $1,417.94 Sector 37 Col. Primavera Pavo Real Jilguero Ruiseñor $1,417.94 Sector 37 Col. Primavera Malinalco Jilguero Faisán $1,417.94 Sector 37 Col. Primavera Jilguero Calandria Malinalco $1,537.52 Sector 37 Col. Primavera Ruiseñor Calandria Malinalco $1,417.94 Sector 37 Col. Primavera Faisán Calandria Malinalco $1,137.06 Sector 37 San Juan de Retana Av. Insurgentes Fco. I. Madero Av. Mariano J. García $7,100.99 Sector 37 San Juan de Retana Manuel Gómez Pedraza Fco. I. Madero Pedro Ascencio $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Pedro Ascencio México Juan de la Barrera $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Pedro Ma. Anaya Fco. I. Madero Siembra $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Maíz Juan de la Barrera Fernando Montes de Oca $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Trigo Pedro Celestino Negrete Fernando Montes de Oca $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Villacoapa Siembra Juan de la Barrera $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Sorgo Pedro Celestino Juan de la Barrera $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Juan Aldama Siembra Pedro Ascencio $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Priv. Corral F. Zuloaga Límite de Privada $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Arroz Pedro Ascencio Av. San Juan de Retana $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Av. San Juan de Retana Tacuba Av. Mariano J. García $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Ixtapalapa Tacuba Lagunilla $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Peralvillo Tacuba Lagunilla $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Atzacoalco Tacuba Lagunilla $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Mextitla Tacuba Lagunilla $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana México Lagunilla Av. Mariano J. García $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Priv. Lagunilla Lagunilla Límite de Privada $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Tomatlán Lagunilla Cafetales $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Jamaica Tacuba Cafetales $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Malinalco Narvarte Av. Mariano J. García $1,417.94 Sector 37 San Juan de Retana Priv. Xalostoc Av. Mariuano J. García Límite de Privada $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Nonoalco Cafetales Narvarte $1,417.94 Sector 37 San Juan de Retana Tacuba Av. San Juan de Retana Jamaica $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Lagunilla Av. San Juan de Retana Jamaica $2,130.86 Sector 37 San Juan de Retana Priv. México México Límite de Privada $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Priv. Avena Av. San Juan de Retana Límite de Privada $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana F. Zuloaga Siembra Av. San Juan de Retana $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Francisco I. Madero Av. Insurgentes Siembra $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Siembra Fco. I. Madero Av. San Juan de Retana $2,042.87 Sector 37 San Juan de Retana Priv. Manuel Gomez Pedraza Manuel Gomez Pedraza Límitre de Privada $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Cafetales Av. San Juan de Retana Jamaica $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Pedro Celestino Negrete Av. San Juan de Retana $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Priv. Xalostoc Av. San Juan de Retana Límite de Privada $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Narvarte Malinalco Nonoalco $1,417.94 Sector 37 San Juan de Retana Juan de la Barrera Av. Insurgentes Av. San Juan de Retana $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Priv. Trigo Trigo Límite de Privada $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Fernando Montes de Oca Av. San Juan de Retana Límite de Calle $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana La Huerta Av. San Juan de Retana Av. Mariano J. García $1,537.52 Sector 37 San Juan de Retana Av. Mariano J. García Av. Insurgentes Malinalco $5,837.59 Sector 38 Col. Azteca Cuauhtémoc Tenochtitlán Libramiento Irapuato -Salamanca $851.67 Sector 38 Col. Azteca M. Ponce Emiliano Zapata Mariano Abasolo $851.67 Sector 38 Col. Azteca Héroe de Nacozari Emiliano Zapata Límite de Fracc. $851.67 Sector 38 Col. Azteca Malinche Arroyo Límite de Fracc. $851.67 Sector 38 Col. Azteca Moctezuma Arroyo Límite de Fracc. $851.67 Sector 38 Col. Azteca Tenochtitlan Límite de Fracc. Límite de Fracc. $851.67 Sector 38 Col. Azteca Fco. I Madero Límite de Fracc. Límite de Fracc. $851.67 Sector 38 Col. Azteca Manuel M. Ponce Emiliano Zapata Límite de Fracc. $851.67 Sector 38 Col. Azteca Benito Juárez Mariano Abasolo Emiliano Zapata $851.67 Sector 38 Col. Azteca Priv. Emiliano Zapata Mariano Abasolo Emiliano Zapata $851.67 Sector 38 Col. Azteca Emiliano Zapata Fco. I Madero Mariano Abasolo $851.67 Sector 38 Col. Azteca Arroyo Libramiento Irapuato - Salamanca Límite de Fracc. $851.67 Sector 38 Villas de San Cayetano Río San Juan Límite de Fracc. Río Tecolutla $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Andador Laguna de Yuriria Río Zula Río Meztitlán $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Andador A Río Meztitlán Río Duero $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Andador B Río Duero Río Aguanaval $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Andador Laguna de Yuriria Río Aguanaval Río Coatzacoalcos $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Andador B Río Coatzacoalcos Río Uxpanepa $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Av. RíoGuanajuato Límite de Fracc. Aquiles Serdán $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Mayo Río Coatzacoalcos Río Hondo $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Casas Grandes Río Suchiate Río Papagallo $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Sonora Río Suchiate Río Papagallo $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Culiacán Límite de Fracc. Prol. José Ma. Morelos y Pavón $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Salado Río San Juan Río Duero $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río de los Gómez Río San Juan Río Salado $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Angulo Río San Juan Río Salado $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Zula Andador Laguna de Yuriria Río Salado $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Meztitlán Andador Laguna de Yuriria Río Salado $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Duero Andador B Río Salado $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Aguanaval Río San Juan Límite de Fracc. $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Tempoal Río San Juan Límite de Fracc. $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Querétaro Río San Juan Límite de Fracc. $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Coatzacoalcos Río San Juan Río Mayo $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Santa María Río San Juan Av. RíoGuanajuato $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Tampaon Río San Juan Av. RíoGuanajuato $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Hondo Río San Juan Río Culiacán $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Tecolutla Límite de Fracc. Río Culiacán $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Fuerte Límite de Fracc. Río Culiacán $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Candelaria Límite de Fracc. Río Culiacán $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Uxpanepa Límite de Fracc. Río Culiacán $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Suchiate Límite de Fracc. Río Culiacán $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Tehuantepec Límite de Fracc. Av. RíoGuanajuato $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Verde Límite de Fracc. Av. RíoGuanajuato $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Papagallo Av. RíoGuanajuato Río Culiacán $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Guayalejo Límite de Fracc. Av. RíoGuanajuato $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Prol. José Ma. Morelos y Pavón Av. RíoGuanajuato Rectificación Arrollo Santa Rita $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Armenia Límite de Fracc. Av. RíoGuanajuato $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río San Pedro Av. RíoGuanajuato Río Moctezuma $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Jaltepec Límite de Fracc. Av. RíoGuanajuato $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río la Gavia Av. RíoGuanajuato Prol. José Ma. Morelos y Pavón $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Río Moctezuma Av. RíoGuanajuato Prol. José Ma. Morelos y Pavón $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Av. Río Santa Rita Mariano Abasolo Límite de Fracc. $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Mariano Abasolo Av. Río Santa Rita Río Sabinas $1,137.06 Sector 38 Villas de San Cayetano Melchor Ocampo Av. Río Santa Rita Río Sabinas $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Javier Mina Av. Río Santa Rita Río Sabinas $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Francisco Villa Av. Río Santa Rita Río Sabinas $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Pedro Moreno Sur Av. Río Santa Rita Río Sabinas $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Nicolás Bravo Av. Río Santa Rita Río Sabinas $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Pedro Ascencio Av. Río Santa Rita Río Sabinas $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Juan Alvarez Av. Río Santa Rita Río Sabinas $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Guadalupe Victoria Av. Río Santa Rita Río Sabinas $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Vicente Guerrero Av. Río Santa Rita Río Sabinas $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano José Ma. Morelos y Pavón Av. Río Santa Rita Río Sabinas $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Mariano Matamoros Av. Río Santa Rita Río Sabinas $1,412.30 Sector 38 Villas de San Cayetano Ignacio López Rayón Av. Río Santa Rita Río Sabinas $1,412.30 Sector 38 Francisco Villa R. Zona Federal Aquiles Serdán Felipe Carrillo Puerto $1,459.68 Sector 38 Francisco Villa Salvador Díaz Mirón Aquiles Serdán Felipe Carrillo Puerto $1,459.68 Sector 38 Francisco Villa Aquiles Serdán R. Zona Federal Arroyo Santa Maria $1,459.68 Sector 38 Francisco Villa Francisco León de la Barrera R. Zona Federal Arroyo Santa Maria $1,459.68 Sector 38 Francisco Villa Adolfo Huerta R. Zona Federal Arroyo Santa Maria $1,459.68 Sector 38 Francisco Villa Venustiano Carranza R. Zona Federal Arroyo Santa Maria $1,459.68 Sector 38 Francisco Villa José Ma. Pino Suárez R. Zona Federal Salvador Díaz Mirón $1,459.68 Sector 38 Francisco Villa Belisario Domínguez R. Zona Federal Salvador Díaz Mirón $1,459.68 Sector 38 Francisco Villa Felipe Carrillo Puerto R. Zona Federal Salvador Díaz Mirón $1,459.68 Sector 38 Constitución de Apatzingan 2da Sección Miguel Hidalgo Mariano Abasolo Av. José Maria Morelos y Pavón $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan 2da Sección Mariano Abasolo Miguel Hidalgo Av. José Maria Morelos y Pavón $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan 2da Sección Melchor Ocampo Miguel Hidalgo Mariano Abasolo $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan 2da Sección Francisco Javier Mina Miguel Hidalgo Mariano Abasolo $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan 2da Sección Francisco Villa Miguel Hidalgo Mariano Abasolo $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan 2da Sección Pedro Moreno Miguel Hidalgo Mariano Abasolo $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan 2da Sección Nicolás Bravo Miguel Hidalgo Mariano Abasolo $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan 2da Sección Pedro Ascencio Miguel Hidalgo Mariano Abasolo $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan 2da Sección Juan Álvarez Miguel Hidalgo Mariano Abasolo $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan 2da Sección Guadalupe Victoria Miguel Hidalgo Mariano Abasolo $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan 2da Sección Vicente Guerrero Miguel Hidalgo Mariano Abasolo $1,137.06 Sector 38 Ampliación de Apatzingán Narcizo Mendoza Puerto Márquez Benito Juárez $1,412.30 Sector 38 Ampliación de Apatzingán José María Coss Río Sabinas Benito Juárez $1,412.30 Sector 38 Ampliación de Apatzingán Ignacio López Rayón Río Sabinas Benito Juárez $1,412.30 Sector 38 Ampliación de Apatzingán Mariano Matamoros Río Sabinas Benito Juárez $1,412.30 Sector 38 Ampliación de Apatzingán Av. José Ma. Morelos y Pavón Río Sabinas Constituyentes Del 17 $1,412.30 Sector 38 Ampliación de Apatzingán Vicente Guerrero Río Sabinas Constituyentes Del 17 $1,412.30 Sector 38 Ampliación de Apatzingán Guadalupe Victoria Río Sabinas Constituyentes Del 17 $1,412.30 Sector 38 Ampliación de Apatzingán Juan Álvarez Río Sabinas Constituyentes Del 17 $1,412.30 Sector 38 Ampliación de Apatzingán Pedro Ascencio Río Sabinas Constituyentes Del 17 $1,412.30 Sector 38 Ampliación de Apatzingán Nicolás Bravo Río Sabinas Constituyentes Del 17 $1,412.30 Sector 38 Ampliación de Apatzingán Pedro Moreno Río Sabinas Constituyentes Del 17 $1,412.30 Sector 38 Ampliación de Apatzingán Francisco Villa Río Sabinas Constituyentes Del 17 $1,412.30 Sector 38 Ampliación de Apatzingán Francisco Javier Mina Río Sabinas Constituyentes Del 17 $1,412.30 Sector 38 Ampliación de Apatzingán Melchor Ocampo Río Sabinas Constituyentes Del 17 $1,412.30 Sector 38 Ampliación de Apatzingán Mariano Abasolo Río Sabinas Constituyentes Del 17 $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan Felipe Ángeles Límite Poniente Límite Oriente $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan Andrés Quintana Roo Límite Poniente Límite Oriente $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan Narcizo Mendoza Límite Poniente Límite Oriente $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan José María Coss Límite Poniente Límite Oriente $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan Ignacio López Rayón Emiliano Zapata Miguel Hidalgo $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan Mariano Matamoros Límite Oriente Límite Poniente $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan Av. José Ma. Morelos y Pavón Constituyentes del 17 Miguel Hidalgo $1,417.94 Sector 38 Constitución de Apatzingan Vicente Guerrero Constituyentes del 17 Miguel Hidalgo $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan Guadalupe Victoria Constituyentes del 17 Hermenegildo Galeana $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan Juan Álvarez Constituyentes del 17 Hermenegildo Galeana $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan Pedro Ascencio Constituyentes del 17 Miguel Hidalgo $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan Nicolás Bravo Constituyentes del 17 Hermenegildo Galeana $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan Pedro Moreno Constituyentes del 17 Hermenegildo Galeana $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan Francisco Villa Constituyentes del 17 Hermenegildo Galeana $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan Francisco Javier Mina Constituyentes del 17 Hermenegildo Galeana $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan Melchor Ocampo Constituyentes del 17 Hermenegildo Galeana $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan Andrés Quintana Roo Límite poniente Límite de Fracc. $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan Felipe Ángeles Límite poniente Límite de Fracc. $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan Mariano Abasolo Constituyentes del 17 Miguel Hidalgo $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Mariano Abasolo Mariano Abasolo Av. José Maria Morelos y Pavón $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Francisco Villa Mariano Abasolo Límite Oriente $1,417.94 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Pedro Moreno Mariano Abasolo Límite Oriente $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Nicolas Bravo Mariano Abasolo Límite Oriente $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Pedro Ascencio Mariano Abasolo Límite Oriente $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Juan Alvarez Av. de las Torres Límite Oriente $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Guadalupe Victoria Mariano Abasolo Límite Oriente $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Av. de las Torres Mariano Abasolo José Ma. Morelos y Pavón $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Vicente Guerrero Mariano Abasolo Av. de las Torres $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Av. José María Morelos y Pavón Mariano Abasolo Constitucionalistas $1,417.94 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Av. José María Morelos y Pavón Constitucionalistas Límite oriente $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Mariano Matamoros Límite Oriente Límite Poniente $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Ignacio López Rayón Límite Oriente Límite Poniente $1,417.94 Sector 38 Constitución de Apatzingan II José María Coss Límite Oriente Límite Poniente $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Narcizo Mendoza Límite Oriente Límite Poniente $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Andrés Quintana Roo Límite Oriente Límite Poniente $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Felipe Ángeles Límite Oriente Límite Poniente $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Martín Fierro Límite Oriente Límite Poniente $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Calle sin nombre Límite Oriente Límite Poniente $1,137.06 Sector 38 Constitución de Apatzingan II Constitucionalistas Av. José Ma. Morelos y Pavón Límite Poniente $1,417.94 Sector 39 Fracc. Lomas de Españita Av. de Las Lomas Cascadas de las Manzanas Loma Verde $2,684.73 Sector 39 Fracc. Lomas de Españita Loma Verde Av. de Las Lomas Av. de Las Lomas $2,684.73 Sector 39 Fracc. Lomas de Españita Loma Bonita Cascadas de las Manzanas Loma linda $2,684.73 Sector 39 Fracc. Lomas de Españita Loma Hermosa Loma Bonita Rio Silao $2,684.73 Sector 39 Fracc. Lomas de Españita Loma Linda Loma Bonita Rio Silao $2,684.73 Sector 39 Fracc. Lomas de Españita Cascadas de las Manzanas Cuarto Cinturón Vial Rio Silao $2,684.73 Sector 39 Col. Bella Vista Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 39 Vista Hermosa Calles urbanizadas - - $2,684.73 Sector 39 Vista Hermosa Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 40 Arandas 20 de noviembre Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 40 Arandas Comonfort Morelos Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 40 Arandas Díaz Ordáz 5 de Mayo Morelos $1,135.93 Sector 40 Arandas Vicente Guerrero Av. Arandas Morelos $1,135.93 Sector 40 Arandas Principal Vicente Guerrero Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 40 Arandas 18 de Marzo Lím. de Col. Norte 5 de Mayo $1,135.93 Sector 40 Arandas Colón Lím. de Col. Norte 5 de Mayo $1,135.93 Sector 40 Arandas Galeana Vicente Guerrero Terracería $1,135.93 Sector 40 Arandas Terracería Galeana Vicente Guerrero $1,135.93 Sector 40 Arandas General Anaya Priv. Zaragoza Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 40 Arandas Priv. Zaragoza Lerdo de Tejada Límite de Priv. $1,135.93 Sector 40 Arandas Niños Héroes Lerdo de Tejada Límite de calle $1,135.93 Sector 40 Arandas Av. Arandas Límite de Fracc. Límite de Fracc. $2,684.73 Sector 40 Arandas 5 de Mayo 20 de noviembre Vicente Guerrero $1,135.93 Sector 40 Arandas Lerdo de Tejada Priv. Zaragoza Niños Héroes $1,135.93 Sector 40 Arandas Lopéz García Principal Límite de calle $1,135.93 Sector 40 Arandas Morelos Principal 20 de Noviembre $1,135.93 Sector 40 La Presita de La Garrida Priv. López Mateos Límite de Fracc. Carr.Estatal Irapuato-Romita $552.74 Sector 40 Camino Real de lo de Juaréz Av. Arandas Límite de Fracc. 4to Cinturón Vial $2,684.73 Sector 40 Camino Real de lo de Juaréz San Juan Bosco Límite de Fracc. 4to Cinturón Vial $1,097.58 Sector 40 Camino Real de lo de Juaréz 4to Cinturón Vial Límite de Fracc. Límite de Fracc. $4,060.93 Sector 40 Fracc. Galaxia el Naranjal Circuito Oceano Inicio Circuito Océano Fin Circuito Océano $1,535.25 Sector 40 Fracc. Galaxia el Naranjal Circuito Costas Corral Corral $1,535.25 Sector 40 Fracc. Galaxia el Naranjal Corral Circuito Océano Circuito Costas $1,535.25 Sector 40 Fracc. Galaxia el Naranjal Embarcadero Circuito Océano Circuito Océano $1,535.25 Sector 40 Fracc. Galaxia el Naranjal Caracol Circuito Océano Circuito Océano $1,535.25 Sector 40 Fracc. Galaxia el Naranjal Archipiélagos Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,535.25 Sector 40 Fracc. Galaxia el Naranjal Circuito Estrella de Mar Circuito Costas Corral $1,535.25 Sector 40 Fracc. Galaxia el Naranjal Palmira Circuito Costas Circuito Estrella de Mar $1,535.25 Sector 40 Fracc. Galaxia el Naranjal Arrecife Circuito Costas Corral $1,535.25 Sector 40 La Giralda Residencial Andalus Jerez de La Frontera Algeciras $5,370.58 Sector 40 La Giralda Residencial ál-Andalus Algeciras Límite de Fracc. $5,370.58 Sector 40 La Giralda Residencial Jeréz de la frontera Límite de Fracc. Límite de Fracc. $5,370.58 Sector 40 La Giralda Residencial Linares Límite de Fracc. Andalus $5,370.58 Sector 40 La Giralda Residencial Fuengirola Andalus Límite de Fracc. $5,370.58 Sector 40 La Giralda Residencial Motril Límite de Fracc. Andalus $5,370.58 Sector 40 La Giralda Residencial Casares Andalus Límite de Fracc. $5,370.58 Sector 40 La Giralda Residencial Marchena Límite de Fracc. Andalus $5,370.58 Sector 40 La Giralda Residencial Barrameda Andalus Límite de Fracc. $5,370.58 Sector 40 La Giralda Residencial Torremolinos Límite de Fracc. Andalus $5,370.58 Sector 40 La Giralda Residencial Algeciras Andalus Límite de Fracc. $5,370.58 Sector 40 La Giralda Residencial 4to Cinturón Vial Límite de Fracc. Límite de Fracc. $4,203.06 Sector 40 Galaxia Real de Arandas Cobre Acero Bronce $1,535.25 Sector 40 Galaxia Real de Arandas Ámbar Oro Granate $1,535.25 Sector 40 Galaxia Real de Arandas Platino Acero Límite de calle $1,535.25 Sector 40 Galaxia Real de Arandas Aguamarina Oro Granate $1,535.25 Sector 40 Galaxia Real de Arandas Hierro Acero Oro $1,535.25 Sector 40 Galaxia Real de Arandas Plata Ágata Oro $1,535.25 Sector 40 Galaxia Real de Arandas Ágata Hierro Límite de Fracc. $1,535.25 Sector 40 Galaxia Real de Arandas Acero Límite de Fracc. Hierro $1,535.25 Sector 40 Galaxia Real de Arandas Bronce Límite de calle Platino $1,535.25 Sector 40 Galaxia Real de Arandas Oro Agata Límite de Calle $1,535.25 Sector 40 Galaxia Real de Arandas Jade Límite de Calle Aguamarina $1,535.25 Sector 40 Galaxia Real de Arandas Granate Agata Ambar $1,535.25 Sector 40 Col. Valle Real 3ra. Secc. Valle de San Fernando Límite de Fracc. Límite de Fracc. $3,551.06 Sector 40 Col. Valle Real 3ra. Secc. Valle del Cauca Valle de San Fernando Valle de Rift $3,551.06 Sector 40 Col. Valle Real 3ra. Secc. Valle de Rift Límite de Fracc. Límite de Fracc. $3,551.06 Sector 40 Fracc. Residencial San Marino Circuito Giardino Inicio de circuito Fin de circuito $3,618.74 Sector 40 Fracc. Residencial San Marino Av. San Marino Límite de Fracc. 4to. Cinturón Vial $3,618.74 Sector 40 Fracc. Residencial San Marino Serra Valle Circuito Giardino Circuito Giardino $3,618.74 Sector 40 Fracc. Residencial San Marino Grimano Circuito Giardino Circuito Giardino $3,618.74 Sector 40 Fracc. Residencial San Marino Monte Titanio Circuito Giardino Circuito Giardino $3,618.74 Sector 40 Fracc. Residencial San Marino Fiorentino Circuito Giardino Circuito Giardino $3,618.74 Sector 40 Fracc. Residencial San Marino 4to. Cinturón Vial Límite de Fracc. Límite de Fracc. $4,203.06 Sector 40 Col. Valle Real 2da Sección Valle del Danubio Límite de Fracc. Valle de Napa $3,551.06 Sector 40 Col. Valle Real 2da Sección Valle Central Límite de calle Límite de Fracc. $3,551.06 Sector 40 Col. Valle Real 2da Sección Valle de Napa Límite de Fracc. Límite de Fracc. $3,551.06 Sector 40 Col. Valle Real 2da Sección Valle del Ródano Valle delDanubio Límite de Fracc. $3,551.06 Sector 40 Col. Valle Real 2da Sección Valle del Ambles Límite de calle Valle de Napa $3,551.06 Sector 40 Col. Valle Real 2da Sección Valle del Colca Límite de calle Valle de Napa $3,551.06 Sector 40 Col. Valle Real 2da Sección Valle de Los Reyes Valle Central Valle de Napa $3,551.06 Sector 40 Col. Valle Real 2da Sección Valle del Lindo Valle Central Valle de Napa $3,551.06 Sector 40 Col. Valle Real 1ra Sección Av. Valle Real Límite de Fracc. 4to. Cinturón Vial $3,551.06 Sector 40 Col. Valle Real 1ra Sección Valle de Bravo Límite de Fracc. Valle de Loira $3,551.06 Sector 40 Col. Valle Real 1ra Sección Valle del Nilo Av. Valle Real Valle de Bravo $3,551.06 Sector 40 Col. Valle Real 1ra Sección Valle del Ebro Av. Valle Real Valle de Bravo $3,551.06 Sector 40 Col. Valle Real 1ra Sección Valle del Loira Av. Valle Real Valle de Bravo $3,551.06 Sector 40 Col. Valle Real 1ra Sección 4to. Cinturón Vial Límite de Fracc. Límite de Fracc. $4,203.06 Sector 40 Puerta Diamante Calles urbanizadas - - $3,618.74 Sector 40 Puerta Diamante 4to. Cinturón Vial Límite de Fracc. Límite de Fracc. $4,203.06 Sector 40 Vivanto Residencial Valle de la Luna Límite de Priv. Norte Límite de Priv. Sur $3,551.06 Sector 41 Col. San Francisco Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 41 Col. San Francisco Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 41 Col. San Francisco Calles en terracería sin servicio - - $552.74 Sector 41 Col. San Francisco Vallarta Carretera Federal 45Irapuato-Silao Calle del Arrollo $1,417.94 Sector 41 Col. Guadalupe Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 41 Col. Guadalupe Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 41 Col. Guadalupe Calles en terracería sin servicio - - $552.74 Sector 41 Aldama Calles pavimentadas - - $1,417.94 Sector 41 Aldama Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 41 Aldama Calles en terracería sin servicio - - $552.74 Sector 41 Aldama Vallarta Calle del Arrollo Panteón $1,417.94 Sector 41 Ampliación Col. San José Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 41 Ampliación Col. San José Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 41 Ampliación Col. San José Calles en terracería sin servicio - - $552.74 Sector 41 Col. El Plan Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 41 Col. El Plan Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 41 Col. El Plan Calles en terracería sin servicio - - $552.74 Sector 41 Col. Mirador del Valle Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 41 Col. Mirador del Valle Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 41 Col. Mirador del Valle Calles en terracería sin servicio - - $552.74 Sector 42 El Copal Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 42 El Copal Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 42 El Copal Calles en terracería sin servicio - - $552.74 Sector 42 Presa San José Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 42 Presa San José Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 42 Presa San José Calles en terracería sin servicio - - $552.74 Sector 43 Urbi Villa del Rey Av. Andalucía Sur Av. Montes de León Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Av. Providencia de Aragón Av. Camino de Los Reyes Av. Montes de León $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Bolonia Torrijas Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Av. Andalucía Norte Límite de Fracc. Av. Camino de Los Reyes $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Av. Corona Real Límite de Fracc. Límite de Calle $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey La Torre Monreal Av. Montes de León $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Sarracenos Av. Montes de León Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Toulon Av. Camino de Los Reyes Torres $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Cádiz Monreal Av. Montes de León $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Templarios Av. Montes de León Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Almeria Límite de Fracc. Av. Camino de Los Reyes $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Torres Av. Camino de Los Reyes Av. Corona Real $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Yeste Monreal Av. Montes de León $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Alcázar Av. Montes de León Terminó Calle Alcázar $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Vicenza Numancia Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Trento Almeria Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Trevelez Av. Corona Real Almeria $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Av. Camino de Los Reyes Av. Provincia de Aragón Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Borja Av. Provincia de Aragón Av. Corona Real $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Alcalá Av. Corona Real Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Ibiza Av. Provincia de Aragón Av. Corona Real $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Galarde Av. Corona Real Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Andorra Av. Provincia de Aragón Av. Corona Real $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Monreal Av. Corona Real Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Torrenueva Av. Provincia de Aragón Av. Corona Real $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Fuenteventura Av. Provincia de Aragón Av. Corona Real $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Av. Montes de León Av. Andalucía Sur Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Torrijas Av. Andalucía Sur Av. Corona Real $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Alamillo Alcázar Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Burgos Templarios Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Yelmos Templarios Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 43 Urbi Villa del Rey Numancia Av. Corona Real Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 43 Fracc. Loma Bonita Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 43 Fracc. Loma Bonita Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 43 Fracc. Loma Bonita Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 43 Rancho San Roque Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 43 Rancho San Roque Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 43 Rancho San Roque Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 44 Privada San José Nogales Encinos Laureles $3,502.55 Sector 44 Privada San José Agaves Encinos Laureles $3,502.55 Sector 44 Privada San José Abedules Encinos Laureles $3,502.55 Sector 44 Privada San José Ciprés Encinos Laureles $3,502.55 Sector 44 Privada San José Ahuehuetes Encinos Laureles $3,502.55 Sector 44 Privada San José Pinares Encinos Laureles $3,502.55 Sector 44 Privada San José Álamos Paseo del Piloncillo Laureles $3,502.55 Sector 44 Privada San José Pirules Alamos Pinares $3,502.55 Sector 44 Privada San José Citrinos Jade Arenales $3,502.55 Sector 44 Privada San José Paseo del Piloncillo Paseo de Piedra Jade Límite de Calle $3,502.55 Sector 44 Privada San José Paseo de Piedra Jade Paseo Piedra de Piedra Citrinos $3,502.55 Sector 44 Privada San José Arenales Paseo Piedra de Luna Citrinos $3,502.55 Sector 44 Privada San José Encinos Nogales Álamos $3,502.55 Sector 44 Privada San José Laureles Nogales Álamos $3,502.55 Sector 44 Privada Alisos Calles urbanizadas - - $3,502.55 Sector 44 Privada Piedra del Sol Calles urbanizadas - - $3,502.55 Sector 44 Privada Romerales Calles urbanizadas - - $3,502.55 Sector 44 Privada Puerta Purchena Calles urbanizadas - - $3,502.55 Sector 45 Villas de Bernalejo Madre Teresa de Calcuta (circuito) Av. Juan Pablo II (norte) Clúster Manzana 4 (poniente) $4,260.59 Sector 45 Villas de Bernalejo San Gerardo Madre Teresa de Calcuta San Sebastián $3,502.55 Sector 45 Villas de Bernalejo Del Dorado San Gerardo (norte) Límite de calle del Dorado $3,502.55 Sector 45 Villas de Bernalejo Los Bosques San Gerardo (norte) De la Pila $3,502.55 Sector 45 Villas de Bernalejo Del Molino San Gerardo (norte) De la Pila $3,502.55 Sector 45 Villas de Bernalejo San Sebastián Límite de calle San Sebastián De la Pila $3,502.55 Sector 45 Villas de Bernalejo Av. Juan Pablo II Carretera Estatal Irapuato- Cuerámaro Límite de Fracc. $4,260.59 Sector 45 Villas de Bernalejo De la Pila San Gerardo (oeste) Av. Juan Pablo II $3,502.55 Sector 45 Villas de Bernalejo De Minería San Gerardo (oeste) Av. Juan Pablo II $3,502.55 Sector 45 Villas de Bernalejo Av. del Picacho Madre Teresa de Calcuta Av. Juan Pablo II $3,502.55 Sector 45 Villas de Bernalejo Condominio 1 Villas deBernalejo condominio 1 Villas de Bernalejo condominio 1 $5,370.58 Sector 45 Villas de Bernalejo Manzana catastral 5 Av. Juan Pablo II (norte) San Gerardo $3,502.55 Sector 45 Villas de Bernalejo Manzana catastral 1 Condominio 1 Av. del Cubilete $3,502.55 Sector 45 Villas de Bernalejo Manzana catastral 6 Madre Teresa de Calcuta Av. del Picacho $3,502.55 Sector 45 Villas de Bernalejo Manzana catastral 7 Av. del Picacho Av. del Cubilete $3,502.55 Sector 45 Villas de Bernalejo Manzana catastral 8 Av. del Picacho Av. del Cubilete $3,502.55 Sector 45 Villas de Bernalejo Manzana catastral 9 Madre Teresa de Calcuta (poniente) Av. del Cubilete $3,502.55 Sector 45 Villas de Bernalejo Manzana catastral 4 Madre Teresa de Calcuta (norte) Madre Teresa de Calcuta (poniente) $3,502.55 Sector 45 Colinas del Rio I Calles urbanizadas - - $2,684.73 Sector 45 Colinas del Rio II Calles urbanizadas - - $2,684.73 Sector 45 El Molino Calles en breña - - $552.74 Sector 45 Fracc. Pueblito Lindo Av. Pueblito Lindo Carretera Estatal Irapuato- Cuerámaro Fin Av. Pueblito Lindo $3,151.73 Sector 45 Fracc. Pueblito Lindo Calles pavimentadas - - $3,035.54 Sector 45 Villas de Aragón (Villas de Bernalejo) Calles Interiores Límite de Priv. Límite de Priv. $3,502.66 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Cirilo Arenas Gabriel Tepepa Gustavo Bazprada $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata José Zapata Gabriel Tepepa Gustavo Bazprada $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Feliciano Palacios Límite de Fracc. Gustavo Bazprada $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Francisco V. Pacheco Gabriel Tepepa Gustavo Bazprada $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Luis Cabrera Límite de Fracc. Gustavo Bazprada $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Serafín Robles Robledo Límite de Fracc. Gustavo Bazprada $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Av. Vasco de Quiroga Límite de Fracc. Límite de Fracc. $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Efraín Capiz Villegas Gabriel Tepepa Gustavo Bazprada $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Gildardo Magaña Manuel Palafox Gustavo Bazprada $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Carlos Reyes Avilés Manuel Palafox Gustavo Bazprada $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Andrés Ávila Barrera Gabriel Tepepa Gustavo Bazprada $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Mateo Díaz Lozano Manuel Palafox Gustavo Bazprada $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Lorenzo Vázquez Manuel Palafox Gustavo Bazprada $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Av. del Parque Límite de Fracc. Límite de Fracc. $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Antonio Villareal Gabriel Tepepa Gustavo Bazprada $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Gabriel Tepepa Camino a la Virgen Antonio Villareal $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Amador Acevedo Francisco V. Pacheco Luis Cabrera $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Manuel Palafox Efraín Capiz Villegas Av. del Parque $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Teófilo Abundez Francisco V. Pacheco Luis Cabrera $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata San Juan Sarabia Francisco V. Pacheco Antonio Villareal $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Amador Salazar Límite de Fracc. Luis Cabrera $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Genaro Amezcua Francisco V. Pacheco Luis Cabrera $552.74 Sector 46 Comunal Emiliano Zapata Gustavo Bazprada Límite de Fracc. Antonio Villareal $552.74 Sector 46 San Francisco de la Cruz Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 46 San Francisco de la Cruz Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 46 San Francisco de la Cruz Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 46 Residencial Arboledas Calles urbanizadas - - $2,101.54 Sector 47 Hacienda Aldama Cerrada Hacienda La Cantera - - $3,070.51 Sector 47 Hacienda Aldama Cerrada Hacienda Peñuelas - - $3,070.51 Sector 47 Hacienda Aldama Cerrada Hacienda La Noria - - $3,070.51 Sector 48 La Calera Calles pavimentadas - - $1,417.94 Sector 48 La Calera Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 48 La Calera Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 48 Smart Park Calles urbanizadas - - $1,401.02 Sector 48 San Vicente Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 48 San Vicente Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 48 San Vicente Calles en terracería sin servicio - - $552.74 Sector 49 El Carmen Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 49 El Carmen Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 49 El Carmen Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 49 Tomelópez Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 49 Tomelópez Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 49 Tomelópez Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 50 Fracc. La Rioja Calles interiores - - $2,130.86 Sector 50 Carmelitas II Primera Secc. Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 50 Carmelitas II Primera Secc. Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 50 Carmelitas II Primera Secc. Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 50 Ejido del Carmen Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 50 Ejido del Carmen Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 50 Ejido del Carmen Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 50 Rancho Zahurda Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 50 Rancho Zahurda Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 50 Rancho Zahurda Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 51 Castro del Río Av. Río San Lorenzo Carretera Federal 45Irapuato. Silao Límite de Fracc. $1,868.03 Sector 51 Castro del Río Río Ganges Límite de Fracc. Av. Río San Lorenzo $1,680.77 Sector 51 Castro del Río Río Yodo Límite de Fracc. Av. Río San Lorenzo $1,680.77 Sector 51 Castro del Río Río Hurón Límite de Fracc. Av. Río San Lorenzo $1,680.77 Sector 51 Bosques del Camino Real Calle en breña - - $552.74 Sector 51 Lomas del Marqués Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 51 Lomas del Marqués Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 51 Lomas del Marqués Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 51 Loma de Juárez Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 51 Loma de Juárez Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 51 Hermano Mateo Orquídea Alianza Camino Real $851.67 Sector 51 Hermano Mateo Lirio Alianza Violeta $851.67 Sector 51 Hermano Mateo Lirio Violeta Camino Real $552.74 Sector 51 Hermano Mateo Clavel Alianza Violeta $851.67 Sector 51 Hermano Mateo Clavel Violeta Camino Real $552.74 Sector 51 Hermano Mateo Salvador Mosqueda Alianza Camino Real $851.67 Sector 51 Hermano Mateo Azucena Alianza Camino Real $851.67 Sector 51 Hermano Mateo Jazmín Alianza Camino Real $851.67 Sector 51 Hermano Mateo Girasol Alianza Bugambilias $552.74 Sector 51 Hermano Mateo Girasol Bugambilias Camino Real $851.67 Sector 51 Hermano Mateo Camino Real Límite Norte Límite Sur $552.74 Sector 51 Hermano Mateo Violeta Orquídea Azucena $552.74 Sector 51 Hermano Mateo Nardo Orquídea Girasol $552.74 Sector 51 Hermano Mateo Gladiola Orquídea Girasol $552.74 Sector 51 Hermano Mateo Bugambilia Límite Norte Límite Sur $851.67 Sector 51 Hermano Mateo Alianza Límite Norte Límite Sur $851.67 Sector 51 Hermano Mateo Hermano Mateo (Acceso) Carretera Irapuato - Silao Alianza $851.67 Sector 52 Valencianita Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 52 Valencianita Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 52 Valencianita Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 52 Carrizal Grande Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 52 Carrizal Grande Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 52 Carrizal Grande Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 53 La Trinidad Temascatío Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 53 La Trinidad Temascatío Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 53 La Trinidad Temascatío Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 53 Purísima de Temascatío de Arriba Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 53 Purísima de Temascatío de Arriba Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 53 Purísima de Temascatío de Arriba Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 54 Parque Industrial Apolo Calles urbanizadas - - $1,517.21 Sector 54 Ejido Las Malvas (La Argolla) Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 54 Ejido Las Malvas (La Argolla) Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 54 Ejido Las Malvas (La Argolla) Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 54 Las Malvas Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 54 Las Malvas Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 54 Las Malvas Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 55 El Copalillo Calles pavimentadas - - $1,987.60 Sector 55 El Copalillo Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 55 El Copalillo Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 55 Campestre las Flores Orquídea Límite Poniente Límite de calle $1,988.73 Sector 55 Campestre las Flores Gladiola Madreselva Límite de calle $1,988.73 Sector 55 Campestre las Flores Madreselva Límite Poniente Blvd. Solidaridad $1,988.73 Sector 55 Campestre las Flores Margarita Orquídea Límite Sur $1,988.73 Sector 55 Campestre las Flores Pasionarias Límite de calle Madreselva $1,988.73 Sector 55 Campestre las Flores Andador Brazo Guanajuato Gladiola $1,988.73 Sector 55 Campestre las Flores Andador Yuca Guanajuato Gladiola $1,988.73 Sector 55 Campestre las Flores Violeta Orquídea Derecho de vía C.F.E. $1,988.73 Sector 55 Campestre las Flores Andador Petunia Madreselva Derecho de vía C.F.E. $1,988.73 Sector 55 Campestre las Flores Andador Pensamiento Madreselva Derecho de vía C.F.E. $1,988.73 Sector 55 Campestre las Flores Guanajuato Límite Poniente Límite Oriente $1,988.73 Sector 56 Parque Central Guanajuato - - - $1,401.02 Sector 57 Lo de Juárez Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 57 Lo de Juárez Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 57 Lo de Juárez Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 58 Purísima del Progreso Calles pavimentadas - - $1,417.94 Sector 58 Purísima del Progreso Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 58 Purísima del Progreso Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 58 Castro del Río Río Duero Río Guadalquivir Av. Río Mississipi $1,680.77 Sector 58 Castro del Río Av. Río San Lorenzo Río Guadalquivir Límite de Fracc. $1,868.03 Sector 58 Castro del Río Río Danubio Río Eúfrates Río Guanajuato $1,680.77 Sector 58 Castro del Río Río Segura Av. RíoMississipi Tobías Hagenmeyer $1,680.77 Sector 58 Castro del Río Camino a Marquez Río Turia Límite de Fracc. $1,680.77 Sector 58 Castro del Río Río Potomac Límite de Calle Río Duero $1,680.77 Sector 58 Castro del Río Río Tajo Límite de Calle Av. Río San Lorenzo $1,680.77 Sector 58 Castro del Río Av. Río Mississipi Límite de Fracc. Río Segura $1,680.77 Sector 58 Castro del Río Río Guadalquivir Límite de Calle Río Danubio $1,680.77 Sector 58 Castro del Río Río Moscova Av. Río San Lorenzo Río Danubio $1,680.77 Sector 58 Castro del Río Río Eúfrates Río Danubio Río Segura $1,680.77 Sector 58 Castro del Río Río Guadajoz Río Danubio Río Segura $1,680.77 Sector 58 Castro del Río Río Main Límite de Calle Av. Río San Lorenzo $1,680.77 Sector 58 Castro del Río Río Sena Límite de Calle Av. Río San Lorenzo $1,680.77 Sector 58 Castro del Río Río Guanajuato Límite de Calle Norte Límite de Calle Sur $1,680.77 Sector 58 Castro del Río Calle Sin Nombre Av. Río San Lorenzo Límite de Calle $1,680.77 Sector 58 Castro del Río Tobías Hagenmeyer Av. Río San Lorenzo Río Segura $1,680.77 Sector 58 Castro del Río Calle Sin Nombre Límite de Fracc. Norte Av. Río San Lorenzo $1,680.77 Sector 58 Castro del Río Río Turia Av. Río San Lorenzo Camino a Marquez $1,680.77 Sector 58 Castro del Río Av. Río Ota Camino a Marquez Límite de Calle $1,680.77 Sector 59 Tomelopitos Calle Pavimentada - - $1,135.93 Sector 59 Tomelopitos Terracería con Servicio - - $851.67 Sector 59 Tomelopitos Terracería sin Servicio - - $552.74 Sector 60 Las Liebres Calle Patagónica Calle Liebre Torda Calle Liebre Norteña $1,750.71 Sector 60 Las Liebres Calle Liebre Tropical Calle Liebre Torda Gerardo Murillo $1,750.71 Sector 60 Las Liebres Calle Liebre Torda Límite de Fracc. Calle Camino Real $1,750.71 Sector 60 Las Liebres Calle Liebre Norteña Calle Patagónica Calle Camino Real $1,750.71 Sector 60 Las Liebres Calle Liebre Mediterránea Calle Liebre Tropical Calle Camino Real $1,750.71 Sector 60 Las Liebres Calle Liebre Americana Límite de Fracc. Calle Camino Real $1,750.71 Sector 60 Las Liebres Calle Liebre Ibérica Límite de Fracc. Calle Camino Real $1,750.71 Sector 60 Las Liebres Calle Liebre Europea Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 60 Las Liebres Calle Liebre de California Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 60 Las Liebres Calle Liebre Asiática Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 60 Las Liebres Calle Liebre Ártica Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 60 Las Liebres Liebre Africana Calle Liebre Ártica Límite de Fracc. $1,750.71 Sector 60 Fracc. San Javier Gerardo Murillo Límite de Fracc. Gabriel García Márquez $1,987.60 Sector 60 Fracc. San Javier Calles en breña - - $552.74 Sector 60 Fracc. San Javier Calles urbanizadas - - $1,987.60 Sector 60 Las Huertas 3 Secc. Calle Girasol Gabriel García Márquez Calle Ocote $1,135.93 Sector 60 Las Huertas 3 Secc. Calle Girasol Calle Ocote Límite de Fracc. $851.67 Sector 60 Las Huertas 3 Secc. Calle Pistache Calle Eucalipto Límite de calle $1,135.93 Sector 60 Las Huertas 3 Secc. Calle Canela Calle Eucalipto Límite de calle $1,135.93 Sector 60 Las Huertas 3 Secc. Calle Robles Gabriel García Márquez Límite de calle $1,135.93 Sector 60 Las Huertas 3 Secc. Calle Nogal Calle Girasol Límite de Fracc. $851.67 Sector 60 Las Huertas 3 Secc. Calle Durazno Calle Girasol Límite de Fracc. $851.67 Sector 60 Las Huertas 3 Secc. Calle Ocote Calle Girasol Límite de Fracc. $851.67 Sector 60 Las Huertas 3 Secc. Calle Eucalipto Calle Girasol Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 60 Las Huertas 3 Secc. Calle Pino Calle Girasol Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 60 Las Huertas 3 Secc. Calle Oyamel Calle Girasol Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 60 Las Huertas 3 Secc. Calle Hiedra Calle Girasol Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 60 Las Huertas 3 Secc. Calle Cedro Calle Girasol Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 60 Las Huertas 3 Secc. Calle Sauce Calle Girasol Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 60 Las Huertas 3 Secc. Calle Fresno Calle Girasol Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 60 Las Huertas 3 Secc. Calle Tule Calle Girasol Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 60 Las Huertas 3 Secc. Gabriel García Márquez Calle Girasol Límite de Fracc. $1,137.06 Sector 60 Las Huertas I Calle Limón Límite de Fracc. Límite de Fracc. $851.67 Sector 60 Las Huertas I Calle Fresa Límite de Fracc. Límite de Fracc. $851.67 Sector 60 Las Huertas I Calle Ciruelo Límite de Fracc. Límite de Fracc. $851.67 Sector 60 Las Huertas I Calle sin nombre Calle Camino Real Límite de Fracc. $851.67 Sector 60 Las Huertas I Calle Pico de Pájara Gabriel García Márquez Calle Camino Real $1,135.93 Sector 60 Las Huertas I Calle Bolita Gabriel García Márquez Calle Camino Real $1,135.93 Sector 60 Las Huertas I Calle Americana Gabriel García Márquez Calle Fresno $1,135.93 Sector 60 Las Huertas I Calle Liebre Tropical Límite de Fracc. Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 60 Las Huertas I Calle Camino Real Calle Pico de Pájara Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 60 Las Huertas I Calle Fresno Calle Bolita Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 60 Las Huertas I Calle Chamber Calle Bolita Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 60 Las Huertas I Calle Zarzamora Calle Pico de Pájara Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 60 Las Huertas I Calle San Agustín Calle Bolita Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 60 Las Huertas I Calle Tlaga Calle Bolita Límite de Fracc. $1,135.93 Sector 60 Las Huertas I Gabriel García Márquez Calle Pico de Pájara Límite de Fracc. $1,137.06 Sector 60 El Guayabo Calles Interiores - - $1,692.05 Sector 61 Cerro de Arandas Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 61 Cerro de Arandas Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 61 Cerro de Arandas Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 62 La Caja Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 62 La Caja Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 62 La Caja Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 63 Guadalupe de Rivera Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 63 Guadalupe de Rivera Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 63 Guadalupe de Rivera Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 63 La Soledad Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 63 La Soledad Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 63 La Soledad Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 64 Serrano Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 64 Serrano Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 64 Serrano Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 64 Guadalupe de Paso Blanco (El Ranchito) Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 64 Guadalupe de Paso Blanco (El Ranchito) Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 64 Guadalupe de Paso Blanco (El Ranchito) Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 65 La Soledad Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 65 La Soledad Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 65 La Soledad Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 66 San Miguel del Brete Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 66 San Miguel del Brete Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 66 San Miguel del Brete Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 67 San Cristobal Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 67 San Cristobal Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 67 San Cristobal Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 67 San Cristobal Estatal Irapuato- Cuéramaro (Calle - - $1,283.71 Sector 67 Cuchicuato Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 67 Cuchicuato Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 67 Cuchicuato Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 67 Cuchicuato Carretera Estatal Irapuato- Cuéramaro - - $1,283.71 Sector 67 San Javier Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 67 San Javier Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 67 San Javier Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 67 Purísima de Covarrubias Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 67 Purísima de Covarrubias Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 67 Purísima de Covarrubias Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 68 Centro Industrial Guanajuato Zaraiche Santiago Límite Norte $1,680.77 Sector 68 Centro Industrial Guanajuato Sajonia Límite Noroeste Carretera Irapuato- Cuerámaro $1,680.77 Sector 68 Centro Industrial Guanajuato Baviera Límite Noroeste Zaraiche $1,680.77 Sector 68 Centro Industrial Guanajuato Kioto Límite Norte Carretera Irapuato- Cuerámaro $1,401.02 Sector 68 Centro Industrial Guanajuato Santiago Kioto Tokio $1,868.03 Sector 68 Centro Industrial Guanajuato Tokio Límite Norte Límite Sur $1,680.77 Sector 69 Guadalupe de Rivera Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 69 Guadalupe de Rivera Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 69 Guadalupe de Rivera Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 70 San Antonio El Rico Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 70 San Antonio El Rico Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 70 San Antonio El Rico Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 70 El llanito Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 70 El llanito Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 70 El llanito Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 71 Comedero Grande Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 71 Comedero Grande Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 71 Comedero Grande Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 72 Laguna Larga Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 72 Laguna Larga Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 72 Laguna Larga Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 73 Refugio de Munguía Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 73 Refugio de Munguía Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 73 Refugio de Munguía Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 74 Tamahula Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 74 Tamahula Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 74 Tamahula Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 75 El Conejo Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 75 El Conejo Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 75 El Conejo Calles en terracería sin servicios - - $552.74 Sector 76 San Nicolás Temascatío Calles pavimentadas - - $1,135.93 Sector 76 San Nicolás Temascatío Calles en terracería con algún tipo de servicio - - $851.67 Sector 76 San Nicolás Temascatío Calles en terracería sin servicios - - $552.74 b) Tratándose de los inmuebles urbanos y suburbanos no contenidos en la tabla anterior y cuyo valor se deba determinar a partir del 1 de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025, se aplicará lo dispuesto en la siguiente tabla: Zona Valor COMERCIAL DE PRIMERA $7,101.65 COMERCIAL DE SEGUNDA $2,272.54 CENTRO MEDIO $1,278.30 CENTRO ECONÓMICO $534.97 RESIDENCIAL URBANIZADO $6,712.03 MEDIO URBANIZADO $3,805.15 MEDIO URBANIZADO PARCIAL $1,190.55 INTERÉS SOCIAL URBANIZADO $2,393.94 INTERÉS SOCIAL URBANIZADO PARCIAL $1,190.55 ECONÓMICO URBANIZADO $1,837.79 ECONÓMICO URBANIZADO PARCIAL $957.68 MARGINADO IRREGULAR $142.04 INDUSTRIAL $568.12 c) Valores unitarios de construcción en pesos por metro cuadrado: Tipo Calidad Estado de Conservación Clave Valor HABITACIONAL MODERNA DE LUJO Excelente 1-1 $14,934.79 HABITACIONAL MODERNA DE LUJO Bueno 1-2 $13,376.69 HABITACIONAL MODERNA DE LUJO Regular 1-3 $12,038.75 HABITACIONAL MODERNA DE LUJO Malo 1-4 $8,909.76 HABITACIONAL MODERNA SUPERIOR Excelente 2-1 $11,146.78 HABITACIONAL MODERNA SUPERIOR Bueno 2-2 $10,027.55 HABITACIONAL MODERNA SUPERIOR Regular 2-3 $8,909.76 HABITACIONAL MODERNA SUPERIOR Malo 2-4 $6,686.93 HABITACIONAL MODERNA MEDIA Excelente 3-1 $7,800.45 HABITACIONAL MODERNA MEDIA Bueno 3-2 $7,131.49 HABITACIONAL MODERNA MEDIA Regular 3-3 $6,236.68 HABITACIONAL MODERNA MEDIA Malo 3-4 $4,679.99 HABITACIONAL MODERNA ECONÓMICA Excelente 4-1 $6,236.68 HABITACIONAL MODERNA ECONÓMICA Bueno 4-2 $5,571.97 HABITACIONAL MODERNA ECONÓMICA Regular 4-3 $5,127.40 HABITACIONAL MODERNA ECONÓMICA Malo 4-4 $3,788.03 HABITACIONAL MODERNA INTERÉS SOCIAL Excelente 5-1 $5,347.54 HABITACIONAL MODERNA INTERÉS SOCIAL Bueno 5-2 $4,902.98 HABITACIONAL MODERNA INTERÉS SOCIAL Regular 5-3 $4,458.43 HABITACIONAL MODERNA INTERÉS SOCIAL Malo 5-4 $3,340.62 HABITACIONAL MODERNA CORRIENTE Excelente 6-1 $3,340.62 HABITACIONAL MODERNA CORRIENTE Bueno 6-2 $2,898.90 HABITACIONAL MODERNA CORRIENTE Regular 6-3 $2,673.06 HABITACIONAL MODERNA CORRIENTE Malo 6-4 $2,006.92 HABITACIONAL MODERNA PRECARIO Bueno 7-1 $1,562.36 HABITACIONAL MODERNA PRECARIO Regular 7-2 $1,339.38 HABITACIONAL MODERNA PRECARIO Malo 7-3 $1,114.96 ANTIGUO SUPERIOR Bueno 8-1 $7,800.45 ANTIGUO SUPERIOR Regular 8-2 $6,911.34 ANTIGUO SUPERIOR Malo 8-3 $6,236.68 ANTIGUO MEDIA Bueno 9-1 $6,236.68 ANTIGUO MEDIA Regular 9-2 $5,571.97 ANTIGUO MEDIA Malo 9-3 $5,127.40 ANTIGUO ECONÓMICA Bueno 10-1 $5,127.40 ANTIGUO ECONÓMICA Regular 10-2 $4,679.99 ANTIGUO ECONÓMICA Malo 10-3 $4,208.44 ANTIGUO CORRIENTE Bueno 11-1 $2,673.06 ANTIGUO CORRIENTE Regular 11-2 $2,228.50 ANTIGUO CORRIENTE Malo 11-3 $2,006.92 COMERCIAL DE LUJO Excelente 12-1 $8,398.44 COMERCIAL DE LUJO Bueno 12-2 $7,558.59 COMERCIAL DE LUJO Regular 12-3 $6,718.77 COMERCIAL DE LUJO Malo 12-4 $5,039.06 COMERCIAL SUPERIOR Excelente 13-1 $7,485.57 COMERCIAL SUPERIOR Bueno 13-2 $6,736.14 COMERCIAL SUPERIOR Regular 13-3 $5,988.47 COMERCIAL SUPERIOR Malo 13-4 $4,491.34 COMERCIAL MEDIA Excelente 14-1 $6,572.68 COMERCIAL MEDIA Bueno 14-2 $5,915.43 COMERCIAL MEDIA Regular 14-3 $5,258.16 COMERCIAL MEDIA Malo 14-4 $3,943.60 COMERCIAL ECONÓMICA Excelente 15-1 $5,112.09 COMERCIAL ECONÓMICA Bueno 15-2 $4,600.88 COMERCIAL ECONÓMICA Regular 15-3 $4,089.67 COMERCIAL ECONÓMICA Malo 15-4 $3,067.26 CONDOMINIO HABITACIONAL DE LUJO Excelente 16-1 $10,041.62 CONDOMINIO HABITACIONAL DE LUJO Bueno 16-2 $9,036.59 CONDOMINIO HABITACIONAL DE LUJO Regular 16-3 $8,033.28 CONDOMINIO HABITACIONAL DE LUJO Malo 16-4 $6,024.97 CONDOMINIO HABITACIONAL SUPERIOR Excelente 17-1 $8,763.60 CONDOMINIO HABITACIONAL SUPERIOR Bueno 17-2 $7,887.20 CONDOMINIO HABITACIONAL SUPERIOR Regular 17-3 $7,010.90 CONDOMINIO HABITACIONAL SUPERIOR Malo 17-4 $5,258.16 CONDOMINIO HABITACIONAL MEDIA Excelente 18-1 $7,668.16 CONDOMINIO HABITACIONAL MEDIA Bueno 18-2 $6,901.32 CONDOMINIO HABITACIONAL MEDIA Regular 18-3 $6,134.51 CONDOMINIO HABITACIONAL MEDIA Malo 18-4 $4,600.88 CONDOMINIO HABITACIONAL INTERÉS SOCIAL Excelente 19-1 $5,842.38 CONDOMINIO HABITACIONAL INTERÉS SOCIAL Bueno 19-2 $5,258.16 CONDOMINIO HABITACIONAL INTERÉS SOCIAL Regular 19-3 $4,673.93 CONDOMINIO HABITACIONAL INTERÉS SOCIAL Malo 19-4 $3,505.44 CONDOMINIO HABITACIONAL ECONÓMICA Excelente 20-1 $4,746.94 CONDOMINIO HABITACIONAL ECONÓMICA Bueno 20-2 $4,272.25 CONDOMINIO HABITACIONAL ECONÓMICA Regular 20-3 $3,797.55 CONDOMINIO HABITACIONAL ECONÓMICA Malo 20-4 $2,848.16 CONDOMINIO COMERCIAL DE LUJO Excelente 21-1 $9,128.75 CONDOMINIO COMERCIAL DE LUJO Bueno 21-2 $8,215.88 CONDOMINIO COMERCIAL DE LUJO Regular 21-3 $7,302.98 CONDOMINIO COMERCIAL DE LUJO Malo 21-4 $5,477.25 CONDOMINIO COMERCIAL SUPERIOR Excelente 22-1 $7,850.71 CONDOMINIO COMERCIAL SUPERIOR Bueno 22-2 $7,064.78 CONDOMINIO COMERCIAL SUPERIOR Regular 22-3 $6,280.57 CONDOMINIO COMERCIAL SUPERIOR Malo 22-4 $4,710.43 CONDOMINIO COMERCIAL MEDIA Excelente 23-1 $6,572.68 CONDOMINIO COMERCIAL MEDIA Bueno 23-2 $5,915.43 CONDOMINIO COMERCIAL MEDIA Regular 23-3 $5,258.16 CONDOMINIO COMERCIAL MEDIA Malo 23-4 $3,943.60 CONDOMINIO COMERCIAL ECONÓMICA Excelente 24-1 $4,746.97 CONDOMINIO COMERCIAL ECONÓMICA Bueno 24-2 $4,272.25 CONDOMINIO COMERCIAL ECONÓMICA Regular 24-3 $3,797.55 CONDOMINIO COMERCIAL ECONÓMICA Malo 24-4 $2,848.16 CONDOMINIO COMERCIAL DE MERCADO Excelente 25-1 $3,559.34 CONDOMINIO COMERCIAL DE MERCADO Bueno 25-2 $3,202.89 CONDOMINIO COMERCIAL DE MERCADO Regular 25-3 $2,848.16 CONDOMINIO COMERCIAL DE MERCADO Malo 25-4 $2,135.23 INDUSTRIAL SUPERIOR Excelente 26-1 $5,347.54 INDUSTRIAL SUPERIOR Bueno 26-2 $4,902.98 INDUSTRIAL SUPERIOR Regular 26-3 $4,235.43 INDUSTRIAL SUPERIOR Malo 26-4 $3,340.62 INDUSTRIAL MEDIA Excelente 27-1 $3,340.62 INDUSTRIAL MEDIA Bueno 27-2 $3,120.48 INDUSTRIAL MEDIA Regular 27-3 $2,705.74 INDUSTRIAL MEDIA Malo 27-4 $2,228.50 INDUSTRIAL ECONÓMICA Excelente 28-1 $3,194.17 INDUSTRIAL ECONÓMICA Bueno 28-2 $2,874.24 INDUSTRIAL ECONÓMICA Regular 28-3 $2,556.05 INDUSTRIAL ECONÓMICA Malo 28-4 $1,783.93 INDUSTRIAL CORRIENTE Excelente 29-1 $2,373.46 INDUSTRIAL CORRIENTE Bueno 29-2 $2,135.23 INDUSTRIAL CORRIENTE Regular 29-3 $1,898.75 INDUSTRIAL CORRIENTE Malo 29-4 $1,424.07 INDUSTRIAL PRECARIO Excelente 30-1 $1,643.17 INDUSTRIAL PRECARIO Bueno 30-2 $1,478.00 INDUSTRIAL PRECARIO Regular 30-3 $1,314.52 INDUSTRIAL PRECARIO Malo 30-4 $985.91 BODEGAS SUPERIOR Excelente 31-1 $4,564.38 BODEGAS SUPERIOR Bueno 31-2 $4,107.04 BODEGAS SUPERIOR Regular 31-3 $3,651.49 BODEGAS SUPERIOR Malo 31-4 $2,738.64 BODEGAS MEDIA Excelente 32-1 $3,468.93 BODEGAS MEDIA Bueno 32-2 $3,121.16 BODEGAS MEDIA Regular 32-3 $2,775.12 BODEGAS MEDIA Malo 32-4 $2,081.37 BODEGAS ECONÓMICA Excelente 33-1 $2,921.19 BODEGAS ECONÓMICA Bueno 33-2 $2,629.07 BODEGAS ECONÓMICA Regular 33-3 $2,336.96 BODEGAS ECONÓMICA Malo 33-4 $1,752.72 BODEGAS CORRIENTE Excelente 34-1 $2,008.35 BODEGAS CORRIENTE Bueno 34-2 $1,806.62 BODEGAS CORRIENTE Regular 34-3 $1,606.64 BODEGAS CORRIENTE Malo 34-4 $1,205.00 BODEGAS PRECARIO Excelente 35-1 $1,095.46 BODEGAS PRECARIO Bueno 35-2 $985.92 BODEGAS PRECARIO Regular 35-3 $876.37 BODEGAS PRECARIO Malo 35-4 $657.26 ESPECIALES ALBERCA SUPERIOR Excelente 36-1 $6,239.54 ESPECIALES ALBERCA SUPERIOR Bueno 36-2 $4,679.99 ESPECIALES ALBERCA SUPERIOR Regular 36-3 $3,117.63 ESPECIALES ALBERCA MEDIA Excelente 37-1 $4,679.99 ESPECIALES ALBERCA MEDIA Bueno 37-2 $3,343.47 ESPECIALES ALBERCA MEDIA Regular 37-3 $2,898.90 ESPECIALES ALBERCA ECONÓMICA Excelente 38-1 $2,898.90 ESPECIALES ALBERCA ECONÓMICA Bueno 38-2 $2,337.87 ESPECIALES ALBERCA ECONÓMICA Regular 38-3 $1,563.77 ESPECIALES TENIS SUPERIOR Excelente 39-1 $5,127.40 ESPECIALES TENIS SUPERIOR Bueno 39-2 $4,008.19 ESPECIALES TENIS SUPERIOR Regular 39-3 $3,563.61 ESPECIALES TENIS MEDIA Excelente 40-1 $3,343.47 ESPECIALES TENIS MEDIA Bueno 40-2 $2,454.33 ESPECIALES TENIS MEDIA Regular 40-3 $2,006.92 ESPECIALES FRONTÓN SUPERIOR Excelente 41-1 $4,458.43 ESPECIALES FRONTÓN SUPERIOR Bueno 41-2 $4,107.07 ESPECIALES FRONTÓN SUPERIOR Regular 41-3 $3,651.49 ESPECIALES FRONTÓN MEDIA Excelente 42-1 $3,834.08 ESPECIALES FRONTÓN MEDIA Bueno 42-2 $3,449.80 ESPECIALES FRONTÓN MEDIA Regular 42-3 $3,067.26 ESPECIALES ESTACIONAMIENTO (Edificio) Excelente 43-1 $2,738.64 ESPECIALES ESTACIONAMIENTO (Edificio) Bueno 43-2 $2,463.89 ESPECIALES ESTACIONAMIENTO (Edificio) Regular 43-3 $2,190.90 ESPECIALES ESTACIONAMIENTO (Edificio) Malo 43-4 $1,643.17 ESPECIALES ESTACIONAMIENTO (Abierto) Bueno 44-1 $1,643.17 ESPECIALES ESTACIONAMIENTO (Abierto) Regular 44-2 $1,149.35 ESPECIALES ESTACIONAMIENTO (Abierto) Malo 44-3 $657.26 ESPECIALES ESCUELA SUPERIOR Excelente 45-1 $7,737.99 ESPECIALES ESCUELA SUPERIOR Bueno 45-2 $6,965.32 ESPECIALES ESCUELA SUPERIOR Regular 45-3 $6,194.08 ESPECIALES ESCUELA SUPERIOR Malo 45-4 $4,643.08 ESPECIALES ESCUELA MEDIA Excelente 46-1 $6,631.53 ESPECIALES ESCUELA MEDIA Bueno 46-2 $5,969.65 ESPECIALES ESCUELA MEDIA Regular 46-3 $5,304.94 ESPECIALES ESCUELA MEDIA Malo 46-4 $3,984.04 ESPECIALES ESCUELA ECONÓMICA Excelente 47-1 $4,976.86 ESPECIALES ESCUELA ECONÓMICA Bueno 47-2 $4,476.90 ESPECIALES ESCUELA ECONÓMICA Regular 47-3 $3,984.04 ESPECIALES ESCUELA ECONÓMICA Malo 47-4 $2,985.53 ESPECIALES HOSPITAL SUPERIOR Excelente 48-1 $11,609.79 ESPECIALES HOSPITAL SUPERIOR Bueno 48-2 $10,450.80 ESPECIALES HOSPITAL SUPERIOR Regular 48-3 $9,283.28 ESPECIALES HOSPITAL SUPERIOR Malo 48-4 $6,965.32 ESPECIALES HOSPITAL MEDIO Excelente 49-1 $8,293.32 ESPECIALES HOSPITAL MEDIO Bueno 49-2 $7,465.26 ESPECIALES HOSPITAL MEDIO Regular 49-3 $6,631.53 ESPECIALES HOSPITAL MEDIO Malo 49-4 $4,976.86 ESPECIALES HOSPITAL ECONÓMICO Excelente 50-1 $6,631.53 ESPECIALES HOSPITAL ECONÓMICO Bueno 50-2 $5,969.65 ESPECIALES HOSPITAL ECONÓMICO Regular 50-3 $5,304.94 ESPECIALES HOSPITAL ECONÓMICO Malo 50-4 $3,984.04 ESPECIALES HOTEL LUJO Excelente 51-1 $16,582.38 ESPECIALES HOTEL LUJO Bueno 51-2 $14,930.53 ESPECIALES HOTEL LUJO Regular 51-3 $13,267.33 ESPECIALES HOTEL LUJO Malo 51-4 $9,950.85 ESPECIALES HOTEL SUPERIOR Excelente 52-1 $14,373.76 ESPECIALES HOTEL SUPERIOR Bueno 52-2 $12,936.38 ESPECIALES HOTEL SUPERIOR Regular 52-3 $11,496.17 ESPECIALES HOTEL SUPERIOR Malo 52-4 $8,624.26 ESPECIALES HOTEL MEDIO Excelente 53-1 $10,954.51 ESPECIALES HOTEL MEDIO Bueno 53-2 $9,859.04 ESPECIALES HOTEL MEDIO Regular 53-3 $8,763.59 ESPECIALES HOTEL MEDIO Malo 53-4 $6,572.69 ESPECIALES HOTEL ECONÓMICO Excelente 54-1 $7,737.97 ESPECIALES HOTEL ECONÓMICO Bueno 54-2 $6,965.32 ESPECIALES HOTEL ECONÓMICO Regular 54-3 $6,194.08 ESPECIALES HOTEL ECONÓMICO Malo 54-4 $4,643.07 II. Tratándose de Inmuebles rústicos: a) Tabla de valores base para terrenos rurales, por hectárea: 1. Predios de riego $136,191.04 2. Predios de temporal $68,095.51 3. Predios de agostadero $17,023.88 4. Predios de cerril o monte $8,511.91 Los valores base se verán afectados de acuerdo al coeficiente que resulte al aplicar los siguientes elementos agrológicos para la valuación. Obteniéndose así los valores unitarios por hectárea: Elementos Factor 1.Espesor del Suelo: 1.1 Hasta 10 centímetros 1 1.2 De 10.01 a 30 centímetros 1.05 1.3 De 30.01 a 60 centímetros 1.08 1.4 Mayor de 60 centímetros 1.1 2. Topografía: 2.1 Terrenos planos 1.1 2.2 Pendiente suave menor de 5% 1.05 2.3 Pendiente fuerte mayor de 5% 1 2.4 Muy accidentado 0.95 3. Distancias a Centros de Comercialización: 3.1 A menos de 3 kilómetros de centros de comercialización 1.5 3.2 A más de 3 kilómetros de centros de comercialización 1 4. Acceso a Vías de Comunicación: 4.1 Todo el año 1.2 4.2 Tiempo de secas 1 4.3 Sin acceso 0.5 En la aplicación de los valores, en la determinación de los elementos agrológicos, se determinarán mediante la aplicación de la fórmula que a continuación se detalla: Se tomará la clasificación del suelo por el espesor de suelo, el resultado obtenido se multiplicará por el factor topográfico; el resultado obtenido se multiplicará por el factor de distancia a centros de comercialización y el resultado obtenido se le multiplicará por el factor de acceso a vías de comunicación. El factor que se utilizará para terrenos de riego eventual será el 0.60. Para aplicar este factor, se calculará primeramente como terreno de riego. b) Tabla de valores por metro cuadrado para inmuebles rústicos menores de una hectárea no dedicados a la agricultura (pie de casa o solar): 1. Inmuebles cercanos a rancherías sin ningún servicio $11.14 2. Inmuebles cercanos a rancherías, sin servicios y en prolongación de calle cercana $18.57 3. Inmuebles en rancherías, con calle sin servicios $39.00 4. Inmuebles en rancherías, sobre calles trazadas con algún tipo de servicio $55.75 5. Inmuebles en rancherías, sobre calle con todos los servicios $74.34 La tabla de valores unitarios de construcción, prevista en la fracción I, inciso c) de este Artículo se aplicará a las construcciones edificadas en el suelo o terreno rústico. Artículo 6. Para la práctica de los avalúos la Autoridad Municipal y los peritos valuadores externos autorizados por la Tesorería Municipal, atenderán a las tablas contenidas en la presente Ley, considerando los valores unitarios de los inmuebles, los que se determinarán conforme a los siguientes criterios: I. Tratándose de terrenos urbanos y suburbanos, se sujetarán a los siguientes factores: a) Características de los servicios públicos y del equipamiento urbano; b) Estado físico y tipo de desarrollo urbano, en el cual deberá considerar el uso actual y potencial del suelo y la uniformidad de los inmuebles edificados, sean residenciales, comerciales o industriales, así como aquellos de uso diferente; c) Índice socioeconómico de los habitantes; d) Las políticas de ordenamiento y regulación del territorio que sean aplicables; e) Las características geológicas y topográficas, así como la irregularidad en el perímetro, que afecte su valor comercial u otras particularidades del inmueble; y f) Aplicación de los criterios para valuación, establecidos en el Manual de Valuación emitido por la Tesorería Municipal. II. Para el caso de terrenos rústicos, se hará atendiendo a los siguientes factores: a) Las características y los recursos; b) Las características del medio físico, recursos naturales y situación ambiental que conforme el sistema ecológico; c) La infraestructura y servicios integrados al área; y d) La situación jurídica de la tenencia de la tierra. III. Tratándose de construcción se atenderá a los factores siguientes: a) Uso y calidad de la construcción; b) Costo y calidad de los materiales de construcción utilizados; y c) Costo de la mano de obra empleada. SECCIÓN SEGUNDA IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES Artículo 7. El impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles se causará y liquidará conforme a las siguientes: T A S A S LÍMITE INFERIOR LÍMITE SUPERIOR CUOTA FIJA TASA PARA APLICARSE SOBRE EXCEDENTE DEL LÍMITE INFERIOR $0.01 $500,000.00 $0.00 0.78% $500,000.01 $750,000.00 $3,899.99 0.96% $750,000.01 $1,000,000.00 $6,299.98 1.14% $1,000,000.01 $1,250,000.00 $9,149.97 1.32% $1,250,000.01 $1,600,000.00 $12,449.96 1.40% $1,600,000.01 $2,250,000.00 $17,349.95 1.58% $2,250,000.01 $3,250,000.00 $27,619.94 1.76% $3,250,000.01 $7,500,000.00 $45,219.93 1.94% $7,500,000.01 $18,000,000.00 $127,669.92 2.12% $18,000,000.01 En adelante $350,269.91 2.30% Las cantidades establecidas entre el límite inferior y superior se refieren al valor que señala el artículo 180 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, una vez hecha la reducción a que se refiere el artículo 181 de la misma Ley. Para el cálculo del impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles, a la base del impuesto se le disminuirá el límite inferior que corresponda y a la diferencia de excedente del límite inferior, se le aplicará la tasa sobre el excedente del límite inferior, al resultado se le sumará la cuota fija que corresponda, y el importe de dicha operación será el impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles determinado. Para el cálculo del impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles se deberá aplicar la siguiente fórmula: ((BI-LI)*T)+CF= Impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles a pagar. En donde: BI= Base del impuesto LI= Límite inferior correspondiente T= Tasa para aplicarse sobre excedente del límite inferior correspondiente CF= Cuota fija correspondiente SECCIÓN TERCERA IMPUESTO SOBRE DIVISIÓN Y LOTIFICACIÓN DE INMUEBLES Artículo 8. El impuesto sobre división y lotificación de inmuebles se causará y liquidará conforme a las siguientes: TASAS I. Tratándose de la división o lotificación de inmuebles urbanos y suburbanos 1.13% II. Tratándose de la división de un inmueble por la constitución de condominios horizontales, verticales o mixtos 0.75% III. Tratándose de inmuebles rústicos 0.75% No se causará este impuesto en los supuestos establecidos en el Artículo 187 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato. SECCIÓN CUARTA IMPUESTO SOBRE FRACCIONAMIENTOS Artículo 9. El impuesto sobre fraccionamientos o desarrollos en condominio se causará y liquidará conforme a la siguiente: TARIFA POR METRO CUADRADO DE SUPERFICIE VENDIBLE I. Habitacional: a) Residencial $1.55 b) Campestre $1.55 c) Habitacional Popular o Interés Social $0.86 II. Comercial o de Servicios $1.83 III. Turísticos, recreativos-deportivos $2.08 IV. Industrial $2.44 V. Agropecuarios $1.55 VI. Mixtos de usos compatibles $2.08 SECCIÓN QUINTA IMPUESTO SOBRE JUEGOS Y APUESTAS PERMITIDAS Artículo 10. El impuesto sobre juegos y apuestas permitidas se causará y liquidará a la tasa del 8%. SECCIÓN SEXTA IMPUESTO SOBRE DIVERSIONES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Artículo 11. El impuesto sobre diversiones y espectáculos públicos se causará y liquidará a la tasa del 5%, excepto los espectáculos de teatro, circo y deportivos, los cuales tributarán a la tasa del 2%. SECCIÓN SÉPTIMA IMPUESTO SOBRE RIFAS, SORTEOS, LOTERÍAS Y CONCURSOS Artículo 12. El impuesto sobre rifas, sorteos, loterías, y concursos se causará y liquidará conforme a la tasa del 6%. SECCIÓN OCTAVA IMPUESTO SOBRE EXPLOTACIÓN DE BANCOS DE MÁRMOLES, CANTERAS, PIZARRAS, BASALTOS, CAL, CALIZAS, TEZONTLE, TEPETATE Y SUS DERIVADOS, ARENA, GRAVA Y OTROS SIMILARES Artículo 13. El impuesto sobre explotación de bancos de mármoles, canteras, pizarras, basaltos, cal, calizas, tezontle, tepetate y sus derivados, arena y grava, se causará y liquidará conforme a la siguiente: TARIFA I. Por metro cúbico de cantera sin labrar $7.10 II. Por metro cuadrado de cantera labrada $4.10 III. Por metro cuadrado de chapa de cantera para revestir edificios $4.10 IV. Por tonelada de pedacería de cantera $1.30 V. Por tonelada de bloque de mármol $257.89 VI. Por tonelada de pedacería de mármol $7.78 VII. Por tonelada de basalto, pizarras y caliza $0.76 VIII. Por metro cúbico de arena $0.61 IX. Por metro cúbico de grava $0.47 X. Por metro cúbico de tepetate $2.02 XI. Por metro cúbico de tezontle $0.38 CAPÍTULO CUARTO DERECHOS SECCIÓN PRIMERA SERVICIOS DE AGUA POTABLE, DRENAJE, ALCANTARILLADO, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE SUS AGUAS RESIDUALES Artículo 14. Las contraprestaciones por la prestación de los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales, se causarán y liquidarán mensualmente conforme a las siguientes cuotas y tarifas: I. Tarifa de Agua Potable Servicio Medido: a) Servicio Doméstico. a) Doméstico enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre Cuota base $79.28 $79.28 $79.28 $79.28 $79.28 $79.28 $79.28 $79.28 $79.28 $79.28 $79.28 $79.28 A la cuota base se le sumará el importe de acuerdo al consumo del usuario conforme la siguiente tabla: Consumo m³ Enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre 0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 1 $3.64 $3.66 $3.68 $3.69 $3.71 $3.73 $3.75 $3.77 $3.79 $3.81 $3.83 $3.85 2 $6.79 $6.83 $6.86 $6.89 $6.93 $6.96 $7.00 $7.03 $7.07 $7.10 $7.14 $7.17 3 $10.17 $10.22 $10.27 $10.32 $10.38 $10.43 $10.48 $10.53 $10.59 $10.64 $10.69 $10.74 4 $13.79 $13.86 $13.93 $14.00 $14.07 $14.14 $14.21 $14.28 $14.35 $14.42 $14.50 $14.57 5 $17.70 $17.79 $17.88 $17.97 $18.06 $18.15 $18.24 $18.33 $18.42 $18.51 $18.61 $18.70 6 $21.86 $21.97 $22.08 $22.19 $22.30 $22.41 $22.52 $22.64 $22.75 $22.86 $22.98 $23.09 7 $26.25 $26.38 $26.51 $26.65 $26.78 $26.91 $27.05 $27.18 $27.32 $27.45 $27.59 $27.73 8 $30.93 $31.08 $31.24 $31.40 $31.55 $31.71 $31.87 $32.03 $32.19 $32.35 $32.51 $32.67 9 $35.82 $36.00 $36.18 $36.36 $36.54 $36.72 $36.91 $37.09 $37.28 $37.46 $37.65 $37.84 10 $59.09 $59.39 $59.69 $59.98 $60.28 $60.58 $60.89 $61.19 $61.50 $61.81 $62.11 $62.43 11 $81.46 $81.87 $82.28 $82.69 $83.10 $83.52 $83.94 $84.36 $84.78 $85.20 $85.63 $86.06 12 $101.97 $102.48 $102.99 $103.51 $104.03 $104.55 $105.07 $105.60 $106.12 $106.65 $107.19 $107.72 13 $120.71 $121.32 $121.92 $122.53 $123.15 $123.76 $124.38 $125.00 $125.63 $126.25 $126.89 $127.52 14 $140.98 $141.69 $142.40 $143.11 $143.82 $144.54 $145.27 $145.99 $146.72 $147.45 $148.19 $148.93 15 $160.50 $161.31 $162.11 $162.92 $163.74 $164.56 $165.38 $166.21 $167.04 $167.87 $168.71 $169.55 16 $181.22 $182.13 $183.04 $183.95 $184.87 $185.80 $186.73 $187.66 $188.60 $189.54 $190.49 $191.44 17 $204.95 $205.98 $207.01 $208.04 $209.08 $210.13 $211.18 $212.23 $213.30 $214.36 $215.43 $216.51 18 $228.85 $230.00 $231.15 $232.30 $233.46 $234.63 $235.80 $236.98 $238.17 $239.36 $240.56 $241.76 19 $252.91 $254.17 $255.44 $256.72 $258.00 $259.29 $260.59 $261.89 $263.20 $264.52 $265.84 $267.17 20 $278.26 $279.65 $281.05 $282.46 $283.87 $285.29 $286.72 $288.15 $289.59 $291.04 $292.49 $293.96 21 $304.81 $306.34 $307.87 $309.41 $310.96 $312.51 $314.07 $315.64 $317.22 $318.81 $320.40 $322.00 22 $326.41 $328.05 $329.69 $331.34 $332.99 $334.66 $336.33 $338.01 $339.70 $341.40 $343.11 $344.82 23 $348.62 $350.36 $352.11 $353.87 $355.64 $357.42 $359.21 $361.00 $362.81 $364.62 $366.45 $368.28 24 $371.55 $373.41 $375.28 $377.15 $379.04 $380.93 $382.84 $384.75 $386.68 $388.61 $390.55 $392.50 25 $395.16 $397.13 $399.12 $401.12 $403.12 $405.14 $407.16 $409.20 $411.24 $413.30 $415.37 $417.44 26 $419.48 $421.58 $423.69 $425.81 $427.94 $430.08 $432.23 $434.39 $436.56 $438.74 $440.94 $443.14 27 $444.56 $446.78 $449.02 $451.26 $453.52 $455.78 $458.06 $460.35 $462.66 $464.97 $467.29 $469.63 28 $470.25 $472.60 $474.96 $477.34 $479.72 $482.12 $484.53 $486.95 $489.39 $491.84 $494.29 $496.77 29 $496.74 $499.22 $501.71 $504.22 $506.74 $509.28 $511.82 $514.38 $516.96 $519.54 $522.14 $524.75 30 $523.82 $526.44 $529.07 $531.71 $534.37 $537.04 $539.73 $542.43 $545.14 $547.87 $550.60 $553.36 31 $551.19 $553.95 $556.72 $559.50 $562.30 $565.11 $567.93 $570.77 $573.63 $576.50 $579.38 $582.27 32 $578.23 $581.12 $584.03 $586.95 $589.88 $592.83 $595.79 $598.77 $601.77 $604.78 $607.80 $610.84 33 $605.85 $608.88 $611.93 $614.99 $618.06 $621.15 $624.26 $627.38 $630.51 $633.67 $636.84 $640.02 34 $634.07 $637.24 $640.42 $643.63 $646.84 $650.08 $653.33 $656.60 $659.88 $663.18 $666.49 $669.83 35 $662.93 $666.24 $669.57 $672.92 $676.29 $679.67 $683.07 $686.48 $689.91 $693.36 $696.83 $700.31 36 $692.36 $695.82 $699.30 $702.80 $706.31 $709.84 $713.39 $716.96 $720.54 $724.15 $727.77 $731.41 37 $722.33 $725.94 $729.57 $733.22 $736.89 $740.57 $744.27 $748.00 $751.74 $755.49 $759.27 $763.07 38 $752.97 $756.74 $760.52 $764.32 $768.14 $771.98 $775.84 $779.72 $783.62 $787.54 $791.48 $795.43 39 $784.16 $788.08 $792.02 $795.98 $799.96 $803.96 $807.98 $812.02 $816.08 $820.16 $824.26 $828.38 40 $824.83 $828.96 $833.10 $837.27 $841.46 $845.66 $849.89 $854.14 $858.41 $862.70 $867.02 $871.35 41 $857.51 $861.80 $866.11 $870.44 $874.79 $879.16 $883.56 $887.98 $892.42 $896.88 $901.36 $905.87 42 $890.79 $895.25 $899.72 $904.22 $908.74 $913.28 $917.85 $922.44 $927.05 $931.69 $936.35 $941.03 43 $924.72 $929.34 $933.99 $938.66 $943.35 $948.07 $952.81 $957.57 $962.36 $967.17 $972.01 $976.87 44 $959.17 $963.97 $968.79 $973.63 $978.50 $983.39 $988.31 $993.25 $998.22 $1,003.21 $1,008.22 $1,013.26 45 $994.29 $999.26 $1,004.26 $1,009.28 $1,014.33 $1,019.40 $1,024.50 $1,029.62 $1,034.77 $1,039.94 $1,045.14 $1,050.37 46 $1,030.02 $1,035.17 $1,040.34 $1,045.54 $1,050.77 $1,056.03 $1,061.31 $1,066.61 $1,071.94 $1,077.30 $1,082.69 $1,088.10 47 $1,066.25 $1,071.58 $1,076.94 $1,082.32 $1,087.74 $1,093.17 $1,098.64 $1,104.13 $1,109.65 $1,115.20 $1,120.78 $1,126.38 48 $1,103.18 $1,108.70 $1,114.24 $1,119.81 $1,125.41 $1,131.04 $1,136.69 $1,142.38 $1,148.09 $1,153.83 $1,159.60 $1,165.39 49 $1,140.67 $1,146.38 $1,152.11 $1,157.87 $1,163.66 $1,169.48 $1,175.32 $1,181.20 $1,187.11 $1,193.04 $1,199.01 $1,205.00 50 $1,178.79 $1,184.68 $1,190.61 $1,196.56 $1,202.54 $1,208.55 $1,214.60 $1,220.67 $1,226.77 $1,232.91 $1,239.07 $1,245.27 51 $1,217.50 $1,223.58 $1,229.70 $1,235.85 $1,242.03 $1,248.24 $1,254.48 $1,260.75 $1,267.06 $1,273.39 $1,279.76 $1,286.16 52 $1,256.82 $1,263.10 $1,269.42 $1,275.77 $1,282.14 $1,288.56 $1,295.00 $1,301.47 $1,307.98 $1,314.52 $1,321.09 $1,327.70 53 $1,296.71 $1,303.20 $1,309.71 $1,316.26 $1,322.84 $1,329.46 $1,336.10 $1,342.79 $1,349.50 $1,356.25 $1,363.03 $1,369.84 54 $1,337.18 $1,343.87 $1,350.59 $1,357.34 $1,364.12 $1,370.95 $1,377.80 $1,384.69 $1,391.61 $1,398.57 $1,405.56 $1,412.59 55 $1,378.31 $1,385.20 $1,392.13 $1,399.09 $1,406.09 $1,413.12 $1,420.18 $1,427.28 $1,434.42 $1,441.59 $1,448.80 $1,456.04 56 $1,420.02 $1,427.12 $1,434.25 $1,441.42 $1,448.63 $1,455.87 $1,463.15 $1,470.47 $1,477.82 $1,485.21 $1,492.64 $1,500.10 57 $1,453.87 $1,461.14 $1,468.44 $1,475.79 $1,483.16 $1,490.58 $1,498.03 $1,505.52 $1,513.05 $1,520.62 $1,528.22 $1,535.86 58 $1,488.02 $1,495.46 $1,502.94 $1,510.45 $1,518.01 $1,525.60 $1,533.22 $1,540.89 $1,548.59 $1,556.34 $1,564.12 $1,571.94 59 $1,522.51 $1,530.12 $1,537.77 $1,545.46 $1,553.19 $1,560.95 $1,568.76 $1,576.60 $1,584.48 $1,592.41 $1,600.37 $1,608.37 60 $1,557.28 $1,565.06 $1,572.89 $1,580.75 $1,588.66 $1,596.60 $1,604.58 $1,612.60 $1,620.67 $1,628.77 $1,636.91 $1,645.10 61 $1,592.31 $1,600.27 $1,608.28 $1,616.32 $1,624.40 $1,632.52 $1,640.68 $1,648.89 $1,657.13 $1,665.42 $1,673.74 $1,682.11 62 $1,627.69 $1,635.83 $1,644.01 $1,652.23 $1,660.49 $1,668.79 $1,677.14 $1,685.52 $1,693.95 $1,702.42 $1,710.93 $1,719.49 63 $1,663.33 $1,671.65 $1,680.01 $1,688.41 $1,696.85 $1,705.34 $1,713.86 $1,722.43 $1,731.04 $1,739.70 $1,748.40 $1,757.14 64 $1,699.29 $1,707.78 $1,716.32 $1,724.90 $1,733.53 $1,742.20 $1,750.91 $1,759.66 $1,768.46 $1,777.30 $1,786.19 $1,795.12 65 $1,735.65 $1,744.32 $1,753.05 $1,761.81 $1,770.62 $1,779.47 $1,788.37 $1,797.31 $1,806.30 $1,815.33 $1,824.41 $1,833.53 66 $1,772.20 $1,781.06 $1,789.97 $1,798.92 $1,807.91 $1,816.95 $1,826.04 $1,835.17 $1,844.34 $1,853.56 $1,862.83 $1,872.15 67 $1,809.07 $1,818.11 $1,827.21 $1,836.34 $1,845.52 $1,854.75 $1,864.02 $1,873.34 $1,882.71 $1,892.13 $1,901.59 $1,911.09 68 $1,846.25 $1,855.48 $1,864.76 $1,874.08 $1,883.45 $1,892.87 $1,902.33 $1,911.85 $1,921.40 $1,931.01 $1,940.67 $1,950.37 69 $1,883.76 $1,893.18 $1,902.65 $1,912.16 $1,921.72 $1,931.33 $1,940.99 $1,950.69 $1,960.44 $1,970.25 $1,980.10 $1,990.00 70 $1,921.57 $1,931.17 $1,940.83 $1,950.53 $1,960.29 $1,970.09 $1,979.94 $1,989.84 $1,999.79 $2,009.79 $2,019.84 $2,029.93 71 $1,959.67 $1,969.47 $1,979.32 $1,989.21 $1,999.16 $2,009.16 $2,019.20 $2,029.30 $2,039.44 $2,049.64 $2,059.89 $2,070.19 72 $1,998.03 $2,008.02 $2,018.06 $2,028.15 $2,038.29 $2,048.48 $2,058.72 $2,069.02 $2,079.36 $2,089.76 $2,100.21 $2,110.71 73 $2,036.80 $2,046.98 $2,057.22 $2,067.50 $2,077.84 $2,088.23 $2,098.67 $2,109.16 $2,119.71 $2,130.31 $2,140.96 $2,151.67 74 $2,075.81 $2,086.19 $2,096.62 $2,107.10 $2,117.64 $2,128.23 $2,138.87 $2,149.56 $2,160.31 $2,171.11 $2,181.97 $2,192.88 75 $2,115.16 $2,125.74 $2,136.37 $2,147.05 $2,157.78 $2,168.57 $2,179.42 $2,190.31 $2,201.26 $2,212.27 $2,223.33 $2,234.45 76 $2,154.78 $2,165.55 $2,176.38 $2,187.26 $2,198.20 $2,209.19 $2,220.23 $2,231.33 $2,242.49 $2,253.70 $2,264.97 $2,276.30 77 $2,194.68 $2,205.65 $2,216.68 $2,227.77 $2,238.90 $2,250.10 $2,261.35 $2,272.66 $2,284.02 $2,295.44 $2,306.92 $2,318.45 78 $2,234.95 $2,246.12 $2,257.35 $2,268.64 $2,279.98 $2,291.38 $2,302.84 $2,314.36 $2,325.93 $2,337.56 $2,349.25 $2,360.99 79 $2,275.48 $2,286.86 $2,298.29 $2,309.78 $2,321.33 $2,332.94 $2,344.60 $2,356.32 $2,368.11 $2,379.95 $2,391.85 $2,403.81 80 $2,316.33 $2,327.91 $2,339.55 $2,351.25 $2,363.00 $2,374.82 $2,386.69 $2,398.63 $2,410.62 $2,422.67 $2,434.79 $2,446.96 81 $2,357.49 $2,369.28 $2,381.13 $2,393.03 $2,405.00 $2,417.02 $2,429.11 $2,441.25 $2,453.46 $2,465.73 $2,478.06 $2,490.45 82 $2,398.97 $2,410.96 $2,423.02 $2,435.13 $2,447.31 $2,459.54 $2,471.84 $2,484.20 $2,496.62 $2,509.11 $2,521.65 $2,534.26 83 $2,440.67 $2,452.88 $2,465.14 $2,477.47 $2,489.85 $2,502.30 $2,514.81 $2,527.39 $2,540.02 $2,552.72 $2,565.49 $2,578.32 84 $2,482.79 $2,495.21 $2,507.68 $2,520.22 $2,532.82 $2,545.49 $2,558.21 $2,571.00 $2,583.86 $2,596.78 $2,609.76 $2,622.81 85 $2,525.17 $2,537.80 $2,550.49 $2,563.24 $2,576.06 $2,588.94 $2,601.88 $2,614.89 $2,627.96 $2,641.10 $2,654.31 $2,667.58 86 $2,567.87 $2,580.71 $2,593.62 $2,606.59 $2,619.62 $2,632.72 $2,645.88 $2,659.11 $2,672.40 $2,685.77 $2,699.20 $2,712.69 87 $2,610.85 $2,623.90 $2,637.02 $2,650.21 $2,663.46 $2,676.77 $2,690.16 $2,703.61 $2,717.13 $2,730.71 $2,744.37 $2,758.09 88 $2,654.12 $2,667.39 $2,680.73 $2,694.13 $2,707.60 $2,721.14 $2,734.75 $2,748.42 $2,762.16 $2,775.97 $2,789.85 $2,803.80 89 $2,697.78 $2,711.27 $2,724.83 $2,738.45 $2,752.14 $2,765.90 $2,779.73 $2,793.63 $2,807.60 $2,821.64 $2,835.75 $2,849.92 90 $2,741.63 $2,755.34 $2,769.11 $2,782.96 $2,796.87 $2,810.86 $2,824.91 $2,839.04 $2,853.23 $2,867.50 $2,881.83 $2,896.24 91 $2,785.86 $2,799.79 $2,813.79 $2,827.86 $2,841.99 $2,856.20 $2,870.49 $2,884.84 $2,899.26 $2,913.76 $2,928.33 $2,942.97 92 $2,830.38 $2,844.53 $2,858.76 $2,873.05 $2,887.41 $2,901.85 $2,916.36 $2,930.94 $2,945.60 $2,960.33 $2,975.13 $2,990.00 93 $2,875.19 $2,889.57 $2,904.02 $2,918.54 $2,933.13 $2,947.80 $2,962.54 $2,977.35 $2,992.24 $3,007.20 $3,022.23 $3,037.34 94 $2,920.35 $2,934.95 $2,949.63 $2,964.38 $2,979.20 $2,994.09 $3,009.06 $3,024.11 $3,039.23 $3,054.43 $3,069.70 $3,085.05 95 $2,965.82 $2,980.65 $2,995.55 $3,010.53 $3,025.58 $3,040.71 $3,055.91 $3,071.19 $3,086.55 $3,101.98 $3,117.49 $3,133.08 96 $3,011.55 $3,026.61 $3,041.74 $3,056.95 $3,072.23 $3,087.59 $3,103.03 $3,118.55 $3,134.14 $3,149.81 $3,165.56 $3,181.39 97 $3,057.58 $3,072.87 $3,088.23 $3,103.67 $3,119.19 $3,134.79 $3,150.46 $3,166.21 $3,182.04 $3,197.95 $3,213.94 $3,230.01 98 $3,103.91 $3,119.43 $3,135.03 $3,150.70 $3,166.46 $3,182.29 $3,198.20 $3,214.19 $3,230.26 $3,246.41 $3,262.65 $3,278.96 99 $3,150.61 $3,166.36 $3,182.19 $3,198.10 $3,214.09 $3,230.16 $3,246.31 $3,262.55 $3,278.86 $3,295.25 $3,311.73 $3,328.29 100 $3,197.60 $3,213.59 $3,229.66 $3,245.81 $3,262.04 $3,278.35 $3,294.74 $3,311.21 $3,327.77 $3,344.41 $3,361.13 $3,377.94 En consumos mayores a 100 m³ cada metro cúbico del volumen total consumido se cobrará al precio siguiente y al importe que resulte se le sumará la cuota base. Más de 100 enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre Precio por m³ $32.87 $33.04 $33.20 $33.37 $33.54 $33.70 $33.87 $34.04 $34.21 $34.38 $34.56 $34.73 b) Servicio para casa con comercio anexo (Mixto). Los usuarios clasificados en este giro pagarán conforme a la tabla siguiente: b) Mixto enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre Cuota base $104.34 $104.34 $104.34 $104.34 $104.34 $104.34 $104.34 $104.34 $104.34 $104.34 $104.34 $104.34 A la cuota base se le sumará el importe de acuerdo al consumo del usuario conforme la siguiente tabla: Consumo m³ enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre 0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 1 $5.19 $5.22 $5.24 $5.27 $5.29 $5.32 $5.35 $5.37 $5.40 $5.43 $5.45 $5.48 2 $10.11 $10.16 $10.21 $10.26 $10.31 $10.36 $10.42 $10.47 $10.52 $10.57 $10.63 $10.68 3 $15.34 $15.42 $15.49 $15.57 $15.65 $15.73 $15.81 $15.89 $15.96 $16.04 $16.12 $16.21 4 $20.85 $20.96 $21.06 $21.17 $21.27 $21.38 $21.49 $21.59 $21.70 $21.81 $21.92 $22.03 5 $26.75 $26.88 $27.02 $27.15 $27.29 $27.42 $27.56 $27.70 $27.84 $27.98 $28.12 $28.26 6 $32.94 $33.10 $33.27 $33.43 $33.60 $33.77 $33.94 $34.11 $34.28 $34.45 $34.62 $34.79 7 $39.47 $39.67 $39.86 $40.06 $40.26 $40.46 $40.67 $40.87 $41.07 $41.28 $41.49 $41.69 8 $46.32 $46.55 $46.79 $47.02 $47.26 $47.49 $47.73 $47.97 $48.21 $48.45 $48.69 $48.93 9 $53.42 $53.69 $53.96 $54.23 $54.50 $54.77 $55.05 $55.32 $55.60 $55.88 $56.16 $56.44 10 $67.90 $68.24 $68.58 $68.93 $69.27 $69.62 $69.96 $70.31 $70.67 $71.02 $71.37 $71.73 11 $92.28 $92.74 $93.20 $93.67 $94.14 $94.61 $95.08 $95.56 $96.04 $96.52 $97.00 $97.48 12 $112.69 $113.26 $113.82 $114.39 $114.97 $115.54 $116.12 $116.70 $117.28 $117.87 $118.46 $119.05 13 $133.18 $133.85 $134.52 $135.19 $135.87 $136.55 $137.23 $137.91 $138.60 $139.30 $139.99 $140.69 14 $155.50 $156.28 $157.06 $157.84 $158.63 $159.43 $160.22 $161.03 $161.83 $162.64 $163.45 $164.27 15 $176.29 $177.17 $178.06 $178.95 $179.84 $180.74 $181.65 $182.55 $183.47 $184.38 $185.31 $186.23 16 $201.88 $202.89 $203.91 $204.93 $205.95 $206.98 $208.02 $209.06 $210.10 $211.15 $212.21 $213.27 17 $232.66 $233.82 $234.99 $236.17 $237.35 $238.53 $239.73 $240.92 $242.13 $243.34 $244.56 $245.78 18 $262.32 $263.63 $264.95 $266.27 $267.61 $268.94 $270.29 $271.64 $273.00 $274.36 $275.73 $277.11 19 $293.83 $295.30 $296.78 $298.26 $299.75 $301.25 $302.76 $304.27 $305.79 $307.32 $308.86 $310.40 20 $328.58 $330.22 $331.87 $333.53 $335.20 $336.87 $338.56 $340.25 $341.95 $343.66 $345.38 $347.11 21 $361.91 $363.72 $365.54 $367.37 $369.20 $371.05 $372.90 $374.77 $376.64 $378.53 $380.42 $382.32 22 $386.72 $388.66 $390.60 $392.55 $394.52 $396.49 $398.47 $400.46 $402.47 $404.48 $406.50 $408.53 23 $412.34 $414.40 $416.47 $418.56 $420.65 $422.75 $424.87 $426.99 $429.12 $431.27 $433.43 $435.59 24 $438.67 $440.87 $443.07 $445.29 $447.51 $449.75 $452.00 $454.26 $456.53 $458.81 $461.11 $463.41 25 $465.75 $468.08 $470.42 $472.77 $475.14 $477.51 $479.90 $482.30 $484.71 $487.14 $489.57 $492.02 26 $493.02 $495.49 $497.96 $500.45 $502.96 $505.47 $508.00 $510.54 $513.09 $515.66 $518.24 $520.83 27 $520.99 $523.59 $526.21 $528.84 $531.49 $534.14 $536.81 $539.50 $542.20 $544.91 $547.63 $550.37 28 $549.67 $552.42 $555.18 $557.96 $560.75 $563.55 $566.37 $569.20 $572.05 $574.91 $577.78 $580.67 29 $579.01 $581.90 $584.81 $587.74 $590.68 $593.63 $596.60 $599.58 $602.58 $605.59 $608.62 $611.66 30 $609.16 $612.20 $615.27 $618.34 $621.43 $624.54 $627.66 $630.80 $633.96 $637.13 $640.31 $643.51 31 $639.37 $642.57 $645.78 $649.01 $652.25 $655.52 $658.79 $662.09 $665.40 $668.73 $672.07 $675.43 32 $669.88 $673.23 $676.60 $679.98 $683.38 $686.80 $690.23 $693.69 $697.15 $700.64 $704.14 $707.66 33 $701.03 $704.54 $708.06 $711.60 $715.16 $718.73 $722.33 $725.94 $729.57 $733.22 $736.88 $740.57 34 $732.76 $736.43 $740.11 $743.81 $747.53 $751.27 $755.02 $758.80 $762.59 $766.40 $770.24 $774.09 35 $765.16 $768.98 $772.83 $776.69 $780.58 $784.48 $788.40 $792.34 $796.31 $800.29 $804.29 $808.31 36 $798.21 $802.20 $806.21 $810.24 $814.29 $818.37 $822.46 $826.57 $830.70 $834.86 $839.03 $843.23 37 $831.90 $836.06 $840.24 $844.44 $848.66 $852.90 $857.17 $861.45 $865.76 $870.09 $874.44 $878.81 38 $866.14 $870.47 $874.83 $879.20 $883.60 $888.01 $892.45 $896.92 $901.40 $905.91 $910.44 $914.99 39 $901.09 $905.59 $910.12 $914.67 $919.24 $923.84 $928.46 $933.10 $937.77 $942.46 $947.17 $951.90 40 $946.98 $951.72 $956.48 $961.26 $966.06 $970.89 $975.75 $980.63 $985.53 $990.46 $995.41 $1,000.39 41 $983.53 $988.45 $993.39 $998.35 $1,003.35 $1,008.36 $1,013.41 $1,018.47 $1,023.56 $1,028.68 $1,033.83 $1,038.99 42 $1,020.70 $1,025.80 $1,030.93 $1,036.08 $1,041.27 $1,046.47 $1,051.70 $1,056.96 $1,062.25 $1,067.56 $1,072.90 $1,078.26 43 $1,058.53 $1,063.83 $1,069.14 $1,074.49 $1,079.86 $1,085.26 $1,090.69 $1,096.14 $1,101.62 $1,107.13 $1,112.67 $1,118.23 44 $1,097.08 $1,102.56 $1,108.07 $1,113.61 $1,119.18 $1,124.78 $1,130.40 $1,136.05 $1,141.73 $1,147.44 $1,153.18 $1,158.95 45 $1,136.19 $1,141.87 $1,147.58 $1,153.32 $1,159.08 $1,164.88 $1,170.70 $1,176.56 $1,182.44 $1,188.35 $1,194.29 $1,200.27 46 $1,175.93 $1,181.81 $1,187.72 $1,193.66 $1,199.62 $1,205.62 $1,211.65 $1,217.71 $1,223.80 $1,229.92 $1,236.07 $1,242.25 47 $1,216.34 $1,222.42 $1,228.54 $1,234.68 $1,240.85 $1,247.06 $1,253.29 $1,259.56 $1,265.86 $1,272.19 $1,278.55 $1,284.94 48 $1,257.40 $1,263.69 $1,270.01 $1,276.36 $1,282.74 $1,289.15 $1,295.60 $1,302.08 $1,308.59 $1,315.13 $1,321.71 $1,328.31 49 $1,299.14 $1,305.63 $1,312.16 $1,318.72 $1,325.32 $1,331.94 $1,338.60 $1,345.29 $1,352.02 $1,358.78 $1,365.57 $1,372.40 50 $1,341.43 $1,348.14 $1,354.88 $1,361.66 $1,368.46 $1,375.31 $1,382.18 $1,389.09 $1,396.04 $1,403.02 $1,410.03 $1,417.08 51 $1,384.42 $1,391.34 $1,398.30 $1,405.29 $1,412.31 $1,419.38 $1,426.47 $1,433.60 $1,440.77 $1,447.98 $1,455.22 $1,462.49 52 $1,428.04 $1,435.19 $1,442.36 $1,449.57 $1,456.82 $1,464.10 $1,471.43 $1,478.78 $1,486.18 $1,493.61 $1,501.08 $1,508.58 53 $1,472.32 $1,479.68 $1,487.08 $1,494.51 $1,501.99 $1,509.50 $1,517.04 $1,524.63 $1,532.25 $1,539.91 $1,547.61 $1,555.35 54 $1,517.20 $1,524.79 $1,532.41 $1,540.08 $1,547.78 $1,555.52 $1,563.29 $1,571.11 $1,578.96 $1,586.86 $1,594.79 $1,602.77 55 $1,562.80 $1,570.61 $1,578.46 $1,586.36 $1,594.29 $1,602.26 $1,610.27 $1,618.32 $1,626.41 $1,634.55 $1,642.72 $1,650.93 56 $1,608.95 $1,617.00 $1,625.08 $1,633.21 $1,641.37 $1,649.58 $1,657.83 $1,666.12 $1,674.45 $1,682.82 $1,691.23 $1,699.69 57 $1,655.85 $1,664.13 $1,672.45 $1,680.81 $1,689.21 $1,697.66 $1,706.15 $1,714.68 $1,723.25 $1,731.87 $1,740.53 $1,749.23 58 $1,703.29 $1,711.81 $1,720.37 $1,728.97 $1,737.61 $1,746.30 $1,755.03 $1,763.81 $1,772.63 $1,781.49 $1,790.40 $1,799.35 59 $1,751.40 $1,760.16 $1,768.96 $1,777.80 $1,786.69 $1,795.63 $1,804.60 $1,813.63 $1,822.70 $1,831.81 $1,840.97 $1,850.17 60 $1,800.23 $1,809.23 $1,818.28 $1,827.37 $1,836.51 $1,845.69 $1,854.92 $1,864.19 $1,873.51 $1,882.88 $1,892.29 $1,901.76 61 $1,849.65 $1,858.90 $1,868.19 $1,877.53 $1,886.92 $1,896.36 $1,905.84 $1,915.37 $1,924.94 $1,934.57 $1,944.24 $1,953.96 62 $1,899.68 $1,909.18 $1,918.73 $1,928.32 $1,937.96 $1,947.65 $1,957.39 $1,967.18 $1,977.02 $1,986.90 $1,996.83 $2,006.82 63 $1,950.43 $1,960.18 $1,969.98 $1,979.83 $1,989.73 $1,999.68 $2,009.68 $2,019.72 $2,029.82 $2,039.97 $2,050.17 $2,060.42 64 $2,001.74 $2,011.75 $2,021.81 $2,031.92 $2,042.08 $2,052.29 $2,062.55 $2,072.86 $2,083.22 $2,093.64 $2,104.11 $2,114.63 65 $2,053.74 $2,064.01 $2,074.33 $2,084.70 $2,095.12 $2,105.60 $2,116.13 $2,126.71 $2,137.34 $2,148.03 $2,158.77 $2,169.56 66 $2,106.41 $2,116.94 $2,127.52 $2,138.16 $2,148.85 $2,159.59 $2,170.39 $2,181.24 $2,192.15 $2,203.11 $2,214.13 $2,225.20 67 $2,159.66 $2,170.46 $2,181.31 $2,192.22 $2,203.18 $2,214.20 $2,225.27 $2,236.40 $2,247.58 $2,258.82 $2,270.11 $2,281.46 68 $2,213.64 $2,224.71 $2,235.83 $2,247.01 $2,258.25 $2,269.54 $2,280.88 $2,292.29 $2,303.75 $2,315.27 $2,326.85 $2,338.48 69 $2,268.24 $2,279.58 $2,290.98 $2,302.43 $2,313.95 $2,325.52 $2,337.14 $2,348.83 $2,360.57 $2,372.38 $2,384.24 $2,396.16 70 $2,323.46 $2,335.08 $2,346.76 $2,358.49 $2,370.28 $2,382.13 $2,394.05 $2,406.02 $2,418.05 $2,430.14 $2,442.29 $2,454.50 71 $2,379.30 $2,391.20 $2,403.15 $2,415.17 $2,427.25 $2,439.38 $2,451.58 $2,463.84 $2,476.16 $2,488.54 $2,500.98 $2,513.48 72 $2,435.87 $2,448.05 $2,460.29 $2,472.59 $2,484.95 $2,497.38 $2,509.86 $2,522.41 $2,535.02 $2,547.70 $2,560.44 $2,573.24 73 $2,493.04 $2,505.50 $2,518.03 $2,530.62 $2,543.27 $2,555.99 $2,568.77 $2,581.61 $2,594.52 $2,607.49 $2,620.53 $2,633.63 74 $2,550.81 $2,563.56 $2,576.38 $2,589.26 $2,602.21 $2,615.22 $2,628.30 $2,641.44 $2,654.64 $2,667.92 $2,681.26 $2,694.66 75 $2,609.33 $2,622.38 $2,635.49 $2,648.66 $2,661.91 $2,675.22 $2,688.59 $2,702.04 $2,715.55 $2,729.12 $2,742.77 $2,756.48 76 $2,656.33 $2,669.61 $2,682.96 $2,696.37 $2,709.85 $2,723.40 $2,737.02 $2,750.70 $2,764.46 $2,778.28 $2,792.17 $2,806.13 77 $2,703.70 $2,717.22 $2,730.80 $2,744.46 $2,758.18 $2,771.97 $2,785.83 $2,799.76 $2,813.76 $2,827.83 $2,841.97 $2,856.18 78 $2,751.34 $2,765.10 $2,778.92 $2,792.82 $2,806.78 $2,820.82 $2,834.92 $2,849.09 $2,863.34 $2,877.66 $2,892.04 $2,906.50 79 $2,799.38 $2,813.38 $2,827.44 $2,841.58 $2,855.79 $2,870.07 $2,884.42 $2,898.84 $2,913.33 $2,927.90 $2,942.54 $2,957.25 80 $2,847.68 $2,861.91 $2,876.22 $2,890.61 $2,905.06 $2,919.58 $2,934.18 $2,948.85 $2,963.60 $2,978.41 $2,993.31 $3,008.27 81 $2,896.35 $2,910.83 $2,925.38 $2,940.01 $2,954.71 $2,969.48 $2,984.33 $2,999.25 $3,014.25 $3,029.32 $3,044.47 $3,059.69 82 $2,945.38 $2,960.11 $2,974.91 $2,989.79 $3,004.73 $3,019.76 $3,034.86 $3,050.03 $3,065.28 $3,080.61 $3,096.01 $3,111.49 83 $2,994.65 $3,009.62 $3,024.67 $3,039.79 $3,054.99 $3,070.27 $3,085.62 $3,101.05 $3,116.55 $3,132.13 $3,147.80 $3,163.53 84 $3,044.32 $3,059.54 $3,074.84 $3,090.21 $3,105.66 $3,121.19 $3,136.80 $3,152.48 $3,168.24 $3,184.09 $3,200.01 $3,216.01 85 $3,094.25 $3,109.72 $3,125.27 $3,140.90 $3,156.60 $3,172.38 $3,188.25 $3,204.19 $3,220.21 $3,236.31 $3,252.49 $3,268.75 86 $3,144.58 $3,160.30 $3,176.10 $3,191.98 $3,207.94 $3,223.98 $3,240.10 $3,256.30 $3,272.58 $3,288.94 $3,305.39 $3,321.92 87 $3,195.18 $3,211.16 $3,227.21 $3,243.35 $3,259.57 $3,275.86 $3,292.24 $3,308.70 $3,325.25 $3,341.87 $3,358.58 $3,375.38 88 $3,246.11 $3,262.34 $3,278.65 $3,295.05 $3,311.52 $3,328.08 $3,344.72 $3,361.44 $3,378.25 $3,395.14 $3,412.12 $3,429.18 89 $3,297.38 $3,313.87 $3,330.44 $3,347.09 $3,363.83 $3,380.65 $3,397.55 $3,414.54 $3,431.61 $3,448.77 $3,466.01 $3,483.34 90 $3,312.33 $3,328.89 $3,345.53 $3,362.26 $3,379.07 $3,395.97 $3,412.95 $3,430.01 $3,447.16 $3,464.40 $3,481.72 $3,499.13 91 $3,363.73 $3,380.55 $3,397.46 $3,414.44 $3,431.52 $3,448.67 $3,465.92 $3,483.25 $3,500.66 $3,518.17 $3,535.76 $3,553.44 92 $3,415.45 $3,432.53 $3,449.69 $3,466.94 $3,484.28 $3,501.70 $3,519.21 $3,536.80 $3,554.49 $3,572.26 $3,590.12 $3,608.07 93 $3,467.50 $3,484.83 $3,502.26 $3,519.77 $3,537.37 $3,555.05 $3,572.83 $3,590.69 $3,608.65 $3,626.69 $3,644.82 $3,663.05 94 $3,519.81 $3,537.41 $3,555.09 $3,572.87 $3,590.73 $3,608.69 $3,626.73 $3,644.86 $3,663.09 $3,681.40 $3,699.81 $3,718.31 95 $3,572.55 $3,590.41 $3,608.36 $3,626.40 $3,644.53 $3,662.76 $3,681.07 $3,699.48 $3,717.97 $3,736.56 $3,755.25 $3,774.02 96 $3,625.58 $3,643.70 $3,661.92 $3,680.23 $3,698.63 $3,717.13 $3,735.71 $3,754.39 $3,773.16 $3,792.03 $3,810.99 $3,830.04 97 $3,678.88 $3,697.27 $3,715.76 $3,734.33 $3,753.01 $3,771.77 $3,790.63 $3,809.58 $3,828.63 $3,847.77 $3,867.01 $3,886.35 98 $3,732.55 $3,751.21 $3,769.97 $3,788.82 $3,807.76 $3,826.80 $3,845.94 $3,865.16 $3,884.49 $3,903.91 $3,923.43 $3,943.05 99 $3,786.56 $3,805.49 $3,824.52 $3,843.64 $3,862.86 $3,882.17 $3,901.58 $3,921.09 $3,940.70 $3,960.40 $3,980.20 $4,000.10 100 $3,840.87 $3,860.07 $3,879.37 $3,898.77 $3,918.26 $3,937.85 $3,957.54 $3,977.33 $3,997.22 $4,017.20 $4,037.29 $4,057.47 En consumos mayores a 100 m³ cada metro cúbico del volumen total consumido se cobrará al precio siguiente y al importe que resulte se le sumará la cuota base. Más de 100 enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre Precio por m³ $38.46 $38.65 $38.84 $39.04 $39.23 $39.43 $39.63 $39.83 $40.02 $40.22 $40.43 $40.63 c) Servicio Comercial y de servicios. Los usuarios clasificados en este giro pagarán conforme a las tarifas siguientes: c) Comercial y de servicios enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre Cuota base $105.37 $105.37 $105.37 $105.37 $105.37 $105.37 $105.37 $105.37 $105.37 $105.37 $105.37 $105.37 A la cuota base se le sumará el importe de acuerdo al consumo del usuario conforme la siguiente tabla: Consumo m³ enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre 0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 1 $16.18 $16.31 $16.44 $16.57 $16.71 $16.84 $16.97 $17.11 $17.25 $17.39 $17.52 $17.66 2 $23.86 $24.05 $24.24 $24.43 $24.63 $24.83 $25.03 $25.23 $25.43 $25.63 $25.84 $26.04 3 $31.55 $31.81 $32.06 $32.32 $32.58 $32.84 $33.10 $33.36 $33.63 $33.90 $34.17 $34.44 4 $39.41 $39.72 $40.04 $40.36 $40.68 $41.01 $41.34 $41.67 $42.00 $42.34 $42.67 $43.02 5 $47.34 $47.72 $48.10 $48.49 $48.87 $49.26 $49.66 $50.06 $50.46 $50.86 $51.27 $51.68 6 $55.34 $55.78 $56.23 $56.68 $57.13 $57.59 $58.05 $58.51 $58.98 $59.45 $59.93 $60.41 7 $63.51 $64.02 $64.53 $65.05 $65.57 $66.09 $66.62 $67.16 $67.69 $68.23 $68.78 $69.33 8 $71.75 $72.32 $72.90 $73.49 $74.07 $74.67 $75.26 $75.87 $76.47 $77.08 $77.70 $78.32 9 $80.11 $80.75 $81.40 $82.05 $82.71 $83.37 $84.03 $84.71 $85.38 $86.07 $86.76 $87.45 10 $88.49 $89.20 $89.92 $90.63 $91.36 $92.09 $92.83 $93.57 $94.32 $95.07 $95.83 $96.60 11 $97.05 $97.83 $98.61 $99.40 $100.20 $101.00 $101.81 $102.62 $103.44 $104.27 $105.10 $105.94 12 $117.26 $118.20 $119.14 $120.10 $121.06 $122.03 $123.00 $123.99 $124.98 $125.98 $126.99 $128.00 13 $138.53 $139.64 $140.75 $141.88 $143.01 $144.16 $145.31 $146.47 $147.65 $148.83 $150.02 $151.22 14 $161.54 $162.84 $164.14 $165.45 $166.77 $168.11 $169.45 $170.81 $172.18 $173.55 $174.94 $176.34 15 $184.54 $186.01 $187.50 $189.00 $190.51 $192.04 $193.57 $195.12 $196.68 $198.26 $199.84 $201.44 16 $211.22 $212.91 $214.62 $216.33 $218.06 $219.81 $221.57 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$559.78 $564.26 $568.77 $573.32 27 $557.96 $562.42 $566.92 $571.46 $576.03 $580.64 $585.28 $589.97 $594.69 $599.44 $604.24 $609.07 28 $591.79 $596.53 $601.30 $606.11 $610.96 $615.84 $620.77 $625.74 $630.74 $635.79 $640.88 $646.00 29 $626.48 $631.49 $636.54 $641.63 $646.76 $651.94 $657.15 $662.41 $667.71 $673.05 $678.44 $683.86 30 $662.26 $667.56 $672.90 $678.28 $683.71 $689.18 $694.69 $700.25 $705.85 $711.50 $717.19 $722.93 31 $701.52 $707.13 $712.79 $718.49 $724.24 $730.04 $735.88 $741.76 $747.70 $753.68 $759.71 $765.79 32 $739.35 $745.26 $751.22 $757.23 $763.29 $769.40 $775.55 $781.76 $788.01 $794.31 $800.67 $807.07 33 $778.09 $784.31 $790.59 $796.91 $803.29 $809.71 $816.19 $822.72 $829.30 $835.94 $842.62 $849.36 34 $817.94 $824.48 $831.08 $837.73 $844.43 $851.18 $857.99 $864.86 $871.78 $878.75 $885.78 $892.87 35 $858.77 $865.64 $872.56 $879.55 $886.58 $893.67 $900.82 $908.03 $915.29 $922.62 $930.00 $937.44 36 $900.64 $907.85 $915.11 $922.43 $929.81 $937.25 $944.74 $952.30 $959.92 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$2,977.75 $3,001.57 $3,025.58 $3,049.79 $3,074.19 $3,098.78 $3,123.57 78 $2,911.26 $2,934.55 $2,958.03 $2,981.69 $3,005.55 $3,029.59 $3,053.83 $3,078.26 $3,102.88 $3,127.71 $3,152.73 $3,177.95 79 $2,961.33 $2,985.02 $3,008.90 $3,032.97 $3,057.23 $3,081.69 $3,106.34 $3,131.20 $3,156.24 $3,181.49 $3,206.95 $3,232.60 80 $3,011.81 $3,035.90 $3,060.19 $3,084.67 $3,109.35 $3,134.22 $3,159.30 $3,184.57 $3,210.05 $3,235.73 $3,261.62 $3,287.71 81 $3,062.61 $3,087.11 $3,111.81 $3,136.71 $3,161.80 $3,187.09 $3,212.59 $3,238.29 $3,264.20 $3,290.31 $3,316.63 $3,343.17 82 $3,113.71 $3,138.62 $3,163.73 $3,189.04 $3,214.55 $3,240.27 $3,266.19 $3,292.32 $3,318.66 $3,345.20 $3,371.97 $3,398.94 83 $3,165.18 $3,190.50 $3,216.02 $3,241.75 $3,267.69 $3,293.83 $3,320.18 $3,346.74 $3,373.51 $3,400.50 $3,427.70 $3,455.13 84 $3,216.95 $3,242.68 $3,268.63 $3,294.77 $3,321.13 $3,347.70 $3,374.48 $3,401.48 $3,428.69 $3,456.12 $3,483.77 $3,511.64 85 $3,269.06 $3,295.22 $3,321.58 $3,348.15 $3,374.94 $3,401.93 $3,429.15 $3,456.58 $3,484.24 $3,512.11 $3,540.21 $3,568.53 86 $3,321.54 $3,348.11 $3,374.90 $3,401.90 $3,429.11 $3,456.55 $3,484.20 $3,512.07 $3,540.17 $3,568.49 $3,597.04 $3,625.81 87 $3,374.32 $3,401.32 $3,428.53 $3,455.95 $3,483.60 $3,511.47 $3,539.56 $3,567.88 $3,596.42 $3,625.19 $3,654.20 $3,683.43 88 $3,427.52 $3,454.94 $3,482.58 $3,510.44 $3,538.52 $3,566.83 $3,595.36 $3,624.13 $3,653.12 $3,682.35 $3,711.80 $3,741.50 89 $3,480.94 $3,508.79 $3,536.86 $3,565.16 $3,593.68 $3,622.43 $3,651.41 $3,680.62 $3,710.06 $3,739.74 $3,769.66 $3,799.82 90 $3,534.75 $3,563.03 $3,591.53 $3,620.27 $3,649.23 $3,678.42 $3,707.85 $3,737.51 $3,767.41 $3,797.55 $3,827.93 $3,858.56 91 $3,588.86 $3,617.57 $3,646.51 $3,675.69 $3,705.09 $3,734.73 $3,764.61 $3,794.73 $3,825.09 $3,855.69 $3,886.53 $3,917.62 92 $3,643.37 $3,672.52 $3,701.90 $3,731.51 $3,761.36 $3,791.45 $3,821.79 $3,852.36 $3,883.18 $3,914.25 $3,945.56 $3,977.12 93 $3,698.18 $3,727.76 $3,757.59 $3,787.65 $3,817.95 $3,848.49 $3,879.28 $3,910.31 $3,941.60 $3,973.13 $4,004.91 $4,036.95 94 $3,753.33 $3,783.36 $3,813.62 $3,844.13 $3,874.88 $3,905.88 $3,937.13 $3,968.63 $4,000.38 $4,032.38 $4,064.64 $4,097.16 95 $3,808.75 $3,839.22 $3,869.93 $3,900.89 $3,932.10 $3,963.56 $3,995.27 $4,027.23 $4,059.45 $4,091.92 $4,124.66 $4,157.65 96 $3,864.62 $3,895.54 $3,926.70 $3,958.11 $3,989.78 $4,021.70 $4,053.87 $4,086.30 $4,118.99 $4,151.94 $4,185.16 $4,218.64 97 $3,920.69 $3,952.05 $3,983.67 $4,015.54 $4,047.66 $4,080.04 $4,112.68 $4,145.58 $4,178.75 $4,212.18 $4,245.88 $4,279.84 98 $3,977.22 $4,009.04 $4,041.11 $4,073.44 $4,106.03 $4,138.87 $4,171.99 $4,205.36 $4,239.00 $4,272.92 $4,307.10 $4,341.56 99 $4,033.97 $4,066.24 $4,098.77 $4,131.56 $4,164.62 $4,197.93 $4,231.52 $4,265.37 $4,299.49 $4,333.89 $4,368.56 $4,403.51 100 $4,091.18 $4,123.91 $4,156.90 $4,190.16 $4,223.68 $4,257.47 $4,291.53 $4,325.86 $4,360.47 $4,395.35 $4,430.52 $4,465.96 En consumos mayores a 100 m³ cada metro cúbico del volumen total consumido se cobrará al precio siguiente y al importe que resulte se le sumará la cuota base. Más de 100 enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre Precio por m³ $41.25 $41.58 $41.91 $42.24 $42.58 $42.92 $43.27 $43.61 $43.96 $44.31 $44.67 $45.02 d) Industrial. Los usuarios clasificados en este giro pagarán conforme a la tabla siguiente: d) Industrial enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre Cuota base $246.82 $246.82 $246.82 $246.82 $246.82 $246.82 $246.82 $246.82 $246.82 $246.82 $246.82 $246.82 A la cuota base se le sumará el importe de acuerdo al consumo del usuario conforme la siguiente tabla: Consumo m³ enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre 0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 1 $16.39 $16.52 $16.65 $16.79 $16.92 $17.06 $17.19 $17.33 $17.47 $17.61 $17.75 $17.89 2 $24.23 $24.43 $24.62 $24.82 $25.02 $25.22 $25.42 $25.62 $25.83 $26.03 $26.24 $26.45 3 $35.77 $36.05 $36.34 $36.63 $36.92 $37.22 $37.52 $37.82 $38.12 $38.42 $38.73 $39.04 4 $47.84 $48.22 $48.61 $49.00 $49.39 $49.78 $50.18 $50.58 $50.99 $51.40 $51.81 $52.22 5 $59.95 $60.43 $60.91 $61.40 $61.89 $62.38 $62.88 $63.38 $63.89 $64.40 $64.92 $65.44 6 $72.12 $72.70 $73.28 $73.87 $74.46 $75.06 $75.66 $76.26 $76.87 $77.49 $78.11 $78.73 7 $84.35 $85.03 $85.71 $86.40 $87.09 $87.78 $88.49 $89.19 $89.91 $90.63 $91.35 $92.08 8 $96.64 $97.41 $98.19 $98.97 $99.77 $100.56 $101.37 $102.18 $103.00 $103.82 $104.65 $105.49 9 $109.09 $109.96 $110.84 $111.72 $112.62 $113.52 $114.43 $115.34 $116.27 $117.20 $118.13 $119.08 10 $121.51 $122.49 $123.47 $124.45 $125.45 $126.45 $127.46 $128.48 $129.51 $130.55 $131.59 $132.64 11 $134.02 $135.10 $136.18 $137.27 $138.37 $139.47 $140.59 $141.71 $142.85 $143.99 $145.14 $146.30 12 $151.05 $152.26 $153.48 $154.70 $155.94 $157.19 $158.45 $159.71 $160.99 $162.28 $163.58 $164.89 13 $173.22 $174.61 $176.01 $177.41 $178.83 $180.26 $181.71 $183.16 $184.62 $186.10 $187.59 $189.09 14 $196.94 $198.52 $200.11 $201.71 $203.32 $204.95 $206.59 $208.24 $209.91 $211.59 $213.28 $214.99 15 $222.15 $223.93 $225.72 $227.53 $229.35 $231.18 $233.03 $234.90 $236.78 $238.67 $240.58 $242.51 16 $248.89 $250.88 $252.89 $254.91 $256.95 $259.01 $261.08 $263.17 $265.28 $267.40 $269.54 $271.69 17 $277.20 $279.42 $281.65 $283.91 $286.18 $288.47 $290.78 $293.10 $295.45 $297.81 $300.19 $302.59 18 $307.04 $309.50 $311.97 $314.47 $316.98 $319.52 $322.08 $324.65 $327.25 $329.87 $332.51 $335.17 19 $339.96 $342.67 $345.42 $348.18 $350.97 $353.77 $356.60 $359.46 $362.33 $365.23 $368.15 $371.10 20 $374.61 $377.60 $380.63 $383.67 $386.74 $389.83 $392.95 $396.10 $399.27 $402.46 $405.68 $408.92 21 $410.60 $413.89 $417.20 $420.54 $423.90 $427.29 $430.71 $434.16 $437.63 $441.13 $444.66 $448.22 22 $448.30 $451.89 $455.50 $459.15 $462.82 $466.52 $470.26 $474.02 $477.81 $481.63 $485.49 $489.37 23 $487.68 $491.58 $495.51 $499.47 $503.47 $507.50 $511.56 $515.65 $519.78 $523.93 $528.13 $532.35 24 $528.74 $532.97 $537.23 $541.53 $545.86 $550.23 $554.63 $559.07 $563.54 $568.05 $572.59 $577.17 25 $559.38 $563.86 $568.37 $572.92 $577.50 $582.12 $586.78 $591.47 $596.20 $600.97 $605.78 $610.63 26 $589.92 $594.64 $599.40 $604.19 $609.02 $613.90 $618.81 $623.76 $628.75 $633.78 $638.85 $643.96 27 $621.08 $626.05 $631.05 $636.10 $641.19 $646.32 $651.49 $656.70 $661.96 $667.25 $672.59 $677.97 28 $652.91 $658.14 $663.40 $668.71 $674.06 $679.45 $684.89 $690.36 $695.89 $701.45 $707.07 $712.72 29 $685.37 $690.85 $696.38 $701.95 $707.57 $713.23 $718.93 $724.68 $730.48 $736.33 $742.22 $748.15 30 $718.52 $724.26 $730.06 $735.90 $741.79 $747.72 $753.70 $759.73 $765.81 $771.94 $778.11 $784.34 31 $752.26 $758.28 $764.35 $770.46 $776.63 $782.84 $789.10 $795.41 $801.78 $808.19 $814.66 $821.17 32 $807.36 $813.82 $820.33 $826.89 $833.51 $840.18 $846.90 $853.67 $860.50 $867.39 $874.33 $881.32 33 $843.07 $849.81 $856.61 $863.46 $870.37 $877.33 $884.35 $891.43 $898.56 $905.75 $912.99 $920.30 34 $879.40 $886.44 $893.53 $900.68 $907.88 $915.15 $922.47 $929.85 $937.29 $944.78 $952.34 $959.96 35 $916.39 $923.72 $931.11 $938.56 $946.06 $953.63 $961.26 $968.95 $976.70 $984.52 $992.39 $1,000.33 36 $954.04 $961.68 $969.37 $977.12 $984.94 $992.82 $1,000.76 $1,008.77 $1,016.84 $1,024.97 $1,033.17 $1,041.44 37 $992.33 $1,000.27 $1,008.27 $1,016.33 $1,024.46 $1,032.66 $1,040.92 $1,049.25 $1,057.64 $1,066.10 $1,074.63 $1,083.23 38 $1,031.24 $1,039.49 $1,047.81 $1,056.19 $1,064.64 $1,073.16 $1,081.74 $1,090.40 $1,099.12 $1,107.91 $1,116.78 $1,125.71 39 $1,070.83 $1,079.39 $1,088.03 $1,096.73 $1,105.51 $1,114.35 $1,123.26 $1,132.25 $1,141.31 $1,150.44 $1,159.64 $1,168.92 40 $1,111.05 $1,119.94 $1,128.90 $1,137.93 $1,147.04 $1,156.21 $1,165.46 $1,174.79 $1,184.18 $1,193.66 $1,203.21 $1,212.83 41 $1,151.94 $1,161.15 $1,170.44 $1,179.80 $1,189.24 $1,198.76 $1,208.35 $1,218.01 $1,227.76 $1,237.58 $1,247.48 $1,257.46 42 $1,193.45 $1,203.00 $1,212.62 $1,222.32 $1,232.10 $1,241.96 $1,251.90 $1,261.91 $1,272.01 $1,282.18 $1,292.44 $1,302.78 43 $1,235.60 $1,245.49 $1,255.45 $1,265.50 $1,275.62 $1,285.82 $1,296.11 $1,306.48 $1,316.93 $1,327.47 $1,338.09 $1,348.79 44 $1,278.42 $1,288.65 $1,298.96 $1,309.35 $1,319.82 $1,330.38 $1,341.02 $1,351.75 $1,362.57 $1,373.47 $1,384.46 $1,395.53 45 $1,321.88 $1,332.46 $1,343.12 $1,353.86 $1,364.69 $1,375.61 $1,386.61 $1,397.71 $1,408.89 $1,420.16 $1,431.52 $1,442.97 46 $1,365.99 $1,376.92 $1,387.93 $1,399.03 $1,410.23 $1,421.51 $1,432.88 $1,444.34 $1,455.90 $1,467.55 $1,479.29 $1,491.12 47 $1,410.74 $1,422.03 $1,433.40 $1,444.87 $1,456.43 $1,468.08 $1,479.82 $1,491.66 $1,503.60 $1,515.62 $1,527.75 $1,539.97 48 $1,456.14 $1,467.78 $1,479.53 $1,491.36 $1,503.29 $1,515.32 $1,527.44 $1,539.66 $1,551.98 $1,564.40 $1,576.91 $1,589.53 49 $1,502.18 $1,514.19 $1,526.31 $1,538.52 $1,550.83 $1,563.23 $1,575.74 $1,588.34 $1,601.05 $1,613.86 $1,626.77 $1,639.78 50 $1,548.87 $1,561.26 $1,573.75 $1,586.34 $1,599.03 $1,611.83 $1,624.72 $1,637.72 $1,650.82 $1,664.03 $1,677.34 $1,690.76 51 $1,596.18 $1,608.95 $1,621.82 $1,634.80 $1,647.88 $1,661.06 $1,674.35 $1,687.74 $1,701.24 $1,714.85 $1,728.57 $1,742.40 52 $1,644.18 $1,657.33 $1,670.59 $1,683.95 $1,697.43 $1,711.01 $1,724.69 $1,738.49 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$8,767.71 $8,837.85 $8,908.55 $8,979.82 $9,051.66 $9,124.07 $9,197.06 $9,270.64 $9,344.80 $9,419.56 166 $8,708.17 $8,777.83 $8,848.06 $8,918.84 $8,990.19 $9,062.11 $9,134.61 $9,207.69 $9,281.35 $9,355.60 $9,430.45 $9,505.89 167 $8,787.55 $8,857.85 $8,928.72 $9,000.15 $9,072.15 $9,144.72 $9,217.88 $9,291.62 $9,365.96 $9,440.89 $9,516.41 $9,592.54 168 $8,867.26 $8,938.20 $9,009.70 $9,081.78 $9,154.43 $9,227.67 $9,301.49 $9,375.90 $9,450.91 $9,526.52 $9,602.73 $9,679.55 169 $8,947.33 $9,018.91 $9,091.06 $9,163.79 $9,237.10 $9,310.99 $9,385.48 $9,460.57 $9,536.25 $9,612.54 $9,689.44 $9,766.96 170 $9,027.69 $9,099.91 $9,172.71 $9,246.09 $9,320.06 $9,394.62 $9,469.78 $9,545.54 $9,621.90 $9,698.88 $9,776.47 $9,854.68 171 $9,108.38 $9,181.25 $9,254.70 $9,328.74 $9,403.37 $9,478.59 $9,554.42 $9,630.86 $9,707.90 $9,785.57 $9,863.85 $9,942.76 172 $9,189.40 $9,262.91 $9,337.02 $9,411.71 $9,487.01 $9,562.90 $9,639.41 $9,716.52 $9,794.25 $9,872.61 $9,951.59 $10,031.20 173 $9,270.74 $9,344.90 $9,419.66 $9,495.02 $9,570.98 $9,647.55 $9,724.73 $9,802.53 $9,880.95 $9,959.99 $10,039.67 $10,119.99 174 $9,352.41 $9,427.23 $9,502.65 $9,578.67 $9,655.30 $9,732.54 $9,810.40 $9,888.88 $9,967.99 $10,047.74 $10,128.12 $10,209.14 175 $9,434.40 $9,509.88 $9,585.96 $9,662.64 $9,739.94 $9,817.86 $9,896.41 $9,975.58 $10,055.38 $10,135.83 $10,216.91 $10,298.65 176 $9,516.70 $9,592.83 $9,669.57 $9,746.93 $9,824.91 $9,903.50 $9,982.73 $10,062.59 $10,143.09 $10,224.24 $10,306.03 $10,388.48 177 $9,599.34 $9,676.13 $9,753.54 $9,831.57 $9,910.22 $9,989.50 $10,069.42 $10,149.97 $10,231.17 $10,313.02 $10,395.53 $10,478.69 178 $9,682.28 $9,759.73 $9,837.81 $9,916.51 $9,995.85 $10,075.81 $10,156.42 $10,237.67 $10,319.57 $10,402.13 $10,485.35 $10,569.23 179 $9,765.56 $9,843.68 $9,922.43 $10,001.81 $10,081.83 $10,162.48 $10,243.78 $10,325.73 $10,408.34 $10,491.60 $10,575.54 $10,660.14 180 $9,834.62 $9,913.30 $9,992.61 $10,072.55 $10,153.13 $10,234.35 $10,316.23 $10,398.76 $10,481.95 $10,565.80 $10,650.33 $10,735.53 181 $9,903.86 $9,983.09 $10,062.95 $10,143.46 $10,224.60 $10,306.40 $10,388.85 $10,471.96 $10,555.74 $10,640.18 $10,725.31 $10,811.11 182 $9,973.23 $10,053.01 $10,133.44 $10,214.50 $10,296.22 $10,378.59 $10,461.62 $10,545.31 $10,629.67 $10,714.71 $10,800.43 $10,886.83 183 $10,042.77 $10,123.11 $10,204.10 $10,285.73 $10,368.02 $10,450.96 $10,534.57 $10,618.84 $10,703.80 $10,789.43 $10,875.74 $10,962.75 184 $10,112.47 $10,193.37 $10,274.92 $10,357.12 $10,439.97 $10,523.49 $10,607.68 $10,692.54 $10,778.08 $10,864.31 $10,951.22 $11,038.83 185 $10,182.36 $10,263.82 $10,345.93 $10,428.70 $10,512.13 $10,596.22 $10,680.99 $10,766.44 $10,852.57 $10,939.39 $11,026.91 $11,115.12 186 $10,252.38 $10,334.40 $10,417.08 $10,500.41 $10,584.42 $10,669.09 $10,754.44 $10,840.48 $10,927.20 $11,014.62 $11,102.74 $11,191.56 187 $10,322.57 $10,405.15 $10,488.39 $10,572.30 $10,656.88 $10,742.13 $10,828.07 $10,914.70 $11,002.01 $11,090.03 $11,178.75 $11,268.18 188 $10,392.94 $10,476.08 $10,559.89 $10,644.37 $10,729.52 $10,815.36 $10,901.88 $10,989.10 $11,077.01 $11,165.63 $11,254.95 $11,344.99 189 $10,463.44 $10,547.15 $10,631.52 $10,716.58 $10,802.31 $10,888.73 $10,975.84 $11,063.64 $11,152.15 $11,241.37 $11,331.30 $11,421.95 190 $10,534.12 $10,618.39 $10,703.34 $10,788.97 $10,875.28 $10,962.28 $11,049.98 $11,138.38 $11,227.48 $11,317.30 $11,407.84 $11,499.11 191 $10,604.95 $10,689.79 $10,775.31 $10,861.51 $10,948.41 $11,035.99 $11,124.28 $11,213.27 $11,302.98 $11,393.40 $11,484.55 $11,576.43 192 $10,675.96 $10,761.37 $10,847.46 $10,934.24 $11,021.72 $11,109.89 $11,198.77 $11,288.36 $11,378.67 $11,469.70 $11,561.45 $11,653.94 193 $10,747.13 $10,833.11 $10,919.77 $11,007.13 $11,095.19 $11,183.95 $11,273.42 $11,363.61 $11,454.52 $11,546.15 $11,638.52 $11,731.63 194 $10,818.45 $10,905.00 $10,992.24 $11,080.18 $11,168.82 $11,258.17 $11,348.24 $11,439.02 $11,530.54 $11,622.78 $11,715.76 $11,809.49 195 $10,889.92 $10,977.04 $11,064.86 $11,153.38 $11,242.60 $11,332.55 $11,423.21 $11,514.59 $11,606.71 $11,699.56 $11,793.16 $11,887.50 196 $10,961.56 $11,049.25 $11,137.64 $11,226.75 $11,316.56 $11,407.09 $11,498.35 $11,590.34 $11,683.06 $11,776.52 $11,870.74 $11,965.70 197 $11,033.39 $11,121.66 $11,210.63 $11,300.32 $11,390.72 $11,481.84 $11,573.70 $11,666.29 $11,759.62 $11,853.70 $11,948.53 $12,044.11 198 $11,105.36 $11,194.20 $11,283.76 $11,374.03 $11,465.02 $11,556.74 $11,649.19 $11,742.39 $11,836.32 $11,931.02 $12,026.46 $12,122.68 199 $11,177.48 $11,266.90 $11,357.04 $11,447.89 $11,539.48 $11,631.79 $11,724.85 $11,818.65 $11,913.20 $12,008.50 $12,104.57 $12,201.41 200 $11,249.76 $11,339.76 $11,430.48 $11,521.92 $11,614.10 $11,707.01 $11,800.67 $11,895.07 $11,990.23 $12,086.16 $12,182.84 $12,280.31 En consumos mayores a 200 m³ cada metro cúbico del volumen total consumido se cobrará al precio siguiente y al importe que resulte se le sumará la cuota base. Más de 200 enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre Precio por m³ $56.22 $56.67 $57.13 $57.58 $58.04 $58.51 $58.98 $59.45 $59.92 $60.40 $60.89 $61.37 e) Público. Los usuarios clasificados en este giro pagarán conforme a las tarifas siguientes: e) Público enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre Cuota base $104.07 $104.59 $105.12 $105.64 $106.17 $106.70 $107.23 $107.77 $108.31 $108.85 $109.40 $109.94 A la cuota base se le sumará el importe de acuerdo al consumo del usuario conforme la siguiente tabla: Consumo m³ enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre 0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 1 $3.27 $3.28 $3.30 $3.31 $3.33 $3.35 $3.36 $3.38 $3.40 $3.42 $3.43 $3.45 2 $6.84 $6.88 $6.91 $6.95 $6.98 $7.02 $7.05 $7.09 $7.12 $7.16 $7.19 $7.23 3 $10.66 $10.71 $10.77 $10.82 $10.87 $10.93 $10.98 $11.04 $11.09 $11.15 $11.21 $11.26 4 $14.74 $14.81 $14.88 $14.96 $15.03 $15.11 $15.18 $15.26 $15.34 $15.41 $15.49 $15.57 5 $19.07 $19.17 $19.26 $19.36 $19.46 $19.56 $19.65 $19.75 $19.85 $19.95 $20.05 $20.15 6 $23.69 $23.81 $23.93 $24.05 $24.17 $24.29 $24.41 $24.53 $24.66 $24.78 $24.90 $25.03 7 $28.59 $28.73 $28.88 $29.02 $29.17 $29.31 $29.46 $29.61 $29.75 $29.90 $30.05 $30.20 8 $33.70 $33.86 $34.03 $34.20 $34.37 $34.55 $34.72 $34.89 $35.07 $35.24 $35.42 $35.60 9 $39.09 $39.29 $39.49 $39.68 $39.88 $40.08 $40.28 $40.48 $40.68 $40.89 $41.09 $41.30 10 $44.78 $45.01 $45.23 $45.46 $45.68 $45.91 $46.14 $46.37 $46.61 $46.84 $47.07 $47.31 11 $92.18 $92.64 $93.10 $93.56 $94.03 $94.50 $94.98 $95.45 $95.93 $96.41 $96.89 $97.37 12 $107.79 $108.32 $108.87 $109.41 $109.96 $110.51 $111.06 $111.62 $112.17 $112.73 $113.30 $113.86 13 $124.61 $125.24 $125.86 $126.49 $127.12 $127.76 $128.40 $129.04 $129.69 $130.33 $130.99 $131.64 14 $142.68 $143.39 $144.11 $144.83 $145.55 $146.28 $147.01 $147.75 $148.49 $149.23 $149.97 $150.72 15 $161.95 $162.76 $163.57 $164.39 $165.21 $166.04 $166.87 $167.70 $168.54 $169.38 $170.23 $171.08 16 $182.44 $183.35 $184.27 $185.19 $186.11 $187.04 $187.98 $188.92 $189.86 $190.81 $191.77 $192.73 17 $204.12 $205.14 $206.17 $207.20 $208.23 $209.28 $210.32 $211.37 $212.43 $213.49 $214.56 $215.63 18 $227.06 $228.20 $229.34 $230.49 $231.64 $232.80 $233.96 $235.13 $236.31 $237.49 $238.68 $239.87 19 $251.23 $252.49 $253.75 $255.02 $256.30 $257.58 $258.86 $260.16 $261.46 $262.77 $264.08 $265.40 20 $276.62 $278.00 $279.39 $280.79 $282.19 $283.60 $285.02 $286.45 $287.88 $289.32 $290.77 $292.22 21 $303.26 $304.78 $306.30 $307.84 $309.37 $310.92 $312.48 $314.04 $315.61 $317.19 $318.77 $320.37 22 $323.66 $325.28 $326.90 $328.54 $330.18 $331.83 $333.49 $335.16 $336.83 $338.52 $340.21 $341.91 23 $344.54 $346.26 $348.00 $349.74 $351.48 $353.24 $355.01 $356.78 $358.57 $360.36 $362.16 $363.97 24 $366.05 $367.88 $369.72 $371.57 $373.42 $375.29 $377.17 $379.05 $380.95 $382.85 $384.77 $386.69 25 $388.07 $390.01 $391.96 $393.92 $395.89 $397.86 $399.85 $401.85 $403.86 $405.88 $407.91 $409.95 26 $410.65 $412.71 $414.77 $416.85 $418.93 $421.02 $423.13 $425.24 $427.37 $429.51 $431.66 $433.81 27 $433.77 $435.94 $438.12 $440.31 $442.51 $444.73 $446.95 $449.19 $451.43 $453.69 $455.96 $458.24 28 $457.42 $459.71 $462.01 $464.32 $466.64 $468.97 $471.32 $473.68 $476.04 $478.42 $480.82 $483.22 29 $481.70 $484.11 $486.53 $488.96 $491.40 $493.86 $496.33 $498.81 $501.31 $503.81 $506.33 $508.86 30 $506.47 $509.00 $511.55 $514.10 $516.68 $519.26 $521.85 $524.46 $527.09 $529.72 $532.37 $535.03 31 $531.51 $534.17 $536.84 $539.53 $542.22 $544.93 $547.66 $550.40 $553.15 $555.91 $558.69 $561.49 32 $557.06 $559.84 $562.64 $565.45 $568.28 $571.12 $573.98 $576.85 $579.73 $582.63 $585.54 $588.47 33 $583.13 $586.04 $588.97 $591.92 $594.88 $597.85 $600.84 $603.85 $606.87 $609.90 $612.95 $616.01 34 $609.76 $612.81 $615.88 $618.95 $622.05 $625.16 $628.29 $631.43 $634.58 $637.76 $640.95 $644.15 35 $636.93 $640.11 $643.31 $646.53 $649.76 $653.01 $656.28 $659.56 $662.85 $666.17 $669.50 $672.85 36 $664.62 $667.95 $671.29 $674.64 $678.01 $681.40 $684.81 $688.24 $691.68 $695.14 $698.61 $702.10 37 $692.84 $696.30 $699.78 $703.28 $706.80 $710.33 $713.88 $717.45 $721.04 $724.65 $728.27 $731.91 38 $721.56 $725.17 $728.80 $732.44 $736.10 $739.78 $743.48 $747.20 $750.94 $754.69 $758.46 $762.26 39 $750.86 $754.61 $758.39 $762.18 $765.99 $769.82 $773.67 $777.54 $781.42 $785.33 $789.26 $793.20 40 $780.66 $784.56 $788.48 $792.42 $796.39 $800.37 $804.37 $808.39 $812.43 $816.50 $820.58 $824.68 41 $811.01 $815.07 $819.14 $823.24 $827.36 $831.49 $835.65 $839.83 $844.03 $848.25 $852.49 $856.75 42 $841.88 $846.09 $850.32 $854.57 $858.84 $863.14 $867.45 $871.79 $876.15 $880.53 $884.93 $889.36 43 $873.27 $877.63 $882.02 $886.43 $890.86 $895.32 $899.79 $904.29 $908.82 $913.36 $917.93 $922.52 44 $905.23 $909.75 $914.30 $918.87 $923.47 $928.08 $932.72 $937.39 $942.08 $946.79 $951.52 $956.28 45 $937.67 $942.36 $947.07 $951.81 $956.57 $961.35 $966.16 $970.99 $975.84 $980.72 $985.63 $990.56 46 $970.68 $975.54 $980.42 $985.32 $990.24 $995.19 $1,000.17 $1,005.17 $1,010.20 $1,015.25 $1,020.32 $1,025.43 47 $1,004.22 $1,009.25 $1,014.29 $1,019.36 $1,024.46 $1,029.58 $1,034.73 $1,039.90 $1,045.10 $1,050.33 $1,055.58 $1,060.86 48 $1,038.30 $1,043.50 $1,048.71 $1,053.96 $1,059.23 $1,064.52 $1,069.85 $1,075.20 $1,080.57 $1,085.97 $1,091.40 $1,096.86 49 $1,072.90 $1,078.26 $1,083.65 $1,089.07 $1,094.51 $1,099.99 $1,105.49 $1,111.01 $1,116.57 $1,122.15 $1,127.76 $1,133.40 50 $1,108.06 $1,113.60 $1,119.17 $1,124.76 $1,130.39 $1,136.04 $1,141.72 $1,147.43 $1,153.16 $1,158.93 $1,164.72 $1,170.55 51 $1,143.73 $1,149.45 $1,155.20 $1,160.97 $1,166.78 $1,172.61 $1,178.47 $1,184.37 $1,190.29 $1,196.24 $1,202.22 $1,208.23 52 $1,179.91 $1,185.81 $1,191.74 $1,197.70 $1,203.69 $1,209.71 $1,215.75 $1,221.83 $1,227.94 $1,234.08 $1,240.25 $1,246.45 53 $1,216.65 $1,222.74 $1,228.85 $1,235.00 $1,241.17 $1,247.38 $1,253.61 $1,259.88 $1,266.18 $1,272.51 $1,278.87 $1,285.27 54 $1,253.93 $1,260.20 $1,266.50 $1,272.83 $1,279.20 $1,285.59 $1,292.02 $1,298.48 $1,304.97 $1,311.50 $1,318.05 $1,324.64 55 $1,291.74 $1,298.20 $1,304.69 $1,311.22 $1,317.77 $1,324.36 $1,330.98 $1,337.64 $1,344.33 $1,351.05 $1,357.80 $1,364.59 56 $1,330.04 $1,336.69 $1,343.37 $1,350.09 $1,356.84 $1,363.62 $1,370.44 $1,377.29 $1,384.18 $1,391.10 $1,398.05 $1,405.04 57 $1,368.99 $1,375.84 $1,382.72 $1,389.63 $1,396.58 $1,403.56 $1,410.58 $1,417.63 $1,424.72 $1,431.84 $1,439.00 $1,446.20 58 $1,408.35 $1,415.39 $1,422.47 $1,429.58 $1,436.73 $1,443.91 $1,451.13 $1,458.38 $1,465.68 $1,473.01 $1,480.37 $1,487.77 59 $1,448.31 $1,455.56 $1,462.83 $1,470.15 $1,477.50 $1,484.89 $1,492.31 $1,499.77 $1,507.27 $1,514.81 $1,522.38 $1,529.99 60 $1,488.80 $1,496.25 $1,503.73 $1,511.25 $1,518.80 $1,526.40 $1,534.03 $1,541.70 $1,549.41 $1,557.15 $1,564.94 $1,572.76 61 $1,529.76 $1,537.41 $1,545.09 $1,552.82 $1,560.58 $1,568.39 $1,576.23 $1,584.11 $1,592.03 $1,599.99 $1,607.99 $1,616.03 62 $1,571.33 $1,579.18 $1,587.08 $1,595.01 $1,602.99 $1,611.00 $1,619.06 $1,627.15 $1,635.29 $1,643.47 $1,651.68 $1,659.94 63 $1,613.42 $1,621.49 $1,629.60 $1,637.75 $1,645.94 $1,654.17 $1,662.44 $1,670.75 $1,679.10 $1,687.50 $1,695.94 $1,704.42 64 $1,655.99 $1,664.27 $1,672.59 $1,680.96 $1,689.36 $1,697.81 $1,706.30 $1,714.83 $1,723.40 $1,732.02 $1,740.68 $1,749.38 65 $1,699.14 $1,707.64 $1,716.18 $1,724.76 $1,733.38 $1,742.05 $1,750.76 $1,759.51 $1,768.31 $1,777.15 $1,786.04 $1,794.97 66 $1,742.82 $1,751.54 $1,760.29 $1,769.09 $1,777.94 $1,786.83 $1,795.76 $1,804.74 $1,813.77 $1,822.84 $1,831.95 $1,841.11 67 $1,787.07 $1,796.01 $1,804.99 $1,814.01 $1,823.08 $1,832.20 $1,841.36 $1,850.57 $1,859.82 $1,869.12 $1,878.46 $1,887.86 68 $1,831.85 $1,841.00 $1,850.21 $1,859.46 $1,868.76 $1,878.10 $1,887.49 $1,896.93 $1,906.41 $1,915.95 $1,925.53 $1,935.15 69 $1,877.14 $1,886.52 $1,895.96 $1,905.44 $1,914.96 $1,924.54 $1,934.16 $1,943.83 $1,953.55 $1,963.32 $1,973.13 $1,983.00 70 $1,922.99 $1,932.61 $1,942.27 $1,951.98 $1,961.74 $1,971.55 $1,981.41 $1,991.31 $2,001.27 $2,011.28 $2,021.33 $2,031.44 71 $1,969.36 $1,979.21 $1,989.11 $1,999.05 $2,009.05 $2,019.09 $2,029.19 $2,039.34 $2,049.53 $2,059.78 $2,070.08 $2,080.43 72 $2,016.28 $2,026.36 $2,036.49 $2,046.67 $2,056.91 $2,067.19 $2,077.53 $2,087.92 $2,098.36 $2,108.85 $2,119.39 $2,129.99 73 $2,063.68 $2,074.00 $2,084.37 $2,094.79 $2,105.27 $2,115.79 $2,126.37 $2,137.00 $2,147.69 $2,158.43 $2,169.22 $2,180.07 74 $2,111.68 $2,122.24 $2,132.85 $2,143.51 $2,154.23 $2,165.00 $2,175.83 $2,186.71 $2,197.64 $2,208.63 $2,219.67 $2,230.77 75 $2,160.23 $2,171.03 $2,181.88 $2,192.79 $2,203.76 $2,214.77 $2,225.85 $2,236.98 $2,248.16 $2,259.40 $2,270.70 $2,282.05 76 $2,209.28 $2,220.33 $2,231.43 $2,242.59 $2,253.80 $2,265.07 $2,276.39 $2,287.78 $2,299.22 $2,310.71 $2,322.27 $2,333.88 77 $2,258.87 $2,270.16 $2,281.51 $2,292.92 $2,304.39 $2,315.91 $2,327.49 $2,339.13 $2,350.82 $2,362.58 $2,374.39 $2,386.26 78 $2,308.99 $2,320.53 $2,332.13 $2,343.80 $2,355.51 $2,367.29 $2,379.13 $2,391.02 $2,402.98 $2,414.99 $2,427.07 $2,439.20 79 $2,359.65 $2,371.44 $2,383.30 $2,395.22 $2,407.19 $2,419.23 $2,431.33 $2,443.48 $2,455.70 $2,467.98 $2,480.32 $2,492.72 80 $2,410.86 $2,422.91 $2,435.02 $2,447.20 $2,459.44 $2,471.73 $2,484.09 $2,496.51 $2,508.99 $2,521.54 $2,534.15 $2,546.82 81 $2,451.87 $2,464.13 $2,476.45 $2,488.84 $2,501.28 $2,513.79 $2,526.35 $2,538.99 $2,551.68 $2,564.44 $2,577.26 $2,590.15 82 $2,493.20 $2,505.67 $2,518.20 $2,530.79 $2,543.44 $2,556.16 $2,568.94 $2,581.78 $2,594.69 $2,607.67 $2,620.71 $2,633.81 83 $2,534.80 $2,547.48 $2,560.21 $2,573.01 $2,585.88 $2,598.81 $2,611.80 $2,624.86 $2,637.99 $2,651.18 $2,664.43 $2,677.75 84 $2,576.70 $2,589.59 $2,602.54 $2,615.55 $2,628.63 $2,641.77 $2,654.98 $2,668.25 $2,681.59 $2,695.00 $2,708.48 $2,722.02 85 $2,618.87 $2,631.96 $2,645.12 $2,658.35 $2,671.64 $2,685.00 $2,698.42 $2,711.91 $2,725.47 $2,739.10 $2,752.79 $2,766.56 86 $2,661.25 $2,674.55 $2,687.92 $2,701.36 $2,714.87 $2,728.45 $2,742.09 $2,755.80 $2,769.58 $2,783.42 $2,797.34 $2,811.33 87 $2,703.89 $2,717.41 $2,730.99 $2,744.65 $2,758.37 $2,772.16 $2,786.02 $2,799.95 $2,813.95 $2,828.02 $2,842.16 $2,856.37 88 $2,746.85 $2,760.58 $2,774.39 $2,788.26 $2,802.20 $2,816.21 $2,830.29 $2,844.44 $2,858.66 $2,872.96 $2,887.32 $2,901.76 89 $2,790.08 $2,804.03 $2,818.05 $2,832.14 $2,846.30 $2,860.53 $2,874.84 $2,889.21 $2,903.66 $2,918.18 $2,932.77 $2,947.43 90 $2,833.56 $2,847.73 $2,861.97 $2,876.28 $2,890.66 $2,905.11 $2,919.64 $2,934.24 $2,948.91 $2,963.65 $2,978.47 $2,993.36 91 $2,877.38 $2,891.77 $2,906.22 $2,920.76 $2,935.36 $2,950.04 $2,964.79 $2,979.61 $2,994.51 $3,009.48 $3,024.53 $3,039.65 92 $2,921.42 $2,936.03 $2,950.71 $2,965.46 $2,980.29 $2,995.19 $3,010.17 $3,025.22 $3,040.34 $3,055.55 $3,070.82 $3,086.18 93 $2,965.74 $2,980.57 $2,995.47 $3,010.45 $3,025.50 $3,040.63 $3,055.83 $3,071.11 $3,086.46 $3,101.90 $3,117.40 $3,132.99 94 $3,010.31 $3,025.36 $3,040.49 $3,055.69 $3,070.97 $3,086.33 $3,101.76 $3,117.27 $3,132.85 $3,148.52 $3,164.26 $3,180.08 95 $3,055.16 $3,070.43 $3,085.78 $3,101.21 $3,116.72 $3,132.30 $3,147.96 $3,163.70 $3,179.52 $3,195.42 $3,211.40 $3,227.45 96 $3,100.30 $3,115.80 $3,131.38 $3,147.04 $3,162.78 $3,178.59 $3,194.48 $3,210.45 $3,226.51 $3,242.64 $3,258.85 $3,275.15 97 $3,145.69 $3,161.42 $3,177.22 $3,193.11 $3,209.08 $3,225.12 $3,241.25 $3,257.45 $3,273.74 $3,290.11 $3,306.56 $3,323.09 98 $3,191.40 $3,207.35 $3,223.39 $3,239.51 $3,255.70 $3,271.98 $3,288.34 $3,304.78 $3,321.31 $3,337.91 $3,354.60 $3,371.38 99 $3,237.35 $3,253.54 $3,269.81 $3,286.16 $3,302.59 $3,319.10 $3,335.70 $3,352.37 $3,369.14 $3,385.98 $3,402.91 $3,419.93 100 $3,283.60 $3,300.02 $3,316.52 $3,333.10 $3,349.77 $3,366.52 $3,383.35 $3,400.27 $3,417.27 $3,434.35 $3,451.53 $3,468.78 En consumos mayores a 100 m³ cada metro cúbico del volumen total consumido se cobrará al precio siguiente y al importe que resulte se le sumará la cuota base. Más de 100 enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre Precio por m³ $33.82 $33.99 $34.16 $34.33 $34.50 $34.67 $34.85 $35.02 $35.20 $35.37 $35.55 $35.73 f) Durante los meses de enero y febrero los usuarios podrán hacer pagos anticipados de sus consumos bajo el siguiente esquema de consumos estimados: Se cobrará al usuario sobre su consumo mensual promedio y de acuerdo a los precios que correspondan al mes de enero de las tablas contenidas en los incisos a), b), c), d) y e), de esta fracción. Para determinar el monto anualizado a pagar se sumará a la cuota base el importe de los metros cúbicos que consuma en promedio mensualmente el usuario interesado y el resultado de esta suma se multiplicará por doce. El volumen acreditado será el que corresponda al pago anticipado hecho por el usuario. g) A partir de que el usuario llegara a consumir el volumen que le corresponda por su pago anticipado, se le facturará conforme la tarifa que corresponda su clasificación y en base a las tablas contenidas en los incisos a), b), c), d) y e) de esta fracción. Si al terminar el año el usuario consume menos volumen que el pagado, se bonificará en su siguiente pago mensual o anualizado el importe que resulte de multiplicar los metros cúbicos sobrantes por el precio al que estos fueron pagados en su anualidad. h) Para los usuarios que por razones técnicas eventuales no reciban agua por medio de la red, se le adicionará a su lectura mensual el volumen de agua que le hubiera sido entregado por medio de pipas para que paguen el importe del agua total recibida en el periodo, independientemente del medio por el que JAPAMI se lo hubiera entregado. i) Para las comunidades ya incorporadas, el Consejo Directivo les asignará una tarifa que corresponda al volumen promedio de consumo de acuerdo con sus características. II. Tarifa de Agua Potable Cuota Fija: a) Doméstica Enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre Marginada $214.77 $215.84 $216.92 $218.01 $219.10 $220.19 $221.29 $222.40 $223.51 $224.63 $225.75 $226.88 Zona 1 $310.66 $312.21 $313.77 $315.34 $316.92 $318.50 $320.10 $321.70 $323.30 $324.92 $326.55 $328.18 Zona 2 $397.04 $399.03 $401.02 $403.03 $405.04 $407.07 $409.10 $411.15 $413.20 $415.27 $417.35 $419.43 Zona 3 $706.64 $710.17 $713.72 $717.29 $720.88 $724.48 $728.10 $731.74 $735.40 $739.08 $742.78 $746.49 Zona 4 $940.90 $945.60 $950.33 $955.08 $959.86 $964.66 $969.48 $974.33 $979.20 $984.10 $989.02 $993.96 Zona 5 $2,000.85 $2,010.85 $2,020.90 $2,031.01 $2,041.16 $2,051.37 $2,061.63 $2,071.93 $2,082.29 $2,092.71 $2,103.17 $2,113.68 b) Casa con comercio anexo Enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre Marginada $252.94 $254.20 $255.47 $256.75 $258.04 $259.33 $260.62 $261.93 $263.23 $264.55 $265.87 $267.20 Zona 1 $365.88 $367.71 $369.55 $371.40 $373.26 $375.12 $377.00 $378.88 $380.78 $382.68 $384.59 $386.52 Zona 2 $467.63 $469.96 $472.31 $474.68 $477.05 $479.43 $481.83 $484.24 $486.66 $489.09 $491.54 $494.00 Zona 3 $812.61 $816.68 $820.76 $824.86 $828.99 $833.13 $837.30 $841.49 $845.69 $849.92 $854.17 $858.44 Zona 4 $1,082.05 $1,087.46 $1,092.89 $1,098.36 $1,103.85 $1,109.37 $1,114.92 $1,120.49 $1,126.09 $1,131.72 $1,137.38 $1,143.07 c) Departamento o casa dúplex Enero febrero marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre Marginada $214.77 $215.84 $216.92 $218.01 $219.10 $220.19 $221.29 $222.40 $223.51 $224.63 $225.75 $226.88 Zona 1 $310.66 $312.21 $313.77 $315.34 $316.92 $318.50 $320.10 $321.70 $323.30 $324.92 $326.55 $328.18 Zona 2 $383.51 $385.43 $387.36 $389.29 $391.24 $393.19 $395.16 $397.14 $399.12 $401.12 $403.12 $405.14 Zona 3 $461.01 $463.32 $465.63 $467.96 $470.30 $472.65 $475.02 $477.39 $479.78 $482.18 $484.59 $487.01 Zona 4 $528.42 $531.07 $533.72 $536.39 $539.07 $541.77 $544.48 $547.20 $549.93 $552.68 $555.45 $558.22 a) Los usuarios que tributan en tarifa fija podrán hacer el pago anualizado de sus consumos durante los meses de enero y febrero del año 2025 y el importe a pagar, hasta el 28 de febrero, será el que resulte de multiplicar por doce el importe correspondiente al mes de enero de la tarifa, zona y giro que se trate. b) Si en el transcurso del año, en fecha posterior al 28 de febrero del 2025, un usuario que se encuentre al corriente en sus pagos desea liquidar sus cuotas por los meses que resten del año, el importe a pagar será el que resulte de multiplicar los meses restantes por el importe que corresponda al mes en que haga efectivo su pago. c) Cualquier giro diferente a casa habitación o departamento se sujetará al procedimiento de inspección para la aplicación del cobro respectivo, ya sea en cuota fija o servicio medido. d) Las colonias y fraccionamientos que se ubican en las zonas establecidas en esta fracción se especificarán en las disposiciones administrativas del Ayuntamiento, en lo relativo a JAPAMI; y para las colonias que se fueran integrando en el transcurso del año al padrón de usuarios, y que no tuvieran micromedición, el Consejo Directivo les asignará la tarifa fija en razón del tipo de vivienda predominante y la determinación volumétrica promedio que tenga ese tipo de inmueble, siendo en todos los casos alguna de las contenidas en esta fracción. III. Por servicio de drenaje: a) Se cobrará el servicio de drenaje a un importe equivalente al 20% sobre el importe total facturado, incluida la cuota base, del servicio de agua potable de acuerdo con las tarifas descritas en las fracciones I y II del presente artículo. Este cargo es aplicable solamente a los usuarios que estén conectados a la red de drenaje del organismo operador. b) Los usuarios domésticos que se suministran de agua potable por una fuente de abastecimiento no operada por el Organismo Operador, pero que tengan conexión a la red de drenaje del organismo, pagarán por concepto de descarga residual el equivalente al 20% de la tarifa de agua potable que corresponda a la zona y giro de la fracción II. c) Los usuarios no domésticos que se suministren de agua potable por una fuente de abastecimiento no operada por JAPAMI, pero que tengan conexión a la red de drenaje municipal, JAPAMI instalará con cargo al usuario, un medidor totalizador y pagarán $3.50 por cada metro cúbico descargado, conforme las lecturas que arroje su medidor totalizador. y, a falta de este, pagarán lo que corresponda al gasto que se hubiera otorgado mediante la factibilidad de servicios. d) Cuando los usuarios que se encuentren en el supuesto del inciso anterior no tuvieran documento de factibilidad, JAPAMI hará el cálculo de demandas correspondientes y determinará el volumen de descarga de agua residual que corresponda, de acuerdo con las características y giro del inmueble. e) JAPAMI, podrá hacer la valoración de los volúmenes de descarga mediante los elementos directos e indirectos a su alcance y el volumen que determine deberá ser pagado por el usuario conforme a los precios establecidos en el inciso c) de esta fracción. f) Tratándose de usuarios que cuenten con servicio de agua potable suministrado por JAPAMI, y además cuenten con fuente distinta a las redes de JAPAMI, pagarán la tarifa que corresponda para cada uno de los consumos con una tasa del 20% para los volúmenes suministrados por JAPAMI y un precio de $3.50 por metro cúbico descargado calculado de acuerdo a los incisos c), d), y e) de esta fracción. Para las descargas que tengan medidor totalizador, todo el volumen descargado se cobrará a razón de $3.50 por metro cúbico. IV. Tratamiento de aguas residuales: a) El tratamiento de agua residual se cubrirá a una tasa del 22% sobre el importe total facturado del servicio de agua potable, incluida la cuota base, de acuerdo con las tarifas descritas en las fracciones I y II del presente artículo. Los usuarios domésticos que de forma eventual o permanente se suministren el agua potable por una fuente de abastecimiento no operada por JAPAMI, pero que tengan conexión a la red de drenaje de JAPAMI, pagarán por concepto de tratamiento el equivalente al 22% de la tarifa de agua potable que corresponda a la zona y giro de la fracción II. b) A los usuarios que se les suministra agua potable por una fuente de abastecimiento no operada por JAPAMI, pero que descarguen aguas residuales para su tratamiento en un sistema público a cargo de la Junta de Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Irapuato, pagarán $3.50 por cada metro cúbico que será calculado mediante el procedimiento establecido en los incisos c), d) y e) de la fracción III de este artículo. c) Para efectos de determinar el volumen de descarga se considerará sobre el 70% del volumen total suministrado o extraído. d) Tratándose de usuarios que cuenten con servicio de agua potable suministrado por JAPAMI, y además cuenten con fuente propia, pagarán un 22% sobre los importes facturados, respecto al agua dotada por JAPAMI y $3.50 por cada metro cúbico descargado del agua no suministrada por JAPAMI, que será calculado mediante lo establecido en el inciso c) de la fracción III de este artículo. V. Contratos para todos los giros: Importe a) Contrato del servicio de agua potable $214.07 b) Contrato del servicio de drenaje $214.07 c) Contrato del servicio de tratamiento $214.07 d) Contrato provisional del servicio de agua potable $214.07 e) Contrato provisional del servicio de drenaje $214.07 f) Contrato provisional del servicio de tratamiento $214.07 VI. Materiales e instalación del ramal para tomas de agua potable: Tipo y diámetro ½” 1” 2” Tipo BT $1,180.56 $2,725.66 $5,431.47 Tipo BP $1,407.76 $2,953.10 $5,655.83 Tipo CT $2,324.24 $4,403.11 $8,225.30 Tipo CP $3,247.32 $5,327.81 $9,145.77 Tipo LT $3,332.28 $6,018.44 $10,951.31 Tipo LP $5,413.53 $7,536.04 $12,401.32 Metro adicional Terracería $228.24 $412.62 $659.35 Pavimento $394.71 $576.00 $822.62 Equivalencias para el cuadro anterior: En relación a la ubicación de la toma a) B Toma en banqueta; b) C Toma corta de hasta 6 metros de longitud; y c) L Toma larga de hasta 10 metros de longitud. En relación a la superficie d) T Terracería; y e) Pavimento. El ramal de la toma comprende la mano de obra, la conexión con abrazadera a la tubería de alimentación, el elemento de inserción, la tubería del ramal y el adaptador a la conexión del cuadro de medición, así como la reparación de la superficie. En el caso de una toma nueva donde se coloque medidor se sumarán los costos contenidos en las fracciones VI, VII y VIII de este artículo. Cuando el usuario ya tenga toma instalada y solicite un medidor, se le cobrará el importe de éste al precio del diámetro que corresponda según la fracción VIII, así como el costo contenido en la fracción VII de este artículo. VII. Materiales e instalación de cuadro de medición: Concepto Importe a) Para tomas de ½ pulgada $479.99 b) Para tomas de 1 pulgada $800.82 c) Para tomas de 2 pulgadas $1,741.49 VIII. Suministro e instalación de medidores de agua potable: De velocidad Chorro único Ultrasónico a) Para tomas de ½ pulgada $575.10 $575.00 $949.12 b) Para tomas de 1 pulgada $2,469.58 $4,749.63 c) Para tomas de 2 pulgadas $14,822.36 IX. Materiales e instalación para descarga de agua residual: Tubería de PAD 6’’ Tramo de hasta seis metros Metro adicional a) Concreto Hidráulico $6,898.83 $1,149.16 b) Asfalto $5,926.41 $986.46 c) Terracería $3,472.25 $576.58 Las descargas serán consideradas para una distancia de hasta 6 metros y en caso de que esta fuera mayor, se agregará al importe base los metros excedentes al costo unitario que corresponda a cada diámetro y tipo de superficie. X. Servicios administrativos para usuarios: Unidad Importe a) Constancias de no adeudo constancia $48.97 b) Cambios de titular contrato $63.02 c) Suspensión voluntaria de la toma cuota $414.69 XI. Servicios operativos para usuarios: Concepto Unidad Importe a) Limpieza de descarga sanitaria con varilla Todos los giros Pieza $337.83 b) Limpieza descarga sanitaria con camión hidroneumático, todos los giros servicio $3,421.22 c) Reconexión de toma de agua en línea o en registro. toma $413.99 d) Reconexión de toma de agua en cuadro toma $206.66 e) Reconexión de drenaje, (sin registro) descarga $2,904.01 f) Reconexión de drenaje, (en registro) descarga $589.60 g) Reubicación del medidor toma $413.99 h) Suministro de agua en pipa y entregada en un punto de descarga 10 m³ $427.35 i) Suministro de agua potable en pipa con distribución individualizada 10 m³ $770.33 j) Agua en garza para pipa m³ $19.75 k) Transporte de agua en pipa fuera de la zona urbana Km/m³ $5.43 XII. Pago de incorporación a las redes hidráulicas y sanitarias del organismo para la dotación de agua potable, descarga de aguas residuales y tratamiento: a) Los derechos de infraestructura por la incorporación de lotes o viviendas a la infraestructura hidráulica y sanitaria del Organismo y por divisiones de predios para construcción de nuevas viviendas los pagará el fraccionador conforme a la siguiente tabla y de acuerdo con la calendarización que el convenio respectivo establezca. Esta tabla de cobros aplica también para la incorporación de lotes o viviendas individuales. Tipo de vivienda Agua Potable Alcantarillado Tratamiento Importe total Popular $8,517.69 $3,183.45 $5,223.22 $16,924.37 Interés social $9,451.14 $3,532.32 $5,795.63 $18,779.08 Residencial $15,751.90 $5,887.20 $9,659.38 $31,298.49 Campestre $25,319.73 $9,463.14 $15,526.56 $50,309.42 b) Para la clasificación de vivienda se aplicarán los criterios siguientes: Vivienda de tipo popular: Viviendas o unidades privativas cuyo precio de venta no exceda del valor que resulte de multiplicar por once veces la Unidad de Medida y Actualización Diaria, elevada al año y superficie o área privativa máxima de 70 metros cuadrados. Vivienda de tipo Interés social: Viviendas o unidades privativas cuyo precio de venta no exceda del valor que resulte de multiplicar por veinticinco veces la Unidad de Medida y Actualización Diaria, elevada al año y superficie o área privativa máxima de 105 metros cuadrados. Vivienda residencial: Lotes, viviendas o unidades de propiedad privativa que cuenten con terreno de cualquier superficie y cuyo precio de venta sea igual o mayor al valor que resulte de multiplicar por veinticinco veces la Unidad de Medida y Actualización Diaria, elevada al año. Vivienda Campestre: Lotes, viviendas o unidades de propiedad privativa que cuenten con una superficie de terreno desplante mayor a 400 metros cuadrados y cuyo precio de venta sea igual o mayor al valor que resulte de multiplicar por veinticinco veces la Unidad de Medida y Actualización Diaria, elevada al año. Las disposiciones generales respecto al procedimiento de incorporación deberán quedar asentadas en el Manual de Incorporaciones que deberá ser autorizado por el Consejo Directivo c) Si, a petición de JAPAMI, el fraccionador entrega títulos de explotación que se encuentren en regla, estos se tomarán a cuenta de pago de derechos, a un importe de $8.32 por cada metro cúbico anual entregado. d) Si el fraccionamiento tiene predios destinados a uso diferente al doméstico, estos se calcularán conforme lo establece la fracción XIV del presente artículo. e) Para desarrollos que cuenten con fuente de abastecimiento propia, se tendrá que hacer un aforo, un video y análisis físico, químico y bacteriológico a costo del propietario y de acuerdo con las especificaciones que JAPAMI determine. Si el organismo lo considera viable, podrá recibir el pozo. En caso de que el organismo determine aceptar el pozo, siempre y cuando se cumpla con las especificaciones normativas, técnicas y documentales, este se recibirá a un valor de $82,001.89 por cada litro por segundo del gasto aforado del pozo, tomándose a cuenta de derechos de incorporación en el convenio de pago correspondiente, que establezca claramente el importe a pagar por estos y el total de lo que se reconoce en pago por la entrega del pozo. Los litros por segundo a bonificar serán los que resulten de la conversión de los títulos entregados por el fraccionador o el gasto medio de las demandas del desarrollo, tomándose el que resulte mayor de los dos. f) JAPAMI establecerá las condiciones normativas y técnicas que prevalecerán para la entrega del pozo, asegurándose además de que no tenga créditos fiscales pendientes, y que se encuentre al corriente en el pago de los insumos para su operación. g) Para nuevos desarrollos en donde JAPAMI no cuente con fuente de abastecimiento y el desarrollador se comprometa a realizar dicha fuente y tramitar los permisos correspondientes ante la Comisión Nacional del Agua, JAPAMI podrá tomar a cuenta de derechos el costo de la fuente, conforme a los importes establecidos en el inciso e) de esta fracción y los títulos de explotación conforme a lo señalado en el inciso c) de esta fracción, debiendo entregar el fraccionador una fianza que garantice el debido cumplimiento de las obligaciones contraídas. h) Cuando JAPAMI no cuente con la infraestructura general necesaria para la dotación de los servicios de Agua Potable y Drenaje del nuevo fraccionamiento o desarrollo a incorporar, como son: equipamientos, tanques de regulación, líneas generales de conducción, alimentación, distribución primaria; así como emisores, colectores, subcolectores y obras generales, que autorice el Comité de Planeación, Operación e Incorporación de Servicios de JAPAMI, se tomará a cuenta del pago por los derechos de incorporación, el costo de las obras de infraestructura citadas en líneas anteriores cuando estas fueran realizadas por el fraccionador, siempre y cuando las obras sean autorizadas, supervisadas y recibidas de conformidad mediante acta entrega-recepción por JAPAMI y que así lo determine en el convenio respectivo. En caso de que el costo de las obras de infraestructura descritas en el inciso anterior, que realice el fraccionador o desarrollador, exceda el monto de los derechos de incorporación, el fraccionador o desarrollador absorberá esta diferencia sin tener derecho a devolución en efectivo o especie, ni a reconocimiento de la diferencia para tomarse en cuenta en otros desarrollos. La infraestructura ubicada dentro y fuera del área del desarrollo que sea exclusivamente para suministrar servicios de éste, no podrá ser considerada como obra de cabecera y se reconocerán las obras hidráulicas conforme a los términos que establece el Manual de Incorporaciones. i) Si el fraccionador cuenta con planta de tratamiento y ésta cubre las necesidades de tratar suficientemente las aguas residuales que tributen los lotes o inmuebles que pretende incorporar, se le bonificará el importe por incorporación al tratamiento contenido en la tabla del inciso a) de esta fracción. j) Para aquellos desarrollos de todos los giros que se ubiquen en zonas donde JAPAMI, cuente con la infraestructura pluvial; se llevará a cabo un cobro por aportación de obras pluviales, las cuales, después de evaluarse técnicamente, se dictaminaría sobre su procedencia de incorporación por parte de JAPAMI, mismo que resultará de multiplicar el gasto de diseño de la infraestructura pluvial en litros por segundo, por la cantidad de $20,354.64. XIII. Servicios operativos y administrativos para desarrollos inmobiliarios de todos los giros a) Para lotes destinados a fines habitacionales el costo por la expedición de carta de factibilidad será de $229.25 por lote individual o vivienda unifamiliar, pero el importe total a pagar, independientemente del número de lotes a fraccionar, no deberá ser mayor a los $34,457.06 b) Para desarrollos no habitacionales, por carta de factibilidad deberán pagar un importe de $639.15 por cada predio igual o menor a los trescientos metros cuadrados, y un costo adicional de $2.08 por cada metro cuadrado excedente hasta un máximo de $5,332.43 independientemente del área que se trate. c) La carta de factibilidad tendrá una vigencia de 12 meses contados a partir de la fecha de expedición y terminada la vigencia el interesado deberá solicitar nueva expedición de la carta la cual será analizada por el área técnica de JAPAMI y la respuesta no necesariamente será positiva estando sujeta a las condiciones de disponibilidad de agua en la zona en que se ubique el predio que se pretende desarrollar. d) La revisión de proyecto para todos los giros se cobrará a razón de $11.36 por metro lineal del proyecto respectivo, y se cobrarán por separado los proyectos de agua potable, drenaje sanitario y drenaje pluvial. Para revisión de proyectos de estructuras especiales se cobrará la revisión del proyecto al importe que resulte de aplicar el 1.0% al presupuesto de la obra. e) Para supervisión de obras de todos los giros, se cobrará a razón del 2.0% del importe total de las obras a ejecutar relativas a agua potable, alcantarillado y agua pluvial, y ante la falta de presupuestos se cobrará a razón del 2.5% sobre el importe total de los derechos de incorporación, contabilizados estos antes de bonificaciones. Este derecho cubre el periodo que se contemple en el programa de obra autorizado, si en este periodo no termina las obras contempladas, entonces se autorizará un nuevo plazo previo pago o convenio de los derechos de supervisión por las obras faltantes. f) Por recepción de obras para todos los giros se cobrará un importe de $4.97 por metro lineal de lo que resulte de sumar la longitud de las redes de agua y alcantarillado respecto a los tramos recibidos. XIV. Incorporaciones no habitacionales: a) Para desarrollos o unidades inmobiliarias de giros no domésticos, se cobrará por derechos de infraestructura e incorporación a las redes de JAPAMI, el importe que resulte de multiplicar el gasto medio de agua potable del proyecto, expresado en litros por segundo y multiplicado por el precio que corresponda de la tabla siguiente: Tarifas 1 Agua potable $1,166,807.43 2 Alcantarillado $545,111.58 3 Tratamiento $1,022,156.11 b) Para calcular el importe a pagar por conexión de drenaje se considerará el 80% del gasto medio que resulte de la demanda de agua potable, referido en el inciso a) de esta fracción y para el de tratamiento se aplicará sobre el 70% del gasto de agua que le hubiera sido calculado. c) Cuando una toma cambie de giro se le cobrará en proporción al incremento de sus demandas, y el importe a pagar será la diferencia entre el gasto asignado y el que requieran sus nuevas demandas. d) La base de demanda reconocida para una toma doméstica será de 0.011574 litros por segundo, gasto que se comparará con la demanda del nuevo giro y la diferencia se multiplicará por los precios contenidos en el inciso a) de esta fracción para determinar el importe a pagar. e) Los títulos de extracción los cobrará JAPAMI a un precio de $260,395.67 el litro por segundo y será conforme al gasto que se señala en el inciso a) de esta fracción. f) Si el usuario entrega títulos se le tomarán a cuenta del cobro expresado en la fracción anterior y se le bonificaría cada metro cúbico a un precio de $8.31 cada uno. XV. Incorporación Individual: Tratándose de lotes para construcción de viviendas unifamiliares o en casos de construcción de nuevas viviendas generadas por división de lotes en fraccionamientos o colonias incorporadas a JAPAMI, se cobrará por vivienda un importe por incorporación a las redes de agua potable y drenaje de acuerdo a la tabla señalada más adelante. Este concepto es independiente del monto del contrato que deberá hacer el usuario en el momento correspondiente. El comité de incorporaciones recibirá las solicitudes de incorporación de asentamientos que no cuenten con servicios y que pretendan incorporarse a la infraestructura de JAPAMI y, después de evaluarlas, determinará sobre su procedencia de incorporación. En caso de ser positivo, su promotor o los propios usuarios en ausencia de éste, deberán cubrir la tarifa de la tabla siguiente por: Agua Potable Alcantarillado Total Popular $1,509.73 $588.06 $2,097.78 Interés social $1,936.51 $784.09 $2,720.60 Residencial $2,582.01 $1,045.45 $3,627.46 XVI. Venta de agua residual: Concepto Unidad Importe Agua tratada a) Para todos los usos, sin incluir traslado metro cúbico $9.19 b) Descargada en un punto de entrega 10 m³ $249.69 c) Para usuarios con pipa metro cúbico $9.19 d) Con la norma NOM-001-SEMARNAT metro cúbico $2.78 e) Con la normaNOM-003-SEMARNAT metro cúbico $3.47 f) Para riego agrícola hectárea/riego $464.57 Agua cruda g) Agua residual metro cúbico $1.50 XVII. Descarga de contaminantes en aguas residuales de usuarios no domésticos: Por el vertido de la descarga de agua residual que exceda los límites establecidos en las condiciones generales de descarga se cobrará conforme a la siguiente tabla: Concepto Importe a) Por metro cúbico descargado con PH (potencial de hidrogeno) fuera de rango permisible. $0.39 b) Por kilogramo de Demanda Química de Oxigeno (DQO), $1.79 c) Por kilogramo de Sólidos Suspendidos Totales (SST) $3.28 d) Por kilogramo de Grasas y Aceites (G y A), $0.54 e) Por descarga de baños portátiles y aguas sanitarias de industrias, previo análisis. (Por metro cúbico) $154.27 f) Por gramo de Fosforo total $0.01 g) Por gramo de Nitrógeno total (NT) $0.01 h) Por gramo de Metales C/U (As, Ni, Cu, Cr, Hg, Cd, Pb, Zn). $0.01 i) Por metro cubico de Coliformes fecales (UFC/NMP), Escherichia Coli, Enterecocos fecales, por cada uno que se exceda $0.0001165 j) Por gramo de organoclorados y organofosforados por cada uno que se exceda. $0.01 k) Por metro cúbico de Materia flotante $1.24 l) Por gramo de Cianuros (CN). $0.01 m) Por metro cúbico de Solidos Sedimentables (SS) $1.24 n) Por gramo de Carbón orgánico total. ñ) Por metro cubico de Toxicidad aguda. $0.01 o) Por análisis individuales: Agua Potable 1 Importe 1 Solidos Disueltos totales NMX-AA-034-SCFI-2015 $247.67 2 Solidos Sedimentables NMX-AA-004-SCFI-2013 $246.02 3 Solidos Volátiles NMX-AA-034-SCFI-2015 $255.73 4 Solidos totales NMX-AA-034-SCFI-2015 $255.73 5 Dureza NMX-AA-072-SCFI-2001 $135.04 6 Cloruros NMX-AA-073-SCFI-2001 $271.50 7 Alcalinidad NMX-AA-036-SCFI-2001 $134.12 8 Nitrógeno amoniacal NMX-AA-026-SCFI-2010 $316.41 9 Sulfatos NMX-AA-074-SCFI-2014 $197.04 10 SAAM NMX-AA-039-SCFI-2001 $336.40 11 Cianuros método espectrofotométrico NMX-AA-058-SCFI-2001 $409.72 12 Fluoruros NMX-AA-077-SCFI-2001 $187.78 13 Nitratos NMX-AA-079-SCFI-2001 $222.28 14 Nitritos NMX-AA-099-SCFI-2021 $222.39 15 Fenoles NMX-AA-050-SCFI-2001 $290.79 16 Cloro NMX-AA-100-1987 $96.35 17 Potencial de Hidrogeno NMX-AA-008-SCFI-2016 $98.58 18 Conductividad eléctrica NMX-AA-093-SCFI-2018 $106.39 19 Temperatura NMX-AA-007-SCFI-2013 $98.10 20 Muestreo sencillo en la ciudad NMX-AA-003-1980 NMX-AA-014-1980 $92.37 21 Por análisis de metales para agua potable: Aluminio, Arsénico, Bario, Cadmio, Cobre, Cromo total, Fierro, Manganeso, Plomo, Sodio, Zinc Standard Methods for the examination of water and waste water 21st edition 3120A y 3120B página 3-38 a 3-44 $2,189.16 22 Hidrocarburos aromáticos (BETX): Benceno, Etilbenceno, Tolueno, Xileno EPA 8260 B-1996 $2,365.49 23 Plaguicidas: Aldrin, Dieldrin, Clordano, DDT, Lindano, Hexaclorobenceno, Heptacloro, Epóxido de Heptacloro, Metoxicloro EPA 508-1995 $3,942.74 24 Trihalometanos totales EPA 8260 B-1996 $1,582.76 25 2,4-D EPA 508-1995 $3,111.15 26 E. Coli NMX-AA-042-SCFI-2015 NMX-AA-102-SCFI-2019 $326.23 27 Coliformes Totales NMX-AA-042-SCFI-2015 NMX-AA-102-SCFI-2019 $332.43 Agua Residual 1 Importe 28 Solidos Suspendidos totales NMX-AA-034-SCFI-2015 $250.93 29 Demanda química de oxígeno tubo sellado a pequeña escala NMX-AA-030/2-SCFI-2011 $318.86 30 Demanda Química de Oxígeno. Método de reflujo abierto NMX-AA-030/1-SCFI-2012 $328.57 31 Demanda Bioquímica de Oxígeno método potenciométrico NMX-AA-028-SCFI-2001 $415.10 32 Demanda Bioquímica de Oxígeno NMX-AA-028-SCFI-2001 $416.40 33 Nitrógeno total Kjedahl NMX-AA-026-SCFI-2010 $312.79 34 Grasas y aceites NMX-AA-005-SCFI-2013 $383.76 35 Fosforo Total NMX-AA-029-SCFI-2001 $309.63 36 Materia flotante NMX-AA-006-SCFI-2010 $97.52 37 Muestreo sencillo fuera de la ciudad NMX-AA-003-1980 NMX-AA-014-1980 $294.54 38 Cianuros potenciométrico METHOD EPA 335.4 $393.81 39 Huevos de Helminto NMX-AA-113-SCFI-2012 $883.05 40 Coliformes Fecales NMX-AA-042-SCFI-2015 NMX-AA-102-SCFI-2006 $332.43 41 Por análisis de metales para agua residual: Niquel, Arsénico, Cobre, Cromo total, Plomo, Zinc, Cadmio Standard Methods for the examination of water and waste water 21st Edition 3120A y 3120B página 3-38 a 3-44 $1,996.69 42 Mercurio Procedimiento interno GP-05-71, basado en método EPA 245.1 1994 $388.79 43 Color NMX-AA-17-1980 $148.02 44 Carbono orgánico total Standard Methods for the examination of water and waste water 21st Edition 5310B páginas 5-21 a 5-23 $291.86 45 Toxicidad NMX-AA-112-SCFI-2017 $363.30 Por aforo del agua residual de la empresa por día se cobrará: Número de días aforados Tarifa diaria 1 a 7 $377.21 8 a 14 $282.96 15 a 21 $245.78 22 a 28 $188.38 1. El aforo se realizará cuando exista inconformidad de la empresa, por el gasto de agua potable considerado para el cálculo de los excesos de contaminantes, o cuando no concuerde el gasto reportado por la empresa con la cantidad observada por JAPAMI. 2. El número de días del aforo dependerá del tamaño de la empresa y la precisión de la medición. 3. Para la determinación de importes a pagar por excesos de contaminantes se tomará como volumen descargado el que corresponda al 70% del volumen de agua mensual. Este volumen de agua será el que corresponda a la suma de los volúmenes de agua suministrada por JAPAMI, más la extraída de pozo propio, y la suministrada por otros medios, cuando se tengan diferentes medios de suministro, o de la que corresponda de esas tres según el caso de cada usuario. 4. Cuando el usuario estime que, en razón de sus procesos de uso y aprovechamiento del agua, la descarga de agua residual fuera menor que el 70%, en relación al volumen total del agua suministrada, podrá solicitar ante JAPAMI la modificación al volumen vertido presentando las pruebas que sustenten su petición. Para la certificación de los volúmenes vertidos se tomará también como válido el que determinen, como efecto de sus pruebas eventuales, los laboratorios acreditados. 5. JAPAMI se reserva el derecho de solicitar información complementaria para sustentar su respuesta y lo hará con base en el dictamen que el personal técnico deberá ejecutar mediante una valoración directa para evaluar las pruebas presentadas y sustentar la resolución que para tal efecto emita, debiendo responderse al solicitante en un periodo no mayor de 30 días a partir de que este hubiera entregado la documentación solicitada. 6. Es obligación de los usuarios no domésticos construir los registros adecuados para la realización del aforo y caracterización de las descargas de agua residual al sistema de alcantarillado, el cual deberá instalarse en la parte exterior del predio, de tal suerte que esté libre de obstáculos y que cumpla con las condiciones adecuadas para que en todo tiempo y sin dificultad puedan caracterizarse las descargas de aguas residuales generadas. 7. Los usuarios que descarguen volúmenes iguales a mayores a los quinientos metros cúbicos mensuales deberán colocar su sistema totalizador. SECCIÓN SEGUNDA SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO Artículo 15. Los derechos por la prestación del servicio de alumbrado público se causarán y liquidarán de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato y el presente ordenamiento, y con base en la siguiente: TARIFA I. $1,848.66 Mensual II. $3,697.33 Bimestral Aplicará la tarifa mensual o bimestral según el periodo de facturación de la Comisión Federal de Electricidad. Los usuarios de este servicio que no tengan cuenta con la Comisión Federal de Electricidad, pagaran este derecho de acuerdo a lo que establece la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, y la presente Ley, a través de los recibos que determine para tal efecto la Tesorería Municipal. De conformidad con lo dispuesto en el capítulo de facilidades administrativas y estímulos fiscales de la presente Ley, se reconoce como costo para el cálculo de la presente tarifa los gastos provocados al Municipio por el beneficio fiscal referido. Asimismo, y para los mismos efectos de la determinación de la tarifa, se omite la aplicación del padrón de usuarios que carecen de cuenta con la Comisión Federal de Electricidad. SECCIÓN TERCERA SERVICIOS DE LIMPIA, RECOLECCIÓN, TRASLADO, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS Artículo 16. La prestación de los servicios de recolección y traslado de residuos domiciliarios será gratuita, salvo lo dispuesto por este artículo. Los derechos por la prestación de los servicios de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos, cuando medie solicitud, se causarán y liquidaran conforme a la siguiente: TARIFA I. Generación Comercial: a) Recolección, traslado y disposición final de residuos, de 01 a 500 kg., por cuatro servicios mensuales $338.92 b) Por cada servicio adicional a los cuatro servicios mensuales que señala el inciso anterior $84.75 c) Por cada kilogramo excedente de 01 a 500 kg. $0.69 d) Recolección, traslado y disposición final de residuos, de 500 a 1000 kg., entre ocho servicios mensuales $677.78 e) Por cada servicio adicional a los ocho servicios mensuales que señala el inciso anterior $84.75 f) Por cada kilogramo excedente de 01 a 1000 kg. $0.69 g) Disposición final de residuos en el relleno sanitario incluyendo, recepción, movimiento y cubierto, trasladado por los mismos usuarios, por cada kilogramo $0.34 h) Disposición final de residuos de poliespuma, polietileno, plástico, unicel, fibra de vidrio u otros similares en el relleno sanitario incluyendo recepción, movimiento y cubierto, traslado por los mismos usuarios, por cada metro cúbico $80.13 II. Generación Industrial: a) Recolección, traslado y disposición final de residuos, de 01 a 500 kg., por cuatro servicios mensuales $391.60 b) Por cada servicio adicional a los cuatro servicios mensuales que señala el inciso anterior $97.91 c) Por cada Kilogramo excedente de 01 a 500 Kg. $0.78 d) Recolección, traslado y disposición final de residuos, de 500 a 1000 Kg., por ocho servicios mensuales $783.22 e) Por cada servicio adicional a los ocho servicios mensuales que señala el inciso anterior $97.91 f) Por cada kilogramo excedente de 01 a 1000 Kg. $0.78 g) Disposición final de residuos en el relleno sanitario incluyendo excavación, recepción, movimiento y cubierto, trasladado por los mismos usuarios, por cada kilogramo. $0.67 III. Tratándose de limpia, recolección y traslado de los residuos que a continuación se señalan, provenientes de lotes baldíos: a) Por limpieza de maleza hasta un metro de altura o basura incluyendo transporte y disposición final por m². $40.55 b) Por limpieza de maleza de más de un metro de altura o basura incluyendo transporte y disposición final por m². $52.11 La limpieza de lotes baldíos se realizará a petición del particular o cuando la autoridad municipal competente así lo determine, dadas las condiciones de afectación al interés público que aquéllos presenten. El importe de los derechos que procedan conforme a la tabla anterior, serán cubiertos por los solicitantes o pueden ser cobrados por la autoridad a los propietarios de los inmuebles, sin perjuicio de las sanciones que correspondan conforme a la reglamentación municipal. IV. Por el servicio de barrido manual, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos, en eventos públicos masivos, por m²: $17.19. Los derechos a que se refiere este capítulo deberán enterarse en la Tesorería Municipal previo a la prestación de los servicios señalados. SECCIÓN CUARTA SERVICIOS DE PANTEONES Artículo 17. Los derechos por la prestación del servicio público de panteones, se causarán y liquidarán conforme a la siguiente: TARIFA I. Por inhumaciones: a) Gaveta mural, para sujeto desconocido (Exento) b) Por los primeros seis años $574.13 c) Por veinte años $1,638.68 II. Por depositar restos en fosa con derechos pagados a veinte años $1,086.39 III. Permiso para colocación de lápida en fosa o gaveta para construcción de monumentos en panteones municipales $536.95 IV. Por conformidad para la traslación de cadáveres para inhumación en lugar distinto de donde ocurrió la defunción $379.39 V. Permiso para la cremación de cadáveres $514.16 VI. Exhumaciones $329.64 VII. Por exhumaciones, en comunidades rurales $257.09 VIII. Por servicio de cremación en crematorio del Panteón Municipal a) Cadáver de hasta 150 kg, (servicio no incluye urna) $3,672.84 b) Feto y/o recién nacido hasta 6 meses, y extremidades (servicio no incluye urna) humanas* $2,272.12 c) Restos áridos (servicio no incluye urna) $2,696.71 d) Urna básica $624.00 e) Depósito de urna con cenizas, en nicho del Panteón Municipal (servicio no incluye urna) $526.14 La Federación, los Estados y los Municipios no causarán los derechos por inhumaciones o exhumaciones cuando su actividad corresponda a sus funciones de derecho público. En el pago de derechos relativos a los servicios de inhumaciones, el Ayuntamiento podrá autorizar descuentos en la tarifa señalada en el presente artículo, cuando estos tengan relación con la búsqueda y localización de una persona desaparecida. SECCIÓN QUINTA SERVICIOS DE RASTRO Artículo 18. Los derechos por la prestación del servicio de rastro se causarán y liquidarán de conformidad con la siguiente: TARIFA I. Por matanza o sacrificio de animales, en horario de 08:00 a 15:00 horas de lunes a sábado: a) Ganado bovino $237.57 Por cabeza b) Ganado bovino servicio extraordinario $477.81 Por cabeza c) Ganado porcino $224.10 Por cabeza d) Ganado porcino menor de 175 kg $143.11 Por cabeza e) Sacrificio ganado porcino por servicio extraordinario $458.96 Por cabeza f) Sacrificio ganado porcino menor de 175 kg., por servicio extraordinario $305.04 Por cabeza g) Ganado caprino y ovino $51.31 Por cabeza h) Ganado caprino y ovino por servicios extraordinarios $102.58 Por cabeza i) Sacrificio de aves $6.51 Por cabeza II. Otros servicios: a) Limpieza de vísceras de bovino $41.18 Por cabeza b) Limpieza de vísceras caprino y ovino $4.13 Por cabeza c) Limpieza de vísceras de cerdo $10.37 Por cabeza d) Por servicio de refrigeración, por día o fracción de día: 1. Ganado bovino $1.04 Por kilo 2. Ganado porcino $1.04 Por kilo e) Derecho de piso de pieles $1,132.18 Por mes f) Derecho de piso ganado bovino detenidos $142.46 Por día g) Derecho de piso ganado porcino detenidos $82.97 Por día h) Derecho de piso y agua en lavado de vísceras de cerdo $3,118.67 12 Por mes i) Resellos de: 1. Ganado bovino en canal $263.20 Por cabeza 2. Ganado porcino en canal $180.29 Por cabeza 3. Ganado caprino y ovino en canal $48.65 Por cabeza 4. Aves día hábil $8.26 Por cabeza 5. Aves días inhábiles $4.15 Por cabeza 6. Ganado bovino $1.04 Por kilo 7. Ganado porcino $1.04 Por kilo 8. Ganado caprino y ovino $1.04 Por kilo j) Servicio de reparto: 1. Ganado bovino $89.49 Por canal 2. Ganado porcino $46.56 Por canal k) Limpieza de caja o jaula de vehículos para transporte de producto cárnico: 1. Hasta una tonelada $71.26 Por unidad 2. De una tonelada hasta 3 toneladas $100.94 Por unidad l) Servicio de incineración $1,875.66 Por evento No se pagará el resello por la introducción de carne en canal, de aves, productos y subproductos naturales, provenientes de rastros tipo Inspección Federal, cuando el comerciante lo compruebe con las facturas de compras respectivas. En relación al servicio extraordinario se entenderá por servicios prestados por la dependencia fuera del horario de matanza, así como días inhábiles. SECCIÓN SEXTA SERVICIOS DE SEGURIDAD PÚBLICA Artículo 19. Los derechos por la prestación de los servicios de seguridad pública, cuando medie solicitud, se causarán y liquidarán conforme a la siguiente: TARIFA I. Por evento público (Por elemento policial). $733.12 II. Por evento privado (Por elemento policial). $733.12 III. Tratándose de los servicios de la policía montada o canina tendrá un costo adicional de: $122.19 IV. Certificación para el otorgamiento de conformidad para el funcionamiento de empresas de seguridad privada $6,109.29 V. Certificación para el otorgamiento de conformidad para el funcionamiento de empresas de seguridad privada (Revalidación) $6,109.29 SECCIÓN SÉPTIMA SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO URBANO Y SUBURBANO EN RUTA FIJA Artículo 20. Los derechos por la prestación del servicio público de transporte urbano y suburbano en ruta fija se causarán y liquidarán conforme a la siguiente: TARIFA I. Por el otorgamiento de concesión para la explotación del servicio público de transporte en la jurisdicción municipal, se pagarán por vehículo, conforme a lo siguiente: a) Urbano $9,245.81 b) Suburbano $9,245.81 II. Por la transmisión de derechos de concesión sobre la explotación del servicio público de transporte urbano y suburbano, por vehículo $9,245.81 III. Por refrendo anual de concesión para explotación del servicio urbano y suburbano en ruta fija, por vehículo $924.00 IV. Permiso eventual de transporte público, por día y por vehículo $153.04 V. Constancia de despintado por vehículo $62.38 VI. Revista mecánica semestral por vehículo $194.62 VII. Autorización por prórroga para uso de vehículo en condiciones físico-mecánicas aceptables para la prestación del servicio, por mes $96.36 VIII. Autorización de prórroga de concesión para la explotación del servicio público de transporte de personas en las modalidades de urbano y suburbano en ruta fija, por unidad $9,245.81 IX. Trámite de enrolamiento de vehículo, por unidad $264.54 X. Dictamen de modificación de horarios o derroteros, por ruta $826.66 XI. Autorización para portar publicidad en unidades de transporte público, por vehículo, por mes $86.61 SECCIÓN OCTAVA SERVICIOS DE TRÁNSITO Artículo 21. Los derechos por la prestación de los servicios de Tránsito se causarán y liquidarán conforme a la siguiente: TARIFA I. Permiso para maniobras de carga y descarga, por hora $49.83 II. Para maniobras de carga y descarga efectuadas periódicamente, mediante convenio mensual $1,534.99 III. Por expedición de constancia de no infracción $85.72 IV. Servicios extraordinarios de tránsito en eventos públicos o privados, por cada elemento $498.39 SECCIÓN NOVENA SERVICIOS DE ESTACIONAMIENTOS PÚBLICOS Artículo 22. Los derechos por la prestación de los servicios de estacionamientos públicos se causarán y liquidarán por vehículo conforme al resultado de la aplicación las siguientes: TARIFA I. Estacionamiento Plaza del Comercio Popular: a) Por vehículo por hora o fracción $11.16 b) Por motocicleta por hora o fracción $6.97 SECCIÓN DÉCIMA SERVICIOS DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA, ARTE Y RECREACIÓN Artículo 23. Los derechos por la prestación de los servicios de la casa de la cultura se causarán y liquidarán conforme a la siguiente: TARIFA I. Inscripción a los talleres culturales $89.97 II. Talleres, cursos o diplomados culturales con una duración máxima de doce meses, las tarifas expresadas son mensuales. Los mismos se podrán pagar de manera parcial o completa: a) Taller, curso o diplomado de artes plásticas o visuales. $254.11 b) Taller, curso o diplomado de música: 1. Piano $336.85 2. Teclado $336.85 3. Guitarra clásica $336.85 4. Guitarra popular $254.11 5. Solfeo $116.00 6. Canto $254.11 7. Instrumentos de aliento $336.85 8. Cello $336.85 9. Violín $336.85 10. Coro $336.85 c) Taller, curso o diplomado de Danza $254.22 d) Taller, curso o diplomado de Idiomas $254.22 e) Taller, curso o diplomado artesanal: 1. Cerámica $254.22 2. Cartonería $254.22 3. Repujado $254.22 4. Tallado en madera $364.55 5. Vitral $364.55 6. Tejido $254.22 f) Taller de Literatura $364.55 g) Taller, curso o diplomado de Gastronomía: 1. Adultos $338.48 2. Niños $116.56 h) Taller, curso o diplomado Artes Escénicas 1. Mímica $255.46 2. Clown $255.46 3. Teatro $338.48 i) Otros talleres, cursos o diplomados no contemplados en los incisos anteriores. $366.32 III. Cursos de verano con una duración de cuatro semanas $1,144.00 SECCIÓN UNDÉCIMA SERVICIOS DE ASISTENCIA Y SALUD PÚBLICA Artículo 24. Los derechos por la prestación de los servicios de asistencia y salud pública se causarán y liquidarán de conformidad a la siguiente: TARIFAS I. Los servicios prestados por el DIF Municipal a) Servicio de Psicología: 1. Servicio Psicológico $180.00 b) Rehabilitación por sesión: 1. Sesión de terapia física $80.00 2. Sesión de Hidroterapia $100.00 3. Sesión de Terapia de Lenguaje $80.00 c) Por los servicios de guardería: 1. Inscripción $101.60 2. Cuota mensual $1,000.00 II. Los servicios prestados en materia de control canino: a) Por consulta b) Por observación clínica del animal agresor, por día $61.82 c) Por esterilización de hembras: $394.85 d) Por castración de machos $197.39 e) Devolución de animales capturados en vía pública $225.30 f) Devolución de animales capturados para observación $249.22 g) Guarda de animales por día $62.20 h) Diagnóstico patológico de animales en observación $385.63 i) Servicio de recolección de animal canino a clínicas establecidas para su observación durante 10 días, incluye extracción de encéfalos y envió de muestras a laboratorio para diagnóstico. $996.74 Los cobros materia de asistencia y salud pública referidos en los incisos a) y b) de la fracción I del presente artículo, únicamente aplicarán a los usuarios que, teniendo seguridad social, opten por solicitar los servicios municipales. SECCIÓN DUODÉCIMA SERVICIOS DE PROTECCIÓN CIVIL Artículo 25. Los derechos por la prestación de los servicios de protección civil se causarán y liquidarán conforme a la siguiente: TARIFA I. Por conformidad para uso y quema de artificios pirotécnicos sobre: a) Artificios pirotécnicos $69.79 b) Juegos pirotécnicos $1,145.24 c) Pirotecnia fría $299.04 II. Por dictámenes de seguridad para permisos de la Secretaría de la Defensa Nacional sobre: a) Cartuchos $498.39 b) Fabricación de pirotécnicos $598.08 c) Materiales explosivos $598.08 III. Por dictámenes de seguridad para permisos de la Secretaría de la Defensa Nacional para el uso de materiales explosivos fuera de instalaciones establecidas $897.10 IV. Por elemento para la supervisión y evaluación de simulacros $199.37 V. Por elemento para brindar capacitación $916.40 VI. Por dictamen de seguridad: a) Riesgo bajo $500.97 b) Riesgo medio $733.12 c) Riesgo alto $977.50 VII. Dictamen de factibilidad de zonificación $500.97 VIII. Visto bueno para evento $500.97 IX. Validación de programa interno de protección civil $500.97 SECCIÓN DECIMOTERCERA SERVICIOS DE OBRA PÚBLICA Y DESARROLLO URBANO Artículo 26. Los derechos por la prestación de los servicios de obra pública y desarrollo urbano, se causarán y liquidarán conforme a la siguiente: TARIFA CONCEPTO UNIDAD CUOTA I. Por asignación de número oficial se pagará: Dictamen $107.63 II. Por Dictamen de alineamiento: Dictamen $452.50 III. En las colonias o fraccionamientos populares, por la asignación de número oficial y por el dictamen de alineamiento exclusivamente una cuota de: Dictamen $85.72 IV. Por permiso de división: Por fracción resultante autorizada $358.87 V. Por permiso de fusión Documento $358.87 VI. Por constancia para constituir el régimen de propiedad en condominio, se cobrará por cada unidad propiedad privativa: Por constancia $880.93 VII. Por permiso de uso de suelo para gestión de fraccionamientos, desarrollos en condominio o régimen en condominio, se pagará por: a) Uso habitacional: Por m² de la superficie del inmueble a desarrollar $0.85 b) Uso mixto (habitacional con comercio y servicios): Por m² de la superficie del inmueble a desarrollar $0.98 c) Uso comercial y de servicios: Por m² de la superficie del inmueble a desarrollar $0.98 d) Uso Industrial, turísticos, recreativo-deportivos o agropecuarios: Por m² de la superficie del inmueble a desarrollar $0.98 e) Por permiso de uso de suelo, en materia de Direcciones de Zona, se pagará por: 1. De 1.00 m² – 120.00 m² Por m² $7.33 2. De 121.00 m² – 240.00 m² Costo único $1,323.28 3. De 241.00 m² – 500.00 m² Costo único $2,716.18 4. De 501.00 m² – 1,000.00 m² Costo único $5,502.02 5. De 1,001.00 m² – 5,000.00 m² Costo único $21,997.11 6. De 5,001.00 m² – 10,000.00 m² Costo único $54,987.28 7. En superficies mayores a 10,001 m² Costo único $73,318.84 8. Uso agrícola por m² $3.67 VIII. Por autorización de cambio de uso de suelo, se pagará lo siguiente: a) De uso primario (pecuario o agrícola), a habitacional. m² $1.01 b) De uso comercial y de servicios, a habitacional m² $0.36 c) De uso industrial, a habitacional m² $0.74 d) De uso primario (pecuario o agrícola), a comercial y de servicios m² $1.11 e) De uso habitacional, a comercial y de servicios m² $1.11 f) De uso industrial, a comercial y de servicios m² $0.57 g) De uso primario (pecuario o agrícola), a industrial m² $1.08 h) De uso comercial y de servicios, a industrial m² $1.01 IX. Por el permiso de construcción se pagará de acuerdo a la siguiente tabla: a) 1. Zona clasificada como H5C, con rango de densidad de 501 a 600 habitantes por hectárea m² $3.90 2. Zona clasificada como H4C, con rango de densidad de 401 a 500 habitantes por hectárea m² $4.06 3. Zona clasificada como H3, con rango de densidad de 301 a 400 habitantes por hectárea m² $4.09 4. Zona clasificada como H2, con rango de densidad de 201 a 300 habitantes por hectárea m² $7.09 5. Zona clasificada como H1, con rango de densidad de 101 a 200 habitantes por hectárea m² $12.06 6. Zona clasificada como H0, con rango de densidad de 1 a 100 habitantes por hectárea m² $15.07 b) Uso Comercial m² $15.35 c) Uso Servicios m² $10.66 d) Uso Industrial m² $2.46 e) Bardeo perimetral del predio m² $4.50 1. Hasta 20 m se pagará lo siguiente: Por permiso $89.94 2. Por cada metro lineal excedente a 20 m se pagará lo siguiente: Por metro lineal $4.50 f) Se podrá otorgar el permiso de construcción en su modalidad remodelación, causando el 40% del costo por metro cuadrado, conforme a lo indicado en las fracciones IX y X de este artículo. g) Se podrá otorgar constancia de demolición, causando el porcentaje de 15% por metro cuadrado, conforme a lo indicado en las fracciones IX y X de este artículo. X. Por autorización de construcción o instalación de estructuras fijas, móviles o temporales y las adosadas a predios o edificaciones para anuncios, mástiles y antenas de radio comunicación de acuerdo a la altura: a) Costo mínimo estructuras de hasta 4.00 metros de altura. Permiso $1,666.65 b) Por cada metro fracción o excedente a 4.00 Metros se cobrará por metro. Metro lineal $387.72 c) Costo máximo (estructuras que excedan los 18.00 metros de altura). Permiso $7,159.02 XI. Por el permiso de construcción, cuando se haya iniciado o concluido trabajos o colocado estructuras o mobiliario urbano sin contar con el permiso señalado en las fracciones IX y X de este artículo, se causará adicionalmente un incremento porcentual del 50% de los derechos establecidos. XII. Por la expedición del Refrendo a los permisos para construcción se otorgará el número de veces requeridas por el solicitante, siempre que el mismo se solicite dentro de un plazo no mayor a 20 días posteriores al vencimiento del periodo autorizado: a) Uso habitacional 1. Zona clasificada como H5C, con rango de densidad de 501 a 600 habitantes por hectárea (por cada grupo de 24 unidades o menos). $84.93 2. Zona clasificada como H4c, con rango de densidad de 401 a 500 habitantes por hectárea (por cada grupo de 24 unidades o menos). $91.70 3. Zona clasificada como H3, con rango de densidad de 301 a 400 habitantes por hectárea (por cada grupo de 24 unidades o menos). $92.54 4. Zona clasificada como H2, con rango de densidad de 201 a 300 habitantes por hectárea (por cada grupo de 24 unidades o menos). $146.13 5. Zona clasificada como H1, con rango de densidad de 101 a 200 habitantes por hectárea (por cada grupo de 24 unidades o menos). $183.81 6. Zona clasificada como H0, con rango de densidad de 1 a 100 habitantes por hectárea (por cada grupo de 24 unidades o menos). $274.92 a) Uso Comercial. $388.54 b) Uso Servicios. $358.92 c) Uso Industrial. $665.87 d) Bardeo perimetral del predio. $84.19 XIII. Se podrá otorgar el permiso de construcción, para obras exteriores se cobrará como se indica a continuación: a) Para circulaciones internas y aéreas comunes para proyectos de régimen en condominio: 1. Cuando los trabajos a ejecutar sean de limpieza del predio se cobrará 10% del costo por metro cuadrado, conforme a lo indicado en las fracciones IX y X de este artículo. 2. Cuando los trabajos a ejecutar incluyan la totalidad de la ejecución de la obra exterior (limpieza, trazo, nivelación, pavimentos, guarniciones, banquetas, redes de servicio y acabados), se cobrará 30% del costo por metro cuadrado, conforme a lo indicado en las fracciones IX y X de este artículo. b) Para lotes de uso habitacional unifamiliar, uso comercial y/o de servicios, industriales, áreas de estacionamiento, circulaciones internas y áreas exteriores de los usos señalados, se cobrará: 1. Cuando los trabajos a ejecutar sean de limpieza del predio se cobrará 10% del costo por metro cuadrado, conforme a lo indicado en las fracciones IX y X de este artículo. 2. Cuando los trabajos a ejecutar incluyan la totalidad de la ejecución de la obra exterior (limpieza, trazo, nivelación, pavimentos, guarniciones, banquetas, redes de servicio y acabados), se cobrará 30% del costo por metro cuadrado, conforme a lo indicado en las fracciones IX y X de este artículo. XIV. Por Autorización para Uso y Ocupación de la Construcción, se cobrará: a) Uso habitacional: 1. Zona clasificada como H5C, con rango de densidad de 501 a 600 habitantes por hectárea (por cada grupo de 24 unidades o menos) Por autorización $106.43 2. Zona clasificada como H4C, con rango de densidad de 401 a 500 habitantes por hectárea (por cada grupo de 24 unidades o menos) Por autorización $107.84 3. Zona clasificada como H3, con rango de densidad de 301 a 400 habitantes por hectárea (por cada grupo de 24 unidades o menos) Por autorización $108.87 4. Zona clasificada como H2, con rango de densidad de 201 a 300 habitantes por hectárea (por cada grupo de 24 unidades o menos) Por autorización $172.07 5. Zona clasificada como H1, con rango de densidad de 101 a 200 habitantes por hectárea (por cada grupo de 12 unidades o menos) Por autorización $215.65 6. Zona clasificada como H0, con rango de densidad de 1 a 100 habitantes por hectárea (por cada grupo de 12 unidades o menos) Por autorización $323.42 b) Uso Comercial (por cada grupo de 6 unidades o menos) Por autorización $431.26 c) Uso de Servicios (por cada grupo de 6 unidades o menos) Por autorización $402.24 d) Uso Industrial (por cada grupo de 3 unidades o menos) Por autorización $862.49 e) Bardeo perimetral del predio Por autorización $87.06 XV. Por la expedición de constancia de factibilidad de inmuebles sobre predios, para la gestión de fraccionamientos y desarrollos en condominio o régimen en condominio habitacionales, comerciales, de servicios, mixtos o industriales, de acuerdo a su localización, impactos generados por la actividad que se pretenda realizar, a solicitud de parte, se pagará la cantidad de: a) 1. Para inmuebles de 1 hasta 5000 m² Constancia de factibilidad $1,313.61 2. Para inmuebles de 5001 a 10,000 m² Constancia de factibilidad $2,373.89 3. Para inmuebles de más de 10,001 m² Constancia de factibilidad $3,537.03 b) Por la expedición de constancia de factibilidad de inmuebles sobre predios y edificaciones de acuerdo a sus características arquitectónicas, localización, impactos generados por la actividad que se pretenda realizar, a solicitud de parte, se pagará la cantidad de: Constancia de factibilidad $1,312.44 SECCIÓN DECIMOCUARTA SERVICIOS CATASTRALES Y PRÁCTICA DE AVALÚOS Artículo 27. Los derechos por los servicios catastrales que realice la autoridad municipal se causarán y liquidarán conforme a la siguiente: T A R I F A I. Por avalúos de inmuebles urbanos y suburbanos, se cobrará una cuota fija más la cantidad que resulte de multiplicar 0.90 al millar por el valor total calculado en el avaluó: $105.07 II. Por el avalúo de inmuebles rústicos que no requieran el levantamiento del plano del terreno: a) Hasta una hectárea $346.80 b) Por cada una de las hectáreas excedentes $12.94 c) Cuando un predio rústico contenga construcciones, además de la cuota anterior se aplicará lo que dispone la fracción I de este artículo sobre el valor de la construcción sin cuota fija. III. Por el avaluó de inmuebles rústicos que requieran el levantamiento del plano del terreno: a) Hasta una hectárea $2,568.80 b) Por cada una de las hectáreas excedentes hasta 20 hectáreas $348.32 c) Por cada una de las hectáreas excedentes de 20 hectáreas $279.91 IV. Por la validación y autorización de los avalúos fiscales para predios urbanos y suburbanos elaborados por los peritos valuadores externos autorizados por la Tesorería Municipal, se pagará la cuota fija más el 30% de la cantidad que resulte de multiplicar 0.9 al millar por el valor total calculado en el avalúo. $105.07 V. Por la autorización de los avalúos fiscales rústicos elaborados por los peritos valuadores autorizados por la Tesorería Municipal, se pagará el 30% sobre la cantidad que resulte de aplicar la fracción II de este artículo. VI. Por la revisión de proyecto de memorias descriptivas para la constitución de régimen de propiedad en condominio Por área privativa: $21.55 Más una base de: $224.23 VII. Por la modificación de proyectos de memorias descriptivas para la constitución de régimen de propiedad en condominio por área privativa sin base. $21.55 VIII. Por la expedición de constancia de clave catastral Por predio: $9.93 Más una base de: $66.81 Los avalúos realizados por instituciones de crédito deberán de ser autorizados por la autoridad municipal competente. SECCIÓN DECIMOQUINTA SERVICIOS EN MATERIA DE FRACCIONAMIENTOS Y DESARROLLOS EN CONDOMINIO Artículo 28. Los derechos por servicios municipales en materia de fraccionamientos y desarrollos en condominio, se causarán y liquidarán en atención a la siguiente: TARIFA I. Por supervisión de obra con base al proyecto y presupuesto aprobado de las obras por ejecutar se aplicará: a) El 1.08% en los fraccionamientos de urbanización progresiva, aplicado sobre el presupuesto de las obras de agua, drenaje y guarniciones. b) El 1.62% tratándose de los demás fraccionamientos y desarrollos en condominio. II. Por las autorizaciones de los fraccionamientos y desarrollos en condominio se cobrará por metro cuadrado de superficie a desarrollar, en los siguientes: a) Aprobación, modificación o relotificación de traza, se cobrará: 1. Aprobación de traza para fraccionamientos y desarrollos en condominio (Habitacional). m² (superficie a desarrollar) $0.36 2. Modificación o lotificación de traza para fraccionamientos y desarrollos en condominio (habitacional). m² (superficie a desarrollar) $0.36 3. Aprobación de traza para fraccionamientos y desarrollos en condominio (uso mixto de usos compatibles). m² (superficie a desarrollar) $0.61 4. Modificación o relotificación de traza para fraccionamientos y desarrollos en condominio (uso mixto de usos compatibles). m² (superficie a desarrollar) $0.61 5. Aprobación de traza para fraccionamientos y desarrollos en condominio (comercial y de servicios). m² (superficie a desarrollar) $0.73 6. Modificación o relotificación de traza para fraccionamientos y desarrollos en condominio (comercial y de servicios): m² (superficie a desarrollar) $0.73 7. Aprobación de traza para fraccionamientos y desarrollos en condominio (industrial, turísticos, recreativo-deportivos o agropecuarios). m² (superficie a desarrollar) $0.92 8. Modificación o relotificación de traza para fraccionamientos y desarrollos en condominio (industrial, turísticos, recreativo-deportivos o agropecuarios). m² (superficie a desarrollar) $0.92 b) Permiso de urbanización de acuerdo a los siguientes aspectos: 1. Sistema agua potable y drenaje. m² (superficie vendible) $0.11 2. Sistema de distribución de energía eléctrica y alumbrado público. m² (superficie vendible) $0.07 3. Sistema de pavimentación en vías y espacios de circulación vehicular o peatonal. m² (superficie vendible) $0.11 c) Permiso de venta de lotes, se pagará por: 1. Permiso de venta de lotes para fraccionamientos y desarrollos en condominio (habitacional) m² (superficie vendible) $0.36 2. Permiso de venta de lotes para fraccionamientos y desarrollos en condominio (uso mixto de usos compatibles) m² (superficie vendible) $0.61 3. Permiso de venta de lotes para fraccionamientos y desarrollos en condominio (comercial y de servicios) m² (superficie vendible) $0.73 4. Permiso de venta de lotes para fraccionamientos y desarrollos en condominio (industrial, turísticos, recreativo-deportivos o agropecuarios) m² (superficie vendible) $0.92 SECCIÓN DECIMOSEXTA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS O PERMISOS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE ANUNCIOS Artículo 29. Los derechos por la expedición de permisos para la instalación, colocación de anuncios y difusión de publicidad, se causarán y liquidarán conforme a la siguiente: TARIFA TIPO UNIDAD CUOTA I. Permiso anual para la colocación de anuncios: a) Soportados o en azoteas m² $304.87 b) De carácter aislado, adosados en fachada, marquesina, muros o bardas m² $164.79 c) Electrónico o luminoso m² $378.78 d) Rotulado en muros o barda m² $103.33 e) Toldos y carpas m² $103.86 II. Por el refrendo de permisos de anuncios, se otorgará el número de veces requeridas por el solicitante, siempre que el mismo se solicite dentro de un plazo no mayor a 20 días posteriores al vencimiento del periodo autorizado se cobrará: a) En anuncios soportados o en azotea, electrónico, luminosos y de carácter aislado m² $82.40 b) Electrónico o luminoso m² $102.26 c) Anuncios adosados denominativos (en fachada, muro o barda, marquesina, rotulaos, integrados en cenefa y en estructura, toldos y carpas y de carácter aislado) Constancia $308.50 III. Permisos para la colocación de publicidad con sistemas de estructuras temporales adosadas en predios, edificaciones y mobiliarios urbanos o móvil: a) Mantas por cada unidad Día $163.05 b) Estructuras neumáticas (por unidad) Día $113.64 IV. En caso de que cualquier anuncio de los incluidos en las fracciones I y III del presente artículo cuenten con iluminación directa o indirecta, se cobrará un monto adicional (por metro cuadrado), excepto el contemplado en la fracción I, inciso c): $30.56 El otorgamiento del permiso incluye trabajos de supervisión y revisión del proyecto de ubicación y estructura del anuncio. SECCIÓN DECIMOSÉPTIMA SERVICIOS EN MATERIA AMBIENTAL Artículo 30. Los derechos por la expedición de autorizaciones por servicios en materia ambiental se causarán y liquidarán de conformidad con la siguiente: TARIFA Concepto Unidad Cuota I. Por la autorización de la evaluación de impacto ambiental o riesgo: a) Resolución de Manifestación de Impacto Ambiental Vigencia 0 Indefinido Costo General Modalidad A. Resolución $2,637.20 b) Resolución de Manifestación de Impacto Ambiental Vigencia 0 Indefinido Costo General Modalidad B. Resolución $4,849.12 c) Resolución de Manifestación de Impacto Ambiental, Vigencia: 0 Indefinido, Costo: General, Modalidad C. Resolución $5,375.00 d) Resolución de Evaluación del Estudio de Riesgo, Vigencia: 0 Indefinido, Costo: Resolución $6,521.49 e) Resolución de Manifestación de Impacto Ambiental, Vigencia: 0 Indefinido, Costo: Intermedia. Resolución $6,669.59 f) Resolución de Manifestación de Impacto Ambiental, Vigencia: 0 Indefinido, Costo: Específica. Resolución $8,966.50 II. Por la emisión de opiniones técnicas. Dictamen $322.61 III. Por el funcionamiento de fuentes fijas. Licencia $1,067.12 IV. Por la autorización Municipal de impacto ambiental. Autorización $653.22 V. Por la autorización del Programa de Manejo del Arbolado Urbano. Autorización $1,892.80 VI. Por la autorización de poda mayor, tala urbana o trasplante de árboles (por árbol). Autorización $87.32 SECCIÓN DECIMOCTAVA EXPEDICIÓN DE CONSTANCIAS, CERTIFICADOS, CERTIFICACIONES Y CARTAS Artículo 31. Los derechos por la expedición de constancias, certificados, certificaciones y cartas generarán el cobro de derechos de conformidad con la siguiente: TARIFA Concepto Unidad Cuota I. Constancias del Estado de cuenta de no adeudo por concepto de impuestos, derechos o aprovechamientos. Constancia $207.33 II. Constancias de inscripción y no inscripción en los registros de los padrones de contribuyentes inmobiliarios. Constancia $207.33 III. Por la certificación de trámites por alta de cuenta predial solicitada por el contribuyente y las relativas a fraccionamientos, lotificación, régimen en condominio, división, constitución y disolución de copropiedad, corrección a los datos registrados en el padrón inmobiliario y adquisición de bienes inmuebles. Certificación $207.33 IV. Por certificación de datos y contenido de documentos presentados para gestión de permisos, licencias y autorización. Certificación $111.98 V. Por las constancias, certificados, certificaciones y cartas que expida el Secretario del Ayuntamiento. Constancia $87.06 VI. Por las constancias que se expidan por las dependencias municipales por la búsqueda de información. Constancia $87.06 VII. Por las constancias que se expidan por las dependencias y entidades de la administración pública municipal Constancia $87.06 VIII. Por cartas origen. Constancia $87.06 IX. Por la expedición de la constancia de local. Constancia $87.50 CAPÍTULO QUINTO CONTRIBUCIONES DE MEJORA Artículo 32. La contribución de mejoras se causará y liquidará en los términos de las disposiciones que establece la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato. CAPÍTULO SEXTO PRODUCTOS Artículo 33. Los productos que tiene derecho a percibir el Municipio se regularán por las Disposiciones Administrativas de Recaudación que expida el Ayuntamiento o por los contratos o convenios que se celebren, y su importe deberá enterarse en los plazos, términos y condiciones que en los mismos se establezcan. CAPÍTULO SÉPTIMO APROVECHAMIENTOS Artículo 34. Los aprovechamientos que percibirá el Municipio serán los contemplados en la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, así como aquellos recursos que obtenga de los fondos de aportación federal. Artículo 35. Cuando no se pague un crédito fiscal en la fecha o dentro del plazo señalado en las disposiciones respectivas, se cobrarán recargos a la tasa del 2% mensual. Los recargos se causarán por cada mes o fracción que transcurra a partir de la fecha de la exigibilidad, hasta que se efectúe el pago, hasta por 5 años y se calcularán sobre el total del crédito fiscal, excluyendo los propios recargos, la indemnización a que se refiere el Artículo 46 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, los gastos de ejecución y las multas por infracciones a las leyes fiscales. Cuando se realice convenio para pagar en parcialidades los créditos fiscales, no se causarán recargos sobre el saldo insoluto. Artículo 36. Los aprovechamientos por concepto de gastos de ejecución, se causarán a la tasa del 2% sobre el adeudo por cada una de las diligencias que a continuación se indican: I. Por el requerimiento de pago; II. Por la del embargo; y III. Por la del remate. Cuando en los casos de las fracciones anteriores, el 2% del adeudo sea inferior a dos veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, se cobrará esta cantidad en lugar del 2% del adeudo. En ningún caso los gastos de ejecución a que se refiere cada una de las fracciones anteriores, podrán exceder de la cantidad que represente tres veces el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización. Artículo 37. Los aprovechamientos por concepto de multas fiscales se cubrirán conforme a las disposiciones relativas al Título Segundo, Capítulo Único de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato. Los aprovechamientos por concepto de multas administrativas se cubrirán conforme a las tarifas establecidas en los reglamentos municipales o en las disposiciones administrativas de recaudación que emita el Ayuntamiento. CAPÍTULO OCTAVO PARTICIPACIONES FEDERALES Artículo 38. El Municipio percibirá las cantidades que le correspondan por concepto de participaciones federales, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Coordinación Fiscal del Estado. CAPÍTULO NOVENO INGRESOS EXTRAORDINARIOS Artículo 39. El Municipio podrá percibir ingresos extraordinarios cuando así lo decrete de manera excepcional el Congreso del Estado. CAPÍTULO DÉCIMO FACILIDADES ADMINISTRATIVAS Y ESTÍMULOS FISCALES SECCIÓN PRIMERA IMPUESTO PREDIAL Artículo 40. La cuota mínima será de $511.06 (quinientos once pesos 06/100 m.n.), la cual, de conformidad con lo establecido por el Artículo 164 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, deberá pagarse dentro del primer bimestre. Artículo 41. El pago anual anticipado del impuesto predial, cuando se realice en una sola exhibición durante los meses de enero y febrero del ejercicio fiscal del año en curso, dará lugar a un beneficio de un descuento, sobre su importe total, con excepción los que tributen bajo cuota mínima, esto conforme a lo establecido en la siguiente tabla: Lugar donde realice el pago: Enero Febrero Medios electrónicos: página web https://pagos.irapuato.gob.mx/ 14% 12% Cajas de la Tesorería Municipal y establecimientos autorizados 12% 10% SECCIÓN SEGUNDA IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES Artículo 42. Los contribuyentes obligados al pago del Impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles, cuya adquisición sea para destinarlo a una utilidad pública, gozarán de un beneficio fiscal equivalente al 100% de dicho impuesto. A efecto de acreditar la utilidad pública será necesario que los inmuebles adquiridos estén sujetos a un procedimiento de regularización de asentamientos humanos. SECCIÓN TERCERA IMPUESTO DE DIVISIÓN Y LOTIFICACIÓN DE INMUEBLES Artículo 43. Los contribuyentes obligados al pago del Impuesto sobre división y lotificación de aquellos inmuebles cuya división se genere por causa de utilidad pública, gozarán de un beneficio fiscal equivalente al 100% de dicho impuesto. A efecto de acreditar la utilidad pública será necesario que los inmuebles divididos o lotificados estén sujetos a un procedimiento de regularización de asentamientos humanos. SECCIÓN CUARTA SERVICIO DE AGUA POTABLE, DRENAJE, ALCANTARILLADO, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE SUS AGUAS RESIDUALES Artículo 44. El Ayuntamiento a fin de dar cumplimiento al derecho humano al agua, podrá establecer tratamientos fiscales preferenciales en los cobros por acceso al agua para la población en condiciones de vulnerabilidad. Por los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales se otorgarán los siguientes descuentos especiales: I. Para descuentos a usuarios que realicen su pago anticipado anual en cuota fija, se les otorgará el 12% de descuento a quienes realicen su pago entre el 01 y el 31 de enero del 2025 y el 10% de descuento para quienes realicen su pago entre el 01 y el 28 de febrero del 2025, asegurándose que este beneficio sea para aquellos que efectúen su pago a más tardar el día 28 de febrero del año 2025. Para los usuarios que se encuentran en el supuesto de la fracción II inciso a del Artículo 14 de esta Ley y que paguen en fecha posterior al 28 de febrero del 2025, será aplicable el porcentaje de descuento que se otorga en la fracción XI de este artículo, teniendo la opción de pagar en forma anticipada los meses que resten del año 2025, para lo cual deben estar al corriente en sus pagos. II. Tratándose de personas jubiladas, pensionadas, personas adultas mayores y personas con discapacidad, los descuentos serán de acuerdo a la zona en que se encuentre la toma a la que se le aplicará el descuento y conforme a la siguiente relación: a) Los usuarios cuya vivienda se encuentre ubicada en zona marginada, básica, zona 1, zona 2 y zona 3 se aplicará el 30% de descuento sobre la cuota anual y no podrán tener el beneficio del descuento adicional por pago anual contenido en la fracción I de este artículo. b) En el caso de los usuarios cuya vivienda se encuentre en la zona 4, se aplicará el 20% de descuento sobre el pago anual y no podrán tener el beneficio del descuento adicional por pago anual contenido en la fracción I de este artículo. c) El descuento a que se refiere esta fracción, únicamente será aplicable para servicio doméstico, casa con comercio, departamento o casa dúplex bajo la modalidad de cuota fija. d) La fecha límite para recepción del pago con el descuento referido será el 28 de febrero de 2025 y se hará efectivo siempre y cuando se cubra el pago anual y solamente aplicable para usuarios que se encuentren al corriente en sus pagos. III. El descuento se otorgará exclusivamente para una sola vivienda por beneficiario, debiendo demostrar documentalmente que es la casa que habita, presentando los siguientes documentos: a) Personas pensionadas o jubiladas, con la presentación de su credencial, o documento que lo acredite como tal y una identificación oficial con fotografía, la cual deberá contener el domicilio para el cual requiere el descuento; b) Personas adultas mayores con la presentación de su credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, o la credencial de elector, la cual deberá contener el domicilio para el cual se requiere el descuento; y c) Personas con discapacidad deberán presentar una constancia del DIF donde se haga constar su condición, debiendo presentar también su credencial de elector que deberá contener el domicilio para el cual se requiere el descuento. IV. Para las instituciones de beneficencia social, las de parques y jardines y de las dependencias públicas que atiendan programas de beneficio social, así como para aquellas que fomenten actividades deportivas y recreativas en beneficio de la ciudadanía, la Gerencia de Comercialización deberá determinar el alcance del beneficio de acuerdo a los parámetros de consumo y conforme al dictamen que realice el área de medición, y posterior autorización del Consejo Directivo. V. Para el caso de desarrollos en condominio, en los que se instale una sola toma con servicio medido, el importe mensual a cobrar para cada vivienda se determinará multiplicando el promedio de consumos por vivienda por el precio del metro cúbico que corresponda en la fracción I del artículo 14 de esta Ley. El promedio de consumo se determinará dividiendo el consumo total entre el número de viviendas. VI. Para los usuarios que tributen con servicio medido podrán tener un descuento del 10% en su pago anticipado conforme la determinación del volumen a pagar según la mecánica establecida en la fracción I, incisos f y g del artículo 14 de esta Ley de Ingresos. Los usuarios que sean personas jubiladas, pensionadas, personas adultas mayores y con discapacidad se les hará un descuento del 20% en el pago anticipado. Cuando se trate de pagos mensuales, las personas jubiladas, pensionadas, personas adultas mayores y con discapacidad tendrán un descuento del 40% sobre sus primeros diez metros de consumo, incluida la cuota base y a partir del metro cúbico once pagarán conforme lo establecido en la fracción I del artículo 14 de esta Ley. Este beneficio es solo para los usuarios que se encuentren al corriente en sus pagos y no es aplicable a rezagos. El descuento a que se refiere esta fracción, únicamente será aplicable para servicio doméstico, casa con comercio, departamento o casa dúplex bajo la modalidad de servicio medido. VII. Los importes pagados por la expedición de la carta de factibilidad de acuerdo a los precios contenidos en los incisos a y b de la fracción XIII del artículo 14 de esta Ley, podrán bonificarse al usuario en el momento en que se elabore el convenio para el pago por derechos de incorporación debiendo quedar claramente expresado en el convenio correspondiente. VIII. Los usuarios que tengan contrato y que soliciten cambio de giro no pagarán por la carta de factibilidad. IX. Los usuarios que tengan planta de tratamiento y que descarguen a la red de alcantarillado aguas tratadas que no exceda los límites establecidos en las condiciones generales de descarga, no pagarán sobre esos volúmenes los cargos que se contienen en la fracción IV del artículo 14 de esta Ley, correspondiente a tratamiento de aguas residuales. X. Las instituciones educativas públicas tendrán una asignación mensual gratuita de agua en relación a los alumnos que tengan inscritos por turno y de acuerdo a su nivel educativo conforme a la tabla siguiente: Nivel escolar Preescolar Primaria y secundaria Media superior y superior Asignación mensual en m³ por alumno por turno 0.22m³ 0.22 m³ 0.22 m³ Cuando sus consumos mensuales sean mayores que la asignación volumétrica gratuita, se les cobrará cada metro cúbico excedente de acuerdo con la tabla contenida en el inciso d fracción I del artículo 14 de la presente Ley de ingresos más la cuota base. Al importe que resulte de los consumos excedentes, se le aplicará adicionalmente un descuento del 40%. Las estancias infantiles recibirán el mismo tratamiento que las instituciones educativas públicas. Para los casos de instituciones educativas públicas o estancias infantiles que no tengan servicio medido, se les hará el cálculo estimado de consumos en relación a los alumnos y personal que tuvieran y se les aplicaría la tarifa pública contenida en el inciso d, fracción I del artículo 14 de esta Ley. Sobre el importe a facturar se les aplicará un 50% de descuento. XI. Los usuarios domésticos de servicio medido y cuota fija que paguen su mensualidad dentro del periodo de pago que se establece como límite en su recibo, obtendrán un descuento del 5% sobre el importe total del mes a pagar. Este beneficio aplica solamente para quienes están al corriente en sus pagos y no es extensivo a rezagos. XII. Cuando por razones del uso del agua en procesos internos la descarga de agua residual fuera menor al 80%, tal como se establece en la fracción XIV inciso b del artículo 14 de la presente Ley, se hará un balance de aguas para determinar el porcentaje de descarga real y se aplicará al gasto medio de la demanda resultante para determinar el pago por conexión de drenaje. XIII. Para el caso de reubicación de tomas se cobrará mediante los precios establecidos en la fracción VI del artículo 14 de esta Ley y se otorgará un descuento del 30% respecto a los precios vigentes. Si la reubicación se hace incluyendo la caja de registro, el descuento será del 10%. XIV. Para los casos en que la descarga de agua residual sea compartida por dos o más domicilios, se podrá hacer la instalación individualizada de la descarga y se otorgará un descuento del 40% sobre los costos contenidos en la fracción IX del artículo 14 de esta Ley para los usuarios que soliciten contar con una descarga propia. XV. Cuando se trate de limpieza de una sola fosa con camión hidroneumático, se cobrará un importe equivalente al 60% sobre el precio contenido en el inciso b) de la fracción XI correspondiente al artículo 14 de esta Ley. Este beneficio se hace extensivo para limpieza de drenajes y fosas en las comunidades rurales y será solamente para fosas ubicadas en viviendas. El Consejo Directivo podrá conceder un descuento mayor al 40% para casos en que los usuarios requieran un apoyo especial por razones de limitación económica. XVI. Para los usuarios que no construyan su registro para la toma de muestras, JAPAMI se los construirá a un costo equivalente al 50% respecto a los precios contenidos en la fracción XI, inciso e) del artículo 14 de esta Ley. XVII. Para la asignación de tarifas fijas a usuarios domésticos en comunidades que se incorporen a los servicios prestados por el Organismo Operador, se les cobrará el importe de $71.00 por servicio de agua potable y el 20% por servicio de drenaje; a los usuarios en tarifa comercial e industrial se les cobrará la cuota base o se determinará un promedio de consumo por toma de acuerdo al volumen total servido y se cobrará la tarifa con base en los precios establecidos en fracción I del artículo 14 de esta Ley de Ingresos. XVIII. Para las colonias donde el municipio esté realizando obras de introducción de servicios de agua potable y drenaje, y para los casos en que la introducción de dichos servicios sea con aportación de los colonos, se exentará a las viviendas clasificadas como populares y de interés social del pago de incorporación individual. Este beneficio también será aplicable al usuario que pretenda construir una vivienda de tipo popular o de interés social y cuya condición económica lo justifique mediante un estudio socioeconómico que deberá realizar JAPAMI para justificar el otorgamiento de dicho beneficio. Para las viviendas de tipo popular y de interés social que se desarrollen en terrenos de propiedad o en posesión municipal, se les podrá exentar del pago de los derechos de incorporación contenidos en las fracciones XII y XIII del artículo 14 de esta Ley, debiendo el IMUVI presentar para cada caso la solicitud correspondiente la cual podrá ser aprobada por el Consejo Directivo en uso de sus facultades. XIX. Para los casos en que se suministre agua potable en bloque para los parques industriales ubicados fuera de la zona urbana, se aplicará un precio de $32.26 por cada metro cúbico. XX. Para otorgar el beneficio descrito en la fracción X de este artículo, cada institución educativa y estancia infantil, deberá presentar un oficio donde indique el número de alumnos inscritos para contabilizar el volumen que corresponda otorgarle conforme a lo dispuesto en esta Ley. XXI. Para los no habitacionales que soliciten incorporación mediante el suministro de agua tratada, se les cobrará cada litro por segundo de su gasto máximo diario a razón del 75% de los precios contenidos en el artículo 14, fracción XIV inciso a, numeral 1 de esta Ley de Ingresos. XXII. Para los casos de instalación o sustitución de medidores que se hicieran como resultado de un programa especial de medición o derivado de reposiciones necesarias no imputables al usuario, por acuerdo del Consejo Directivo se podrá condonar el pago correspondiente a los precios establecidos en la fracción VIII del artículo 14, de esta Ley de Ingresos. XXIII. Para usuarios domésticos que soliciten una incorporación individual se les otorgará un descuento del 50% en los importes de los conceptos que apliquen para el pago que a su caso corresponda entre aquellos contenidos en las fracciones V, VI, VII, VIII y XV. Este beneficio será exclusivamente para tomas clasificadas como populares. XXIV. Se otorgará un descuento del 50% sobre los importes a pagar de los consumos de agua potable de acuerdo con lo que resulte del análisis económico que para tal efecto realizará personal de la Dirección General de Desarrollo Social y Humano. Los descuentos solamente serán aplicables al servicio medido doméstico y se hará exclusivamente sobre la cuota base que tenga el usuario, los consumos variables se pagarán íntegramente. SECCIÓN QUINTA SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO Artículo 45. Para los contribuyentes cuya recaudación sea por conducto de la Comisión Federal de Electricidad se otorgará un beneficio fiscal que representa el importe de calcular el 12% sobre su consumo de energía eléctrica, siempre y cuando el resultado de la operación no rebase la cantidad determinada en la tarifa correspondiente, para tal caso, se aplicará esta última. Artículo 46. Los propietarios o poseedores de predios rústicos y urbanos que no estén registrados en la Comisión Federal de Electricidad gozarán de una facilidad administrativa o beneficio fiscal consistente en un subsidio equivalente al 100% de la tarifa por el derecho de alumbrado público, en relación a dichos predios. SECCIÓN SEXTA SERVICIOS DE ESTACIONAMIENTOS PÚBLICOS Artículo 47. Para los usuarios que utilicen el servicio de estacionamiento público de la Plaza del Comercio Popular, se les brindara de forma gratuita 1 hora, siempre y cuando se demuestre que su estancia se derivó de compras realizadas en los comercios establecidos dentro de la nave que ocupa la Plaza del Comercio Popular. Para los locatarios establecidos dentro de la nave que ocupa la Plaza del Comercio Popular, se otorgara un beneficio de un descuento equivalente al 85%, en la tarifa establecida en el artículo 22 fracción I, inciso a), cuando el resguardo del vehículo exceda de 8 horas ininterrumpidas, en un horario comprendido de 9:00 horas a las 22:00 horas. SECCIÓN SEPTIMA SERVICIOS DE ASISTENCIA Y SALUD PÚBLICA Artículo 48. Por los servicios que presta el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Irapuato, Guanajuato, la tarifa contenida en el Artículo 24 de esta Ley, se condonará total o parcialmente, atendiendo al estudio socioeconómico que practiquen las trabajadoras sociales de esta institución en base a los siguientes criterios: I. Ingreso Familiar; II. Número de dependientes económicos; III. Grado de escolaridad y acceso a los sistemas de salud; IV. Zona habitacional; y V. Edad de los solicitantes. Una vez analizado el estudio socioeconómico se emitirá dictamen por parte de la persona titular de la Dirección General, o a quien éste delegue esta facultad, en donde establecerá el porcentaje de condonación atendiendo a la siguiente tabla: TABLA DE NIVEL DE VULNERABILIDAD NIVEL DESCUENTO ALTO 100% MEDIO 50% BAJO 0% Cuando los servicios establecidos en materia de asistencia y salud pública, contenidos en el artículo 24, fracción I incisos a) y b), de la presente ley, sean requeridos por personas, que teniendo seguridad social y siendo de escasos recursos o que se encuentren en condiciones económicas desfavorables, se procederá a realizar estudio socioeconómico previa solicitud del interesado, a través del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio. Para acceder a la condonación total o parcial deberán acreditar mediante estudio socioeconómico dicha situación. SECCIÓN OCTAVA EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Artículo 49. En el pago de la contribución de obras por cooperación, se otorgarán los siguientes descuentos especiales: I. Cuando se realicen en una sola exhibición, dentro de los cuatro meses posteriores a aquel en que la asamblea haya aprobado las cuotas correspondientes, dará lugar a un descuento equivalente al 20% sobre su importe total, independientemente del origen del recurso. II. Tratándose de personas de escasos recursos, el porcentaje de descuento se determinará en base al estudio socio-económico, que para tal efecto elabore la Dirección General de Desarrollo Social y Humano del Municipio de Irapuato, Guanajuato, aplicando el porcentaje de descuento, la persona Titular de la Tesorería Municipal, de conformidad con las disposiciones administrativas aplicables. SECCIÓN NOVENA SERVICIOS CATASTRALES Artículo 50. Tratándose de los predios rústicos que se sujetan al procedimiento de regularización previsto en la Ley para la Regularización de predios rústicos en el Estado de Guanajuato, se cobrará un 25% de la tarifa fijada en las fracciones II y III del Artículo 27 de esta Ley. SECCIÓN DÉCIMA EXPEDICIÓN DE CONSTANCIAS, CERTIFICADOS, CERTIFICACIONES Y CARTAS Artículo 51. Los derechos por la expedición de constancias, certificados, certificaciones y cartas se causarán al 50% de la tarifa prevista en la fracción V del Artículo 31 de esta Ley, cuando sean para la obtención de becas o para acceder a programas asistenciales. SECCIÓN UNDÉCIMA SERVICIOS DEL INSTITUTO DE CULTURA, ARTE Y RECREACIÓN Artículo 52. Tratándose de los servicios especificados en la fracción II del Artículo 23 de esta Ley, se podrán impartir en modalidad (Presencial y/o virtual) de acuerdo a lo dispuesto por el Instituto Municipal de Cultura, Arte y Recreación, mismo que se cobrarán conforme a las tarifas en la fracción mencionada y se realizará un descuento del 30% sobre estas, cuando se aplique la modalidad mixta presencial y virtual de los talleres, cursos o diplomados. SECCIÓN DUODÉCIMA SERVICIOS DE LIMPIA, RECOLECCIÓN, TRASLADO, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS Artículo 53. Tratándose de los derechos por la prestación de los servicios de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos a las estancias infantiles se les cobrará un 25% de las cuotas establecidas en la fracción I del Artículo 16 de la presente Ley. SECCIÓN DÉCIMA TERCERA SERVICIOS DE PROTECCIÓN CIVIL Artículo 54. Tratándose de los derechos por la prestación de los servicios de protección civil a las estancias infantiles se les cobrará un 25% de la cuota establecida en la fracción VI del Artículo 25 de la presente Ley. SECCIÓN DÉCIMA CUARTA SERVICIOS DE OBRA PÚBLICA Y DESARROLLO URBANO Artículo 55. Se exentará del cobro, los derechos por servicios de Obra Pública y Desarrollo Urbano, contenidos en el Artículo 26 fracciones I, II, VII, inciso e) numerales 1, 2, 3, 4 y 5, y IX incisos b) y c), en los casos que establece el Artículo 121 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato. CAPÍTULO UNDÉCIMO MEDIOS DE DEFENSA APLICABLES EN IMPUESTO PREDIAL Artículo 56. Los propietarios o poseedores de bienes inmuebles sin edificar podrán acudir a la Tesorería Municipal a presentar recurso de revisión, a fin de que les sea aplicable la tasa progresiva de los inmuebles urbanos y suburbanos con edificaciones, cuando consideren que sus predios no representen un problema de salud pública, ambiental o de seguridad pública, o no se especule comercialmente con su valor por el solo hecho de su ubicación, y los beneficios que recibe de las obras públicas realizadas por el Municipio. El recurso de revisión deberá substanciarse y resolverse en lo conducente, conforme a lo dispuesto para el recurso de revocación establecido en la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato. Si la autoridad municipal deja sin efectos la aplicación de la tasa de los inmuebles urbanos y suburbanos sin edificaciones recurrida por el contribuyente, se aplicará la tasa progresiva. CAPÍTULO DUODÉCIMO AJUSTES Artículo 57. Las cantidades que resulten de la aplicación de cuotas y tarifas, se ajustarán de conformidad con la siguiente: T A B L A CANTIDADES UNIDAD DE AJUSTE Desde $0.01 y hasta $ 0.50 A la unidad de peso inmediato inferior Desde $0.51 y hasta $ 0.99 A la unidad de peso inmediato superior T R A N S I T O R I O Artículo Único. La presente Ley entrará en vigor el día primero de enero del año 2025, previa su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato. Guanajuato, Gto., 10 de diciembre de 2024 Las Comisiones Unidas de Hacienda y Fiscalización y de Gobernación y Puntos Constitucionales Diputado Víctor Manuel Zanella Huerta Diputado Juan Carlos Romero Hicks Diputada Karol Jared González Márquez Diputado Aldo Iván Márquez Becerra Diputada Angélica Casillas Martínez Diputada Susana Bermúdez Cano Diputado Carlos Abraham Ramos Sotomayor Diputada María Eugenia García Oliveros Diputada María del Pilar Gómez Enríquez Diputada Rocío Cervantes Barba Diputado Sergio Alejandro Contreras Guerrero Diputado Rodrigo González Zaragoza

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66 SEGUNDA PARTE, DECIMA TERCERA PARTE 261 Dictamen firmado Decreto / Acuerdo firmado PO 0
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