Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 174B/LXVI-I
Persona Diputada
Suscripción
Presentación a Pleno
- Diputada Martha Edith Moreno Valencia - Muchas gracias, diputada, presidenta, muy buenos días, compañeras y compañeros a quienes nos acompañan en este recinto legislativo y de manera especial a los ciudadanos y ciudadanas que nos ven a través de los medios digitales y con el permiso de ustedes, ciudadanas y ciudadanos, que es quienes yo me debo diputadas y diputados del Grupo Parlamentario de Morena, en esta Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado de Guanajuato nos permitimos poner a consideración de esta Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el cual se adiciona un párrafo 19º al artículo primero de la Constitución Política del Estado de Guanajuato y se expide la Ley del Sistema de Cuidados para el Estado de Guanajuato, con fundamento en las siguientes consideración, los cuidados son indispensables para la reproducción de la vida y por ende, son necesarios para la misma reproducción de la sociedad y, por supuesto, de la fuerza laboral que echa a andar la economía mundial. - No podemos entonces negar que el trabajo de cuidados sostiene la existencia de la humanidad y el funcionamiento de las sociedades. ¿Pero, de qué hablamos cuando hablamos de cuidados? Los cuidados se refieren a aquellas actividades que regeneran, que regeneran diaria y generacionalmente el bienestar físico y emocional de las personas, es toda acción que se realiza en favor de las personas para procurar en diferentes medidas, su vida, en este sentido, existen muchas formas de otorgar cuidados, estas pueden englobarse de forma general de la siguiente manera: - Cuidados directos, precondiciones del cuidado y gestión mental. A pesar de que la mayor parte de los cuidados se realizan en favor de un niño, niña, adolescente, con una persona con dependencia, estos no se limitan a la atención de estos sectores, pues el resto de la población tampoco puede prescindir del cuidado, es decir, todas las personas necesitan, cuidados en distinta medida para el desarrollo y el bienestar de sus vidas cotidianas, incluso el autocuidado. - Por ello, es relevante abordar el trabajo de cuidados, trascendiendo de la falsa dicotomía dependencia versus independencia, pues en esta se esconden los cuidados que reciben las personas con independencia, como es el caso de muchos hombres adultos que son atendidos por sus esposas, madres y hermanas, además, al mismo tiempo niega las capacidades de las personas con algún grado de dependencia. Así pues, cuando hablamos del trabajo doméstico o trabajo de cuidados, no hablamos de cualquier tipo de empleo. La particularidad del trabajo de cuidados es que, a diferencia del resto de los trabajos, no se reconoce como tal, pues históricamente se le ha relacionado más bien con un atributo natural de la psique o personalidad de las mujeres, con una necesidad interna femenina o una aspiración proveniente supuestamente de su carácter, inventando así una justificación injusta para responsabilizar a las mujeres de las actividades de cuidados. En ese sentido, la economía de todos los sectores ha crecido y se ha mantenido a costa de tiempo la mente y el cuerpo de las mujeres, sin reconocer el valor económico que todas ellas aportan a la economía de las naciones y produciendo a su vez una división sexual del trabajo que ha generado graves problemas para las niñas, adolescentes y mujeres para que puedan vivir en plena autonomía, pues muchas de ellas dejan de estudiar, de trabajar o inclusive dejan de tener tiempo de ocio para dedicarse al trabajo de cuidados limitando de esta forma su desarrollo personal en diversos ámbitos como el educativo, el deportivo, el académico, el ámbito político, empresarial, artístico, entre muchos otros. - El reconocimiento del derecho humano al cuidado se traduce en la obligación del Estado de garantizar el acceso de toda la población a los cuidados, en especial énfasis con las personas, algún grado de dependencia. Si bien, es verdad que, a raíz de la lucha feminista en las últimas décadas, las mujeres han comenzado a tener una participación económicamente activa importante, eso no ha significado que en la misma medida los hombres se sumen a las tareas del hogar y de cuidados, por lo que terminan las mujeres asumiendo una doble jornada laboral o apoyándose de otras mujeres como son: - Abuelas, tías, hermanas, vecinas, amigas para realizar el trabajo. Esta situación suele complicarse ante ciertas circunstancias, por ejemplo, ante la ausencia física, económica, emocional del padre de las y los hijos, en varios países del mundo se ha comenzado a implementar una política de cuidados con la finalidad de que desde el poder público se comiencen a otorgar, distribuir y promover los servicios de cuidados con miras a reducir la carga laboral que representa hoy en día para las mujeres del mundo, eh ir transformando la actual división sexual del trabajo que afecta directamente a las mujeres, así como reconocer el valor económico que aporta esta labor. - En diciembre del 2025 en Uruguay se promulgó la ley 19553, por a que se creó el Sistema Nacional Integrado de Cuidados, el cual está basado en una concepción integral de los cuidados como derecho. Asimismo, en Venezuela se publicó el 11/11/2021 la Ley del Sistema de Cuidados para la Vida y España cuenta con una Ley de Dependencia, que busca ofrecer atención a las personas con alguna situación de dependencia. - Por otro lado, también en octubre del 2024 se publicó en la Gaceta Oficial de la República de Cuba un decreto por el cual se creó el Sistema Nacional de Cuidados Integral de la Vida, todos los casos anteriores plantean diversas formas de organización para la consolidación de un sistema de cuidados, todo con la finalidad de distribuir en corresponsabilidad el trabajo de cuidados, así como reconocer el valor económico que se aporta a cada uno de los países mencionados, evidentemente, en nuestro país no se escapa de la dinámica mundial que existe en torno a la división sexual del trabajo, de acuerdo con la Cuenta Satélite del Trabajo No Remunerado de los Hogares en México, en 2023 se registró que se destina a un total de 3 mil 153 millones de horas por semana actividades de cuidados de las cuales el 72.8% provienen del tiempo de mujeres y solo el 27.2% de los hombres. - En el caso particular de Guanajuato, se registró que se destinan semanalmente un total de 143.8 millones de horas a actividades de cuidados, de las cuales el 75% proviene del tiempo de las mujeres y solo el 25% del tiempo de hombres, lo que posiciona a Guanajuato por encima de la media nacional, en la cantidad de horas aportadas por mujeres. - Derivado de la situación anterior planteada, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo incluyó entre sus 100 compromisos de Gobierno la creación del Sistema Nacional de Cuidados, con la finalidad de construir una sociedad corresponsable con el trabajo de cuidados, aportando así, a cerrar las brechas de desigualdad de género y a reconocer la labor histórica de las mujeres como parte del proyecto para la Construcción del Sistema Nacional de Cuidados, el pasado 15 de enero se anunció la construcción de 12 centros de educación y cuidado infantil. Los cuales por situaciones históricas se construirán en Ciudad Juárez y Chihuahua, además de la elaboración de un plan nacional de desarrollo 2024-2030, se incorporó el eje denominado igualdad sustantiva y derecho de las mujeres, el cual contempla en sus acciones destacadas la distribución equitativa del trabajo doméstico y de cuidados, reconociendo su valor y reduciendo la carga de las mujeres. - Por otro lado, en el mes de septiembre del 2024, en el Senado de la República se presentó una iniciativa para expedir la Ley General del Sistema para Cuidados, con la finalidad de sentar las bases legislativas para la creación del Sistema Nacional de Cuidados, a través del cual se busca romper con la actual división sexual del trabajo, de forma que se garanticen los derechos de mujeres, niñas y adolescentes, ¿Cuál es nuestra propuesta? En atención a la urgencia que existe de atender las causas más profundas de desigualdad de género, que afecta de forma exponencial a la autonomía y a la y en general, a la vida de las mujeres, niñas y adolescentes, y que de forma escalonada lleva un ambiente de violencia generalizada contra ellas, desde Grupo Parlamentario de Morena, proponemos crear una Ley del Sistema de Cuidados para el Desarrollo del Estado de Guanajuato, lo anterior a fin de proponer en marcha un sistema público en Guanajuato que atienda específicamente las necesidades sociales en materia de cuidados, transformando así la división sexual del trabajo que actualmente impera en nuestra sociedad. - De forma particular, la ley que proponemos tiene la finalidad de garantizar a todas las personas el acceso y el disfrute de derechos a los cuidados, con base en el principio de corresponsabilidad entre todas las personas, las familias, la comunidad, el sector privado y el Estado, se busca que a través de este sistema, nuestro Estado pueda ir dotando al pueblo de Guanajuato el acceso a su derecho al cuidado y que a su vez se refuerce la autonomía de las mujeres, las niñas y las adolescentes de Guanajuato. En el sistema que se propone crear participarían diversas instituciones públicas que tengan una relación con la tarea que implica los servicios de cuidado, desarrollando en conjunto políticas, programas y acciones encaminadas a la provisión de cuidados y a la búsqueda de un trabajo coordinado, corresponsable con los sectores privados, familiar y comunitario. - Otra de las finalidades de la ley que se propone, es el reconocimiento de los aportes económicos que realizan las personas cuidadoras, así como dignificar las condiciones laborales de las personas cuidadoras, por ejemplo: su inclusión progresiva a un sistema de seguridad social, así como ofrecer constante capacitación y profesionalización de sus habilidades y servicios. - Por otro lado, también se incluye la creación de un registro estatal de cuidados que tiene como finalidad sistematizar la información sobre las instituciones, organizaciones, empresas y personas prestadoras de servicios de cuidados, así como de las personas usuarias del Sistema de Cuidados, lo anterior permitiría una ejecución coordinada de las políticas, programas o acciones que se implementen en la materia desde el sistema, así como facilitar el cuidado y garantizar los derechos de las personas cuidadoras. - Por otro lado, también se propone realizar una reforma a la Constitución Política del Estado de Guanajuato, con la finalidad de reconocer en el artículo 1 el derecho de todas las personas al cuidado que sustente su vida y les otorgue los elementos materiales o simbólicos para vivir en sociedad a lo largo de todo su ciclo vital, consideramos que el reconocimiento del derecho al cuidado es un primer paso para construir una sociedad de cuidados de corresponsabilidad, las entidades federativas tienen responsabilidad directa en la materia de la corresponsabilidad de los cuidados. En este sentido, consideramos oportuna la presente propuesta, pues la garantía de una autonomía de las mujeres en todos los ámbitos es el primer paso para la erradicación de la violencia de género, que actualmente afecta de forma exponencial y desmedida a las mujeres, niñas y adolescentes del Estado de Guanajuato. - Muchas gracias diputada, Presidenta. - Es cuanto.
Recepción en Comisión
Metodologías
1. Remisión de la iniciativa para solicitar opinión por escrito a:
• Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato;
• Consejería Jurídica del Ejecutivo;
• Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado;
• Instituto de Seguridad Social del Estado de Guanajuato;
• Instituto para las Mujeres Guanajuatenses;
• Instituto de Planeación, Estadística y Geografía del Estado de
Guanajuato;
• 46 ayuntamientos del Estado.
Señalando como plazo para la remisión de las opiniones, 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la recepción de la solicitud.
2. Establecer un enlace en la página web del Congreso del Estado por el término de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, donde se acceda a la iniciativa para efecto de consulta y aportaciones ciudadanas.
3. Solicitar a la Unidad de los Estudios de las Finanzas Públicas estudio de impacto presupuestal, mismo que deberá remitirse a esta Comisión dentro del plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la recepción de la solicitud.
4. Implementar, a través de la Secretaría General, procesos de consulta a:
• Niñas, niños y adolescentes, en términos del artículo 1 párrafo décimo primero de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato;
• Personas con discapacidad en términos del artículo 4 punto 3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y a criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
5. Elaborar la secretaría técnica un documento en el que se concentren los comentarios formulados a la iniciativa, y contenga comparativo, el que circulará a las diputadas y al diputado integrantes de la Comisión de Salud Pública, previo a la mesa de trabajo.
6. Mesas de trabajo para el análisis de la iniciativa y los comentarios formulados, conformada por quienes integran la Comisión, las diputadas y los diputados de esta Legislatura que deseen asistir, así como asesores; e invitar a Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato, Consejería Jurídica del Ejecutivo, Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado, Instituto de Seguridad Social del Estado de Guanajuato, Instituto para las Mujeres Guanajuatenses e Instituto de Planeación, Estadística y Geografía del Estado de Guanajuato. Lo anterior previa anuencia de la Junta de Gobierno y Coordinación Política.
7. Análisis y, en su caso, acuerdos.
8. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen.
Estudios, análisis u opiniones | Fecha límite de entrega | Estatus | Documento | |
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Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato | 23/06/2025 | En espera | ||
Consejería Jurídica del Ejecutivo | 19/06/2025 | No rendida | ||
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado | 19/06/2025 | No rendida | ||
Instituto de Seguridad Social del Estado de Guanajuato | 20/06/2025 | En espera | ||
Instituto para las Mujeres Guanajuatenses | 19/06/2025 | No rendida | ||
Instituto de Planeación, Estadística y Geografía del Estado de Guanajuato | 20/06/2025 | En espera | ||
Unidad de los Estudios de las Finanzas Públicas | 19/06/2025 | No rendida | ||
46 ayuntamientos del Estado | 19/06/2025 | No rendida |
Actividades
Dictámenes en Comisión
Dictamenes / Decretos