Datos Generales del expediente Legislativo Camioncito2

Inicio_whatsapp_image_2025-04-10_at_10.49.17_am

Expediente: 176/LXVI-I

Iniciativa
Nueva Ley

Persona Diputada

LXVI
Primer Año de Ejercicio Legal Segundo Periodo Ordinario

Suscripción

  • PRI Partido_version_front_pri_s
  • Iniciativa Seguridad Jurídica Espectáculo Público Protección Derechos
    Iniciativa de Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Estado de Guanajuato y sus Municipios suscrita por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, a fin de otorgar certeza y seguridad jurídica en la regulación de cualquier espectáculo público al que asistan en el estado de Guanajuato.

    Informe de Turno Camioncito2

    Informe de Turno
    10/04/2025

    - Diputado Alejandro Arias Ávila - - Con el permiso de la Presidencia, compañeras diputadas, compañeros, diputados a quienes nos ven a través de los medios virtuales y a quienes nos acompañan en este recinto, acudo a esta soberanía a presentar la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se propone la expedición de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Estado de Guanajuato y sus Municipios, conforme a la siguiente: - Exposición de motivos: - Actualmente la regulación de los eventos públicos en Guanajuato es principalmente responsabilidad de cada municipio, si bien estos gobiernos se esfuerzan por garantizar la celebración de estos eventos acorde con sus capacidades y reglamentación, la realidad es que resulta necesario, generar un marco normativo en la entidad que permitan modificar y unificar la forma en que se autorizan estos y con ello eliminar las problemáticas asociadas a la falta de certeza sobre la autorización de espectáculos públicos, pues entre estas encontramos normas inconsistentes, debido a las variaciones que existen entre los reglamentos de cada municipio, que resultan en una disparidad de protocolos de seguridad, requisitos de permisos y mecanismos de cumplimiento en todo el Estado. Brechas en la supervisión de la falta de un marco unificado que pueda dejar ciertos aspectos de los eventos sin regular, como el uso de animales, la promoción del contenido nocivo en espectáculos musicales o la seguridad de las atracciones. Corrupción en el proceso gracias a la ausencia de regulaciones claras y transparentes, incertidumbre ante la responsabilidad de las organizaciones de eventos por violaciones de seguridad u otras conductas indebidas. - Eventos recientes tanto en Guanajuato como en otros estados, han puesto de relieve las posibles consecuencias de deficiencias, accidentes en juegos mecánicos, incidentes violentos en conciertos, preocupación por el bienestar animal y hasta la pérdida de vidas humanas han hecho evidente la urgente necesidad de un marco regulatorio más sólido e integral. - Del análisis hecho por el grupo de asesores del Grupo Parlamentario del PRI, encontramos que en otras entidades como Jalisco y como la ciudad de México y como en el Estado de México, existen este tipo de reglamentaciones, encontrado y tomando como base la ciudad de México, que nos parece es la más completa, obviamente adecuada a las circunstancias de nuestro Estado. - Esta iniciativa propone la promulgación de una Ley Estatal, que atienda las deficiencias del sistema regulatorio actual y garantice la seguridad y bienestar de todos los asistentes a eventos públicos en Guanajuato, contemplando para tal efecto, el establecimiento de estándares claros para permisos de eventos inspecciones de seguridad protocolos y otros aspectos de la gestión de eventos públicos. Estos estándares se basarán en las mejores prácticas y están diseñados para proteger la salud, la seguridad y el bienestar de los asistentes, atribuciones precisas para las autoridades locales que les otorguen herramientas y recursos legales necesarios para supervisar eficazmente los eventos y hacer cumplir las normas, como la facultad de emitir permisos, realizar inspecciones, imponer sanciones y clausurar eventos que representen una amenaza para la seguridad pública. - Líneas claras de responsabilidad para los organizadores de eventos y los daños que puedan ocurrir como resultado de su negligencia o mala conducta, protección de las tradiciones culturales al reconocer su importancia y protección, garantizando al mismo tiempo que se ajusten a normas modernas de seguridad y ética, transparencia y participación pública en el proceso de permisos, al exigir a las organizaciones de eventos que notifiquen la realización de estos al público. - Por otra parte y sensibles a las preocupaciones que tienen las y los guanajuatenses con respecto a la celebración de eventos, la legislación propuesta pretende, entre otros aspectos, eliminar o restringir el uso de animales en circos, que, si bien es cierto, ya está en la ley, no, está de más volverlo a recalcar en estos instrumentos, prohibir la promoción o glorificación de actividades delictivas o criminal en presentaciones musicales u otros eventos públicos. - Establecer estándares de seguridad para los juegos mecánicos y la contratación de seguros para cubrir posibles accidentes. Regular el uso de fuegos artificiales, eventos públicos para minimizar el riesgo de incendios y la contaminación. En síntesis, la promulgación de esta ley pretende generar mayor seguridad pública y certeza jurídica, en donde se privilegia la gestión responsable de los eventos, priorizando el bienestar y la integridad de los asistentes. - Asimismo, una mayor protección de la sociedad al inhibir los contenidos y actividades dañinas para la Comunidad que promuevan la incitación a la violencia o las actividades delictivas y, por último, fortalecer la capacidad de las autoridades locales para la supervisión de los eventos públicos. - Por lo anteriormente expuesto, en el Grupo Parlamentario del PRI estamos convencidos de que esta iniciativa propone una solución integral que empoderará a las autoridades locales, establecerá estándares claros, abordará áreas específicas de preocupación, garantizará la rendición de cuentas y protegerá las tradiciones culturales. - En tanto, la presente iniciativa cumple con los requisitos establecidos en el artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato y en tales circunstancias, esta fracción parlamentaria convencida de la necesidad de establecer un marco normativo en la entidad con respecto a la realización de eventos y espectáculos efectúa la propia la proposición del siguiente: - Decreto - Único, se expide la Ley de Celebración de Espectáculos Públicos en el Estado de Guanajuato y sus municipios. - Es cuanto Presidenta, muchas gracias.


    Proponen la creación de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos

    Guanajuato, Gto. –  El grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional presentó una iniciativa para crear la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Estado de Guanajuato y sus Municipios, la cual busca determinar reglas y mecanismos que fomenten la celebración de espectáculos públicos y permitan garantizar que con motivo de su desarrollo no se altere la seguridad u orden públicos, ni se realice apología del delito, ni se ponga en riesgo la integridad de los participantes y asistentes.

    Recepción en Comisión Camioncito2

    Recepción en Comisión

    Metodologías Camioncito2

    Metodologías
    04/06/2025

    Metodología de estudio y dictamen de la iniciativa de Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Estado de Guanajuato y sus Municipios suscrita por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. ELD 176/LXVI-I

     

    4 de junio de 2025

    Tema: En materia de inequidad deportiva; la producción de apología del delito e incitación a la violencia en eventos musicales masivos o no; la utilización de animales en los espectáculos circenses; la violencia innecesaria y excesiva en los eventos taurinos; la irresponsabilidad por omisión de quienes generan daños, lesiones o fallecimientos por el uso de juegos mecánicos en ferias o festejos populares; así como de quienes utilizan combustibles peligrosos en los espectáculos, utilización de pirotecnia.

     

    1. Enviar la iniciativa a los 46 ayuntamientos del Estado para su análisis y opinión, otorgándoles como plazo el que no exceda del 30 de junio de 2025.

     

    1. Enviar la iniciativa al Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato para su opinión técnica y jurídica, otorgándoles como plazo el que no exceda del 30 de junio de 2025.

     

    1. Enviar la iniciativa a la Secretaría de Gobierno, a la Secretaría de Finanzas, a la Secretaría de Salud, a la Secretaría de Seguridad y Paz, al Consejo Estatal de Protección Civil y, a la Consejería Jurídica del Ejecutivo, para solicitar su opinión técnica y jurídica, otorgándoles como plazo el que no exceda del 30 de junio de 2025.

     

    1. Crear un enlace en la página web del Congreso del Estado, en donde se acceda a la iniciativa para efecto de consulta y recepción de aportaciones ciudadanas respecto de la propuesta legislativa, por un plazo que no exceda del 30 de junio de 2025.

     

    1. Solicitar a la Unidad de Estudios de la Finanzas Públicas del Congreso del Estado la realización de un estudio de impacto presupuestal de la iniciativa, y tenga a bien remitirlo en un plazo que no exceda del 30 de junio de 2025.

     

    1. Una vez concluido el plazo para la recepción de las opiniones solicitadas la secretaría técnica elaborará un documento en el que se concentren las opiniones recibidas, el que circulará a quienes integran la Comisión de Seguridad Pública y Comunicaciones.

     

    1. Celebrar mesa de trabajo para el análisis de la iniciativa y opiniones recibidas, conformada por integrantes de la Comisión de Seguridad Pública y Comunicaciones, las diputadas y los diputados de la Legislatura que deseen asistir, así como asesores; e invitar a personal de la Secretaría de Seguridad y Paz, de la Consejería Jurídica del Ejecutivo del Estado de Guanajuato y, Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato.

     

    1. Concluido el estudio, reunión y, en su caso, acuerdos para la formulación del dictamen que será sometido a consideración.

     

    1. Reunión de Comisión para, en su caso, discutir y aprobar el dictamen.

     

     

     

    Estudios, análisis u opiniones Fecha límite de entrega Estatus Documento
    Ayuntamiento de San Diego de la Unión 30/06/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Tarimoro 30/06/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Doctor Mora 30/06/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
    Tribunal de Justicia Administrativa 30/06/2025 Rendida en tiempo Ver detalle
    Normatividad de la Secretaría del Ayuntamiento de León 30/06/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Coroneo 30/06/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Santa Cruz de Juventino Rosas 30/06/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Irapuato 30/06/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Moroleón 30/06/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Cortazar 30/06/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Romita 30/06/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Uriangato 30/06/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Santiago Maravatío 30/06/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Secretaría de Seguridad y Paz del Estado de Guanajuato 30/06/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    La secretaria de Gobierno y Ayuntamiento de San Miguel de Allende 30/06/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Correspondencias, Minutas, Actas

    Dictámenes en Comisión Camioncito2

    Dictámenes en Comisión

    Dictamenes / Decretos Camioncito2

    Dictamenes / Decretos