Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 177/LXVI-I
Persona Diputada
Suscripción
Presentación a Pleno
- Diputado Rolando Fortino Alcántar Rojas - - Con su permiso Presidenta y a la Mesa Directiva igual a mis compañeras y compañeros diputados, a todas las personas presentes y los que nos siguen por los medios de comunicación a los propios medios de comunicación, los saludo con mucho gusto, hoy que cada vez, necesitamos más trabajar en una cultura de la prevención social, de las violencias y de la delincuencia, la iniciativa que queremos presentar pone una columna más a esa construcción, precisamente para que la sociedad no tenga que estar sufriendo los efectos de la Comisión de un delito. - Hago uso de la voz, a fin de presentar una iniciativa que previene el delito, garantiza a la persona la protección de su vida, integridad física, libertad y patrimonio, todos los días, miles de guanajuatenses para realizar nuestras actividades del día a día, hacemos uso del transporte, del transporte público, ya sea a bien de taxis o del transporte privado que se presta por plataformas tecnológicas. - En estos traslados, los ciudadanos depositan su confianza en los conductores, en los concesionarios y en los prestadores del servicio, asimismo, también los conductores o prestadores de servicio salen todos los días a generar este servicio de transporte para ganarse la vida. - Ello, muchas veces con las medidas de autoprotección personal, es decir, las derivadas del sentido común, tales como cumplir con las disposiciones de tránsito y evitar situaciones de riesgo, pero enfrentándonos o enfrentándose siempre a la incertidumbre de la posibilidad de hechos constitutivos de delito que se pudieran presentar, ya sea que pudieran robarles en un semáforo o subir personas a la unidad para que después estas mismas las despojen de los vehículos o de sus bienes, y en el más lamentable de los extremos y el bien que más tenemos que cuidar y garantizar su protección, pues el privarlos de la libertad o incluso de la propia vida. - Las niñas, adolescentes y mujeres constantemente sufren acoso o cualquier tipo de violencia en los trayectos, violencia también que sufren personas de grupos vulnerables, un caso reciente que fue muy referido y muy presente en la opinión pública, confirma esta preocupante realidad, en la ciudad de Guanajuato capital, hace unas semanas, un taxista fue asaltado violentamente por 2 individuos durante el servicio, el hecho quedó registrado en vídeo y dichas imágenes permitieron la posterior detención de al menos uno de los agresores. El contenido audiovisual captado resultó ser crucial para identificar a los responsables y avanzar en la investigación del delito. Ante tales hechos se deben establecer medidas legislativas que se materialicen en políticas públicas que permitan, sobre todo, establecer mecanismos de prevención, para precisamente inhibir la presencia del delito, como lo es la presente propuesta legislativa. - En nuestro país, la instalación y operación de cámaras y sistemas de videovigilancia se ha convertido en una medida de protección y prevención ante los delitos. Por cierto, también un tema que ha desatado en muchos sentidos polémica, las cámaras de vídeo actúan como un mecanismo disuasivo para la comisión de delitos, de igual manera, guardan evidencia, facilitando así la investigación de los delitos. En este contexto, la implementación obligatoria de cámaras de vídeo en los vehículos del servicio público y del transporte privado se presenta como una medida que contribuye a la prevención de delitos a la reducción de factores de riesgo y a la garantía de un transporte seguro y confiable para los usuarios. - Es por ello, que nos permitimos hacer la siguiente propuesta legislativa perfeccionada. 1.- Que en la prestación del servicio público del transporte de personas y en el servicio de transporte privado se implementen sistemas de videograbación. 2.- Establecer, dentro de las obligaciones de los propietarios o sus operadores, el mantener el funcionamiento del sistema de videograbación instalado en el interior del vehículo. 3.- Establecer, dentro de las obligaciones de los concesionarios y permisionarios, el implementar el sistema de videograbación en el vehículo. 4.- Precisar de las prohibiciones de los operadores del apagar, desconectar o causar averías a los sistemas de vibración, instalación al interior del vehículo. 5.- Dentro de las disposiciones transitorias, se prevé que el Poder Ejecutivo Estatal emita disposiciones y lineamientos respecto al tema de la instalación, uso y manejo de los sistemas de videograbación en los vehículos del servicio público y privado. - La presente propuesta demuestra el compromiso que como Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y del Partido de la Revolución Democrática, tenemos con las y los guanajuatenses de garantizarle seguridad en su día a día y es una muestra clara que estamos trabajando por un Guanajuato de tranquilidad. - Es cuanto Presidenta, gracias.
Buscan se instalen sistemas de videograbación en el transporte público y privado
Guanajuato, Gto. – Como medida para la prevención general del delito, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional y la representación parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática presentaron una iniciativa de reforma a la Ley de Movilidad del Estado de Guanajuato y sus Municipios en materia de implementación de sistemas de videograbación en el servicio público y privado de transporte de personas.
Recepción en Comisión
Metodologías
Estudios, análisis u opiniones | Fecha límite de entrega | Estatus | Documento | |
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Ayuntamiento de Abasolo | Ver detalle |
Metodología de estudio y dictamen de la iniciativa signada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática por la que se adiciona un artículo 154 ter; una fracción VI al artículo 212 quater, recorriéndose en su orden la subsecuente; una fracción XVIII al artículo 236, recorriéndose en su orden la subsecuente; y una fracción XII al artículo 237, recorriéndose en su orden la subsecuente, a la Ley de Movilidad del Estado de Guanajuato y sus Municipios. ELD 177/LXVI-I
4 de junio de 2025
Tema: En materia de implementación de sistemas de videograbación en el servicio público de transporte de personas y en el servicio de transporte privado como medida para la prevención general del delito.
- Enviar la iniciativa a los 46 ayuntamientos del Estado para su análisis y opinión, otorgándoles como plazo el que no exceda del 30 de junio de 2025.
- Enviar la iniciativa a la Secretaría de Gobierno, a la Secretaría de Seguridad y Paz y, a la Consejería Jurídica del Ejecutivo, para solicitar su opinión técnica y jurídica, otorgándoles como plazo el que no exceda del 30 de junio de 2025.
- Crear un enlace en la página web del Congreso del Estado, en donde se acceda a la iniciativa para efecto de consulta y recepción de aportaciones ciudadanas respecto de la propuesta legislativa, por un plazo que no exceda del 30 de junio de 2025.
- Una vez concluido el plazo para la recepción de las opiniones solicitadas la secretaría técnica elaborará un documento en el que se concentren las opiniones recibidas, el que circulará a quienes integran la Comisión de Seguridad Pública y Comunicaciones.
- Celebrar mesa de trabajo para el análisis de la iniciativa y opiniones recibidas, conformada por integrantes de la Comisión de Seguridad Pública y Comunicaciones, las diputadas y los diputados de la Legislatura que deseen asistir, así como asesores; e invitar a personal de la Secretaría de Seguridad y Paz y, de la Consejería Jurídica del Ejecutivo del Estado de Guanajuato.
- Concluido el estudio, reunión y, en su caso, acuerdos para la formulación del dictamen que será sometido a consideración.
- Reunión de Comisión para, en su caso, discutir y aprobar el dictamen.
Estudios, análisis u opiniones | Fecha límite de entrega | Estatus | Documento | |
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Ayuntamiento de San Diego de la Unión | 30/06/2025 | Rendida en tiempo | Ver detalle |
Dictámenes en Comisión
Dictamenes / Decretos