Datos Generales del expediente Legislativo Camioncito2

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Expediente: 178B/LXVI-I

Iniciativa
Reforma Adición

Persona Diputada

LXVI
Primer Año de Ejercicio Legal Segundo Periodo Ordinario

Suscripción

Iniciativa Derechos Humanos Relaciones entre particulares
Iniciativa formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de reformar las fracciones V y XVI del artículo 8 y adicionar un segundo párrafo al artículo 7 con los incisos a, b, y c; de la Ley para la Protección de los Derechos Humanos en el Estado de Guanajuato, a fin de promover la garantía de los derechos humanos en las relaciones entre particulares, lo que pretende alcanzar relaciones sociales de mayor igualdad.

Presentación a Pleno Camioncito2

Presentación a Pleno
10/04/2025

- Diputada Plásida Calzada Velázquez - - Con su venia, diputada Presidenta y de la Mesa Directiva, saludamos con mucho gusto a las personas que nos acompañan el día de hoy en este Congreso del Estado a los compañeros integrantes de esta Sexagésima Sexta Legislatura, agradeciendo la cobertura puntual siempre de los medios de comunicación de manera muy respetuosa al pueblo de Guanajuato. - Actualmente toma fuerza la idea de que la defensa y la protección de los derechos humanos no se orienta nada más frente al poder público, esto es que también debe tener una eficacia horizontal que debe traducirse que debe ampliarse esta garantía hacia toda relación social. Sobre todo frente a otro tipo de poderes privados que generan de alguna forma relaciones de dominación o de explotación. - Hablando en materia jurisdiccional, la eficacia horizontal fue reconocida por primera vez en Alemania. Ahí estableció que los derechos fundamentales constituían un orden objetivo de valores propiamente no nada más en las esferas del poder, sino que, debían orientarse también a las relaciones que hay entre el Estado y la ciudadanía, debe incluir la relación de las personas que se encuentran en un mismo plano de igualdad jurídica. - De esta manera se debe buscar que la protección a los derechos fundamentales se garantice, en el derecho ordinario y señala Ferrajoli, lo siguiente: que el entero artificio jurídico se justifica según el paradigma del Estado de Derecho, como una técnica de minimización del poder de otra forma absoluta de los poderes públicos, estos que expresan en los arbitrios públicos, en los abusos policíacos, en los administrativos, pero también sucede en los poderes privados, manifiestan por ejemplo, a través de la fuerza física en la explotación y en las infinitas formas de opresión familiar, de dominio económico y también de abuso interpersonal. - De esta forma, los derechos humanos deben ser eficaces siempre en ayudar a los más excluidos, a los más explotados, a todos los que han sido discriminados se les deben dar herramientas y no hacerles una situación más difícil. - La Comisión Interamericana de los Derechos Humanos y su relatoría especial sobre derechos económicos, sociales, culturales y ambientales reitera entonces que la posibilidad de que los Estados sean responsables también por la violación a los derechos humanos cometidos por las empresas, y esto en razón de que las relaciones asimétricas del poder entre personas o comunidades y las empresas o también entre empresas y algunos Estados, pueden reforzar las desigualdades que de por sí ya existen en nuestra sociedad. - Y en este contexto, la misma comisión, ve que estos problemas se ven acentuados cuando no existen los mecanismos estatales que puedan prevenir este tipo de violaciones a los derechos Humanos, que no se pueden mitigar los daños causados por los mismos, que no se les puede reparar literalmente a las víctimas y sobre todo que no se les puede sancionar a las autoridades estatales o empresas que se encentran involucradas. - En ese sentido existe la obligación entonces, de las autoridades en proteger los derechos humanos y pues lo cual les implica tomar medidas para impedir que también los particulares vulneren todos los derechos humanos. - En México, la Suprema Corte de Justicia, ahora se limita, a considerar a los particulares únicamente, como las autoridades responsables para efecto del Juicio de Amparo, cuando los particulares realizan actos equivalentes a los de una autoridad, o cuando existe desaparición de personas cometidas por particulares en vínculo con el poder público, la misma Comisión tiene la facultad también de conocer quejas cuando los particulares o algún ente social, comete violaciones a los derechos humanos con la tolerancia o la anuencia de algún servidor público. - Sin embargo, esta facultad no le ha implicado que la recomendación se pueda dirigir a una persona, a un particular, únicamente a la autoridad y hablando de la Procuraduría de los Derechos Humanos en el Estado de Guanajuato. - El día de hoy no tiene una facultad, que le permita investigar cuando se cometen violaciones por particulares y derivado de esto, tenemos que del 2022 a la fecha se han emitido 94 acuerdos de no admisión, por quejas presentadas contra particulares, esto es casi, 100 hechos posiblemente constitutivos de violaciones a los derechos humanos, que fueron realizados por actores privados en los últimos 3 años y que legalmente no pueden ser investigados por la Procuraduría. - Con la presente iniciativa, buscamos darle facultades a nuestra Procuraduría, en alguno de los siguientes supuestos que sería, cuando los particulares realicen actos equivalentes a los de alguna autoridad, en el supuesto de que el particular haya contado con la autorización el apoyo o la aquiescencia de un servidor público y en los casos en que la persona quejosa se encuentre en estado de subordinación o en estado de indefensión. - A través de la presente iniciativa se reforma el segundo párrafo del artículo cuarto de la Constitución Política del Estado de Guanajuato y se adiciona un segundo párrafo, al artículo séptimo y reforma las fracciones quinta y décimo sexta del artículo octavo de la Ley para la Protección de los Derechos Humanos en el Estado de Guanajuato. - Con la presente iniciativa, de acreditarse una violación a un derecho humano por un acto que provenga de algún particular, entonces, la Procuraduría seguirá emitiendo recomendaciones a las autoridades ahora con el complemento de que podrá hacerse cuando no hayan actuado adecuadamente en la prevención, en la protección o en la garantía de un derecho en las relaciones privadas, esto incluye proponer también, medidas legislativas cuando así lo considere necesario. - Con todo lo anterior, consideramos entonces que esto significa un avance enorme en el perfeccionamiento de nuestro sistema jurídico estatal, pues permite la mayor difusión y amplitud de los derechos fundamentales de las y los guanajuatenses. - Es cuanto muchas gracias.

Recepción en Comisión Camioncito2

Recepción en Comisión
07/05/2025
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Metodologías Camioncito2

Metodologías
Actividades
Descripción Fecha y hora Lugar Sigue la transmisión
Dar cuenta con la iniciativa 07/05/2025 10:30 Salas 1 y 2 del Salón de Usos Múltiples
Correspondencias, Minutas, Actas

En la ciudad de Guanajuato, capital del Estado del mismo nombre, en las salas 1 y 2 de usos múltiples del recinto oficial del Congreso del Estado se reunieron las diputadas y los diputados que integran la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables de la Sexagésima Sexta Legislatura para llevar a cabo la reunión previamente convocada, misma que tuvo el siguiente desarrollo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
La secretaría pasó lista de asistencia. Se comprobó el quórum legal con la presencia de las diputadas Plásida Calzada Velázquez, Ana María Esquivel Arrona y Miriam Reyes Carmona; y de los diputados Jesús Hernández Hernández y José Salvador Tovar Vargas. - - -
Comprobado el quórum legal, se consignó la hora de inicio de la reunión a las 10:40 horas del 7 de mayo de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Se dio lectura al orden del día; mismo que resultó aprobado por unanimidad, sin discusión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Por unanimidad, sin discusión, se aprobó la dispensa de lectura de la minuta número 19 y del proyecto de metodología para desahogar el punto X orden del día, en virtud de haberse remitido con anticipación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Por unanimidad, sin discusión, se aprobó la minuta número 19, levantada con motivo de la reunión celebrada el 9 de abril de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo de la correspondencia, se dio cuenta con los escritos a través de los cuales: 1) La presidenta del Consejo para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación en el Estado de Guanajuato y la directora del Instituto de Investigaciones Legislativas remiten respuesta a la consulta de la iniciativa por la que se adicionan las fracciones XXXV, XXXVI y XXXVII al artículo 8 de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación en el Estado de Guanajuato (ELD 61/LXVI-I). Se dictó el acuerdo de enterados, las respuestas serán materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa; 2) La secretaria de Derechos Humanos y la subsecretaria de Inclusión e Inversión para el Desarrollo Social de la Secretaría del Nuevo Comienzo remiten información solicitada, en el marco de la propuesta de punto de acuerdo por el que se exhorta a la ahora denominada Secretaría del Nuevo Comienzo a efecto de que a la brevedad efectúe una metodología participativa que involucre a la población guanajuatense, tendiente a obtener la información relacionada con la estructura, organización y cultura de los pueblos, considerando la autoadscripción indígena y así las comunidades de Don Francisco, Ex Hacienda de Peña Blanca, San Martín de la Petaca, Tierra Blanca de Abajo, ambas de San Miguel de Allende; Fracción de Guadalupe, Peña Blanca Dos y Peña Blanca de Cieneguilla pertenecientes al municipio de Tierra Blanca; San Agustín de Comonfort; Urireo, Salvatierra y demás comunidades que se autoidentifiquen como indígenas, obtengan el reconocimiento, la constancia que permita su inscripción en el Padrón de Pueblos y Comunidades Indígenas de esta entidad federativa (ELD 47/LXVI-PPA). Se dictó el acuerdo de enterados, las respuestas serán materia de análisis en el proceso de dictaminación; 3) El secretario general del Congreso del Estado remite, por acuerdo de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, el informe que rinde la Dirección de Asuntos Jurídicos sobre los juicios de amparo en trámite, correspondiente al mes de marzo de 2025. Se dictó el acuerdo de enterados; 4) El director de la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas remite estudio de impacto presupuestal de la iniciativa a efecto de reformar los artículos 27-1, fracción X; 27-4 párrafo segundo; 98-1, párrafos segundo y tercero; y 98-2, fracciones IV y X; y adicionar el artículo 98-3 a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 731/LXVI-I). Se dictó el acuerdo de enterados, la respuesta será materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa; 5) La directora del Instituto de Investigaciones Legislativas y el director de la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas; los ayuntamientos de Coroneo, Guanajuato, Irapuato, Salamanca, San Francisco del Rincón, Silao de la Victoria, Uriangato y Yuriria; e integrantes de la Comisión de Derechos Humanos del ayuntamiento de Santiago Maravatío, remiten respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de adicionar un párrafo decimonoveno al artículo 1 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad en el Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 16B/LXVI-I). Se dictó el acuerdo de enterados, las respuestas serán materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa; 6) La directora del Instituto de Investigaciones Legislativas y el director de la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas; los ayuntamientos de Coroneo, Guanajuato, Irapuato, León, Salamanca, San Francisco del Rincón, San Miguel de Allende, Silao de la Victoria, Uriangato y Yuriria; e integrantes de la Comisión de Derechos Humanos del ayuntamiento de Santiago Maravatío, remiten respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de reformar su denominación, así como reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato (ELD 31/LXVI-I). Se dictó el acuerdo de enterados, las respuestas serán materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa; 7) La directora del Instituto de Investigaciones Legislativas remite estudio de la iniciativa a efecto de reformar los artículos 11, primer párrafo, fracciones III, IV y V y 12 y adicionar un tercer párrafo al artículo 13 de la Ley para la Protección de los Derechos Humanos en el Estado de Guanajuato (ELD 41/LXVI-I). Se dictó el acuerdo de enterados, la respuesta será materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa; 8) La directora del Instituto de Investigaciones Legislativas y el consejero jurídico del Ejecutivo remiten respuesta a la consulta de la iniciativa a fin de reformar, adicionar y derogar diversos artículos del Código Penal del Estado de Guanajuato, de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Guanajuato y de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 121B/LXVI-I). Se dictó el acuerdo de enterados, las respuestas serán materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa; 9) La secretaria ejecutiva del Sistema de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato; la directora del Instituto de Investigaciones Legislativas y el director de la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas; los ayuntamientos de Coroneo, Guanajuato, Irapuato, León, San Francisco del Rincón, Silao de la Victoria, Uriangato y Yuriria; e integrantes de la Comisión de Derechos Humanos del ayuntamiento de Santiago Maravatío, remiten respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Víctimas del Estado de Guanajuato y de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 133B/LXVI-I). Se dictó el acuerdo de enterados, las respuestas serán materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del IV punto del orden del día, se dio cuenta con la iniciativa formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de reformar el segundo párrafo del artículo 4 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; así como reformar las fracciones V y XVI del artículo 8 y adicionar un segundo párrafo al artículo 7 con los incisos a, b, y c, de la Ley para la Protección de los Derechos Humanos en el Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 178B/LXVI-I). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del V punto del orden del día, se dio cuenta con la iniciativa formulada por la diputada María Eugenia García Oliveros integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por la que se adiciona una fracción XXXV al artículo 8 y una fracción IV bis al artículo 16 de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación en el Estado de Guanajuato (ELD 182/LXVI-I). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del VI punto del orden del día, se dio cuenta con la iniciativa signada por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano a efecto de reformar el artículo 90 de la Ley para las Juventudes del Estado de Guanajuato,  y adicionar una fracción VI al artículo 22 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, así como una fracción XII, recorriendo la subsecuente al artículo 106 y una fracción V, recorriendo la subsecuente al artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 183B/LXVI-I). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del VII punto del orden del día, se dio cuenta con la iniciativa signada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de reformar y adicionar diversos artículos de la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato y de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 188B/LXVI-I). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del VIII punto del orden del día, se dio cuenta con la propuesta de punto de acuerdo signada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a la Gobernadora del Estado Libia Dennise García Muñoz Ledo para que en el ámbito de sus atribuciones instruya en todo lo necesario a sus colaboradores para atender integralmente la problemática productiva del sector ladrillero en León, específicamente las y los titulares de la Secretaría de Economía, la Secretaría del Agua y Medio Ambiente, la Secretaría de Salud, la Secretaría del Nuevo Comienzo, el Instituto de Innovación, Ciencia y Emprendimiento para la Competitividad y Tú Puedes Guanajuato; asimismo, para que en el ámbito de sus atribuciones instruya a la Secretaría de Derechos Humanos a realizar una investigación participativa sobre las ladrilleras en el estado de Guanajuato a fin de que se encuentren alternativas de solución a su problemática (ELD 109/LXVI-PPA). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del IX punto del orden del día, se dio cuenta con la propuesta de punto de acuerdo formulada por la diputada María Eugenia García Oliveros integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por el que se exhorta al Poder Ejecutivo, al Poder Judicial, a los ayuntamientos, a las dependencias y entidades estatales y municipales y a los organismos autónomos, para que den cumplimiento a la medida afirmativa establecida en el artículo 11 bis de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación en el Estado de Guanajuato; así también para que, a través de la Secretaría General de este Congreso, se instale en el edificio de este Poder Legislativo la señalética que prohíbe la discriminación, a fin de dar cumplimiento a dicho ordenamiento (ELD 111/LXVI-PPA). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del X punto del orden del día, se aprobó por unanimidad, sin discusión, la siguiente metodología para el estudio y dictamen de la iniciativa signada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática por la que se adiciona una fracción al artículo 8 de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación en el Estado de Guanajuato (ELD 165/LXVI-I): - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Metodología. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
a) Solicitar opinión a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Presidencia del Consejo para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación en el Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - -
• Consejería Jurídica del Ejecutivo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Señalando como fecha para la remisión de la opinión, el 5 de junio de 2025. - - - - - - - - -
b) Subir la iniciativa al portal del Congreso del Estado para consulta y participación ciudadana. La cual estará disponible hasta el 5 de junio de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
c) Solicitar al Instituto de Investigaciones Legislativas su opinión de la iniciativa. Señalando como plazo para la remisión de la opinión, el 5 de junio de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
d) Elaboración de un documento que concentre las observaciones que se hayan formulado a la iniciativa. Tarea que estará a cargo de la secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
e) Integrar un grupo de trabajo ―para el análisis de la iniciativa y los comentarios u observaciones generados en el proceso de consulta― con: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Diputadas y diputados que deseen sumarse. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Consejería Jurídica del Ejecutivo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante del Instituto de Investigaciones Legislativas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Asesores y asesoras de la Comisión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
f) Análisis, acuerdos, discusión y aprobación del dictamen. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del XI punto del orden del día, relativo a análisis y acuerdos para dictaminar la propuesta de punto de acuerdo formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de exhortar a la Secretaría del Bienestar para que, en el ámbito de sus atribuciones, desarrolle, coordine e implemente políticas públicas específicas que reconozcan, visibilicen y atiendan las necesidades de las personas con discapacidades ocultas, así como para que establezca protocolos de atención que contemplen ajustes razonables, campañas de sensibilización y mecanismos de detección y eliminación de barreras, asegurando un trato digno e inclusivo que fomente su plena participación en la sociedad (ELD 97/LXVI-PPA), se registraron las intervenciones del diputado Jesús Hernández Hernández y de la diputada Plásida Calzada Velázquez, para formular propuestas. Por unanimidad se acordó: 1) Otorgar un plazo de 10 días hábiles para que las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión presenten opinión o consideraciones sobre la propuesta de punto de acuerdo; 2) Solicitar, en el mismo sentido, la opinión de la Secretaría de Derechos Humanos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
No se registraron participaciones en el punto del orden del día relativo a asuntos generales. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -


Agotados los asuntos listados en el orden del día la presidencia levantó la reunión a las 11:06 horas, e indicó que se citaría para la siguiente por conducto de la secretaría técnica.


PLÁSIDA CALZADA VELÁZQUEZ
Diputada presidenta JESÚS HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ
Diputado secretario

 

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