Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 113/LXVI-PPA
Persona Diputada
Suscripción
Presentación a Pleno
- Diputada Hades Berenice Aguilar Castillo - - Muchas gracias, Presidenta con su permiso. - Hoy vamos a exhibir uno de los fraudes, más cínicos que se han cocinado desde el Gobierno del Estado. - Guanajuato Leasing Service es una empresa creada con dinero del ISSEG. Sí, del fondo de las pensiones de las y los trabajadores del Estado. - Recuerden cuando les platiqué hace unos días atrás que este dinero fue utilizado como la caja chica del Gobierno panista para enriquecer a sus amigos, a la cúpula del grupo de empresarios que se beneficiaron. - Esto fue un negocio entre cuates, un atraco disfrazado de innovación financiera, pero de innovación solo tenía la nueva forma de tranzar al pueblo, porque otra innovación no la vimos. - Aquí les dejo pruebas: Entre el 2021 y 2024, el Gobierno del Estado le regaló a esta empresa, 2 contratos millonarios por más de trescientos sesenta y seis illones de pesos en arrendamientos de vehículos, y aun así ni siquiera cumplieron. - En el primer contrato faltaron 53 unidades y no pasó nada, no lo sancionaron. No los multaron al contrario los premiaron con otro contrato millonario. - Fíjense los precios, nada más, los precios que manejaban en esta arrendadora un KIA que puede valer nuevo entre 272,000 pesos y 355,000 pesos por su arrendamiento se pagó ni más ni menos que la cantidad de 592 mil pesos. - Un Renault 2022 fue rentado en 22,172.33 mensuales, mientras arrendadoras como comerciales que existe estado, ahí costaban 13,062 pesos. - Fíjense las diferencias de las cantidades de lo que estamos hablando y esto no es ineficiente diputadas y diputados, ¡este es un robo institucionalizado! - Lo peor, mientras esto pasaba la Secretaría de Finanzas prohibía a las dependencias comprar vehículos directamente obligándolas a rentar con sobreprecio. - Quiero volverlo a repetir, que mientras todo esto pasaba, la Secretaría de Finanzas prohibía a las dependencias que se compraran vehículos directamente y así los obligaba a rentar a este sobreprecio que le estoy mencionando a empresa de la que estamos hablando ¿Así o más descarado el conflicto de intereses? - ¿Y que hizo la Auditoria Superior del Estado, entre el 2021 y el 2024? ¡Nada! ¡Cero! ¡Nada! - Ni una sola auditoría, ¿Por qué? Porque en lo oscurito la ASEG, saco a Guanajuato Leasing Service del padrón de entes fiscalizables, ¡fíjense, nada más que descaro! ¡que cinismo!, y también se lo dijimos al Secretario de Finanzas, ahora en la Glosa. - ¿Por qué los empresarios tenían el 50?5% de las acciones y que no podían ser auditados. ¿Será que, les debemos recordar el artículo 2 de la Ley de Fiscalización que rige su actuar? - Fue una jugarreta sucia, así como lo denunciamos en la Glosa y lo vamos a seguir denunciando una estrategia calculada para escapar de la rendición de cuentas, una burla al pueblo de Guanajuato, a las y a los trabajadores del Estado. Ahora se les cayó el teatro, obviamente ya se han dado cuenta que el pueblo por supuesto que ve lo que está sucediendo. - Y vienen a decir, “se va a disolver la empresa.” Así, nada más, así de fácil desaparecer, como si no pasara absolutamente nada. ¡No señoras y señores, aquí sí pasó y pasó mucho! - Por eso, desde aquí les exigimos una auditoría a fondo a Guanajuato Leasing Service, exigimos saber a dónde fueron a parar esos millones, exigimos que se finquen responsabilidades, porque no basta con cerrar la empresa. Aquí alguien se benefició y alguien tiene que pagar y no nos vengan con que fue apenas el 0.17% del portafolio del ISSEG, ¡Aunque hubiera sido el 0.0.0.1% sigue siendo dinero del pueblo! - Hoy es Guanajuato Leasing Service, mañana va a ser cualquier otro negocio disfrazado. Por esto es necesario que esto ya no se repita, que esto se pare de una vez por todas y por eso es que hoy presentamos este exhorto. Porque no vamos a permitir que esta empresa se liquide en silencio como si aquí no hubiera pasado nada. ¡No! ¡Aquí se usó dinero público! Se favoreció amigos del poder, se operó con sobreprecios, se violentó la transparencia y se burlaron de la ley, por eso estamos exigiendo una auditoría financiera y de desempeño a Guanajuato Leasing Service que abarque desde el 2021 hasta lo que llevamos del 2025. Para que se esclarezca cada peso, cada contrato y cada decisión que benefició a ese esquema corrupto porque serán una empresa no borra los delitos ni mucho menos limpia los abusos, por eso estamos exigiendo justicia, porque cerrar la empresa no borra los delitos, como lo mencioné, ni va a limpiar los abusos, Guanajuato Leasing Service es sinónimo de porción de simulación y de abuso de poder, y desde MORENA no vamos a soltar este tema hasta que se castigue a quienes se sirvieron del pueblo, no a quienes sirvieron al pueblo, sino quienes se sirven del pueblo, ¡ya basta de hacer negocios entre cuates con dinero del pueblo! ¡ya basta de gobierno ricos mientras el pueblo es pobre! - Es cuanto diputada Presidenta. - Muchas gracias.
Piden se realice auditoría financiera y de desempeño a la empresa Guanajuato Leasing Services
Guanajuato, Gto. – El grupo parlamentario del Partido MORENA presentó un punto de acuerdo para exhortar al titular de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato para que realice una auditoría financiera y de desempeño a la empresa Guanajuato Leasing Services, S.A.P.I. de C.V., SOFOM ENR, abarcando los ejercicios fiscales 2021, 2022, 2023, 2024 y concomitante 2025.
Recepción en Comisión
Metodologías
Dictámenes en Comisión
Diputada Miriam Reyes Carmona Presidenta del Congreso del Estado P r e s e n t e. A la Comisión de Hacienda y Fiscalización le fueron turnadas para su estudio y dictamen, la propuesta de punto de acuerdo suscrita por el Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar al titular de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, para que lleve a cabo una auditoría financiera integral al municipio de Celaya (ELD 26/LXVI-PPA); formulada por la diputada Hades Berenice Aguilar Castillo integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de ordenar a la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato incluya en el Programa Anual de Fiscalización 2025, la práctica de una auditoría financiera y de cumplimento al proyecto «Prevención de adicciones en jóvenes – Planet Youth Guanajuato» (ELD 50/LXVI-PPA); suscrita por el Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar al titular de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato para que, realice una auditoría financiera y de desempeño a la empresa Guanajuato Leasing Services, S.A.P.I. de C.V., SOFOM ENR, (ELD 113/LXVI-PPA); suscrita por el Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar al titular de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, para que realice una auditoría financiera y de desempeño al Instituto para el Desarrollo y Atención a las Juventudes del Estado de Guanajuato (ELD 128/LXVI-PPA); presentada por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México a efecto de instruir a la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato incluir en el Programa General de Fiscalización 2025, la práctica de una auditoría específica financiera y de cumplimiento normativo respecto al contrato de prestación de servicios en materia turística y exhortar a la Secretaria de Turismo del estado (ELD 136/LXVI-PPA); suscrita el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de instruir al Auditor Superior del Estado incluya en el Programa General de Fiscalización del año 2025, la realización de una auditoría integral al municipio de Silao de la Victoria, Guanajuato (ELD 141/LXVI-PPA); formulada el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de instruir al Auditor Superior del Estado incluya en el Programa General de Fiscalización del año 2025, la realización de una auditoría específica al programa Navidad con Calor Humano del municipio de Salamanca (ELD 142/LXVI-PPA); suscrita por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de instruir al Auditor Superior del Estado incluya en el Programa General de Fiscalización del año 2025 una auditoría concomitante a la administración pública del Municipio de Celaya, Guanajuato (ELD 143/LXVI-PPA); y formulada por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a fin de ordenar a la Auditoría Superior del Estado la práctica de una auditoría concomitante para el ejercicio 2025 a la administración pública del municipio de Villagrán, Guanajuato, por lo que hace al gasto en los conceptos «3600 servicios de comunicación social y publicidad» y «3800 servicios oficiales», así como a la campaña de condonación de recargos lanzada durante el mes de mayo de la presente anualidad (ELD 150/LXVI-PPA). Analizadas las propuestas de referencia, esta Comisión Legislativa de conformidad con las atribuciones que le establecen los artículos 75, 89, fracción V, 112, fracciones I y XV; y 171 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, presentamos a la consideración de la Asamblea el siguiente: Dictamen I. Proceso legislativo: I.1. En sesión ordinaria celebrada el 31 de octubre de 2024 se presentó la propuesta de punto de acuerdo suscrita por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar al titular de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, Juan Víctor Fonseca López para que lleve a cabo una auditoría financiera integral al municipio de Celaya, que incluya todas las partidas no revisadas en auditorías previas; considerando para su planeación la verificación de las faltas graves y no graves de conformidad con lo establecido en la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato, la cual deberá incluir, al menos, la verificación del apego a la legalidad de la adjudicación y contratación de bienes y servicios que corresponda, así como el cumplimiento de las cláusulas contractuales de los mismos, por los ejercicios fiscales de 2022, 2023 y concomitante 2024. (ELD 26/LXVI-PPA) La presidencia del Congreso turnó la referida propuesta a la Comisión de Hacienda y Fiscalización para su estudio y dictamen, misma que la radicó el 4 noviembre de 2024. En sesión ordinaria celebrada el 28 de noviembre de 2024 se presentó la propuesta de punto de acuerdo formulada por la diputada Hades Berenice Aguilar Castillo integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de ordenar a la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato que incluya en el Programa Anual de Fiscalización 2025, la práctica de una auditoría financiera y de cumplimento al Poder Ejecutivo del Estado, a través del Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato, al proyecto «Prevención de adicciones en jóvenes – Planet Youth Guanajuato» con clave de QC3426, en la que se deberán incluir las operaciones no revisadas por la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato correspondientes a los ejercicios fiscales 2021, 2022, 2023 y 2024 del citado proyecto. (ELD 50/LXVI-PPA) La presidencia del Congreso turnó la referida propuesta a la Comisión de Hacienda y Fiscalización para su estudio y dictamen, misma que la radicó el 13 de diciembre de 2024. En sesión ordinaria celebrada el 24 de abril de 2025 se presentó la propuesta de punto de acuerdo suscrita por el Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar al titular de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato para que, en uso de sus atribuciones, realice una auditoría financiera y de desempeño a la empresa Guanajuato Leasing Services, S.A.P.I. de C.V., SOFOM ENR, abarcando los ejercicios fiscales 2021, 2022, 2023, 2024 y concomitante 2025. (ELD 113/LXVI-PPA) La presidencia del Congreso turnó la referida propuesta a la Comisión de Hacienda y Fiscalización para su estudio y dictamen, misma que la radicó el 30 de abril de 2025. En sesión ordinaria celebrada el 8 de mayo de 2025 se presentó la propuesta de punto de acuerdo suscrita por diputadas y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar al titular de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, Juan Víctor Fonseca López, para que, en uso de sus atribuciones, realice una auditoría financiera y de desempeño al Instituto para el Desarrollo y Atención a las Juventudes del Estado de Guanajuato abarcando los ejercicios fiscales 2022, 2023 y 2024, donde también se incluya la totalidad de los contratos, convenios y demás actos que el Instituto haya celebrado con las empresas RM Servicios Integrales y Comercializadora PTCV S.A de C.V. Así como de las tres ediciones del Congreso Iberoamericano de Juventudes realizado en dichos ejercicios fiscales. (ELD 128/LXVI-PPA) La presidencia del Congreso turnó la referida propuesta a la Comisión de Hacienda y Fiscalización para su estudio y dictamen, misma que la radicó el 15 de mayo de 2025. En sesión ordinaria celebrada el 15 de mayo de 2025 se presentó la propuesta de punto de acuerdo suscrita por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México a efecto de instruir a la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato incluir en el Programa General de Fiscalización 2025, la práctica de una auditoría específica financiera y de cumplimiento normativo respecto al contrato de prestación de servicios en materia turística, así como de exhortar a la Secretaria de Turismo e Identidad del Estado de Guanajuato, para que, remita a esta soberanía toda la documentación relacionada con el proceso de licitación para la firma del contrato de prestación de servicios en materia turística. (ELD 136/LXVI-PPA) La presidencia del Congreso turnó la referida propuesta a la Comisión de Hacienda y Fiscalización para su estudio y dictamen, misma que la radicó el 22 de mayo de 2025. En sesión ordinaria celebrada el 5 de junio de 2025 se presentó la propuesta de punto de acuerdo suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de instruir al Auditor Superior del Estado incluya en el Programa General de Fiscalización del año 2025, la realización de una auditoría integral al municipio de Silao de la Victoria, Guanajuato por los meses de octubre, noviembre y diciembre del ejercicio fiscal del año 2021; por los ejercicios fiscales de los años 2022 y 2023, así como por el periodo comprendido de enero a septiembre del ejercicio fiscal del año 2024 (ELD 141/LXVI-PPA); En sesión ordinaria celebrada el 5 de junio de 2025 se presentó la propuesta de punto de acuerdo formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de instruir al Auditor Superior del Estado incluya en el Programa General de Fiscalización del año 2025, la realización de una auditoría específica al programa Navidad con Calor Humano del municipio de Salamanca, Guanajuato por los meses de octubre, noviembre y diciembre del ejercicio fiscal del año 2024 y una auditoría concomitante para el ejercicio fiscal 2025 en los recursos que ejercen el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia y demás dependencias involucradas en el proceso de adquisición y distribución de bienes e insumos del programa antes mencionado (ELD 142/LXVI-PPA); En sesión ordinaria celebrada el 5 de junio de 2025 se presentó la propuesta de punto de acuerdo suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de instruir al Auditor Superior del Estado incluya en el Programa General de Fiscalización del año 2025 una auditoría concomitante a la administración pública del Municipio de Celaya, Guanajuato, por lo que hace al gasto en indemnizaciones laborales y prestaciones por baja de personas servidoras públicas (ELD 143/LXVI-PPA). La presidencia del Congreso turnó las referidas propuestas a la Comisión de Hacienda y Fiscalización para su estudio y dictamen, misma que las radicó el 10 de junio de 2025. En sesión ordinaria celebrada el 12 de junio de 2025 se presentó la propuesta de punto de acuerdo formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a fin de ordenar a la Auditoría Superior del Estado la práctica de una auditoría concomitante para el ejercicio 2025 a la administración pública del municipio de Villagrán, Guanajuato, por lo que hace al gasto en los conceptos «3600 servicios de comunicación social y publicidad» y «3800 servicios oficiales», así como a la campaña de condonación de recargos lanzada durante el mes de mayo de la presente anualidad (ELD 150/LXVI-PPA). La presidencia del Congreso turnó la referida propuesta a la Comisión de Hacienda y Fiscalización para su estudio y dictamen, misma que la radicó el 17 de junio de 2025. I.2. Como parte de la metodología general de trabajo de la Comisión de Hacienda y Fiscalización, se solicitó a la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato elaborara una ficha técnica de las solicitudes de auditoría para su presentación a la Comisión. En reunión de la Comisión en fecha 5 de marzo de 2025 se presentaron las fichas informativas de las propuestas de punto de acuerdo identificadas con el expediente legislativo digital número 26/LXVI-PPA y 50/LXVI-PPA. En reunión de la Comisión en fecha 17 de junio de 2025 se presentaron las fichas informativas de las propuestas de punto de acuerdo identificadas con el expediente legislativo digital número 113/LXVI-PPA, 128/LXVI-PPA, 141/LXVI-PPA, 142/LXVI-PPA y 143/LXVI-PPA. En reunión de la Comisión en fecha 18 de mayo de 2025 se presentó la ficha informativa de la propuesta de punto de acuerdo identificada con el expediente legislativo digital número 150/LXVI-PPA. I.3. La presidencia instruyó a la secretaría técnica la elaboración del proyecto de dictamen de archivo de las propuestas de punto de acuerdo identificadas con el número de expediente legislativo digital número 26/LXVI-PPA, 50/LXVI-PPA, 128/LXVI-PPA, 142/LXVI-PPA, 143/LXVI-PPA y 150/LXVI-PPA, así como la emisión de las propuestas de Punto de Acuerdo identificadas con el número de expediente legislativo digital número 113/LXVI-PPA y 141/LXVI-PPA materia del presente dictamen, ello al haber considerado los argumentos vertidos por la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, conforme a lo dispuesto en los artículos 94, fracción VII y 272, fracción VIII, inciso e de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, dicho proyecto que fue materia de revisión de las diputadas y los diputados integrantes de esta Comisión dictaminadora. II. Consideraciones de las propuestas. La propuesta de punto de acuerdo identificada con el número de expediente legislativo digital 26/LXVI-PPA señala, de manera sustancial: «Durante años, las y los celayenses hemos sido testigos de diversas anomalías en el manejo de los recursos públicos durante las administraciones panistas. El pasado trienio, encabezado por Javier Mendoza, no ha sido la excepción y ha suscitado serias preocupaciones acerca de posibles casos de corrupción que afectan la confianza de la ciudadanía. Esta situación no solo influye en la gestión pública, sino que también impacta en la calidad de vida de los ciudadanos, al desviar recursos que podrían destinarse a infraestructura, salud, educación y sobre todo en seguridad. El actual alcalde de Celaya, Juan Miguel Ramírez, ha denunciado múltiples irregularidades en la entrega de la administración, destacando, entre otros casos, el de un dron táctico de última tecnología perteneciente a la Secretaría Ciudadana de Celaya que se encuentra extraviado. Aunque no se cuenta con el monto exacto, personal de la misma secretaria señala que su valor podría ser de hasta un millón y medio de pesos. Además, se informó sobre el hallazgo de 27 patrullas y dos automóviles abandonados en un almacén cercano al C4, así como de dos camionetas blindadas dejadas en un taller mecánico, se destacó que estas unidades no fueron reportadas durante el proceso de entrega-recepción. También se encontraron más de 100 vehículos en mal estado, que no recibían el mantenimiento adecuado, a pesar de que se les asignaban recursos para ello. Los ejemplos anteriores son suficientes para ilustrar la duda razonable que tiene la ciudadanía acerca de la legalidad del ejercicio presupuestal de toda la gestión de Javier Mendoza. Cada caso de posible corrupción y la falta de transparencia y rendición de cuentas por parte de la pasada administración, fomenta un ambiente donde los intereses personales o de grupos específicos priman sobre el bienestar colectivo. Esto genera una percepción de que las instituciones están al servicio de unos pocos, en lugar de ser herramientas para el desarrollo social. Las y los celayenses demandamos una mayor claridad en el manejo de los fondos públicos. Es por ello, que hago uso de esta tribuna para solicitar que se lleve a cabo una auditoría financiera integral de la administración municipal de Celaya, correspondiente al periodo 2022, 2023 y concomitante 2024. Es fundamental garantizar la transparencia y la rendición de cuentas en el manejo de los recursos públicos. Esta auditoría no solo servirá para esclarecer el uso de los fondos municipales de la pasada administración panista, sino también para restaurar la confianza de los ciudadanos en el actual gobierno. Solicitamos, por tanto, la colaboración de las instancias correspondientes para iniciar este proceso de auditoría lo antes posible, asegurando que los resultados den certeza del destino de los recursos capitales y financieros cuyo paradero se desconoce actualmente y se tomen las medidas necesarias para sancionar cualquier irregularidad detectada. La integridad de nuestras instituciones y sus recursos son clave para el bienestar de Celaya. Desde el Grupo Parlamentario de Morena, reconocemos la importancia de combatir la corrupción como un pilar esencial para transformar la vida pública de nuestro municipio y estado. Por lo anterior expuesto, acudimos a solicitar que esta asamblea expida el siguiente punto de A C U E R D O Único. - Esta LXVI Legislatura del Estado de Guanajuato acuerda girar atento exhorto al titular de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, Juan Víctor Fonseca López, para que lleve a cabo una auditoría financiera integral en los siguientes términos: I. El sujeto de fiscalización será el municipio de Celaya; II. Se tratará de una auditoría financiera integral que incluya todas las partidas no revisadas en auditorías previas; III. La planeación de la auditoría debe considerar la verificación de las faltas graves y no graves de conformidad con lo establecido en la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato; IV. Para la fiscalización de la materia de auditoría resultante, la revisión deberá incluir, al menos, la verificación del apego a la legalidad de la adjudicación y contratación de bienes y servicios que corresponda, así como el cumplimiento de las cláusulas contractuales de los mismos; V. El periodo auditado abarcará los ejercicios fiscales de 2022, 2023 y concomitante 2024.» La propuesta de punto de acuerdo identificada con el número de expediente legislativo digital 50/LXVI-PPA señala, de manera sustancial: «De acuerdo con datos del Informe sobre la situación de salud mental y el consumo de sustancias en México1, un porcentaje importante de personas han indicado que iniciaron con el consumo de cualquier sustancia psicoactiva a la edad de 15 años, mostrando que la adolescencia es la etapa con mayor vulnerabilidad para iniciar el consumo de drogas, siendo las principales el alcohol en un 38.6%, el tabaco en un 31.4%, la marihuana en un 16.8% y los estimulantes de tipo anfetamínico en un 7.4%. Lo anterior es un hecho social innegable en el que, tanto a nivel mundial como nacional, estatal y de cada municipio, estamos atravesando momentos delicados con nuestra juventud y es imperativo atender las causas, apostarle a la prevención desde temprana edad, pero con programas con enfoque local, que sean congruentes con nuestro país, nuestro estado y el entorno de los niños, niñas y adolescentes, el cual, lamentablemente, es un entorno de violencia, precariedad laboral y pobreza. Es parte de la agenda mundial la prevención en el abuso del alcohol y las sustancias legales e ilegales, pues la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas, CICAD, concluyó que es necesario formular políticas públicas integrales frente a la problemática mundial del abuso de drogas. El gobierno de nuestra Presidenta, la Dra. Claudia Sheinmbaum Pardo, está dando continuidad a la implementación de la Estrategia Nacional para la Prevención de Adicciones iniciada por el ex presidente Andrés Manuel López Obrador, que, básicamente, se emplea a través del trabajo intersectorial y en esfuerzo coordinado para “impactar en las determinantes biopsicosociales, previniendo y reduciendo el uso de sustancias psicoactivas en niñas, niños y juventudes, así mismo, reduciendo la oferta de sustancias psicoactivas con apoyo de las autoridades en materia de seguridad pública como la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de la Marina, con apoyo en campo de la Guardia Nacional, en coordinación con la Secretaría de Salud y otras instituciones que ayudan a mitigar el impacto de los determinantes biospsicosociales, con el objetivo de reducir la demanda de las propias sustancias. Todo lo anterior de la mano de la promoción de la salud, con la intención de mejorar y fortalecer la salud mental y psicoafectiva, el bienestar colectivo e individual y la construcción de paz. Es decir, la estrategia nacional es un ataque frontal a las adicciones, que contempla tanto incidir en la oferta, como en la demanda de las sustancias, así como organizar un trabajo completo en el ámbito de la promoción de la salud y el bienestar, para abordar de manera integral la problemática. En Guanajuato, durante el gobierno de Diego Sinhue Rodríguez Vallejo se implementó el programa islandés para la prevención de Adicciones en condiciones en Jóvenes Planet Youth. Con la implementación del mencionado Programa se prometió que el fenómeno de las adicciones en jóvenes, adolescentes y menores de edad en Guanajuato se iba a controlar. Sin embargo, estamos ante un problema muy complejo que difícilmente iba a resolver un programa en un Estado que es 16 veces más grande y mucho más violento que el país en el que fue creado. De acuerdo con su página de internet, planet youth “es un proceso de prevención primaria en toda la población diseñado para tener un impacto a largo plazo en las comunidades sobre la reducción del consumo de sustancias por parte de los jóvenes mediante la creación de un entorno construido saludable”. Ahí mismo se informa que el programa fue desarrollado a partir del Modelo de Prevención de Islandia, con un enfoque participativo basado en evidencia demostrada en la reducción del consumo de sustancias en Islandia durante más de 20 años. Fue diseñado para fortalecer los factores de riesgo y crear entornos comunitarios saludables para el desarrollo positivo de los jóvenes, centrándose en dominios clave en la comunidad escolar local: familia, grupo de pares, tiempo libre fuera de clases y escuela. Este “programa para la Prevención de Adicciones en jóvenes -planet youth- Guanajuato” tiene como propósito, de acuerdo con sus reglas de operación, implementar una metodología para la prevención de riesgos psicosociales en niños, niñas y adolescentes ocasionados por el uso, abuso y dependencia derivados del alcohol, tabaco y otras sustancias psicoactivas con énfasis en grupos de mayor riesgo, incorporando un enfoque intercultural, de género, con pleno respeto a los derechos humanos, y la participación comunitaria como base de la reconstrucción del tejido social. Según las reglas de operación 2021 para la implementación de este programa en el Estado, los objetivos específicos eran: 1. Identificar factores de riesgo y protección en jóvenes, a través de encuestas en los municipios participantes, dirigidas a estudiantes de tercero de secundaria de escuelas públicas y privadas de esos municipios; 2. Identificar la capacidad instalada para la prevención de adicciones a través de la encuesta comunitaria en los municipios participantes y, 3. Realizar talleres de diseño de intervenciones comunitarias derivadas de los resultados de las encuestas y su implementación en los municipios participantes. En estas reglas de operación se establece que la población objetivo era 5 millones ochenta y seis mil cuatrocientos ochenta habitantes de 25 municipios; se supone que este universo de población sería beneficiado con este programa a través de la implementación de talleres y un diagnóstico municipal. La autoridad responsable del Programa es el Instituto de Salud Pública del Estado. Por ello, en su momento el Secretario de Salud de entonces Daniel Díaz firmó como compromiso 106 acciones que no dieron resultado y de las cuales no se puede tener un punto de partida para medir su impacto pues tampoco se cuenta con un sistema de monitoreo de las adicciones en el Estado; las únicas mediciones que se podrían considerar son las que arrojaría el propio modelo, en sus evaluaciones anuales, sin embargo, tampoco se puede acceder de manera fehaciente a esos resultados. Es decir, se derrocharon millones de pesos del erario en vano. Fueron cerca de 300 millones de pesos a lo largo de estos 4 años en los que, según las declaraciones hechas por las autoridades en medios de comunicación6, se dispersaron en el pago de 73 millones 140 mil pesos a la empresa privada “Planet Youth” por la compra de su modelo y más de 200 millones entre la contratación de 97 psicólogos, 8 mercadólogos y 4 congresos estatales con un costo de 14 millones. Hay cuentas pendientes por aclarar y evidente falta de resultados, pero lo que sí hubo fue un dobleteo de salarios a propósito de este fenómeno, pues se dio el caso de funcionarios que cobraban como servidores públicos del sector salud en el estado y, al mismo tiempo se ostentaban como “representante regional de México” de Planet Youth, es decir, como empleados de planet youth, tal es el caso de Jessica Carmona Sánchez. Derivado de los objetivos y metas a los que se comprometió el Estado, se acordó la elaboración de encuestas que derivarían en una estadística de la situación en la que se encuentra todo el Estado y sus municipios en materia de adicciones, instrumento que no hemos conocido, al menos no públicamente. Por lo que, inevitablemente surge la duda, ¿cómo se esperaba tener una visión clara de cómo abordar el tema de las adicciones en jóvenes si no se comienza por el principio? Es decir, conociendo a fondo y de manera comprobada la magnitud del problema. No fue más que una simulación para derrochar en campañas publicitarias que traían incluso presentaciones gratuitas de artistas a la capital del estado, de las cuales tampoco se puede medir el impacto real que tuvo en la juventud en cuanto a la prevención y disminución de las adicciones. Basta con hacer una comparación entre el gasto millonario del gobierno del estado en este plan y la falta de resultados, estamos hablando de $268,505,984.11 de pesos, eso es lo que se ha gastado el gobierno panista en la fallida implementación de este programa Islandés. Éstas y muchas irregularidades más alrededor de este programa nos llevan a considerar la necesidad urgente de que se practique una auditoria de cumplimiento financiera a este programa, a partir del año 2021, 2022, 2023 y 2024, periodo en el que se le han destinado a este fallido programa los $268,505,984.11 pesos. Así como también, consideramos pertinente una auditoría de cumplimiento de las metas y objetivos establecidos para este programa con la evidencia técnica exacta que así lo acredite. Considerando que nos encontramos prácticamente al cierre del ejercicio fiscal del presente año, solicitamos que esta auditoría se incluya en el programa anual de fiscalización 2025. Porque estamos hablando de recurso público, dinero que la gente de Guanajuato quiere ver en resultados, le urge ver una disminución de la delincuencia, una percepción de seguridad más favorable, un entorno seguro para sus hijos e hijas; no podemos derrochar esas cantidades de recurso y no ver más que promesas de resultados a mediano y a largo plazo después de 4 años de que se implementó. Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Parlamentario de Morena propone el siguiente punto de acuerdo: ACUERDO ÚNICO: Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 57, 63 fracción XXVIII y 66 fracción IV de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 2, fracción III, 3 fracción I y III, 16, 17 y 82 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, se ordena a la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato que incluya en el Programa Anual de Fiscalización 2025, la práctica de una auditoría financiera y de cumplimento al Poder Ejecutivo del Estado, a través del Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato, al proyecto “Prevención de adicciones en jóvenes – Planet Youth Guanajuato” con clave de QC3426, en la que se deberán incluir las operaciones no revisadas por la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato correspondientes a los ejercicios fiscales 2021, 2022, 2023 y 2024 del citado proyecto.» La propuesta de punto de acuerdo identificada con el número de expediente legislativo digital 113/LXVI-PPA señala, de manera sustancial: «En el año 2019, bajo el gobierno de Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, se constituyó Guanajuato Leasing Services, S.A.P.I. de C.V., SOFOM ENR, una empresa de arrendamiento financiero creada desde el Instituto de Seguridad Social del Estado de Guanajuato (ISSEG), utilizando recursos públicos del fondo de pensiones de trabajadores del estado. Su justificación fue, en apariencia, fortalecer los rendimientos de inversión del Instituto; sin embargo, desde su creación existieron señales claras de simulación, discrecionalidad y falta de transparencia. La empresa fue anunciada en rueda de prensa en enero de 2020, con el acompañamiento de Transparencia Mexicana A.C., como un proyecto innovador público-privado. Pero lo que no se dijo entonces es que, desde su origen, su más grande cliente sería el propio gobierno del estado, y que los beneficios reales estarían concentrados en manos de cinco socios de familias acaudaladas del Estado, ligados a contratos y beneficios con el propio estado a través de varios programas. En un inicio, el ISSEG poseía el 76.1% del capital accionario con una inversión de más de 143 millones de pesos. Sin embargo, dos años después, ante observaciones de la ASEG, los socios privados realizaron una inyección de capital para modificar la composición accionaria. Ante sospechas de corrupción, en 2022, este grupo parlamentario solicitó una Auditoría específica de cumplimiento sobre los recursos de esta empresa para los años 2020, 2021 y concomitante 2022, sin embargo, el grupo mayoritario del PAN envió la propuesta a la comisión de hacienda y fiscalización para dilatar el trámite correspondiente. En septiembre de 2023, los empresarios de la empresa adquirieron misteriosamente el 50.5% de las acciones, y el ISSEG quedó con un 49.5%, permitiendo así que la empresa fuera dada de baja del padrón de entes paraestatales y de los sujetos obligados en materia de transparencia. Esa decisión no fue producto de eficiencia empresarial, sino de una clara estrategia para evadir la fiscalización pública. Entre 2021 y 2024, el gobierno estatal firmó dos contratos millonarios con GTO Leasing: uno por 305 vehículos por 192 millones de pesos, y otro por 300 unidades más por 174 millones. A pesar de que en el primer contrato no se entregaron 53 unidades, no se aplicó penalización alguna. En cambio, se continuó contratando a la empresa como si cumpliera cabalmente. Las condiciones de esos contratos resultaron escandalosas. Según investigaciones del periodísticas, los vehículos fueron arrendados a precios muy por encima del mercado: • Un Kia Rio, cuyo precio de contado es de 275 mil pesos, fue arrendado a un costo final de 592 mil pesos, lo que representa un sobreprecio de más del 100%. • Un Volkswagen Vento automático 2021, con precio de agencia de 289 mil pesos, fue rentado por 592 mil pesos. • Un Renault Koleos CVT 2022 fue rentado a $22,172.33 mensuales, mientras en arrendadoras comerciales costaba solo $13,062. Incluso con estos datos, la empresa no solo fue protegida, sino promovida como modelo de éxito por sus impulsores. Funcionarios entrevistados por medios confirmaron que la Secretaría de Finanzas impedía a dependencias adquirir vehículos de forma directa, obligándolas a rentarlos a precios inflados a través de GTO Leasing. Durante la glosa del Primer Informe de Gobierno de la actual administración estatal, diputadas y diputados del grupo parlamentario de Morena denunciaron en las mesas de trabajo este esquema de simulación, cuestionando al secretario de finanzas, Héctor Salgado Banda, por su responsabilidad como presidente del Consejo Directivo del ISSEG. Sin embargo, las respuestas oficiales fueron evasivas y se limitaron a minimizar la inversión diciendo que representaba “apenas el 0.17% del portafolio”. Es importante señalar que, a pesar de todas las observaciones y denuncias públicas, la Auditoría Superior del Estado no realizó auditorías financieras ni de cumplimiento a GTO Leasing entre 2021 y 2024, a pesar del uso evidente de recursos públicos. La empresa fue excluida sistemáticamente del escrutinio público, bajo el pretexto de ser una entidad privada, aunque se originó y funcionó gracias a fondos del ISSEG, esto contraviene lo que establece la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, en su artículo 2 último párrafo: “La función de fiscalización también comprende los recursos públicos que se destinen y ejerzan por cualquier entidad, persona física o jurídico colectiva, pública o privada y los transferidos a fideicomisos, mandatos, fondos, comités, patronatos, consejos o cualquier otra figura jurídica”. Por otra parte, apenas el pasado 11 de abril de 2025, el ISSEG y la empresa Gto Leasing Services emitieron sendos comunicados anunciando que, por decisión de los socios privados, se iniciará el proceso de disolución y liquidación de la empresa. En sus palabras, esta decisión se tomará "en apego a la normatividad" y "garantizando transparencia", pero hasta ahora no se han presentado informes financieros públicos, ni se han respondido las observaciones que durante años han sido planteadas por este Congreso, por medios de comunicación y por la sociedad civil. Este anuncio, en vez de ser una muestra de responsabilidad, parece más bien una estrategia para cerrar el capítulo antes de que se exijan responsabilidades legales. La desaparición de la empresa no debe ser el fin de la historia. Por el contrario, es el momento para esclarecer cómo operó, quién se benefició, y qué ocurrió con los millones de pesos ejercidos mediante contratos públicos. En este sentido, hacemos uso de las propias palabras de la Empresa Gto Leasing Services quien a través del comunicado antes mencionado indica lo siguiente; “Se reitera que «la empresa» está abierta a auditorías y tiene la total disposición de colaborar con cualquier entidad que desee revisar sus operaciones…”, de tal forma que no existe ningún impedimento para realizar una auditoría que permita esclarecer los actos denunciados previamente. Por lo antes mencionado, este Congreso debe ejercer sus facultades de vigilancia para que la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato realice una auditoría financiera y de desempeño que incluya los ejercicios fiscales 2021, 2022, 2023, 2024 y concomitante 2025, y así evitar que la liquidación de esta empresa se convierta en una coartada para encubrir posibles actos de corrupción, daño patrimonial o responsabilidad administrativa. GTO Leasing es uno de los símbolos más claros de cómo se construyen estructuras de poder que operan al margen de la ley bajo el disfraz de legalidad. Este Congreso tiene la obligación de romper con la impunidad y garantizar que cada peso público se rinda, se audite y se devuelva a quienes verdaderamente lo generan: las y los ciudadanos. A C U E R D O Único: El Congreso del Estado de Guanajuato exhorta respetuosamente al titular de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato para que, en uso de sus atribuciones, realice una auditoría financiera y de desempeño a la empresa Guanajuato Leasing Services, S.A.P.I. de C.V., SOFOM ENR, abarcando los ejercicios fiscales 2021, 2022, 2023, 2024 y concomitante 2025.» La propuesta de punto de acuerdo identificada con el número de expediente legislativo digital 128/LXVI-PPA señala, de manera sustancial: «El 06 de Agosto del 2024, se oficializó la baja de José Luis Guerrero Méndez, el cual, se desempeñaba hasta ese momento, como asesor de la Jefatura de Gabinete de la anterior administración del Gobierno en el 2024. ¿La razón? Una nota periodística reveló que sus familiares directos, entre ellos su esposa Teresa Martínez Sánchez, a través de empresas como RM Servicios Integrales y Comercializadora PTCV S.A de C.V. habían recibido 224 contratos directos del Gobierno del Estado, por la cantidad de 84 millones de pesos. Por ejemplo, esa misma nota del Periódico AM descubrió que entre el periodo 2021 y 2023 a través de un presta nombres, Teresa Martinez obtuvo 77 contratos por 15 millones 646 mil pesos, a través de la Secretaría de Salud el DIF Estatal y el Instituto para el Desarrollo y Atención a las Juventudes del Estado de Guanajuato (JuventudEs). Es alarmante dicha situación, en función de que juventudES Guanajuato, otorgó estos millonarios contratos en periodos muy cortos y más extraño aún, lo es que estas adjudicaciones directas empezaron en el año 2021. Se explica: El 31 de octubre del 2021, el Gobierno del Estado de Guanajuato, comunicó de manera oficial, la designación de Antonio Navarro Padilla, como Director del Instituto para el Desarrollo y Atención a las Juventudes del Estado de Guanajuato. Es precisamente a partir de ese año, que las adjudicaciones directas a las empresas vinculadas con Teresa Martínez Sánchez, esposa de José Luis Guerrero Méndez, comenzaron a fluir de manera sospechosa con una frecuencia y montos totalmente inusuales desde JuventudEs Guanajuato. Por ejemplo: La nota periodística señalaba que desde el 2021 al 20244, 61 de los 224 contratos totales, fue por un valor de 72 millones 116 mil 438 pesos, provenían específicamente del Instituto para el Desarrollo y Atención a las Juventudes del Estado de Guanajuato (JuventudEs). Por señalar otro ejemplo, en el 2023 la Comercializadora PTCV recibió un contrato por 24 millones de pesos para la organización del evento Talent GTO celebrado en ese año, el cual, para sorpresa de nadie, fue organizado por dicho Instituto. Estos casos, representan más del 85% del monto total de los contratos cuestionados (Periodo 2021-2023) y una porción significativa del número total de adjudicaciones (224). La concentración de contratos, tanto en cantidad como en valor, en un solo organismo bajo la dirección de Navarro Padilla, inmediatamente nos levanta sospechas sobre posibles conflictos de interés y favoritismos en la Administración Pública, especialmente considerando la relación familiar de la beneficiaria con un asesor de la Jefatura de Gabinete en la administración en curso hasta agosto de 2024. Y más aún, si consideramos que son amigos. La rapidez con la que se otorgaron estos contratos y el hecho de que fueran adjudicaciones directas, en lugar de licitaciones públicas que podrían haber garantizado mayor competencia y transparencia, agrava la preocupación. Estos inusuales y “sospechosos” movimientos sugieren un acuerdo político-económico para favorecer a las empresas de la esposa del asesor gubernamental, utilizando a JuventudEs como vehículo principal para la transferencia de recursos públicos. La coincidencia temporal entre la llegada de Antonio Navarro Padilla a la dirección de JuventudEs y el inicio del flujo millonario de contratos hacia las empresas de Teresa Martínez Sánchez no es una casualidad. Esto fue a todas luces, un acuerdo para facilitar estos negocios desde dentro del Instituto. El amiguismo político, la opacidad y el derroche ejercido desde dicha Dirección, le han costado mucho dinero a las y los Guanajuatenses. Porque también debemos cuestionar los 30 millones de pesos erogados en el 2024 por el Instituto y pagados por supuesto; a una empresa de Teresa Martínez, para realizar el Congreso Iberoamericano de Juventudes5. ¿Realmente era necesario derrochar tanto dinero en un solo evento de un día? En comparación, ese monto representa más de los $24 millones 614 mil 122 de pesos que ejerció la Unidad de Transparencia del Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato en ese año. Cuando se le cuestionó a Antonio Navarro si no era un derroche el gastar tanto dinero en un evento, el ex titular minimizó la pregunta, señalando que los 30 millones de pesos no representaban ni el 6% del presupuesto total que ejerció el Instituto en el 2023. Estas declaraciones no son menos que preocupantes, sobre todo, cuando fue un evento realizado para 10,000 jóvenes, donde a 540 se les dieron computadoras y se contrataron distintos grupos musicales. ¿Cómo constatamos que precisamente ese dinero fue erogado a favor de las y los jóvenes? ¿De qué manera nos podemos cerciorar que los equipos de cómputo entregados, las colaboraciones de los ponentes y de los grupos musicales se ejecutaron sin sobre costo y con un análisis previo por parte de JuventudES?. Deviene de necesario formularnos estos cuestionamientos, pues por ejemplo, los contratos y convenios relacionados con la realización del Congreso Iberoamericano para el Empoderamiento de las Juventudes en el año 2023, se clasificaron como reservados hasta el 02 de julio del 2025 porque supuestamente, ese evento, se encontraba en proceso de auditoría. ¿Qué elementos se están analizando?, porque necesitamos conocer si estos eventos fueron benéficos para los jóvenes y cómo se llevaron a cabo los mismos. Resulta más que evidente que todas las anteriores irregularidades constituyen una razón fundada para que este Congreso del Estado a través de su Órgano Técnico, es decir, la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato (ASEG), realice una auditoría financiera y de desempeño al Instituto para el Desarrollo y Atención a las Juventudes del Estado de Guanajuato. El mal manejo del dinero de las personas no debe quedar impune; incluso la misma Gobernadora del Estado Libia Denisse García Muñoz Ledo señaló que se deben revisar “con lupa” todos los contratos asignados a familiares y empresas relacionadas con José Luis Guerrero Méndez. Incluso, no se pasa por alto que en la mesa de trabajo celebrada en este Congreso del Estado el día 25 de marzo del 2025 donde se analizó el Primer Informe de Gobierno, la Secretaria de la Honestidad, Arcelia María González González, mencionó que hay 5 denuncias en trámite, derivadas de auditorías practicadas al Instituto y 1 iniciada de oficio. En otras palabras, la misma Administración Centralizada encontró irregularidades en el citado organismo. Consecuentemente, si derivado de las revisiones internas realizadas por la Secretaría de la Honestidad se han encontrado inconsistencias en las operaciones de JuventudES Guanajuato; los 36 diputadas y diputados que conformamos esta LXVI Legislatura, tenemos la obligación impuesta desde nuestra Constitución Federal y Local, de vigilar y controlar el correcto uso del dinero de las personas, por eso, es más que imperativo realizar los actos de control necesarios para cumplir cabalmente con nuestra función. La idoneidad y procedencia respecto de las Auditorías que se solicitan en el presente acuerdo, provienen no solo de la magnitud de estas omisiones e irregularidades expuestas, sino que además, las mismas, constituyen el único medio por el cual nos podemos cerciorar de dichos actos y ejercer nuestras facultades de fiscalizar los recursos públicos; pues tal como lo destacó la titular de la Secretaría aludida, no se puede dar más información al respecto por encontrarse en trámite el proceso correspondiente. El artículo 4 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato señala expresamente que la ASEG es el “brazo” de este Congreso para ejercer estas facultades de vigilancia. Muy distinto de los Órganos Internos de Control de las Dependencias o la Dirección General de Auditoría Gubernamental de la Secretaría de la Honestidad. En ese orden de ideas, el párrafo tercero del artículo 24 de la Ley en comento, establece que la ASEG puede allegarse de información confidencial o reservada en los términos que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información establece, por ello, si queremos esclarecer todos estos actos de corrupción y mal manejo del dinero público, debemos ordenar y practicar las auditorías necesarias para dilucidar el presente asunto. Empero, este proceso será complementario a las acciones que ha realizado el Poder Ejecutivo. Por ejemplo, nuestro Sistema Nacional de Fiscalización ha adoptado la diferencia entre establecer un control interno y externo del gasto público, esta distinción la podemos ver materializada través de la INTOSAI 19 o “ Declaración de Lima”. Mientras por un lado el Control Interno es ejercido por los propios organismos de la Administración, el Control externo, es ejercido a través de los Entes Superiores de Fiscalización. Incluso la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver diversas Controversias Constitucionales10, ha señalado que la revisión de la cuenta pública, es un control: parlamentario, legislativo o popular, en atención a que a través de éste se cumplen los mandatos del pueblo, quien es titular de la soberanía y es realizado por una unidad dependiente del Poder Legislativo. Que a su vez es un control distinto al administrativo y jurisdiccional. Finalmente y para abonar a lo anterior señalado, el día 27 de marzo del 2025 el titular de la ASEG señaló mientras estaba presentando su Programa Anual de Fiscalización que se estaba considerando incluir tanto a Guanajuato Leasing Services y JuventudES Guanajuato dentro de la revisión al Poder Ejecutivo, no obstante y toda vez que ya se realizó una solicitud de Auditoría a esa Empresa Estatal, con los eventos recientes, es más que necesario practicar una revisión al Instituto de la Juventud; máxime, que el ex titular de JuventudES Guanajuato, continúa en el Gobierno, como Subsecretario de Operación para el Desarrollo Humano del Gobierno del Estado de Guanajuato; no podemos quedar expectantes de que estos atropellos se vuelvan a cometer. Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a esta Soberanía, la presente propuesta de Punto de: A C U E R D O ÚNICO. Esta LXVI Legislatura del Congreso del Estado de Guanajuato acuerda girar un respetuoso exhorto al titular de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, Juan Víctor Fonseca López, para que, en uso de sus atribuciones, realice una auditoría financiera y de desempeño al Instituto para el Desarrollo y Atención a las Juventudes del Estado de Guanajuato abarcando los ejercicios fiscales 2022, 2023 y 2024, donde también se incluya la totalidad de los contratos, convenios y demás actos que el Instituto haya celebrado con las empresas RM Servicios Integrales y Comercializadora PTCV S.A de C.V. Así como de las tres ediciones del Congreso Iberoamericano de Juventudes realizado en dichos ejercicios fiscales.» La propuesta de punto de acuerdo identificada con el número de expediente legislativo digital 136/LXVI-PPA señala, de manera sustancial: «En fecha 24 de mayo de 2024, el Gobierno del Estado de Guanajuato, a través de la Secretaría de Turismo, suscribió el contrato SECTUR/GTO/187/2024 con el Club de Fútbol Real Oviedo, S.A.D., equipo español de segunda división propiedad del Grupo Pachuca. El objeto del contrato fue la promoción turística de "Guanajuato Vive Grandes Historias" en España, mediante su difusión en soportes como los uniformes, el autobús del equipo, vallas publicitarias en el estadio y espacios en las instalaciones deportivas del club. El monto pactado fue de 400,000 euros, equivalentes a aproximadamente 7.2 millones de pesos mexicanos, con base en el tipo de cambio vigente a la fecha de firma. Lo alarmante, radica en que esta cuantiosa cantidad se comprometió en un contexto donde el Estado enfrenta profundas necesidades sociales, ambientales, de seguridad pública y de fortalecimiento cultural, áreas que hubieran requerido urgentemente dichos recursos para programas de impacto social inmediato. Es decir, en vez de fortalecer el tejido social, mejorar la infraestructura educativa, atender las demandas de seguridad, salud o preservar el medio ambiente, se decidió destinar millones del erario para un patrocinio deportivo en el extranjero, con beneficios altamente cuestionables y de difícil medición. El contrato fue firmado a tan solo unos meses previos al término de la administración del exgobernador Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, para lo cual ilegalmente fueron comprometiendo recursos públicos de los ejercicios fiscales siguiente, sin tener la certeza de la suficiencia presupuesta! del nuevo Gobierno Estatal. La contratación y el compromiso de recursos cuyo derecho a ejercer no se había generado, plantea serias dudas de racionalidad y priorización gubernamental. Guanajuato enfrenta actualmente graves desafíos en materia de seguridad pública, con altos índices de violencia; rezagos en materia educativa y de salud; necesidades de fortalecimiento de la infraestructura cultural y problemas ambientales urgentes, como la contaminación de cuerpos de agua y la gestión de residuos sólidos, pero a pesar de ello, se prefirió destinar más de siete millones de pesos a un patrocinio en el fútbol europeo, promocionando la marca del Estado a través de un equipo de segunda división, que carece de la exposición mediática internacional necesaria para garantizar el impacto de la inversión. No existe evidencia pública de estudios técnicos, análisis costo-beneficio ni informes de prospectiva turística que justificaran razonablemente esta decisión. Más aún, en vez de canalizar dichos recursos a políticas públicas con resultados directos en la mejora de la calidad de vida de las y los guanajuatenses, se optó por transferirlos a actividades deportivas en el extranjero, evidenciando un probable ejercicio discrecional, ineficaz y desapegado de las verdaderas necesidades sociales del Estado. Actualmente, no se conoce la documentación pública que acredite que la contratación del patrocinio en un equipo como el Real Oviedo garantizaría resultados favorables en términos turísticos, pues de manera ilegal y convenientemente, quienes lo suscribieron, a pesar de ser entes gubernamentales sujetas a la normatividad vigente, decidieron que todo el soporte documental generado en relación con el contrato es información reservada, cuando ello resulta contrario a los principios de transparencia del uso y ejercicio de los recursos públicos. Por el contrario, se trata de un club que milita en la segunda división española, con escasa proyección internacional y limitada cobertura mediática fuera de su región de influencia. La estrategia carece de fundamentación técnica que permita suponer que el patrocinio tendría una correlación directa o significativa en el incremento de visitantes europeos a Guanajuato. Además, el contrato establece obligaciones promocionales genéricas, sin mecanismos claros de verificación del cumplimiento, métricas de evaluación o sanciones efectivas en caso de incumplimiento, lo que incrementa el riesgo de que los recursos públicos ejercidos no generen un beneficio real o comprobable para el Estado. De manera particularmente grave, el contrato fue suscrito en la fase final del sexenio 2018-2024, comprometiendo recursos estatales no solo del ejercicio inmediato posterior, sino también de ejercicios fiscales correspondientes a un nuevo gobierno. Este hecho implica que decisiones tomadas sin la debida participación o planeación coordinada con la administración entrante afectan la disponibilidad de recursos de un nuevo mandato constitucional. Se configura así un acto de etiquetado de recursos públicos futuros, contraviniendo principios elementales de prudencia financiera, respeto a la autonomía presupuesta! de las administraciones siguientes y buena administración pública. Vínculo entre grupo Pachuca y el Gobierno de Guanajuato El Grupo Pachuca, dirigido por Jesús Martínez Patiño, no es un actor ajeno al Gobierno de Guanajuato. De hecho, a lo largo de los últimos años, ha recibido apoyos y beneficios económicos cuantiosos de parte del Estado, tales como: • Un préstamo de 230 millones de pesos para la adquisición del Estadio León en 2021. • Subsidios y apoyos adicionales para actividades como la ceremonia de investidura al Salón de la Fama del Fútbol, por montos de al menos 25 millones de pesos. La firma de un contrato de patrocinio al Real Oviedo equipo controlado por el mismo Grupo Pachuca bajo condiciones tan cuestionables, refuerza la percepción de trato preferencial y posibles conflictos de interés entre autoridades estatales y particulares vinculados al sector deportivo empresarial. Sin duda, la falta de transparencia en este tema nos genera más dudas sobre la legalidad y pertinencia del contrato. Es necesario confirmar si el Club de Fútbol Real Oviedo, S.A.D. se encuentra registrado como prestador de servicios en el padrón estatal de proveedores, y si dentro de su objeto social tiene contempladas las actividades relacionadas con el objeto del procedimiento de contratación en materia turística y de promoción de destinos, dado que, de lo contrario, se estaría en presencia de una contratación con una entidad jurídicamente incompetente para la ejecución del objeto contratado. Además, debe analizarse si el contrato ha sufrido modificaciones posteriores que alteren sus términos originales y, de ser así, si dichas modificaciones fueron debidamente autorizadas y justificadas conforme a la normativa. Debe determinarse si para la adjudicación del contrato se cumplió con los procedimientos establecidos en la Ley de Contrataciones Públicas para el Estado de Guanajuato, es decir, si existió una oferta técnico-económica formal, la presentación de una garantía de cumplimiento, o si, en su defecto, la contratación se realizó por adjudicación directa, y bajo qué argumentos de excepción. Aunado a ello, se requiere saber cuántas verificaciones y a que costo se han realizado para garantizar el cumplimiento de las obligaciones pactadas, la congruencia del precio convenido con el valor de mercado, y si existe justificación documental que acredite que el servicio contratado reúne condiciones de calidad, precio y beneficio público superiores a otras alternativas disponibles. Estos elementos son esenciales para determinar la transparencia, racionalidad y legalidad en el ejercicio de los recursos públicos comprometidos. Por las razones expuestas, se solicita de manera respetuosa: • La realización de una auditoría exhaustiva del contrato SECTUR/GT0/187/2024, incluyendo su origen, justificación técnica, legalidad, ejercicio de los recursos y resultados obtenidos. • La verificación detallada de los procedimientos de adjudicación, los pagos realizados y el cumplimiento de las obligaciones contractuales. • La fiscalización de las relaciones contractuales entre el Gobierno del Estado de Guanajuato y el Grupo Pachuca en su conjunto, para identificar posibles irregularidades, malversaciones o tráfico de influencias. • De encontrarse irregularidades, se proceda con las acciones administrativas, civiles y penales correspondientes. El fundamento para llevar a cabo esta auditoria la encontramos en la norma: Las dependencias y entidades de la administración pública estatal son sujetos de la función de fiscalización del Congreso del Estado, según se desprende de los artículos 63 fracciones XVIII y XXVIII; y 66 de la Constitución Política local y 2, fracción III de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato. En este orden de ideas, el artículo 16 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato establece que la Auditoría Superior establecerá un Programa General de Fiscalización, señalando los actos y sujetos de fiscalización, los que serán objeto de auditoría o revisión conforme a los criterios y normas que se establezcan en el Reglamento. Por su parte, el artículo 17 de la multicitada ley señala que en el Programa General de Fiscalización podrá ser adicionado por acuerdo de las dos terceras partes del Pleno del Congreso. Para lo cual el acuerdo correspondiente señalará el sujeto de fiscalización, tipo, alcance, periodo y el momento en que la auditoría deba iniciarse. En razón a lo antes señalado, consideramos que a fin de dar continuidad a los procesos de fiscalización a cargo de este Poder Legislativo por conducto de su Órgano Técnico debe contemplarse en el Programa General de Fiscalización 2025 la realización de una auditoría específica financiera y de cumplimiento normativo respecto al contrato de prestación de servicios en materia turística No. SECTUR/CTO/187/2024. Es por ello por lo que, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 72 fracción XXIV-,177 -fracción 1- y 204-fracción 111- de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato desde el Grupo Parlamentario del Partido Verde, solicitamos a esta Honorable Asamblea la aprobación del siguiente: ACUERDO PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 116 fracción II, párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 57 y 66 fracción IV de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 2, fracción III, 3 fracción I, 16, 17 y 82 fracción III de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, se instruye a la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato incluir en el Programa General de Fiscalización 2025, la práctica de una auditoría específica financiera y de cumplimiento normativo respecto al contrato de prestación de servicios en materia turística No. SECTUR/CTO/187/2024. SEGUNDO. La LXVI Legislatura del Estado de Guanajuato acuerda girar atento exhorto a la persona titular de la Secretaría de Turismo e Identidad del Estado de Guanajuato, para que, en el ejercicio de sus atribuciones, remita a esta soberanía toda la documentación relacionada con el proceso de licitación para la firma del contrato de prestación de servicios en materia turística No. SECTUR/CTO/l 87/2024; Las verificaciones de cumplimiento realizadas sobre los testigos de los servicios brindados de conformidad con el Anexo l del contrato; y si se han realizado modificaciones al contrato antes mencionados.» La propuesta de punto de acuerdo identificada con el número de expediente legislativo digital 141/LXVI-PPA señala, de manera sustancial: «En la construcción de una democracia moderna y un Estado de Derecho, un tema fundamental que todos los días debe de revisarse y fortalecerse es la rendición de cuentas; que a su vez se traduzca en una fiscalización, eficaz y eficiente para toda función pública. El uso de los recursos debe ser siempre transparente y responder a las necesidades de la sociedad, y sobre todo evitar que se tengan actos de tipo patrimonialista o de abuso de cargos que ejercen las personas públicas. El sistema de control que tenemos basado en la división de los poderes y sobre todo en sus distintas funciones públicas o de cumplimiento de la norma constitucional, señala que es una facultad de los Poderes Legislativos. En específico, para las legislaturas locales la base legal se encuentra en lo dispuesto por el artículo 63 fracciones XVIII, XIX y XXVIII de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato. Estos dispositivos establecen que el Congreso del Estado tiene la facultad de fiscalizar la cuenta pública del Poder Ejecutivo, incluyendo las de las entidades y organismos de la administración pública paraestatal, las del Poder Judicial y de los organismos autónomos; así como las cuentas públicas municipales, incluyendo las de las entidades y organismos de la administración pública paramunicipal; y verificar el desempeño en el cumplimiento de los objetivos de los programas. En este contexto, la rendición de cuentas sobre la gestión financiera o el uso de los recursos públicos por las entidades que ejercen sus atribuciones en el marco de Ley está acompañada de una base fundamental que es la esencia de la organización de cualquier estado. La vigilancia de la aplicación del todo recurso de origen público es como se mencionó anteriormente, parte del sistema democrático y permite al ciudadano, conocer, no solo como se gastó, permite al ciudadano conocer si dichos recursos fueron empleados acordes a la Ley. Asimismo, si fueron empleados y si ejercidos para lograr los objetivos establecidos en su programas de gobierno o mediante las formas que los propios órganos de gobierno han determinado, por ejemplo los Ayuntamientos, Juntas Directivas, Concejos de Administración. Aunque las leyes establecen que además de los procesos de fiscalización, siempre se debe considerar la importancia de los órganos de control y que no debe de soslayarse su importancia, sin embargo, a fin de que se tenga también un control externo, que la función de fiscalización que se realiza por medio de los poderes legislativos se realiza por medio de un órgano técnico y que se denominan Auditorias Superior. Dichas entidades son las mandatadas para realizar dichas revisiones con imparcialidad y alejados de cualquier presión o influencia. La importancia de las entidades de fiscalización superior para los Poderes Legislativos y para la sociedad en general radica en la información sobre el uso gubernamental de todo quehacer público y gubernamental, sin la cual el propio Poder Legislativo sería incapaz de ejercer el poder de control y la vigilancia, al Poder Ejecutivo, a los otros órganos y a los municipios. La Auditoría Superior del Estado, de conformidad con el artículo 66 de la Constitución Local, tiene autonomía técnica, de gestión y presupuestaria en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que disponga la Ley; señalando además que la función de fiscalización será ejercida conforme a los principios de objetividad, independencia, transparencia, legalidad, definitividad, imparcialidad, confiabilidad y profesionalismo; mientras que la fracción IV del mismo precepto establece que la Auditoría Superior del Estado podrá acordar y practicar auditorías conforme a su programa anual y ejecutar las que acuerde el Congreso del Estado en los términos de la fracción XXVIII del artículo 63 antes citado. Los municipios, son la base de nuestra organización política es el primer orden de gobierno y la primera instancia de gobierno que acude toda la ciudadanía, con el objetivo de poder satisfacer toda clase de necesidades relacionadas con servicios que, por mandato legal y constitucional, estos entes están obligados a brindar. Es en los municipios en donde se tiene el ejercicio formal y material de los recursos públicos, y es la ciudanía quien debe tener los elementos para poder hacer las valoraciones sobre el desempeño del servicio público. En el caso del municipio de Silao de la Victoria en la administración 2021-2024, periodo encabezado por Carlos García Villaseñor, tuvo una serie de hecho que son presumibles de violaciones graves, que puede ser constitutivas de responsabilidades reprochables a todo servidor público, como a continuación se describe: En marzo de 2023, se hizo público que la Fiscalía General del Estado investigaba un presunto desvío de 4 millones de pesos del erario municipal, realizado el 27 de mayo de 2022. La denuncia fue interpuesta por el Secretario del Ayuntamiento, Rogelio Santoyo Guevara. Se menciona que el entonces Tesorero Municipal, Héctor Mauricio Verver y Vargas Martínez, depositó más de cuatro millones de pesos a una empresa que, a su vez, los habría depositado en una cuenta en Estados Unidos. En una cuenta que al parecer es del propio Presidente Municipal, hecho derivó en el cambio del Tesorero municipal sin conocer más detalles. Sin embargo, es importante saber a precisión qué pasó con los recursos y qué responsabilidades se derivaron en la investigación de este suceso. Toda vez que público como la Fiscalía Anticorrupción cateó las oficinas de la Tesorería para revisar documentos y sistemas informáticos. Otro hecho, que también destaco en medios fue cuando El 20 de febrero del presente año, la Auditoria Superior de la Federación presentó el informe de revisión de la cuenta pública 2022, se realizó observaciones muy precisas a su administración En cuanto a la revisión del control interno, el municipio obtuvo un promedio de 21 puntos de un total de 100 en la evaluación practicada, lo que ubica al municipio de Silao de la Victoria en un nivel de cumplimiento bajo. Indicativo que, en el pleno desarrollo de la administración, no se tenía un debido control interno. En materia de obra pública, se tuvieron tres contratos de obra pública , denominados Programa de Mantenimiento vial en el municipio en donde se tuvieron como resultado la falta de evidencia documental, de la suficiencia presupuestal, al no contar con proyecto ejecutivo que integre planos topográficos, detalles constructivos, especificaciones generales y particulares y en uno de ellos se firmó el acta de entrega-recepción 45 días hábiles después de la fecha de aceptación y firma del finiquito de obra, incluso entregó de manera posterior fianzas de vicios ocultos. En materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, destaca la compra de luminarias para cumplir con el servicio de alumbrado público El resultado de la auditoria señala que el proveedor debía haber instalado 12,084 luminarias y debía estar prestando servicios preventivos y correctivos mediante un Centro de control y monitoreo para el cual se establecieron especificaciones técnicas de actividades, equipo y personal mínimo que el proveedor debía cumplir. No obstante, con la verificación documental y de las 4 pólizas contables que contienen las facturas y pagos previstos, por un monto total de 14,575.2 miles de pesos, se determinó que el municipio de Silao de la Victoria, Guanajuato, no aportó evidencia de la recepción y verificación de los entregables por parte del municipio, ni de la aceptación por parte del área responsable, dado que no cuenta con acta de entrega, resguardos, registro de entradas, salidas e inventarios. Es así como, en el informe de resultados correspondiente, señala textualmente, se presume un probable daño o perjuicio, o ambos, a la Hacienda Pública Federal por un monto de 14,575,172.22 pesos (catorce millones quinientos setenta y cinco mil ciento setenta y dos pesos 22/100 M.N.), más los rendimientos financieros generados desde su disposición hasta su reintegro a la Tesorería de la Federación, por la falta de evidencia de la recepción e instalación de los bienes adquiridos. La conclusión de la auditoria es contundente el Municipio de Silao de la Victoria, no realizó una gestión eficiente y transparente de los recursos del fondo, ya que no se apega a la normativa que regula su ejercicio y no cumple con sus objetivos. Pero uno de los hechos que más ha impactado en la salud del propio municipio de Silao, es la recolección de basura, de los residuos porque el propio presidente municipal ha buscado a lo largo de la administración realizar un entramado jurídico para que se conserve la concesión del servicio, y en ello se vieron omisiones que costaron vidas a causa del dengue. Por ello debemos hacer una revisión integral a dicha administración, porque incluso diversos medios locales del propio municipio de Silao han señalado que se han perdido dos camionetas de lujo con un valor de 4 millones de pesos. Sin dejar de pasar de lado que su administración dejó hasta cuentas por cobrar por 11.7 millones y que fueron recursos que debieron emplearse con oportunidad y eficacia, situación que no ocurrió. Por tales razones y por la profunda preocupación del uso de los recursos públicos y en especial en el municipio de Silao, es que solicitamos una Auditoria Integral para para dicha administración. Por lo anteriormente expuesto nos permitimos someter a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente proyecto de: ACUERDO ÚNICO. La LXVI del Congreso del Estado de Guanajuato, con fundamento en el 17 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, para que se instruya al Auditor Superior del Estado a incluir en el Programa General de Fiscalización del año 2025, la realización de una auditoría integral al municipio de Silao, Guanajuato por los meses de octubre, noviembre y diciembre del ejercicio fiscal del año 2021; por los ejercicios fiscales de los años 2022 y 2023, así como por el periodo comprendido de enero a septiembre del ejercicio fiscal del año 2024.» La propuesta de punto de acuerdo identificada con el número de expediente legislativo digital 142/LXVI-PPA señala, de manera sustancial: «Para el cumplimiento de los fines de la administración, todo ente público ha podido determinar la realización de acciones y programas, que son en todo caso el quehacer de cada administración para poder satisfacer las necesidades de la población. Hoy la población nos exige resultado y que los mismos sea siempre acorde a la Ley, en total transparencia. También es necesario que, en un esquema de rendición de cuentas, los tres órdenes de gobierno, tienen que respetar el marco jurídico, para la distribución o aplicación de programas sociales, aquellos que por su origen y naturaleza deben ser empleados para llegar a la población más vulnerable y que requiera de ayuda para la satisfacción de necesidades más básicas. Para ello en los tres órdenes de gobierno, la respuesta del estado ha sido la creación de una dependencia que, a lo largo de la historia, se ha convertido en la “cara humana y sensible” de la administración y nos referimos al Sistema para el Desarrollo Integral para la Familia, que se conocen por sus siglas como el DIF. Dicha dependencia, se ha encargado de una variedad de actividades que no sólo son la distribución de bienes de un programa social, sus facultades son además de fortalecer a las familias, actuar para la protección de derechos de todos los niños, niñas y adolescentes; son el primer frente para el tema de las violencias en contra de la mujer, establecen guardería o centros de cuidado a la primera infancia, además de apoyar siempre en las campañas de vacunación, escolares y tener instalaciones disponibles para apoyo a las personas con discapacidad, tan sólo por mencionar, algunas de las tareas que dicha dependencia tiene encomendadas. Por ello es lamentable que dichas instituciones y sus programas, acciones y demás actividades del quehacer público, sean usadas por sus titulares para el uso de promoción personalizada y en consecuencia en el uso de recursos públicos. Conductas que pueden ser considerados como una violación grave al ejercicio del gasto publico. El artículo 116, fracción II, sexto párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que: Las legislaturas de los estados contarán con entidades estatales de fiscalización, las cuales serán órganos con autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que dispongan sus leyes. La función de fiscalización se desarrollará conforme a los principios de legalidad, imparcialidad y confiabilidad. Asimismo, deberán fiscalizar las acciones de Estados y Municipios en materia de fondos, recursos locales y deuda pública. Los informes de auditoría de las entidades estatales de fiscalización tendrán carácter público. Con base en esta previsión constitucional, en nuestro orden jurídico local se contemplan las bases normativas conforme a las cuales el Congreso del Estado de Guanajuato ejerce sus facultades de fiscalización. El artículo 63, fracción XXVIII párrafo primero de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, dispone que es facultad del Congreso del Estado acordar con el voto de las dos terceras partes del total de sus integrantes la práctica de auditorías a los sujetos de fiscalización, cuando exista causa justificada para ello. Es así como los municipios son sujetos de la Ley de Fiscalización y más el municipio de Salamanca y mas cuando se ha presentado los siguientes hechos y que reclaman sean aclarados a la población del municipio de Salamanca. El 24 de diciembre de 2024, el Gobierno Municipal de Salamanca, Guanajuato, llevó a cabo un operativo, evento, o actividad oficial denominado "Navidad con Calor Humano" consistente en la entrega de juguetes, cobijas y apoyos sociales en diversas colonias y comunidades vulnerables. Esta actividad fue organizada por la Dirección de Bienestar y Desarrollo Social y el DIF Municipal, y se llevó a cabo con recursos públicos municipales. En los hechos, se realizaron recorridos por al menos 20 colonias y comunidades. el propio Presidente Municipal, Julio César Ernesto Prieto Carrillo, encabezó personalmente la entrega de los apoyos en al menos 12 colonias, acompañado de funcionarios municipales y medios de comunicación locales. Sin embargo el hecho más reprobable fue que las cobijas entregadas por el Alcalde, llevaban impresa la caricatura o imagen estilizada del rostro del Presidente Municipal con el logo de su Administración Municipal en la solapa de la caricatura del Presidente Municipal, identificable además de la palabra Salamanca en color blanco, lo cual fue difundido a través de redes sociales institucionales y medios locales. Evento del cual dieron cuenta diversos medios de comunicación informativos, lo cual invoco y hago valer como un hecho notorio, de entre otros: A) “Salamanca Alerta” y que puede ser consultado en la siguiente liga: https://www.facebook.com/100063861604704/posts/1102683485203695/; B) NPIMX y que puede ser consultado en la siguiente liga: https://www.youtube.com/watch?v=iI101TxeJMo C) NPIMX y que puede ser consultado en la siguiente liga: https://www.facebook.com/share/v/164sTU8M7P/?mibextid=wwXIfr Es evidente que las cobijas con la impresión de la caricatura del titular de la presidencia municipal de Salamanca, acredita la estrategia política de visibilidad y posicionamiento, al hacer uso del programa social de entrega de cobijas con fines personales, y no sólo asistenciales, ya que el diseño con caricatura del alcalde es deliberado, no institucional, promoviendo su imagen, y aprovechándose de la necesidad de la población vulnerable lo cual se constituye como un insulto a su dignidad. La Adquisición de las cobijas mediante Requisición Oficial fue realizada en fecha 24 de diciembre de 2024; el área de la Dirección General de Bienestar y Desarrollo Social del municipio de Salamanca, Guanajuato, generó la requisición número 36071. Dicha requisición tuvo por objeto la adquisición de 10,000 cobijas, imputando el gasto a la partida presupuestal municipal 4410, por un monto total de $1,856,000.00 (Un millón ochocientos cincuenta y seis mil pesos 00/100 M.N.), incluyendo IVA. No debe pasar desapercibido que, si el contrato de adquisición se formalizo el 23 de diciembre de 2024, y las cobijas se entregaron a la población el día 24 del mis mes y año, es evidente que aún no se había formalizado el contrato de compraventa para la adquisición de las cobijas y ya el proveedor Impulso empresarial La Fragua S.A. de C.V. estaba imprimiendo las cobijas, conclusión lógica a la que se arriba ya que sería imposible imprimir 10 mil cobijas con la imagen del presidente en la noche del 23 de diciembre de 2024. La requisición fue entregada en fecha 24 de diciembre de 2024, coincidiendo esta fecha con la realización del operativo de entrega masiva de cobijas conocido como "Navidad con Calor Humano". De igual manera, se ha registrado la utilización sistemática de cicloramas, camionetas oficiales y elementos de comunicación institucional del DIF y del Municipio donde aparecen tanto el Presidente Municipal como su esposa, EUGENIA LEONOR MARTINEZ CARRILLO, quien funge como Presidenta del DIF Municipal, sin cargo público remunerado, pero que por todos los hechos se presumen el ejercicio de atribuciones y recursos públicos asignados al Sistema Municipal DIF de Salamanca. Tal y como se acredita con la siguiente imagen, la cual puede se consultada en la siguiente liga https://www.salamanca.gob.mx/dif-salamanca-fortalece-entrega-de-apoyos-en-beneficio-de-los-sectores-mas-vulnerables/ La presente solicitud busca que la auditoría se realice de manera específica, concentrándose en los aspectos señalados, y de forma concomitante, es decir, que la revisión se efectúe de manera simultánea o lo más cercana posible a la ejecución de las operaciones, en lugar de esperar a una revisión posterior al cierre del ejercicio fiscal. Esto permitirá: 1. Verificar la correcta aplicación de los recursos públicos destinados a los programas sociales mencionados. 2. Confirmar el cumplimiento de las reglas de operación, los criterios de elegibilidad y los objetivos de los programas. 3. Identificar posibles irregularidades, desvíos, uso indebido de recursos, actos de corrupción o cualquier otra conducta que contravenga la normativa aplicable. 4. Evaluar la transparencia en la conformación y actualización de los padrones de beneficiarios. 5. Verificar que los apoyos lleguen a los verdaderos beneficiarios y en las condiciones establecidas. 6. Detectar de manera oportuna áreas de oportunidad para la mejora de la operación y el control interno de los programas. La realización de la presente auditoria se fundamenta en el compromiso por la transparencia y la rendición de cuentas por parte del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, así como con en la defensa del uso de los programas sociales, para los fines que la Leyes han establecido. En Acción Nacional estamos convencidos que la vida pública tiene como objetivo procurar el bienestar social. En ese mismo alcance, forma parte de nuestro compromiso el ejercicio de facultades de fiscalización por parte de este Poder Legislativo a fin de comprobar que los principios constitucionales que norman el gasto público se respeten. Por lo anteriormente expuesto nos permitimos someter a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente proyecto de: ACUERDO ÚNICO. La LXVI del Congreso del Estado de Guanajuato, con fundamento en los artículos 8 y 17 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, para que se instruya al Auditor Superior del Estado a incluir en el Programa General de Fiscalización del año 2025, la realización de una auditoría especifica al programa “Navidad con Calor Humano” del municipio de Salamanca, Guanajuato por los meses de octubre, noviembre y diciembre del ejercicio fiscal del año 2024 y una Auditoria Concomitante para el ejercicio fiscal 2025 en los recursos que ejercen el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del municipio y demás dependencias involucradas en el proceso de adquisición y distribución de bienes e insumos del programa antes mencionado.» La propuesta de punto de acuerdo identificada con el número de expediente legislativo digital 143/LXVI-PPA señala, de manera sustancial: «Las personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y la Diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, ante la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, con fundamento en lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 57, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guanajuato y en el artículo 204 fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, sometemos a la consideración de este Honorable Congreso, la realización de una auditoría concomitante para el ejercicio 2025 a la administración pública del Municipio de Celaya, Guanajuato, por lo que hace al gasto en indemnizaciones laborales y prestaciones por baja de personas servidoras públicas. Ello, en atención a las siguientes: CONSIDERACIONES La administración de la hacienda pública y el ejercicio del gasto público son actividades que se encuentran normadas constitucional y legalmente, en razón de que representan el mecanismo por el cual la autoridad hace uso de las contribuciones y demás recursos que componen el patrimonio público, para dar satisfacción al interés colectivo. Al efecto, el artículo 116, fracción II, sexto párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los numerales 63, fracciones XVIII, XIX y XXVIII, y 66 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, establecen la potestad del Congreso local para fiscalizar las cuentas públicas de los tres poderes estatales, así como de las entidades de la administración pública paraestatal, órganos, autónomos y de las administraciones municipales; para lo cual se apoyará de la Auditoría Superior del Estado, cuyo desempeño será vigilado y evaluado por el propio Poder legislativo. A los fines de dar cabal cumplimiento a tales atribuciones, se ha advertido que en días recientes se han posicionado en medios de difusión locales y regionales, así como redes sociales, diversas manifestaciones atribuidas a integrantes del Ayuntamiento de Celaya, Guanajuato, entre otros al Presidente Municipal y a la Regidora presidenta de la Comisión de Recursos Humanos, así como a la titular de la Oficialía Mayor; en las que aluden a cientos de procedimientos de baja de personas servidoras públicas de la distintas áreas de la administración pública municipal llevados a cabo durante el presente año, de los cuales se ha finiquitado aproximadamente entre el 43% y 46% «que han generado un costo de 9 millones 190 mil 680 pesos». Además, se indica que la cobertura del resto de las obligaciones económicas pendientes de pago representaría para el erario público municipal una carga adicional por otra suma equivalente a la previamente indicada. Ilustran sobre la cobertura informativa que se ha brindado a dicho tópico, las notas disponibles para su consulta [En línea] en las siguientes páginas electrónicas: • https://www.facebook.com/100069694056129/posts/m%C3%A1s-de-600-bajas-en-la-administraci%C3%B3n-municipal-de-celaya-gasto-en-finiquitos-su/1064256642574128/ • https://periodicocorreo.com.mx/vida-publica/2025/may/26/celaya-despide-a-324-trabajadores-municipales-en-2025-con-costo-de-mas-de-9-millones-en-liquidaciones-128606.html • https://zonafranca.mx/politica-sociedad/terminan-relacion-laboral-325-funcionarios-del-gobierno-de-celaya/ • https://oem.com.mx/elsoldelbajio/local/alcalde-de-celaya-prefiere-convenios-sobre-demandas-ante-casos-de-corrupcion-en-el-gobierno-municipal-23778954 • https://www.pressreader.com/mexico/periodico-am-leon/20250527/281694030704576?srsltid=AfmBOopE7j522Ywfjkd7GHszzl6VZoBVAk2-j7ID3tp-qs11BqwI0BB9 Los reportes informativos en cita dan cuenta de entre 325 trescientos veinticinco y 324 trescientos veinticuatro bajas, donde el mayor número se concentraría en la Secretaría de Seguridad Ciudadana; todos ello adicionales a los efectuados al cierre de la anualidad anterior. A su vez, aluden a la existencia de demandas laborales en contra del municipio, en las que se estaría valorando la posibilidad de convenir con las partes actoras; lo cual denota la posibilidad de que se incrementen los pasivos del municipio vinculados a dicho rubro. Todo lo cual pone de relieve una situación fuera de lo común que amerita ser verificada y, en su caso, atendida a través de los cauces legales y administrativos correspondientes. Ante ello, se repara entonces en que la auditoría concomitante prevista en los artículos 8 y 8 bis de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato entraña una herramienta valiosa para la gestión oportuna de riesgos específicos en las administraciones sobre los que se tienen indicios o noticias razonables durante el propio ejercicio fiscal de que se trate . Por tanto, se estima pertinente su empleo en el caso concreto a los fines de proveer, ante las circunstancias descritas, al cumplimiento de los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez en el ejercicio del gasto público, previstos en los artículos 127 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el ordinal 136 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato. Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente proyecto de: ACUERDO ÚNICO. La LXVI del Congreso del Estado de Guanajuato, con fundamento en los artículos 8 y 17 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, acuerda instruir al Auditor Superior del Estado a incluir en el Programa General de Fiscalización del año 2025 una auditoría concomitante a la administración pública del Municipio de Celaya, Guanajuato, por lo que hace al gasto en indemnizaciones laborales y prestaciones por baja de personas servidoras públicas.» La propuesta de punto de acuerdo identificada con el número de expediente legislativo digital 150/LXVI-PPA señala, de manera sustancial: «La administración de la hacienda pública y el ejercicio del gasto público son actividades que se encuentran normadas constitucional y legalmente, debido a que representan el mecanismo por el cual la autoridad hace uso de las contribuciones y demás recursos que componen el patrimonio público, para dar satisfacción al interés colectivo. De manera específica, los artículos 134, párrafo noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 122, tercer párrafo, de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato regulan el gasto en comunicación social de la siguiente manera: «La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente […], deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público». Por otra parte y en arreglo a los principios de autonomía financiera y libre administración de la hacienda pública municipal previstos en el artículo 115, fracción IV de la Constitución General de la República; el ordinal 57 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado confiere a la persona titular de la Tesorería Municipal la facultad de condonar total o parcialmente las multas por infracción a las disposiciones fiscales y los recargos, para lo cual deberá apreciar discrecionalmente los motivos que tuvo la autoridad que impuso la sanción y las demás circunstancias del caso. Ello revela que el ejercicio de dicha facultad en modo alguno es arbitrario, pues debe razonarse su aplicación a partir del contexto respectivo. Al efecto, cabe enfatizar que los recargos se inscriben dentro de la clasificación financiera de aprovechamientos, esto es, de los ingresos que percibe el Municipio por funciones de derecho público distintos de las contribuciones, del financiamiento y de los que obtienen los organismos descentralizados y las empresas de participación municipal; en términos de lo preceptuado en los numerales 2, fracción I, inciso C), y 259, fracción II de la legislación hacendaria invocada. Ahora bien, el artículo 116, fracción II, sexto párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los numerales 63, fracciones XVIII, XIX y XXVIII, y 66 de la Constitución local, establecen la potestad del Congreso local para fiscalizar las cuentas públicas de los tres poderes estatales, así como de las entidades de la administración pública paraestatal, órganos, autónomos y de las administraciones municipales; para lo cual se apoyará de la Auditoría Superior del Estado, cuyo desempeño será vigilado y evaluado por el propio Poder legislativo. En el marco del cumplimiento a tales atribuciones, se tiene presente que el pasado primero de junio del presente año se llevó a cabo la elección extraordinaria 2025 de la totalidad de los cargos de Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las magistraturas vacantes de la Sala Superior y la totalidad de las Magistradas y Magistrados de salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, las y los integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, así como la mitad de los cargos de Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito. Ello, en cumplimiento a la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos promulgada mediante decreto publicado en el ejemplar del Diario Oficial de la Federación de fecha 15 de septiembre de 2024. A dicho procedimiento electoral se postuló como aspirante, desde finales del año 2024, la Licenciada Cinthia Guadalupe Teniente Mendoza, actual Presidenta Municipal de Villagrán, Guanajuato; y, tras ser sustanciados los procedimientos de evaluación y depuración previstos en la enmienda constitucional de mérito, obtuvo la candidatura al cargo Magistratura de Tribunal de Circuito, en la especialidad Laboral, para el Distrito Judicial 1 . Bajo ese contexto, se aprecia que a lo largo del presente año y con énfasis en los meses previos a la elección extraordinaria se posicionó en medios de difusión locales y regionales, así como en redes sociales, la imagen de la referida profesionista con esa doble faceta de primera edil del municipio de trato y la de candidata a Magistrada Federal Laboral. Lo cual incluso pudo haber sido propiciado por la propia servidora pública a través de su constante exposición pública mediante conferencias oficiales semanales, en las que abordó el tema de su candidatura a las elecciones judiciales, así como la asistencia a múltiples eventos, concursos y entrega de apoyos dentro de Villagrán e incluso en otros municipios aledaños, con cobertura mediática e incluso con su reproducción en la red social «facebook» tanto en el perfil público «Cinthia Teniente» , como en la página «Por amor a Villagrán» de esa misma plataforma. Ilustran sobre las referidas actividades y exposición pública de su imagen, las notas disponibles para su consulta [En línea] en las siguientes páginas electrónicas: Cobertura a conferencias semanales • https://polemicaguanajuato.com/villagran-la-presidenta-cinthia-teniente-dice-querer-terminar-su-cargo-antes-de-contender-una-magistratura/ • https://agoragto.com/municipios/cinthia-teniente-no-solicitara-licencia-para-contender-por-una-magistratura/ Eventos del «Aguaje fest» 2025 • https://agoragto.com/municipios/aguaje-fest-tendra-inversion-de-6-mdp-y-fuerte-operativo-de-seguridad/ • https://www.facebook.com/CinthiaTenienteM/videos/1373035524024500/?vh=e&fs=e&mibextid=wwXIfr&rdid=J2fL93X0pMedoN9K# • https://www.facebook.com/SalmantinoMx/videos/688496457464379/?vh=e&fs=e&mibextid=wwXIfr&rdid=7HyvCM4FnIZnTGaP# • https://www.facebook.com/CinthiaTenienteM/videos/2177470142702843/?vh=e&fs=e&mibextid=wwXIfr&rdid=nDZ324eECwyl9oHB# (ver a partir del minuto 5, segundo 30). Apoyos económicos a personas deportadas • https://www.facebook.com/story.php?story_fbid=1028976892667156&id=100066645645651&mibextid=wwXIfr&rdid=ACqSoySIPnS06dYI# Concurso Canta y te Encanta: • https://www.facebook.com/CinthiaTenienteM/videos/hoy-en-villagran-canta-y-te-encanta-este-concurso-en-su-edici%C3%B3n-especial-sacar%C3%A1-/684021764401938/?mibextid=wwXIfr&rdid=6SPjOK6ULYLwDCYM Inauguración de las Jornadas Deportivas, Artísticas y Culturales de la Región Celaya del magisterio -que comprende los municipios de Celaya, Apaseo el Alto, Apaseo el Grande, Comonfort, Cortazar, Villagrán y Juventino Rosas-, llevada a cabo en Juventino Rosas, Guanajuato: • https://www.facebook.com/story.php?story_fbid=1021243293440516&id=100066645645651&mibextid=wwXIfr&rdid=XiqNzqin0Bkr2ZG1# Festival del día de la madre y entrega de premios: • https://www.facebook.com/CinthiaTenienteM/videos/estamos-listos-para-celebrar-a-las-mam%C3%A1s-de-villagr%C3%A1n-vente-al-jard%C3%ADn-principal-/1982768652249225/?mibextid=wwXIfr&rdid=CReJqeXqxj1A9gbC Una especial mención amerita la campaña de condonación del cien por ciento de recargos, lanzada durante el mes de mayo del presente año -esto es, el mes previo a la elección judicial- en diferentes medios de comunicación; en la que se estableció como requisito esencial que los contribuyentes demostrasen ante la autoridad haber compartido o reaccionado en redes sociales respecto de algún evento difundido en la precitada página «Por amor a Villagrán» comprendido entre los festejos del «Aguaje fest» 2025 que se llevó en dicho municipio entre los días 2 al 11 del aludido mes de mayo. La difusión y requisitos de la campaña en cita son visibles en la siguiente página: • https://www.facebook.com/CinthiaTenienteM/videos/1367296321056438/?vh=e&fs=e&mibextid=wwXIfr&rdid=bKjEZj4bPPjbtJUK# En ese sentido y al margen del resultado de la elección extraordinaria, todo lo anterior pone de relieve una situación fuera de lo común por cuanto hace a una sobre exposición de la Presidenta Municipal frente a la ciudadanía que pudiese haber sido auspiciada mediante el empleo de recursos públicos correspondientes a los conceptos «3600 Servicios de comunicación social y publicidad» y «3800 Servicios oficiales» del clasificador por objeto del gasto aplicable; así como al ejercicio de atribuciones para la extinción de créditos a favor del municipio a través de una política de condonación de recargos sujeta a propósitos multiplicadores del impacto en redes sociales de las publicaciones en las que figura la imagen la precitada alcaldesa. Lo cual amerita ser verificado y, en su caso, atendido a través de los cauces legales y administrativos correspondientes. Ante ello y sin perjuicio de las facultades que corresponden a las autoridades competentes en materia de infracciones y delitos electorales, se repara entonces en que la auditoría concomitante prevista en los artículos 8 y 8 bis de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato entraña una herramienta valiosa para la gestión oportuna de riesgos específicos en las administraciones sobre los que se tienen indicios o noticias razonables durante el propio ejercicio fiscal de que se trate . Por tanto, se estima pertinente su empleo en el caso concreto a los fines de proveer, ante las circunstancias descritas, al cumplimiento de los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez en el ejercicio del gasto público, previstos en los artículos 127 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el ordinal 136 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, así como a la normativa aplicable a la recaudación y al destino de los caudales públicos. Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente proyecto de: ACUERDO Primero.- A partir de lo considerado y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 116, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 63, fracción XXVIII y 66, fracción V, de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, en relación con los numerales 2, fracción II, 3, fracción I, 8, 8 Bis y 82, fracción III, de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato; se ordena a la Auditoría Superior del Estado la práctica de una auditoría concomitante para el ejercicio 2025 a la administración pública del Municipio de Villagrán, Guanajuato, por lo que hace al gasto en los conceptos «3600 Servicios de comunicación social y publicidad» y «3800 Servicios oficiales », así como a la campaña de condonación de recargos lanzada durante el mes de mayo de la presente anualidad. Segundo. Comuníquese el presente acuerdo con su dictamen, al Ayuntamiento del Municipio de Villagrán, Guanajuato, así como al Auditor Superior del Estado, para los efectos conducentes.» III. Consideraciones de la Comisión Dictaminadora. El artículo 116, fracción 11, sexto párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que: «Las legislaturas de los estados contarán con entidades estatales de fiscalización, las cuales serán órganos con autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que dispongan sus leyes. La función de fiscalización se desarrollará conforme a los principios de legalidad, imparcialidad y confiabilidad. Asimismo, deberán fiscalizar las acciones de Estados y Municipios en materia de fondos, recursos locales y deuda pública. Los informes de auditoría de las entidades estatales de fiscalización tendrán carácter público.» De conformidad con el artículo 66 de la Constitución Política local, La Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, tiene autonomía técnica, de gestión y presupuestaria en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que disponga la ley; señalando además que la función de fiscalización será ejercida conforme a los principios de objetividad, independencia, transparencia, legalidad, definitividad, imparcialidad, confiabilidad y profesionalismo. Asimismo, los artículos 8 y 8 Bis de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato refieren que las auditorías concomitantes que instruya el Congreso del Estado se incorporarán al Programa Anual de Fiscalización correspondiente, durante los 5 días hábiles siguientes a su resolución o notificación y una vez incorporadas a dicho programa el Órgano Técnico deberá iniciar su ejecución en un plazo no mayor a 30 días naturales. El Programa General de Fiscalización 2025, emitido por la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, contempla 119 actos de fiscalización en total, incluyendo una auditoría ordenada el 31 de octubre de 2024 por el Congreso del Estado al Fideicomiso Fondos Guanajuato de Financiamiento. Además, durante este 2025, se ejecutó y concluyó la auditoría financiera y de cumplimiento al Poder Ejecutivo, a través del Fideicomiso de Administración e Inversión para financiar obras, infraestructura, proyectos y acciones prioritarias en materia de Desarrollo Social y Seguridad Pública para el Estado de Guanajuato (Fidesseg) que abarcó las operaciones no revisadas correspondientes a los ejercicios fiscales del 2022 al 2023 y concomitante al 2024. Esta auditoría, también ordenada por el Congreso del Estado el 24 de octubre de 2024, resultó en extremo demandante por la exhaustividad de sus alcances. Ello significa que, para este 2025, se estarán ejecutando 120 actos de fiscalización - sin contar en ellos, los 112 análisis de información financiera trimestral - que de entrada significan nueve actos más que respecto del Programa anterior. Por otra parte, no debe perderse de vista que la Ley exige plazos de ejecución, máximos de 6 meses (lo que, en la práctica, considerando además actividades de planeación y de cierre, alcanza más de 9 meses) y límites de entrega de los informes de resultados respectivos en septiembre, octubre y noviembre. Ello necesariamente conlleva una asignación de personal y recursos muy puntual, organizada y estricta, para el cumplimiento, además, de los alcances exigidos por la misma normativa. En este sentido, es menester ponderar que, entre los diversos exhortos propuestos por grupos parlamentarios de este Órgano Legislativo, existen algunos que buscan la realización de revisiones integrales, al respecto cabe considerar que, las auditorías integrales que abarcan varios ejercicios fiscales obligan a incrementar significativamente el capital humano en función del alcance de la revisión y de los plazos legales. De acuerdo con la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, el órgano fiscalizador dispone de un máximo de seis meses para concluir el procedimiento de fiscalización iniciado con la revisión de las cuentas públicas del ejercicio correspondiente; dicho plazo incluye planeación especifica, trabajo de campo y elaboración del informe final. Cuando el periodo objeto de estudio se extiende a varios ejercicios consecutivos, la complejidad de los procesos y la necesidad de coordinar simultáneamente distintas líneas de auditoría y la composición de los recursos, obligan a multiplicar proporcionalmente la cantidad de auditores y mandos intermedios para poder cumplir con el marco temporal establecido. Es decir, si una revisión de cuenta pública implica en promedio la participación de un determinado número de auditores, realizar la de tres ejercicios significa triplicar dicha cantidad. Cuando en una auditoría integral se incluyen partidas de importes menores, el auditor debe aplicar los mismos procedimientos sustantivos —inspección de documentos, confirmaciones externas, análisis de registros contables y conciliaciones— que emplearía para transacciones de mayor cuantía. Estos procedimientos deben garantizar evidencia suficiente y adecuada sin diferenciar el tratamiento por tamaño de muestra; por lo tanto, para mantener el nivel de confianza y el riesgo de muestreo previsto, el auditor debe aumentar proporcionalmente el tamaño de la muestra cuando los importes unitarios disminuyen. Este incremento en la cantidad de partidas a revisar se traduce en un mayor número de pruebas de detalle, más horas dedicadas al análisis de cada comprobante y un esfuerzo adicional en la planificación y supervisión, ya que cada elemento, por pequeño que sea, exige el mismo rigor metodológico. Además, la suficiencia de la evidencia de auditoría es clave para la objetividad y la fiabilidad de los resultados, independientemente de la dimensión económica de las transacciones. En el contexto de una revisión que abarca múltiples ejercicios fiscales, esta necesidad de examinar un volumen mayor de partidas de menor importe multiplica de manera sustantiva el trabajo de campo: requiere más dedicación para extraer, analizar y validar documentos, lo cual incrementa de manera considerable el tiempo de desplazamiento y coordinación de equipo, lo que inevitablemente extiende la duración de la fase de ejecución y eleva la cantidad de recursos necesarios. Además, de acuerdo con las normas internacionales, toda auditoría, y en especial las integrales, requiere personal con formación y experiencia especializada, así como recursos metodológicos y de supervisión que garanticen la calidad y la objetividad de la revisión. El carácter exhaustivo de estas auditorías —con muestras que deben cubrir operaciones no revisadas previamente y partidas dispersas en importes menores— incrementa sustancialmente las horas de planeación específica, trabajo de campo, la preparación de los informes, lo que, sin una adecuada asignación de recursos, puede comprometer tanto el cumplimiento de los plazos, la profundidad del análisis de la propia revisión, y aún más, el cumplimiento del Programa General de Fiscalización en ejecución y subsecuentes. Puesto que toda la actividad que se realiza para la construcción de un hallazgo es necesaria porque garantiza que el proceso de auditoría sea riguroso, objetivo y confiable, exceder la capacidad instalada de la Auditoría Superior incrementando en demasía la cantidad de actos de fiscalización puede generar varias consecuencias que deben ser analizadas cuidadosamente para equilibrar el cumplimiento de objetivos con la calidad y sostenibilidad de los procesos. Esas consecuencias indeseables pueden ser: Menor exhaustividad. El aumento de actos de fiscalización sin una ampliación proporcional de recursos puede conducir a auditorías menos detalladas, comprometiendo la profundidad y precisión en la identificación de irregularidades o áreas de mejora. Esto puede derivar en hallazgos incompletos o menos útiles. Procesos menos efectivos, eficientes y precisos. La Auditoría Superior puede experimentar dificultades para cumplir con los estándares de calidad, como lo exigen la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato y las normas internacionales de auditoría. Esto puede traducirse en errores, omisiones o un mayor tiempo invertido en correcciones, afectando la credibilidad de los resultados. Ampliación de plazos. Si la capacidad instalada se ve sobrepasada, implicando una limitación para el ejercicio de las atribuciones de la Auditoría Superior, pudiera ser necesario solicitar ampliaciones de plazo para cumplir con las etapas de fiscalización. Aunque esto es legal, puede percibirse como una señal de ineficiencia y afectar la percepción de la capacidad institucional. Además, retrasos prolongados en los procesos pueden disminuir la oportunidad y efectividad de las observaciones y recomendaciones emitidas, particularmente las primeras en los subsecuentes procedimientos de responsabilidad administrativa. En razón a lo antes señalado, consideramos que se cumplen los extremos constitucionales y legales para que se acuerde instruir a la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, la práctica de una auditoría financiera y de desempeño a la empresa Guanajuato Leasing Services, S.A.P.I. de C.V., SOFOM ENR, abarcando los ejercicios fiscales 2021, 2022, 2023, 2024 y concomitante 2025; así como la práctica de una auditoría integral al municipio de Silao, Guanajuato por los meses de octubre, noviembre y diciembre del ejercicio fiscal del año 2021; por los ejercicios fiscales de los años 2022 y 2023, así como por el periodo comprendido de enero a septiembre del ejercicio fiscal del año 2024. Lo que consideramos topará la capacidad de operación de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato al dar cumplimiento al Programa General de Fiscalización 2025, con la adición de estas dos auditorías, por los argumentos ya expresados. Por las anteriores consideraciones, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 116 -fracción II- párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 57, 63 -fracción XXVIII- y 66 -fracción IV- de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 2, -fracción II-, 3 -fracción I-, 82 -fracción III- de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, se ordena a la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, 112 -fracción XV- y 204 -fracción III- de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, proponemos al Pleno el siguiente: ACUERDO: Artículo Único. La Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado, acuerda: a) Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 116 -fracción II, párrafo sexto- de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 57, 63 -fracción XXVIII- y 66 -fracción IV- de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 2, fracción II, 3 -fracción I-, 82 -fracción III- de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, se ordena a la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato la práctica de una auditoría integral al municipio de Silao de la Victoria, Guanajuato por los meses de octubre, noviembre y diciembre del ejercicio fiscal del año 2021; por los ejercicios fiscales de los años 2022 y 2023, así como por el periodo comprendido de enero a septiembre del ejercicio fiscal del año 2024. Comuníquese el presente acuerdo con su dictamen al municipio de Silao de la Victoria, así como al Auditor Superior del Estado, para los efectos conducentes. b) Con fundamento en lo dispuesto en los artículos -116 fracción 11, párrafo sexto- de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 57, 63 -fracción XXVIII- y 66 -fracción IV- de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 2, fracción 11, 3 -fracción 1-, 8, 8 Bis y 82 -fracción III- de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, se ordena a la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato la práctica de una auditoría financiera y de desempeño a la empresa Guanajuato Leasing Services, S.A.P.I. de C.V., SOFOM ENR, abarcando los ejercicios fiscales 2021, 2022, 2023, 2024 y concomitante 2025. Comuníquese el presente acuerdo con su dictamen a la Gobernadora del Estado, al Instituto de Seguridad Social del Estado de Guanajuato, así como al Auditor Superior del Estado, para los efectos conducentes. c) Se consideran improcedentes las propuestas de punto de acuerdo identificadas con los números de expediente legislativo digital 26/LXVI-PPA, 50/LXVI-PPA, 128/LXVI-PPA, 136/LXVI-PPA, 142/LXVI-PPA, 143/LXVI-PPA y 150/LXVI-PPA. En consecuencia, se ordena su archivo definitivo. Comuníquese el presente acuerdo a la Secretaría General del Congreso del Estado para los efectos conducentes. Guanajuato, Gto., 20 de junio de 2025 La Comisión de Hacienda y Fiscalización Víctor Manuel Zanella Huerta Diputado Presidente Karol Jared González Márquez Diputada Vocal Angélica Casillas Martínez Diputada Vocal Carlos Abraham Ramos Sotomayor Diputado Vocal María del Pilar Gómez Enríquez Diputada Secretaria
Dictamenes / Decretos
Consecutivo | Parte | No. publicación | Dictamen firmado | Decreto / Acuerdo firmado | PO | Transitorios |
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244 | Dictamen firmado | Decreto / Acuerdo firmado | 0 |
Fecha | Estatus |
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