Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 241/LXVI-I
Persona Diputada
Suscripción
Presentación a Pleno

- Diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia - - Muchas gracias con el permiso de la Presidencia, compañeras y compañeros diputados comparezco hoy ante ustedes para proponer un paso decisivo en la construcción de un verdadero sistema de justicia constitucional local en nuestro Estado no basta con proclamar derechos. Los derechos de ejercen o no existen, los derechos se protegen o son retórica vacía. - Hace apenas unas semanas, el Grupo Parlamentario del PRI presentó una iniciativa de reforma a nuestra constitución local, previendo una acción de protección efectiva de derechos como un nuevo medio de control de constitucionalidad local. - Hoy damos el siguiente paso lógico, crear, sufres procedimiento dotar de vida jurídica, operativa y real a dicha acción de protección efectiva de Derechos proponemos una reforma a la Ley Reglamentaria de la fracción XV del artículo 88 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, porque esa ley, es la que regula los medios de control, constitucional locales existentes, las acciones de inconstitucionalidad y las controversias legales, ahí pertenece esta acción porque no es un procedimiento administrativo, ni un juicio ordinario, ni un recurso contencioso. - Es una herramienta de control constitucional local, por eso se incorpora un nuevo título, cuarto, que regula integralmente el procedimiento para el Pleno del supremo Tribunal de Justicia del Estado, sea el encargado de conocer y resolver sobre posibles violaciones a los derechos fundamentales reconocidos en nuestra Constitución Local. La iniciativa establece un procedimiento. Formalismos excesivos con posibilidad de presentación oral o escrita, con aplicación de las suplencia de la deficiencia de la queja para garantizar que ninguna persona se quede sin acceso a la justicia por razones técnicas. Además, contempla suspensiones inmediatas para evitar daños irreparables, determina que las sentencias sean restitutorio. Eficaces y obligatorias para la autoridad responsable, incorpora un recurso de reclamo ante decisiones interlocutorias o incidentales, regula los procedimientos para verificar el cumplimiento de las sentencias, entre otros este medio de control constitucional, supone un avance estructural, no sólo en términos de técnica jurídica, sino también en términos de justicia social. ¿De qué sirve reconocer derechos en la Constitución Local si no le damos a la ciudadanía un camino claro para exigirlos? Compañeras y compañeros, hoy vivimos un momento complejo a nivel nacional, la elección de jueces federales mediante el voto popular, lejos de resolver los problemas de justicia, podría profundizarnos, no podemos cerrar los ojos ante una realidad, en muchos casos los mejores perfiles no llegan a las judicaturas, el poder judicial federal lamentablemente ha sido en varios espacios optado por intereses políticos o económicos, debilitando su función esencial, ser contrapeso del poder y garante de los derechos, mientras que del ámbito federal se ejercen fórmulas que ponen en riesgo la autonomía judicial, Guanajuato propone desde lo local fortalecer el Estado de Derecho con herramientas técnicas eficaces y apegadas a la Constitución, la verdadera transformación del Estado de Derecho, se logra no debilitando las instituciones, sino fortaleciendo los mecanismos locales de justicia constitucional, donde los ciudadanos puedan exigir el cumplimiento de sus derechos en su propio Estado con sus propios jueces. - Este es el verdadero compromiso con los derechos humanos, dar un procedimiento eficaz que los haga exigibles justiciables, con una estructura jurídica sólida y con un Poder Judicial Estatal, técnico y capaz hoy esta iniciativa consolidamos el Derecho Procesal Constitucional en Guanajuato, una propuesta nueva para garantizar el Estado de Derecho de nuestro Estado. - Las constituciones no se escriben solo para honrar ideas, se escriben, para observarse, para cumplirse y exigirse, la historia, no recordará cuántos discursos dimos, sino cuántas veces hicimos valer la Constitución, hoy es una de esas, hagámoslo posible, hagamos que Guanajuato sea vanguardia, justicia constitucional, vemos este paso histórico. - Es cuanto.
Plantean reformas en materia de acciones de protección efectiva de derechos
Guanajuato, Gto. – El grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional formuló una iniciativa de reforma a la Ley Reglamentaria de la Fracción XV del artículo 88 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato con la finalidad de desarrollar el proceso de las acciones de protección efectiva de derechos.
Recepción en Comisión
Metodologías
Iniciativa formulada por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria de la Fracción XV del artículo 88 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato.
ELD 241/LXVI-I
Tema: contribuir a la justicia constitucional local como parte del Estado de Derecho
1. Remitir vía electrónica para opinión al Supremo Tribunal de Justicia del Estado y a la Consejería Jurídica del Ejecutivo del Estado, quienes contarán con un término de 20 días hábiles, para remitir los comentarios y observaciones que estimen pertinentes.
2. Solicitar estudio al Instituto de Investigaciones Legislativas.
3. Establecer un enlace en la página web del Congreso del Estado donde se acceda a la iniciativa para efecto de consulta y aportaciones ciudadanas.
4. Integrar un documento que consolidará todas las propuestas emitidas en las consultas por escrito o vía electrónica que se hayan remitido previamente a la Comisión para el análisis de la iniciativa. Dicho documento será con formato de comparativo.
5. Celebrar una mesa de trabajo para analizar las observaciones remitidas, a través del documento comparativo, con servidores públicos dentro del marco de parlamento abierto.
6. Presentar un proyecto de dictamen para que sea analizado en reunión de la Comisión.
| Estudios, análisis u opiniones | Fecha límite de entrega | Estatus | Documento | |
|---|---|---|---|---|
| Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Guanajuato | 22/08/2025 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Consejería Jurídica del Ejecutivo del Estado | 22/08/2025 | No rendida | ||
| Instituto de Investigaciones Legislativa del Congreso del Estado de Guanajuato | 22/08/2025 | No rendida |
Actividades
Dictámenes en Comisión

Dictamenes / Decretos
