Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 253/LXVI-I
Persona Diputada
Suscripción
Presentación a Pleno

- Diputado David Martínez Mendizábal - Muy buenos días, compañeros, compañeras, saludo con mucho respeto a la mesa directiva y lo que voy a leer ahorita tiene como propósito la reforma a la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente en el Estado de Guanajuato es una ley para justicia medioambiental y agradezco vuestra el doctor ante Gustavo Lozano, defensor del medio ambiente, que echó la mano en la acción de esta iniciativa y tiene como propósito, fortalecer el procedimiento de evaluación del impacto ambiental de las obras y actividades, corresponde evaluar al estado, a los municipios armonizarlo con la legislación general, está en la legislación general, pero no está bien aterrizado aquí en nuestra legislación y garantizar el ejercicio efectivo de los derechos reconocidos en la Constitución. - Esta reforma se considera parte de una realidad concreta, la Ley Ambiental de Guanajuato, no ha sido insuficiente para prevenir actuaciones administrativas irregulares que vulneran legalidad, permiten simulaciones institucionales y dan lugar a la ejecución de obras amparadas en autorizaciones ambientales indebidamente otorgadas; el ejemplo más claro y más reciente es el caso del Fraccionamiento Campestre, como conocido como la Cucursola, en la sierra de Santa Rosa, en este caso, las autoridades estatales y municipales llevaron a cabo procedimientos de evaluación de impacto ambiental y emitieron autorizaciones sin contar con la competencia legal para ello, omitiendo aplicar el marco federal que exige de manera previa contar con la autorización del impacto ambiental y el estudio técnico justificativo para el cambio de uso de suelo en terrenos forestales. - Ambos de competencias que nos lleva de la Federación, estas actuaciones irregulares facilitaron que el proyecto avanzara sin la intervención oportuna de la SEMARNAT afectado y poniendo en riesgo el patrimonio biocultural y forestal de nuestro Estado; en este sentido, hay cuatro modificaciones que queremos proponer, incluso coincide que, hablando de justicia ambiental, están aquí compañeros y compañeras de Uriangato, solicitando también la intervención del Gobierno del Estado y toda la ciudadanía para modificar el tiradero que le llamamos habitualmente en Uriangato, que no ha sido resuelto un problema añejo que no ha sido resuelto. Entonces bienvenidos, bienvenidos compañeros de Uriangato, creo que su lucha es muy justa, entonces, la iniciativa que yo presento __Si son derechos humanos que se tienen que reconocer y atender __ la modificación que planteamos es la siguiente: - La primera se armoniza la ley de protección y preservación del ambiente del Estado de Guanajuato con la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, delimitando con claridad las competencias del Estado y los municipios en materia de evaluación de impacto ambiental, es decir una armonización con la Ley General. - La segunda se plantea la creación de una gaceta ecológica electrónica como órgano oficial de difusión de la Secretaría de Agua y Medio Ambiente, esto tiene que ver con la adecuada comunicación y el derecho a la información, esta herramienta permitirá garantizar la difusión sistemática, gratuita y accesible de la información ambiental de los proyectos sometidos a evaluación, en cumplimiento del principio de máxima publicidad. - Tercero, se establece la obligación de que los promoventes de los proyectos sometidos a evaluación, pública en un extracto de los mismos en un periódico de amplia circulación, para que uno no esté adivinando en los organismos oficiales, pues cuáles son los proyectos que están implementando en la comunidad; y - Cuarto se transforma en procedimiento de consulta pública, que es muy importante este, procedimiento de modificación a la consulta pública que esté previsto en la evaluación de impacto ambiental, pues se hace más amplio, más democrático y que se escuche a la gente de la reforma incorpora plazos definidos, medios accesibles, reglas claras y principios de equidad orientados a garantizar, condiciones justas tanto para los promoventes como para las comunidades potencialmente afectadas, tampoco queremos que algún inversionista que quiera meter su lana en algún predio al rato se encuentre con problemas, como es el caso también de la Cucursola, que se ha abusado, pues de del poder político. - Todos estos ejes, todas estas modificaciones, están fundamentadas en el artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos cuarto y décima de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y el acuerdo regional sobre el acceso a la información la participación pública, el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe, conocido pues como todo mundo sabe cómo el Acuerdo de Escazú. - Esta reforma no inventa derechos, los reconoce, los articula en la ley local y los hace exigibles significa asumir como legislatura nuestra responsabilidad de adecuar el marco normativo estatal a los principios, estándares y obligaciones del derecho ambiental contemporáneo, compañeras y compañeros frente a los conflictos ambientales, como el del fraccionamiento de la Cucursola, el silencio legislativo se convierte en complicidad institucional, hoy tenemos la oportunidad de que la ley deje de ser parte del problema y comience a ser parte de la solución invito a todo el Congreso Estatal de esta legislatura, pues a estudiar, esta propuesta con visión de Estado, porque una reforma técnica como esta es al mismo tiempo una garantía estructural para hacer realidad el derecho humano a un medio ambiente sano de todas las personas de Guanajuato, como lo es aquí en los compañeros de Uriangato, qué es lo que único que están pidiendo derecho a un ambiente sano y que no implique cuestiones perjudiciales a la salud. - Es todo Presidenta muchas gracias.
Pretenden fortalecer el procedimiento de Evaluación del Impacto Ambiental en el estado
Guanajuato, Gto. – Con el objeto de fortalecer el procedimiento de Evaluación del Impacto Ambiental (EIA), entendido como un instrumento de política ambiental, el grupo parlamentario del Partido MORENA presentó una iniciativa de reforma a la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato.
Recepción en Comisión
Metodologías
a) Remitir vía oficio la iniciativa y solicitar se tenga a bien enviar opinión respecto de dicha propuesta legislativa en un plazo que no exceda del 14 de noviembre de 2025, a:
- La Secretaría del Agua y Medio Ambiente;
- La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial del Estado de Guanajuato;
- La Consejería Jurídica del Ejecutivo;
- Los 46 ayuntamientos del Estado;
- Las organizaciones de la sociedad civil cuyo objeto este vinculado con el propósito de la iniciativa.
b) Solicitar a la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas del Congreso del Estado estudio de impacto presupuestal, en términos del artículo 86, tercer párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato -determinación de impacto presupuestario-, y tenga a bien remitirlo en un plazo que no exceda del 14 de noviembre de 2025;
C) Crear un enlace en el portal de internet del Congreso del Estado, en donde se acceda a la iniciativa para efecto de consulta y recepción de aportaciones ciudadanas, por un plazo que no exceda del 14 de noviembre de 2025;
d) Elaborar la secretaría técnica un documento en el que se concentren las opiniones recibidas y contenga comparativo, el que circulará a quienes integran la Comisión de Medio Ambiente;
e) Realizar mesa de trabajo para el análisis de la iniciativa y opiniones recibidas respecto de esta, conformada por quienes integran la Comisión de Medio Ambiente, las personas diputadas de la Legislatura que deseen asistir, así como asesores; e invitar a la Secretaría del Agua y Medio Ambiente, a la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial del Estado de Guanajuato, a la Consejería Jurídica del Ejecutivo, a la Unidad de Estudios de la Finanzas Públicas del Congreso del Estado, y a las organizaciones de la sociedad civil y consultadas;
f) En su caso, celebrar reunión de la Comisión de Medio Ambiente para acuerdos del proyecto de dictamen; y
g) Reunión de la Comisión de Medio Ambiente para la discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen.
| Estudios, análisis u opiniones | Fecha límite de entrega | Estatus | Documento | |
|---|---|---|---|---|
| Secretaría del Agua y Medio Ambiente, Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial del Estado de Guanajuato y Consejería Jurídica del Ejecutivo | 14/11/2025 | En espera | ||
| Ayuntamiento de Coroneo | 14/11/2025 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| El ciudadano Francisco Javier Sentíes Laborde | 14/11/2025 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| 46 ayuntamientos del Estado ayuntamiento de Moroleón | 14/11/2025 | En espera | ||
| Organizaciones de la sociedad civil cuyo objeto este vinculado con el propósito de la iniciativa | 14/11/2025 | En espera | ||
| Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas del Congreso del Estado (estudio de impacto presupuestal) | 14/11/2025 | En espera | ||
| Ayuntamiento de Santa Cruz de Juventino Rosas | 14/11/2025 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de San Diego de la Unión | 14/11/2025 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Irapuato | 14/11/2025 | Rendida en tiempo | Ver detalle |
Actividades
Dictámenes en Comisión

Dictamenes / Decretos
