Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 104/LXVI-IRASEG
Suscripción
Informe de Turno

Recepción en Comisión
Metodologías
Dictámenes en Comisión

Diputada Martha Edith Moreno Valencia Presidenta del Congreso del Estado Presente. A esta Comisión de Hacienda y Fiscalización le fue turnado para su estudio y dictamen, el informe de resultados de la auditoría de desempeño con enfoque mixto (sistemas y resultado) al Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato, en relación con el Programa Presupuestario «E038 Competencias para el Trabajo», particularmente a los programas de Aprendizaje para el Liderazgo y Emprendimiento ofertados por el SABES en Educación Media Superior y Superior «PB2439, PB2442, PB2444, PB2447, PB2450, PB2453, PB2456, PB0508 y PB2574», del periodo comprendido de enero a diciembre de 2024. (ELD 104/LXVI-IRASEG) Una vez que se ha analizado el referido informe de resultados, con fundamento en lo establecido en los artículos 115 -fracción XII- y 186 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, nos permitimos rendir el siguiente: D i c t a m e n I. Competencia Es facultad del Congreso del Estado verificar el desempeño en el cumplimiento de los objetivos de los programas de acuerdo con lo establecido en la fracción XVIII del artículo 63 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, para tal efecto el Congreso se apoyará en la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, en los términos de la Ley. El Artículo 66, segundo párrafo de la Constitución Política del Estado de Guanajuato refiere que el Poder Ejecutivo es sujeto de fiscalización a efecto de verificar el desempeño en el cumplimiento de los objetivos de los programas; y el cuarto párrafo establece la obligación de los sujetos de fiscalización, el suministrar al Congreso del Estado, por conducto de su órgano de apoyo, los datos, documentos, antecedentes o cualquier otra información que se le solicite, relacionados con la función fiscalizadora. Asimismo, la fracción VIII del artículo 66 de la Constitución Política del Estado establece como atribución de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, el informar al Congreso del Estado, en los términos de la Ley, el resultado de los asuntos derivados de la fiscalización, incluyendo los dictámenes, informes de resultados, comentarios y observaciones de las auditorías, constituyendo una de las fases del proceso de fiscalización. De acuerdo con lo establecido en el artículo 82, fracción XXIV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, además de las atribuciones que constitucionalmente se le confieren a la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, ésta debe rendir al Congreso del Estado los informes derivados del ejercicio de la función de fiscalización. Atendiendo a ello, la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato debe remitir los informes de resultados al Congreso del Estado a efecto de que este realice la declaratoria correspondiente y atendiendo a lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, el informe de resultados sólo podrá ser observado por las dos terceras partes de las personas diputadas integrantes del Congreso del Estado, cuando no se observen las formalidades esenciales del proceso de fiscalización. Para dar cumplimiento a lo señalado en el párrafo anterior, la Comisión de Hacienda y Fiscalización es competente para conocer y dictaminar de los asuntos relativos a los informes de resultados que emita la Auditoría Superior del Estado, de acuerdo con lo señalado en la fracción XII del artículo 115 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato. Es por ello que, ejerciendo la competencia de esta Comisión de Hacienda y Fiscalización y de acuerdo con lo establecido en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, el presente dictamen se ocupará exclusivamente del aspecto que la Ley señala y por el que podría ser observado o no el informe de resultados. II. Antecedentes De conformidad con lo señalado en el artículo 66, fracción I de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, es facultad de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato realizar auditorías de desempeño en el cumplimiento de objetivos y metas contenidos en los programas y sólo podrá emitir recomendaciones para la mejora en su desempeño, en los términos de la Ley. En el mismo sentido, el artículo 3 -fracción V- de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato establece como competencia de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato el practicar auditorías de desempeño para verificar el cumplimiento de las metas y objetivos estatales y municipales. La auditoría de desempeño comprende la revisión del cumplimiento de las metas y objetivos de los planes y programas, conforme a los principios de eficiencia, eficacia y economía, así como la evaluación de políticas públicas; la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato realizará la auditoría de desempeño de manera anual y únicamente formulará recomendaciones que incidan en el mejoramiento sistemático del diseño, operación e impacto de los presupuestos programáticos y en su caso las políticas pública, en apego a lo establecido en el artículo 56 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato. Asimismo, los artículos 59 y 60 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato establecen que los informes de resultados de las auditorías de desempeño contendrán los requisitos señalados en el Reglamento de la Ley, mismos que una vez emitidos, deberán ser remitidos por la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato al Congreso del Estado a más tardar el 30 de septiembre del ejercicio fiscal de que se trate. A excepción de cuando la persona titular de la Auditoría Superior del Estado emita un acuerdo de suspensión de plazo, de conformidad con lo previsto en el artículo 35 de la referida ley, caso en el cual el plazo de suspensión se adicionará a la fecha antes señalada para la remisión del informe de resultados. En cumplimiento a lo establecido en el artículo 16 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, la Auditoría Superior del Estado establecerá un Programa General de Fiscalización, en el que señale los actos y sujetos de fiscalización, que serán objeto de auditoría o revisión conforme a los criterios y normas que se establezcan en el Reglamento. En ese mismo sentido, la persona titular de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato aprobó y remitió para conocimiento de esta Comisión, el Programa General de Fiscalización 2025, mismo que fue adicionado por acuerdo del Pleno del Congreso del Estado el 24 de octubre de 2024. En dicho Programa se contiene la práctica de una auditoría de desempeño con enfoque mixto (sistemas y resultado) al Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato, en relación con el Programa Presupuestario «E038 Competencias para el Trabajo», particularmente a los programas de Aprendizaje para el Liderazgo y Emprendimiento ofertados por el SABES en Educación Media Superior y Superior «PB2439, PB2442, PB2444, PB2447, PB2450, PB2453, PB2456, PB0508 y PB2574», del periodo comprendido de enero a diciembre de 2024. El 20 de junio de 2025 se notificó al sujeto fiscalizado el inicio de la auditoría de desempeño materia del presente dictamen. Para disponer de la información necesaria para llevar a cabo la auditoría, se realizaron los siguientes procedimientos de recolección de información: Requerimiento de información previo al inicio de la auditoría el 11 de marzo, al que le dieron respuesta el 19 de marzo y presentaron complemento de oficio de respuesta los días 26, 27 y 28 25 de marzo; oficio de respuesta y complemento al oficio de respuesta el 31 de marzo; requerimiento de información (ejecución) el 25 de junio, al que dieron respuesta el 2 de julio y complementos al oficio de respuesta los días 8, 11 y 14 de julio y 13, 14 y 17 de agosto; cuestionario el 18 de agosto y dos complementos a cuestionario el 18 de agosto, todas las fechas corresponden al año 2025. Como parte del proceso de auditoría, el 10 de septiembre de 2025 se notificó al sujeto fiscalizado el pliego de recomendaciones derivadas de la auditoría practicada. Lo anterior, para dar cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 58 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato. El 23 de septiembre de 2025, el sujeto fiscalizado dio respuesta a las recomendaciones derivadas de la auditoría practicada. El informe de resultados se notificó al sujeto fiscalizado el 29 de septiembre de 2025. De acuerdo a lo previsto en los artículos 60 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato; y 60 del Reglamento de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, tratándose de las auditorías de desempeño es improcedente el recurso de reconsideración en contra del informe de resultados, por lo que una vez notificado el mismo al sujeto de fiscalización, se remite al Congreso para los efectos procedentes. En razón de lo anterior, la persona titular de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato remitió a este Congreso del Estado, el informe de resultados materia del presente dictamen, el cual se turnó a la Comisión de Hacienda y Fiscalización el 9 de octubre de 2025 para su estudio y dictamen, mismo del que se dio cuenta el 16 de octubre de 2025. III. Contenido del informe de resultados: Con fundamento en lo establecido en los artículos 59 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato y 26 de su Reglamento, el informe de resultados contiene los siguientes apartados: Introducción; Resultado del proceso de fiscalización que alude a la respuesta emitida por el sujeto de fiscalización o una síntesis de sus aspectos importantes; Resumen de las recomendaciones; y Conclusión general. a) Introducción Las auditorías de desempeño son por esencia actos de fiscalización, además de su naturaleza técnico-jurídica se diferencian de otras auditorías pues su resultado se expresa solamente a través de recomendaciones, contrario a otros actos de fiscalización o control que también pueden emitir observaciones. Se trata de una tarea reglada y sistémica de evaluación para la mejora continua, en la que se pueden detectar debilidades, áreas de oportunidad, amenazas e inclusive fortalezas en el ámbito público, pero con la promoción de acciones concretas que permitan superarlas o potenciarlas, a las que adicionalmente se le da seguimiento a su eventual implementación por los sujetos públicos responsables. En estas auditorías, con independencia de su enfoque, se deben plantear con toda claridad y basándose en evidencia competente, suficiente, pertinente, relevante y oportuna las conclusiones del proceso de fiscalización, puntualizándose las recomendaciones formuladas en su caso. Por lo que hace al marco competencial, se precisa la normatividad aplicable a la función de fiscalización a cargo del Poder Legislativo del Estado, siendo esta: artículos 116 -fracción II- párrafo sexto y 134, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, párrafo primero, 63 -fracción XVIII- y 66 -fracciones I, II y IV- de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 1, 2 -fracciones I y III- 3 -fracciones I, II, V, IX y XI-, 4, 5 -fracciones I, II y VII-, 6, 7, 11, 13, 14, 16, 24, 25, 26, 30, 31, 35, 37 -fracción I-, 37 Bis, 56, 57, 58, 59, 60, 82 -fracciones III, IV, XXIX, XXXII y XXXV- y 87 - fracciones V, XII y XXVI- de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato; 1, 3, 10, 13, 18, 20, 26, 27, 43, 44, 45, 46, 47, 48 y 49 del Reglamento de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato; 1, 7, segundo párrafo, 8 -fracción I-, 9 -fracción XVII-, 10 -fracciones III, XVII, XIX y XX-, 14, 16 y 17 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato; y 42 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. En atención a ello, la auditoría de desempeño materia del presente dictamen, se ejecutó bajo los principios, conceptos y directrices de las actuales Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización, compiladas y editadas por la Auditoría Superior de la Federación, de manera particular por lo que hace a sus numerales 100 y 300. También se precisa que las auditorías de desempeño que se practican por la Auditoría Superior del Estado son congruentes con las metodologías señaladas en las Normas Internacionales para Entidades Fiscalizadoras Superiores 100, 300, 3000, 3910 y 3920 emitidas por la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores. Respecto de la estructura del informe y valoración, el informe de resultados es el documento técnico en el que se presentan los datos e información que identifican una revisión, las conclusiones y las recomendaciones al desempeño que se propondrán al sujeto de fiscalización, mismo que cumple con los requisitos mínimos que señala el artículo 26 del Reglamento de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato. Para la valoración de la respuesta del sujeto fiscalizado, el Órgano Técnico determinó lo conducente respecto a las recomendaciones emitidas, para lo cual realizó un análisis de la documentación y evidencia proporcionada por el sujeto fiscalizado, a fin de valorar si este efectuó mejoras, si realizará alguna acción o emitió la justificación correspondiente sobre la improcedencia por la cual no resulte factible su implementación o bien, la consideración de medidas alternas que fortalezcan el desempeño de la gestión pública. Asimismo, se señala que las recomendaciones efectuadas al sujeto fiscalizado podrían considerarse como persistentes, cuando no sea posible valorarlas en alguno de los supuestos antes referidos. Es así, que la valoración realizada por la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato redunda en las manifestaciones, argumentos, acciones y evidencia presentada en la respuesta, para lo cual la evidencia aportada por el sujeto fiscalizado debe ser competente, pertinente, suficiente y relevante. Respecto al enfoque, objetivo y alcance de la auditoría se señala que de acuerdo a la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores, para las auditorías de desempeño existen tres enfoques que están orientados a los siguientes aspectos: al problema, que analiza las causas detrás de un mal desempeño o de desviaciones previamente conocidas; al sistema, que examina el funcionamiento adecuado de los procesos clave y de los sistemas de gestión; y a los resultados, que evalúa si los objetivos en términos de resultados o productos han sido alcanzados como se deseaba, o si los programas y servicios operan como se esperaba. En este caso, la auditoría se realizó con un enfoque mixto (sistema y resultados) lo que significa que se examinó cómo están funcionando los mecanismos de gestión que sustentan el programa o servicio evaluado, así como los resultados generados por la intervención. La misma fue seleccionada como parte del Programa General de Fiscalización 2025, en atención a la ISSAI (Norma Internacional para Entidades Fiscalizadoras Superiores) 3000/89, para lo cual se consideraron diversos criterios metodológicos, que consideran, entre otros, la relevancia del tema, su impacto potencial en la ciudadanía y la oportunidad de generar mejoras sustantivas en la gestión pública. El objetivo general definido para la auditoría fue: «Verificar la implementación del modelo de formación emprendedora ofertado por el SABES en 2024; así como su contribución al fortalecimiento de competencias en el alumnado y su valorización por parte del sector laboral». En términos de temporalidad, el alcance de la auditoría abarcó el periodo comprendido entre enero y diciembre del año 2024; en la profundidad temática se revisó la eficiencia de la asignación y actualización del modelo educativo y de las materias de formación emprendedora, así como la adquisición de conocimiento del alumnado, además, la calidad y oportunidad del proceso de diseño y desarrollo de los proyectos de emprendimiento del «Programa Aprendizaje para el Liderazgo y Emprendimiento» ofertado por el SABES en el nivel medio superior y superior. También, se examinó la eficacia respecto a los resultados logrados a partir del desarrollo de proyectos de emprendimiento y la participación en concursos emprendedores, así como el seguimiento de personas egresadas, lo que se realizó acompañado de la percepción del alumnado y el personal docente. Y por último, respecto a la adopción de la Agenda 2030, se revisaron los avances del SABES para internalizar y sensibilizar el Desarrollo Sostenible vinculado a la formación emprendedora que brindó en 2024. Por lo que hace a los antecedentes del proceso de fiscalización, estos ya se detallaron en el apartado correspondiente. En el contexto de la política pública de la materia por auditar se describe brevemente la política pública en la materia. Los instrumentos de planeación del Estado de Guanajuato han reconocido diversos desafíos relacionados con las políticas educativas. La creciente demanda de cobertura en educación media superior y superior ha exigido ampliar las oportunidades de acceso para la población joven del estado. Al mismo tiempo, se ha identificado una brecha entre la formación académica tradicional y las competencias que demanda el mercado laboral, cada vez más competitivo y orientado a la innovación. A ello se suman las desigualdades en el acceso, los rezagos en aprendizajes y la limitada vinculación entre el sector educativo y productivo. En respuesta a dicha necesidad, la política educativa del último sexenio (2018-2024) se orientó a garantizar una educación incluyente, innovadora y de calidad, con ejes prioritarios en la recuperación de aprendizajes, ampliación de cobertura, impulso al modelo dual, fortalecimiento de la formación docente y la consolidación de una cultura de emprendimiento. Estas prioridades buscaron responder a los retos de competitividad que enfrenta la educación media superior y superior en el estado. En este contexto, resultó indispensable impulsar un modelo educativo que integrara la innovación, la formación emprendedora y la calidad en los procesos de enseñanza-aprendizaje. En vista de lo anterior, el Sistema Avanzado de Bachillerato y Educación Superior (SABES), consideró implementar en su Plan de Desarrollo Institucional 2024-2026, las acciones necesarias para asegurar el logro educativo en bachillerato y universidad, buscando promover una formación integral en las personas que egresan para que aporten a la mejora de su entorno mediante una visión emprendedora. Esta visión emprendedora en los niveles de medio superior y superior se concibe como una actitud formativa que impulsa al estudiantado a identificar oportunidades, proponer soluciones innovadoras y generar valor desde cualquier disciplina, es decir, no solo desde la creación de empresas. Por ello, esta perspectiva promueve el desarrollo de competencias como el liderazgo, la creatividad, el pensamiento crítico y la colaboración y de esta manera se entiende el emprendimiento como una forma de participación activa en la transformación del entorno, tanto comunitario como empresarial. De esta manera, las instituciones educativas, como el SABES, se convierten en espacios que cultivan una formación emprendedora dentro de su población estudiantil, mediante el desarrollo de habilidades y competencias. De ahí, surgen los programas de «Aprendizaje para el Liderazgo y Emprendimiento» ofertados por dicha institución, mismos que constan de tres principales servicios: la impartición de materias de formación emprendedora (actividad curricular); el desarrollo práctico de proyectos de emprendimiento y modelos de negocios, y finalmente, la experiencia en eventos, concursos, talleres y capacitaciones, entre otras. Ante este enfoque, el SABES ha sido un actor clave para materializar los objetivos estatales anteriormente mencionados, integrando la formación emprendedora en sus planes de estudio y reforzando este componente mediante la incorporación de materias específicas, la adopción del modelo dual, la certificación en normas de calidad y el desarrollo de programas de emprendimiento que vinculan la teoría con la práctica. Estas acciones no solo buscan fortalecer la empleabilidad de sus estudiantes, sino que también pretender consolidar a este subsistema como una institución comprometida con el impulso de capacidades transformadoras en la juventud guanajuatense. La Unidad administrativa responsable de auditar es el Sistema Avanzado de Bachillerato y Educación Superior (SABES), un organismo descentralizado de la Secretaría de Educación del Estado de Guanajuato. En el Sistema de Evaluación al Desempeño, de la Secretaría de Finanzas del Estado de Guanajuato, se identifica al programa «E038 Competencias para el Trabajo», dentro del cual se encuentran el «Programa de aprendizaje para el liderazgo y emprendimiento ofertados en Educación Media Superior», con los procesos «PB0508, PB2439, PB2442, PB2444, PB2447, PB2450, PB2453» y el «Programa de aprendizaje para el liderazgo y emprendimiento ofertado en Educación Superior» con el proceso «PB2456»; todos ellos operados por el SABES. b) Resultado del proceso de fiscalización Para el desarrollo de los resultados, se llevaron a cabo diversos procedimientos y se aplicaron técnicas propias de la auditoría, tanto para el levantamiento como para el análisis de la información. Al respecto, la recolección de datos se sustentó en una combinación de fuentes y métodos que permitieron contextualizar la forma en que trabajó el SABES. En particular, se recurrió a la exploración de documentos relacionados con la planificación institucional, así como de los marcos normativo, programático, presupuestal y de rendición de cuentas de la entidad; lo que se acompañó de la respectiva requisición y revisión de bases de datos. Las pruebas testimoniales se llevaron a cabo mediante la aplicación de encuestas en modalidad presencial y virtual (correo electrónico y llamada telefónica) dirigidos al alumnado, personal docente y personas egresadas y empleadoras. Los análisis realizados incluyeron pruebas de control, orientadas a validar la confiabilidad de la información, y pruebas de detalle, dirigidas a representar las dimensiones de desempeño, particularmente en términos de eficiencia y eficacia. Las que fueron aplicadas mediante una combinación de métodos cuantitativos y cualitativos. Entre las técnicas empleadas se contemplaron la verificación de atributos y la exactitud de la información; la validación y cálculo de transacciones no financieras; la comparación y categorización de contenidos; así como el análisis de estadísticas descriptivas derivadas de las encuestas, principalmente mediante el cálculo y contraste de medidas de tendencia central. Para efectos del informe de resultados materia del presente dictamen, la enunciación de los resultados se presentó en las dimensiones de Eficiencia, Eficacia y Desarrollo Sostenible, como se señala a continuación: Eficiencia 1. Implementación del modelo emprendedor y avances en el desempeño estudiantil. 2. Aplicación práctica de proyecto emprendedor y modelos de negocio. Eficacia 3. Avances en el desarrollo de habilidades y vocación emprendedora. 4. Experiencia formativa en eventos estatales de emprendimiento. 5. Valoración del modelo emprendedor por personas egresadas y empleadoras. Desarrollo Sostenible 6. Preparación del SABES para la implementación de los ODS. Se formulan los resultados y recomendaciones contenidas en los rubros de Eficiencia, Eficacia y Desarrollo Sostenible. Es así, que se presentan los resultados de la auditoría realizada, estableciendo las recomendaciones formuladas al sujeto fiscalizado, plasmando en cada una las acciones preventivas y correctivas que se deben llevar a cabo para subsanar las situaciones detectadas durante el proceso de auditoría. En tal sentido, en el rubro de Eficiencia, al Resultado 2, de Aplicación práctica de proyecto emprendedor y modelos de negocio, se le formuló la recomendación 25_DPN_CPG_PEGT_E038_02_01. En el rubro de Eficacia, al Resultado 4, de Experiencia formativa en eventos estatales de emprendimiento, se le formuló la Recomendación 25_DPN_CPG_PEGT_E038_04_02; y al Resultado 5, de Valoración del modelo emprendedor por egresados y empleadores, se le formuló la Recomendación 25_DPN_CPG_PEGT_EO38_05_03. Asimismo, en el rubro de Eficiencia, al Resultado 1, de Implementación del modelo emprendedor y avances en el desempeño estudiantil, no se generó recomendación; en el rubro de Eficacia, al resultado 3, de Avances en el desarrollo de habilidades y vocación emprendedora no se le generó recomendación y en el rubro de Desarrollo Sostenible, al Resultado 6, de Percepción del SABES en la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, no se le generó recomendación. c) Resumen de las recomendaciones En este apartado se establece un resumen exclusivamente de los resultados que generaron recomendación producto de un área de oportunidad o mejora sugerida por el Órgano Técnico, mismos que se clasifican agrupados bajo su respectiva vertiente, con su síntesis de la valoración efectuada, precisando que del análisis a la respuesta del pliego de recomendaciones se desprende que el sujeto fiscalizado en las 3 recomendaciones formuladas se comprometió a realizar acciones en un plazo futuro cierto para su implementación. A dichas recomendaciones dará seguimiento el Órgano Técnico en la etapa correspondiente. d) Conclusión general Uno de los principales compromisos asumidos por el Gobierno del Estado durante el sexenio 2018–2024, en materia de educación, fue impulsar que las personas estudiantes de nivel medio superior y superior accedieran a programas formativos orientados al desarrollo de competencias profesionales para la vida y el trabajo, así como fomentar en ellos una cultura de innovación y emprendimiento. Esta visión emprendedora se entiende como aquella que permite a las y los jóvenes identificar oportunidades, generar soluciones creativas y participar activamente en la transformación de su entorno, más allá de la creación de empresas. En este marco, el Sistema Avanzado de Bachillerato y Educación Superior (SABES) ha desempeñado un papel determinante al integrar el enfoque emprendedor en su oferta educativa. A través de planes de estudio que incluyen materias específicas, el modelo dual, certificaciones en normas de calidad y programas que vinculan teoría con práctica, SABES busca fortalecer la empleabilidad y las capacidades transformadoras de la juventud guanajuatense. Como parte de estos esfuerzos, en 2024 SABES operó el programa «E038 Competencias para el Trabajo», dentro del cual se encuentra el desarrollo de la estrategia de «Aprendizaje para el Liderazgo y Emprendimiento ofertado en Educación Media Superior y Superior», la cual es objeto de la revisión materia del presente dictamen. Desde una perspectiva de política pública, una estrategia efectiva para promover el aprendizaje de liderazgo y emprendimiento en la juventud escolarizada exige una articulación entre pertinencia pedagógica y vinculación, donde más allá de incorporar contenidos temáticos sobre emprendimiento, se requiere una visión que reconozca la creatividad, la colaboración y el pensamiento crítico como motores de transformación. Esta visión debe traducirse en planes de estudio innovadores con modelos duales, asegurando que el aprendizaje ocurra tanto en el aula como en contextos reales, desarrollados a través de insumos suficientes, formación docente especializada y procesos de monitoreo que midan no solo resultados académicos, sino también impacto social, empleabilidad y participación juvenil. Una política de estas características responde a la necesidad de articular el sistema educativo con los sectores productivos y sociales, mediante una formación integral que habilite a las y los jóvenes para ejercer liderazgo y emprender desde diversas disciplinas. Frente a ello, la consecuencia social esperada consiste en el fortalecimiento de la empleabilidad y competitividad en el mercado de las personas egresadas del SABES. Se diseñó la auditoría de desempeño objeto del presente dictamen, cuyo objetivo fue «verificar la implementación del modelo de formación emprendedora ofertado por el SABES en 2024; así como su contribución al fortalecimiento de competencias en el alumnado y su valorización por parte del sector laboral». Para el cumplimiento de dicho objetivo, se llevó a cabo una revisión de las cargas y resultados del modelo educativo ofertado por el SABES; con un énfasis al desarrollo, participación y seguimiento de las acciones clave del modelo emprendedor. En términos generales, la auditoría responde a dos preguntas clave: ¿Qué tan funcional fue la gestión operativa del modelo de formación emprendedora? y ¿En qué medida se percibe una valoración positiva del modelo por parte de las personas egresadas y el sector laboral? Para el desarrollo de los procedimientos de auditoría, la obtención de información se sustentó en diversas técnicas de recolección, entre las que destacan los requerimientos de documentación oficial, indagaciones, inspección documental, así como la aplicación de encuestas. A partir del análisis de la información, se identificaron una serie de hallazgos y conclusiones relevantes en los aspectos evaluados, los cuales se sintetizan a continuación: Como punto de partida, se identificó que las asignaturas vinculadas a la formación emprendedora representan el 14.3% del mapa curricular en el nivel medio superior y el 9.5% en el nivel superior. Esta proporción ha permitido incorporar contenidos temáticos orientados al desarrollo del emprendimiento, el liderazgo y las habilidades blandas, contribuyendo a la formación integral del estudiantado y al fortalecimiento de sus capacidades para buscar incidir en entornos productivos y sociales. Parte de las actividades formativas desarrolladas por el estudiantado, fue promover el diseño y ejecución de proyectos emprendedores y modelos de negocio. No obstante, se identificó la ausencia de un registro sistemático que permitiera llevar control sobre los proyectos y la participación estudiantil. A pesar de esta condición, las encuestas aplicadas por el órgano auditor evidenciaron que las y los alumnos expresan una percepción positiva respecto a la calidad del acompañamiento brindad o por el profesorado en el área de formación emprendedora, asimismo reflejan una actitud positiva o interés por emprender, lo que sugiere fortalezas en el componente pedagógico y en la relación educativa. Un componente relevante en la estrategia formativa fue la realización de eventos, competencias y concursos de emprendimiento. En cuanto a la experiencia formativa derivada de estas actividades, los registros muestran una participación sostenida por parte de las personas estudiantes en el nivel medio superior; sin embargo, en el nivel superior se observó una disminución, lo que sugiere la necesidad de revisar las condiciones de convocatoria y los mecanismos de incentivo para el involucramiento estudiantil de este nivel. Como última instancia, la valoración del modelo emprendedor por parte de personas egresadas y empleadoras refleja resultados alentadores; al respecto, la encuesta aplicada reveló que el 76.1% de las personas egresadas de bachillerato y el 93.1% de las personas egresadas universitarias perciben que los contenidos abordados en clase contribuyeron al fortalecimiento de sus conocimientos emprendedores. Desataca que el 100.0% de las personas empleadoras participantes recomendaría contratar a personas egresadas de este subsistema. Durante 2024 el modelo de formación emprendedora implementado por el SABES mostró un desempeño eficiente en términos generales. No obstante, se identificó un área de oportunidad en el seguimiento al desarrollo de proyectos y modelos de negocio, debido a la ausencia de mecanismos sistematizados que permitan monitorear de manera integral estas iniciativas. En cuanto a la valoración externa, las personas empleadoras expresaron un reconocimiento favorable, con niveles de preferencia cercanos a los de la Universidad de Guanajuato y otros subsistemas tecnológicos locales. Asimismo, se hace visible un reto por fortalecer la vinculación con otros actores gubernamentales, a fin de consolidar la sostenibilidad de las ideas emprendedoras generadas en el subsistema. Esta articulación interinstitucional resulta clave para transitar de la formación académica al impulso real de proyectos, mediante apoyos que faciliten procesos de incubación, gestión de propiedad intelectual, acceso a financiamiento y acompañamiento técnico especializado, entre otros. Ante dichas oportunidades, se reconoce una postura proactiva, reflejada en la disposición institucional por aceptar los hallazgos y elaborar un plan de acción para atender las recomendaciones emitidas por este ente fiscalizador. El seguimiento de dichos compromisos se realizará por el órgano técnico, en relación con las recomendaciones donde se valora que el sujeto fiscalizado realizará acciones de mejora en un plazo determinado hasta su total implementación, una vez que el presente Informe de Resultados sea sancionado por el Congreso del Estado, acorde a la normativa aplicable. IV. Conclusiones De acuerdo con lo señalado con antelación, la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato establece en su artículo 38 que los informes de resultados únicamente podrán ser observados por las dos terceras partes de las personas diputadas integrantes del Congreso, cuando no se observen las formalidades esenciales del proceso de fiscalización. En ese sentido, quienes integramos esta Comisión analizamos el informe de resultados materia del presente dictamen, considerando la hipótesis referida en el precepto anteriormente señalado. Del informe de resultados podemos inferir que el Órgano Técnico en el desarrollo del procedimiento de auditoría, dio cumplimiento a las formalidades esenciales que la misma Ley establece para el proceso de fiscalización, al haberse practicado la auditoría que estaba contemplada en el Programa General de Fiscalización 2025, aprobado por la persona titular de la Auditoría Superior del Estado. Asimismo, la auditoría se efectuó atendiendo a lo establecido en la normatividad aplicable en la materia, cumpliendo lo estipulado por el artículo 3 -fracción V- y el Capítulo VI del Título Segundo de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, así como el artículo 28 del Reglamento de dicha Ley. Finalmente, es de destacar que el cumplimiento de los Objetivos del Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 está presente en el dictamen puesto a su consideración, pues el mismo incide de manera directa en el Objetivo 16 denominado Paz, Justicia e Instituciones Sólidas. Promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas, respecto a la meta 16.6 Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes, al abonar a la transparencia y rendición de cuentas, así como de manera general a mejorar la rendición de cuentas, identificar áreas de mejora y acelerar el progreso hacia las metas, puesto que se evalúa si los programas gubernamentales son efectivos, eficientes y cumplen con los compromisos de sostenibilidad, proponiendo recomendaciones para optimizar los procesos y corregir debilidades. Debido a lo anteriormente señalado, concluimos que el informe de resultados de la auditoría de desempeño con enfoque mixto (sistemas y resultado) al Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato, en relación con el Programa Presupuestario «E038 Competencias para el Trabajo», particularmente a los programas de Aprendizaje para el Liderazgo y Emprendimiento ofertados por el SABES en Educación Media Superior y Superior «PB2439, PB2442, PB2444, PB2447, PB2450, PB2453, PB2456, PB0508 y PB2574», del periodo comprendido de enero a diciembre de 2024, debe sancionarse por el Congreso en los términos presentados por la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato y proceder a su aprobación, considerando que no se presenta el supuesto contenido en el artículo 38 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, razón por la cual no podría ser observado por el Pleno del Congreso. Por lo expuesto, con fundamento en el artículo 204 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, nos permitimos someter a la consideración de la Asamblea, la aprobación del siguiente: A C U E R D O Único. Con fundamento en el artículo 63 - fracción XVIII- de la Constitución Política para el Estado, en relación con los artículos 3 -fracción V-, 5 -fracción VII-, 56, 59 y 60 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato y 28 del Reglamento de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, se aprueba el informe de resultados formulado por la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, de la auditoría de desempeño con enfoque mixto (sistemas y resultado) al Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato, en relación con el Programa Presupuestario «E038 Competencias para el Trabajo», particularmente a los programas de Aprendizaje para el Liderazgo y Emprendimiento ofertados por el SABES en Educación Media Superior y Superior «PB2439, PB2442, PB2444, PB2447, PB2450, PB2453, PB2456, PB0508 y PB2574», del periodo comprendido de enero a diciembre de 2024. De conformidad con el artículo 37, fracción VI de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, remítase el presente acuerdo junto con su dictamen y el informe de resultados a la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, para efectos de su notificación. Guanajuato, Gto., 4 de marzo de 2026 La Comisión de Hacienda y Fiscalización Dip. Víctor Manuel Zanella Huerta Presidente Dip. Karol Jared González Márquez Vocal Dip. Angélica Casillas Martínez Vocal Dip. Carlos Abraham Ramos Sotomayor Vocal Dip. María del Pilar Gómez Enríquez Secretaria
Dictamenes / Decretos
| Consecutivo | Parte | No. publicación | Dictamen firmado | Decreto / Acuerdo firmado | PO | Transitorios |
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| 452 | Dictamen firmado | Decreto / Acuerdo firmado | 0 |
| Fecha | Estatus |
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