Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 306/LXVI-I
Persona Diputada
Suscripción
Presentación a Pleno

- Diputada Maribel Aguilar González - - Qué tal, muy buenos días, tengan todas y todos los que nos visitan el Congreso del Estado siempre tiene las puertas abiertas para ustedes y es un gusto siempre tener visitantes a los medios de comunicación que nos apoyan en la transmisión por diferentes plataformas. - Con su permiso, diputado presidente, compañeras y compañeros legisladores, hoy traigo a ese congreso una reforma profundamente humana, una reforma que da voz a las mujeres que han sido silenciadas y a las niñas y niños que han sufrido en carne propia el costo más alto de la violencia, ser utilizados como instrumentos de venganza. - La violencia vicaria es una de las formas más crueles y dolorosas de violencia de género ocurre cuando el agresor, generalmente una ex pareja, utiliza a hijas e hijos para dañar, manipular o castigar a la mujer no es un conflicto familiar, ni un mal entendido, es una agresión planificada, sostenida y devastadora que hiera la niñez y prolonga el control del agresor, incluso después de la separación, esta iniciativa busca reconocer expresamente la violencia vicaria como causal de pérdida de la patria potestad. - Con ello damos un paso firme para cerrar la brecha entre la realidad y la violencia y la respuesta es jurídica del Estado, los datos son alarmantes, en Guanajuato, solo en agosto de este año se abrieron más de 1300 carpetas por violencia familiar, la tendencia va en aumento y detrás de esas cifras hay miles de niñas y niños, viviendo miedo, ansiedad y desprotección, casos recientes como las autoridades han fallado en proteger a las víctimas, otorgando incluso la custodia de menores a presuntos agresores, ignorando, peritajes psicológicos y pruebas de violencia. - De igual forma, informes del Frente Nacional contra la violencia vicaria señalan que el 94% de los agresores cuentas con recursos económicos o redes de poder que les permiten manipular los procesos, esto afirma que la violencia vicaria no se mantiene solo en el ámbito privado, sino que se reproduce dentro de las instituciones cuando el Estado actúa con indiferencia o sin perspectiva de género. - Con esta reforma, el Código Civil de Guanajuato se alinea con los estándares internacionales de derechos humanos, especialmente con la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, la Convención de Belém do Pará, y la Convención sobre los Derechos del Niño, en cambio, ¿Qué proponemos? Es jurídico, pero también profundamente ético reconocer que la patria potestad no puede ser un privilegio, para quien violenta, sino una responsabilidad basada en el cuidado y la protección del menor, al adicionar la fracción VII, al artículo 497 del Código Civil, establecemos que quien ejerza violencia vicaria perderá la patria potestad y al derogar la fracción 7 del artículo 500 eliminamos, duplicidades y reforzamos la certeza jurídica en la protección de la mujer, compañeras y compañeros legisladores, legislar contra la violencia vicaria es legislar por la vida, por la infancia, por La Paz y por la dignidad. - Muchas gracias, es cuanto.
Busca que la patria potestad se pierda si se ejerce violencia vicaria
Guanajuato, Gto. – La diputada Maribel Aguilar González, integrante del grupo parlamentario del Partido MORENA, presentó una iniciativa de reforma al Código Civil estatal, con el objetivo de reconocer la violencia vicaria como causa de pérdida de la patria potestad.
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